Más información sobre AU: 105/15 Índice: MDE 13/4171/2016 Irán Fecha: 2 de junio de 2016 ACCIÓN URGENTE PENA DE 16 AÑOS DE PRISIÓN PARA NARGES MOHAMMADI La defensora de los derechos humanos y presa de conciencia Narges Mohammadi fue condenada a 16 años de prisión tras ser juzgada el 20 de abril. Padece enfermedades graves y necesita atención médica especializada constante que no pueden prestarle en la prisión. Continúa privada del derecho de comunicarse con sus hijos gemelos, que en la actualidad tienen nueve años. La destacada defensora de los derechos humanos Narges Mohammadi ha sido condenada a 16 de prisión por varios delitos contra la seguridad nacional relacionados con su trabajo en el ámbito de los derechos humanos. La Sección 15 del Tribunal Revolucionario de Teherán condenó a Narges Mohammadi a 10 años de prisión por el cargo de “fundar un grupo ilegal” en relación con su participación en una campaña contra la pena de muerte. También le ha impuesto una pena de cinco años por “reunión y colusión para cometer delitos contra la seguridad nacional” y otra de un año por “difundir propaganda contra el sistema”. El tribunal admitió como “pruebas” en su contra entrevistas que Narges concedió a medios de comunicación internacionales, así como una reunión que mantuvo en marzo de 2014 con la entonces alta representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Catherine Ashton. El juicio se celebró el 20 de abril y se informó del fallo al abogado el 17 de mayo. Si se confirman la sentencia y la condena, Narges deberá pasar al menos 10 años de prisión por el cargo más grave, el de “fundar un grupo ilegal”. Esto es así en virtud de disposiciones del Código Penal de 2013 de Irán, según las cuales las personas declaradas culpables de múltiples cargos deben cumplir sólo la condena más larga de todas las que le hayan sido impuestas. Narges Mohammadi se enfrenta también a un cargo, “insultar a agentes al ser trasladada a un hospital”, presentado contra ella en otra causa. Este cargo se formuló a raíz de que presentara una denuncia por el trato degradante e inhumano que le habían dispensado los guardias de la prisión al trasladarla al hospital para que la examinaran; entre otras cosas, se habían negado a permitirle tener una consulta confidencial con los médicos. Narges Mohammadi está gravemente enferma. Padece embolia pulmonar (un bloqueo en la arteria que lleva la sangre del corazón a los pulmones) y una afección que le provoca convulsiones y parálisis parcial transitoria. Necesita atención médica especializada constante, que no pueden prestarle en la prisión. Escriban inmediatamente en persa, inglés, árabe, francés, español o en su propio idioma: - pidiendo a las autoridades iraníes que anulen la sentencia condenatoria de Narges Mohammadi y la pongan en libertad de inmediato y sin condiciones, pues es presa de conciencia, encarcelada exclusivamente por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión, asociación y reunión pacífica; - instándolas a que garanticen que tiene acceso continuo e inmediato a servicios médicos especializados y adecuados fuera de la prisión y está protegida contra la tortura y otros malos tratos, pues la negación de atención médica puede constituir tales prácticas; - instándolas a que le permitan el contacto periódico con un abogado de su elección, así como recibir visitas y llamadas telefónicas de su familia, incluidos sus hijos. ENVÍEN LLAMAMIENTOS ANTES DEL 14 DE JULIO DE 2016 A: Líder supremo Supreme Leader Ayatollah Sayed 'Ali Khamenei Tratamiento: Excelencia / Your Presidente de la Magistratura Excellency Excellency Head of the Judiciary Ayatollah Sadegh Larijani Tratamiento: Excelencia / Your Y copias a: Presidente President Hassan Rouhani Envíen los llamamientos a la atención de la representación diplomática de Irán acreditada en su país, cuya dirección se indica a continuación. Si no hay oficina diplomática iraní en su país, envíen la carta por correo electrónico a la misión permanente de Irán ante la ONU (Permanent Mission of the Islamic Republic of Iran to the United Nations, 622 Third Avenue, 34 th Floor, New York, NY 10017, Estados Unidos). Nombre Dirección 1 Dirección 2 Dirección 3 Fax Número de fax Correo-e Dirección de correo-e Tratamiento Tratamiento Consulten con la oficina de su Sección si van a enviar los llamamientos después de la fecha indicada. Ésta es la quinta actualización de AU 105/15. Más información: https://www.amnesty.org/es/documents/MDE13/3767/2016/es/ ACCIÓN URGENTE PENA DE 16 AÑOS DE PRISIÓN PARA NARGES MOHAMMADI INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Narges Mohammadi, distinguida defensora de los derechos humanos, cumple actualmente una condena de seis años de prisión que le fue impuesta por cargos de “reunión y colusión para cometer delitos contra la seguridad nacional” y “difusión de propaganda contra el sistema”, en relación con su activismo en favor de los derechos humanos. Es partidaria de la campaña contra la pena de muerte Legam (Paso a Paso para Abolir la Pena de Muerte) y vicepresidenta del Centro para la Defensa de los Derechos Humanos de Irán. Ha ganado premios en varios países por su trabajo en favor de los derechos humanos y, en consecuencia, se ha enfrentado durante años al acoso y la intimidación de las autoridades iraníes. Narges Mohammadi ingresó en prisión para cumplir una pena de seis años por una sentencia condenatoria anterior en abril de 2012, pero quedó en libertad tres meses después al concedérsele un permiso carcelario para que pudiera recibir tratamiento médico por su afección neurológica, que se había agravado debido al encarcelamiento. El 5 de mayo de 2015 la detuvieron de nuevo en su domicilio y la llevaron a la prisión de Evin, en Teherán. Las autoridades han negado a Narges Mohammadi el derecho a comunicarse con sus hijos, dos gemelos de nueve años que han tenido que irse a vivir al extranjero con su padre, pues no hay nadie que cuide de ellos en Irán. Slo le han permitido hablar con ellos por teléfono una vez en el último año. En febrero de 2016, Narges escribió una carta abierta al presidente de la Magistratura en la que expresaba preocupación por que las autoridades estuvieran utilizando a sus hijos para presionarla. Dijo: “Es bien sencillo, soy madre y tengo derecho a oír la voz de mis hijos aunque [esta] madre haya sido declarada culpable en su opinión y en la de la institución bajo su supervisión”. En octubre de 2015 sufrió varias veces convulsiones, lo que al final llevó a las autoridades a permitir su hospitalización. No obstante, su tratamiento quedó interrumpido, pues, en contra de la opinión del médico, la devolvieron a la prisión al cabo de 17 días. Durante los primeros días que estuvo hospitalizada, las autoridades la tuvieron esposada a la cama. También le pusieron agentes dentro de la habitación y en la puerta durante todo el tiempo que estuvo allí, lo que se cree que interfirió en los exámenes que le realizaron los médicos. En octubre de 2015 escribió en la prisión de Evin una carta al fiscal general de Teherán en la que explicaba el trato inhumano que había recibido de los guardias de la prisión cuando la trasladaron al hospital para que la examinaran y contaba que el director de la prisión había rechazado su solicitud de tener una consulta confidencial con su médico. Contó lo que le había ocurrido cuando la hospitalizaron tras sufrir convulsiones varias veces: “Al final, después de cinco días, me hospitalizaron. Desde que me trasladaron de Evin al hospital estuve esposada, incluso cuando el médico me tomaba la tensión. Nada más entrar en la habitación me ataron a la cama, así que no podía tumbarme ni sentarme cómodamente. Mi salud fue empeorando cada vez más. Nadie escuchaba mis protestas ni mis peticiones. Del 11 al 18 de octubre, me negaron toda conversación, incluso con mis padres. Me prohibieron salir de la habitación. La puerta de la habitación estaba cerrada, y también las cortinas”. La negación de la debida atención médica a las personas presas constituye un incumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas por Irán en materia de derechos humanos, y puede constituir violación de la prohibición absoluta de la tortura y otros malos tratos, recogida en el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que Irán es parte. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en el que Irán también es Estado Parte, reconoce específicamente en su artículo 12 el derecho de toda persona al nivel más alto posible de salud física y mental. Las Reglas Mínimas de la ONU para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela) también disponen que las prisiones deben prestar la debida atención médica a los reclusos, sin discriminación (reglas 24-35). La regla 27.1 establece: “Los reclusos que requieran cuidados especiales o cirugía serán trasladados a establecimientos especializados o a hospitales civiles”. Por su parte, la regla 58 establece que los reclusos estarán autorizados a comunicarse con sus familiares y a recibir visitas de éstos, y que la negación de estas visitas puede constituir trato inhumano. Nombre: Narges Mohammadi Sexo: Mujer Más información sobre AU: 105/15 Índice: MDE 13/4171/2016 Fecha de emisión: 2 de junio de 2016
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