LISTA DE ACUERDOS PUBLICADA EN LOS ESTRADOS DE LA H. CUARTA SALA SIENDO LAS 8:00AM OCHO HORAS DEL DIA 8 OCHO DE ABRIL DE 2013 DOS MIL TRECE. CONTROVERSIA FAMILIAR POR ALIMENTOS TOCA 212/2013.- ROSA MARIA MENA LOPEZ VS DEMETRIO MALDONADO DE LEON.- ESCRITO DEL LICENCIADO GUSTAVO BALTAZAR CASTILLO MENA, EN SU CARÁCTER DE APODERADO JURÍDICO DE ROSA MARÍA MENA LÓPEZ Y ALEJANDRA MALDONADO MENA, RECEPCIONADO EL OFICIALÍA DE PARTES EL 04 CUATRO Y RECIBIDO EN ESTA SALA EL 05 CINCO DE LOS CORRIENTES.- COMO LO SOLICITA, TÉNGASELE POR PRESENTANDO SU ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS EN TIEMPO, EN TÉRMINOS DEL DE CUENTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE QUE SE EXHIBE CÓRRASE TRASLADO A SU CONTRARIA PARTE PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS PRODUZCA SU CONTESTACIÓN.- CONTROVERSIA FAMILIAR POR GUARDA Y CUSTODIA TOCA 823/2012.- MANUEL ALEJANDRO HERNANDEZ PATIÑO VS GLADIS ARELY CONCEPCION VALDES ESCARCEGA.- ESCRITO DE MANUEL ALEJANDRO HERNÁNDEZ PATIÑO, RECIBIDO EL 04 CUATRO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO.- COMO LO SOLICITA Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 958 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SE PONEN LOS AUTOS A LA VISTA DEL APELANTE Y DEL APELADO, POR SU ORDEN Y POR EL TÉRMINO DE 5 CINCO DÍAS A CADA UNO DE ELLOS PARA QUE FORMULEN LOS ALEGATOS QUE A SU DERECHO CORRESPONDA.- DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO TOCA 211/2013.- BLANCA GABRIELA OLIVO GARDEA, JAIME ALEJANDRO RANGEL LIMON VS SIN REGISTRAR..- ESCRITO DEL LICENCIADO MARCO ANTONIO GIL GIL, CON LA PERSONALIDAD ACREDITADA EN AUTOS, RECIBIDO EL 4 CUATRO DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO.- COMO LO SOLICITA, TÉNGASELE POR PRESENTANDO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL SU ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS, EN LOS TÉRMINOS DEL DE CUENTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE DE LOS MISMOS QUE EXHIBE, CÓRRASE TRASLADO A SU CONTRARIA PARTE PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS PRODUZCA SU CONTESTACIÓN. EXTRAORDINARIO CIVIL TOCA 215/2013.- MARGARITA ESPINOZA MATA VS VICTOR MANUEL IZAGUIRRE PORTALES, ESPERANZA MEDINA MEXQUITIC.- ESCRITO DE VÍCTOR MANUEL IZAGUIRRE PORTALES Y ESPERANZA MEDINA MEXQUITIC, RECEPCIONADO EN OFICIUALÍA DE PARTES EL 4 CUATRO Y RECIBIDO EN ESTA SALA EL 5 CINCO DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO.- COMO LO SOLICITAN, TÉNGASELES POR PRESENTANDO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL SU ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS, EN LOS TÉRMINOS DEL DE CUENTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE DE LOS MISMOS QUE EXHIBEN, CÓRRASE TRASLADO A SU CONTRARIA PARTE PARA QUE DENTRO DE TOCA 207/2013.- JOSE REFUGIO HURTADO RAMIREZ VS YOLANDA GAITAN LOPEZ, ROMAN GAITAN REYNA.- ESCRITO DE ROMÁN GAYTÁN REYNA, RECIBIDO EL 04 CUATRO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO.- COMO LO SOLICITA, TÉNGASELE POR PRESENTANDO SU ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS EN TIEMPO, EN TÉRMINOS DEL DE CUENTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE QUE SE EXHIBE CÓRRASE TRASLADO A SU CONTRARIA PARTE PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS PRODUZCA SU CONTESTACIÓN.TOCA 144/2013.- PABLO LARA CORPUS VS DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO .- ESCRITO DE PABLO LARA CORPUS, RECIBIDO EL 04 CUATRO DE LOS CORRIENTES.COMO LO SOLICITA Y CON APOYO EN EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SE FIJAN LAS 10:30 DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA 15 QUINCE DE ABRIL DE 2013 DOS MIL TRECE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA DE INFORME EN ESTRADOS.- EXTRAORDINARIO CIVIL HIPOTECARIO TOCA 153/2013.- HIPOTECARIA NACIONAL S.A DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER VS SERGIO REBOLLOSO RAMOS.- ESCRITO DEL LICENCIADO FRANCISCO DANIEL RIVERA ESCOTO, CON LA PERSONALIDAD ACREDITADA EN AUTOS, RECIBIDO EL 04 CUATRO DE LOS CORRIENTES.- COMO LO SOLICITA Y CON APOYO EN EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SE FIJAN LAS 10:00 DIEZ HORAS DEL DÍA 15 QUINCE DE ABRIL DE 2013 DOS MIL TRECE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA DE INFORME EN ESTRADOS.- JURISDICCION VOLUNTARIA AD-PERPETUAM TOCA 209/2013.- ATANASIA MARTINEZ BANDA VS SIN REGISTRAR..RECIBIDO EN 3 TRES DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO, OFICIO 35/13, QUE REMITE LA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITA A LA SALA, LICENCIADA GRACIELA GARCÍA ORTIZ. TÉNGASELE POR DESAHOGANDO LA VISTA QUE SE LE DIO EN EL PRESENTE TOCA Y MANIFESTANDO CU CONFORMIDAD EN RELACIÓN CON EL RECURSO DE APELACIÓN.- POR OTRA PARTE, AGRÉGUESE A SUS AUTOS ESCRITO DE ATANASIA MARTÍNEZ BANDA, RECIBIDO EL 4 CUATRO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO.- COMO LO SOLICITA LA APELANTE, TÉNGASELE POR PRESENTANDO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL SU ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS, EN LOS TÉRMINOS DEL DE CUENTA A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 775, 778 Y 804, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE DE LOS MISMOS QUE EXHIBE, CÓRRASE TRASLADO A LOS COLINDANTES, CONSUELO SAUCEDO RAMÍREZ Y/O SUCESORES DE FAUSTINO MARTÍNEZ MAYA, ANDRÉS GONZÁLEZ, LUIS CAPETILLO Y AGUSTINA VIUDA DE MARTÍNEZ, CATALINA FLORES MARTÍNEZ, ASÍ COMO AL DIRECTOR DE CATASTRO MUNICIPAL DE VILLA DE REYES, S.L.P. Y ENCARGADO DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE SANTA MARÍA DEL RÍO, S.L.P., IGUALMENTE A LA 2 AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITA A ESTA SALA, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS CONTESTEN LO QUE A SUS INTERESES LEGALES CORRESPONDA.ORDINARIO CIVIL TOCA 625/2012.- INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES VS OSCAR MARTINEZ LOREDO.- DADA LA RAZÓN ASENTADA POR LA DILIGENCIARIA ADSCRITA A ESTA SALA, CON FECHA 25 VEINTICINCO DE MARZO DE 2013 DOS MIL TRECE Y ADVIRTIÉNDOSE QUE POR UN ERROR INVOLUNTARIO EN EL PROPVEÍDO DE FECHA 20 VEINTE DE MARZO DE 2013 DOS MIL TRECE, SE ORDENÓ SE CORRIERA TRASLADO CON UNA DE LAS COPIAS DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS AL LICENCIADO JESÚS MANUEL PÉREZ MEDINA EN SU CARÁCTER DE APODERADO DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES EN RAZÓN DE QUE EN LA REFERIDA DEMANDA DE AMPARO AL SEÑALAR EL NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO APARECE COMO: CONSULTORES PROFESIONALES CORPORATIVOS, S.A. DE C.V., VENUSTIANO CARRANZA NÚMERO 990 PISO MEZANINE INTERIOR B COLONIA MODERNA Y AL CONSTITUIRSE EN DICHO DOMICILIO LE MANIFIESTA LA PERSONA CON LA QUE ENTENDIÓ LA DILIGENCIA, QUE HUBO UN ERROR, YA QUE ELLOS SON QUIENES PROMUEVEN LA DEMANDA Y NO TIENEN EL CARÁCTER DE TERCEROS PERJUDICADOS, QUE EN LA PARTE INFERIOR DE LA HOJA EN DONDE SE PROMUEVE LA DEMANDA DE GARANTÍAS ESTÁ EL REFERIDO MEMBRETE DE CONSULTORES PROOFESIONALES CORPORATIVOS, S.A. DE C.V., Y SE CONFUNDA CUANDO ESTÁN SEÑALANDO EL DOMICILIO DEL ÚNICO TERCERO PERJUDICADO OSCAR MARTÍNEZ LOREDO, EN CONSECUENCIA SE DEJA SIN EFECTO EL NOMBRE Y DOMICILIO DEL CITADO TERCERO PERJUDICADO Y EN RAZÓN DE QUE SEGÚN RAZÓN DE LA ACTUARIA ADSCRITA A ESTA SALA DE FECHA 2 DOS DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, SE NOTIFICÓ Y EMPLAZÓ AL ÚNICO TERCERO PERJUDICADO OSCAR MARTÍNEZ LOREDO, CON APOYO EN EL ARTÍCULO 169 DE LA LEY DE AMPARO, RÍNDASE EL INFORME JUSTIFICADO ORDENADO POR PROVEÍDO DE 20 VEINTE DE MARZO DEL AÑO EN CURSO.- TOCA 129/2013.- MA. DEL CONSUELO VAZQUEZ DE RODRIGUEZ VS LUIS CESAR VAZQUEZ MONTES.- ESCRITO DE MA. CONSUELO VÁZQUEZ DE RODRÍGUEZ, RECIBIDO EL 04 CUATRO DE LOS CORRIENTES.- ATENDIENDO AL ESTADO PROCESAL DE LOS AUTOS, DÍGASELE A LA PROMOVENTE QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 53 Y 958 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, NO HA LUGAR A ACORDAR DE CONFORMIDAD CON LO SOLICITADO, POR NO SER EL TRÁMITE PROCESAL A SEGUIR. TOCA 958/2012.- MARIA SOLEDAD LOERA ALONSO VS ROSENDO MIGUEL ORTA GARZA.- ESCRITO DE MARÍA SOLEDAD LOERA ALONSO, RECIBIDO EL 05 CINCO DE LOS CORRIENTES.- COMO LO SOLICITA Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 69 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, EXPÍDASE A SU COSTA COPIA CERTIFICADA DE LAS CONSTANCIAS QUE SOLICITA EN EL DE CUENTA, LAS QUE LE SERÁN ENTREGADAS PREVIA IDENTIFICACIÓN Y TOMA DE RAZÓN QUE SE ASIENTE EN EL SUMARIO PARA 3 CONSTANCIA LEGAL, POR CONDUCTO DEL PROFESIONISTA QUE AUTORIZA PARA TAL EFECTO.- ORDINARIO CIVIL TOCA 242/2013.- INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES VS MARTIN RAMIREZ CHAVEZ.RECIBIDO EN 03 TRES DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, OFICIO 981/2013 Y TESTIMONIO DE CONSTANCIAS DEDUCIDAS DEL EXPEDIENTE 1321/2011, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL, PROMOVIDO POR LA LICENCIADA SARA CARLOTA VÉLEZ TREJO, EN SU CARÁCTER DE APODERADA LEGAL DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, EN CONTRA DE MARTÍN RAMÍREZ CHÁVEZ, QUE POR CONDUCTO DE LA PRESIDENCIA DE ESTE TRIBUNAL ENVÍA EL JUEZ TERCERO DEL RAMO CIVIL DE ESTA CAPITAL, LICENCIADO FELIPE DE JESÚS MARTÍNEZ CASTILLO, PARA LA SUBSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA PARTE ACTORA, EN CONTRA DE LA SENTENCIA DE FECHA 06 SEIS DE MARZO DE 2013 DOS MIL TRECE.- FÓRMESE EL TOCA RELATIVO Y REGÍSTRESE EN EL LIBRO DE GOBIERNO BAJO EL NÚMERO PROGRESIVO QUE LE CORRESPONDA. CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 945 Y 952 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO, SE REVOCA LA CALIFICACIÓN DE GRADO VERIFICADA POR EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA; CON COPIA CERTIFICADA DEL PRESENTE PROVEÍDO DEVUÉLVANSE EL TESTIMONIO AL JUZGADO DE SU ORIGEN, A FIN DE QUE SE OBRE EN CONSECUENCIA Y EN EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO, NUEVAMENTE TURNE LOS AUTOS POR CONDUCTO DE LA PRESIDENCIA DE ESTE TRIBUNAL PARA QUE SE ENVÍE A LA SALA QUE LE CORRESPONDA Y ARCHÍVESE EL TOCA COMO ASUNTO CONCLUIDO.- ORDINARIO CIVIL POR DIVORCIO NECESARIO TOCA 162/2013.- JOEL APOLINAR JUAREZ HERNANDEZ VS TERESA GAMEZ JARA.- ESCRITO DE JOSÉ JOEL APOLINAR JUÁREZ HERNÁNDEZ, RECEPCIONADO EN OFICIALÍA DE PARTES EL 04 CUATRO Y RECIBIDO EN ESTA SALA EL 05 CINCO DE LOS CORRIENTES.- COMO LO SOLICITA Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 953 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, TÉNGASELE POR CONTESTANDO LOS AGRAVIOS EXPRESADOS POR SU CONTRARIA PARTE.- ORDINARIO CIVIL POR DIVORCIO NECESARIO, ALIMENTOS, PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD Y DIVERSAS PRESTACIONES TOCA 199/2013.- EDITH GUTIERREZ CASTRO VS JUAN CARLOS MARTINEZ JUAREZ.- ESCRITO DE EDITH GUTIÉRREZ CASTRO, RECIBIDO EL 4 CUATRO DE LOS CORRIENTES. COMO LO SOLICITA, TÉNGASELE POR PRESENTANDO SU ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS EN TIEMPO, EN TÉRMINOS DEL DE CUENTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 953 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE QUE SE EXHIBE, CÓRRASE 4 TRASLADO A SU CONTRARIA PARTE, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 6 SEIS DÍAS, PRODUZCA SU CONTESTACIÓN.- ORDINARIO CIVIL POR LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, CUSTODIA PROVISIONAL Y DEFINITIVA TOCA 712/2012.- SARA GISELA PALACIO GARCIA VS EDGAR CANUL TEH.- ESCRITO DE SARA GISELA PALACIO GARCÍA, RECIBIDO EL 4 CUATRO DE LOS CORRIENTES, JUNTAMENTE CON ORIGINAL Y 4 CUATRO JUEGOS DE COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS QUE PROMUEVE POR CONDUCTO Y CONTRA ACTOS DE ESTA SALA.- COMO LO SOLICITA LA QUEJOSA, ENVÍESE AL H. TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO EN TURNO, A DONDE VA DIRIGIDA LA DEMANDA DE AMPARO QUE PROMUEVE POR CONDUCTO Y CONTRA ACTOS DE ESTA SALA. CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 167 DE LA LEY DE AMPARO, DISTRIBÚYANSE ENTRE LAS PARTES LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA, CORRIÉNDOLE TRASLADO CON UNA DE LAS MISMAS AL TERCERO PERJUDICADO EDGAR CANUL THE, CON DOMICILIO EN LA CALLE 5 DE MAYO NÚMERO 1070, BARRIO DE SAN MIGUELITO DE ESTA CIUDAD, NOTIFICÁNDOLO Y EMPLAZÁNDOLO PARA QUE COMPAREZCA ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL FEDERAL A DEFENDER SUS DERECHOS. HABILITÁNDOSE PARA TAL EFECTO DÍAS Y HORAS INHÁBILES CONFORME LO DISPONE EL ARTÍCULO 282 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.- CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 169 DE LA REFERIDA LEY DE AMPARO, RÍNDASE EL INFORME JUSTIFICADO Y COMO APOYO AL MISMO, REMÍTANSE LOS AUTOS DE AMBAS INSTANCIAS, DEJANDO TESTIMONIO DE CONSTANCIAS NECESARIAS. ORDINARIO CIVIL POR NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA TOCA 399/2000.- ROBERTO ALEMAN VS JOSE ANGEL PAREDES GUERRERO.- DADA LA RAZÓN ASENTADA POR EL DILIGENCIARIO ADSCRITO A ESTA SALA, EN EL SENTIDO DE QUE SE CONSTITUYÓ EN EL DOMICILIO SEÑALADO POR JOSE ÁNGEL PAREDES GUERRERO, EL UBICADO EN AVENIDA REPÚBLICA DE POLONIA NÚMERO 247 COLONIA LOMAS DE SATÉLITE DE ESTA CIUDAD, PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN SEGUNDA INSTANCIA Y CERCIORADO DE QUE SI LO ES POR TENER A LA VISTA TANTO EL NOMBRE DE LA CALLE ASÍ COMO EL NÚMERO OFICIAL, POR LO QUE PROCEDIÓ A PREGUNTAR EN DICHO DOMICILIO Y LE ATENDIÓ UNA PERSONA DEL SEXO MASCULINO QUIEN DIJO LLAMARSE JUAN JESÚS VELOZ, QUIEN NO SE IDENTIFICA ANTE EL SUSCRITO ACTUARIO, POR NO CONTAR DE MOMENTO CON IDENTIFICACIÓN ALGUNA, POR LO QUE PROCEDE A DAR SU MEDIA FILIACIÓN TEZ BLANCA, DE BARBA CON BIGOTE, CABELLO LACIO, COMPLEXIÓN REGULAR, DE 1.70 UN METRO SETENTA CENTÍMETROS DE ESTATURA, DE 40 CUARENTA AÑOS DE EDAD APROXIMADAMENTE Y MANIFIESTA ESTAR OCUPANDO DICHO DOMICILIO COMO NEGOCIO DE LONCHERÍA DESDE HACE 4 CUATRO MESES APROXIMADAMENTE, POR LO QUE AL PROCEDER A HACERLE SABER EL MOTIVO DE SU PRESENCIA, LE MANIFIESTA QUE EN ESE DOMICILIO NO VIVE NI TRABAJA EL SEÑOR JOSÉ ÁNGEL PAREDES GUERRERO NI TAMPOCO LO CONOCE, QUE TIENE ENTENDIDO QUE ANTERIORMENTE AHÍ ESTABA UN DESPACHO DE ABOGADOS, MISMOS QUE SE CAMBIARON DE DOMICILIO Y EL DESCONOCE SU NUEVA DIRECCIÓN Y QUE POR LO TANTO NO LE PUEDE RECIBIR DOCUMENTO O NOTIFICACIÓN ALGUNA A NOMBRE DE ESTA 5 PERSONA, RAZÓN POR LA CUAL NO FUE POSIBLE LLEVAR A CABO LA NOTIFICACIÓN DEL AUTO DICTADO POR ESTA AUTORIDAD DE FECHA 26 VEINTISÉIS DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, A JOSE ANGEL PAREDES GUERRERO Y EN TAL VIRTUD PROCEDIÓ A RETIRARSE DEL LUGAR; POR LO QUE, EN CONSECUENCIA Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 107, 108, 109 Y 950 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, LA NOTIFICACIÓN DEL REFERIDO AUTO, ASÍ COMO TODAS AQUELLAS QUE TUVIEREN EL CARÁCTER DE PERSONALES, HÁGANSELE A JOSE ANGEL PAREDES GUERRERO, POR MEDIO DE CÉDULA QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE TRIBUNAL, EN RAZÓN DE QUE YA SE DIJO CON ANTELACIÓN, NO SE LOCALIZÓ EN EL DOMICILIO QUE SEÑALÓ, DEBIÉNDOSE EQUIPARAR A ELLO LA INEXISTENCIA DEL DOMICILIO PROPORCIONADO, LO ANTERIOR POR LA IMPOSIBILIDAD PARA EFECTUAR EN SUS TÉRMINOS LA NOTIFICACIÓN PERSONAL ORDENADA EN LA CITADA SENTENCIA, IRREGULARIDAD QUE DEBE SER IMPUTADA AL PROPIO LITIGANTE Y QUE NO SE PUEDE INVOCAR EN SU FAVOR, DEBIENDO SOPORTAR LAS CONSECUENCIAS DEL PROCEDIMIENTO DERIVADAS DE ESA SITUACIÓN Y POR ENDE LA NOTIFICACIÓN REALIZADA MEDIANTE CÉDULA, ANTE LA IMPOSIBILIDAD DE HACERSE EN FORMA PERSONAL, MISMA QUE DEBE TENERSE POR LEGAL Y EFICAZ SURTIENDO PLENAMENTE SUS EFECTOS, LO ANTERIOR TIENE SU APOYO ADEMÁS EN EL CRITERIO SUSTENTADO POR EL H. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO EN LA TESIS JURISPRUDENCIAL. ORDINARIO CIVIL POR NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO TOCA 580/2012.- OSE DANIEL BALDERAS TORRES VS CAJA REAL DEL POTOSI, S.A.P .- ESCRITO DE JOSÉ DANIEL BALDERAS TORRES, RECIBIDO EL 4 CUATRO DE LOS CORRIENTES, JUNTAMENTE CON ORIGINAL Y 5 CINCP JUEGOS DE COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS QUE PROMUEVE POR CONDUCTO Y CONTRA ACTOS DE ESTA SALA.- COMO LO SOLICITA LA QUEJOSA, ENVÍESE AL H. TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO EN TURNO, A DONDE VA DIRIGIDA LA DEMANDA DE AMPARO QUE PROMUEVE POR CONDUCTO Y CONTRA ACTOS DE ESTA SALA. CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 167 DE LA LEY DE AMPARO, DISTRIBÚYANSE ENTRE LAS PARTES LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA, CORRIÉNDOLE TRASLADO CON UNA DE LAS MISMAS A LA TERCERO PERJUDICADA LA PERSONA MORAL DENOMINADA CAJA REAL DEL POTOSÍ, S.A.P., POR CONDUCTO DE QUIEN RESULTE SU REPRESENTANTE LEGAL AVENIDA HIMNO NACIONAL NÚMERO 5735 INTERIOR, BARRIO DE SAN JUAN DE GUADALUPE, DE ESTA CIUDAD, NOTIFICÁNDOLO Y EMPLAZÁNDOLO PARA QUE COMPAREZCA ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL FEDERAL A DEFENDER SUS DERECHOS. HABILITÁNDOSE PARA TAL EFECTO DÍAS Y HORAS INHÁBILES CONFORME LO DISPONE EL ARTÍCULO 282 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.- CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 169 DE LA REFERIDA LEY DE AMPARO, RÍNDASE EL INFORME JUSTIFICADO Y COMO APOYO AL MISMO, REMÍTANSE LOS AUTOS DE AMBAS INSTANCIAS, DEJANDO TESTIMONIO DE CONSTANCIAS NECESARIAS ORDINARIO CIVIL POR PRESCRIPCION POSITIVA TOCA 197/2013.- MA. SOLEDAD MARTINEZ ZAMORA VS A BIENES DE ISMAEL SEGOVIA OLVERA.- ESCRITO DEL LICENCIADO J. CRUZ ROCHA ZAMARRÓN, AUTORIZADO DE MA. SOLEDAD MARTÍNEZ ZAMORA, RECIBIDO EL 04 CUATRO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO.COMO LO SOLICITA, TÉNGASELE POR PRESENTANDO SU ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS EN TIEMPO, EN TÉRMINOS DEL DE 6 CUENTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 953 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE QUE SE EXHIBE CÓRRASE TRASLADO A SU CONTRARIA PARTE PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 6 SEIS DÍAS PRODUZCA SU CONTESTACIÓN.SUCESORIO INTESTAMENTARIO TOCA 220/2013.- FELIX TAMEZ ROSALES VS A BIENES DE DON PEDRO TAMEZ ROSALES .- ESCRITO DEL LICENCIADO EDMUNDO MOSQUEDA DURÁN, CON LA PERSONALIDAD ACREDITADA EN AUTOS, RECEPCIONADO EN OFICIALÍA DE PARTES EL 4 CUATRO Y RECIBIDO EN ESTA SALA EL 5 CINCO DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO.- COMO LO SOLICITA, TÉNGASELE POR PRESENTANDO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL SU ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS, EN LOS TÉRMINOS DEL DE CUENTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.870-2012 JUICIO ORDINARIO CIVIL, PROMOVIDO POR OSCAR NOYOLA GUERRERO, EN CONTRA DE JOSE MANUEL GALICIA VAZQUEZ. CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 30 FRACCION I DE LA LEY DE AMPARO EN VIGOR NOTIFICADO POR LISTA EL AUTO DEL DIA 03 TRES DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE, A OSCAR NOYOLA GUERRERO CORRIÉNDOLE TRASLADO CON LAS COPIAS SIMPLES DE LEY, NOTIFICÁNDOLE Y EMPLAZÁNDOLE PARA QUE COMPAREZCAN ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL FEDERAL A DEFENDER SUS DERECHOS, QUEDANDO LAS COPIAS DE LA DEMANDA DE AMPARO A SU DISPOSICIÓN EN LA SECRETARIA DE ESTA SALA. C. ACTUARIO JUDICIAL. LIC. RUTH MITSUKO ROCHA MURAYAMA C. SECRETARIA DE ACUERDOS. LIC. CARMEN JUANA SILVA HERNANDEZ 7
© Copyright 2024