lista de acuerdos publicada en los estrados de la h. cuarta sala

LISTA DE ACUERDOS PUBLICADA EN LOS ESTRADOS DE LA H.
CUARTA SALA SIENDO LAS 8:00AM OCHO HORAS DEL DIA 8 OCHO
DE ABRIL DE 2013 DOS MIL TRECE.
CONTROVERSIA FAMILIAR POR ALIMENTOS
TOCA 212/2013.- ROSA MARIA MENA LOPEZ VS DEMETRIO
MALDONADO DE LEON.- ESCRITO DEL LICENCIADO GUSTAVO
BALTAZAR CASTILLO MENA, EN SU CARÁCTER DE APODERADO
JURÍDICO DE ROSA MARÍA MENA LÓPEZ Y ALEJANDRA MALDONADO
MENA, RECEPCIONADO EL OFICIALÍA DE PARTES EL 04 CUATRO Y
RECIBIDO EN ESTA SALA EL 05 CINCO DE LOS CORRIENTES.- COMO
LO SOLICITA, TÉNGASELE POR PRESENTANDO SU ESCRITO DE
EXPRESIÓN DE AGRAVIOS EN TIEMPO, EN TÉRMINOS DEL DE
CUENTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE QUE SE EXHIBE
CÓRRASE TRASLADO A SU CONTRARIA PARTE PARA QUE DENTRO
DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS PRODUZCA SU CONTESTACIÓN.-
CONTROVERSIA FAMILIAR POR GUARDA Y CUSTODIA
TOCA 823/2012.- MANUEL ALEJANDRO HERNANDEZ PATIÑO VS
GLADIS ARELY CONCEPCION VALDES ESCARCEGA.- ESCRITO DE
MANUEL ALEJANDRO HERNÁNDEZ PATIÑO, RECIBIDO EL 04 CUATRO
DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO.- COMO LO SOLICITA Y CON
FUNDAMENTO
EN
EL
ARTÍCULO
958
DEL
CÓDIGO
DE
PROCEDIMIENTOS CIVILES, SE PONEN LOS AUTOS A LA VISTA DEL
APELANTE Y DEL APELADO, POR SU ORDEN Y POR EL TÉRMINO DE 5
CINCO DÍAS A CADA UNO DE ELLOS PARA QUE FORMULEN LOS
ALEGATOS QUE A SU DERECHO CORRESPONDA.-
DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
TOCA 211/2013.- BLANCA GABRIELA OLIVO GARDEA, JAIME
ALEJANDRO RANGEL LIMON VS SIN REGISTRAR..- ESCRITO DEL
LICENCIADO MARCO ANTONIO GIL GIL, CON LA PERSONALIDAD
ACREDITADA EN AUTOS, RECIBIDO EL 4 CUATRO DE ABRIL DEL
PRESENTE AÑO.- COMO LO SOLICITA, TÉNGASELE POR
PRESENTANDO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL SU ESCRITO DE
EXPRESIÓN DE AGRAVIOS, EN LOS TÉRMINOS DEL DE CUENTA A QUE
SE REFIERE EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS
CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE DE LOS MISMOS QUE EXHIBE,
CÓRRASE TRASLADO A SU CONTRARIA PARTE PARA QUE DENTRO
DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS PRODUZCA SU CONTESTACIÓN.
EXTRAORDINARIO CIVIL
TOCA 215/2013.- MARGARITA ESPINOZA MATA VS VICTOR MANUEL
IZAGUIRRE PORTALES, ESPERANZA MEDINA MEXQUITIC.- ESCRITO
DE VÍCTOR MANUEL IZAGUIRRE PORTALES Y ESPERANZA MEDINA
MEXQUITIC, RECEPCIONADO EN OFICIUALÍA DE PARTES EL 4
CUATRO Y RECIBIDO EN ESTA SALA EL 5 CINCO DE ABRIL DEL
PRESENTE AÑO.- COMO LO SOLICITAN, TÉNGASELES POR
PRESENTANDO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL SU ESCRITO DE
EXPRESIÓN DE AGRAVIOS, EN LOS TÉRMINOS DEL DE CUENTA A QUE
SE REFIERE EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS
CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE DE LOS MISMOS QUE EXHIBEN,
CÓRRASE TRASLADO A SU CONTRARIA PARTE PARA QUE DENTRO
DE
TOCA 207/2013.- JOSE REFUGIO HURTADO RAMIREZ VS YOLANDA
GAITAN LOPEZ, ROMAN GAITAN REYNA.- ESCRITO DE ROMÁN
GAYTÁN REYNA, RECIBIDO EL 04 CUATRO DE ABRIL DEL AÑO EN
CURSO.- COMO LO SOLICITA, TÉNGASELE POR PRESENTANDO SU
ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS EN TIEMPO, EN TÉRMINOS
DEL DE CUENTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO
DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE QUE SE
EXHIBE CÓRRASE TRASLADO A SU CONTRARIA PARTE PARA QUE
DENTRO DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS PRODUZCA SU
CONTESTACIÓN.TOCA 144/2013.- PABLO LARA CORPUS VS DIRECTOR DEL REGISTRO
PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO .- ESCRITO DE PABLO
LARA CORPUS, RECIBIDO EL 04 CUATRO DE LOS CORRIENTES.COMO LO SOLICITA Y CON APOYO EN EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO
DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SE FIJAN LAS 10:30 DIEZ HORAS CON
TREINTA MINUTOS DEL DÍA 15 QUINCE DE ABRIL DE 2013 DOS MIL
TRECE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA DE INFORME
EN ESTRADOS.-
EXTRAORDINARIO CIVIL HIPOTECARIO
TOCA 153/2013.- HIPOTECARIA NACIONAL S.A DE C.V., SOCIEDAD
FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, GRUPO FINANCIERO BBVA
BANCOMER
VS SERGIO REBOLLOSO RAMOS.- ESCRITO DEL
LICENCIADO FRANCISCO DANIEL RIVERA ESCOTO, CON LA
PERSONALIDAD ACREDITADA EN AUTOS, RECIBIDO EL 04 CUATRO DE
LOS CORRIENTES.- COMO LO SOLICITA Y CON APOYO EN EL
ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SE FIJAN
LAS 10:00 DIEZ HORAS DEL DÍA 15 QUINCE DE ABRIL DE 2013 DOS MIL
TRECE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA DE INFORME
EN ESTRADOS.-
JURISDICCION VOLUNTARIA AD-PERPETUAM
TOCA 209/2013.- ATANASIA MARTINEZ BANDA VS SIN REGISTRAR..RECIBIDO EN 3 TRES DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO, OFICIO 35/13,
QUE REMITE LA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITA A LA
SALA, LICENCIADA GRACIELA GARCÍA ORTIZ. TÉNGASELE POR
DESAHOGANDO LA VISTA QUE SE LE DIO EN EL PRESENTE TOCA Y
MANIFESTANDO CU CONFORMIDAD EN RELACIÓN CON EL RECURSO
DE APELACIÓN.- POR OTRA PARTE, AGRÉGUESE A SUS AUTOS
ESCRITO DE ATANASIA MARTÍNEZ BANDA, RECIBIDO EL 4 CUATRO DE
ABRIL DEL AÑO EN CURSO.- COMO LO SOLICITA LA APELANTE,
TÉNGASELE POR PRESENTANDO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL SU
ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS, EN LOS TÉRMINOS DEL DE
CUENTA A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 775, 778 Y 804, DEL
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE DE
LOS
MISMOS QUE EXHIBE, CÓRRASE TRASLADO A LOS
COLINDANTES, CONSUELO SAUCEDO RAMÍREZ Y/O SUCESORES DE
FAUSTINO MARTÍNEZ MAYA, ANDRÉS GONZÁLEZ, LUIS CAPETILLO Y
AGUSTINA VIUDA DE MARTÍNEZ, CATALINA FLORES MARTÍNEZ, ASÍ
COMO AL DIRECTOR DE CATASTRO MUNICIPAL DE VILLA DE REYES,
S.L.P. Y ENCARGADO DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y
DE COMERCIO DE SANTA MARÍA DEL RÍO, S.L.P., IGUALMENTE A LA
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AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITA A ESTA SALA, PARA
QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 3 TRES DÍAS CONTESTEN LO QUE A
SUS INTERESES LEGALES CORRESPONDA.ORDINARIO CIVIL
TOCA 625/2012.- INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA
PARA LOS TRABAJADORES VS OSCAR MARTINEZ LOREDO.- DADA
LA RAZÓN ASENTADA POR LA DILIGENCIARIA ADSCRITA A ESTA
SALA, CON FECHA 25 VEINTICINCO DE MARZO DE 2013 DOS MIL
TRECE Y ADVIRTIÉNDOSE QUE POR UN ERROR INVOLUNTARIO EN EL
PROPVEÍDO DE FECHA 20 VEINTE DE MARZO DE 2013 DOS MIL
TRECE, SE ORDENÓ SE CORRIERA TRASLADO CON UNA DE LAS
COPIAS DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS AL LICENCIADO JESÚS
MANUEL PÉREZ MEDINA EN SU CARÁCTER DE APODERADO DEL
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS
TRABAJADORES EN RAZÓN DE QUE EN LA REFERIDA DEMANDA DE
AMPARO AL SEÑALAR EL NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO
PERJUDICADO APARECE COMO: CONSULTORES PROFESIONALES
CORPORATIVOS, S.A. DE C.V., VENUSTIANO CARRANZA NÚMERO 990
PISO MEZANINE INTERIOR B COLONIA MODERNA Y AL CONSTITUIRSE
EN DICHO DOMICILIO LE MANIFIESTA LA PERSONA CON LA QUE
ENTENDIÓ LA DILIGENCIA, QUE HUBO UN ERROR, YA QUE ELLOS SON
QUIENES PROMUEVEN LA DEMANDA Y NO TIENEN EL CARÁCTER DE
TERCEROS PERJUDICADOS, QUE EN LA PARTE INFERIOR DE LA HOJA
EN DONDE SE PROMUEVE LA DEMANDA DE GARANTÍAS ESTÁ EL
REFERIDO MEMBRETE DE CONSULTORES PROOFESIONALES
CORPORATIVOS, S.A. DE C.V., Y SE CONFUNDA CUANDO ESTÁN
SEÑALANDO EL DOMICILIO DEL ÚNICO TERCERO PERJUDICADO
OSCAR MARTÍNEZ LOREDO, EN CONSECUENCIA SE DEJA SIN EFECTO
EL NOMBRE Y DOMICILIO DEL CITADO TERCERO PERJUDICADO Y EN
RAZÓN DE QUE SEGÚN RAZÓN DE LA ACTUARIA ADSCRITA A ESTA
SALA DE FECHA 2 DOS DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, SE NOTIFICÓ Y
EMPLAZÓ AL ÚNICO TERCERO PERJUDICADO OSCAR MARTÍNEZ
LOREDO, CON APOYO EN EL ARTÍCULO 169 DE LA LEY DE AMPARO,
RÍNDASE EL INFORME JUSTIFICADO ORDENADO POR PROVEÍDO DE
20 VEINTE DE MARZO DEL AÑO EN CURSO.-
TOCA 129/2013.- MA. DEL CONSUELO VAZQUEZ DE RODRIGUEZ VS
LUIS CESAR VAZQUEZ MONTES.- ESCRITO DE MA. CONSUELO
VÁZQUEZ DE RODRÍGUEZ, RECIBIDO EL 04 CUATRO DE LOS
CORRIENTES.- ATENDIENDO AL ESTADO PROCESAL DE LOS AUTOS,
DÍGASELE A LA PROMOVENTE QUE CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 53 Y 958 DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS CIVILES, NO HA LUGAR A ACORDAR DE
CONFORMIDAD CON LO SOLICITADO, POR NO SER EL TRÁMITE
PROCESAL A SEGUIR.
TOCA 958/2012.- MARIA SOLEDAD LOERA ALONSO VS ROSENDO
MIGUEL ORTA GARZA.- ESCRITO DE MARÍA SOLEDAD LOERA
ALONSO, RECIBIDO EL 05 CINCO DE LOS CORRIENTES.- COMO LO
SOLICITA Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 69 DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS CIVILES, EXPÍDASE A SU COSTA COPIA
CERTIFICADA DE LAS CONSTANCIAS QUE SOLICITA EN EL DE
CUENTA, LAS QUE LE SERÁN ENTREGADAS PREVIA IDENTIFICACIÓN
Y TOMA DE RAZÓN QUE SE ASIENTE EN EL SUMARIO PARA
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CONSTANCIA LEGAL, POR CONDUCTO DEL PROFESIONISTA QUE
AUTORIZA PARA TAL EFECTO.-
ORDINARIO CIVIL
TOCA 242/2013.- INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA
PARA LOS TRABAJADORES
VS MARTIN RAMIREZ CHAVEZ.RECIBIDO EN 03 TRES DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, OFICIO 981/2013
Y TESTIMONIO DE CONSTANCIAS DEDUCIDAS DEL EXPEDIENTE
1321/2011, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL, PROMOVIDO POR
LA LICENCIADA SARA CARLOTA VÉLEZ TREJO, EN SU CARÁCTER DE
APODERADA LEGAL DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA
VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, EN CONTRA DE MARTÍN
RAMÍREZ CHÁVEZ, QUE POR CONDUCTO DE LA PRESIDENCIA DE
ESTE TRIBUNAL ENVÍA EL JUEZ TERCERO DEL RAMO CIVIL DE ESTA
CAPITAL, LICENCIADO FELIPE DE JESÚS MARTÍNEZ CASTILLO, PARA
LA SUBSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO
POR LA PARTE ACTORA, EN CONTRA DE LA SENTENCIA DE FECHA 06
SEIS DE MARZO DE 2013 DOS MIL TRECE.- FÓRMESE EL TOCA
RELATIVO Y REGÍSTRESE EN EL LIBRO DE GOBIERNO BAJO EL
NÚMERO PROGRESIVO QUE LE CORRESPONDA. CON FUNDAMENTO
EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 945 Y 952 DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO, SE REVOCA LA
CALIFICACIÓN DE GRADO VERIFICADA POR EL JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA; CON COPIA CERTIFICADA DEL PRESENTE PROVEÍDO
DEVUÉLVANSE EL TESTIMONIO AL JUZGADO DE SU ORIGEN, A FIN DE
QUE SE OBRE EN CONSECUENCIA Y EN EL MOMENTO PROCESAL
OPORTUNO, NUEVAMENTE TURNE LOS AUTOS POR CONDUCTO DE
LA PRESIDENCIA DE ESTE TRIBUNAL PARA QUE SE ENVÍE A LA SALA
QUE LE CORRESPONDA Y ARCHÍVESE EL TOCA COMO ASUNTO
CONCLUIDO.-
ORDINARIO CIVIL POR DIVORCIO NECESARIO
TOCA 162/2013.- JOEL APOLINAR JUAREZ HERNANDEZ VS TERESA
GAMEZ JARA.- ESCRITO DE JOSÉ JOEL APOLINAR JUÁREZ
HERNÁNDEZ, RECEPCIONADO EN OFICIALÍA DE PARTES EL 04
CUATRO Y RECIBIDO EN ESTA SALA EL 05 CINCO DE LOS
CORRIENTES.- COMO LO SOLICITA Y CON FUNDAMENTO EN EL
ARTÍCULO 953 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES,
TÉNGASELE POR CONTESTANDO LOS AGRAVIOS EXPRESADOS POR
SU CONTRARIA PARTE.-
ORDINARIO CIVIL POR DIVORCIO NECESARIO, ALIMENTOS, PERDIDA
DE LA PATRIA POTESTAD Y DIVERSAS PRESTACIONES
TOCA 199/2013.- EDITH GUTIERREZ CASTRO VS JUAN CARLOS
MARTINEZ JUAREZ.- ESCRITO DE EDITH GUTIÉRREZ CASTRO,
RECIBIDO EL 4 CUATRO DE LOS CORRIENTES. COMO LO SOLICITA,
TÉNGASELE POR PRESENTANDO SU ESCRITO DE EXPRESIÓN DE
AGRAVIOS EN TIEMPO, EN TÉRMINOS DEL DE CUENTA A QUE SE
REFIERE EL ARTÍCULO 953 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS
CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE QUE SE EXHIBE, CÓRRASE
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TRASLADO A SU CONTRARIA PARTE, PARA QUE DENTRO DEL
TÉRMINO DE 6 SEIS DÍAS, PRODUZCA SU CONTESTACIÓN.-
ORDINARIO CIVIL POR LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD,
CUSTODIA PROVISIONAL Y DEFINITIVA
TOCA 712/2012.- SARA GISELA PALACIO GARCIA VS EDGAR CANUL
TEH.- ESCRITO DE SARA GISELA PALACIO GARCÍA, RECIBIDO EL 4
CUATRO DE LOS CORRIENTES, JUNTAMENTE CON ORIGINAL Y 4
CUATRO JUEGOS DE COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA DE
GARANTÍAS QUE PROMUEVE POR CONDUCTO Y CONTRA ACTOS DE
ESTA SALA.- COMO LO SOLICITA LA QUEJOSA, ENVÍESE AL H.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO EN TURNO, A DONDE
VA DIRIGIDA LA DEMANDA DE AMPARO QUE PROMUEVE POR
CONDUCTO Y CONTRA ACTOS DE ESTA SALA. CON FUNDAMENTO EN
EL ARTÍCULO 167 DE LA LEY DE AMPARO, DISTRIBÚYANSE ENTRE
LAS PARTES LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA, CORRIÉNDOLE
TRASLADO CON UNA DE LAS MISMAS AL TERCERO PERJUDICADO
EDGAR CANUL THE, CON DOMICILIO EN LA CALLE 5 DE MAYO
NÚMERO 1070, BARRIO DE SAN MIGUELITO DE ESTA CIUDAD,
NOTIFICÁNDOLO Y EMPLAZÁNDOLO PARA QUE COMPAREZCA ANTE
LA AUTORIDAD JUDICIAL FEDERAL A DEFENDER SUS DERECHOS.
HABILITÁNDOSE PARA TAL EFECTO DÍAS Y HORAS INHÁBILES
CONFORME LO DISPONE EL ARTÍCULO 282 DEL CÓDIGO FEDERAL DE
PROCEDIMIENTOS CIVILES.- CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 169
DE LA REFERIDA LEY DE AMPARO, RÍNDASE EL INFORME
JUSTIFICADO Y COMO APOYO AL MISMO, REMÍTANSE LOS AUTOS DE
AMBAS INSTANCIAS, DEJANDO TESTIMONIO DE CONSTANCIAS
NECESARIAS.
ORDINARIO CIVIL POR NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA
TOCA 399/2000.- ROBERTO ALEMAN VS JOSE ANGEL PAREDES
GUERRERO.- DADA LA RAZÓN ASENTADA POR EL DILIGENCIARIO
ADSCRITO A ESTA SALA, EN EL SENTIDO DE QUE SE CONSTITUYÓ EN
EL DOMICILIO SEÑALADO POR JOSE ÁNGEL PAREDES GUERRERO, EL
UBICADO EN AVENIDA REPÚBLICA DE POLONIA NÚMERO 247
COLONIA LOMAS DE SATÉLITE DE ESTA CIUDAD, PARA OÍR Y RECIBIR
NOTIFICACIONES EN SEGUNDA INSTANCIA Y CERCIORADO DE QUE SI
LO ES POR TENER A LA VISTA TANTO EL NOMBRE DE LA CALLE ASÍ
COMO EL NÚMERO OFICIAL, POR LO QUE PROCEDIÓ A PREGUNTAR
EN DICHO DOMICILIO Y LE ATENDIÓ UNA PERSONA DEL SEXO
MASCULINO QUIEN DIJO LLAMARSE JUAN JESÚS VELOZ, QUIEN NO
SE IDENTIFICA ANTE EL SUSCRITO ACTUARIO, POR NO CONTAR DE
MOMENTO CON IDENTIFICACIÓN ALGUNA, POR LO QUE PROCEDE A
DAR SU MEDIA FILIACIÓN TEZ BLANCA, DE BARBA CON BIGOTE,
CABELLO LACIO, COMPLEXIÓN REGULAR, DE 1.70 UN METRO
SETENTA CENTÍMETROS DE ESTATURA, DE 40 CUARENTA AÑOS DE
EDAD APROXIMADAMENTE Y MANIFIESTA ESTAR OCUPANDO DICHO
DOMICILIO COMO NEGOCIO DE LONCHERÍA DESDE HACE 4 CUATRO
MESES APROXIMADAMENTE, POR LO QUE AL PROCEDER A HACERLE
SABER EL MOTIVO DE SU PRESENCIA, LE MANIFIESTA QUE EN ESE
DOMICILIO NO VIVE NI TRABAJA EL SEÑOR JOSÉ ÁNGEL PAREDES
GUERRERO NI TAMPOCO LO CONOCE, QUE TIENE ENTENDIDO QUE
ANTERIORMENTE AHÍ ESTABA UN DESPACHO DE ABOGADOS,
MISMOS QUE SE CAMBIARON DE DOMICILIO Y EL DESCONOCE SU
NUEVA DIRECCIÓN Y QUE POR LO TANTO NO LE PUEDE RECIBIR
DOCUMENTO O NOTIFICACIÓN ALGUNA A NOMBRE DE ESTA
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PERSONA, RAZÓN POR LA CUAL NO FUE POSIBLE LLEVAR A CABO LA
NOTIFICACIÓN DEL AUTO DICTADO POR ESTA AUTORIDAD DE FECHA
26 VEINTISÉIS DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, A JOSE ANGEL
PAREDES GUERRERO Y EN TAL VIRTUD PROCEDIÓ A RETIRARSE DEL
LUGAR; POR LO QUE, EN CONSECUENCIA Y CON FUNDAMENTO EN
LOS ARTÍCULOS 107, 108, 109 Y 950 DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS CIVILES, LA NOTIFICACIÓN DEL REFERIDO AUTO,
ASÍ COMO TODAS AQUELLAS QUE TUVIEREN EL CARÁCTER DE
PERSONALES, HÁGANSELE A JOSE ANGEL PAREDES GUERRERO,
POR MEDIO DE CÉDULA QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE
TRIBUNAL, EN RAZÓN DE QUE YA SE DIJO CON ANTELACIÓN, NO SE
LOCALIZÓ EN EL DOMICILIO QUE SEÑALÓ, DEBIÉNDOSE EQUIPARAR
A ELLO LA INEXISTENCIA DEL DOMICILIO PROPORCIONADO, LO
ANTERIOR POR LA IMPOSIBILIDAD PARA EFECTUAR EN SUS
TÉRMINOS LA NOTIFICACIÓN PERSONAL ORDENADA EN LA CITADA
SENTENCIA, IRREGULARIDAD QUE DEBE SER IMPUTADA AL PROPIO
LITIGANTE Y QUE NO SE PUEDE INVOCAR EN SU FAVOR, DEBIENDO
SOPORTAR LAS CONSECUENCIAS DEL PROCEDIMIENTO DERIVADAS
DE ESA SITUACIÓN Y POR ENDE LA NOTIFICACIÓN REALIZADA
MEDIANTE CÉDULA, ANTE LA IMPOSIBILIDAD DE HACERSE EN FORMA
PERSONAL, MISMA QUE DEBE TENERSE POR LEGAL Y EFICAZ
SURTIENDO PLENAMENTE SUS EFECTOS, LO ANTERIOR TIENE SU
APOYO ADEMÁS EN EL CRITERIO SUSTENTADO POR EL H. SEGUNDO
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO EN LA TESIS
JURISPRUDENCIAL.
ORDINARIO CIVIL POR NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO
TOCA 580/2012.- OSE DANIEL BALDERAS TORRES VS CAJA REAL DEL
POTOSI, S.A.P
.- ESCRITO DE JOSÉ DANIEL BALDERAS TORRES,
RECIBIDO EL 4 CUATRO DE LOS CORRIENTES, JUNTAMENTE CON ORIGINAL
Y 5 CINCP JUEGOS DE COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS
QUE PROMUEVE POR CONDUCTO Y CONTRA ACTOS DE ESTA SALA.- COMO
LO SOLICITA LA QUEJOSA, ENVÍESE AL H. TRIBUNAL COLEGIADO DEL
NOVENO CIRCUITO EN TURNO, A DONDE VA DIRIGIDA LA DEMANDA DE
AMPARO QUE PROMUEVE POR CONDUCTO Y CONTRA ACTOS DE ESTA
SALA. CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 167 DE LA LEY DE AMPARO,
DISTRIBÚYANSE ENTRE LAS PARTES LAS COPIAS SIMPLES DE LA
DEMANDA, CORRIÉNDOLE TRASLADO CON UNA DE LAS MISMAS A LA
TERCERO PERJUDICADA LA PERSONA MORAL DENOMINADA CAJA REAL
DEL POTOSÍ, S.A.P., POR CONDUCTO DE QUIEN RESULTE SU
REPRESENTANTE LEGAL AVENIDA HIMNO NACIONAL NÚMERO 5735
INTERIOR, BARRIO DE SAN JUAN DE GUADALUPE, DE ESTA CIUDAD,
NOTIFICÁNDOLO Y EMPLAZÁNDOLO PARA QUE COMPAREZCA ANTE LA
AUTORIDAD JUDICIAL FEDERAL A DEFENDER SUS DERECHOS.
HABILITÁNDOSE PARA TAL EFECTO DÍAS Y HORAS INHÁBILES CONFORME
LO DISPONE EL ARTÍCULO 282 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS
CIVILES.- CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 169 DE LA REFERIDA LEY DE
AMPARO, RÍNDASE EL INFORME JUSTIFICADO Y COMO APOYO AL MISMO,
REMÍTANSE LOS AUTOS DE AMBAS INSTANCIAS, DEJANDO TESTIMONIO
DE CONSTANCIAS NECESARIAS
ORDINARIO CIVIL POR PRESCRIPCION POSITIVA
TOCA 197/2013.- MA. SOLEDAD MARTINEZ ZAMORA VS A BIENES DE
ISMAEL SEGOVIA OLVERA.- ESCRITO DEL LICENCIADO J. CRUZ
ROCHA ZAMARRÓN, AUTORIZADO DE MA. SOLEDAD MARTÍNEZ
ZAMORA, RECIBIDO EL 04 CUATRO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO.COMO LO SOLICITA, TÉNGASELE POR PRESENTANDO SU ESCRITO
DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS EN TIEMPO, EN TÉRMINOS DEL DE
6
CUENTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 953 DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS CIVILES, CON LA COPIA SIMPLE QUE SE EXHIBE
CÓRRASE TRASLADO A SU CONTRARIA PARTE PARA QUE DENTRO
DEL TÉRMINO DE 6 SEIS DÍAS PRODUZCA SU CONTESTACIÓN.SUCESORIO INTESTAMENTARIO
TOCA 220/2013.- FELIX TAMEZ ROSALES VS A BIENES DE DON PEDRO
TAMEZ ROSALES .- ESCRITO DEL LICENCIADO EDMUNDO MOSQUEDA
DURÁN, CON LA PERSONALIDAD ACREDITADA EN AUTOS,
RECEPCIONADO EN OFICIALÍA DE PARTES EL 4 CUATRO Y RECIBIDO
EN ESTA SALA EL 5 CINCO DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO.- COMO LO
SOLICITA, TÉNGASELE POR PRESENTANDO EN TIEMPO Y FORMA
LEGAL SU ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS, EN LOS TÉRMINOS
DEL DE CUENTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 959 DEL CÓDIGO
DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.870-2012 JUICIO ORDINARIO CIVIL, PROMOVIDO POR OSCAR NOYOLA
GUERRERO, EN CONTRA DE JOSE MANUEL GALICIA VAZQUEZ. CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 30 FRACCION I DE
LA LEY DE AMPARO EN VIGOR NOTIFICADO POR LISTA EL AUTO DEL
DIA 03 TRES DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE, A
OSCAR NOYOLA GUERRERO CORRIÉNDOLE TRASLADO CON LAS
COPIAS SIMPLES DE LEY, NOTIFICÁNDOLE Y EMPLAZÁNDOLE PARA
QUE COMPAREZCAN ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL FEDERAL A
DEFENDER SUS DERECHOS, QUEDANDO LAS COPIAS DE LA
DEMANDA DE AMPARO A SU DISPOSICIÓN EN LA SECRETARIA DE
ESTA SALA.
C. ACTUARIO JUDICIAL.
LIC. RUTH MITSUKO ROCHA MURAYAMA
C. SECRETARIA DE ACUERDOS.
LIC. CARMEN JUANA SILVA HERNANDEZ
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