Volante para la inscripción condicional en centros educativos o en exámenes oficiales Datos de la persona interesada Apellidos Nombre Lugar y fecha de nacimiento Nacionalidad DNI, pasaporte o NIE Datos de la persona representante (sólo si se actúa por representación) Apellidos Nombre DNI, pasaporte o NIE Datos relativos a la inscripción condicional Este volante se formaliza a efectos de: cursar los estudios hacer los exámenes Nombre del curso o examen La persona interesada / la persona representante declara que ha presentado solicitud de convalidación / homologación de los estudios extranjeros cursados en el sistema educativo de _____________________________________________________, por los correspondientes españoles de _____________________________________________________________________ i cumplimenta este volante a efectos de la inscripción condicional que se ha detallado. Lugar y fecha Sello de la unidad de registro Y332-134/03-11 Firma 1/2 Volante para la inscripción condicional en centros educativos o en exámenes oficiales Instrucciones • Este volante no tiene validez sin el sello de la unidad de registro donde se haya presentado la solicitud de homologación / convalidación. • Para que el volante pueda ser sellado por la unidad de registro y entregado a la persona solicitante, debe rellenarse necesariamente el apartado “Datos relativos a la inscripción condicional”, indicando los estudios o exámenes en que se pretende hacer la inscripción. • Este documento, una vez sellado por la unidad de registro, tiene el carácter de volante acreditativo conforme la solicitud de homologación / convalidación ha sido presentada y, dentro de su plazo de vigencia, permite la inscripción en los mismos términos que si la homologación o convalidación hubiera sido concedida, aunque con carácter condicional y por el plazo fijado. • El volante debe rellenarse por duplicado. La unidad de registro donde se presente la solicitud entregará un ejemplar a la persona solicitante y unirá el otro a la solicitud. • La formalización del volante debe hacerse bajo la responsabilidad de la persona solicitante y no puede prejuzgar la resolución final del expediente. Si esta resolución no se produce en los términos solicitados por la persona interesada, quedan sin efecto los resultados de los exámenes realizados o de la inscripción producida como consecuencia de su uso. • Los plazos máximos de vigencia del volante son los siguientes: – para la inscripción condicional, seis meses contados a partir de la fecha en que fue sellado por la unidad de registro, Y332-134/03-11 – una vez hecha la inscripción condicional, el volante mantiene la vigencia únicamente durante el curso académico en que se haya realizado esta inscripción, hasta la fecha de la firma del acta de la evaluación final. 2/2
© Copyright 2024