UNIDAD I: ¿CÓMO INVESTIGAR - Jimdo

Unidad IV. La Lógica
Argumentativa
Documento base para los temas:
1. La Argumentación.
2. La Argumentación Jurídica.
Lógica Jurídica ● Versión pdf Unidad IV. La lógica Argumentativa ● Pág. 2
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Maracaibo, Venezuela, 2012.
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Esquema de contenido
Introducción ................................................................................................ 4
Objetivo ..................................................................................................... 4
Tema 1. La Argumentación.............................................................................. 5
1.1. Definición ................................................................................... 5
1.2. Elementos de la Argumentación ........................................................ 6
1.3. Tipos de Argumentación .................................................................. 7
1.4. Clases de Argumentos ..................................................................... 8
1.5. Estructura del texto Argumentativo .................................................... 8
Tema 2. La Argumentación Jurídica ................................................................ 10
2.1. La disposición argumentativa ........................................................... 10
2.2. Fuentes de la Argumentación........................................................... 11
2.3. Lo intuitivo y lo discursivo en la argumentación jurídica ......................... 12
Sinopsis .................................................................................................... 15
Referencias Bibliográficas ............................................................................. 16
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Introducción
La presente unidad desarrolla la estructura discursiva enmarcada en la estrategia
argumentativa que persigue persuadir al receptor o destinatario acerca del punto de vista o
posición presentada por el emisor. En este sentido, se define la argumentación precisando
los elementos que la conforman, los tipos que presenta y los diferentes contextos en los
cuales puede fundamentarse; indicando las partes, o estructura, que integran el argumento
planteado. Asimismo, se incorporan aspectos de interés relacionados con la disposición
argumentativa, las fuentes que nutren el proceso argumentativo y la distinción, de
importancia fundamental en el campo del Derecho, de lo intuitivo y lo discursivo en la
argumentación jurídica.
Objetivo
Analizar el contexto de la argumentación jurídica fundamentada en la estructura del
razonamiento lógico.
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Tema 1. La Argumentación
La argumentación presenta una estructura fundamentada en un esquema básico: la
presentación de los hechos o hipótesis, la debida secuencia argumentativa que permita la
demostración de tal hipótesis y por último la conclusión, que representa el objeto
específico de la argumentación, ya que persigue por parte del argumentador que dicha
hipótesis sea aceptada, refutada o en última instancia, puesta en duda; y, es en este
contexto, en el cual se desarrollará esta primera parte de la presente unidad.
1.1. Definición
El arte de la argumentación ha estado siempre presente en todo discurso que lleve
implícita la intención de generar un determinado punto de vista o conducta en aquél a
quien va dirigida, pues lleva como objetivo fundamental la de persuadir al receptor a
aceptar la conclusión que se le presenta en el argumento. Para cumplir su cometido, el
emisor elabora su pensamiento siguiendo una estructura lógica, razonada, en la
presentación de las ideas que permitan imprimir la veracidad o validez necesaria para
hacer creíble su tesis, apelando en muchos casos a los sentimientos y a las emociones de
las personas.
Hoy en día la argumentación cobra una enorme importancia en todos los ámbitos, tanto
públicos como particulares; en la esfera pública, como por ejemplo, es muy utilizada en los
esquemas discursivos publicitarios y políticos para convencer y persuadir al contrincante o
receptor de ciertos valores e ideas.
De esta manera, es coherente decir que el fundamento de la argumentación es alcanzar la
credibilidad del razonamiento planteado haciéndolo verosímil para el destinatario; pues,
de lo que se trata es de que éste acepte el argumento que se le presenta, objetivo que se
pretende alcanzar al fundamentar la conclusión en las premisas que la generan; en otras
palabras, las premisas dan las razones para sostener la respectiva conclusión.
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Es oportuno señalar que, aunque el objetivo que se persigue es el triunfo de la tesis
sostenida frente al oponente, no se debe olvidar que en toda argumentación siempre está
presente el debate y la negociación cuyo real cometido es alcanzar unas conclusiones
aceptables entre las partes. La argumentación forma parte de la dinámica judicial para
probar y/o refutar la validez de ciertos tipos de evidencias.
1.2. Elementos de la Argumentación
Los elementos de la argumentación están constituidos en primer lugar por el tema del
discurso, el cual, debe sostener la posición de aceptación o rechazo del emisor respaldada,
para finalizar, por todas aquellas razones que fundamentan la posición que se defiende. De
lo anteriormente expuesto, se pueden distinguir los elementos de la argumentación en el
siguiente gráfico.
Gráfico IV.1. Elementos de la argumentación.
Partiendo del gráfico anterior, se describen los elementos de la argumentación
mencionados en el mismo.
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1. El objeto: es el tema sobre el cual se argumenta.
2. Tesis: postura que el argumentador tiene respecto al tema.
3. Argumentos: razones en las que se fundamenta la postura alegada; tales razones
deben estar directamente relacionadas con el objeto de la argumentación y con la
tesis que defienden.
1.3. Tipos de Argumentación
Los tipos de argumentación se encuentran íntimamente vinculados y definidos por la
posición asumida en el discurso, en otras palabras, representan la tesis del emisor pues se
orientan a definir la dirección de defensa o de ataque sostenida razonadamente por el
emisor. En tal sentido, se distinguen dos (2) tipos de argumentación, a saber:
1. La argumentación positiva o prueba: consiste en presentar argumentos que
respalden nuestra postura ante el tema objeto de la argumentación.
2. La argumentación negativa o refutación: consiste en aportar argumentos que
sirvan para rechazar los argumentos contrarios a nuestra postura.
Cabe destacar que cuando motivamos usamos argumentos, los cuales siempre deben partir
de proposiciones previamente establecidas, que están fuera de todo tipo de controversia;
como por ejemplo, a través de los Tópicos Jurídicos.
Ejemplo IV.1. Tópicos Jurídicos
Los Tópicos Jurídicos (o aforismos) se encuentran en expresiones como: Pacta
Sum Servanta, que traduce: el pacto es ley entre las partes, también que todos
somos iguales. A su vez, de él se generan argumentos como: A lege lata, de
acuerdo a la ley vigente. A autorictate, cuando se utiliza como respaldo de una
argumentación a una autoridad, autor o una institución. Ad populum, que se
utiliza para enervar sentimientos del pueblo. Ad hominem, utilizamos al
argumentar las cualidades y defectos de la persona, atacan los aspectos
personales; entre otros.
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1.4. Clases de Argumentos
Las clases de argumentos varían de acuerdo al contexto en el cual se fundamenta el tema
de la argumentación, así pues, se pueden identificar las siguientes clases de argumentos:
1. Racionales: se basan en ideas y verdades aceptadas por la sociedad.
2. De hecho: se basan en pruebas observables.
3. De ejemplificación: aquellos que se basan en ejemplos concretos.
4. De autoridad: están basados en la opinión de una persona reconocida.
1.5. Estructura del texto Argumentativo
La estructura del texto argumentativo viene a representar la forma en la cual se presenta
el discurso, en otras palabras, es la secuencia coherente de las ideas que conforman el
argumento presentado al receptor. Desde el inicio, la claridad y precisión de las ideas
planteadas es fundamental para capturar el interés y con ello la posibilidad latente de
convencer desde el primer momento con miras a la posterior aceptación de la conclusión
generada.
En la estructura del texto argumentativo se distinguen las siguientes etapas:
1. Presentación o Tesis: es la introducción que da comienzo al discurso, presenta el
tema e intenta captar la atención del destinatario; representa la idea básica a
defender. Es importante tener claridad al respecto y habilidad distintiva para
presentarla en forma precisa, concisa y clara.
2. Exposición de los hechos o Argumento: enumera y explica los hechos que se
consideran fundamentales y presenta la tesis de forma clara; en ella se exponen las
razones y demostraciones de que se dispone, con el fin de explicar, probar o
fundamentar la tesis con pruebas serias, contundentes y convincentes; en suma, se
dan a conocer las razones que justifican una determinada postura frente a los
hechos en cuestión.
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3. Conclusión: es la parte final, resume lo expuesto y recoge la tesis y los argumentos
principales. Asimismo, es el objeto de la argumentación y en la que llega a mostrar
el resultado del discurso, extrayendo inferencias deseadas a partir de los
argumentos expuestos, con la que se corrobora la idea básica inicial.
Es oportuno acotar que para Perdomo Márquez (2007:41) la denominación de las etapas de
la argumentación, o dialéctica como la denomina, se conforma en la tesis, la antítesis y la
síntesis, respectivamente.
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Tema 2. La Argumentación Jurídica
El estudio de la argumentación tiene un lugar protagónico en el campo del Derecho por el
marcado acento persuasivo que presentan los alegatos de las partes en conflicto, las cuales
persiguen convencer a su respectivo interlocutor de la veracidad de los mismos. Para ello,
los argumentadores revisten el discurso de todas aquellas estrategias argumentativas que
permitan alcanzar dicho objetivo, esto es, de generar en el contrario la suficiente credibilidad
que lo lleven a aceptar los valores e ideas que se le presenten.
2.1. La disposición argumentativa
El desarrollo de una argumentación puede organizarse, generalmente, a través de un
razonamiento deductivo o inductivo; estos se describen a continuación.
•
En el razonamiento deductivo: se va de lo general a lo particular, es decir, de la
tesis a la conclusión: la relación de causalidad está orientada desde la causa
(premisas) a la consecuencia (conclusión).
•
En el razonamiento inductivo: el sistema es inverso al anterior, va esta vez de lo
particular a lo general; la conclusión (principio general) representa el motivo para
tomar en consideración la tesis (principio particular); en otras palabras, la relación
de causalidad se orienta desde la consecuencia (conclusión) hacia la causa
(premisas).
En tal sentido, los recursos más habituales para apoyar la argumentación son: la contraargumentación (hacer explícitas las posibles objeciones a la propia argumentación); la
comparación (con el objeto de demostrar algo); la definición (para precisar los términos de
los que se habla); la cita de información externa como por ejemplo: una nota periodística,
la declaración de alguien); la ejemplificación; entre otros.
Al ser un tipo de texto con un elevado grado de subjetividad, el lenguaje puede presentar
una gran riqueza, reflejando además el estilo particular del emisor. Además, la intención
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persuasiva que subyace obliga de alguna manera al emisor a esforzarse en ser atractivo
lingüísticamente, utilizando recursos retóricos que atraigan también su atención.
Desde el punto de vista del uso del lenguaje, se pueden advertir las siguientes
características:
a. El uso de un vocabulario abstracto o representativo, de acuerdo con los temas más
bien teóricos y no científicos tratados.
b. El frecuente uso de verbos de voluntad (querer, gustar, desear), lengua (decir,
preguntar, hablar) y pensamiento (pensar, creer, observar, mirar).
c. El uso de adverbios de evidencia o reafirmación, que actúan poniendo como
sustentador de las afirmaciones a un emisor múltiple o público.
d. El uso de la interrogación retórica, como forma de implicar al receptor.
e. El uso de expresiones emotivas o sentimentales, como un ejercicio perverso de la
función expresiva del lenguaje ya estudiada en la Unidad II.
2.2. Fuentes de la Argumentación
Siguiendo a Martínez Ubárnez (2009) para llegar a conclusiones convincentes, en un proceso
argumentativo y lograr los resultados deseados o esperados con el discurso expuesto; las
opiniones y tesis propias, se pueden reforzar mediante las siguientes fuentes de la
argumentación:
•
Recurriendo a los conocimientos, los criterios o la experiencia de quienes le
escuchan o leen.
•
Afirmándose en información, estadísticas, cifras, imágenes o datos confirmados,
que ratifiquen o refuercen su punto de vista.
•
Reforzando o exponiendo citas de autoridades de reconocido prestigio en el área,
que hayan expresado la misma o similar opinión o defiendan tesis ya aceptadas,
similares a las suyas.
•
Evocando situaciones, ejemplos, anécdotas o citas literarias, históricas, filosóficas,
que refuercen la tesis conclusiva o hayan conducido a extraer idéntica conclusión a
la defendida.
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•
Fundándose en las teorías aceptadas, como constituciones, jurisprudencias,
sentencias, tesis doctrinales y casos juzgados, sentencias, tesis doctrinales y casos
juzgados.
2.3. Lo intuitivo y lo discursivo en la argumentación
jurídica
De acuerdo con el autor precitado, la intuición en filosofía ha sido asumida como una forma
de conocimiento o saber, independiente de la experiencia o la razón y por eso, se le
identifica más como una cualidad propia de la mente.
Algunos filósofos, sostienen que los valores morales son intuitivos e inmediatos. Este punto
de vista se opone al de aquellos que sostienen que los valores morales nacen tan sólo de la
experiencia humana o de los que creen que los valores morales vienen dados por la razón.
En cuanto al significado del término intuición, algunos analistas lo hacen provenir del latín
intueri, que sería algo así como mirar fijamente algo y conocerlo, teniendo una
aprehensión inmediata; mientras que otros lo derivan de intusire -ir adentro-, entrar al
interior de una realidad para aprehender su significado y sentido. De ambas maneras, se
llega a la acepción de que la intuición es la facultad de conocer de manera inmediata una
realidad, es decir, la visión directa e inmediata de una verdad, sin que para ello medie un
previo razonamiento lógico o discursivo.
De ahí que, tradicionalmente se hayan visto como opuestos, el saber intuitivo y el saber
discursivo, lo cual no implica necesariamente que el uno deba excluir al otro para poder
existir o darse con eficiencia en un proceso cognoscitivo. La intuición se nos ofrece como
un medio de llegar al conocimiento de algo de manera inmediata, en contraposición al
método discursivo, que llega a un conocimiento solo tras la realización de varios pasos o
procedimientos.
En cuanto al término discursivo este procede de las raíces latinas dis y currere, que
significan varias cosas, entre ellas derramarse y correr de un lado a otro; por tanto, el
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discurrir expresa un conocimiento que llega a un término pretendido mediante una serie de
esfuerzos intelectuales y sucesivos, consistentes en ir fijando, por aproximación sucesiva,
unas tesis que luego son contradichas o discutidas por uno consigo mismo, mejoradas,
sustituidas, por tesis nuevas o proposiciones, y así sucesivamente hasta llegar a abarcar por
completo la realidad del objeto abordado y en consecuencia, construir conceptos sobre él.
Lo discursivo, pues, expresa razonamientos completos, por eso, la lógica acepta como
discursivo aquello que procede por razonamiento de premisas a conclusiones, cuyo caso
más evidente es el del silogismo.
La diferencia entre intuición y discurso está pues, en que la primera procede de manera
inmediata, mientras que el segundo lo hace de modo mediato. El método intuitivo es
directo, el discursivo es indirecto; la intuición va directamente al objeto y por medio de
ella obtiene un conocimiento de forma inmediata; mientras que por el discurso, el discurrir
o el razonar, se obtiene un conocimiento mediato, después de varias operaciones sucesivas
y lógicamente concatenadas.
El discurso, entonces, se contrapone a la intuición, pero ello no implica un término tenga
que excluirse a favor del otro, al contrario, se debe considerar el proceso discursivo como
una forma de pensar que se apoya en la intuición, y mientras éste aporta el contenido de la
verdad en el proceso constructivo de conocimiento, aquel proporciona la forma del mismo.
En general, pocos filósofos han admitido la posibilidad de un conocimiento enteramente
discursivo.
Por medio de la intuición el jurista olfatea, sospecha o prevé, las salidas o los
procedimientos a seguir, los elementos a emplear, las herramientas más adecuadas para
resolver una determinada situación o caso; mientras que a través del procedimiento
discursivo encuentra la ilación de esos elementos o la concatenación lógica y la razón
argumental que ellos requieren, para llegar a inferencias concluyentes, utilizando los
elementos aportados por la intuición.
Sin embargo, es conveniente acotar las modalidades de intuición que deben aplicarse en la
argumentación jurídica, por ejemplo:
•
Intuición sensible: que permite la comunicación inmediata de un sujeto y un
objeto a través de sus sentidos le aporta los elementos básicos materiales o
sensibles que por término de esfuerzo y manejados inteligentemente, dan las pistas
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o las rutas a seguir para fundamentar los argumentos de una prueba, especialmente
en el campo del derecho penal o en el derecho civil.
•
Intuición real: es el tipo de intuición con mayor campo de aplicación en la
argumentación jurídica, por cuanto se ajusta más al tipo de objetos que en ella se
manejan, que penetra directamente en el fondo de las cosas. A su vez se puede
dividir en tres (3) tipos, según que en ella, al verificarla predomine una actitud
intelectual, emotiva o volitiva.
De esta manera, en la Intuición intelectual se busca captar la esencia del objeto. En la
intuición emotiva predominan en el sujeto motivos emocionales que busca captar el valor
del objeto, o sea, su belleza, magnificencia, entre otros. En cuanto a la intuición volitiva,
ésta la motiva el querer del sujeto, no busca desentrañar lo que el objeto es o lo que vale,
sino que es, que está ahí, que existe como algo distinto de mí.
Se deben tener en cuenta los tres campos y no solo uno de ellos, aplicado
indiscriminadamente a todos los planos y capas de la realidad. En el campo jurídico, de lo
que se trata es de preguntarnos más por el deber ser de las cosas, por ello, habrá que
recurrir a la intuición volitiva y a la emotiva; de tal modo que lo importante no es ver
contradicciones, sino complementariedad entre los tres tipos de intuición en el proceso de
aclarar la realidad.
En conclusión, la intuición, como se ha planteado, manejada adecuadamente y con sanos
criterios de construcción lógica, sumada al dominio de una estructura argumentativa de
carácter discursivo, constituyen pilares sólidos sobre los cuales descansa la estructura del
discurso jurídico, que busca credibilidad, solidez y consistencia.
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Sinopsis
El estudio de esta unidad abordó puntos relevantes sobre la argumentación jurídica en
cuanto a su definición, elementos, clases, tipos, estructura, disposición y fuentes
pertinentes; con el propósito de presentar un cuadro, lo más completo posible, de las
diferentes aspectos que presenta este tipo especial de argumentación, es decir, de la
argumentación en el campo del Derecho.
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Referencias Bibliográficas
Perdomo Márquez, Rómulo (2007) Introducción a la Lógica Jurídica. Universidad de los
Andes. Consejo de Publicaciones. Mérida. Venezuela.
Martínez Ubárnez, Simón (2009). Lo Intuitivo y lo Discursivo en la Argumentación
Jurídica. Catedrático de Filosofía del Derecho Universidad Popular del Cesar ValleduparColombia Y área humanística. Escuela Superior de Administración Pública de Colombia.