“Cómo Invertir sin Riesgo” Riesgo” Dada la situación económica actual, de una profunda crisis económica, el panorama de las inversiones y colocación del ahorro financiero ha sufrido pérdidas de valor por varias razones: • Pérdidas de valor de los activos en renta variable, como consecuencia de las pérdidas de valor de las acciones de las empresas que cotizan en la bolsa, salvo en casos muy excepcionales. • Declaración de quiebras, concursos de acreedores, nacionalización de entidades bancarias: ha supuesto la asunción de pérdidas por parte del inversor, viendo mermado así sus ahorros. • La colocación y emisión de productos financieros que han supuesto la asunción de pérdidas por parte del inversor, por tratarse de instrumentos de deuda que trasladan la pérdida al inversor en determinadas condiciones extremas, las cuales se han producido. Debido la incertidumbre económica y financiera, el inversor debe buscar opciones con la mínima asunción de riesgo (en contra de máxima rentabilidad) y diversificar su cartera de inversiones. Presentamos algunas recomendaciones para evitar, en la medida de lo posible, los siguientes riesgos en el mercado financiero actual: 1. Riesgo de insolvencia por el emisor del activo financiero: El mercado financiero español ha sufrido el incumplimiento de pago de rendimientos, situaciones que probablemente se producirán de nuevo. Por ello, el inversor debe informarse sobre las posibilidades de recuperar la inversión con la mínima pérdida posible, como es el caso del canje en acciones, conversión en depósito a plazo., y estudiar la conveniencia o no de recuperar el capital invertido. El riesgo de insolvencia en las entidades de crédito españolas; hay que tener en cuenta: • En el caso de los depósitos bancarios, el Fondo de Garantía Pública garantiza hasta 100.000 €. • Determinadas inversiones no se contemplan el balance de la entidad, por lo que no están respaldadas con el patrimonio de la entidad, como es el caso de Fondos de Inversión Mobiliaria, Activos en otras entidades, planes de pensiones e instrumentos de previsión y seguros; la asunción de riesgo es menor en estos casos. • En el caso de las entidades nacionalizadas y recepcionistas de ayudas, las autoridades comunitarias han obligado a los inversores asumir pérdidas de valores que eran, a priori, totalmente seguras, con lo que el riesgo en valores inicialmente seguros se ha visto incrementado. 2. Riesgo de la evolución del euro: La pervivencia del euro como moneda única se ha puesto en cuestión, las profundas crisis de algunos países miembros han puesto en cuestión la moneda única y han contemplado la posibilidad de su salida del euro. Las inversiones y ahorros en euros, pueden sufrir una pérdida financiera con respecto a otras monedas. En este sentido , se puedan plantear otras alternativas: • Invertir en otras divisas más estables (dólar estadounidense, franco suizo, libra esterlina). • Trasladar las inversiones a otros países de mayor seguridad financiera, aunque habrá que valorar los costes de mantenimiento y puesta en marcha. 3. Control tributario de la inversiones financieras: La ley 7/2012 establece la obligación de informar de la tenencia de bienes y derechos en el extranjero, cuyo plazo voluntario de presentación finalizó el 30 de abril; en relación a tenencia de bienes y derechos a 31 de diciembre de 2012, de importe igual o superior a 50.000 €. Además, habrá que actualizar dicha información anualmente. El incumplimiento supondrá la aplicación de sanciones: • Sanción muy grave por omisión de información, con importe de 5.000 € por dato con un mínimo de 10.000 €. • Si el activo no declarado supone una ganancia patrimonial no justificada, se integrará en el ejercicio impositivo más antiguo, tributando por el tipo correspondiente.
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