LECTURA 1 ¿Cómo están cubiertas sus inversiones bursátiles? José M. Camarero. A B C - 2 2 D E F E B R E R O D E 2 0 1 0 El temor a que una entidad quebrara ha traído de cabeza a muchos ciudadanos en los dos últimos años. La desconfianza provocada por la crisis ante los rumores de insolvencia de algún banco o caja condujo a diversificar el dinero entre varias entidades; y obligó al Gobierno a aumentar el límite garantizado, en caso de problemas: 100.000 euros. Pero, ¿qué ocurre con los millones de españoles que también tienen dinero invertido en acciones o fondos de inversión, por ejemplo? ¿Recuperan su dinero en caso de quiebra de la sociedad de valores a la que han confiado su dinero? De entre las decenas de entidades bursátiles que operan en el mercado español, solamente se han abierto cinco procesos indemnizatorios por quiebras. Pero el simple hecho de saber que unos activos se pueden encontrar en peligro, propaga como la pólvora el temor entre el resto de inversores. Dudas al recuperar Para respaldar este tipo de operaciones, existe el Fondo de Garantía de Inversiones (Fogain), un fondo que cubre la falta de disponibilidad de efectivo y valores de una sociedad con problemas. Esta gestora indemniza con hasta 100.000 euros a los inversores que no puedan recuperar el dinero invertido. Sin embargo, existen numerosos «peros» en este respaldo oficial a las inversiones bursátiles. Aunque una sociedad de valores se declare en concurso de acreedores no implica que, automáticamente, el inversor pierda sus activos bursátiles. En principio, «los valores de los clientes siguen siendo propiedad de esos clientes y no desaparecen», explican en el Fogain. Esto es, las acciones o los fondos siguen perteneciendo al inversor, pues la entidad es sólo un intermediario. La intervención del Fogain se produce «cuando hay algún problema de fraude (contratos falsos, estafas, etc.), porque esos valores podrían no estar». Este fondo actúa en el caso de que «la sociedad de valores no pueda devolver el dinero» al inversor. Sociedades autorizadas Tampoco todas las sociedades que operan en Bolsa se encuentran respaldadas por este fondo: sólo las adheridas (compruebe el listado completo en fogain.es). Por ello, tal y como recuerdan en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), no existe ninguna cobertura en las operaciones realizadas a través de intermediarios no autorizados (los «chiringuitos financieros»); las inversiones en bienes tangibles (sellos, árboles, arte, etc.); ni la insolvencia de emisores «por determinadas características». La indemnización También aparecen numerosas dudas por parte de inversores afectados al calcular la indemnización que les corresponde. En principio, hay que sumar el efectivo depositado por el cliente y el valor de mercado de los activos contratados en la fecha en que se declare la insolvencia de la entidad, siempre con un límite máximo de 100.000 euros. Desde la CNMV inciden en que el Fogain «no cubre las pérdidas de valor que puedan sufrir los activos contratados». Por ello, en la CNMV dan una serie de consejos antes de adentrarse en cualquier inversión. 1. Si una empresa de servicios de inversión entra en concurso de acreedores ¿los inversores que operaban con ella pierdan sus activos? ¿Por qué? 2. ¿Indemniza FOGAIN a los inversores siempre que hay un concurso de acreedores de una empresa de servicios de inversión? ¿Por qué? 3. ¿Cubre FOGAIN la disminución del precio de cotización de las acciones que se contratan a través de empresas de servicios de inversión? ¿Por qué?
© Copyright 2024