Cómo es el préstamo de valores bilateral u “OTC” (II) - Bolsas y

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A C T U A L I D A D
Cómo es el préstamo de
valores bilateral u “OTC” (II)
Es una de las operativas que experimentan mayor auge
Si en el último número de
la revista se trataba en detalle el préstamo de valores para crédito al mercado, en esta ocasión es el
turno del Préstamo de Valores bilateral u OTC
(“over the counter”). Consiste en la cesión de valores por título distinto a la
compraventa, durante un
plazo de tiempo, el cual
puede ser determinado
desde el inicio de la operación o abierto, a cambio
de una comisión y con la
garantía de un colateral.
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onsiderada como una de las
actividades de mayor crecimiento dentro de los servicios
financieros, el préstamo de valores bilateral, también conocido como préstamo
“OTC”, pone en contacto a un prestamista que cede títulos de su cartera y a
un prestatario que toma estos títulos durante un período determinado. La base
legal que sustenta esta relación está contenida en el Código de Comercio y las
condiciones de la cesión son fijadas libramente por las partes que intervienen.
Para el prestatario es un sistema de reducir el riesgo de liquidación, de realizar
ventas en corto, o de realizar la cobertura
en posiciones de derivados.
Al prestamista le permite maximizar la
rentabilidad de carteras de renta variable
estables a medio y largo plazo, mediante
la comisión percibida, así como eliminar
las comisiones de custodia durante el
período del préstamo.
A estas ventajas obtenidas por las partes
se añade el interés general del mercado:
esta actividad dota de liquidez al mercado de renta variable.
Las diferencias entre el préstamo OTC y
para crédito al mercado se centran en los
valores objeto de préstamo, los plazos,
las garantías, y los posibles prestamistas
(véase artículo en la revista Bolsa de Madrid de febrero 2000, Nº 85) .
Cualquier valor de renta variable es susceptible de préstamo OTC, por un plazo máximo de un año.
Se trata de una actividad fundamentalmente practicada por inversores institu-
cionales. Concretamente prestan valores
las sociedades de valores y bolsa, compañías de seguros, bancos, cajas de ahorros y fondos de inversión y de pensiones no residentes en España. Este actividad se encuentra muy desarrollada en
mercados financieros como los de Estados Unidos, Alemania, Francia o Reino
Unido, habiéndose iniciado en Portugal
recientemente, e incluso en países más
exóticos como Filipinas, Indonesia, Méjico o Brasil. En mercados como el español o el italiano, con volúmenes de
préstamo ya muy elevados, todavía
cuenta con expectativas de crecimiento
extraordinariamente grandes, debido sobre todo al desarrollo y especialización
de sus mercados de derivados y a la clarificación del marco legal que lo regula.
■ INTERVINIENTES EN EL
PRESTAMO BILATERAL U OTC
En el Préstamo OTC intervienen tres figuras principales:
● Prestamista: cedente de los títulos.
● Prestatario: tomador los título.
● Intermediario: que facilita la operación, actuando como contrapartida de
ambos.
Ni prestamista ni prestatario están obligados a utilizar un intermediario en sus
operaciones, pero en la mayoría de los
casos se utiliza por consideraciones de
insuficiencia de rating por parte del prestatario ante el prestamista, acceso a un
mayor número de contrapartidas o interés en no mostrar la composición de
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➧
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Gráfico 1
➧ las carteras propias a otras entidades.
■ LA OPERATIVA
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PRESTAMISTA
La operativa del Préstamo OTC se instrumenta a través de cuatro pasos:
● Negociación, acuerdo y cierre de la
operación, fijando las condiciones de
plazo, comisiones y colateral.
● Entrega del colateral al prestamista y
de los títulos al prestatario.
● Control periódico del nivel del colateral depositado en garantía (nunca deberá
ser inferior al porcentaje, fijado al inicio,
del valor en mercado de los títulos cedidos.
● Final de la operación, por vencimiento
del plazo o solicitud de cualquiera de las
partes (el llamado call back, que normalmente solicita el prestatario), con la correspondiente devolución del colateral al
prestatario y de los títulos al prestamista.
El pago de la comisión pactada sobre el
importe de los títulos prestados, por parte del prestatario, así como la remuneración del colateral recibido por el prestamista se liquida mensualmente durante
la vida de la operación.
Para mayor claridad del lector, a continuación se expone un sencillo ejemplo
de cómo se instrumenta una operación
de préstamo “OTC” en el caso de Bancoval. Estas operaciones son llevadas a
cabo también por otras instituciones diferentes a Bancoval.
■ COMO SE INSTRUMENTA
UNA OPERACION DE
PRÉSTAMO “OTC”: EL
EJEMPLO DE BANCOVAL
El esquema de una operación típica de
Préstamo OTC, en la que Bancoval
actúa como intermediario del Préstamo,
sería el que figura en el gráfico 1. El significado de cada uno de los pasos señalados en el diagrama se explica a continuación.
● Apertura del Préstamo (trámites si-
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PRESTATARIO
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B ancoval
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multáneos)
1 y 2.- La operación se inicia con la entrega por parte del prestamista de los títulos a Bancoval, a través del SCLV.
3.- Al mismo tiempo que el prestamista
entrega los títulos, Bancoval transfiere el
colateral a su cuenta.
4 y 5.- Bancoval entrega al prestatario,
también a través del SCLV, los títulos
que le han sido prestados.
6.- El prestatario transfiere a Bancoval el
colateral acordado.
Durante el Periodo del Préstamo se realiza control diario del valor en mercado de
los títulos prestados, con el fin tanto de
ajustar el nivel del colateral depositado al
porcentaje mínimo establecido, como de
calcular la comisión diaria que pagará el
prestatario, que puede establecerse en
función del valor diario en mercado de la
cartera prestada o fija sobre su valor efectivo al inicio de la operación.
Tanto las comisiones como los intereses
devengados por el depósito del colateral,
se liquidan mensualmente, salvo que las
partes pacten algo diferente.
Vencimiento del Préstamo (trámites
simultáneos)
7 y 8.- El prestatario devuelve los títulos
a Bancoval a través del SCLV.
9.- Bancoval devuelve el colateral al prestatario.
10 y11.- Bancoval devuelve los títulos al
prestamista a través del SCLV.
12.- El prestamista devuelve el colateral
a Bancoval.
Comisiones
●
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No existen comisiones fijas, se negocian
para cada operación. La oferta y la demanda de cada valor, el volumen de acciones negociadas, si es a plazo abierto o
cerrado (y en este caso la duración del
contrato), son los factores principales
que determinan el nivel de comisiones
en cada momento.
Colateral
El colateral es la garantía que el prestatario ofrece al prestamista, y representa como mínimo el 100% del valor efectivo
de los títulos prestados, más un porcentaje de margen, en torno a un 5%, como
garantía para cubrir los riesgos extraordinarios en que pueda incurrir el prestatario. El margen puede ser ampliado dependiendo del rating del prestatario y del
instrumento utilizado como colateral.
El colateral, al haber sido ajustado al precio de mercado de los títulos, garantiza
que el prestamista pueda adquirirlos en
el mercado en caso de que no le fueran
devueltos por el prestatario
Tipos de colateral
El colateral puede ser en efectivo, letras
de cambio, títulos de renta fija, tanto estatal como corporativa, otras acciones de
renta variable o warrants. Esta variedad
permite tanto al prestatario como al
prestamista una gran flexibilidad.
El tipo de colateral solicitado puede variar de un contrato a otro, dependiendo
de quién sea el prestamista y quién el
prestatario y su rating. Este rating es uno
de los condicionantes más importantes,
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pero además el prestamista deberá encontrar un termino medio entre prudencia y flexibilidad, para adaptar sus exigencias de garantías a las condiciones de mercado sin incurrir por ello
en un riesgo excesivo de contrapartida.
Hechos relevantes
En una operación de Préstamo OTC el
prestamista traspasa temporalmente al
prestatario la titularidad de los títulos,
pero mantiene el derecho a percibir los
beneficios económicos que los títulos devenguen durante el plazo del préstamo.
No así los derechos políticos, tales como
derecho de voto o asistencia a Juntas, los
cuales recaen en el pretatario.
Los principales hechos relevantes a tener
en cuenta en relación al Préstamo OTC
son:
1.- Dividendos en dinero y acciones
2.- Ampliaciones de capital
3.- Splits
4.- Opas
Dividendos
Si las acciones se prestan antes de la fecha de devengo, el dividendo puede ser
abonado al prestatario o a la persona que
le ha comprado las acciones, que suele
ser lo más común. En cualquier caso, el
prestatario está obligado a abonar al
prestamista el importe bruto del dividendo en la fecha valor o cuando se haya
estipulado en el contrato. Por tanto, al
calcular los costes del préstamo, el prestatario debe prever los posibles pagos de
dividendos durante el tiempo que dure
el préstamo.
En caso de que el dividendo sea en acciones estas recaerán en el prestatario,
que estará obligado a entregárselas al
prestamista el día del pago del dividendo
o el estipulado en el contrato.
Ampliaciones de capital
Ante una ampliación de capital, el prestamista tiene tres opciones:
1.- Finalizar el préstamo y reclamar las
acciones para acudir a la ampliación.
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Cualquier valor de renta
variable es susceptible de
préstamo OTC, por un
plazo máximo de un año.
Además, se trata de una
actividad
fundamentalmente
practicada por inversores
institucionales
2.- Ordenar al prestatario que compre
los derechos en su nombre, y adquirir
con ellos las nuevas acciones. En caso
que sea necesario más dinero será el prestamista el que se lo entregue al prestatario para hacer frente a los gastos.
3.- Si el prestamista no quiere los derechos podrá solicitar al prestatario que le
entregue el valor efectivo de los mismos,
es decir, el importe obtenido por la venta de los derechos al no acudir a la ampliación, sin necesidad de cancelar el
préstamo.
Splits
Lo más común es que el prestatario refleje en sus libros el split como un aumento de los títulos prestados por el
prestamista.
OPAS
El prestamista suele acudir a ellas reclamando los títulos al prestatario, para evitar el riesgo de que sus acciones pierdan
todo su valor.
Otra posibilidad es que el prestatario
acuda a la OPA y entregue al prestamista
el dinero o las acciones. En las OPAS totales la entrega se realizará al finalizar el
préstamo, y en las parciales en el momento en que se acuda. Cuando se produce una OPA parcial los prestamistas
pueden dividir su posición en ese valor
en dos tipos de acciones diferentes para
prestar, las denominadas “good stock”
que es la parte de la posición que el prestamista garantiza que no utilizará para
acudir a la OPA y las “bad stock” que
son las que, en caso de OPA, serán utilizadas para acudir a la misma. Ante una
OPA parcial, el prestatario puede cubrirse del riesgo que para él representa un
posible “call back” por parte del prestamista pidiendo prestado a otro prestamista “good stock” y entregando al primer prestamista sus acciones, que serían
“bad stock”.
También puede negociar con el prestamista un mayor margen en la comisión a
cambio de que éste no realice un “call
back”. Otra opción para el prestatario es
la de pedir prestado desde el principio
solo “good stock”, aunque esto implique
una comisión mayor cuando no se sabe
si se va a producir una OPA. Pero es posible que las “good stock” no sean suficientes para el prestatario por lo que
además deberá de pedir prestado “bad
stock”, lo que suma más riesgo a la operación. Esto se denomina protección de
la oferta por parte del prestatario (“protection in the tender”).
Fiscalidad
El régimen fiscal del Préstamo de Valores OTC, de acuerdo con la información
disponible, es similar al aplicable al Préstamo de Valores para Crédito al Mercado. Sin embargo, existen diversos elementos de ese nuevo régimen de préstamo de valores pendientes de concretar,
y que habrá que desarrollar en el corto
plazo dado el creciente interés por parte
de los potenciales usuarios de este mercado. ●
Julián de Nicolás Sánchez-Diezma.
Tesorería Bancoval
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