Consejo de la Unión Europea Bruselas, 4 de enero de 2017 (OR. en) 5025/17 COMPET 3 CHIMIE 3 ENFOPOL 5 ENV 4 MI 6 ENT 4 UD 3 DELACT 3 NOTA PUNTO «I/A» De: A: Secretaría General del Consejo Comité de Representantes Permanentes/Consejo N.° doc. Ción.: 15171/16 COMPET 644 CHIMIE 75 ENFOPOL 454 ENV 763 MI 778 ENT 224 UD 259 DELACT 253 + COR 1 - C(2015) 7657 final Asunto: REGLAMENTO DELEGADO (UE) …/... DE LA COMISIÓN de 30.11.2016 por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 98/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a la incorporación del polvo de magnesio a la lista de precursores de explosivos del Anexo II - Intención de no formular objeciones al acto delegado 1. La Comisión ha presentado al Consejo el acto delegado de referencia 1 de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 290 del TFUE y en el artículo 14 del Reglamento (UE) n.º 98/2013 sobre la comercialización y la utilización de precursores de explosivos. 2 El acto delegado se basa en el artículo 12 de dicho Reglamento. Dado que la Comisión notificó el acto delegado al Consejo el 30 de noviembre de 2016, este tiene hasta el 30 de enero de 2017 para plantear objeciones al mismo. 1 2 Doc. del Consejo 15171/16 + COR 1. Reglamento (UE) n.º 98/2013, DO L 39 de 9.2.2013, p. 1-11. 5025/17 jpm/JRB/emv DGG 3A 1 ES 2. El Grupo «Armonización Técnica» estudió el acto delegado mediante procedimiento escrito hasta el 2 de enero y concluyó que no hay motivos para que el Consejo formule objeciones al respecto. 3. En vista de ello, se ruega al Comité de Representantes Permanentes que recomiende al Consejo que confirme que no tiene intención de presentar objeciones al acto delegado y que se informe de ello a la Comisión y al Parlamento Europeo. Esto supone que, a menos que el Parlamento Europeo presente objeciones al acto delegado, este se publicará y entrará en vigor de conformidad con el artículo 14, apartado 5, del Reglamento (UE) n.º 98/2013. 5025/17 jpm/JRB/emv DGG 3A 2 ES
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