í ndice administración pública de la ciudad de méxico

Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
DÉCIMA NOVENA ÉPOCA
02 DE ENERO DE 2017
No. 234
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Policía Auxiliar de la Ciudad de México
♦ Aviso por el cual se dan a conocer los resultados en el Proceso de Promoción 2016 de la Policía Auxiliar de la
Ciudad de México
3
Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal
♦ Aviso por el cual se da a conocer la modificación del Sistema de Datos Personales de los Expedientes de
participantes en los procesos de selección y reclutamiento para personal especializado en funciones de verificación
del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal
22
♦ Aviso por el cual se da a conocer la modificación del Sistema de Inspección Física al Transporte del Instituto de
Verificación Administrativa del Distrito Federal
25
♦ Aviso por el cual se da a conocer la modificación del Sistema de Datos Personales de Proveedores del Instituto de
Verificación Administrativa del Distrito Federal
28
♦ Aviso por el cual se da a conocer la modificación del Sistema de Datos de los Expedientes del personal que labora
en el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal
31
♦ Aviso por el cual se da a conocer la modificación del Sistema de Datos de Gestión de Promociones del Instituto de
Verificación Administrativa del Distrito Federal
34
Continúa en la Pág. 2
2
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
02 de Enero de 2017
Índice
Viene de la Pág. 1
SECCIÓN DE AVISOS
♦ Sodelay, S.A. de C.V.
37
♦ Edictos
38
♦ Aviso
51
02 de Enero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
3
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
LA LIC. MARÍA GUADALUPE MORENO SALDAÑA, DIRECTORA EJECUTIVA DE DESARROLLO
INSTITUCIONAL Y SERVICIOS DE APOYO EN SU CALIDAD DE SECRETARIA TÉCNICA DE LA
COMISIÓN TÉCNICA DE SELECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE
MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 9 INCISO B, FRACCIÓN III Y 61 DE LAS REGLAS PARA
EL ESTABLECIMIENTO DE LA CARRERA POLICIAL DE LA POLICÍA DEL DISTRITO FEDERAL Y EN
CUMPLIMIENTO A LA CONVOCATORIA AL PROCESO DE PROMOCIÓN 2016 PARA AQUELLOS
ELEMENTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LAS JERARQUÍAS DE POLICÍAS, OFICIALES E INSPECTORES
(HASTA SEGUNDO INSPECTOR) DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PUBLICADA
EL SEIS DE MAYO DEL PRESENTE AÑO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
ASIMISMO A LO APROBADO EN LA SEGUNDA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE LA COMISIÓN TÉCNICA
DE SELECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO LLEVADA A
CABO EL VEINTITRÉS DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO; HA TENIDO A BIEN EMITIR EL
SIGUIENTE:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS RESULTADOS EN EL PROCESO DE PROMOCIÓN 2016
DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Los elementos que se encuentran en el presente listado, fueron aprobados, evaluados, analizados y autorizados por la
Comisión Técnica de Selección y Promoción, quienes acreditaron todas y cada una de sus evaluaciones, cumpliendo
íntegramente cada uno de los requisitos establecidos en la Convocatoria al Proceso de Promoción 2016.
El personal que acreditó el Proceso de Promoción 2016 de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México es el siguiente:
NO.
ID
NOMBRE
GRADO ACTUAL
GRADO AL QUE
ASCIENDE
ASCENSOS A PRIMER INSPECTOR
1
1010978
Flores Rangel Roberto
Segundo Inspector
Primer Inspector
2
1020049
López Hemer José Alejandro
Segundo Inspector
Primer Inspector
3
1021214
Martínez Barrios Benito Octaviano
Sub Inspector
Segundo Inspector
4
1021749
Maya Garcia Emilio
Sub Inspector
Segundo Inspector
5
1025632
Moreno Rodríguez José De Jesús
Sub Inspector
Segundo Inspector
6
1039812
Villegas Solís Fernando
Sub Inspector
Segundo Inspector
ASCENSOS A SEGUNDO INSPECTOR
ASCENSOS A SUBINSPECTOR
7
1010921
Flores Pineda Rodrigo
Primer Oficial
Subinspector
8
1030611
Ramírez Nicolás Francisco
Primer Oficial
Subinspector
9
1035999
Serrato León Eduardo
Primer Oficial
Subinspector
10
1004766
Camacho Garcia Eduardo
Segundo Oficial
Primer Oficial
11
1008069
Cruzaley Martínez Ulises
Segundo Oficial
Primer Oficial
12
1015504
Hernández Carrera Fidel
Segundo Oficial
Primer Oficial
13
1019605
Lira Salazar Gerardo
Segundo Oficial
Primer Oficial
14
1021552
Márquez Dolores Ándalo
Segundo Oficial
Primer Oficial
ASCENSOS A PRIMER OFICIAL
4
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
02 de Enero de 2017
ASCENSOS A SEGUNDO OFICIAL
15
16
17
1000724
1021623
1025521
Álvarez Pérez Francisca
Márquez Espino Norma Angélica
Mondragón Pérez Elías Miguel
Suboficial
Suboficial
Suboficial
Segundo Oficial
Segundo Oficial
Segundo Oficial
18
1026272
Nava Ramírez Arturo
Suboficial
Segundo Oficial
19
1035850
Santiago Vela Oscar Romelio
Suboficial
Segundo Oficial
20
1037864
Urrutia Sánchez Porfirio
Suboficial
Segundo Oficial
ASCENSOS A SUBOFICIAL
21
1002065
Acosta Melo Federico
Policía Primero
Suboficial
22
1002310
Aguilar Castro Roberto
Policía Primero
Suboficial
23
1003070
Bazaín Hernández Erick
Policía Primero
Suboficial
24
1004151
Buendía Morales Roberto
Policía Primero
Suboficial
25
1006168
Castro Yáñez Federico
Policía Primero
Suboficial
26
1006426
Cervantes Serrano Raúl
Policía Primero
Suboficial
27
1008834
Díaz Martínez José
Policía Primero
Suboficial
28
1009326
España Gómez Nazario
Policía Primero
Suboficial
29
1010905
Florentino De Paz Francisco
Policía Primero
Suboficial
30
1012536
Garcia Patricio Roberto
Policía Primero
Suboficial
31
1012917
Garcia Torres Fidel
Policía Primero
Suboficial
32
1011218
Garduño Almaraz Jorge
Policía Primero
Suboficial
33
1013223
González Aguilar Joaquín
Policía Primero
Suboficial
34
1014074
González Piña Daniel
Policía Primero
Suboficial
35
1019441
León Méndez Jorge Antonio
Policía Primero
Suboficial
36
1020078
López Hemer Jesús Fabián
Policía Primero
Suboficial
37
38
39
1020139
1021066
1022658
López Hernández Juan Leonardo
Martínez Agundis Alejandro Antonio
Martínez Núñez Sergio Alberto
Policía Primero
Policía Primero
Policía Primero
Suboficial
Suboficial
Suboficial
40
1041195
Maxtla Fuerte José David
Policía Primero
Suboficial
41
1024023
Medina Najera Cipriano
Policía Primero
Suboficial
42
1023483
Meza Cruz Arturo
Policía Primero
Suboficial
43
1043594
Miranda Moreno Gabriela Araceli
Policía Primero
Suboficial
44
1025433
Morales Márquez Rogelio
Policía Primero
Suboficial
45
1041071
Nava Muñoz Guillermo
Policía Primero
Suboficial
46
1026829
Olvera Cervantes Luis Fernando
Policía Primero
Suboficial
47
48
49
1041113
1029656
1029884
Padilla Ruiz Jorge
Portillo Pineda Israel De La Paz
Quintero Robles Leslie Cecilia
Policía Primero
Policía Primero
Policía Primero
Suboficial
Suboficial
Suboficial
50
1030559
Ramírez Mata Javier
Policía Primero
Suboficial
51
1030692
Rayón Pérez Pilar
Policía Primero
Suboficial
02 de Enero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
5
52
1031662
Rivera Bautista Camilo Cesar
Policía Primero
Suboficial
53
1041739
Rodríguez Rey Juan Edmundo
Policía Primero
Suboficial
54
1032361
Rosas Estrada David
Policía Primero
Suboficial
55
1033713
Ruiz Gómez Malaquías
Policía Primero
Suboficial
56
57
1059588
1059316
Santiesteban Bautista Diodoro
Santos Rosas Rodrigo Yahel
Policía Primero
Policía Primero
Suboficial
Suboficial
58
1035905
Serna Aburto José Cirenio
Policía Primero
Suboficial
59
1036329
Solorio Chagoya Edgar
Policía Primero
Suboficial
60
1037940
Vargas Bahena Lucila
Policía Primero
Suboficial
61
1038114
Vázquez Fernández Ramón Eduardo
Policía Primero
Suboficial
62
63
1039025
1039723
Venegas Gutiérrez Martin Guadalupe
Virgilio Nopalco Guadalupe
Policía Primero
Policía Primero
Suboficial
Suboficial
ASCENSOS A POLICÍA PRIMERO
64
1002243
Aguilar Arellano Salvador
Policía Segundo
Policía Primero
65
1002574
Aguilar Ramírez José Isabel
Policía Segundo
Policía Primero
66
1051292
Almaraz Guerra José Alberto
Policía Segundo
Policía Primero
67
1000357
Álvarez Gaytán Marina Elizabeth
Policía Segundo
Policía Primero
68
1002613
Antúnez Salgado Gildardo
Policía Segundo
Policía Primero
69
1001367
Arellano Ordaz Nalleli Edith
Policía Segundo
Policía Primero
70
1001196
Arreola González José Luis
Policía Segundo
Policía Primero
71
1001962
Arroyo Fiesco Juan Leonardo
Policía Segundo
Policía Primero
72
1050209
Ayala Lemus Elizabeth
Policía Segundo
Policía Primero
73
1003462
Badillo Rosales Juan José
Policía Segundo
Policía Primero
74
1003539
Badillo Salinas María
Policía Segundo
Policía Primero
75
1051046
Beiza Garcia Maira Isabel
Policía Segundo
Policía Primero
76
1003701
Benítez Carrillo Oscar Onofre
Policía Segundo
Policía Primero
77
1003928
Benítez Santés Gumecindo
Policía Segundo
Policía Primero
78
1049831
Cabrera Garcia Raúl
Policía Segundo
Policía Primero
79
1004916
Camacho Garcia Oscar
Policía Segundo
Policía Primero
80
1005270
Carrillo Muñoz José Antonio
Policía Segundo
Policía Primero
81
1004821
Castillo Garcia Jesús
Policía Segundo
Policía Primero
82
1005164
Castro López Cirilo
Policía Segundo
Policía Primero
83
1006233
Cebada Cerna Matías
Policía Segundo
Policía Primero
84
1050703
Cerón De Jesús Ángel Iván
Policía Segundo
Policía Primero
85
86
87
1007077
1006774
1053402
Colín Ortiz Mario Filiberto
Contreras Fernández Domingo
Cruz Lerdo Jorge
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Primero
Policía Primero
Policía Primero
88
1008144
Cruz Pérez José Antonio
Policía Segundo
Policía Primero
89
1008210
Cruz Reyes Cirenio
Policía Segundo
Policía Primero
6
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
02 de Enero de 2017
90
91
92
1008278
1008306
1018212
Cruz Rodríguez Sandra
Cuellar Sanvicente Daniel Edgardo
De Jesús Bartolo Manuel
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Primero
Policía Primero
Policía Primero
93
1007381
De La Cruz Bautista Emilio
Policía Segundo
Policía Primero
94
1008172
De La Cruz Pérez Oscar
Policía Segundo
Policía Primero
95
96
97
1053036
1009035
1009833
Díaz Pérez Abraham
Domínguez Juárez Judas Adrián
Epitacio Santamaría Mario
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Primero
Policía Primero
Policía Primero
98
1050537
Espinosa Neri Blanca Yanira
Policía Segundo
Policía Primero
99
1010302
Feliciano Bautista Isidoro
Policía Segundo
Policía Primero
100
1010409
Feria Pérez Pablo
Policía Segundo
Policía Primero
101
102
103
1010350
1010614
1010810
Ferral Garcia Zenón
Flores Cárdenas José Humberto
Flores Melgoza Alejandro
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Primero
Policía Primero
Policía Primero
104
1042700
Galindo Refugio María Andrea
Policía Segundo
Policía Primero
105
1011302
Policía Segundo
Policía Primero
106
1012674
Policía Segundo
Policía Primero
107
1012590
Garcia Benavides Francisco
Garcia Rio De La Loza Manuel
Guillermo
Garcia Roldan Benjamín
Policía Segundo
Policía Primero
108
1014046
González Ocampo María Magdalena
Policía Segundo
Policía Primero
109
110
111
1059751
1014555
1053016
González Pérez Marco Antonio
Guereca Castillo Juan Francisco
Gutiérrez Sámano Jhony Miguel
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Primero
Policía Primero
Policía Primero
112
1014454
Guzmán Antonio Armando
Policía Segundo
Policía Primero
113
1014478
Guzmán Antonio José
Policía Segundo
Policía Primero
114
1015656
Hernández Cristóbal Santos
Policía Segundo
Policía Primero
115
1015818
Hernández Gómez Armando
Policía Segundo
Policía Primero
116
1016441
Hernández Hernández Zenón
Policía Segundo
Policía Primero
117
1016821
Hernández Martínez Juan
Policía Segundo
Policía Primero
118
1017138
Hernández Ponce Pedro
Policía Segundo
Policía Primero
119
1017457
Hernández Santés Juan
Policía Segundo
Policía Primero
120
1017629
Hernández Venancio José Isabel
Policía Segundo
Policía Primero
121
1049912
Hinojosa Portillo Andrés
Policía Segundo
Policía Primero
122
1017875
Huerta Rico Víctor
Policía Segundo
Policía Primero
123
1049844
Jiménez Santillán Ana Rosa
Policía Segundo
Policía Primero
124
1019039
Juárez Vega Ignacio
Policía Segundo
Policía Primero
125
1019204
Lariz Medina Gonzalo
Policía Segundo
Policía Primero
126
1019118
Laureano Faustino Mario
Policía Segundo
Policía Primero
127
1019157
Lazcano Hernández Nicolás
Policía Segundo
Policía Primero
128
1020449
López Portillo Eduardo
Policía Segundo
Policía Primero
02 de Enero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
7
129
1020502
López Reyes Antelmo
Policía Segundo
Policía Primero
130
1044886
Luna Serrano Juan Carlos
Policía Segundo
Policía Primero
131
1022925
Márquez Rodríguez Héctor
Policía Segundo
Policía Primero
132
1021135
Martínez Arguelles José
Policía Segundo
Policía Primero
133
1023191
Martínez Stevens Oscar
Policía Segundo
Policía Primero
134
1023326
Martínez Villarruel Lucino
Policía Segundo
Policía Primero
135
1021861
Mazariegos Gómez Omar
Policía Segundo
Policía Primero
136
1051449
Medina Martínez Rogelio
Policía Segundo
Policía Primero
137
1024303
Mejía Sebastián Maribel
Policía Segundo
Policía Primero
138
1024099
Mendiola Peralta Juan Manuel
Policía Segundo
Policía Primero
139
1024006
Meneses Martínez Silvestre
Policía Segundo
Policía Primero
140
1024876
Molina Colín Rubén
Policía Segundo
Policía Primero
141
1051750
Monrieta Pérez Araceli
Policía Segundo
Policía Primero
142
1024691
Moreno Andrade Leonel
Policía Segundo
Policía Primero
143
1026418
Nicolás Carrizosa Manuel
Policía Segundo
Policía Primero
144
1026504
Nieves Zaragoza Francisco
Policía Segundo
Policía Primero
145
1026554
Nonato Pilar Ismael
Policía Segundo
Policía Primero
146
1026532
Noria Gaspar Pascual Margarito
Policía Segundo
Policía Primero
147
1026989
Olea Pedraza Alejandra
Policía Segundo
Policía Primero
148
1027535
Osorio Gutiérrez Rigoberto
Policía Segundo
Policía Primero
149
1027670
Osorio Torres José
Policía Segundo
Policía Primero
150
1028431
Pérez Cristóbal Celio
Policía Segundo
Policía Primero
151
1028834
Pérez Lerma Juan Carlos
Policía Segundo
Policía Primero
152
1055870
Policía Segundo
Policía Primero
153
1029660
Policía Segundo
Policía Primero
154
1029613
Pioquinto Márquez Concepción
Ponce De León Quintero José
Antonio
Portilla González José Luis
Policía Segundo
Policía Primero
155
1045662
Quiroz Rodríguez Gustavo Adolfo
Policía Segundo
Policía Primero
156
157
158
1029932
1030225
1030701
Ramírez Ángeles Armando
Ramírez Garcia Francisco Javier
Ramírez Padilla Silvestre
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Primero
Policía Primero
Policía Primero
159
1041765
Rodríguez Morales Luis Arturo
Policía Segundo
Policía Primero
160
161
162
1033831
1034008
1034718
Rubí Orozco Martin Francisco
San Juan Aparicio Juan Carlos
Sánchez Hernández Jaime
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Primero
Policía Primero
Policía Primero
163
1035759
Sánchez Teodocio Teódulo
Policía Segundo
Policía Primero
164
1034927
Santiago Lorenzo Pedro
Policía Segundo
Policía Primero
165
1036114
Silverio Almora Pedro
Policía Segundo
Policía Primero
166
1054040
Simón Cruz Javier
Policía Segundo
Policía Primero
8
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
02 de Enero de 2017
167
1036398
Soto Guerrero Ignacio
Policía Segundo
Policía Primero
168
1036923
Tapia Uribe José Juan
Policía Segundo
Policía Primero
169
1052644
Téllez Olvera Abigail
Policía Segundo
Policía Primero
170
1037450
Tovar Hernández Andrés
Policía Segundo
Policía Primero
171
1037710
Trujillo Castillo Ernesto
Policía Segundo
Policía Primero
172
1038649
Valdés Rivas Ricardo
Policía Segundo
Policía Primero
173
1038534
Valle Pérez Jacob
Policía Segundo
Policía Primero
174
1038520
Varela Paz Enrique
Policía Segundo
Policía Primero
175
1037867
Vázquez Aguilar Agustín
Policía Segundo
Policía Primero
176
1038540
Vázquez Pérez Leonel
Policía Segundo
Policía Primero
177
1038720
Vázquez Santiago Lidia
Policía Segundo
Policía Primero
178
1039179
Vela Molina Miguel Ángel
Policía Segundo
Policía Primero
179
1050682
Velasco Romero Yadira
Policía Segundo
Policía Primero
180
1038904
Velazco Castro Alfonso Fortino
Policía Segundo
Policía Primero
181
1055320
Vélez Infante Ana Lilia
Policía Segundo
Policía Primero
182
1039367
Vergara Velázquez Alberto
Policía Segundo
Policía Primero
183
1040282
Zetina Rocha Fernando
Policía Segundo
Policía Primero
184
1059723
Zurita López Pablo
Policía Segundo
Policía Primero
ASCENSOS A POLICÍA SEGUNDO
185
1050240
Aburto Garcia Janis Lucero
Policía
Policía Segundo
186
1064904
Acatitla Ortega Herminia Erika
Policía
Policía Segundo
187
1001944
Acosta Chávez Vicente
Policía
Policía Segundo
188
1002032
Acosta Jiménez Rafael
Policía
Policía Segundo
189
1066142
Aguilar Colunga Viridiana
Policía
Policía Segundo
190
1046022
Aguilar Susano Roberto
Policía
Policía Segundo
191
1045108
Aguilar Vargas Lorena
Policía
Policía Segundo
192
1002539
Ahuejote Padilla Narciso
Policía
Policía Segundo
193
1051369
Alanís Vara Gustavo
Policía
Policía Segundo
194
1000478
Alarcón Jiménez Roberto
Policía
Policía Segundo
195
1052797
Alegría Cruz Mónica
Policía
Policía Segundo
196
1064831
Alejo Ramos Roberto
Policía
Policía Segundo
197
1066843
Alemán Ruiz Griselda
Policía
Policía Segundo
198
1002071
Alonso Morales Gerardo
Policía
Policía Segundo
199
1000688
Altamirano Orato Graciela
Policía
Policía Segundo
200
1000123
Álvarez Castañeda Claudia
Policía
Policía Segundo
201
202
203
204
1044928
1064679
1065702
1064661
Álvarez Garcia Eloísa
Álvarez Vargas Mireya Guadalupe
Ambrosio Osorio German Santos
Andrade Carrasco Itziri Guadalupe
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
02 de Enero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
9
205
1045233
Andrade Rosas María Teresa
Policía
Policía Segundo
206
207
208
1050732
1046110
1002011
Ángeles Alba José Luis
Anguiano Velázquez Edgar Miguel
Antonio Hernández Manuel
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
209
1002236
Aquino Aguilar Juan Carlos
Policía
Policía Segundo
210
1002601
Aquino Santiago Alfredo
Policía
Policía Segundo
211
1046590
Arcadio Uribe Joel
Policía
Policía Segundo
212
213
214
1050213
1066639
1046537
Arellano Aguirre Cinthia Lizbeth
Arreola Jiménez Jonathan Gabriel
Arriaga Rodríguez Rodolfo
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
215
1044467
Arzola Martínez Marycarmen
Policía
Policía Segundo
216
1064995
Ávila Pérez Alicia
Policía
Policía Segundo
217
1066853
Avilés González Yessica
Policía
Policía Segundo
218
1003100
Badillo Hernández Juan
Policía
Policía Segundo
219
220
221
222
223
1046038
1046412
1003309
1002721
1046787
Balderas Torres Bertha
Barradas Nápoles Juana Isabel
Barrera Montoya Ricardo Martin
Basurto Arellano Marco Antonio
Basurto Hernández Teodoro
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
224
1065158
Bautista Aguirre Gerardo
Policía
Policía Segundo
225
1066924
Bautista Juárez Raymundo
Policía
Policía Segundo
226
1064910
Bautista Romero Dalia Belem
Policía
Policía Segundo
227
1064902
Bautista Vázquez Clemencia
Policía
Policía Segundo
228
1044406
Becerril Ortiz Maribel
Policía
Policía Segundo
229
1053095
Becerril Pérez Aarón
Policía
Policía Segundo
230
1003898
Beltrán Rodríguez Ismael
Policía
Policía Segundo
231
1003692
Benítez Carte Liliana
Policía
Policía Segundo
232
1004011
Bobadilla Daniells Blanca Estela
Policía
Policía Segundo
233
1004015
Bolaños Gallegos David
Policía
Policía Segundo
234
1004083
Bonilla Vázquez Luis
Policía
Policía Segundo
235
1004160
Buenrostro Ramos Jorge
Policía
Policía Segundo
236
1046449
Cabrera Rodríguez Liliana
Policía
Policía Segundo
237
1005527
Calderón Ortega Jaime
Policía
Policía Segundo
238
1005758
Calzada Reyes José Ignacio
Policía
Policía Segundo
239
1004265
Cano Arellano Marcial
Policía
Policía Segundo
240
1004338
Policía
Policía Segundo
241
1051429
Policía
Policía Segundo
242
1004688
Cano Barrera Juan Manuel
Caravantes Campos Margarito
Fernando
Cárcamo Fernández Guillermo
Policía
Policía Segundo
243
1004664
Cárdenas Escoto Ricardo
Policía
Policía Segundo
10
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
02 de Enero de 2017
244
1004704
Carmona Flores Leonardo
Policía
Policía Segundo
245
1005760
Carranza Rodríguez Isidro
Policía
Policía Segundo
246
1004809
Carrasco Garibay Jorge
Policía
Policía Segundo
247
1005293
Carrasco Morales Claudia
Policía
Policía Segundo
248
1065210
Carrillo Quiroz Silvia
Policía
Policía Segundo
249
1004479
Castillo Chávez Luis
Policía
Policía Segundo
250
1065887
Castillo Martínez Ana Lidia
Policía
Policía Segundo
251
1050271
Castro González Blanca Estela
Policía
Policía Segundo
252
253
1042752
1066953
Castro Ramírez Wendy Azucena
Catalán Nava Lucino
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
254
1050849
Cedillo Higareda Gerardo
Policía
Policía Segundo
255
1004309
Chávez Barbosa Alejandro
Policía
Policía Segundo
256
1055400
Chávez Otero Alejandra
Policía
Policía Segundo
257
1046315
Chávez Rosales Sergio
Policía
Policía Segundo
258
259
260
261
262
1006550
1006709
1006779
1006956
1059577
Chino Pantoja Marisol
Colina Córdoba Justino Enrique
Concepción Franco José Juan
Concha Lemus Rosa Elena
Constantino González Leobardo
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
263
1055647
Contreras Ortiz Sandra
Policía
Policía Segundo
264
1066817
Córdoba Jiménez Isaac
Policía
Policía Segundo
265
1007089
Corona Pérez David
Policía
Policía Segundo
266
267
268
1006636
1046622
1006861
Correa Barrios Hugo Ignacio
Cortes Castañeda Carlos Alejandro
Cortes Galindo Emilio
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
269
1042258
Cortes Núñez María Del Carmen
Policía
Policía Segundo
270
1007154
Cortes Rocha Felipe
Policía
Policía Segundo
271
1053175
Cote Espinoza Juan Carlos
Policía
Policía Segundo
272
1006469
Cristino Bernardino Eutiquio
Policía
Policía Segundo
273
1007778
Crudo Hernández Julia
Policía
Policía Segundo
274
1065591
Cruz Delgado Juan Gabriel
Policía
Policía Segundo
275
1066739
Cruz Gavia Ariel Hiram
Policía
Policía Segundo
276
1064867
Cruz Jiménez Austreberta
Policía
Policía Segundo
277
1007898
Cruz López Joel
Policía
Policía Segundo
278
1066729
Cruz Nieto Guadalupe
Policía
Policía Segundo
279
1046777
Cruz Rodríguez Yadira Jazmín
Policía
Policía Segundo
280
1008386
Cruz Trujillo Faustino
Policía
Policía Segundo
281
1066708
Cuervo Zarate Irving
Policía
Policía Segundo
282
1064247
Curiel Cortes Blanca Estela
Policía
Policía Segundo
02 de Enero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
11
283
1018208
De Jesús Arellano Rito
Policía
Policía Segundo
284
1007387
De La Cruz Bautista Gabino
Policía
Policía Segundo
285
286
287
1028220
1019490
1001151
De La Paz Serrano Filiberto
De León Rosado Teresa De Jesús
Del Ángel Francisco Eugenio
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
288
1008550
Delgadillo Díaz Luis Alberto
Policía
Policía Segundo
289
1008636
Delgado Vela Erika
Policía
Policía Segundo
290
1008707
Díaz Cruz Rigoberto
Policía
Policía Segundo
291
292
293
1041746
1008773
1008803
Díaz Garcia Horacio
Díaz Hernández María De Lourdes
Díaz López Hilver Lennin
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
294
1066341
Domínguez Garcia Susana
Policía
Policía Segundo
295
1046465
Domínguez Maldonado Jonathan
Policía
Policía Segundo
296
1052392
Domínguez Ordoñez Joel
Policía
Policía Segundo
297
1009102
Domínguez Reyes Benjamín
Policía
Policía Segundo
298
1009552
Elías Avilés Araceli
Policía
Policía Segundo
299
1066718
Elías Izquierdo Rafael
Policía
Policía Segundo
300
1009483
Emeterio Contreras Alfredo Javier
Policía
Policía Segundo
301
1009551
Enríquez Andrés Alejandro
Policía
Policía Segundo
302
303
1046557
1009247
Epifanio Jiménez José Antonio
Escalante Aburto Juan Andrés
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
304
1065787
Escamilla López Evelyn Marlene
Policía
Policía Segundo
305
1066319
Escamilla Martínez Orlando
Policía
Policía Segundo
306
1009893
Escorza Escalante Adán
Policía
Policía Segundo
307
308
309
1041978
1055996
1009252
Espinosa Rojo Adriana
Espinoza Vega María Angélica
Estrada Benítez Alejandro
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
310
1009320
Estrada Garcia Juan Federico
Policía
Policía Segundo
311
1009357
Estrada López Bernabé
Policía
Policía Segundo
312
313
1009417
1066371
Estrada Quiroz Juan
Eusebio González Marco Antonio
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
314
315
316
1049808
1065447
1010901
Fernández Sánchez Lizveth
Fierro Rodríguez Diana Guadalupe
Florentino Pérez Damián
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
317
1010642
Flores Carbajal Tomas
Policía
Policía Segundo
318
1055490
Flores Elías Maricruz
Policía
Policía Segundo
319
1046441
Flores Garcia Heriberto
Policía
Policía Segundo
320
1010698
Flores Garcilazo Juan Vicente
Policía
Policía Segundo
321
1040650
Flores Hernández Rodolfo
Policía
Policía Segundo
12
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
02 de Enero de 2017
322
1065420
Flores Jiménez Yeni Laura
Policía
Policía Segundo
323
1045967
Flores Reyes María Gregoria
Policía
Policía Segundo
324
1051554
Fraga Reyes Mariana
Policía
Policía Segundo
325
1051903
Fragoso Flores Xóchitl
Policía
Policía Segundo
326
1065586
Franco Garcia Fortino
Policía
Policía Segundo
327
1046061
Fuentes Chávez Isabel Arely
Policía
Policía Segundo
328
1051244
Galindo Flores Leticia
Policía
Policía Segundo
329
1043603
Gallegos Domínguez German
Policía
Policía Segundo
330
1011230
Garcia Acevedo José Manuel
Policía
Policía Segundo
331
1011273
Garcia Ángeles Tomas
Policía
Policía Segundo
332
333
334
1011288
1066640
1066556
Garcia Baca Ana María
Garcia Carbajal Jonathan Antonio
Garcia Gadea David
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
335
336
337
338
339
340
1066763
1011858
1012139
1012143
1045024
1066952
Garcia González Cesar
Garcia González Roberto Jesús
Garcia López Leónides Lourdes
Garcia López Ma. Isabel
Garcia Mendoza Lisseth Karina
Garcia Mora Francisca
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
341
1052831
Garcia Palma Miguel Ángel
Policía
Policía Segundo
342
1053022
Garcia Ríos Estela
Policía
Policía Segundo
343
1012745
Garcia Sánchez Ángel
Policía
Policía Segundo
344
1012906
Garcia Torres Cesar Francisco
Policía
Policía Segundo
345
1059157
Garcia Villascan Mario Alberto
Policía
Policía Segundo
346
347
348
349
1066749
1011798
1046636
1013125
Garduño Esquiliano Myriam
Gayosso Garcia María De La Luz
Gerónimo Perea María Magdalena
Gervacio Reyes Abundio
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
350
1014097
Gómez Pérez Juana
Policía
Policía Segundo
351
1065808
Gómez Portillo Ana Velen
Policía
Policía Segundo
352
353
354
1014241
1051114
1013333
Gómez Ramos Ricardo
González Carrada Micaela Sonia
González Castillo Cleofas
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
355
1053123
González Cruz Ángel
Policía
Policía Segundo
356
1051216
González Cruz Lilian Iracema
Policía
Policía Segundo
357
1055435
González Fernández Araceli
Policía
Policía Segundo
358
359
360
1066678
1065465
1013742
González Flores Rosalinda
González González Rosa Hortensia
González Hernández Oscar
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
361
1013818
González León Manuel
Policía
Policía Segundo
02 de Enero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
13
362
1013961
González Martínez Marcial
Policía
Policía Segundo
363
1014029
González Olivos Arturo
Policía
Policía Segundo
364
1066790
González Reyes José
Policía
Policía Segundo
365
366
367
1052125
1066576
1014371
González Rodríguez Cristina
González Torres Gerardo Daniel
González Vicente Alberto
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
368
369
370
1064961
1066928
1066909
Gravos López Tomas
Gregorio Hernández Sandra Janette
Guerra Vázquez Carlos Edgar
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
371
1055568
Guevara Martínez Fany
Policía
Policía Segundo
372
1014538
Gutiérrez Corona Eduardo
Policía
Policía Segundo
373
1015039
Gutiérrez Roldan Raúl
Policía
Policía Segundo
374
1014959
Guzmán Pérez Miguel Ángel
Policía
Policía Segundo
375
376
377
378
1052102
1053060
1015473
1015641
Hernández Aguilar Daysi Berenice
Hernández Caballero Jesica
Hernández Cardoza Candelaria
Hernández Cruz Rosario
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
379
380
381
1015704
1015726
1050422
Hernández Domínguez Velia
Hernández Espinosa Luz María
Hernández Facio Bertha Dalia
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
382
1015760
Policía
Policía Segundo
383
1051178
Policía
Policía Segundo
384
385
1016079
1066552
Hernández Flores Julián
Hernández González Claudia
Maritoña
Hernández Hernández Adelaido
Hernández Hernández Pedro
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
386
1052454
Hernández Jiménez Álvaro Rubén
Policía
Policía Segundo
387
1016490
Hernández Jurado Fredy
Policía
Policía Segundo
388
1055532
Hernández Lázaro Yuliana
Policía
Policía Segundo
389
390
391
392
393
394
395
1046678
1052114
1043105
1052718
1017115
1017062
1017158
Hernández Martínez Jaime
Hernández Mercado Mirian Areli
Hernández Molinar María Elizabeth
Hernández Moreno Sergio
Hernández Pantaleón José Luis
Hernández Pech Bernabé Armando
Hernández Quintero Martin
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
396
397
398
1064767
1046504
1054471
Hernández Ramos Mónica
Hernández Reyes Jesús Miguel
Hernández Reyes Marisol
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
399
1055956
Hernández Sandoval Miguel
Policía
Policía Segundo
400
1066869
Hernández Solís Selena
Policía
Policía Segundo
401
1046035
Hernández Vega Tania Alejandra
Policía
Policía Segundo
14
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
02 de Enero de 2017
402
1066848
Hernández Zequera Sandra
Policía
Policía Segundo
403
1017789
Huape Aguilar Rodolfo
Policía
Policía Segundo
404
1064782
Huerta Peláez Maribel
Policía
Policía Segundo
405
1066482
Ibarra Franco Nancy Guadalupe
Policía
Policía Segundo
406
1065883
Jacinto Soto Laura Yazmin
Policía
Policía Segundo
407
1046631
Jardinez Cebada Ariana
Policía
Policía Segundo
408
1045145
Jiménez Eulalio Diana
Policía
Policía Segundo
409
1018471
Jiménez Jiménez Saúl Miguel
Policía
Policía Segundo
410
1018498
Jiménez Loyo Saúl
Policía
Policía Segundo
411
1065698
Jiménez Martínez Pablo
Policía
Policía Segundo
412
413
414
1018526
1018529
1018546
Jiménez Mendoza Luis
Jiménez Mendoza Luis Fernando
Jiménez Navarrete José Ángel
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
415
1055625
Jiménez Pérez Juan Ismael
Policía
Policía Segundo
416
1066022
Jiménez Sandoval Mariana
Policía
Policía Segundo
417
1046091
José Gómez Elizabeth
Policía
Policía Segundo
418
1018714
José López Alfredo
Policía
Policía Segundo
419
1018878
Juárez Hernández Jaime Ariel
Policía
Policía Segundo
420
1018899
Juárez Juárez José Damián
Policía
Policía Segundo
421
1065010
Justo Álvarez Jessica
Policía
Policía Segundo
422
1018793
Justo Cruz Rogelio
Policía
Policía Segundo
423
1066509
Lamadrid Jiménez Andrés
Policía
Policía Segundo
424
1066147
Lara Hernández David Adrián
Policía
Policía Segundo
425
1053407
Lechuga Rosas Jannet
Policía
Policía Segundo
426
1019384
León Hernández Antonio
Policía
Policía Segundo
427
1019326
Leonardo Castellanos Carlos
Policía
Policía Segundo
428
1019563
Lira González Fernando
Policía
Policía Segundo
429
1064986
Llanos Moreno Cindy
Policía
Policía Segundo
430
1050338
López Andrade Rosa
Policía
Policía Segundo
431
432
433
1019717
1019748
1066779
López Barbosa Eustacio
López Cabello Clemente Carlos
López Castillo Alejandro
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
434
1019819
López Castro Reina
Policía
Policía Segundo
435
1055192
López Cesáreo Cesar Adrián
Policía
Policía Segundo
436
1019939
López Garcia Celia
Policía
Policía Segundo
437
1055226
López Garcia María Lucia
Policía
Policía Segundo
438
1066510
López González Julio Cesar
Policía
Policía Segundo
439
1056203
López Guerrero Claudia
Policía
Policía Segundo
440
1020218
López Luciano Marcos
Policía
Policía Segundo
02 de Enero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
15
441
1052252
López Moreno Jesús
Policía
Policía Segundo
442
1046735
López Pérez Sabino
Policía
Policía Segundo
443
1020536
López Ramírez Ivette
Policía
Policía Segundo
444
1065120
López Rancaño Pablo
Policía
Policía Segundo
445
1046715
López Sossa Sarahi
Policía
Policía Segundo
446
1050478
López Vázquez Irma
Policía
Policía Segundo
447
1045983
López Villarreal Nancy
Policía
Policía Segundo
448
1064155
Lucas Hernández Anabell
Policía
Policía Segundo
449
1065879
Luna González Jannet Liliana
Policía
Policía Segundo
450
1021003
Luna Ramos José Román
Policía
Policía Segundo
451
452
453
1053020
1065355
1022712
Maclovio Pérez Casimira
Maguellares Ponce Dulce María
Marín Oliva Silvia
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
454
1046629
Marín Torres Abel Genaro
Policía
Policía Segundo
455
456
457
1052942
1022950
1023137
Márquez Alonso Carolina
Márquez Reyes Jesús Alejandro
Márquez Sánchez Ignacio
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
458
1021215
Martínez Barragán Benito
Policía
Policía Segundo
459
1065765
Martínez Chávez Elvira
Policía
Policía Segundo
460
1021299
Martínez Cruz Anastacio
Policía
Policía Segundo
461
1051397
Martínez Cruz Andrés
Policía
Policía Segundo
462
1056129
Martínez Damián Alejandro
Policía
Policía Segundo
463
1053420
Martínez De La Cruz Eneida
Policía
Policía Segundo
464
1066586
Martínez Galván Janet
Policía
Policía Segundo
465
1021829
Martínez Granillo Juan Manuel
Policía
Policía Segundo
466
1021924
Martínez Hernández Alfonso
Policía
Policía Segundo
467
1022067
Martínez Hernández Mateo
Policía
Policía Segundo
468
1022144
Martínez Jerónimo Antonio
Policía
Policía Segundo
469
1066816
Martínez Medina Fabiola Andrea
Policía
Policía Segundo
470
1041698
Martínez Pedraza Dulce Rosario
Policía
Policía Segundo
471
1022795
Martínez Pérez Manuel
Policía
Policía Segundo
472
1022794
Martínez Pérez Marcos
Policía
Policía Segundo
473
1022867
Martínez Ramírez Bernardo
Policía
Policía Segundo
474
1051988
Martínez Rioja María Mónica
Policía
Policía Segundo
475
1059525
Martínez Román Miriam
Policía
Policía Segundo
476
1051231
Martínez Romero Norma Edith
Policía
Policía Segundo
477
1023322
Martínez Villegas Jorge
Policía
Policía Segundo
478
479
480
1045923
1049782
1023960
Mayen Mentado Miguel Ángel
Medina Garcia Melanie Michelle
Medina Maldonado Luis Manuel
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
16
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
02 de Enero de 2017
481
482
483
1024065
1055890
1066857
Melchor Pedraza Asunción
Melchor Ramos Máxima Yolanda
Meléndez Pimentel Joel
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
484
1046743
Méndez Mata Sara
Policía
Policía Segundo
485
1024094
Méndez Pulido Juan Octavio
Policía
Policía Segundo
486
1049309
Méndez Ramírez Susana
Policía
Policía Segundo
487
1046489
Méndez Viañez Ernesto
Policía
Policía Segundo
488
489
490
1065969
1040942
1041148
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
491
1065759
Policía
Policía Segundo
492
1050427
Mendoza Báez Antonia Osiris
Mendoza González Hilarión Raúl
Mendoza Hernández Pablo
Mendoza López Guadalupe
Esmeralda
Mendoza Martínez Raúl
Policía
Policía Segundo
493
1024147
Mendoza Rafael Armando
Policía
Policía Segundo
494
1023978
Meneses Martínez Natividad
Policía
Policía Segundo
495
1041021
Merino Castelán Ricardo
Policía
Policía Segundo
496
497
498
1024475
1051136
1024992
Miramón De Dios Juan Carlos
Miranda Medrano Claudia Eunice
Modesto González Abraham
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
499
1025269
Montes De Oca Lugo Mario
Policía
Policía Segundo
500
1025151
Morales Hernández Lucia
Policía
Policía Segundo
501
502
503
1025245
1025312
1040398
Morales López Gerardo
Morales Morales Asela Guadalupe
Morales Morales Enrique
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
504
1044982
Morales Sánchez Israel
Policía
Policía Segundo
505
1052592
Morales Vázquez Maricela
Policía
Policía Segundo
506
1066901
Moran Martínez María Isabel
Policía
Policía Segundo
507
1025555
Moreno Pérez Pedro Rubén
Policía
Policía Segundo
508
1025811
Moreno Valtierra Adrián
Policía
Policía Segundo
509
1051846
Muñoz Alonso Vicente
Policía
Policía Segundo
510
1052464
Muñoz Cruz Leopoldo
Policía
Policía Segundo
511
1066897
Muñoz González Rodrigo
Policía
Policía Segundo
512
513
1025931
1025953
Murcio Domingo Pablo
Murrieta Garcia Ignacio Alejandro
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
514
1042062
Nápoles Suarez Evangelina
Policía
Policía Segundo
515
1026148
Navarrete Garcia Eduardo
Policía
Policía Segundo
516
1026091
Navarro Baños Elizabeth
Policía
Policía Segundo
517
1026096
Navarro Benítez Marisa
Policía
Policía Segundo
518
1065535
Negrete Cruz Víctor Hugo
Policía
Policía Segundo
519
1064579
Nexpanco Martínez Edgar
Policía
Policía Segundo
02 de Enero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
17
520
1026489
Nieto Rodríguez José Luis
Policía
Policía Segundo
521
1026599
Núñez Garcia Gilberto
Policía
Policía Segundo
522
1026714
Ocampo Jacobo Gloria
Policía
Policía Segundo
523
1026861
Ojeda Guzmán Eduardo Luis
Policía
Policía Segundo
524
1027700
Olguín Hernández Mario
Policía
Policía Segundo
525
1066523
Olivera Vásquez Ausencio
Policía
Policía Segundo
526
1026824
Olvera Cano Javier Alejandro
Policía
Policía Segundo
527
1027060
Olvera Toledo Rosa María
Policía
Policía Segundo
528
1026894
Ortega Higuera Carlos Alberto
Policía
Policía Segundo
529
1027198
Ortiz Garcia Joel
Policía
Policía Segundo
530
1052004
Osorio Escudero Alma Idalia
Policía
Policía Segundo
531
1046726
Pacheco Bustamante Edgar
Policía
Policía Segundo
532
1028189
Páez Rojas José Martin
Policía
Policía Segundo
533
534
535
536
537
1027806
1027748
1052981
1028201
1065506
Palomino Chávez José Juan
Paredes Ángeles Manuel Ángel
Partida Chavarría Héctor Miguel
Patiño Rosas Rogelio Emanuel
Pedroza Melchor Eduardo
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
538
1050902
Peña Martínez Patricia
Policía
Policía Segundo
539
1029100
Peña Pérez Javier Osiris
Policía
Policía Segundo
540
1045052
Pérez Garcia Ivonne
Policía
Policía Segundo
541
1028824
Pérez López Ernesto
Policía
Policía Segundo
542
1028838
Pérez López Javier
Policía
Policía Segundo
543
1028879
Pérez Marín Cesar
Policía
Policía Segundo
544
1046579
Pérez Olarte Ubaldo
Policía
Policía Segundo
545
546
547
1029166
1029259
1046197
Pérez Romero Francisco
Pérez Santander María Guadalupe
Pérez Serrano Flor Ivon
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
548
1029274
Pérez Soriano Justino
Policía
Policía Segundo
549
550
551
552
1055199
1059367
1041872
1066916
Pérez Sotelo Juan Carlos
Pineda Hidalgo Ernesto Enrique
Piña Gutiérrez María Del Carmen
Pioquinto Arrona Bernardino
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
553
1065701
Pliego Gómez David Omar
Policía
Policía Segundo
554
1053495
Ponce Sánchez Sayde Yazmin
Policía
Policía Segundo
555
1055894
Porras Mendoza María Luisa
Policía
Policía Segundo
556
1029825
Quiroz Lorenzo Maurilio
Policía
Policía Segundo
557
1044652
Ramírez Alvarado Concepción
Policía
Policía Segundo
558
1066229
Ramírez Basurto Estela
Policía
Policía Segundo
559
1051523
Ramírez Casimiro Jorge
Policía
Policía Segundo
18
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
02 de Enero de 2017
560
1046712
Ramírez Cerecedo Javier
Policía
Policía Segundo
561
562
563
1040500
1066433
1030232
Ramírez Díaz Guillermo
Ramírez Flores Mónica Marisol
Ramírez Galicia Fernando
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
564
1030430
Ramírez López Arnulfo
Policía
Policía Segundo
565
1030544
Ramírez Morales José Ismael
Policía
Policía Segundo
566
1030680
Ramírez Perea Miguel
Policía
Policía Segundo
567
1030739
Ramírez Ramírez Eberto
Policía
Policía Segundo
568
1065509
Ramírez Rodríguez Elizabeth
Policía
Policía Segundo
569
1030720
Ramírez Romero Armando
Policía
Policía Segundo
570
1045150
Ramírez Romero Elizabeth
Policía
Policía Segundo
571
1030964
Ramírez Yépez Fernando
Policía
Policía Segundo
572
1065717
Ramos Álvarez Silvia Yunuen
Policía
Policía Segundo
573
1065899
Ramos Flores Araceli
Policía
Policía Segundo
574
1030398
Ramos Ignacio Renato
Policía
Policía Segundo
575
1066209
Ramos Jiménez Gustavo
Policía
Policía Segundo
576
1051815
Ramos Morelos Rafael Toribio
Policía
Policía Segundo
577
1045102
Ramos Ramírez Dante
Policía
Policía Segundo
578
1052891
Rangel Aceves Santa Laura
Policía
Policía Segundo
579
1065390
Rangel Ávila Ricardo Santos
Policía
Policía Segundo
580
1030695
Rangel Pérez Raymundo
Policía
Policía Segundo
581
1031019
Recendiz Alcántara Ricardo
Policía
Policía Segundo
582
1031541
Reséndiz Sandoval Noé
Policía
Policía Segundo
583
1066905
Reyes Farías Yascara Zoraya
Policía
Policía Segundo
584
1031374
Reyes Moctezuma Olga Lidia
Policía
Policía Segundo
585
1066653
Reyes Ortega Hugo Isait
Policía
Policía Segundo
586
1064791
Reyes Ramos Liliana
Policía
Policía Segundo
587
1046520
Reyes Tlamintzi Juan Carlos
Policía
Policía Segundo
588
1031244
Reza Herrera José Manuel
Policía
Policía Segundo
589
1042192
Rico Álvarez Carlos
Policía
Policía Segundo
590
1042013
Ríos Zepeda Jonathan Aarón
Policía
Policía Segundo
591
1064923
Rivera Garcia Aniceto
Policía
Policía Segundo
592
1032974
Robledo Mar Marcelino
Policía
Policía Segundo
593
1064682
Rocha Mendoza Helen
Policía
Policía Segundo
594
595
596
597
598
599
1056050
1051098
1052881
1054581
1065661
1033591
Rocha Navarro Erika
Rodríguez Flores Roberto Carlos
Rodríguez Grangeno Luis Antonio
Rodríguez Medina Iram Salvador
Rodríguez Rey Noé Guadalupe
Rodríguez Valencia Ulises Lorenzo
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
02 de Enero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
19
600
1066915
Rojas Nava Verónica
Policía
Policía Segundo
601
1066097
Roldan Reyes Yenni
Policía
Policía Segundo
602
1064483
Roldan Romero Francisco
Policía
Policía Segundo
603
1032321
Romero Diego Arturo
Policía
Policía Segundo
604
1032449
Romero Gómez Ancelmo
Policía
Policía Segundo
605
606
607
608
1064996
1032089
1046452
1033616
Romero Nápoles Leticia
Rosales Altamirano Mario Alberto
Rosales Cadena Alberto Martin
Ruiz Ariza Guriel
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
609
610
611
1033894
1034807
1035480
Ruiz Reyes Rocío Carmina
Sagaon Juárez Francisco Javier
Salas Reyes Jesús Hipólito
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
612
1042744
Salazar Ramírez Julio Cesar
Policía
Policía Segundo
613
1034627
Saldaña González Tomas
Policía
Policía Segundo
614
615
616
617
618
619
620
621
622
623
1042014
1064822
1044615
1046124
1066232
1064398
1034135
1034473
1053230
1052533
Salgado Morales Cristina
Salinas Garita Bárbara Yanuen
Salinas Vázquez Jorge Damián
Salvador Villa José Luis
Sanabria Mendieta Jessica Janette
Sánchez Acuña Guadalupe
Sánchez De La Cruz Andrés Ramón
Sánchez Gómez Antonio
Sánchez Jiménez José Alberto
Sánchez Martínez Diego
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
624
625
626
1051962
1035018
1065443
Sánchez Martínez Magaly
Sánchez Méndez Evaristo Guadalupe
Sánchez Méndez Juan Antonio
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
627
1053240
Sánchez Méndez Norma
Policía
Policía Segundo
628
1066020
Policía
Policía Segundo
629
1035412
Policía
Policía Segundo
630
631
632
1035849
1055211
1066733
Sánchez Rivera Francisco
Sánchez Rodríguez María Del
Carmen
Sánchez Vázquez Noé
Santamaría Boxtha María Isabel
Santamaría Romo Nancy
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
633
1034222
Santés Cruz Guadalupe
Policía
Policía Segundo
634
1034652
Santiago Hernández Alfonso
Policía
Policía Segundo
635
1042666
Santiago Núñez María Esther
Policía
Policía Segundo
636
1053256
Santiago Pérez Marisela
Policía
Policía Segundo
637
1034388
Santos Eloísa Octavio
Policía
Policía Segundo
638
1035859
Santos Vicencio Raúl
Policía
Policía Segundo
639
1043327
Santos Villegas Joel
Policía
Policía Segundo
20
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
02 de Enero de 2017
640
1035069
Sarabia Martínez Juan
Policía
Policía Segundo
641
642
1064198
1036360
Serrano Romero José Luis
Solano Escalona José Concepción
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
643
1065638
Solís Garcia Jorge David
Policía
Policía Segundo
644
1040665
Solís Nava Benjamín
Policía
Policía Segundo
645
1041180
Solís Salvador José Aurelio
Policía
Policía Segundo
646
1066553
Soni Cajero Fernando
Policía
Policía Segundo
647
1036295
Soriano Amador Sonia
Policía
Policía Segundo
648
1055518
Soriano Sánchez Ana Lilia
Policía
Policía Segundo
649
1046707
Sosa Galván Juan Carlos
Policía
Policía Segundo
650
1036571
Soto Patricio Maximino
Policía
Policía Segundo
651
1066470
Tapia Camargo Adrián
Policía
Policía Segundo
652
653
654
1065730
1041954
1049401
Tapia Hernández Alfredo
Tomas Lázaro Víctor Alejandro
Torres Hernández Juan Gabriel
Policía
Policía
Policía
Policía Segundo
Policía Segundo
Policía Segundo
655
1040886
Valdez Rosales Fray Antonio
Policía
Policía Segundo
656
1045473
Valencia Martínez Idalia
Policía
Policía Segundo
657
1055693
Valencia Vicencio Graciela
Policía
Policía Segundo
658
1038282
Varela Juárez Hugo Francisco
Policía
Policía Segundo
659
1038197
Vargas Guzmán Roal
Policía
Policía Segundo
660
1038147
Vásquez González Genaro
Policía
Policía Segundo
661
1066453
Vázquez Gómez Pedro
Policía
Policía Segundo
662
1066469
Vázquez Márquez Verónica
Policía
Policía Segundo
663
1065130
Vázquez Méndez Verónica
Policía
Policía Segundo
664
1055854
Vázquez Pérez Alejandra
Policía
Policía Segundo
665
1038605
Vázquez Rico Gerardo
Policía
Policía Segundo
666
1055367
Vázquez Romero Aarón
Policía
Policía Segundo
667
1051371
Vázquez Santiago Ramón
Policía
Policía Segundo
668
1065727
Vázquez Velázquez Claudia
Policía
Policía Segundo
669
1066499
Velázquez Gaytán Rosa Paola
Policía
Policía Segundo
670
1052931
Velázquez Gómez Juan Oscar
Eduardo
Policía
Policía Segundo
671
1056035
Velázquez Sánchez José Luis
Policía
Policía Segundo
672
1039063
Venegas Hernández Jesús Gabriel
Policía
Policía Segundo
673
1039046
Vera Hernández David
Policía
Policía Segundo
674
1055715
Vidal Ramírez Iván
Policía
Policía Segundo
675
1052712
Policía
Policía Segundo
676
1040515
Villa Pastran Iván
Villanueva Saldaña María Del
Carmen
Policía
Policía Segundo
02 de Enero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
21
677
1039474
Villasana Carrillo Hugo Alberto
Policía
Policía Segundo
678
1065724
Villaverde Martínez Martin
Policía
Policía Segundo
679
1064929
Villavicencio Galindo Citlalli
Policía
Policía Segundo
680
1064885
Vivar Reynal Felipe
Policía
Policía Segundo
681
1055808
Zacatenco Cruz Isabel
Policía
Policía Segundo
682
1040109
Zamitiz López José Luis
Policía
Policía Segundo
683
1040582
Zavala Hernández Tomas
Policía
Policía Segundo
684
1040296
Ziga Vásquez Heriberto
Policía
Policía Segundo
ASCENSOS A SUBOFICIAL POR ACUERDO DE LICENCIATURA
685
1001347
Armenta Navarro Ricardo
Policía
Suboficial
686
687
688
689
1010663
1025976
1032742
1034523
Flores Flores Adrián
Muntane Juárez Ariadne Cirenia
Román López Fernando
Saldaña Gálvez José Francisco
Policía
Policía
Policía
Policía
Suboficial
Suboficial
Suboficial
Suboficial
690
1009500
Estévez Hernández Juan De Dios
Policía Segundo
Suboficial
691
1050231
Flores Amador Iván
Policía Segundo
Suboficial
692
1051027
Gómez Nava Martin
Policía Segundo
Suboficial
693
1015359
Hernández Bautista Israel
Policía Segundo
Suboficial
694
1055500
Hernández Reyes Agustín
Policía Segundo
Suboficial
695
1031811
Rivera Lejarazu Eduardo
Policía Segundo
Suboficial
696
1039581
Villegas Garduño José Luis
Policía Segundo
Suboficial
El presente aviso fue dado en el Pleno de la Comisión Técnica de Selección y Promoción de la Policía Auxiliar de la Ciudad
de México en su Segunda Sesión Extraordinaria.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 23 de Diciembre de 2016
ATENTAMENTE
(Firma)
DIRECTORA EJECUTIVA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y SERVICIOS DE APOYO
Y SECRETARIA TÉCNICA DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE SELECCIÓN Y PROMOCIÓN
LIC. MARÍA GUADALUPE MORENO SALDAÑA
22
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
02 de Enero de 2017
INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
LIC. JOSÉ LUIS VALLE COSÍO, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento el artículo 22 fracción IX, X y XI del Estatuto
Orgánico del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 37, primer párrafo de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (LTAIPRCCDMX); 1, 2, 5, 6, 7, 21 fracción I, 23 Y 24 fracción IV de la Ley
de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF); en relación con los artículos 12, fracción XX, 17,
XV, 25 TER, XIV, y el Reglamento Interior del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del
Distrito Federal; numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y
atendiendo a los principios de seguridad, licitud, calidad, confidencialidad, consentimiento, temporalidad y disponibilidad
en poder del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, para el cumplimiento de las obligaciones que
como Ente Público está sujeto a cumplir para el correcto tratamiento de datos personales que posee, conforme a su ámbito
de competencia
CONSIDERANDO
I. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal
corresponde al titular del ente púbico determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el
ámbito de su competencia.
II. Que de conformidad con el artículo 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se
establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y que
la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México.
III. Que de manera adicional los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el
Distrito Federal establecen como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de
sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, tengo a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES
DE LOS EXPEDIENTES DE PARTICIPANTES EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN Y RECLUTAMIENTO
PARA PERSONAL ESPECIALIZADO EN FUNCIONES DE VERIFICACIÓN DEL INSTITUTO DE
VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.
En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se modifican los
apartados: Denominación, Normatividad y Cesión de datos del Sistema de Datos Personales “Sistema de Datos Personales
de los expedientes de participantes en los procesos de selección y reclutamiento para Personal Especializado en Funciones
de Verificación del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal” publicado el día 11 de junio de 2016 en la
ahora Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para quedar el contenido del sistema como se establece a continuación:
I. Denominación
Sistema de Datos de Personales de los expedientes de participantes en los procesos de reclutamiento y selección para
Personal Especializado en Funciones de Verificación del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal.
Finalidad o uso previsto
Llevar el registro y control de los expedientes de los participantes en los procesos de reclutamiento y selección para
personal especializado en funciones de verificación, con la finalidad de verificar que cumplan con los perfiles y requisitos
solicitados en la convocatoria que emita el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal.
II. Normatividad aplicable
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
Ley de Archivos del Distrito Federal;
02 de Enero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
23
Lineamientos para la Protección de Datos Personales del Distrito Federal;
Ley del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal;
Estatuto Orgánico del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos;
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal;
Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal;
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal;
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
III. Origen de los datos
Las personas que participan en los procesos de reclutamiento y selección para personal especializado en funciones de
verificación del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal.
Procedencia: el propio interesado.
Procedimiento de obtención: llenado de formulario (procedimientos mixtos).
IV.- Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Datos Identificativos: nombre, domicilio, edad, estado civil, fecha de nacimiento, firma, fotografía, genero, lugar de
nacimiento, matricula del servicio militar nacional, nacionalidad, número de licencia de conducir, número de seguro social,
teléfono particular, teléfono celular, clave de elector (alfanumérico anverso credencial del INE), clave registro federal de
contribuyentes (RFC), clave única de registro de población (CURP).
Datos electrónicos: correo electrónico no oficial.
Datos académicos: cédula profesional, certificados y reconocimientos, títulos, trayectoria académica.
Datos de carácter obligatorio: todos los datos son obligatorios.
Datos de carácter facultativo: no aplica.
Modo de tratamiento utilizado: físico y automatizado.
V. Cesión de datos.
Los datos personales contenidos en el sistema podrán ser transmitidos a los destinatarios que a continuación se especifican
con la finalidad genérica establecida y fundamentación señalada:
Destino
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Finalidad genérica de la transmisión
Para la investigación de presuntas
violaciones a los Derechos Humanos.
Instituto de Transparencia, Acceso a
la Información Pública, Protección de
Datos Personales y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México.
Para la sustanciación de recursos de
revisión y revocación, denuncias y el
proceso para determinar el probable
incumplimiento a la Ley de Protección
de Datos Personales para el Distrito
Federal.
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
Fundamento legal
Artículo 3, 17 fracción II, y 36 de la
Ley de Comisión de Derechos
Humanos y demás aplicables.
Artículo 7. 24 fracción XXIII Y 37 de
la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México;
Artículo 39 de la Ley de Protección de
Datos Personales.
Artículo 8 fracciones VII y XIX, 9 y
14 fracciones VII y XX de la Ley
Fiscalización Superior de la Ciudad de
México.
24
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Contraloría General de la Ciudad de
México.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Para la substanciación de los
procedimientos
jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
02 de Enero de 2017
Artículo 34 fracciones II y III y 74 de
la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal.
Artículo 180 del Código de
Procedimientos Penales del Distrito
Federal; Artículos 131, 132, 147, 149
de la Ley de Amparo; Artículo 323 del
Código Civil del Distrito Federal,
Artículos 278, 288, 326 y 331 del
Código de Procedimientos Civiles del
Distrito Federal, y demás aplicables.
VI. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales
Unidad Administrativa Responsable: Coordinación de Verificación Administrativa.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinadora de Verificación Administrativa.
VII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso,
Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento
Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia del Instituto de Verificación del Distrito Federal
Domicilio Oficial y Correo electrónico: Carolina 132, Primer piso, Colonia Noche Buena, Delegación Benito Juárez, C. P.
03720, [email protected].
VIII. Nivel de Seguridad
Básico.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente “Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos de Personales de los expedientes
de participantes en los procesos de reclutamiento y selección para Personal Especializado en Funciones de Verificación del
Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal” en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que notifique al Instituto de Transparencia, Acceso
a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad México de la publicación
del presente Acuerdo dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del mismo y al responsable del sistema de
datos personales para que se realice las adecuaciones pertinentes en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos
Personales, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes a la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
TERCERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Ciudad de
México.
Ciudad de México, a quince de diciembre de dos mil dieciséis.
(Firma)
EL DIRECTOR GENERAL
LIC. JOSÉ LUIS VALLE COSÍO
02 de Enero de 2017
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25
INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
LIC. JOSÉ LUIS VALLE COSÍO, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento el artículo 22 fracción IX, X y XI del Estatuto
Orgánico del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 37, primer párrafo de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (LTAIPRCCDMX); 1, 2, 5, 6, 7, 21 fracción I, 23 Y 24 fracción IV de la Ley
de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF); en relación con los artículos 12, fracción XX, 17,
XV, 25 TER, XIV, y el Reglamento Interior del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del
Distrito Federal; numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y
atendiendo a los principios de seguridad, licitud, calidad, confidencialidad, consentimiento, temporalidad y disponibilidad
en poder del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, para el cumplimiento de las obligaciones que
como Ente Público está sujeto a cumplir para el correcto tratamiento de datos personales que posee, conforme a su ámbito
de competencia
CONSIDERANDO
I. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal
corresponde al titular del ente púbico determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el
ámbito de su competencia.
II. Que de conformidad con el artículo 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se
establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y que
la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México.
III. Que de manera adicional los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el
Distrito Federal establecen como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de
sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, tengo a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN FÍSICA
AL TRANSPORTE DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.
En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se modifican los
apartados: Normatividad, y Cesión de datos del Sistema de Datos Personales “Sistema de Inspección Física al Transporte
del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal” publicado el día 1 de diciembre de 2011 en la ahora
Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para quedar el contenido del sistema como se establece a continuación:
I. Denominación
Sistema de Inspección Física al Transporte.
Finalidad o uso previsto
Cuya finalidad es la obtención de datos de los conductores y unidades vehiculares de transporte público, mercantil y
privado, de pasajeros y de carga, así como el debido resguardo, manejo y utilización de los datos personales con fines
estadísticos, que se detentan con motivo de la inspección física en materia de transporte público, mercantil y privado de
pasajeros y de carga
II. Normatividad aplicable
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
Ley de Archivos del Distrito Federal;
Lineamientos para la Protección de Datos Personales del Distrito Federal;
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Ley del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal;
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos;
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal;
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal;
Estatuto Orgánico del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal;
Ley de Movilidad del Distrito Federal;
Ley Orgánica de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal;
Reglamento Interior de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal.
III. Origen de los datos
Las personas que con motivo de la inspección física en materia de transporte público, mercantil y privado de pasajeros y de
carga, fueron recabados sus datos.
Procedencia: el visitado en materia de transporte.
Procedimiento de obtención: llenado de formulario (procedimientos mixtos).
IV.- Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Datos Identificativos: nombre, firma.
Datos patrimoniales: bienes muebles.
Datos de carácter obligatorio: todos los datos son obligatorios.
Datos de carácter facultativo: no aplica.
Modo de tratamiento utilizado: físico y automatizado.
V. Cesión de datos.
Los datos personales contenidos en el sistema podrán ser transmitidos a los destinatarios que a continuación se especifican
con la finalidad genérica establecida y fundamentación señalada:
Destino
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Finalidad genérica de la transmisión
Para la investigación de presuntas
violaciones a los Derechos Humanos.
Instituto de Transparencia, Acceso a
la Información Pública, Protección de
Datos Personales y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México.
Para la sustanciación de recursos de
revisión y revocación, denuncias y el
proceso para determinar el probable
incumplimiento a la Ley de Protección
de Datos Personales para el Distrito
Federal.
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
Contraloría General de la Ciudad de
México.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Fundamento legal
Artículo 3, 17 fracción II, y 36 de la
Ley de Comisión de Derechos
Humanos y demás aplicables.
Artículo 7. 24 fracción XXIII Y 37 de
la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México;
Artículo 39 de la Ley de Protección de
Datos Personales.
Artículo 8 fracciones VII y XIX, 9 y
14 fracciones VII y XX de la Ley
Fiscalización Superior de la Ciudad de
México.
Artículo 34 fracciones II y III y 74 de
la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal.
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Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la substanciación de los
procedimientos
jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
Secretaría de Movilidad.
Para sustanciar, resolver, y ejecutar
procedimientos
administrativos,
relacionados con la movilidad
Para el ingreso y egreso de vehículos
en consideración con las sanciones
previstas en el Reglamento de
Verificación Administrativa para el
Distrito Federal.
Secretaría de Seguridad Pública.
27
Artículo 180 del Código de
Procedimientos Penales del Distrito
Federal; Artículos 131, 132, 147, 149
de la Ley de Amparo; Artículo 323 del
Código Civil del Distrito Federal,
Artículos 278, 288, 326 y 331 del
Código de Procedimientos Civiles del
Distrito Federal, y demás aplicables.
Artículo 10 fracción I, 12 fracciones
XIV, XV, XXXVIII y LIX de la Ley
de Movilidad del Distrito Federal.
Artículo 3 de la Ley Orgánica de la
Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal, Artículo 26 fracción
IV, y 28 fracciones. II, III y IV del
Reglamento Interior de la Secretaría de
Seguridad Pública del Distrito Federal.
VI. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales
Unidad Administrativa Responsable: Coordinación de Verificación al Transporte.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador de Verificación al Transporte.
VII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso,
Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento
Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia del Instituto de Verificación del Distrito Federal
Domicilio Oficial y Correo electrónico: Carolina 132, Primer piso, Colonia Noche Buena, Delegación Benito Juárez, C. P.
03720, [email protected].
VIII. Nivel de Seguridad
Básico
TRANSITORIOS:
PRIMERO.- Publíquese el presente “Acuerdo por el que se modifica el Sistema Inspección Física al Transporte del
Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal.”.
SEGUNDO.- Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que notifique al Instituto de Transparencia, Acceso
a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad México de la publicación
del presente Acuerdo dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del mismo y al responsable del sistema de
datos personales para que se realice las adecuaciones pertinentes en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos
Personales, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes a la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
TERCERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Ciudad de
México.
Ciudad de México, a quince de diciembre de dos mil dieciséis.
(Firma)
EL DIRECTOR GENERAL
LIC. JOSÉ LUIS VALLE COSÍO
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INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
LIC. JOSÉ LUIS VALLE COSÍO, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento el artículo 22 fracción IX, X y XI del Estatuto
Orgánico del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 37, primer párrafo de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (LTAIPRCCDMX); 1, 2, 5, 6, 7, 21 fracción I, 23 Y 24 fracción IV de la Ley
de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF); en relación con los artículos 12, fracción XX, 17,
XV, 25 TER, XIV, y el Reglamento Interior del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del
Distrito Federal; numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y
atendiendo a los principios de seguridad, licitud, calidad, confidencialidad, consentimiento, temporalidad y disponibilidad
en poder del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, para el cumplimiento de las obligaciones que
como Ente Público está sujeto a cumplir para el correcto tratamiento de datos personales que posee, conforme a su ámbito
de competencia
CONSIDERANDO
I. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal
corresponde al titular del ente púbico determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el
ámbito de su competencia.
II. Que de conformidad con el artículo 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se
establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y que
la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México.
III. Que de manera adicional los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el
Distrito Federal establecen como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de
sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, tengo a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES
DE PROVEEDORES DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.
En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se modifican los
apartados: Normatividad y Cesión de datos del Sistema de Datos Personales “Sistema de Datos Personales de Proveedores
del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal” publicado el día 28 de marzo de 2014 en la ahora Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, para quedar el contenido del sistema como se establece a continuación:
I. Denominación
Sistema de Datos de Personales de Proveedores del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal
Finalidad o uso previsto
El resguardo, protección y debido manejo de los datos personales de personas físicas o morales con actividad empresarial,
para fines de la administración pública.
II. Normatividad aplicable
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
Ley de Archivos del Distrito Federal;
Lineamientos para la Protección de Datos Personales del Distrito Federal;
Ley del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal;
Estatuto Orgánico del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal.
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29
III. Origen de los datos
Las personas físicas o morales con actividad empresarial que con fines de administración pública, se relacionan con el
Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal.
Procedencia: el propio interesado.
Procedimiento de obtención: llenado de formulario (procedimientos mixtos).
IV.- Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Datos Identificativos: nombre, domicilio, teléfono particular, clave de elector (alfanumérico anverso credencial del INE),
clave registro federal de contribuyentes (RFC), clave única de registro de población (CURP).
Datos electrónicos: correo electrónico no oficial.
Datos laborales: referencias laborales.
Datos patrimoniales: cuentas bancarias, fianzas, información fiscal.
Datos de carácter obligatorio: todos los datos son obligatorios.
Datos de carácter facultativo: no aplica.
Modo de tratamiento utilizado: físico y automatizado.
V. Cesión de datos.
Los datos personales contenidos en el sistema podrán ser transmitidos a los destinatarios que a continuación se especifican
con la finalidad genérica establecida y fundamentación señalada:
Destino
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Finalidad genérica de la transmisión
Para la investigación de presuntas
violaciones a los Derechos Humanos.
Instituto de Transparencia, Acceso a
la Información Pública, Protección de
Datos Personales y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México.
Para la sustanciación de recursos de
revisión y revocación, denuncias y el
proceso para determinar el probable
incumplimiento a la Ley de Protección
de Datos Personales para el Distrito
Federal.
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
Contraloría General de la Ciudad de
México.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Fundamento legal
Artículo 3, 17 fracción II, y 36 de la
Ley de Comisión de Derechos
Humanos y demás aplicables.
Artículo 7. 24 fracción XXIII Y 37 de
la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México;
Artículo 39 de la Ley de Protección de
Datos Personales.
Artículo 8 fracciones VII y XIX, 9 y
14 fracciones VII y XX de la Ley
Fiscalización Superior de la Ciudad de
México.
Artículo 34 fracciones II y III y 74 de
la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal.
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Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la substanciación de los
procedimientos
jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
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Artículo 180 del Código de
Procedimientos Penales del Distrito
Federal; Artículos 131, 132, 147, 149
de la Ley de Amparo; Artículo 323 del
Código Civil del Distrito Federal,
Artículos 278, 288, 326 y 331 del
Código de Procedimientos Civiles del
Distrito Federal, y demás aplicables.
VI. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales
Unidad Administrativa Responsable: Coordinación de Administración y Desarrollo Tecnológico.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador de Administración y Desarrollo Tecnológico.
VII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso,
Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento
Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia del Instituto de Verificación del Distrito Federal
Domicilio Oficial y Correo electrónico: Carolina 132, Primer piso, Colonia Noche Buena, Delegación Benito Juárez, C. P.
03720, [email protected].
VIII. Nivel de Seguridad
Medio
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente “Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Protección de Datos Personales de
Proveedores del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal” en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que notifique al Instituto de Transparencia, Acceso
a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad México de la publicación
del presente Acuerdo dentro de los diez dìas hábiles siguientes a la publicación del mismo y al responsable del sistema de
datos personales para que se realice las adecuaciones pertinentes en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos
Personales, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes a la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
TERCERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Ciudad de
México.
Ciudad de México, a quince de diciembre de dos mil dieciséis.
(Firma)
EL DIRECTOR GENERAL
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LIC. JOSÉ LUIS VALLE COSÍO, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento el artículo 22 fracción IX, X y XI del Estatuto
Orgánico del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 37, primer párrafo de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (LTAIPRCCDMX); 1, 2, 5, 6, 7, 21 fracción I, 23 Y 24 fracción IV de la Ley
de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF); en relación con los artículos 12, fracción XX, 17,
XV, 25 TER, XIV, y el Reglamento Interior del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del
Distrito Federal; numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y
atendiendo a los principios de seguridad, licitud, calidad, confidencialidad, consentimiento, temporalidad y disponibilidad
en poder del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, para el cumplimiento de las obligaciones que
como Ente Público está sujeto a cumplir para el correcto tratamiento de datos personales que posee, conforme a su ámbito
de competencia
CONSIDERANDO
I. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal
corresponde al titular del ente púbico determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el
ámbito de su competencia.
II. Que de conformidad con el artículo 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se
establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y que
la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México.
III. Que de manera adicional los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el
Distrito Federal establecen como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de
sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, tengo a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE DATOS DE LOS
EXPEDIENTES DEL PERSONAL QUE LABORA EN EL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
DEL DISTRITO FEDERAL.
En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se modifican los
apartados: Normatividad y Cesión de datos del Sistema de Datos Personales “Sistema de Datos Personales de Promovedores
del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal” publicado el 1 de diciembre de 2016 en la ahora Gaceta
Oficial de la Ciudad de Mèxico, para quedar el contenido del sistema como se establece a continuación:
I. Denominación
Sistema de Datos de los expedientes del personal que labora en el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito
Federal.
Finalidad o uso previsto
Llevar el registro y control de los expedientes personales con la finalidad de mantener actualizada la plantilla del personal y
con ello elaborar la nómina.
II. Normatividad aplicable
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
Ley de Archivos del Distrito Federal;
Lineamientos para la Protección de Datos Personales del Distrito Federal;
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Ley del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal;
Estatuto Orgánico del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal;
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos;
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal;
Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal;
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
III. Origen de los datos
Las personas que laboran en el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal.
Procedencia: el propio interesado.
Procedimiento de obtención: llenado de formulario (procedimientos mixtos).
IV.- Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Datos Identificativos: nombre, domicilio, teléfono particular, clave de elector (alfanumérico anverso credencial del INE),
clave registro federal de contribuyentes (RFC), clave única de registro de población (CURP).
Datos Identificativos: nombre, edad, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, clave de registro federal de contribuyentes
(RFC), domicilio, matricula del servicio militar nacional, fotografía, nacionalidad, teléfono particular, teléfono celular,
clave de elector (alfanumérico anverso credencial INE).
Datos electrónicos: correo electrónico no oficial.
Datos familiares: nombres de familiares dependientes y beneficiarios.
Datos académicos: cédula profesional, títulos.
Datos de carácter obligatorio: todos los datos son obligatorios.
Datos de carácter facultativo: no aplica.
Modo de tratamiento utilizado: físico y automatizado.
V. Cesión de datos.
Los datos personales contenidos en el sistema podrán ser transmitidos a los destinatarios que a continuación se especifican
con la finalidad genérica establecida y fundamentación señalada:
Destino
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Finalidad genérica de la transmisión
Para la investigación de presuntas
violaciones a los Derechos Humanos.
Instituto de Transparencia, Acceso a
la Información Pública, Protección de
Datos Personales y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México.
Para la sustanciación de recursos de
revisión y revocación, denuncias y el
proceso para determinar el probable
incumplimiento a la Ley de Protección
de Datos Personales para el Distrito
Federal.
Fundamento legal
Artículo 3, 17 fracción II, y 36 de la
Ley de Comisión de Derechos
Humanos y demás aplicables.
Artículo 7. 24 fracción XXIII Y 37 de
la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México;
Artículo 39 de la Ley de Protección de
Datos Personales.
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GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Contraloría General de la Ciudad de
México.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Para la substanciación de los
procedimientos
jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
33
Artículo 8 fracciones VII y XIX, 9 y
14 fracciones VII y XX de la Ley
Fiscalización Superior de la Ciudad de
México.
Artículo 34 fracciones II y III y 74 de
la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal.
Artículo 180 del Código de
Procedimientos Penales del Distrito
Federal; Artículos 131, 132, 147, 149
de la Ley de Amparo; Artículo 323 del
Código Civil del Distrito Federal,
Artículos 278, 288, 326 y 331 del
Código de Procedimientos Civiles del
Distrito Federal, y demás aplicables.
VI. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales
Unidad Administrativa Responsable: Coordinación de Administración y Desarrollo Tecnológico.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador de Administración y Desarrollo Tecnológico.
VII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso,
Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento
Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia del Instituto de Verificación del Distrito Federal
Domicilio Oficial y Correo electrónico: Carolina 132, Primer piso, Colonia Noche Buena, Delegación Benito Juárez, C. P.
03720, [email protected].
VIII. Nivel de Seguridad
Medio
TRANSITORIOS:
PRIMERO.- Publíquese el presente “Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos de los expedientes del personal
que labora en el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal.” en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que notifique al Instituto de Transparencia, Acceso
a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad México de la publicación
del presente Acuerdo dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del mismo y al responsable del sistema de
datos personales para que se realice las adecuaciones pertinentes en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos
Personales, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes a la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
TERCERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Ciudad de
México.
Ciudad de México, a trece de diciembre de dos mil dieciséis.
(Firma)
EL DIRECTOR GENERAL
LIC. JOSÉ LUIS VALLE COSÍO
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INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
LIC. JOSÉ LUIS VALLE COSÍO, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento el artículo 22 fracción IX, X y XI del Estatuto
Orgánico del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 37, primer párrafo de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (LTAIPRCCDMX); 1, 2, 5, 6, 7, 21 fracción I, 23 Y 24 fracción IV de la Ley
de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF); en relación con los artículos 12, fracción XX, 17,
XV, 25 TER, XIV, y el Reglamento Interior del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del
Distrito Federal; numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y
atendiendo a los principios de seguridad, licitud, calidad, confidencialidad, consentimiento, temporalidad y disponibilidad
en poder del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, para el cumplimiento de las obligaciones que
como Ente Público está sujeto a cumplir para el correcto tratamiento de datos personales que posee, conforme a su ámbito
de competencia
CONSIDERANDO
I. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal
corresponde al titular del ente púbico determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el
ámbito de su competencia.
II. Que de conformidad con el artículo 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se
establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y que
la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México.
III. Que de manera adicional los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el
Distrito Federal establecen como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de
sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, tengo a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE DATOS DE GESTIÓN
DE PROMOCIONES DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.
En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se modifican los
apartados: Normatividad, Cesión de datos y Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales “Sistema
de Datos de Gestión de Promociones del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal”, publicado el día 1 de
diciembre de 2011 en la ahora Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para quedar el contenido del sistema como se
establece a continuación:
I. Denominación
Sistema de Datos de Gestión de Promociones del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal
Finalidad o uso previsto
Identificar al promovente e informar las gestiones realizadas en relación a la solicitud de visita de verificación.
II. Normatividad aplicable
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
Ley de Archivos del Distrito Federal;
Lineamientos para la Protección de Datos Personales Distrito Federal;
Ley del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal;
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III. Origen de los datos
Las personas que acuden al Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal para obtener información
relacionada a una solicitud de visita de verificación.
Procedencia: el propio interesado.
Procedimiento de obtención: llenado de formulario (procedimientos mixtos).
IV.- Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Datos Identificativos: domicilio, firma, nombre, teléfono.
Datos electrónicos: correo electrónico no oficial.
Datos de carácter obligatorio: todos los datos son obligatorios.
Datos de carácter facultativo: no aplica.
Modo de tratamiento utilizado: físico y automatizado.
V. Cesión de datos.
Los datos personales contenidos en el sistema podrán ser transmitidos a los destinatarios que a continuación se especifican
con la finalidad genérica establecida y fundamentación señalada:
Destino
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Finalidad genérica de la transmisión
Para la investigación de presuntas
violaciones a los Derechos Humanos.
Instituto de Transparencia, Acceso a
la Información Pública, Protección de
Datos Personales y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México.
Para la sustanciación de recursos de
revisión y revocación, denuncias y el
proceso para determinar el probable
incumplimiento a la Ley de Protección
de Datos Personales para el Distrito
Federal.
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
Contraloría General de la Ciudad de
México.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Para la substanciación de los
procedimientos
jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
Fundamento legal
Artículo 3, 17 fracción II, y 36 de la
Ley de Comisión de Derechos
Humanos y demás aplicables.
Artículo 7. 24 fracción XXIII Y 37 de
la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México;
Artículo 39 de la Ley de Protección de
Datos Personales.
Artículo 8 fracciones VII y XIX, 9 y
14 fracciones VII y XX de la Ley
Fiscalización Superior de la Ciudad de
México.
Artículo 34 fracciones II y III y 74 de
la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal.
Artículo 180 del Código de
Procedimientos Penales del Distrito
Federal; Artículos 131, 132, 147, 149
de la Ley de Amparo; Artículo 323 del
Código Civil del Distrito Federal,
Artículos 278, 288, 326 y 331 del
Código de Procedimientos Civiles del
Distrito Federal, y demás aplicables.
VI. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales
Unidad Administrativa Responsable: Dirección de Atención Ciudadana.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Directora de Atención Ciudadana.
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VII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso,
Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento
Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia del Instituto de Verificación del Distrito Federal
Domicilio Oficial y Correo electrónico: Carolina 132, Primer piso, Colonia Noche Buena, Delegación Benito Juárez, C. P.
03720, [email protected].
VIII. Nivel de Seguridad
Básico
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente “Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Protección de Datos de Gestión de
Promociones del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal” en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que notifique al Instituto de Transparencia, Acceso
a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad México de la publicación
del presente Acuerdo dentro de los diez dìas hábiles siguientes a la publicación del mismo y al responsable del sistema de
datos personales para que se realice las adecuaciones pertinentes en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos
Personales, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes a la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
TERCERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Ciudad de
México.
Ciudad de México, a quince de diciembre de dos mil dieciséis.
(Firma)
EL DIRECTOR GENERAL
LIC. JOSÉ LUIS VALLE COSÍO
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SECCIÓN DE AVISOS
SODELAY, S.A. DE C.V.
Para efectos del artículo 9° de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que en asamblea general extraordinaria
de accionistas, de fecha 31 de julio de 2015, entre otros, se tomó el acuerdo de reducir el capital social de Sodelay, S.A. de
C.V., en su parte fija en la suma de Mil cuatrocientos ochenta y dos pesos, moneda nacional, y en su parte variable en la
suma de Cuatro mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos, moneda nacional, para quedar en la suma total de Ciento setenta
mil trescientos treinta y cuatro pesos, moneda nacional.
(Firma)
____________________________________
L.C. Rodrigo Medina Valdez.
Delegado de la asamblea.
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E D I C T O S
“POR LA AUTONOMÍA E INDEPENDENCIA DEL PODER
JUDICIAL PARA UNA CIUDAD DE VANGUARDIA”
EDICTO
JUZGADO 5º CIVIL.
EXP.1051/2016
SEC. “A”
En los autos del juicio DE EXTINCIÓN DE DOMINIO promovido por GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL en
contra de FRENTE REVOLUCIONARIO DE VENDEDORES DE OBJETOS VARIOS EN PUESTOS FIJOS,
SEMIFIJOS Y AMBULANTES, ASOCIACIÓN CIVIL, EN SU CALIDAD DE PARTE AFECTADA, la C. Juez
Quinto de lo Civil, dicto un auto que en su parte conducente dice: MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A CATORCE DE
NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS “…Visto el contenido del escrito de cuenta, mediante el cual Ejercita
ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO en contra del FRENTE REVOLUCIONARIO DE VENDEDORES DE
OBJETOS VARIOS EN PUESTOS FIJOS, SEMIFIJOS Y AMBULANTES, ASOCIACIÓN CIVIL, EN SU CALIDAD
DE PARTE AFECTADA y como propietario DEL INMUEBLE UBICADO EN CALLE TENOCHTITLAN NUMERO 13,
MANZANA 33, COLONIA MORELOS, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, C.P. 06200, EN ESTA CIUDAD DE
MEXICO, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL NUMERO 385279, SECCION 1a.A., VOLUMEN 5,
TOMO 73, FOJA 66, ASIENTO 2423,DONDE CONSTA COMO FINCA URBANA NUMERO TRECE, DE LA CALLE
DE TENOCHTITLAN, COMPRENDIDA EN LA MANZANA 37, DEL CUARTEL PRIMERO, CODIGO POSTAL
06020, CON UNA SUPERFICIE DE 696.76 METROS CUADRADOS.-. Acción que se ejercita en base en las actuaciones
ministeriales que se contienen en el Expediente Administrativo FEED/T1/015/16-03, así como en las copias certificadas
deducidas de la Averiguación Previa FCIN/ACD/T2/00057/16-02 DO2 y en las razones y consideraciones legales que se
expresan en el mismo documento, por lo que de conformidad con el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 1, 2,3, fracción II, 4, 5, fracción I, 11, fracciones I, II, III, IV y V, 14, 32, 34, 35, 38, 41 último párrafo y
47 de la Ley de Extinción de Dominio para ciudad de México; 1, 2, 3, 20, 24, 25, 30, 35 y 38 del, Reglamento de la Ley de
Extinción de Dominio de esta ciudad; 1, 6, 10, 12, 13, 18, 19, 747, 750, 751, 752, 763, 764, 772, 774, 785, 790, 791, 784,
828, fracción IV, 830 y demás aplicables del Código Civil vigente para esta ciudad; 1, 2, 29, 44, 55, 95, 112, 122, fracción
II, 143, 255, 256, 257, 258, 278, 285, 286, 289, 291, 292, 294, 295, 296, 298, 308, 310, 311, 312, 327, 334, 335, 336, 346,
373, 379, 380, 402, 403 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente para esta ciudad y 22,
fracción IX del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia de esta ciudad. SE ADMITE A
TRÁMITE la demanda propuesta en la VÍA ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO que se plantea; por tanto, de
conformidad con el artículo 35 en relación con el diverso 40 de la Ley de Extinción de Dominio, publíquese por medio de
Edictos el presente proveído tres veces, de tres en tres días, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, así como en
el periódico “El SOL DE MÉXICO” llamando a las personas que se consideren afectadas, terceros, víctimas u ofendidos
para que comparezcan a este procedimiento en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente de la
última publicación a manifestar lo que a su interés convenga…”
.
Ciudad de México, a 16 de Noviembre del año 2016.
LA C. SECRETARIA CONCILIADORA,
En cumplimiento al acuerdo 50-09/2013, emitido
en sesión plenaria ordinaria por el Consejo de la
Judicatura del Distrito Federal de fecha veintiséis
de febrero de dos mil trece.
(Firma)
LICENCIADA ITZI YURENI PADILLA MARTÍNEZ.
EDICTOS QUE SE PUBLICARÁN POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DÍAS, DEBIENDO MEDIAR ENTRE
CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL
BOLETÍN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO EN EL
PERIÓDICO EL SOL DE MÉXICO
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“INDEPENDENCIA JUDICIAL, VALOR
INSTITUCIONAL Y RESPETO A LA AUTONOMIA.”
JUZGADO 7º CIVIL SEC.”A” EXP.1051/2016.
EDICTO.
NOTIFICACIÓN A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADOS, TERCEROS, VICTIMAS U
OFENDIDOS RESPECTO DE LOS BIENES INMUEBLES UBICADOS EN: LOTE 18, MANZANA “J”,
SUPERMANZANA 30, SECCIÓN SÉPTIMA, COLONIA SAN JUAN DE ARAGÓN, DELEGACIÓN GUSTAVO
A. MADERO y/o LOTE 51 MANZANA “J”, SUPERMANZANA 30, UNIDAD VECINAL No. VII,
CORRESPONDIENTE AL CONJUNTO URBANO PEÑÓN SAN JUAN DE ARAGÓN, DELEGACIÓN
GUSTAVO A. MADERO, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL NÚMERO 233700, COMO
UBICACIÓN: LOTE DIECIOCHO, DE LA MANZANA “J”, SUPERMANZANA TREINTA, SECCIÓN
SÉPTIMA, COLONIA SAN JUAN DE ARAGÓN, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, DISTRITO
FEDERAL, CON UNA SUPERFICIE EN METROS CUADRADOS DE CIENTO TREINTA Y TRES.
En cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha catorce de noviembre del año en curso en los autos del juicio ESPECIAL
DE EXTINCIÓN DE DOMINIO con número de expediente 1051/2016, de la Secretaria “A” promovido por el
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL en contra de EMMA ZAVALETA PERALTA SU SUCESION Y
ADELAIDO LAGUNAS BERNAL SU SUCESION La C. Juez Séptimo de lo Civil de la Ciudad de México ordeno
publicar el presente edicto a efecto de llamar a las personas que se consideren afectadas, terceros, víctimas, ofendidos y
presuntos propietarios del bien inmueble ubicado en: LOTE 18, MANZANA “J”, SUPERMANZANA 30, SECCIÓN
SÉPTIMA, COLONIA SAN JUAN DE ARAGÓN, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO y/o LOTE 51 MANZANA
“J”, SUPERMANZANA 30, UNIDAD VECINAL No. VII, CORRESPONDIENTE AL CONJUNTO URBANO PEÑÓN
SAN JUAN DE ARAGÓN, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL
FOLIO REAL NÚMERO 233700, COMO UBICACIÓN: LOTE DIECIOCHO, DE LA MANZANA “J”,
SUPERMANZANA TREINTA, SECCIÓN SÉPTIMA, COLONIA SAN JUAN DE ARAGÓN, DELEGACIÓN
GUSTAVO A. MADERO, DISTRITO FEDERAL, CON UNA SUPERFICIE EN METROS CUADRADOS DE CIENTO
TREINTA Y TRES, la C. Juez Séptimo de lo Civil de Primera Instancia del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal, en cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
4, 5, 22, 31, 32 fracción VII y VIII, 35, 40 fracciones IV y V de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal,
ordeno hacer del conocimiento de todas aquellas personas que se crean con derechos respecto del inmueble ubicado en
LOTE 18, MANZANA “J”, SUPERMANZANA 30, SECCIÓN SÉPTIMA, COLONIA SAN JUAN DE ARAGÓN,
DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO y/o LOTE 51 MANZANA “J”, SUPERMANZANA 30, UNIDAD
VECINAL No. VII, CORRESPONDIENTE AL CONJUNTO URBANO PEÑÓN SAN JUAN DE ARAGÓN,
DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL NÚMERO
233700, COMO UBICACIÓN: LOTE DIECIOCHO, DE LA MANZANA “J”, SUPERMANZANA TREINTA,
SECCIÓN SÉPTIMA, COLONIA SAN JUAN DE ARAGÓN, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO,
DISTRITO FEDERAL, CON UNA SUPERFICIE EN METROS CUADRADOS DE CIENTO TREINTA Y TRES,
para que dentro del término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir de la última publicación del presente edicto,
comparezcan por escrito, por sí o por conducto de su Representante Legal a manifestar lo que a su derecho convenga y para
que ofrezcan las pruebas con las que consideren se acreditará su dicho, apercibidos que, en caso de no comparecer y de no
ofrecer pruebas dentro del término antes concedido, precluíra su derecho para hacerlo con posterioridad en este juicio, con
fundamento en la fracción V del Artículo 40 de la Ley de Extinción de Dominio.----A T E N T A M E N T E.
Ciudad de México a 14 de noviembre del 2016
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS.
(Firma)
LIC. LUIS FERNANDO SANTES TERRONES.
Para su publicación por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS HÁBILES, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA
PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES, EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL BOLETÍN
JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL PERIÓDICO “EL SOL DE
MEXICO”
Jav.
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“Año de la Consolidación de la Justicia Oral”
ED ICTO
PARA LLAMAR A JUICIO A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADAS, TERCEROS, VICTIMAS
U OFENDIDOS EN EL JUICIO DE EXTINCION DE DOMINIO.
Juzgado.-Cuarto de lo Civil.
SECRETARIA “A”.
EXP. No. 989/2016
En cumplimiento a lo ordenado en auto de veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, relativo al juicio ESPECIAL DE
EXTINCION DE DOMINIO promovido por GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MEXICO en contra de RAFAEL LUIS
DE LA PEÑA NAVARRETE SU SUCESION, número de expediente 989/2016, respecto del inmueble ubicado
AVENIDA EXTREMADURA 36, COLONIA INSURGENTES MIXCOAC, DELEGACION BENITO JUAREZ,
CODIGO POSTAL 03740, CIUDAD DE MEXICO Identificado con EL ANTECEDENTE DEL FOLIO 62387 AUXILIAR
1 EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, EL CUAL
REGISTRA EL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO LA FRACCION PONIENTE DEL LOTE CATORCE Y EL LOTE
QUINCE, SITUADOS EN DICHA AVENIDA, DELEGACION MIXCOAC, DE LA CASA MARCADA CON EL
NUMERO 36 DE A CALLE EXTREMADURA Y TERRENO SOBRE EL QUE ESTA CONSTRUIDA, COLONIA
EXTREMADURA, DELEGACION MIXCOAC, CIUDAD DE MEXICO, CON UNA SUPERFICE DE 297.19 METROS
CUADRADOS, la C. Juez Cuarto de lo Civil de la Ciudad de México, Licenciada Flor de María Hernández Mijangos, con
fundamento en el artículo 35 en relación con la Fracción IV del artículo 40, ambos de la Ley de Extinción de Dominio, ,
ordenó llamar a las personas que se consideren afectadas, terceros, víctimas u ofendidos para que comparezcan a este
procedimiento en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente de la última publicación a
manifestar lo que a su interés convenga, los que se deberán publicar por tres veces de tres en tres días hábiles, debiendo
mediar entre cada publicación dos días hábiles.
Ciudad de México a 28 de octubre del 2016.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS DEL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL.
(Firma)
LIC. KARLA VANESA PONCE MERAZ..
PARA SU PUBLICACIÓN EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR TRES VECES DE TRES
EN TRES DÍAS HÁBILES, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES.
ICC*
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Independencia judicial, valor institucional y respeto a la autonomía”.
EDICTO
JUZGADO 9 DE LO CIVIL
SECRETARIA “A”
EXPEDIENTE
NUMERO:
869/2016
En los autos del juicio EXTINCION DE DOMINIO promovido por GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MEXICO en
contra de CARRILLO SALAZAR ALEJANDRO RAUL Y/O CARRILLO SALAZAR ALEJANDRO en el
Expediente numero 869/2016, El C. Juez Noveno de lo Civil de Primera Instancia de la Ciudad de México dicto unos autos
que a la letra dicen: Ciudad de México, a veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis.
- - - Con el escrito de cuenta, documentos y copias simples que se acompañan, fórmese expediente y regístrese en el Libro
de Gobierno bajo el número 869/2016, mismo que le fue otorgado por la Oficialía de Partes de éste Tribunal.- Se tiene por
presentado al Licenciado JOSE LUIS HERNANDEZ MARTINEZ, en su carácter de Agente del Ministerio Público
Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México,
en representación del Gobierno de la Ciudad de México, personalidad que se le reconoce en términos de la copia certificada
del oficio Numero 100.222/14 de fecha catorce de febrero de dos mil catorce, expedido por el Procurador General de
Justicia del Distrito Federal; así como con la copia certificada de la constancia de acreditación del curso de especialización
en materia de extinción de dominio que anexa, y copia certificada de acuerdo A/002/11, emitido por el Procurador General
de Justicia del Distrito Federal, hoy Ciudad de México, mismo que se ordena agregar a los autos para los fines legales
correspondientes; por señalado el domicilio que indica para oír y recibir notificaciones y documentos; y por autorizados a
los Agentes del Ministerio Publico que señala para los mismos efectos; asimismo se tienen por autorizados en términos del
séptimo párrafo del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal a los Ministerios Públicos y
Oficiales Secretarios del Ministerio Público, especializados en el Procedimiento de Extinción de Domino de la Procuraduría
General de Justicia de la Ciudad de México, que señala; Visto el contenido del escrito de cuenta, mediante el cual ejercita
ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO en contra de CARRILLO SALAZAR ALEJANDRO RAUL y/o
CARRILLO SALAZAR ALEJANDRO, en su carácter de afectado como propietario del inmueble ubicado en AVENIDA
EJE CENTRAL LÁZARO CÁRDENAS, CORRESPONDIENTE AL INTERIOR 2 y 3, DEL INMUEBLE MARCADO
CON EL NUMERO 168-A, COLONIA OBRERA DELEGACIÓN CUAUHTEMOC, CODIGO POSTAL 06800, CIUDAD
DE MEXICO; IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL 09516255, EN EL CUAL CONSTA INSCRITO
EL INMUEBLE; UBICADO EN LA CASA NUMERO 168-A DE LA CALLE DE NIÑO PERDIDO Y TERRENO EN
QUE ESTA CONSTRUIDO FORMADO POR LA MITAD DEL LOTE 59 MANZANA NUMERO 44 DEL
FRACCIONAMIENTO DE LA SECCION DOS DE EL CUARTELITO, COLONIA OBRERA, DELEGACIÓN
CUAUHTEMOC, C.P. 06800 CON SUPERFICIE DE 123.50 METROS CUADRADOS; acción que se ejercita en base en
las actuaciones ministeriales que se contienen en las copias certificadas que acompañan de la Averiguación Previa número
FDTP/TP-1/T1/0061/13-08, y en las razones y consideraciones legales que se expresan en el mismo documento, por lo que
de conformidad con el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, 4, 5, 24, 32, 34, 35, 36,
37, 39, 40 y demás relativos y aplicables de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, 114, 116, 117 y
relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a la Ley Especial citada,
conforme al artículo 3, fracción II del citado ordenamiento, SE ADMITE A TRÁMITE la demanda planteada en la VÍA
ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, consecuentemente, con las copias simples que se acompañan del escrito de
cuenta y anexos exhibidos, así como del escrito inicial de demanda y documento que acompaño por medio de notificación
personal se ordena emplazar a, CARRILLO SALAZAR ALEJANDRO RAUL y/o CARRILLO SALAZAR
ALEJANDRO, en su carácter de afectado, como propietario del inmueble anteriormente referido; para que en el término de
DIEZ DÍAS HÁBILES comparezca por escrito, a manifestar lo que a su derecho convenga, así como para que ofrezca las
pruebas que las justifiquen. Se apercibe al afectado que en caso de no comparecer a este procedimiento y de no ofrecer
pruebas dentro del término otorgado, se declarará precluido su derecho para tal efecto; Asimismo por medio de notificación
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personal y con entrega de las copias de traslado de la demanda y anexos que se acompañaron, llámese en su calidad de
victimas y por ende como parte de este procedimiento a RAFAELA ESQUIVEL AGUILAR; CYNTHIA GABRIELA
OLIVARES TOVAR y MARIA EUGENIA VILLAR MONTOYA; KARLA VERONICA GONGORA REYES,
MARIA ESTELA PASCACIO MELCHOR Y MARIA DE LOS ANGELES VAZQUEZ ROMERO, para que en el
término de DIEZ DÍAS hagan valer los derechos que le correspondan y en su caso ofrezcan las pruebas que estimen
pertinentes, apercibidas, que en caso de no comparecer a este procedimiento y de no ofrecer pruebas dentro del término
otorgado, se declarará precluido su derecho para tal efecto. Y toda vez que el domicilio de CYNTHIA GABRIELA
OLIVARES TOVAR y MARIA EUGENIA VILLAR MONTOYA; se encuentra fuera de esta jurisdicción, gírese, con los
insertos necesarios, atento exhorto al C. JUEZ COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE IXTAPALUCA ESTADO DE
MEXICO; para que en auxilio de las labores de éste Juzgado se sirva diligenciarlo en sus términos, apercibiendo a las
victimas para que señalen domicilio dentro de ésta jurisdicción territorial y en caso de no hacerlo, las subsecuentes
notificaciones, aún las de carácter personal se harán por Boletín Judicial; y se faculta al C. Juez exhortado para que tenga
por señalado domicilios, acuerde promociones, y en si, realice todo acto tendiente a la debida diligenciación del exhorto
correspondiente y se concede un término de QUINCE DÍAS hábiles contados a partir de que el Juez exhortado reciba el
exhorto correspondiente, para su debida diligenciación, todo ello bajo su más estricta responsabilidad.- Por otra parte, de
conformidad con el artículo 35 en relación con el artículo 40 de la Ley de Extinción de Dominio, publíquese el
presente proveído por tres veces de tres en tres días, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, así
como en el periódico El Sol de México, llamando a las personas que se consideren afectadas, terceros, víctimas u
ofendidos para que comparezcan a este procedimiento en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del
día siguiente de la última publicación a manifestar lo que a su interés convenga, quedando los edictos respectivos a
partir de esta fecha, a disposición del Agente del Ministerio Público ocursante para su debida tramitación y exhibición
oportuna de las correspondientes publicaciones. Por lo que respecta a las pruebas que se ofrecen en el escrito de cuenta, de
conformidad con el artículo 41, 43 y 44 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, se tienen por
anunciadas y se precisa que una vez que concluyan los términos para que comparezcan las partes se dictara el auto
admisorio de pruebas en el que se señalara la fecha para la celebración de la audiencia de ley, lo anterior, acorde con lo
dispuesto por el la fracción I y II, del artículo 44 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal.– Por cuanto a
las MEDIDAS CAUTELARES que se solicita consistente en el aseguramiento y la prohibición para enajenar y gravar el
inmueble ubicado en AVENIDA EJE CENTRAL LÁZARO CÁRDENAS, CORRESPONDIENTE AL INTERIOR 2 y 3,
DEL INMUEBLE MARCADO CON EL NUMERO 168-A, COLONIA OBRERA DELEGACIÓN CUAUHTEMOC,
CODIGO POSTAL 06800, CIUDAD DE MEXICO; IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL 09516255,
EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE; UBICADO EN LA CASA NUMERO 168-A DE LA CALLE DE
NIÑO PERDIDO Y TERRENO EN QUE ESTA CONSTRUIDO FORMADO POR LA MITAD DEL LOTE 59
MANZANA NUMERO 44 DEL FRACCIONAMIENTO DE LA SECCION DOS DE EL CUARTELITO, COLONIA
OBRERA, DELEGACIÓN CUAUHTEMOC, C.P. 06800 CON SUPERFICIE DE 123.50 METROS CUADRADOS; así
como la suspensión del ejercicio de dominio sobre dicho inmueble por parte de su propietario CARRILLO SALAZAR
ALEJANDRO RAUL y/o CARRILLO SALAZAR ALEJANDRO, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 11
y 15 de la Ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal, se concede dicha medida y surte efectos desde luego; y a fin de
girar los oficios correspondientes se requiere a la parte actora para que en el término de tres días, exhiba documento
fehaciente en el que conste el número de folio real que le corresponde a los interiores 2 y 3, del inmueble ubicado en la
Avenida Eje Central Lázaro Cárdenas, marcado con el numero 168-A, Colonia obrera Delegación Cuauhtemoc, código
postal 06800, Ciudad de México; lo anterior en virtud que de la constancia del folio real que consta en el expediente
FEED/T1/073/13-11, no se advierte la subdivisión del citado inmueble, ni en su caso se hace referencia a que el inmueble
cuente con interiores; aunado a que tampoco se advierte la ubicación de los interiores 2 y 3 dentro de la totalidad del
inmueble; por otra parte y dada la solicitud del C. Agente del Ministerio Publico, respecto de que se designe como
depositaria del inmueble materia de extinción en el presente juicio al afectado CARRILLO SALAZAR ALEJANDRO
RAUL y/o CARRILLO SALAZAR ALEJANDRO, dese vista al Oficial Mayor del Gobierno del Distrito Federal, para
que manifieste lo que a su derecho convenga.- lo anterior en virtud que conforme al penúltimo párrafo del Artículo 11 de la
Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, dispone que: “En todos los supuestos, los bienes materia de las
medidas cautelares quedarán en depósito de áreas especializadas de la Secretaría de Finanzas, en caso de bienes muebles, o
de la Oficialía Mayor del Distrito Federal, cuando se trate de bienes inmuebles…”: quien los administrará y custodiará;
finalmente se requiere a la parte actora para que exhiba copias para el traslado de los documentos que constan en los sobres
que obran a fojas 385, 499 y 524 del expediente FEED/T1/073/13-11; en virtud que no las presenta; asimismo deberá
exhibir copias para el traslado de la demanda y documentos para notificar a las victimas KARLA VERONICA
GONGORA REYES, MARIA ESTELA PASCACIO MELCHOR Y MARIA DE LOS ANGELES VAZQUEZ
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ROMERO, así como señalar el domicilio para notificar a las mismas.- Guárdense en el seguro del Juzgado los documentos
base de la acción;Y con fundamento en los artículos 11, 15 y 39 del Reglamento del Sistema Institucional de Archivos, del
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, se hace del conocimiento de las partes que una vez que sea concluido
el juicio, el expediente integrado será remitido al Archivo Judicial para la destrucción correspondiente; por lo que, se
previene a las partes para que, en su caso, soliciten copias certificadas de las constancias que a sus intereses convengan y,
comparezcan a éste Juzgado dentro de los NOVENTA DIAS siguientes contados a partir de la notificación del auto que
ordene la conclusión del juicio, a recibir los documentos exhibidos, apercibidos que de no hacerlo en el término señalado,
los mismos, serán remitidos al Archivo Judicial, para el fin indicado.-NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma EL C. JUEZ
NOVENO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL LICENCIADO JOSÉ GUADALUPE LULO VÁZQUEZ. ANTE EL
C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A” LICENCIADO GILIBERTO AGUIÑIGA CAMPOS, QUIEN DA FE.Ciudad de México, a veintinueve de septiembre de dos mil dieciséis.
- - - EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A” DE LA ADSCRIPCION LICENCIADO GILIBERTO AGUIÑIGA
CAMPOS, HACE CONSTAR: Que con esta fecha se encuentra elaborado el oficio y exhorto dirigido al C. JUEZ
COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, ESTADO DE MEXICO, así como las cédulas de notificación
para emplazar al afectado CARRILLO SALAZAR ALEJANDRO RAUL y/o CARRILLO SALAZAR ALEJANDRO y a
las victimas RAFAELA ESQUIVEL AGUILAR, CYNTHIA GABRIELA OLIVARES TOVAR Y MARIA EUGENIA
VILLAR MONTOYA como se encuentra ordenado en proveído de fecha veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis, y no
así las copias simples de traslado, en virtud de ha la fecha no consta que hayan sido exhibidas las copias simples requeridas
en el citado proveído. Conste.
Ciudad de México, a veintinueve de septiembre de dos mil dieciséis.
- - - Vista la certificación que antecede; y a fin de ordenar se entregue el oficio y exhorto dirigido al C. JUEZ
COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, ESTADO DE MEXICO referidos en la certificación que
antecede y turnar las cédulas de notificación al C. Secretario Actuario adscrito a éste Juzgado y dar cumplimiento al
proveído de fecha veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis, se previene a la parte actora para que mediante escrito
exhiba por cuadriplicado copias simples de los documentos que constan en los sobres que obran a fojas 385, 499 y 524 del
expediente FEED/T1/073/13-11, así como cuatro juegos del escrito inicial de demanda y documentos exhibidos, y siete
juegos del escrito con el que presente dichas copias a fin de integrar los traslados correspondientes.- Notifíquese. Lo
proveyó y firma el C. Juez Noveno de lo Civil de Primera Instancia de la Ciudad de México Licenciado JOSE
GUADALUPE LULO VAZQUEZ ante el C. Secretario de Acuerdos “A” Licenciado GILIBERTO AGUIÑIGA CAMPOS
que autoriza, firma y da fe.- Doy Fe.
Ciudad de México, a seis de octubre de dos mil dieciséis
- - - A sus autos el escrito de JOSE LUIS HERNANDEZ MARTINEZ, AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO
ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL
DISTRITO FEDERAL EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, a quien se le tienen
por hechas las manifestaciones que vierte en el escrito de cuenta y por las razones que precisa en el mismo; como lo solicita
a su más entero perjuicio devuélvansele, los documentos que constan en los sobres que obran a fojas 385,499 y 524 del
expediente FEED/T1/073/13-11 NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma el C. Juez Noveno de lo Civil de Primera Instancia,
Licenciado JOSE GUADALUPE LULO VAZQUEZ ante el Secretario de Acuerdos “A” Licenciado GILIBERTO
AGUIÑIGA CAMPOS, con quien actúa, autoriza, firma y da fe.- DOY FE.Ciudad de México, a seis de octubre de dos mil dieciséis
- - - A sus autos el escrito de JOSE LUIS HERNANDEZ MARTINEZ, AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO
ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL
DISTRITO FEDERAL EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, y vistas las
manifestaciones que realiza el promovente en el escrito de cuenta, bajo su más estricta responsabilidad gírese el oficio
correspondiente al REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO para
hacerle del conocimiento la medida cautelar decretada mediante diverso proveído de fecha veintitrés de septiembre de dos
mil dieciséis consistente en el aseguramiento y la prohibición para enajenar y gravar el inmueble ubicado en AVENIDA
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EJE CENTRAL LÁZARO CÁRDENAS, CORRESPONDIENTE AL INTERIOR 2 y 3, DEL INMUEBLE MARCADO
CON EL NUMERO 168-A, COLONIA OBRERA DELEGACIÓN CUAUHTEMOC, CODIGO POSTAL 06800, CIUDAD
DE MEXICO; IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL 09516255, EN EL CUAL CONSTA INSCRITO
EL INMUEBLE; UBICADO EN LA CASA NUMERO 168-A DE LA CALLE DE NIÑO PERDIDO Y TERRENO EN
QUE ESTA CONSTRUIDO FORMADO POR LA MITAD DEL LOTE 59 MANZANA NUMERO 44 DEL
FRACCIONAMIENTO DE LA SECCION DOS DE EL CUARTELITO, COLONIA OBRERA, DELEGACIÓN
CUAUHTEMOC, C.P. 06800 CON SUPERFICIE DE 123.50 METROS CUADRADOS; así como la suspensión del
ejercicio de dominio sobre dicho inmueble por parte de su propietario CARRILLO SALAZAR ALEJANDRO RAUL y/o
CARRILLO SALAZAR ALEJANDRO, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 11 y 15 de la Ley de Extinción
de Dominio del Distrito Federal; para que sea anotada en los antecedentes regístrales del bien inmueble que obra en el
respectivo folio real numero 09516255; y así quede perfeccionada dicha medida. y respecto del aseguramiento del
inmueble; se ordena que la desposesión del mismo con el menaje de la casa que se describió en el proveído de fecha
veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis, en consecuencia mediante atento oficio, hágase del conocimiento del C.
Oficial Mayor del Gobierno del Distrito Federal, haciéndole saber esta medida para los efectos de las responsabilidades
como depositario del bien inmueble a que se hace mención, quien deberá tomar las providencias que permitan la
conservación del mismo, en las mejores condiciones hasta en tanto se resuelva el presente juicio; y se le previene para que
dentro del termino de cinco días, acepte y proteste el cargo que le fue conferido y hecho lo anterior se le ponga en posesión
del bien señalado con antelación, así como del menaje del inmueble antes precisado; debiendo rendir un informe mensual
detallado y pormenorizado de su administración así como un informe anual a la asamblea legislativa.- Proceda el C.
Secretario a despachar los oficios que aquí se ordenan por conducto del personal del Juzgado en forma inmediata. Por otra
parte y toda vez que proporciona el domicilio de las Victimas en el presente juicio KARLA VERONICA GONGORA
REYES, MARIA ESTELA PASCACIO MELCHOR Y MARIA DE LOS ANGELES VAZQUEZ ROMERO y asimismo
exhibe las copias de traslado correspondientes, como lo solicita elabórense las cedulas de notificación y exhorto
correspondientes y dese cumplimiento al emplazamiento al afectado y a la notificación personal ordenada a las victimas en
términos del proveído de fecha veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis - NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma el C.
Juez Noveno de lo Civil de Primera Instancia, Licenciado JOSE GUADALUPE LULO VAZQUEZ ante el Secretario de
Acuerdos “A” Licenciado GILIBERTO AGUIÑIGA CAMPOS, con quien actúa, autoriza, firma y da fe.- DOY FE.LIC. GUILIBERTO AGUIÑIGA CAMPOS
(Firma)
C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”.
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA
PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
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E D I C T O.
NOTIFICACIÓN A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADOS, TERCEROS, VÍCTIMAS U
OFENDIDOS RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE:
CALLE JESÚS CARRANZA NÚMERO 6, LOTE 18, MANZANA 43, DEPARTAMENTO B-103, COLONIA
MORELOS, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, EN ESTA CIUDAD, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO
REAL NÚMERO 568049 AUXILIAR 20, COMO VIVIENDA B-103, DEL PREDIO SUJETO AL RÉGIMEN DE
PROPIEDAD EN CONDOMINIO VECINAL MARCADO CON EL NÚMERO 6 DE LA CALLE DE JESÚS
CARRANZA COLONIA MORELOS, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, SUPERFICIE M2 51,247 EN CUMPLIMIENTO
A LO ORDENADO EN AUTO DE FECHA CATROCE DE NOVEIMBRE DE DOS MIL DIECISEIS, EN LOS AUTOS
DEL JUICIO ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO tramitado por el ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE
DOMINIO tramitado por el GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL en contra de HUGO ALDAVE LARIOS Y
MARGARITA RIOVALLE TENORIO, ante éste Juzgado bajo el expediente 1052/16,Secretaría “B”, EL C. JUEZ
SEXTO DE LO CIVIL Y DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
CIUDAD DE MEXICO, EN CUMPLIMIENTO CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 22 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS 4, 5, 22, 31, 32 FRACCIÓN VII Y VIII, 35,
40 FRACCIONES IV Y V DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL, ORDENÓ
NOTIFICAR POR MEDIO DE EDICTOS EL PROVEÍDO DE FECHA DIECISÉIS DE AGOSTO DE DOS MIL
DIECISEIS QUE A LA LETRA DICE:
Ciudad de México a catorce noviembre de dos mil dieciséis.
Con el escrito de cuenta, anexos y copias certificadas que se acompañan, se forma expediente y registra como corresponde
en el Libro de Gobierno de este Juzgado bajo el número de expediente 1052/2016 se ordena guardar los documentos
exhibidos como base de la acción en el seguro del juzgado, visto lo anterior se procede a resolver respecto de la admisión de
la demanda, en los siguientes términos: Se tiene por presentada a la Licenciada MARÍA GUADALUPE CERVANTES
DÍAZ Agente del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría
General de Justicia del Distrito Federal, en representación del GOBIERNO DEL DISTRITO
FEDERAL hoy CIUDAD DE MÉXICO; personalidad que se le reconoce en términos del acuerdo A/002/2011 emitido
por el Procurador General de Justicia del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el quince de
febrero de dos mil trece, así como del nombramiento en el que se le designa con el carácter antes señalado, y con la
constancia de acreditación de especialización en materia de extinción de dominio que exhibe en copia certificada, se le tiene
señalado el domicilio que indica para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos aún las de carácter personal.
Se tiene por autorizados a los Licenciados Alejandra Martínez Galván, Leonides Rebeca Casimiro Pérez, José Luis
Hernández Martínez y Laura Gachuz Fuentes con el carácter de Agentes del Ministerio Público Especializados en Extinción
de Dominio, de los que acredita su personalidad en términos del acuerdo A/002/2011 emitido por el Procurador General de
Justicia del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el quince de febrero de dos mil trece, así
como del nombramiento en el que se les designa con el carácter antes señalado, y con la constancia de acreditación de
especialización en materia de Extinción de Dominio que exhibe en copia certificada el promovente.
Asimismo, se tiene por autorizados a las Licenciadas Diana Ivonne Castañon Lara, Ivonee Reynoso Ramírez, Gloria
Vázquez Muñoz y Ramses García Martínez en términos del cuarto párrafo del artículo 112 del Código de Procedimientos
Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal al
acreditar que su cédula se encuentra registrada ante la Primera Secretaria del Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal, en cuanto a Carmen Patricia Vázquez Torres, Jaime Enrique Rangel Díaz una vez que acrediten su calidad de
abogados, se acordará lo conducente, mientras tanto únicamente se les tiene por autorizados para oír y recibir
notificaciones.
Ahora bien, del contenido del artículo 39 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, se tiene que como
presupuesto procesal para la admisión de la demanda el suscrito debe analizar y considerar si existen elementos que
presuman la existencia de alguno de los eventos típicos de los señalados en el artículo 4 de la Ley de Extinción de Dominio
para el Distrito Federal, y que los bienes sobre los que se ejerce la acción son de los enlistados en el artículo 5 de ese
ordenamiento.
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De esta manera, del contenido del escrito inicial de demanda se advierte que la accionante indica que el evento típico base
de su demanda es el DELITO CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO, refiriendo además
que el inmueble ubicado en CALLE JESÚS CARRANZA NÚMERO 6, LOTE 18, MANZANA 43, DEPARTAMENTO B103, COLONIA MORELOS, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, EN ESTA CIUDAD ha sido utilizado como
INSTRUMENTO del DELITO DE NARCOMENUDEO.
La anterior cuestión se corrobora con la copia certificada de la averiguación previa número FCIN/ACD/T3/00058/1502D01y su acumulada FCIN/AOP/T3/0013/15-02 de cuya foja 1 se advierte que el veintiséis de febrero de dos mil quince
se inició Averiguación Previa por el probable DELITO CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE
NARCOMENUDEO- POSESIÓN CON FINES DE VENTA, COMERCIO Y SUMINISTRO, mientras que de la foja 674 a
la 761 del expediente administrativo FEED/T1/48/15-05 se desprende que mediante Sentencia Definitiva dictada el diez de
julio de dos mil quince en el toca 609/2015 por la Primera Sala Penal de éste Tribunal, en cuyo punto resolutivo primero se
determinó que MARIEL GUTIÉRREZ TENORIO, MARGARITA RIOVALLE TENORIO, JORGE ARTURO DE LA
ROSA CALDERÓN, HUGO ALDAVE LARIOS, JORDANY RESÉNDIZ ALDAVE y CARLOS OSWALDO ALDAVE
RIOVALLE son penalmente responsables en su calidad de autores materiales en la comisión del delito CONTRA LA
SALUD HIPÓTESIS DE NARCOMENUDEO EN SU MODALIDAD DE POSESIÓN CON FINES DE VENTA en
agravio de la SOCIEDAD, asimismo de la foja 8 a la 19, 70 y 71 de la sentencia en cita se advierte que el veintiséis de
febrero de dos mil quince fueron encontrados, entre otras personas, MARGARITA RIOVALLE TENORIO y HUGO
ALDAVE LARIOS en el interior del inmueble ubicado en Calle Jesús carranza número 6, Colonia Morelos, Delegación
Cuauhtémoc, teniendo en su poder diversas substancias consideradas como estupefacientes por la Ley General de Salud, de
lo que se infiere que dicho bien era utilizado como instrumento del delito contra la Salud citado .
Con lo anterior resulta presuntivamente acreditado que sí ocurrió un evento típico de los señalados en el artículo 4 de la Ley
de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, y que el bien sobre el que la actora ejerce la acción de Extinción de
Dominio es de los enlistados en el artículo 5 del citado ordenamiento legal.
Por tal motivo, con fundamento en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, 4, 5, 22,
24, 25, 29, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 39, 40 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal; 114, 116, 117, 255 del
Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, y
conforme al artículo 3, fracción II, del mismo ordenamiento, se admite a trámite la demanda planteada en LA VÍA
ESPECIAL y en ejercicio de la ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO interpuesta en contra de MARGARITA
RIOVALLE TENORIO y HUGO ALDAVE LARIOS respecto del inmueble ubicado en CALLE JESÚS CARRANZA
NÚMERO 6, LOTE 18, MANZANA 43, DEPARTAMENTO B-103, COLONIA MORELOS, DELEGACIÓN
CUAUHTÉMOC, EN ESTA CIUDAD; sin contraprestación ni compensación alguna para la parte afectada. Lo anterior
derivado del evento típico emanado de las actuaciones ministeriales que se contienen en las copias certificadas que se
acompañan,
relativas
a
la
Averiguación
Previa
número FCIN/ACD/T3/00058/15-02
D01 y
su
acumulada FCIN/AOP/T3/00013/15-02 y del expediente FEED/T1/048/15-05, demanda que se funda en los
razonamientos, hechos y pruebas que se expresan en la misma.
En consecuencia, con las copias simples de traslado tanto del escrito inicial de demanda como de los anexos exhibidos por
la parte actora, por medio de NOTIFICACIÓN PERSONAL se ordena emplazar a juicio a MARGARITA RIOVALLE
TENORIO y HUGO ALDAVE LARIOS, ambos en su carácter de parte afectada, para que en el plazo de DIEZ DÍAS
HÁBILES contados a partir del día siguiente a su emplazamiento, comparezcan por escrito a manifestar lo que a su derecho
convenga, así como para que opongan excepciones y defensas, en su caso ofrezcan las pruebas conducentes que acrediten su
dicho, conforme a lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley de Extinción de Dominio, apercibiéndoseles que de no
comparecer a este juicio y de no ofrecer pruebas en el plazo concedido, precluirá su derecho con fundamento en el artículo
40, fracción V, de la Ley de Extinción de Dominio y se tendrán por presuntivamente confesos de los hechos propios de la
demanda que dejen de contestar, tal y como lo dispone el artículo 271 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito
Federal.
Para efectos de lo anterior, elabórense las cédulas de notificación respectivas y túrnense a la Actuaria adscrita a este juzgado
para su diligenciación en el domicilio indicado por la parte actora, en el entendido que una vez que sean emplazados los
afectados, deberán señalar en el primer escrito o en la primera diligencia en que intervenga en este asunto, domicilio
ubicado en el lugar del juicio para efectos de oír y recibir notificaciones y se practiquen las diligencias necesarias;
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apercibido que de no hacerlo, las notificaciones, aun las que conforme a las reglas generales deban hacerse personalmente,
se le harán por Boletín Judicial, lo anterior con base en el artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito
Federal.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 35, en relación con la fracción IV del artículo 40, ambos de la Ley de
Extinción de Dominio, publíquese el presente proveído por tres veces de tres en tres días, debiendo mediar entre cada
publicación dos días hábiles en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de
Justicia de la Ciudad de México, así como en el periódico “EL SOL DE MÉXICO”, llamando a las personas que se
consideren afectadas, terceros, víctimas u ofendidos para que comparezcan a este procedimiento en el plazo de DIEZ
DÍAS hábiles contados a partir del día siguiente de la última publicación a manifestar lo que a su derecho convenga,
apercibidos que en caso de no comparecer dentro del plazo concedido y no ofrecer pruebas en relación a este procedimiento,
se tendrá por precluído su derecho para hacerlo con posterioridad, ello tomando de base el contenido del artículo 40 de la
Ley de Extinción de Dominio, quedando los edictos respectivos a partir de esta fecha a disposición del Agente del
Ministerio Público ocursante, para que los reciba dentro del plazo de tres días, de conformidad con lo dispuesto por la
fracción II del artículo 3 de la Ley de Extinción de Dominio.
Por lo que respecta a las pruebas ofrecidas en el escrito que se provee, de conformidad con el artículo 40 de la Ley de
Extinción de Dominio del Distrito Federal, así como de los artículos 289, 290, 291 y demás relativos y aplicables del
Código de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la materia, se procede a proveer sobre la admisión de
las probanzas ofrecidas por la parte actora en los siguientes términos:
Se admiten:
I. LA DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en las copias certificadas
Previa FCIN/ACD/T3/00058/15-02 D01 y su acumulada FCIN/AOP/T3/00013/15-02
II.LA
DOCUMENTAL
PÚBLICA,
Administrativo FEED/T1/048/15-05.
consistente
en
las
copias
de
certificadas
la
del
Averiguación
Expediente
III.- LA CONFESIONAL a cargo de los afectados MARGARITA RIOVALLE TENORIO y HUGO ALDAVE LARIOS
quienes deberán desahogarla de manera personal y no por conducto de representante o apoderado legal alguno; en
preparación de esta prueba, NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE a los mencionados afectados a fin de que comparezcan
al local de este juzgado a absolver posiciones al tenor del pliego de posiciones que en su caso exhiba la actora, el día y hora
que para tal efecto se señale; apercibidos que de no comparecer sin justa causa, se les tendrá por confesos de las posiciones,
que en su caso, sean calificadas de legales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 322 y 323 del Código de
Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, supletorio de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal.
IV.- LA RATIFICACIÓN DE CONTENIDO Y FIRMA A CARGO DE PEDRO WATLA CORTES y OSCAR
MONTEBELLO GUEVARA ambos Agentes del Ministerio Público adscritos al Fiscalía Central de Investigación para la
Atención del Delitos de Narcomenudeo de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal respecto de la diligencia
ministerial y acta circunstancias de cateo de veintiséis de febrero de dos mil quince, (foja 267 a la 282) que obran en la
Averiguación Previa número FCIN/AOP/T3/0013/15-02, personas a quienes se ordena citar en forma personal en el
domicilio señalado por la parte actora y mediante oficio, a efecto de que comparezcan el día y hora que se señale para que
tenga verificativo la audiencia de desahogo de pruebas, para que bajo protesta de decir verdad manifiesten si reconocen o no
el contenido de sus actuaciones realizadas en la averiguación previa antes mencionada, apercibidos que de no comparecer
sin justa causa, se tendrán por reconocidas las citadas actuaciones en cuanto a su contenido y para los efectos procesales
correspondientes. Se precisa que en caso de resultar falso o inexacto el domicilio que se proporcionan para la notificación,
será declarada desierta la citada prueba.
V.- LA RATIFICACIÓN DE CONTENIDO Y FIRMA A CARGO DE LOS PERITOS IBQ. ROBERTO NORIEGA
CASTRO, QFB RAÚL A. MORALES AGUSTIN, IQI. VELIA IZCHEL REYES GONZÁLEZ y Q. SILVINA BRAVO
HERNÁNDEZ, respecto de los dictámenes rendidos por cada uno de dichos peritos dentro de la Averiguación
Previa FCIN/ACD/T3/00058/15-02 D01 y su acumulada FCIN/AOP/T3/00013/15-02 que son de verse a foja 167,168,
511, 512, 514 a 517 y 519 a la 524 personas a quienes se ordena citar en forma personal en el domicilio señalado por el
actor y mediante oficio, a efecto de que comparezcan el día y hora que se señale para la audiencia de desahogo de pruebas,
para que bajo protesta de decir verdad manifiesten sí reconocen o no el contenido de sus actuaciones realizadas en la
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averiguación previa antes mencionada, apercibidos que de no comparecer sin justa causa, se tendrán por reconocidas las
citadas actuaciones en cuanto a su contenido y para los efectos procesales correspondientes. Se precisa que en caso de
resultar falso o inexacto el domicilio que proporciona el promovente para la notificación, la prueba a comento será
declarada desierta.
Finalmente, se admiten VII.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES y VIII.- LA PRESUNCIONAL EN SU DOBLE
ASPECTO LEGAL Y HUMANA.
En cuanto a la fecha de la audiencia a que se refiere el artículo 44 de la ley de Extinción de Dominio, se reserva su
señalamiento hasta que concluyan los plazos a que se refiere el citado numeral.
En relación a las Medidas Cautelares, se provee lo siguiente:
MEDIDA CAUTELAR I.
Con fundamento en el artículo 11 fracción I, y 40 fracción II, de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, se
declara la prohibición para enajenar o gravar el bien inmueble ubicado en CALLE JESÚS CARRANZA NÚMERO 6,
LOTE 18, MANZANA 43, DEPARTAMENTO B-103, COLONIA MORELOS, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, EN
ESTA CIUDAD, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL NÚMERO 568049 AUXILIAR 20, COMO
VIVIENDA B-103, DEL PREDIO SUJETO AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO VECINAL
MARCADO CON EL NÚMERO 6 DE LA CALLE DE JESÚS CARRANZA COLONIA MORELOS, DELEGACIÓN
CUAUHTÉMOC, SUPERFICIE M2 51,247 a fin de evitar que se realice cualquier acto traslativo de dominio o inscripción
de gravamen judicial o real respecto del inmueble referido. En consecuencia, gírese atento oficio al C. DIRECTOR DEL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO para que proceda a
inscribir la medida cautelar hasta en tanto se defina la situación legal del inmueble motivo de la presente medida, lo anterior
a efecto de no conculcar derechos de las partes, debiéndose acompañar para tal efecto, copia certificada del presente
proveído.
MEDIDA CAUTELAR II
Por otra parte, con base en el artículo 11, fracción V, y 40, fracción II, de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito
Federal, se decreta bajo la más estricta responsabilidad de la parte actora el aseguramiento del bien inmueble materia de
este asunto ubicado en el CALLE JESÚS CARRANZA NÚMERO 6, LOTE 18, MANZANA 43, DEPARTAMENTO B103, COLONIA MORELOS, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, EN ESTA CIUDAD, IDENTIFICADO DE ACUERDO
CON EL FOLIO REAL NÚMERO 568049 AUXILIAR 20, COMO VIVIENDA B-103, DEL PREDIO SUJETO AL
RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO VECINAL MARCADO CON EL NÚMERO 6 DE LA CALLE DE
JESÚS CARRANZA COLONIA MORELOS, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, SUPERFICIE M2 51,247, asegurado por
la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, teniéndose por designado como depositario judicial del mismo a la
OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, a quien se le previene para que dentro del
término de TRES DÍAS acepte y proteste su cargo respecto del inmueble a que se ha hecho mención, lo anterior atento a lo
dispuesto por el artículo 11 cuarto párrafo de la Ley de Extinción de Dominio que en su parte conducente cita: “…EN
TODOS LOS SUPUESTOS, LOS BIENES MATERIA DE LAS MEDIDAS CAUTELARES QUEDARÁN EN
DEPÓSITO DE ÁREAS ESPECIALIZADAS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, EN CASO DE BIENES
MUEBLES, O DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL DISTRITO FEDERAL, CUANDO SE TRATE DE BIENES
INMUEBLES, y A DISPOSICIÓN DE LAS AUTORIDADES QUE DETERMINE EL JUEZ…”, quedando obligado a
informar a la Asamblea Legislativa y a este Juzgado sobre su administración en términos del quinto párrafo del mismo
artículo 11 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, 13 última parte y 38 del Reglamento de la Ley de
Extinción de Dominio del Distrito Federal, pues dada la naturaleza del bien sujeto a extinción, el uso y destino del mismo,
el menaje debe quedar resguardado y mantenerse en el interior del bien motivo de extinción, por lo que a consideración de
este Órgano Jurisdiccional, dicho menaje debe quedar bajo el depósito de la OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DE
LA CIUDAD DE MÉXICO. En merito de lo anterior gírese el oficio respectivo a la OFICIALÍA MAYOR DEL
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO Distrito Federal a efecto de hacer de su conocimiento que deberá
presentarse en el local de este Juzgado dentro de los TRES DÍAS siguientes a que reciba el oficio ordenado, a efecto de que
por conducto de personal autorizado proceda ante la presencia judicial a aceptar y protestar el cargo conferido, debiendo
tomar las medidas pertinentes para salvaguardar el inmueble del cual se le designa depositario judicial; teniendo también la
obligación de rendir cuentas ante este Juzgado y al Agente del Ministerio Público Especializado en Extinción de Dominio,
respecto de la administración del bien inmueble, en forma mensual, con fundamento en los artículos 22 y 31 de la Ley de
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Extinción de Dominio en relación con el artículo 41 en todas sus fracciones del Reglamento de la Ley de Extinción de
Dominio para el Distrito Federal y el diverso 557 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal de aplicación
supletoria a la Ley de la materia.
Las presentes medidas cautelares obligan a los propietarios, poseedores, quienes se ostenten como dueños, depositarios,
interventores, administradores albaceas, o cualquier otro que tenga algún derecho sobre los bienes motivo de las cautelares
decretadas, esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la multicitada Ley de Extinción de Dominio del
Distrito Federal.
En consecuencia, proceda la persona encargada del turno a elaborar los oficios que aquí se ordenan por conducto del
personal del juzgado en forma inmediata, haciéndose entrega de los mismos al Agente del Ministerio Público Especializado
que promueve, por lo que quedan a su disposición para efectos de su diligenciación.
Por último y con fundamento en el artículo 4 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, se hace del
conocimiento de las partes que intervengan en el presente procedimiento que la información que se genere u obtenga en este
procedimiento se considerará como restringida en términos de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y que se guardará la más estricta confidencialidad sobre la información y
documentos que se obtengan durante la substanciación del presente procedimiento, lo anterior con fundamento en el artículo
4, último párrafo, y artículo 22 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal.
Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Sexto de lo Civil y de Extinción de Dominio Licenciado HÉCTOR FLORES
REYNOSO ante el C. Secretario de Acuerdos “B” Licenciado ROMÁN JUÁREZ GONZÁLEZ que autoriza y da fe. Doy
Fe.
EL SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
(Firma)
LIC. ROMÁN JUÁREZ GONZÁLEZ
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS HÁBILES, DEBIENDO MEDIAR ENTRE
CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES.
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02 de Enero de 2017
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AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa;
Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que
habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, siendo los siguientes:.
1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el
caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de
las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,
estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30
horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo
suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.
2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como
publicaciones se requieran.
3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word
en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
Página tamaño carta;
Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;
Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;
No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;
Rotular el disco con el título del documento;
No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros
de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar;
X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y
XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación
Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México son de
estricta responsabilidad de los solicitantes.
4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de
anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un
día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.
SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a
partir de la primera emisión que se efectué a partir del 2 de febrero de 2016, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el
Índice será la Décima Novena.
TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la
publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de
esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir
publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
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DIRECTORIO
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
INSERCIONES
Plana entera ....................................................................................... $1,824.00
Media plana.......................................................................................... $981.00
Un cuarto de plana ............................................................................... $610.70
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
www.consejeria.cdmx.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA Núm. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $26.50)