Año XII - N° 2695 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016 DISPOSICIONES CONJUNTAS N° 0547-GA-GPAUGL-16 Autoriza Llamado a CP - Inmueble UGL XXII................... pág.1 N° 0548-GA-GPAUGL-16 Renueva alquiler de Inmueble UGL XXVI - Bariloche... pág.1 RESOLUCIONES N° 2310 Autoriza Ampliación de jornada laboral - USA.............pág.3 N° 2352 Renueva contrataciones............................................................pág.4 N° 2353 Designa Jefe Agcia. Villa Ballester - UGL VIII................pág.4 N° 2354 Modifica art. 1° - Res. N° 2044/DE/16.................................pág.5 DISPOSICIONES N° 2000-GPM-16 Acredita Prestador en la UGL V - Bahía Blanca............ pág.7 N° 2004-GPM-16 Acredita Prestador en la UGL XV - Santa Fe.................. pág.7 N° 0255-SDE-16 Designa Comisión Evaluadora LP N° 80/16.....................pág.8 N° 0256-SDE-16 Designa Comisión Evaluadora LP N° 83/16....................pág.8 N° 0257-SDE-16 Designa Comisión Evaluadora LP N° 75/16....................pág.9 Disposición Conjunta N° 0547 BUENOS AIRES, 22 DIC. 2016 VISTO el Expediente N° 0830-2014-0002360-1 y, CONSIDERANDO: Que la Gerencia de Planificación y Administración de Unidades de Gestión Local considera necesaria la implementación de un llamado a Concurso Privado para la búsqueda en locación de un inmueble apto para oficinas y atención al público para albergar la Sede de la Unidad de Gestión Local XXII - JUJUY. Que el mismo deberá encuadrarse en lo normado por la Resolución N° 135/I/03 y su modificatoria N° 142/DE/07. Que a tal fin la Subgerencia de Recursos Físicos dependiente de la Gerencia de Administración elaboró la documentación necesaria para la realización del llamado. Que el monto estimado de la contratación asciende a la suma de PESOS ONCE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 11.775.000), considerando los treinta y seis (36) meses de duración de la misma. Que la Gerencia de Planificación y Administración de Unidades de Gestión Local ha informado sobre la existencia de partida presupuestaria preventiva para la contratación propuesta. Que asimismo la Dirección Ejecutiva y la Subdirección Ejecutiva han tomado conocimiento de la Disposición de Recursos pertinente, en cumplimiento de lo previsto en el Anexo II de la Resolución N° 0844/DE/16. Que deberán arbitrarse los medios para dar al llamado una amplia difusión. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N° 0844/DE/16, N° 04/DE/15, N° 03/DE/16 y N° 49/DE/16, EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EL GERENTE DE PLANIFICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE UNIDADES DE GESTIÓN LOCAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONEN: ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la Unidad de Gestión Local XXII JUJUY a realizar un llamado a Concurso Privado para la búsqueda en locación de un inmueble apto para oficinas y atención al público para albergar su Sede, el que deberá efectuarse en un todo de acuerdo a las normas vigentes: Resolución N° 135/I/03 y su modificatoria N° 142/DE/07 y la documentación obrante en autos. ARTÍCULO 2°.- Cumplido remitir el expediente a la Subgerencia de Recursos Físicos, con el análisis técnico de las ofertas, el informe de la Asesoría Jurídica y del Departamento Administrativo de la Unidad de Gestión Local referente al cumplimiento de los aspectos legales y formales de las ofertas que se presenten y su perfeccionamiento si fuera necesario. ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido archívese. DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0547/GA-GPAUGL/16 Enrique M. NOLTING – Gerente de Administración Cdor. Alejandro FRANCESCHELLI – Gerente de Planificación y Administración de UGL Disposición Conjunta N° 0548 BUENOS AIRES, 22 DIC. 2016 VISTO el Expediente N° 930-2010-03416-1-0000 y, CONSIDERANDO: Que el contrato de locación del inmueble sito en la calle Vice Almirante O’Connor N° 847 de la Ciudad de San Carlos de Bariloche , Provincia de Río Negro ocupado actualmente por el Centro de Atención Personalizada BARILOCHE dependiente de la Unidad de Gestión Local XXVII - RÍO NEGRO, operó su vencimiento el 15-12-2016. Que la Jefatura de la citada Agencia, la Dirección Ejecutiva de la Unidad de Gestión Local XXVII - RÍO NEGRO y la Gerencia de Planificación y Administración de Unidades de Gestión Local consideraron conveniente la renovación del contrato de alquiler del citado inmueble. índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 1 1 página Año XII - N° 2695 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016 Que en virtud de ello se implementó el procedimiento previsto en el punto 2) inciso b) del artículo 83° del Anexo I de la Resolución N° 135/03/I, que fuera modificado por el Artículo 1° de la Resolución N° 142/07/DE, para la renovación del vínculo contractual, solicitando la Unidad de Gestión Local XXVII RÍO NEGRO, seis (6) tasaciones de inmobiliarias, referidas al inmueble en cuestión, realizando la División Inmuebles del Departamento Coordinación Técnica y Administrativa de la Subgerencia de Recursos Físicos una séptima tasación, de las que surge que el menor valor tasado es de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000), IVA incluido, para el primer año de contratación. Que el canon locativo mensual requerido por el propietario es de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000) para el primer año de locación, de PESOS CINCUENTA Y SIETE ($57.000) para el segundo año de locación y de PESOS SETENTA MIL ($70.000) para el tercer año de locación, todos con IVA incluido, valores que resultan razonables de plaza y acordes a la modalidad actual del mercado inmobiliario. Que el contrato deberá comenzar a regir a partir del 16-12-2016, en virtud de la fecha de vencimiento del anterior convenio. Que el monto total de la contratación, por los treinta y seis (36) meses de duración de la misma, es de PESOS DOS MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL ($ 2.064.000). Que el Locador abonará los impuestos municipal y provincial, la tasa de agua y demás contribuciones que por ley correspondan a la propiedad y el Locatario los gastos que obedezcan al uso del inmueble, incluyendo en dichos gastos los originados por expensas ordinarias, si correspondiere y por la utilización de luz eléctrica, agua y gas. Que la renovación del alquiler se ha gestionado en forma directa con el propietario, no existiendo gastos de intermediación. Que la Gerencia de Planificación y Administración de Unidades de Gestión Local ha indicado que existe partida presupuestaria para la contratación que se gestiona. Que la Subdirección Ejecutiva ha tomado conocimiento de la Disposición de Recursos pertinente, en cumplimiento de lo previsto en el Anexo II de la Resolución N° 0844/DE/16. Que las Gerencias de Administración y de Planificación y Administración de Unidades de Gestión Local han actuado conforme sus facultades. Que ha tomado la intervención de su competencia la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Administración. Que la contratación que se propicia encuadra en lo normado en el punto 2 inciso b) de la Resolución N° 142/DE/07. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N° 0844/DE/16, N° 04/DE/15, N° 03/DE/16 y N° 49/DE/16, EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EL GERENTE DE PLANIFICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE UNIDADES DE GESTIÓN LOCAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONEN: ARTÍCULO 1°.- Renovar la contratación en alquiler del inmueble sito en la calle Vice Almirante O’Connor N° 847 de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, actual sede Centro de Atención Personalizada BARILOCHE dependiente de la Unidad de Gestión Local XXVII - RÍO NEGRO, ascendiendo el monto total de la contratación a la suma de PESOS DOS MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL ($ 2.064.000), considerando los treinta y seis (36) meses de duración de la misma, pagaderos mediante un canon locativo mensual de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000) para el primer año de locación, de PESOS CINCUENTA Y SIETE ($57.000) para el segundo año de locación y de PESOS SETENTA MIL ($70.000) para el tercer año de locación, todos con IVA incluido, conforme el texto del modelo de contrato que se agrega como Anexo I y que forma parte de la presente. ARTICULO 2°.- Facultar al Titular de la Unidad de Gestión Local XXVII - RÍO NEGRO a suscribir dicho contrato en representación del Instituto, debiendo remitir a la Subgerencia de Recursos Físicos uno de los originales del mismo para su registro y archivo. ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0548/GA-GPAUGL/16 Enrique M. NOLTING - Gerente de Administración Cdor. Alejandro FRANCESCHELLI – Gerente de Planificación y Administración de UGL ANEXO I - DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0548-16 MODELO CONTRATO DE ALQUILER Entre (D.N.I N° ) con domicilio en en adelante “EL LOCADOR “, por una parte y por la otra el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, representado en este acto por (D.N.I N° ) con domicilio en ,en lo sucesivo “EL LOCATARIO”, se conviene en celebrar el contrato de locación conforme las siguientes cláusulas: PRIMERA: “EL LOCADOR” da en locación a “EL LOCATARIO”, el inmueble de su propiedad, ubicado en la calle Vice Almirante O’Connor N° 847 de la Ciudad de San Carlos de Bariloche - Provincia de Río Negro, que tiene las dimensiones y características detalladas en el plano anexo y que se considera integrante del presente. SEGUNDA: La locación se pacta por el término de tres (3) años contados a partir del 16-12-16 operando su vencimiento el 15-12-19. TERCERA: “EL LOCATARIO” podrá rescindir el presente contrato en cualquier momento, debiendo notificar su decisión a “EL LOCADOR” en forma fehaciente. Dicha rescisión no dará lugar a ningún tipo de indemnización. CUARTA: El monto total de la contratación por los treinta y seis (36) meses de duración de la misma, se pacta en la suma de Pesos Dos Millones Sesenta y Cuatro Mil ($2.064.000), I.V.A. incluido, pagaderos mediante un canon locativo mensual de Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($45.000) para el primer año de índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 2 2 página Año XII - N° 2695 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016 locación, de Pesos Cincuenta y Siete Mil ($57.000) para el segundo año de locación y de Pesos Setenta Mil ($70.000) para el tercer año de locación. Respecto al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), este Instituto es considerado exento por lo que la alícuota correspondiente al mismo o cualquier otro impuesto o gravamen que afecte el precio, se encuentra incluido en el mismo. QUINTA: El alquiler se abonará del 01 al 10 de cada mes por períodos adelantados en las oficinas de “EL LOCATARIO” sitas en . SEXTA: “EL LOCADOR” abonará los impuestos municipal y provincial, la tasa de agua y demás contribuciones que por ley correspondan a la propiedad y “EL LOCATARIO” los gastos que obedezcan al uso del inmueble. Se entienden incluidos en dichos gastos, los originados por expensas ordinarias, si correspondiere y por la utilización de luz eléctrica, agua y gas. SÉPTIMA: Las obligaciones del “EL LOCADOR” y “EL LOCATARIO” en cuanto a los gastos de conservación y mantenimiento, se regirán por las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación sobre la materia. OCTAVA: “EL LOCATARIO” destinará el inmueble locada para sede del Centro de Atención Personalizada BARILOCHE dependiente de la Unidad de Gestión Local XXVII - RÍO NEGRO o de cualquier otra dependencia que posteriormente decida instalar en razón de su actividad o de los servicios que son de su competencia. NOVENA: “EL LOCATARIO” recibe el inmueble en el estado de conservación en que se encuentra, según se detalla en el inventario anexo, que pasa a ser parte integrante del presente, comprometiéndose a devolverlo en el mismo estado, salvo los posteriores deterioros producidos por el buen uso y la acción del tiempo. DÉCIMA: “EL LOCATARIO” podrá realizar, en la cosa arrendada, las mejoras necesarias que hagan a su utilidad o comodidad, como así también realizar las instalaciones que faciliten el cumplimiento del destino que se acuerda al inmueble en virtud de lo dispuesto en la cláusula Octava del presente contrato, sin necesidad de autorización por parte de “EL LOCADOR”, siempre que las mismas no alteren la forma o solidez del edificio. DÉCIMO PRIMERA: “EL LOCATARIO” se compromete a abonar en un plazo no mayor a diez (10) días corridos contados a partir de la firma del presente contrato, en carácter de depósito de garantía, la suma de Pesos Veintiún Mil Quinientos ($21.500), equivalente a la diferencia entre el monto del depósito de garantía abonado al comienzo del contrato de locación de fecha 15/12/2013, que se encuentra en poder de “EL LOCADOR” y el monto del canon mensual acordado en la CLAUSULA CUARTA del presente, quedando así constituido un depósito de garantía de Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($45.000). Dicho depósito de garantía quedará en poder de “EL LOCADOR” hasta la devolución del inmueble, oportunidad en la que procederá a restituirlo a “EL LOCATARIO”, sin necesidad de interpelación alguna. DÉCIMO SEGUNDA: A los efectos del pago del sellado correspondiente al presente contrato se deja constancia que “EL LOCATARIO” se encuentra exento del mismo por el art. 13 de la ley 19.032, motivo por el cual queda a cargo de “EL LOCADOR” el pago del cincuenta por ciento (50%) del importe total que corresponde tributar, salvo que éste acredite en forma fehaciente ante “EL LOCATARIO” estar exento del pago del mencionado gravamen dentro de los (2) días de la suscripción del presente. DÉCIMO TERCERA: Para todos los efectos emergentes de este contrato, las partes constituyen los siguientes domicilios especiales: “EL LOCADOR” en y “EL LOCATARIO” en . Las partes se someten a los Tribunales Federales de con exclusión de todo otro fuero o jurisdicción. En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en a los días del mes de del año .- Resolución N° 2310 BUENOS AIRES, 22 DIC. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0016939-4, y CONSIDERANDO: Que por el citado expediente tramita la ampliación de la carga horaria, a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de la agente Lucía Mercedes NOCETTI FASOLINO (Legajo N° 64557 PROFTRC CH35SEM INI) de la Unidad Secretaría Administrativa, dependiente de esta Dirección Ejecutiva. Que la titular de la Unidad Secretaría Administrativa requiere dicha ampliación horaria en virtud de las funciones que desempeña la agente. Que por lo expuesto se estima procedente hacer lugar a lo peticionado, autorizando, la ampliación de la carga horaria a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de la agente Lucía Mercedes NOCETTI FASOLINO, correspondiendo la percepción del adicional por Mayor Carga Horaria, previsto en el artículo 23 de la Resolución N° 1523/DE/05. Que sin perjuicio de lo señalado precedentemente corresponde dejar aclarado que la diferencia salarial producto de la ampliación de la carga horaria, se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a su notificación. Que por último se deja constancia que la agente Lucía Mercedes NOCETTI FASOLINO deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1 del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 3 3 página Año XII - N° 2695 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016 ARTÍCULO 1°.- Autorizar, la ampliación de la jornada laboral, a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de la agente Lucía Mercedes NOCETTI FASOLINO (Legajo N° 64557 PROFTRC CH35SEM INI) de la Unidad Secretaría Administrativa, dependiente de esta Dirección Ejecutiva, correspondiendo la percepción del adicional por Mayor Carga Horaria, previsto en el artículo 23 de la Resolución N° 1523/ DE/05. ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que la diferencia salarial, correspondiente a la ampliación de la carga horaria, que se autoriza por el artículo 1° de la presente, se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a su notificación. ARTÍCULO 3°.- Disponer que la agente Lucía Mercedes NOCETTI FASOLINO deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 2310 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Resolución N° 2352 BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0018297-8, la Resolución N° 037/DE/04 y, CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto tramita la renovación de los contratos de locación de servicio desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2017, con los montos y destinos que en cada caso indica, oportunamente suscriptos con las personas nominadas en el Anexo I de la presente. Que a tal fin han tomado intervención las áreas competentes del Instituto. Que se delega la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1 del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Renovar, desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2017, los contratos suscriptos con las personas nominadas en el Anexo I de la presente, con los montos y destinos que en cada caso se indica. ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 2352 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director ejecutivo Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de Documentación por correo a: [email protected] Resolución N° 2353 BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016 VISTO las Resoluciones N° 02/DE/15, N° 03/DE/16, N° 1172/ DE/16, el Expediente N° 0200-2016-0015156-8, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por las Resoluciones N° 03/DE/16 y N° 1172/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 02/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura este Instituto. Que en pos de lo enunciado precedentemente se estima conveniente contar, también, con las líneas jerárquicas conforme la estructura organizacional, resultando para ello imprescindible proceder a la cobertura de diversas unidades orgánicas de este Instituto, con la finalidad de brindar un servicio eficiente y eficaz. Que en ese sentido, resulta procedente designar con funciones de Jefe de la Agencia Villa Ballester, de la Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la Señora Diana IOVINE (CUIT N° 27-13017049-3), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 4 4 página Año XII - N° 2695 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016 y Resolución N° 1002/DE/07. Que corresponde dejar constancia que la Señora Diana IOVINE (CUIT N° 27-13017049-3), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios. Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1 del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar con funciones de Jefe de la Agencia Villa Ballester, Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la Señora Diana IOVINE (CUIT N° 27-130170493), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/ DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/ DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que la Señora Diana IOVINE (CUIT N° 27-13017049-3), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Tener presente que la designación que se propicia tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos en el artículo 2° de la presente, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios. ARTÍCULO 4°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 2353 Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Resolución N° 2354 BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016 VISTO la Resolución N° 2044/DE/16, el Expediente N° 02002016-0017963-2, y, CONSIDERANDO: Que por la Resolución N° 2044/DE/16 se autorizó la contratación de Caratti, Javier Carlos (CUIL 20-25895448-4), Bancora, Martin (CUIL 20-20988536-1) y Maglietti, Sofía (CUIL 27-31061659-7) para prestar servicios en la Agencia San Isidro de la Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL- Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa. Que en la misma se estableció que las contrataciones tendrían vigencia desde el día de la notificación y hasta el 31 de diciembre de 2016. Que, no obstante ello, la mencionada Secretaria solicitó la rectificación de las fechas de ingreso de las personas detalladas en el considerando primero. Que en consecuencia, corresponde modificar el artículo 1° de la Resolución N° 2044/DE/16, y establecer que las contrataciones citadas tendrán vigencia desde el 1 de septiembre de 2016 y índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 5 5 página Año XII - N° 2695 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1 del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 2044/ DE/16, que quedará redactado de la siguiente forma: Autorizar las contrataciones de las personas que se individualizan en el Anexo I, desde el 1 de septiembre de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, con los montos que en cada caso se indica, para prestar servicios en la Agencia San Isidro de la Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa. ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 2354 Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Disposición N° 2000 BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016 VISTO el expediente N° 0310-2015-0002802-0 y las Resoluciones N° 379/08/DE, N° 995/09/DE, N° 1528/09/DE, N° 0025/12/DE y N° 311/14/DE, Disposición Conjunta N° 101/14/GPM-UDIUAEP, y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 379/08/DE se declaró la emergencia prestacional de Atención Médica en Prestaciones Especiales, Medicina Física y Rehabilitación en todo el ámbito nacional. Que por Resolución N° 428/09/DE se aprobaron las Pautas de Autorización de las Prestaciones de Medicina Física y Rehabilitación y los Criterios de Auditoría Médica de Facturación, como así también se realizaron modificaciones en el Menú Prestacional aprobado por Resolución N° 379/08/DE. Que el Menú Prestacional se compone de: 1) prestaciones ambulatorias que pueden ser individuales o moduladas, 2) Módulo Mensual de Cuidados Especiales de Asistencia Domiciliaria, 3) Internación Institucional. Que la Resolución N° 995/09/DE, entre otras cuestiones delegó en la Gerencia de Prestaciones Médicas la implementación del Modelo definitivo de Atención Médica en Prestaciones Especiales, Medicina Física y Rehabilitación. Que por Resolución N° 1528/09/DE se aprobaron los anexos I (Historia Clínica) y II (Penalidades) de los modelos de contratos de Prestador Individual y Red Prestacional arriba mencionados. Que por Resolución N° 311/14/DE se aprobó una nueva modalidad de pago de las prestaciones de Medicina Física y Rehabilitación contratadas bajo los lineamientos del modelo aprobado por Resoluciones N° 379/DE/08, N° 428/09/DE, N° 995/09/DE y N° 1528/09/DE, o las que en el futuro las remplace. Que a su vez, por Resolución arriba mencionada se aprobaron los modelos de Acta de Adhesión y de Acta Acuerdo a suscribir con los prestadores, facultando a los Directores Ejecutivos Locales a su firma en representación del Instituto. Que en ese sentido, la Disposición Conjunta N° 101/14, esta Gerencia y las Unidades de Análisis, Estadística y Planeamiento y de Desarrollo e Innovación reglamentaron la Resolución N° 311/14/DE y aprobaron el circuito de pago de prestaciones de Medicina Física y Rehabilitación, con vigencia a partir del 1° de junio de 2014. Que la División Medicina Física y Rehabilitación dependiente de la Coordinación Prestaciones Médicas, entiende procedente la acreditación del peticionante desde el punto de vista técnico. Que la Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca informa que realizo auditoria prestacional en terreno, la cual arrojo como resultado el cumplimiento de la empresa oferente para la prestación del servicio, de acuerdo a la normativa de este Instituto. Que la Comisión Evaluadora considera que se encuentra en condiciones de ser acreditado en forma definitiva para brindar servicios en el Modelo de Atención Médicas en Prestaciones Especiales, Medicina Física y Rehabilitación, en cumplimiento con los requisitos exigidos por el Anexo V de la Resolución N° 379/08/DE. Que por lo expuesto y a los fines de implementar el Modelo Definitivo, resulta procedente aprobar la propuesta de selección del prestador efectuada por la Comisión Evaluadora, y acreditarlos en forma definitiva. Que la Asesoría Jurídica ha tomado la intervención de su competencia. Por ello y en uso de las facultades conferidas por las Resolución N° 0004/15-DE EL GERENTE DE PRESTACIONES MÉDICAS DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Aprobar la propuesta de selección del prestador que brindan servicios en el ámbito de la UGL V - BAHIA BLANCA, la que se agrega como ANEXO I a la presente. ARTÍCULO 2°.- Decretar la acreditación definitiva del Prestador OSER VIDA S.A., detallado en el Anexo I, a fin de implementar en forma definitiva el Modelo de Atención Médica en Prestaciones Especiales, Medicina Física y Rehabilitación. ARTÍCULO 3°.- Instruir al Director Ejecutivo de la UGL V - BAHIA BLANCA a los fines de suscribir las Actas aprobadas por la Resolución N° 311/14/DE con el prestador mencionado en el Anexo I de la presente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese a Dirección Ejecutiva, Subdirección Ejecutiva; Coordinación Ejecutiva, Sindicatura General, Unidad de Auditoria Prestacional, Unidad de Auditoria Interna, Gerencia de Asuntos Jurídicos, Gerencia de Coordinación de Unidades de Gestión Local, Unidad de Gestión Local V - BAHIA BLANCA, Gerencia Económico Financiera, y índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 6 6 página Año XII - N° 2695 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016 Subgerencia de Programas y Prestaciones Especiales a sus efectos. Publíquese en el Boletín del Instituto y oportunamente archívese. DISPOSICIÓN N° 2000/GPM/16 Dr. Hernán Carlos CHAVIN – Gerente de Prestaciones Médicas ANEXO I – DISPOSICIÓN N° 2000-16 PRESTADOR EN CONDICIONES DE SER ACREDITADO EN FORMA DEFINITIVA EN EL MODELO DE ATENCIÓN MÉDICA EN PRESTACIONES ESPECIALES, MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN UGL V- BAHIA BLANCA- Ámbito correspondiente a la Localidad de Bahía Blanca, Coronel Rosales, Coronel Dorrego, Tres Arroyos, Pigue y Patagones. Prestador: - OSER VIDA S.A. Modalidad Ofrecida: - Módulo Mensual de Cuidados Especiales de Asistencia Domiciliaria Niveles A, B y C Disposición N° 2004 BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016 VISTO el expediente N° 0 6 60 -2015 - 0 0 0 4876 - 8 y las Resoluciones N° 379/08/DE, N° 995/09/DE, N° 1528/09/DE, N° 0025/12/DE y N° 311/14/DE, Disposición Conjunta N° 101/14/ GPM-UDI-UAEP, y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 379/08/DE se declaró la emergencia prestacional de Atención Médica en Prestaciones Especiales, Medicina Física y Rehabilitación en todo el ámbito nacional. Que por Resolución N° 428/09/DE se aprobaron las Pautas de Autorización de las Prestaciones de Medicina Física y Rehabilitación y los Criterios de Auditoría Médica de Facturación, como así también se realizaron modificaciones en el Menú Prestacional aprobado por Resolución N° 379/08/DE. Que el Menú Prestacional se compone de: 1) prestaciones ambulatorias que pueden ser individuales o moduladas, 2) Módulo Mensual de Cuidados Especiales de Asistencia Domiciliaria, 3) Internación Institucional. Que la Resolución N° 995/09/DE, entre otras cuestiones delegó en la Gerencia de Prestaciones Médicas la implementación del Modelo definitivo de Atención Médica en Prestaciones Especiales, Medicina Física y Rehabilitación. Que por Resolución N° 1528/09/DE se aprobaron los anexos I (Historia Clínica) y II (Penalidades) de los modelos de contratos de Prestador Individual y Red Prestacional arriba mencionados. Que por Resolución N° 311/14/DE se aprobó una nueva modalidad de pago de las prestaciones de Medicina Física y Rehabilitación contratadas bajo los lineamientos del modelo aprobado por Resoluciones N° 379/DE/08, N° 428/09/DE, N° 995/09/DE y N° 1528/09/DE, o las que en el futuro las remplace. Que a su vez, por Resolución arriba mencionada se aprobaron los modelos de Acta de Adhesión y de Acta Acuerdo a suscribir con los prestadores, facultando a los Directores Ejecutivos Locales a su firma en representación del Instituto. Que en ese sentido, la Disposición Conjunta N° 101/14, esta Gerencia y las Unidades de Análisis, Estadística y Planeamiento y de Desarrollo e Innovación reglamentaron la Resolución N° 311/14/DE y aprobaron el circuito de pago de prestaciones de Medicina Física y Rehabilitación, con vigencia a partir del 1° de junio de 2014. Que la División Medicina Física y Rehabilitación dependiente de la Coordinación Prestaciones Médicas, entiende procedente la acreditación del peticionante desde el punto de vista técnico. Que la Comisión Evaluadora considera que se encuentra en condiciones de ser acreditado en forma definitiva para brindar servicios en el Modelo de Atención Médicas en Prestaciones Especiales, Medicina Física y Rehabilitación, en cumplimiento con los requisitos exigidos por el Anexo V de la Resolución N° 379/08/DE. Que, asimismo, la Unidad de Gestión Local manifiesta la necesidad de acreditar al prestador en las modalidades ofrecidas. Que por lo expuesto y a los fines de implementar el Modelo Definitivo, resulta procedente aprobar la propuesta de selección del prestador efectuada por la Comisión Evaluadora, y acreditarlos en forma definitiva. Que la Asesoría Jurídica ha tomado la intervención de su competencia. Por ello y en uso de las facultades conferidas por las Resolución N° 0004/15-DE EL GERENTE DE PRESTACIONES MÉDICAS DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Aprobar la propuesta de selección del prestador que brindan servicios en el ámbito de la UGL XV - SANTA FE, la que se agrega como ANEXO I a la presente. ARTÍCULO 2°.- Decretar la acreditación definitiva del Prestador FERMAY S. R. L., detallado en el Anexo I, a fin de implementar en forma definitiva el Modelo de Atención Médica en Prestaciones Especiales, Medicina Física y Rehabilitación. ARTÍCULO 3°.- Instruir al Director Ejecutivo de la UGL XV SANTA FE a los fines de suscribir las Actas aprobadas por la Resolución N° 311/14/DE con el prestador mencionado en el Anexo I de la presente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese a Dirección Ejecutiva, Subdirección Ejecutiva; Coordinación Ejecutiva, Sindicatura General, Unidad de Auditoria Prestacional, Unidad de Auditoria Interna, Gerencia de Asuntos Jurídicos, Gerencia de Coordinación de Unidades de Gestión local, Unidad de Gestión local XV SANTA FE, Gerencia Económico Financiera, y Subgerencia de Programas y Prestaciones Especiales a sus efectos. Publíquese en el Boletín del Instituto y oportunamente archívese. DISPOSICIÓN N° 2004/GPM/16 Dr. Hernán Carlos CHAVIN – Gerente de Prestaciones Médicas índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 7 7 página Año XII - N° 2695 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016 ANEXO I - DISPOSICIÓN N° 2004/GM/16 PRESTADOR EN CONDICIONES DE SER ACREDITADO EN FORMA DEFINITIVA EN EL MODELO DE ATENCIÓN MÉDICA EN PRESTACIONES ESPECIALES, MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN UGL XV - SANTA FE- Ámbito correspondiente a la totalidad de la UGL.Prestador: - FERMAY S. R. L. Modalidad Ofrecida: Módulo Mensual de Cuidados Especiales de Asistencia Domiciliaria (MMAD) Nivel A, B y C. Disposición N° 0255 BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0012615-6, las Resoluciones N° 135/I/03, 1039/DE/10 y 0002/DE/15 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 60 de la Resolución N° 135/I/03, se estableció que la integración de la Comisión Evaluadora deberá ser definida por la máxima autoridad del Instituto para cada contratación. Que, a través de la Resolución N° 1039/DE/10, el Director Ejecutivo del Instituto delegó en la COORDINACIÓN EJECUTIVA la competencia reglamentaria relativa a la designación, integración y demás aspectos operativos de las Comisiones Evaluadoras. Que por el artículo 3° de la Resolución N° 0002/DE/15 se asignó a la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA los objetivos y responsabilidades que hacían a la competencia de la COORDINACIÓN EJECUTIVA, suprimiéndose ésta última. Que por el expediente citado en el VISTO se encuentra en trámite la Licitación Pública N° 80/16, cuyo objeto consiste en la provisión de insumos para cirugía general y mínimamente invasiva, para atender la demanda de los afiliados del INSTITUTO en todo el país por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. Que, en razón de lo expuesto, resulta necesario designar a los integrantes de la Comisión Evaluadora que intervendrá en el mencionado proceso de contratación. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 2/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y por la Resolución N° 0002/DE/15, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Designar para integrar la Comisión Evaluadora correspondiente a la Licitación Pública N° 80/16 a los agentes: FERNANDEZ, Daniel (Leg. 57.220); SPIKA, Martín (Legajo N° 65.066) y DE MURUA, Yamila (Legajo N° 61.180). ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0255/SDE/2016 Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo Disposición N° 0256 BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0011374-7, las Resoluciones N° 135/I/03, 1039/DE/10 y 0002/DE/15 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 60 de la Resolución N° 135/I/03, se estableció que la integración de la Comisión Evaluadora deberá ser definida por la máxima autoridad del Instituto para cada contratación. Que, a través de la Resolución N° 1039/DE/10, el Director Ejecutivo del Instituto delegó en la COORDINACIÓN EJECUTIVA la competencia reglamentaria relativa a la designación, integración y demás aspectos operativos de las Comisiones Evaluadoras. Que por el artículo 3° de la Resolución N° 0002/DE/15 se asignó a la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA los objetivos y responsabilidades que hacían a la competencia de la COORDINACIÓN EJECUTIVA, suprimiéndose ésta última. Que por el expediente citado en el VISTO se encuentra en trámite la Licitación Pública N° 83/16, cuyo objeto consiste en la provisión de insumos de uso en cirugía cardiovascular, para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. Que, en razón de lo expuesto, resulta necesario designar a los integrantes de la Comisión Evaluadora que intervendrá en el mencionado proceso de contratación. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 2/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y por la Resolución N° 0002/DE/15, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Designar para integrar la Comisión Evaluadora correspondiente a la Licitación Pública N° 83/16 a los agentes: FERNANDEZ, Daniel (Leg. 57.220); SPIKA, Martín (Legajo N° 65.066) y DE MURUA, Yamila (Legajo N° 61.180). ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0256/SDE/2016 Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 8 8 página Año XII - N° 2695 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016 Disposición N° 0257 BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008882-3, las Resoluciones N° 135/I/03, 1039/DE/10 y 0002/DE/15 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 60 de la Resolución N° 135/I/03, se estableció que la integración de la Comisión Evaluadora deberá ser definida por la máxima autoridad del Instituto para cada contratación. Que, a través de la Resolución N° 1039/DE/10, el Director Ejecutivo del Instituto delegó en la COORDINACIÓN EJECUTIVA la competencia reglamentaria relativa a la designación, integración y demás aspectos operativos de las Comisiones Evaluadoras. Que por el artículo 3° de la Resolución N° 0002/DE/15 se asignó a la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA los objetivos y responsabilidades que hacían a la competencia de la COORDINACIÓN EJECUTIVA, suprimiéndose ésta última. Que por el expediente citado en el VISTO se encuentra en trámite la Licitación Pública N° 75/16, cuyo objeto consiste en la provisión en plaza de prótesis y elementos traumatológicos implantables, para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. Que, en razón de lo expuesto, resulta necesario designar a los integrantes de la Comisión Evaluadora que intervendrá en el mencionado proceso de contratación. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 2/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y por la Resolución N° 0002/DE/15, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE: A RTÍ CU LO 1°.- D e s i g nar par a i nte g r ar l a C o m i s i ó n Evaluadora correspondiente a la Licitación Pública N° 75/16 a los agentes: SPIK A, Martín (Legajo N° 65.066); CUESTA, Erika (Legajo N° 64.919) y NICOLINO, Tomás (DNI 30.727.400). ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0257/SDE/2016 Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director Ejecutivo Dr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 1045/DE/16 Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa [email protected] / [email protected] [email protected] índice índice página 9 9 página
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