26 - Pami

Año XII - N° 2695
BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016
DISPOSICIONES CONJUNTAS
N° 0547-GA-GPAUGL-16
Autoriza Llamado a CP - Inmueble UGL XXII................... pág.1
N° 0548-GA-GPAUGL-16
Renueva alquiler de Inmueble UGL XXVI - Bariloche... pág.1
RESOLUCIONES
N° 2310
Autoriza Ampliación de jornada laboral - USA.............pág.3
N° 2352
Renueva contrataciones............................................................pág.4
N° 2353
Designa Jefe Agcia. Villa Ballester - UGL VIII................pág.4
N° 2354
Modifica art. 1° - Res. N° 2044/DE/16.................................pág.5
DISPOSICIONES
N° 2000-GPM-16
Acredita Prestador en la UGL V - Bahía Blanca............ pág.7
N° 2004-GPM-16
Acredita Prestador en la UGL XV - Santa Fe.................. pág.7
N° 0255-SDE-16
Designa Comisión Evaluadora LP N° 80/16.....................pág.8
N° 0256-SDE-16
Designa Comisión Evaluadora LP N° 83/16....................pág.8
N° 0257-SDE-16
Designa Comisión Evaluadora LP N° 75/16....................pág.9
Disposición Conjunta N° 0547
BUENOS AIRES, 22 DIC. 2016
VISTO el Expediente N° 0830-2014-0002360-1 y,
CONSIDERANDO:
Que la Gerencia de Planificación y Administración de Unidades
de Gestión Local considera necesaria la implementación de un
llamado a Concurso Privado para la búsqueda en locación de un
inmueble apto para oficinas y atención al público para albergar la
Sede de la Unidad de Gestión Local XXII - JUJUY.
Que el mismo deberá encuadrarse en lo normado por la
Resolución N° 135/I/03 y su modificatoria N° 142/DE/07.
Que a tal fin la Subgerencia de Recursos Físicos dependiente de la
Gerencia de Administración elaboró la documentación necesaria
para la realización del llamado.
Que el monto estimado de la contratación asciende a la suma de
PESOS ONCE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO
MIL ($ 11.775.000), considerando los treinta y seis (36) meses de
duración de la misma.
Que la Gerencia de Planificación y Administración de Unidades
de Gestión Local ha informado sobre la existencia de partida
presupuestaria preventiva para la contratación propuesta.
Que asimismo la Dirección Ejecutiva y la Subdirección Ejecutiva
han tomado conocimiento de la Disposición de Recursos
pertinente, en cumplimiento de lo previsto en el Anexo II de la
Resolución N° 0844/DE/16.
Que deberán arbitrarse los medios para dar al llamado una
amplia difusión.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones
N° 0844/DE/16, N° 04/DE/15, N° 03/DE/16 y N° 49/DE/16,
EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y
EL GERENTE DE PLANIFICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN
DE UNIDADES DE GESTIÓN LOCAL
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONEN:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la Unidad de Gestión Local XXII JUJUY a realizar un llamado a Concurso Privado para la búsqueda
en locación de un inmueble apto para oficinas y atención al público
para albergar su Sede, el que deberá efectuarse en un todo de
acuerdo a las normas vigentes: Resolución N° 135/I/03 y su
modificatoria N° 142/DE/07 y la documentación obrante en autos.
ARTÍCULO 2°.- Cumplido remitir el expediente a la Subgerencia
de Recursos Físicos, con el análisis técnico de las ofertas, el
informe de la Asesoría Jurídica y del Departamento Administrativo
de la Unidad de Gestión Local referente al cumplimiento de los
aspectos legales y formales de las ofertas que se presenten y su
perfeccionamiento si fuera necesario.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido archívese.
DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0547/GA-GPAUGL/16
Enrique M. NOLTING – Gerente de Administración
Cdor. Alejandro FRANCESCHELLI – Gerente de Planificación y
Administración de UGL
Disposición Conjunta N° 0548
BUENOS AIRES, 22 DIC. 2016
VISTO el Expediente N° 930-2010-03416-1-0000 y,
CONSIDERANDO:
Que el contrato de locación del inmueble sito en la calle Vice
Almirante O’Connor N° 847 de la Ciudad de San Carlos de
Bariloche , Provincia de Río Negro ocupado actualmente por el
Centro de Atención Personalizada BARILOCHE dependiente
de la Unidad de Gestión Local XXVII - RÍO NEGRO, operó su
vencimiento el 15-12-2016.
Que la Jefatura de la citada Agencia, la Dirección Ejecutiva de
la Unidad de Gestión Local XXVII - RÍO NEGRO y la Gerencia
de Planificación y Administración de Unidades de Gestión Local
consideraron conveniente la renovación del contrato de alquiler
del citado inmueble.
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BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016
Que en virtud de ello se implementó el procedimiento previsto
en el punto 2) inciso b) del artículo 83° del Anexo I de la
Resolución N° 135/03/I, que fuera modificado por el Artículo 1°
de la Resolución N° 142/07/DE, para la renovación del vínculo
contractual, solicitando la Unidad de Gestión Local XXVII RÍO NEGRO, seis (6) tasaciones de inmobiliarias, referidas
al inmueble en cuestión, realizando la División Inmuebles del
Departamento Coordinación Técnica y Administrativa de la
Subgerencia de Recursos Físicos una séptima tasación, de las
que surge que el menor valor tasado es de PESOS CUARENTA
Y CINCO MIL ($ 45.000), IVA incluido, para el primer año de
contratación.
Que el canon locativo mensual requerido por el propietario es de
PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000) para el primer año
de locación, de PESOS CINCUENTA Y SIETE ($57.000) para el
segundo año de locación y de PESOS SETENTA MIL ($70.000)
para el tercer año de locación, todos con IVA incluido, valores que
resultan razonables de plaza y acordes a la modalidad actual del
mercado inmobiliario.
Que el contrato deberá comenzar a regir a partir del 16-12-2016,
en virtud de la fecha de vencimiento del anterior convenio.
Que el monto total de la contratación, por los treinta y seis (36)
meses de duración de la misma, es de PESOS DOS MILLONES
SESENTA Y CUATRO MIL ($ 2.064.000).
Que el Locador abonará los impuestos municipal y provincial, la
tasa de agua y demás contribuciones que por ley correspondan
a la propiedad y el Locatario los gastos que obedezcan al uso
del inmueble, incluyendo en dichos gastos los originados por
expensas ordinarias, si correspondiere y por la utilización de luz
eléctrica, agua y gas.
Que la renovación del alquiler se ha gestionado en forma directa
con el propietario, no existiendo gastos de intermediación.
Que la Gerencia de Planificación y Administración de Unidades
de Gestión Local ha indicado que existe partida presupuestaria
para la contratación que se gestiona.
Que la Subdirección Ejecutiva ha tomado conocimiento de la
Disposición de Recursos pertinente, en cumplimiento de lo
previsto en el Anexo II de la Resolución N° 0844/DE/16.
Que las Gerencias de Administración y de Planificación y
Administración de Unidades de Gestión Local han actuado
conforme sus facultades.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Asesoría
Jurídica de la Gerencia de Administración.
Que la contratación que se propicia encuadra en lo normado en
el punto 2 inciso b) de la Resolución N° 142/DE/07.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones
N° 0844/DE/16, N° 04/DE/15, N° 03/DE/16 y N° 49/DE/16,
EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EL GERENTE DE
PLANIFICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE UNIDADES
DE GESTIÓN LOCAL DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONEN:
ARTÍCULO 1°.- Renovar la contratación en alquiler del inmueble
sito en la calle Vice Almirante O’Connor N° 847 de la Ciudad de
San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, actual sede
Centro de Atención Personalizada BARILOCHE dependiente de
la Unidad de Gestión Local XXVII - RÍO NEGRO, ascendiendo
el monto total de la contratación a la suma de PESOS
DOS MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL ($ 2.064.000),
considerando los treinta y seis (36) meses de duración de la
misma, pagaderos mediante un canon locativo mensual de
PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000) para el primer año
de locación, de PESOS CINCUENTA Y SIETE ($57.000) para el
segundo año de locación y de PESOS SETENTA MIL ($70.000)
para el tercer año de locación, todos con IVA incluido, conforme
el texto del modelo de contrato que se agrega como Anexo I y
que forma parte de la presente.
ARTICULO 2°.- Facultar al Titular de la Unidad de Gestión Local
XXVII - RÍO NEGRO a suscribir dicho contrato en representación
del Instituto, debiendo remitir a la Subgerencia de Recursos
Físicos uno de los originales del mismo para su registro y archivo.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0548/GA-GPAUGL/16
Enrique M. NOLTING - Gerente de Administración
Cdor. Alejandro FRANCESCHELLI – Gerente de Planificación
y Administración de UGL
ANEXO I - DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0548-16
MODELO CONTRATO DE ALQUILER
Entre
(D.N.I N°
) con domicilio en
en adelante
“EL LOCADOR “, por una parte y por la otra el INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y
PENSIONADOS, representado en este acto por
(D.N.I N°
) con domicilio en
,en lo sucesivo “EL
LOCATARIO”, se conviene en celebrar el contrato de locación
conforme las siguientes cláusulas:
PRIMERA: “EL LOCADOR” da en locación a “EL LOCATARIO”,
el inmueble de su propiedad, ubicado en la calle Vice Almirante
O’Connor N° 847 de la Ciudad de San Carlos de Bariloche
- Provincia de Río Negro, que tiene las dimensiones y
características detalladas en el plano anexo y que se considera
integrante del presente.
SEGUNDA: La locación se pacta por el término de tres (3)
años contados a partir del 16-12-16 operando su vencimiento
el 15-12-19.
TERCERA: “EL LOCATARIO” podrá rescindir el presente
contrato en cualquier momento, debiendo notificar su decisión
a “EL LOCADOR” en forma fehaciente. Dicha rescisión no dará
lugar a ningún tipo de indemnización.
CUARTA: El monto total de la contratación por los treinta y seis
(36) meses de duración de la misma, se pacta en la suma de
Pesos Dos Millones Sesenta y Cuatro Mil ($2.064.000), I.V.A.
incluido, pagaderos mediante un canon locativo mensual de
Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($45.000) para el primer año de
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locación, de Pesos Cincuenta y Siete Mil ($57.000) para el
segundo año de locación y de Pesos Setenta Mil ($70.000) para
el tercer año de locación. Respecto al Impuesto al Valor Agregado
(I.V.A.), este Instituto es considerado exento por lo que la alícuota
correspondiente al mismo o cualquier otro impuesto o gravamen
que afecte el precio, se encuentra incluido en el mismo.
QUINTA: El alquiler se abonará del 01 al 10 de cada mes por
períodos adelantados en las oficinas de “EL LOCATARIO” sitas
en .
SEXTA: “EL LOCADOR” abonará los impuestos municipal y
provincial, la tasa de agua y demás contribuciones que por ley
correspondan a la propiedad y “EL LOCATARIO” los gastos que
obedezcan al uso del inmueble. Se entienden incluidos en dichos
gastos, los originados por expensas ordinarias, si correspondiere
y por la utilización de luz eléctrica, agua y gas.
SÉPTIMA: Las obligaciones del “EL LOCADOR” y “EL
LOCATARIO” en cuanto a los gastos de conservación y
mantenimiento, se regirán por las disposiciones del Código Civil
y Comercial de la Nación sobre la materia.
OCTAVA: “EL LOCATARIO” destinará el inmueble locada
para sede del Centro de Atención Personalizada BARILOCHE
dependiente de la Unidad de Gestión Local XXVII - RÍO NEGRO
o de cualquier otra dependencia que posteriormente decida
instalar en razón de su actividad o de los servicios que son de
su competencia.
NOVENA: “EL LOCATARIO” recibe el inmueble en el estado
de conservación en que se encuentra, según se detalla en el
inventario anexo, que pasa a ser parte integrante del presente,
comprometiéndose a devolverlo en el mismo estado, salvo los
posteriores deterioros producidos por el buen uso y la acción
del tiempo.
DÉCIMA: “EL LOCATARIO” podrá realizar, en la cosa arrendada,
las mejoras necesarias que hagan a su utilidad o comodidad,
como así también realizar las instalaciones que faciliten el
cumplimiento del destino que se acuerda al inmueble en virtud
de lo dispuesto en la cláusula Octava del presente contrato, sin
necesidad de autorización por parte de “EL LOCADOR”, siempre
que las mismas no alteren la forma o solidez del edificio.
DÉCIMO PRIMERA: “EL LOCATARIO” se compromete a abonar
en un plazo no mayor a diez (10) días corridos contados a partir
de la firma del presente contrato, en carácter de depósito de
garantía, la suma de Pesos Veintiún Mil Quinientos ($21.500),
equivalente a la diferencia entre el monto del depósito de
garantía abonado al comienzo del contrato de locación de fecha
15/12/2013, que se encuentra en poder de “EL LOCADOR” y el
monto del canon mensual acordado en la CLAUSULA CUARTA
del presente, quedando así constituido un depósito de garantía de
Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($45.000). Dicho depósito de garantía
quedará en poder de “EL LOCADOR” hasta la devolución del
inmueble, oportunidad en la que procederá a restituirlo a “EL
LOCATARIO”, sin necesidad de interpelación alguna.
DÉCIMO SEGUNDA: A los efectos del pago del sellado
correspondiente al presente contrato se deja constancia que “EL
LOCATARIO” se encuentra exento del mismo por el art. 13 de la
ley 19.032, motivo por el cual queda a cargo de “EL LOCADOR”
el pago del cincuenta por ciento (50%) del importe total que
corresponde tributar, salvo que éste acredite en forma fehaciente
ante “EL LOCATARIO” estar exento del pago del mencionado
gravamen dentro de los (2) días de la suscripción del presente.
DÉCIMO TERCERA: Para todos los efectos emergentes de
este contrato, las partes constituyen los siguientes domicilios
especiales: “EL LOCADOR” en
y “EL LOCATARIO” en .
Las partes se someten a los Tribunales Federales de
con
exclusión de todo otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto, en a los días del
mes de del año .-
Resolución N° 2310
BUENOS AIRES, 22 DIC. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0016939-4, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente tramita la ampliación de la carga
horaria, a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor,
de la agente Lucía Mercedes NOCETTI FASOLINO (Legajo
N° 64557 PROFTRC CH35SEM INI) de la Unidad Secretaría
Administrativa, dependiente de esta Dirección Ejecutiva.
Que la titular de la Unidad Secretaría Administrativa requiere
dicha ampliación horaria en virtud de las funciones que
desempeña la agente.
Que por lo expuesto se estima procedente hacer lugar a lo
peticionado, autorizando, la ampliación de la carga horaria a
cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de la agente
Lucía Mercedes NOCETTI FASOLINO, correspondiendo la
percepción del adicional por Mayor Carga Horaria, previsto en
el artículo 23 de la Resolución N° 1523/DE/05.
Que sin perjuicio de lo señalado precedentemente corresponde
dejar aclarado que la diferencia salarial producto de la ampliación
de la carga horaria, se hará efectiva a partir del primer día del
mes siguiente a su notificación.
Que por último se deja constancia que la agente Lucía Mercedes
NOCETTI FASOLINO deberá realizar la presentación dentro de
los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación,
del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación
en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2 y 3 del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1 del Decreto PEN
N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
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Año XII - N° 2695
BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016
ARTÍCULO 1°.- Autorizar, la ampliación de la jornada laboral,
a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de la
agente Lucía Mercedes NOCETTI FASOLINO (Legajo N°
64557 PROFTRC CH35SEM INI) de la Unidad Secretaría
Administrativa, dependiente de esta Dirección Ejecutiva,
correspondiendo la percepción del adicional por Mayor Carga
Horaria, previsto en el artículo 23 de la Resolución N° 1523/
DE/05.
ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que la diferencia salarial,
correspondiente a la ampliación de la carga horaria, que se
autoriza por el artículo 1° de la presente, se hará efectiva a partir
del primer día del mes siguiente a su notificación.
ARTÍCULO 3°.- Disponer que la agente Lucía Mercedes
NOCETTI FASOLINO deberá realizar la presentación dentro de
los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación,
del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación
en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 2310
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Resolución N° 2352
BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0018297-8, la Resolución
N° 037/DE/04 y,
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramita la renovación de
los contratos de locación de servicio desde el 1 de enero y hasta
el 31 de diciembre de 2017, con los montos y destinos que en
cada caso indica, oportunamente suscriptos con las personas
nominadas en el Anexo I de la presente.
Que a tal fin han tomado intervención las áreas competentes
del Instituto.
Que se delega la firma de los contratos, cuyo modelo fue
aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la
Gerencia de Administración.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2 y 3 del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1 del Decreto PEN
N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Renovar, desde el 1 de enero y hasta el 31 de
diciembre de 2017, los contratos suscriptos con las personas
nominadas en el Anexo I de la presente, con los montos y
destinos que en cada caso se indica.
ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo
fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de
la Gerencia de Administración.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 2352
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director ejecutivo
Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de
Documentación por correo a: [email protected]
Resolución N° 2353
BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016
VISTO las Resoluciones N° 02/DE/15, N° 03/DE/16, N° 1172/
DE/16, el Expediente N° 0200-2016-0015156-8, y
CONSIDERANDO:
Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se
dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del
Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades
y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera
dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que
imponen las normas que regulan su accionar.
Que por las Resoluciones N° 03/DE/16 y N° 1172/DE/16, y
con carácter complementario a la estructura aprobada en
la Resolución N° 02/DE/15, se modificó la estructura de la
Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas
unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando
y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales
inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura
de una mayor racionalidad y eficiencia.
Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de
los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento
de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las
prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la
población a quien debe prestar cobertura este Instituto.
Que en pos de lo enunciado precedentemente se estima
conveniente contar, también, con las líneas jerárquicas conforme
la estructura organizacional, resultando para ello imprescindible
proceder a la cobertura de diversas unidades orgánicas de este
Instituto, con la finalidad de brindar un servicio eficiente y eficaz.
Que en ese sentido, resulta procedente designar con funciones
de Jefe de la Agencia Villa Ballester, de la Unidad de Gestión
Local VIII - San Martín, de la Gerencia Operativa y Coordinación
de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría
General Técnico Operativa, a la Señora Diana IOVINE (CUIT N°
27-13017049-3), correspondiendo su inclusión en las previsiones
del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución
1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N°
833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B
dentro del Agrupamiento que corresponda según lo estipulado
en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga
horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo
a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06
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Año XII - N° 2695
BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016
y Resolución N° 1002/DE/07.
Que corresponde dejar constancia que la Señora Diana IOVINE
(CUIT N° 27-13017049-3), conforme lo estipulado en el artículo
4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los
Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días
a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación
del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado
de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio
de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando
sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico
preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por
intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia
de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de
Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General
de Administración, como así también a la exhibición de la
documental previsional emitida por los organismos competentes,
que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de
acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para
acceder al beneficio previsional.
Que la presente designación tendrá principio de ejecución una
vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra,
y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de
prestación de servicios.
Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio
de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo
de sesenta (60) días desde la fecha de la presente, quedará
automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión
de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2 y 3 del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1 del Decreto PEN
N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar con funciones de Jefe de la Agencia
Villa Ballester, Unidad de Gestión Local VIII - San Martín,
de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1
(CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico
Operativa, a la Señora Diana IOVINE (CUIT N° 27-130170493), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso
g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/
DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/
DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B
dentro del Agrupamiento que corresponda según lo estipulado
en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga
horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo
a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06
y Resolución N° 1002/DE/07.
ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que la Señora Diana IOVINE
(CUIT N° 27-13017049-3), conforme lo estipulado en el artículo
4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los
Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días
a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación
del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado
de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio
de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando
sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico
preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por
intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia
de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de
Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General
de Administración, como así también a la exhibición de la
documental previsional emitida por los organismos competentes,
que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de
acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para
acceder al beneficio previsional.
ARTÍCULO 3°.- Tener presente que la designación que se
propicia tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados
todos los requisitos establecidos en el artículo 2° de la presente,
y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de
prestación de servicios.
ARTÍCULO 4°.- Establecer que de no tener principio de ejecución
el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60)
días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente
sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de
igual naturaleza que así lo disponga.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 2353
Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Resolución N° 2354
BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016
VISTO la Resolución N° 2044/DE/16, el Expediente N° 02002016-0017963-2, y,
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 2044/DE/16 se autorizó la contratación
de Caratti, Javier Carlos (CUIL 20-25895448-4), Bancora, Martin
(CUIL 20-20988536-1) y Maglietti, Sofía (CUIL 27-31061659-7)
para prestar servicios en la Agencia San Isidro de la Unidad
de Gestión Local VIII - San Martín, de la Gerencia Operativa y
Coordinación de UGL- Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de
la Secretaria General Técnico Operativa.
Que en la misma se estableció que las contrataciones tendrían
vigencia desde el día de la notificación y hasta el 31 de diciembre
de 2016.
Que, no obstante ello, la mencionada Secretaria solicitó la
rectificación de las fechas de ingreso de las personas detalladas
en el considerando primero.
Que en consecuencia, corresponde modificar el artículo 1° de la
Resolución N° 2044/DE/16, y establecer que las contrataciones
citadas tendrán vigencia desde el 1 de septiembre de 2016 y
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DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016
hasta el 31 de diciembre de 2016.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2 y 3 del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1 del Decreto PEN
N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 2044/
DE/16, que quedará redactado de la siguiente forma: Autorizar
las contrataciones de las personas que se individualizan en
el Anexo I, desde el 1 de septiembre de 2016 hasta el 31 de
diciembre de 2016, con los montos que en cada caso se indica,
para prestar servicios en la Agencia San Isidro de la Unidad de
Gestión Local VIII - San Martín, dependiente de la Secretaría
General Técnico Operativa.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 2354
Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Disposición N° 2000
BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016
VISTO el expediente N° 0310-2015-0002802-0 y las Resoluciones
N° 379/08/DE, N° 995/09/DE, N° 1528/09/DE, N° 0025/12/DE
y N° 311/14/DE, Disposición Conjunta N° 101/14/GPM-UDIUAEP, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 379/08/DE se declaró la emergencia
prestacional de Atención Médica en Prestaciones Especiales,
Medicina Física y Rehabilitación en todo el ámbito nacional.
Que por Resolución N° 428/09/DE se aprobaron las Pautas
de Autorización de las Prestaciones de Medicina Física y
Rehabilitación y los Criterios de Auditoría Médica de Facturación,
como así también se realizaron modificaciones en el Menú
Prestacional aprobado por Resolución N° 379/08/DE.
Que el Menú Prestacional se compone de: 1) prestaciones
ambulatorias que pueden ser individuales o moduladas,
2) Módulo Mensual de Cuidados Especiales de Asistencia
Domiciliaria, 3) Internación Institucional.
Que la Resolución N° 995/09/DE, entre otras cuestiones delegó
en la Gerencia de Prestaciones Médicas la implementación
del Modelo definitivo de Atención Médica en Prestaciones
Especiales, Medicina Física y Rehabilitación.
Que por Resolución N° 1528/09/DE se aprobaron los anexos I
(Historia Clínica) y II (Penalidades) de los modelos de contratos
de Prestador Individual y Red Prestacional arriba mencionados.
Que por Resolución N° 311/14/DE se aprobó una nueva
modalidad de pago de las prestaciones de Medicina Física y
Rehabilitación contratadas bajo los lineamientos del modelo
aprobado por Resoluciones N° 379/DE/08, N° 428/09/DE, N°
995/09/DE y N° 1528/09/DE, o las que en el futuro las remplace.
Que a su vez, por Resolución arriba mencionada se aprobaron
los modelos de Acta de Adhesión y de Acta Acuerdo a suscribir
con los prestadores, facultando a los Directores Ejecutivos
Locales a su firma en representación del Instituto.
Que en ese sentido, la Disposición Conjunta N° 101/14, esta
Gerencia y las Unidades de Análisis, Estadística y Planeamiento
y de Desarrollo e Innovación reglamentaron la Resolución N°
311/14/DE y aprobaron el circuito de pago de prestaciones de
Medicina Física y Rehabilitación, con vigencia a partir del 1° de
junio de 2014.
Que la División Medicina Física y Rehabilitación dependiente de
la Coordinación Prestaciones Médicas, entiende procedente la
acreditación del peticionante desde el punto de vista técnico.
Que la Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca informa
que realizo auditoria prestacional en terreno, la cual arrojo
como resultado el cumplimiento de la empresa oferente para
la prestación del servicio, de acuerdo a la normativa de este
Instituto.
Que la Comisión Evaluadora considera que se encuentra en
condiciones de ser acreditado en forma definitiva para brindar
servicios en el Modelo de Atención Médicas en Prestaciones
Especiales, Medicina Física y Rehabilitación, en cumplimiento
con los requisitos exigidos por el Anexo V de la Resolución N°
379/08/DE.
Que por lo expuesto y a los fines de implementar el Modelo
Definitivo, resulta procedente aprobar la propuesta de selección
del prestador efectuada por la Comisión Evaluadora, y
acreditarlos en forma definitiva.
Que la Asesoría Jurídica ha tomado la intervención de su
competencia.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por las Resolución
N° 0004/15-DE
EL GERENTE DE PRESTACIONES MÉDICAS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la propuesta de selección del prestador
que brindan servicios en el ámbito de la UGL V - BAHIA
BLANCA, la que se agrega como ANEXO I a la presente.
ARTÍCULO 2°.- Decretar la acreditación definitiva del Prestador
OSER VIDA S.A., detallado en el Anexo I, a fin de implementar en
forma definitiva el Modelo de Atención Médica en Prestaciones
Especiales, Medicina Física y Rehabilitación.
ARTÍCULO 3°.- Instruir al Director Ejecutivo de la UGL V - BAHIA
BLANCA a los fines de suscribir las Actas aprobadas por la
Resolución N° 311/14/DE con el prestador mencionado en el
Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese a Dirección Ejecutiva,
Subdirección Ejecutiva; Coordinación Ejecutiva, Sindicatura
General, Unidad de Auditoria Prestacional, Unidad de
Auditoria Interna, Gerencia de Asuntos Jurídicos, Gerencia de
Coordinación de Unidades de Gestión Local, Unidad de Gestión
Local V - BAHIA BLANCA, Gerencia Económico Financiera, y
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BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016
Subgerencia de Programas y Prestaciones Especiales a sus
efectos. Publíquese en el Boletín del Instituto y oportunamente
archívese.
DISPOSICIÓN N° 2000/GPM/16
Dr. Hernán Carlos CHAVIN – Gerente de Prestaciones Médicas
ANEXO I – DISPOSICIÓN N° 2000-16
PRESTADOR EN CONDICIONES DE SER ACREDITADO
EN FORMA DEFINITIVA EN EL MODELO DE ATENCIÓN
MÉDICA EN PRESTACIONES ESPECIALES, MEDICINA
FÍSICA Y REHABILITACIÓN
UGL V- BAHIA BLANCA- Ámbito correspondiente a la Localidad
de Bahía Blanca, Coronel Rosales, Coronel Dorrego, Tres
Arroyos, Pigue y Patagones.
Prestador:
- OSER VIDA S.A.
Modalidad Ofrecida:
- Módulo Mensual de Cuidados Especiales de Asistencia
Domiciliaria Niveles A, B y C
Disposición N° 2004
BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016
VISTO el expediente N° 0 6 60 -2015 - 0 0 0 4876 - 8 y las
Resoluciones N° 379/08/DE, N° 995/09/DE, N° 1528/09/DE,
N° 0025/12/DE y N° 311/14/DE, Disposición Conjunta N° 101/14/
GPM-UDI-UAEP, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 379/08/DE se declaró la emergencia
prestacional de Atención Médica en Prestaciones Especiales,
Medicina Física y Rehabilitación en todo el ámbito nacional.
Que por Resolución N° 428/09/DE se aprobaron las Pautas
de Autorización de las Prestaciones de Medicina Física y
Rehabilitación y los Criterios de Auditoría Médica de Facturación,
como así también se realizaron modificaciones en el Menú
Prestacional aprobado por Resolución N° 379/08/DE.
Que el Menú Prestacional se compone de: 1) prestaciones
ambulatorias que pueden ser individuales o moduladas,
2) Módulo Mensual de Cuidados Especiales de Asistencia
Domiciliaria, 3) Internación Institucional.
Que la Resolución N° 995/09/DE, entre otras cuestiones delegó
en la Gerencia de Prestaciones Médicas la implementación
del Modelo definitivo de Atención Médica en Prestaciones
Especiales, Medicina Física y Rehabilitación.
Que por Resolución N° 1528/09/DE se aprobaron los anexos I
(Historia Clínica) y II (Penalidades) de los modelos de contratos
de Prestador Individual y Red Prestacional arriba mencionados.
Que por Resolución N° 311/14/DE se aprobó una nueva
modalidad de pago de las prestaciones de Medicina Física y
Rehabilitación contratadas bajo los lineamientos del modelo
aprobado por Resoluciones N° 379/DE/08, N° 428/09/DE, N°
995/09/DE y N° 1528/09/DE, o las que en el futuro las remplace.
Que a su vez, por Resolución arriba mencionada se aprobaron
los modelos de Acta de Adhesión y de Acta Acuerdo a suscribir
con los prestadores, facultando a los Directores Ejecutivos
Locales a su firma en representación del Instituto.
Que en ese sentido, la Disposición Conjunta N° 101/14, esta
Gerencia y las Unidades de Análisis, Estadística y Planeamiento
y de Desarrollo e Innovación reglamentaron la Resolución N°
311/14/DE y aprobaron el circuito de pago de prestaciones de
Medicina Física y Rehabilitación, con vigencia a partir del 1° de
junio de 2014.
Que la División Medicina Física y Rehabilitación dependiente de
la Coordinación Prestaciones Médicas, entiende procedente la
acreditación del peticionante desde el punto de vista técnico.
Que la Comisión Evaluadora considera que se encuentra en
condiciones de ser acreditado en forma definitiva para brindar
servicios en el Modelo de Atención Médicas en Prestaciones
Especiales, Medicina Física y Rehabilitación, en cumplimiento
con los requisitos exigidos por el Anexo V de la Resolución N°
379/08/DE.
Que, asimismo, la Unidad de Gestión Local manifiesta la
necesidad de acreditar al prestador en las modalidades
ofrecidas.
Que por lo expuesto y a los fines de implementar el Modelo
Definitivo, resulta procedente aprobar la propuesta de selección
del prestador efectuada por la Comisión Evaluadora, y
acreditarlos en forma definitiva.
Que la Asesoría Jurídica ha tomado la intervención de su
competencia.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por las Resolución
N° 0004/15-DE
EL GERENTE DE PRESTACIONES MÉDICAS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la propuesta de selección del prestador
que brindan servicios en el ámbito de la UGL XV - SANTA FE,
la que se agrega como ANEXO I a la presente.
ARTÍCULO 2°.- Decretar la acreditación definitiva del Prestador
FERMAY S. R. L., detallado en el Anexo I, a fin de implementar en
forma definitiva el Modelo de Atención Médica en Prestaciones
Especiales, Medicina Física y Rehabilitación.
ARTÍCULO 3°.- Instruir al Director Ejecutivo de la UGL XV SANTA FE a los fines de suscribir las Actas aprobadas por la
Resolución N° 311/14/DE con el prestador mencionado en el
Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese a Dirección Ejecutiva,
Subdirección Ejecutiva; Coordinación Ejecutiva, Sindicatura
General, Unidad de Auditoria Prestacional, Unidad de Auditoria
Interna, Gerencia de Asuntos Jurídicos, Gerencia de Coordinación
de Unidades de Gestión local, Unidad de Gestión local XV SANTA FE, Gerencia Económico Financiera, y Subgerencia de
Programas y Prestaciones Especiales a sus efectos. Publíquese
en el Boletín del Instituto y oportunamente archívese.
DISPOSICIÓN N° 2004/GPM/16
Dr. Hernán Carlos CHAVIN – Gerente de Prestaciones Médicas
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Año XII - N° 2695
BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016
ANEXO I - DISPOSICIÓN N° 2004/GM/16
PRESTADOR EN CONDICIONES DE SER ACREDITADO
EN FORMA DEFINITIVA EN EL MODELO DE ATENCIÓN
MÉDICA EN PRESTACIONES ESPECIALES, MEDICINA
FÍSICA Y REHABILITACIÓN
UGL XV - SANTA FE- Ámbito correspondiente a la totalidad
de la UGL.Prestador:
- FERMAY S. R. L.
Modalidad Ofrecida:
Módulo Mensual de Cuidados Especiales de Asistencia
Domiciliaria (MMAD) Nivel A, B y C.
Disposición N° 0255
BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0012615-6, las Resoluciones
N° 135/I/03, 1039/DE/10 y 0002/DE/15 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 60 de la Resolución N° 135/I/03, se
estableció que la integración de la Comisión Evaluadora deberá ser
definida por la máxima autoridad del Instituto para cada contratación.
Que, a través de la Resolución N° 1039/DE/10, el Director
Ejecutivo del Instituto delegó en la COORDINACIÓN EJECUTIVA
la competencia reglamentaria relativa a la designación,
integración y demás aspectos operativos de las Comisiones
Evaluadoras.
Que por el artículo 3° de la Resolución N° 0002/DE/15 se
asignó a la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA los objetivos
y responsabilidades que hacían a la competencia de la
COORDINACIÓN EJECUTIVA, suprimiéndose ésta última.
Que por el expediente citado en el VISTO se encuentra en trámite
la Licitación Pública N° 80/16, cuyo objeto consiste en la provisión
de insumos para cirugía general y mínimamente invasiva, para
atender la demanda de los afiliados del INSTITUTO en todo el
país por el término de doce (12) meses, con opción a renovación
por hasta igual período.
Que, en razón de lo expuesto, resulta necesario designar a los
integrantes de la Comisión Evaluadora que intervendrá en el
mencionado proceso de contratación.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto N° 2/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15,
ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y por la Resolución N°
0002/DE/15,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Designar para integrar la Comisión Evaluadora
correspondiente a la Licitación Pública N° 80/16 a los agentes:
FERNANDEZ, Daniel (Leg. 57.220); SPIKA, Martín (Legajo N°
65.066) y DE MURUA, Yamila (Legajo N° 61.180).
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN N° 0255/SDE/2016
Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo
Disposición N° 0256
BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0011374-7, las Resoluciones
N° 135/I/03, 1039/DE/10 y 0002/DE/15 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 60 de la Resolución N° 135/I/03, se
estableció que la integración de la Comisión Evaluadora deberá
ser definida por la máxima autoridad del Instituto para cada
contratación.
Que, a través de la Resolución N° 1039/DE/10, el Director
Ejecutivo del Instituto delegó en la COORDINACIÓN EJECUTIVA
la competencia reglamentaria relativa a la designación,
integración y demás aspectos operativos de las Comisiones
Evaluadoras.
Que por el artículo 3° de la Resolución N° 0002/DE/15 se
asignó a la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA los objetivos
y responsabilidades que hacían a la competencia de la
COORDINACIÓN EJECUTIVA, suprimiéndose ésta última.
Que por el expediente citado en el VISTO se encuentra en
trámite la Licitación Pública N° 83/16, cuyo objeto consiste en
la provisión de insumos de uso en cirugía cardiovascular, para
atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país
por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por
hasta igual período.
Que, en razón de lo expuesto, resulta necesario designar a los
integrantes de la Comisión Evaluadora que intervendrá en el
mencionado proceso de contratación.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto N° 2/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15,
ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y por la Resolución N°
0002/DE/15,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Designar para integrar la Comisión Evaluadora
correspondiente a la Licitación Pública N° 83/16 a los agentes:
FERNANDEZ, Daniel (Leg. 57.220); SPIKA, Martín (Legajo N°
65.066) y DE MURUA, Yamila (Legajo N° 61.180).
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN N° 0256/SDE/2016
Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo
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Año XII - N° 2695
BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 26 de Diciembre de 2016
Disposición N° 0257
BUENOS AIRES, 23 DIC. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008882-3, las Resoluciones
N° 135/I/03, 1039/DE/10 y 0002/DE/15 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 60 de la Resolución N° 135/I/03, se
estableció que la integración de la Comisión Evaluadora deberá
ser definida por la máxima autoridad del Instituto para cada
contratación.
Que, a través de la Resolución N° 1039/DE/10, el Director
Ejecutivo del Instituto delegó en la COORDINACIÓN EJECUTIVA
la competencia reglamentaria relativa a la designación,
integración y demás aspectos operativos de las Comisiones
Evaluadoras.
Que por el artículo 3° de la Resolución N° 0002/DE/15 se
asignó a la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA los objetivos
y responsabilidades que hacían a la competencia de la
COORDINACIÓN EJECUTIVA, suprimiéndose ésta última.
Que por el expediente citado en el VISTO se encuentra en trámite
la Licitación Pública N° 75/16, cuyo objeto consiste en la provisión
en plaza de prótesis y elementos traumatológicos implantables,
para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el
país por el término de doce (12) meses, con opción a renovación
por hasta igual período.
Que, en razón de lo expuesto, resulta necesario designar a los
integrantes de la Comisión Evaluadora que intervendrá en el
mencionado proceso de contratación.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto N° 2/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15,
ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y por la Resolución N°
0002/DE/15,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONE:
A RTÍ CU LO 1°.- D e s i g nar par a i nte g r ar l a C o m i s i ó n
Evaluadora correspondiente a la Licitación Pública N°
75/16 a los agentes: SPIK A, Martín (Legajo N° 65.066);
CUESTA, Erika (Legajo N° 64.919) y NICOLINO, Tomás
(DNI 30.727.400).
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en
el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN N° 0257/SDE/2016
Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director Ejecutivo
Dr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo
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Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 1045/DE/16
Edición: División Gestión Electrónica de Normativa
Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa
[email protected] / [email protected]
[email protected]
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