continuidad del servicio médico a hijos mayores de edad

CONTINUIDAD DEL SERVICIO MÉDICO A HIJOS MAYORES DE EDAD
ESTUDIANTES
AREA RESPONSABLE
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE SALUD.
REQUISITOS
Conforme al artículo 22 fracción III de las Reglas de Operación del Plan de Previsión
Social de los Miembros de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, que establece
“…los hijos solteros mayores de 18 y menores de 25 años en los términos de la
fracción anterior, previa comprobación de que están realizando estudios de nivel medio
o superior de cualquier rama de conocimiento en planteles oficiales o reconocidos, y
que no tengan un trabajo remunerado”.
DOCUMENTACIÓN
 Escrito de petición.
 Origina de comprobación fehaciente de encontrarse realizando estudios de nivel
medio o superior de cualquier rama de conocimiento en planteles oficiales o
reconocidos.
FORMATO
No aplica.
LUGAR DE ATENCIÓN
Diagonal 20 de Noviembre No. 294, Acceso 1, Col. Obrera, Deleg. Cuauhtémoc, C.P.
06800.
HORARIOS DE ATENCIÓN
Lunes a viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 18:00
COSTO
Sin costo