CONTINUIDAD DEL SERVICIO MÉDICO A HIJOS MAYORES DE EDAD ESTUDIANTES AREA RESPONSABLE DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE SALUD. REQUISITOS Conforme al artículo 22 fracción III de las Reglas de Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, que establece “…los hijos solteros mayores de 18 y menores de 25 años en los términos de la fracción anterior, previa comprobación de que están realizando estudios de nivel medio o superior de cualquier rama de conocimiento en planteles oficiales o reconocidos, y que no tengan un trabajo remunerado”. DOCUMENTACIÓN Escrito de petición. Origina de comprobación fehaciente de encontrarse realizando estudios de nivel medio o superior de cualquier rama de conocimiento en planteles oficiales o reconocidos. FORMATO No aplica. LUGAR DE ATENCIÓN Diagonal 20 de Noviembre No. 294, Acceso 1, Col. Obrera, Deleg. Cuauhtémoc, C.P. 06800. HORARIOS DE ATENCIÓN Lunes a viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 18:00 COSTO Sin costo
© Copyright 2024