Año XXIII, núm. 1171, 4 de abril de 1963 - Biblioteca Virtual Miguel

ESCVELA
ESPAÑ2LA
EFECTOS DE-UNA
REFORMA
Año XXil!
Núm 1 1 7 1
No sabemos si es por la proximidad de un nuevo concurso o
Madrid, 4 de abril de 1963
porque en el desfile de problemas éste no ha dejado de ser actual,
es el caso que en estos últimos meses predomina en nuestra co¿Depóslío legal: M. 187.—isse
rrspondencia con los Maestros el tema de los diezmilistas. Nos
envían artículos, piden la revisión del Decreto o, al menos, una
?lara interpretación oficial, se
quejan de la desproporción entre el esfuerzo exigido y las vena
tajas conseguidas y hasta hay
quienes nos incitan a promover
campañas.
Nos hacemos cargo de esta
inquietud, aunque diferimos en
A POCOS MINUTOS DE LA PUERTA DEL SOL,
cuanto al procedimiento. Ya paJUNTO AL GRUPO ESCOLAR «JOAQUÍN COSTA»
saron, afortunadamente, los días
El Ministro de Educación Nacional, señor Lora Tamayo,
en que una campaña bien oracaba de hacer un gran regalo al Magisterio Nacional: terrequestada podía alterar un orno para que sea construido el Hogar del Maestro Jubilado,
den establecido o dar una senLa noticia, de la que ya teníamos rumores, nos ha sido
sación de unanimidad a lo que
confirmada por don Julián Jiménez, Director del citado Grusólo era limitada aspiración.
po «Joaquín Costa», en un artículo que publicamos íntegro
Hoy la razón se abre camino
en la última página.
por sí sola, sin que le acompaEsperamos que no tarde en ser una realidad la inauguñe batir de tambores.
ración y puesta en marcha del tan anhelado Hogar para nuesEl hecho de que el Estatuto
tros jubilados»
de 1947 se redujera a determinar los derechos administrati- j
vos de los Maestros y la falta
Sin embargo, como se trataba de un ensayo, y
de un Reglamento de Escuelas acomodado a las
circunstancias actuales y a las nuevas necesida- en él llevamos ya cuatro años cumplidos, condes de la enseñanza ha impuesto reformas frag- vendría considerar los propósitos' que impulsamentarias que, aun dictadas a título de ensayo, ron la medida con los resultados ofrecidos por
la experiencia.
han creado alguna confusión.
Uno de los temas más discutidos es el de pre
Una de estas reformas fué la señalada por el
Decreto de 5 de febrero de 1959. Su propósito fué, lación que señala el artículo 15. Si en el aparseguramente, el de dar rango a las oposiciones tado a) del mismo se señala a los «diezmilistas*
especiales entre Maestros. A esto obedecería, sin que estén en plazas de diez mil o a los que ten
duda, la creación de las oposiciones libres y di- gan reconocido el derecho a concursar por sólo la
rectas a plazas de superior censo, la división de oposición, ¿por qué en el apartado b) del mismo
las plazas por categorías que premiaran al más artículo se señala en inferioridad de condicioestudioso, la equivalencia, a estos efectos, de los nes a los que hayan ganado eí concurso opositítulos superiores o la mejor organización de ción «regulado por este Decreto»?
Algunos temen que esto suponga una discriías oposiciones.
minación a favor de los viejos, y aunque nosotros
hemos advertido a nuestros comunicantes que tal
discriminación no existe, según el texto del articuEN ESTE NUMERO:
lado, y considerando el D. de 22 de diciembre de
1960, ¿no sería conveniente fijar con" claridad
este
criterio?
Escuelas clausuradas.
Pág. 190
Y si se entrase en el estudio del Decreto, no estaría de más relacionar lo que éste establece con
Biografías de los nuevos Inspectores.
lo que señala el art. 71 del Estatuto, pues en la
Pág. 197
situación actual supone a los diezmilistas privarMatrículas gratuitas.
Pág. 198
les del derecho a concursillo de que gozan los
restantes Maestros.
Normas para solicitar subvenciones EscueEs posible también que se anuncien más «plalas privadas.
Pág. 193
zas sin destino» que las que precisan los patronatos, por lo que es conveniente o que se reduz
Premios Doncel 1963.
Pág. 196
ca el número de estas plazas en las convocatorias
Niños.
0 que, como antes, todas las vacantes del tercio
de diez mil salgan antes a concurso de traslado,
La semana.
proveyéndose por oposición, restringida «^ libre,
tan sólo las vacantes desiertas del concursa.
El Hogar del Maestro Jubilado, y
liene emplazamiento
4 de a b r i l
190
&&S PREGUNTAS
DE ESTOS D Í A S
CONCURSOS DE TRASLADOS
Ya habrán visto nuestros lectores
en el número anterior las convocatorias de ios tres concursos de trasfados: el general, el de párvulos y el
de diez mil. Parece <iue las listas de
vacantes están siendo preparadas con
urgencia por el Ministerio, de modo
que es probable aue para la próxima
semana se publiquen ya las vacantes
de alguno de los concursos, comenzando quizá por las del general.
OPOSICIONES a DIEZ MIL
Creemos aue no se demorará, mucho la publicación por el Ministerio
de las listas de admitidos a las oposiciones de diez mil directas y restringidas. Según nuestras noticias,
dichas listas se harán públicas al
mismo tierooo con los programas y
tos Tribunales.
PATRONATO
MUNICIPAL DE MADRID
Nuevamente nos han dicho en la
Sección de Enseñanza del Ayuntamiento aue el Tribunal seleccionador
todavía no ha firmado la lista de
los Maestros y Maestras seleccionados. Es de esperar ene no se demoren más en la publicación. Si nos facilitan la lista, como nos han prometido, la daremos a conocer inmediatamente a nuestros lectores.
OPOSICIONES A INGRESO
Sabemos que los Tribunales de
toda España están haciendo u n gran
esfuerzo para calificar el primer ejercicio, ya realizado, dentro del plazo
previsto por el Ministerio, es decir
antes del día 10. Algunos Tribunales
ya han anunciado la convocatoria del
segundo ejercicio para el día 16 del
corriente, como señala el calendario
oficial. Las listas de aprobados en el
primer ejercicio suponemos a u e serán expuestas en los lugares donde
se hayan celebrado aquellos.
VO HAT NADA NUEVO SOBRE..
... Oposiciones a párvulos.
... Oposiciones a direcciones de
Grupos escolares.
... Nuevas gratificaciones al Ma¡rísterlo.
de
1963
Descuentos sobre gratificaciones
¡(ACUERDO DEL TRIBUNAL ECONÓMICO - ADMINISTRATIVO CENTRAL
Este Alto Tribunal, dependiente del
Ministerio de Hacienda, ha dictado
u n acuerdo, con fecha 16 de enero
de 1963, que ha sido publicado en el
Boletín Oficial del Ministerio de Hacienda del 26 de marzo siguiente, determinando que las gratificaciones
complementarias del sueldo otorgadas el año pasado al Magisterio Nacional son eventuales a efectos de la
aplicación del impuesto sobre los
Rendimientos del Trabajo Personal.
Esta Sentencia se ha suscitado con
motivo del recurso extraordinario de
alzada, para unificación de criterio,
interpuesto por el Director general
del Impuesto sobre la Renta, y dicho
Tribunal, después de una exégesis
exhaustiva del problema planteado,
ha proclamado que la gratificación
complementaria es eventual y debe
tributar con ese carácter.
Dicho fallo, según el Reglamento
de Procedimiento para las Reclamaciones Económico - Administrativas,
tiene el alcance de unificar el criterio de interpretación legal, que deberán observar los órganos administrativos inferiores.
En su consecuencia, cabe esperar
que pronto será solucionado totalmente este asunto.—Alfonso JIMÉNEZ HERNAEZ, Maestro nacional de
Logroño y Habilitado de Clases Pasivas.
Ejercicios espirituales para
Maestras
Los ejercicios anunciados anteriormente, a cargo del R. P. Eduardo
Rodríguez, tendrán lugar en el convento de las RR. MM. Reparadoras
(Torija, 12), desde el Sábado de Pasión, a las seis y media de la tarde,
hasta el Miércoles Santo, aue terminarán con la Misa vespertina.
yaims ÍIMTIHL HII EÍ
cEinnuN BE ESTonies n n m i s
por
EDUARDO BERNAL
PRECIO: 25 PESETAS
SE HA P í í E S T O A L A V E N T A
PINCELADAS...
para u n cuadro d e I S A B E L L A C A T Ó L I C A
por M A R I S A
YILLARDEFRANCOS
Obra p r e m i a d a e n el concurso convocado p o r E S C U E L A
U S P A & O L A e n el a ñ o 1951, V c e n t e n a r i o d e l n a c i m i e n t o d e
Isabel la Católica
Siaadroa e s c é n i c o s i d e a l e s p a r a s e r r e p r e s e n t a d o s
p o r ¡os
niños y niñas de nuestras Escuelas
P r e c i o : 10 p e s e t a s
Editado par EDITORIAL
ESCUELA'
ESPAÑOLA
ESCUilAS CLAUSURADAS
Es natural que cuando una
E s c u e l a n o r i n d a el p r o v e c h o
q u e s e p r e t e n d í a c o n s u creac i ó n s e c l a u s u r e . E s t a clausura, a u n q u e no está normal i z a d a , p u e d e r e a l i z a r s e siemp r e q u e el c e n s o d e l a localidad no alcance un mínimo
apreciable.
* Y c o n s t e q u e , a n u e s t r o juicio, l a E s c u e l a c u m p l e s u func i ó n s i e m p r e q u e p u e d a act u a r p l e n a m e n t e c o m o foco
de irradiación cultural, con
cualquier n ú m e r o de alumnos, p u e s s u r e n d i m i e n t o n o
h a d e v a l u a r s e t a n sólo e n el
n ú m e r o de niños iniciados en
las t é c n i c a s d e la l e c t u r a y
la e s c r i t u r a , s i n o e n la a c c i ó n
tutelar que pueda ejercer en
la l o c a l i d a d , t a n t o m á s i m prescindible y necesaria cuant o m á s r e d u c i d o s e a el cens o d e la l o c a l i d a d .
C l a r o q u e l o s a v a n c e s d e la
t é c n i c a p e r m i t e n h o y l a extensión de esta labor cultural
e n z o n a s a m p l i a s , p o r lo q u e
con u n criterio económico se
puede y se debe o r i e n t a r la
labor de los padres para q u e
el g a s t o q u e p r o d u c e l a educación sea a d m i n i s t r a d o con
criterios económicos.
Pueden y deben clausurarse E s c u e l a s c r e a d a s c o n estrecho espíritu pueblerino y
que hoy constituye auténticos d i s p e n d i o s .
P e r o al c l a u s u r a r s e l a s q u e
sobran no deben olvidarse los
d e r e c h o s de los Maestros. Sin
p r e t e n d e r la r e s u r r e c c i ó n d e l
t u r n o segundo del Estatuto
d e 1923, s í c r e e m o s q u e l a r e acción del a c t u a l es b a s t a n t e
m e z q u i n a , p u e s t a n sólo acum u l a los servicios prestados
con c a r á c t e r provisional en
Escuelas posteriores, o da preferencia p a r a solicitar vacantes e n la m i s m a localidad,
p r e f e r e n c i a i n e x i s t e n t e e n el
caso de pequeños censos.
E l t r a s l a d o e s forzoso y, p o r
lo m e n o s , l o s s e r v i c i o s e n l a
n u e v a E s c u e l a definitiva deben ser continuación de la
clausurada, sin desentenderse, a l m i s m o t i e m p o , d e l o s
perjuicios morales y económicos s u f r i d o s p o r el M a e s t r o
t r a s l a d a d o a la f u e r z a y s i n
que esta consideración sea
m e n o r q u e la q u e m e r e c e n
otros intelectuales obligados
a desplazarse, como sucede
e n el p a g o d e i n d e m n i z a c i o nes por pueblos desaparecidos con ocasión de obras públicas.
n T S P O S I C I O N E S OFICIALES
Se n o m b r a n nuevos Inspectores de Enseñanza P r i m a r i a . —- Normas p a r a solicitar subvenciones
las Escuelas privadas.—Ascensos.—Convalidaciones.—Juntas Económicas escolares
¿OLE™ OFICIAL DELESÜDO
GACETA -Í*E MADRID
MIÉRCOLES, 3 DS ABRIL DE 1963
Se nombran Inspectores auxiliares de Enseñanza
Primaria
32 MARZO.—O. M.
Vista la propuesta elevada por el Tribuna! de oposiciones a ingreso en el Cuerpo de Inspección de Enseñanza Primaria para que sean nombrados los treinta opositores que se relacionan Inspectores pertenecientes ai
Cuerpo citado; y
Resultando que por Orden ministerial de 9 de octubre
de 1961 («B. O. del E.» del 19 de octubre) fué convocada oposición a ingreso en el Cuerpo de Inspección de
Enseñanza Primaria, nombrándose más tarde por Orden
de 30 de diciembre de 1961 el Tribunal calificador de
los distintos ejercicios que componen aquélla, los cuales
se efectuaron sin que se formulara queja o reclamación
de clase alguna;
Resultando que el Tribunal elevó en 11 de febrero
último propuesta de aprobación de treinta opositores en
función de la puntuación obtenida en los distintos ejercicios, los cuales en el plazo reglamentario previsto presentaron los documentos acreditativos de los distintos
requisitos dictados por la Orden de convocatoria.
Vistas las Leyes de 17 de julio de 1945 y 20 de julio
de 1955, Decreto de 10 de mayo de 1957 sobre oposiciones y concursos de los funcionarios públicos. Orden de
convocatoria de la oposición y demás disposiciones complementarias;
Considerando que en ;a oposición de referencia se han.
observado todas las disposiciones v i e n t e s sin que se haya
producido—como se señala en el resultando primero—
reclamación de clase alguna y, en consecuencia, ¿a propuesta del Tribunal es vinculante para la Administración, máxime teniendo en cuenta que los treinta opositores propuestos han presentado, sin excepción y dentro
del plazo reglamentario, todos los documentos que acreditan poseer los requisitos exigidos en la Orden de convocatoria, procediendo, por todo ello, el nombramiento.
de Inspectores auxiliares—apartado 4.o del articulo 83 de
la Ley de 17 de julio de 1945 y 11 de la Orden de convocatoria—, situación en la que deben permanecer durante el plazo de un año, a partir de su posesión efectiva en el destino, bajo la tutela y asesoramiento del
Inspector Jefe provincial, quien les guiará en la dirección y gobierno de las Escuelas de su zona, transcurrido el- cual el referido Inspector Jefe emitirá informe sobre la actuación del interesado, y si aquél es favorable
adquirirá la plenitud de sus derechos, finalizando su
condición de Inspectores auxiliares, de acuerdo todo ello
con lo que explícitamente determina el artículo 11 de la
Orden ministerial de 9 de octubre de 1961;
Considerando que en cuanto existen vacantes en las
categorías sexta y séptima del Escalafón es procedente
66 cubran las mismas directamente por el orden obtenido en la oposición y consiguientemente de acuerdo con
la propuesta formulada por el Tribunal
Este Ministerio ha resuelto:
l.o Que con efectos administrativos de 1 de abril próximo y económicos de la fecha de su efectiva toma de
posesión, la cual deberá llevarse a efecto en el plazo
de u n mes, a partir de la publicación de la presente en
el «Boletín Oficial del Estado», se nombren Inspectores
auxiliares de Enseñanza Primaria, con los sueldos anuales de 28.200 ó 26.640 pesetas, según la categoría de su
inclusión, más dos pagas extraordinarias, una en julio
y otra en diciembre, equivalentes cada una a la dozava
parte del sueMo anual y destinos que se indican, con
la Ineludible obligación de residir en los mismos, á las
señoras y señores que se relacionan:
Con el sueldo de 28.200 pesetas
1. Don Alvaro Buj Gimeno, Granada.
2. Don Juan Noriega Alvarez, La Coruña.
S. Don Lorenzo Vidal Vida!, Cádiz.
4. Doña María Antonia Pradilla Ibáñez, Córdoba,
5. Doña María Inmaculada Hernández Rodríguez, La
Coruña.
6. Doña Mercedes García Vellver, Motril (Granada).
7. Doña Andrea Sánchez Pascual, Cádiz.
8. Doña María Celia Anca García, La Coruña.
9. Doña Elisa Pérez de Gracia Val, Linares (Jaén).
10. Don Andrés Méndez García, Jaén.
11. Don Francisco Andrés García Carrasco, Cáceres.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
diz).
20.
21.
Don Ramón García Carrasco, Badajoz.
Don José Gutiérrez Portugal, La Coruña.
Don Jaime Acebrón Orozco, Cádiz.
Doña Emilia Ruiz Romero, Badajoz.
Don Federico Cifuentes Pérez, Pontevedra.
Don Eutiquio J, Guijarro Sanz, Huelva.
Don Manuel Cano Calero, Almería.
Don José García Calvo. Jerez de la Frontera (Ca-
Don Miguel Gallego Calvo, Pontevedra.
Don Alejandro Díaz Miguel, Lugo.
Con el sueldo de 26.640 pesetas
22. Doña María Jesús Cebrián Anaut, Jaén.
23. Don Manuel Luque Lucena, Pozoblanco (Córdoba)".
24. Don Manuel Rivas Navarro, Orense.
25. Doña Clara Rosa A'varez Fernández, Orense,
26. Don Rafael García Villarreal, Orense.
27. Doña María Socorro Mercé Ferreres, Huércal-Overa
(Almería).
28. Don Martín Serradilla Calvo, Orense.
23. Doña María Gloria Marcóte Vázquez, Mérlda (Badajoz).
30. Doña Araceii Oliver Domingo, Islas de Gomera y
Hierro (Santa Cruz de Tenerife).
2.o Todos los Inspectores auxiliares de Enseñanza Primaria indicados en el apartado precedente causarán alta
en el Escalafón del Cuerpo de Inspección de Enseñanza
Primaria con efectos administrativos de 1 de abril próximo, gozando desde esta fecha de todos los derechos
inherentes al cargo, excepto los de traslado de destino y
obtención de excedencia, hasta tanto no sean nombrados Inspectores profesionales de Enseñanza Primaria, una
vez transcurrido el año de Inspector auxiliar y emitido
informe favorable por el Inspector-Jefe provincial.
3.o El plazo de posesión será de treinta días, a partir
de la inserción de la presente en el «Boletín Oficial del
Estado», para los destinados en la Península, y de cuarenta y cinco, para los destinados en las islas Canarias.
Madrid, 22 de marzo de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 3 de abril.)
SÁBADO, 16 DE MARZO DE 1963
Se convoca a los opositores a plazas de Profesores
numerarios de Pedagogía de Escuelas
del Magisterio
5 MARZO.—ANUNCIO
Se convoca a todos los opositores admitidos a las oposiciones a plazas de Profesores numerarios de Pedasrogía
de las Escuelas del Magisterio (Maestros) de Cádiz, Huesca, Logroño y Madrid, .«Pablo Montesinos», y de las Escuelas del Magisterio (Maestras) de Gerona y Madrid.
«María Díaz Jiménez», convocadas por Orden de 31 de
marzo de 1962 («B. O. del E.» de 8 de mayo) para el
día 23 de abril de 1963, a las cuatro de la tarde, en el
Instituto «San José de Calasanz» de Pedagogía (Serrano, 127), con el fin de hacer la presentación y comenzar
los ejercicios de la oposición. En la presentación de
dicho acto deberán hacer entrega de la Memoria.
El cuestionario de estas oposiciones estará a disposición
de los señores opositores en el citado Instituto «San
José de Calasanz» a partir del día 3 del mismo mes
de abril.
Madrid, 5 de marzo de 1963.—El Presidente, Víctor García Hoz.
(«B. O. del E» del 105 de marzo.)
JUEVES, 14 DE MARZO DE 1963
Se asciende a la séptima categoría del Escalafón
general del Magisterio a los Maestros y Maestras
ingresados en virtud de oposición aprobada
por Orden de 22 de diciembre último
27 FEBRERO.—R. DE LA D.
Aprobado por Orden ministerial de fecha 22 de diciembre último («B. O. del E.» del 15 de enero próximo
pasado) el expediente de las oposiciones a ingreso en
el Magisterio Nacional Primario, convocadas por Ordenes
de 14 de noviembre y 7 de diciembre de 1961 («Boletín
Oñcial del Estado» de 30 de noviembre de 1961 y 8 de
enero de 1962, respectivamente), y por, existir suficiente
número de vacantes de sueldo en la séptima categoría
del Escalafón general,
Esta Dirección General ha resuelto :
1.' Que con efectos económicos y administrativos deí
192
as
de
marzo
siguiente día al de su posesión en las Escuelas para las
que hayan sido nombrados, se consideren ascendidos los
Maestros y Maestras nacionales aprobados en las referidas oposiciones de 1961 a la séptima categoría del Escalafón general y sueldo de 21.840 pesetas, más las dos mensualidades extraordinarias reglamentarias.
2.° A los Maestros y Maestras volantes de la misma
promoción sólo se les acreditará el sueldo de entrada
de 16.920 pesetas, más las dos mensualidades extraordinarias de julio y diciembre hasta tanto causen alta definitiva en el Escalafón y se les otorgue el sueldo escatafonal que pueda corresponderles; y
3." Que por las respectivas Delegaciones Administrativas de Educación Nacional se expidan, diligencien y'
reintegren en la forma reglamentaria los nuevos títulos
administrativos de los Maestros y Maestras nacionales a
quienes se asciende en virtud de la presente Resolución.
Madrid, 2? de febrero de 1963.—El Director general,
J, Tena.
(«B. O. del E.» del 14 de marzo.)
SÁBADO, 30 DE MARZO DE 1963
Se modifica la O. M. d e 26 de n o v i e m b r e de 1962
sobre J u n t a s Económicas
11 MARZO.—O. M.
lia Orden de 26 de noviembre último («B. O. del Estado» del 4 de diciembre) dispuso la constitución en
toda Escuela de las Juntas Económicas y señaló, en su
articuló 2.o, la composición y procedimiento de nombramientos, determinándose que en las Escuelas de un solo
Maestro el representante de los Padres de Familia sería
precisamente el que por tal concepto formase parte de
la J u n t a Municipal.
Existiendo Escuelas en entidades que no consttiuyen
capitalidad de Municipio, no se considera conveniente
que dicho representante forme parte de las Juntas Económicas, por la perturbación para el servicio al encontrarse a veces a distancias considerables, debiendo designarse u n padre de familia de la misma localidad de
la Escuela.
En su consecuencia, este Ministerio ha dispuesto:
Artículo único.—El artículo 2.o de la Orden ministerial de 26 de noviembre de 1962, sobre constitución y
funcionamiento de las Juntas Económicas en las Escuelas nacionales, quedará redactado en la forma siguiente:
En la Escuela graduada, la Junta Económica estará
presidida por el Director e integrada por el Secretario
y un Maestro de dicha graduada, que rotará anualmente
de mayor a menor años de servicio, y de un padre de
familia, elegido por la Asociación de Padres de Familia,
si funciona en la graduada de que se trate, de conformidad con la Dirección de la misma. En las Escuelas
de u n solo Maestro, la Junta Económica estará presidida por el Maestro que la regente y un padre de familia, que será precisamente el que forme parte de la
Junta Municipal por tal concepto, salvo que las Escuelas radiquen en localidades donde no existan Juntas Municipales, en las que se designará un padre de familia
de la misma localidad de la Escuela, nombrado por la
J u n t a Municipal a la que pertenezca la Entidad. En las
Escuelas graduadas en que no se haya constituido la
Asociación de Padres de Familia, el Vocal por dicho concepto será nombrado por el Director, a propuesta del
Pleno del Profesorado del Centro.»
Madrid, 11 de marzo de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 30 de marzo.)
LUNES, 1 DE ABRIL DE 1963
Se distribuye el crédito para dietas y gastos de
locomoción de Inspectores-Maestros
7 MARZO.—O. M.
Visto el expediente de distribución del crédito consignado en los vigentes Presupuestos Generales del
Estado para dietas y gastos de locomoción que devengan los Inspectores-Maestros en visitas que efectúen a
las Escuelas de su demarcación;
Resultando que en el número 347.132, subconcepto
segundo del vigente presupuesto de gastos del Departamento, aprobado por Ley 85/1961, de 23 de diciembre,
existe un crédito de 116.000 pesetas para dietas y gastos de locomoción de los Inspectores-Maestros de Enseñanza Primaria;
Resultando que el Decreto de 10 de noviembre de 1955
(«B. O. del E.» de 15 de noviembre) aumentó la cuantía
de los devengos correspondientes a todos los Inspectores de Enseñanza Primaria, y por consiguiente a los
Inspectores-Maestros, los cuales por estar comprendi-
de
19S3
dos en el cuarto grupo en concordancia con el anexo
del Reglamento de Dietas y Viáticos de 7 de Julio
de 1949 tienen derecho a percibir 200 pesetas en concepto de dietas, 100 pesetas por dieta reducida y 30 pesetas por gastos de locomoción;
Resultando que el número de Inspectores-Maestros
actualmente en servicio ascienda a cuatro, dos en La
Coruña, uno en Navarra y uno en Lisboa correspondiendo a cada Inspector-Maestro 200 pesetas diarias por
dietas, 100 pesetas por dieta reducida y 30 pesetas por
gastos de locomoción;
Resultando que con fecha 20 del mes en curso ha
sido examinado el expediente por la Sección Administrativa de Créditos del Presupuesto y tomada razón del gasto por la de Contabilidad de Hacienda, habiendo fiscalizado favorablemente el mismo la Intervención Delegada del Ministerio de Hacienda en fecha
20 de febrero de 1963;
Vistas la Ley de Educación Primaria de 17 de julio
de 1945, Decreto de 10 de noviembre de 1955. Ley 85/1961
de 23 de. diciembre, que aprobó los Presupuestos Generales del Estado para ei bienio económico 1962-83
y Orden ministerial de 23 de enero de 1957 dando normas sobre visitas de Inspección;
Considerando que de los cuatro Inspectores-Maestros
actualmente en servicio hay que señalar que el destinado en el Instituto de España en Lisboa, por la especial función y características del cargo, no es procedente, asignarle dietas y gastos de locomoción de clase
alguna, sin que para ello sea óbice exista remanente
suficiente, por cuanto las especialísimas condiciones de
los Inspectores-Maestros y su situación «a extinguir»
obliga a que, a medida que se vayan produciendo bajas de inspectores-Maestros, las remuneraciones y créditos correspondientes reviertan al Tesoro;
Considerando que a cada uno de los tres InspectoresMaestros corresponde el derecho a percibir 200 pesetas
diarias por dieta, 100 pesetas por dieta reducida y 30 pesetas por gastos de locomoción, en la cuantía total y
parcial que a continuación se expresa :
„ „ 9 i e n d l e t a s anuales para cada Inspector-Maestro, a
200 pesetas cada una, 20.000 pesetas.
Cien dias anuales de locomoción, a 30 pesetas diarias
que hacen un total de 3.000 pesetas.
Ascienden, por tanto, las dietas y gastos de locomoción de cada Inspector-Maestro a 23.000 pesetas anuales, por lo que teniendo en cuenta que el número de
los mismos es de tres, el importe se eleva a la suma
de 69.000 pesetas, que es necesario distribuir a fin de
atender adecuadamente al servicio;
Considerando que, de conformidad con lo dispuesto
por la Orden ministerial de 23 de enero de 1058 que
dio normas sobre visitas de Inspección a las Escuela*
Nacionales, es necesario hacer la distribución de pesatas 6U.000, efectuando los correspondientes libramientos a razón de 6.900 pesetas por cada Inspector-Maestro durante cada uno de los trimestres del año libramientos que deberán extenderse a nombre de los Inspectores-Jefes de Enseñanza Primaria de las provincias de La Coruña (dos Inspectores) y Navarra (un Inspector), previa petición que deberán formular dichos
Jefes dentro de los diez primeros días de cada trimestre, •
Este Ministerio ha resuelto :
Primero. Autorizar en el corriente ejercicio económico de 1963 las oportunas consignaciones para tres Inspectores-Maestros destinados en las provincias de Ls
Coruña (dos) y de Navarra (uno), a razón de 23.000 pesetas, que deberán invertirse en dietas y gastos de locomoción de la zona escolar que tengan asignada.
Segundo. Dichas obligaciones se abonarán durant»
el primero, segundo y cuarto trimestre, por libramientos «a justificar», debiéndose formular los pedidos de
consignación por los Inspectores-Jefes de las provincias
anteriormente- mencionadas dentro de los primeros diez
días de cada trimestre, acompañando relación nomina!
de los Inspectores-Maestros y de la zona escolar-que les
está asignada.
Tercero. Los libramientos del primero y segundo trimestres ascenderán a la cantidad de 6.900 pesetas por
Inspector-Maestro y por trimestre: los del cuarto trimestre a 9.200 pesetas, totalizando por cada InspectorMaestro la suma de 23.000 pesetas y anualmente por
los tres Inspectores-Maestros la cantidad de 69.000 pesetas.
Cuarto. La Justificación de los libramientos se llevará a cabo en la forma reglamentaria, teniendo en
cuenta que el saldo sobrante de un trimestre podrá
Justificarse en el siguiente si no es de fin de ejercicio
Quinto. El presente expediente deberá enviarse a la
Scción de Contabilidad y Presupuesto del Departamento para que tome razón del gasto y a la Intervención
Delegada del Ministerio de Hacienda en el Departamento para la fiscalización del mismo una vez examinado por la Sección Administrativa de Créditos del
Presupuesto.
Madrid, 13 de marzo de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. Ó. del E.» del 1 de abril.)
Esc i e ! a
JUEVES, 21 DE MARZO DE 1963
Se a p r u e b a la p r o p u e s t a d e i n g r e s o e n el E s c a l a fón del M a g i s t e r i o d e l M a e s t r o v o l a n t e d o n R a m ó n
. R o m o R o s i l l o , p r o c e d e n t e d e la p r o m o c i ó n d e 1938
de Alicante
4^ MARZO.—O. M.
De conformidad con lo dispuesto en el número 2.o de
la Orden de 28 de abril de 1962 («B. O. del E.» del 8 de
Junio), y vista la propuesta de la Inspección de Enseñanza Primaria de Alicante de ingreso en el Escalafón
del Magisterio del Maestro volante procedente de la promoción de 1958. quien se hallaba incorporado a filas
y ha cumplido' ya el tiempo reglamentario de servicios
exigidos en el artículo 6,o del Decreto de 21 de diciembre de 1951,
Este Ministerio h a resuelto aprobar la propuesta de
la referida Inspección de Alicante de ingreso en -el Escalafón de don Ramón Romo Rosillo, Quien debe figurar en la lista general inserta en el «Boletín Oficial del
Estado» del 18 de julio de 1962 con el número 54-1, pasando a la situación aue previene el artículo 40 del Est a t u t o del Magisterio, por la aue se le adjudicará Escuela con carácter provisional por la Comisión Permanente
" del Consejo Provincial de Alicante, en la sesión aue celebre el citado Organismo en el segundo sábado, contando a partir de la publicación oficial de esta Orden, mediante concurso general de traslados, conforme dispone
el Decreto de 2 de septiembre de 1955 («B. O. del E.» dea
2 de noviembre siguiente).
Madrid, 4 de marzo de 1963.—Lora Tamayo.
J « B . O. del E.» del 21 de marzo.)
N o r m a s p a r a q u e los C e n t r o s , O r g a n i s m o s y E n tidades de toda clase, q u e p a t r o c i n e n o sostengan
acti - d a d e s o E s c u e l a s d e E n s e ñ a n z a P r i m a r i a ,
p u e d a n solicitar subvenciones
Í2 FEBRERO.—O. M.
El presupuestos general de gastos de este Departamento para el bienio econSmico de 1962-1963 consigna en
el capítulo 400. artículo 410, numeración 347.416, un
crédito de 1.852.000 pesetas para subvencionar toda clase de gastos con destino a atenciones de Enseñanza Primaria, ya sean circum o post escolares o de otra índole,
que efectúen entidades, instituciones y organismos oficiales, preestatales o públicos u otros servicios aue no
tengan consignación específica en presupuesto; asimismo figura en el capítulo 400, artículo 430. numeración 347.431/3 otro crédito de 1.180.750 pesetas para subvenciones a Centros de Enseñanza Primaria; por lo que
se hace preciso aue en el año en curso los interesados
hagan la solicitud de concesión de tales beneficios.
Este Ministerio, en su virtud, ha dispuesto:
1.° Los Centros, Organismos y Entidades de toda clase que patrocinen o sostengan actividades o Escuelas
de Enseñanza Primaria aue han venido percibiendo subvenciones destinadas a tal fin o que, no habiéndolas
obtenido, las precisen para atender a determinadas atenciones o necesidades, podrán solicitar la concesión de
tal beneficio para el año en curso, mediante instancia
suscrita por quien ostente la representación legal de la
Entidad interesada.
2.o En el supuesto de que Centros, Entidades, Escuelas o Colegios radicantes en distintas localidades, pero
pertenecientes o a cargo de una misma Congregación,
Comunidad. Organismo, etc., precisen de esta ayuda, la
solicitud deberá hacerla el superior jerárquico, en un
mismo escrito, agrupando todas las necesidades en una
misma petición; en el caso de que lo hagan separadamente, sin tener en cuenta esta indicación, el Ministerio podrá desestimar las solicitudes aue las incumplan
o agruparlas, concediendo la ayuda, 6i así procede, de
manera g.'obal y a favor del Superior de la Congregación, Comunidad o Entidad de que se trata.
3.o En la Instancia de solicitud se consignará necesariamente:
a) Denominación del Centro, Organismo o Entidad
de que se trate, su domicilio e indicación de sus fines
y, en su caso, los datos relativos a su creación y autorización legal,
b) Nombre y apellidos del representante legal y su
domicilio particular, cuando no sea el mismo de la Entidad.
c) Si patrocina o tuviera Escuelas de Enseñanza Primaria no estatal, la denominación, domicilio, propietario
o entidad que las tiene a su cargo, y fechas de sus
respectivas autorizaciones dadas por la Dirección General de Enseñanza Primaria.
d) Subvenciones percibidas en 1961 o en años ante-
SipttdU
193
riores, destino dado a las mismas y. a ser posible, con
cargo a qué crédito o partida presupuestaria.
4.o Al escrito de petición se acompañará la Memoria
explicativa de la inversión que proyecta dar a la subvención solicitada. Esta Memoria deberá estar autorizada
por el mismo firmante de la instancia y, en su caso,
por la autoridad civil o eclesiástica de aue dependa e!
Centro u Organismo.
5.o Las instancias, con su documentación aneja, se
presentarán en el Registro General del Departamento.
El plazo para hacerlo será de cuarenta días naturales,
a contar del siguiente al de la publicación de esta Orden
en el «Boletín Oficial del Estado». *
6.o En los casos en que se estime pertinente podrá
solicitarse informe de la Inspección de Enseñanza Primaria o de otra autoridad u organismo competente acerca del actual funcionamiento del Centro y de la conveniencia de la concesión o denegación del beneficio.
7:o Las subvenciones se otorgan díscrecioñalmente. teniendo en consideración las específicas condiciones y necesidades de los peticionarios, previa propuesta definitiva de esta Dirección General.
Madrid, 22 de febrero de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 21 de marzo.)
VIERNES, 22 DE MARZO DE 1963
S e r e g u l a la c o n v a l i d a c i ó n d e m a t e r i a s del Bac h i l l e r a t o p o r l a s e q u i v a l e n t e s d e la C a r r e r a d e
C o m e r c i o , p l a n d e 1956
14 MARZO.—O. M.
Las convalidaciones de Bachillerato para Comercio, según el plan de estudios de 23 de julio de 1953, estaban
reguladas por el Decreto de 10 de agosto de 1954 («Boletín Oficial del Estaod» del 17 de septiembre) y su concesión competía a las Direcciones de los Centros.
Aprobado por Decreto de 16 de marzo de 1956 («Boletín Oficial del Estado» del 6 de abril) el vigente piar.
de estudios mercantiles, no se ha dictado norma alguna
que regule convalidaciones de otras Carreras para la de
Comercio.
Por ello en u n principio se remitieron estas peticiones a dictamen del Consejo Nacional de Educación, que
tras reiterados informes ha venido a sentar u n criterio
fijo y determinado sobre las convalidaciones que pueden hacerse a los bachilleres superiores.
Parece, pues, llegado el momento de plasmar estos criterios en una disposición de carácter general, descentralizando estos servicios en la mayor medida posible.
En su virtud, a propuesta de la Comisión de Asesoramiento e Inspección de las Enseñanzas Mercantiles, de
conformidad con el dictamen del Consejo Nacional d«
Educación y cumplidos los trámites prevenidos en^ia
Orden ministerial de 15 de noviembre de 1961 («Boletín Oficial» del Ministerio del 14 de diciembre),
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
l.o Aprobar el adjunto cuadro de convalidaciones de
Bachillerato para 1% Carrera de Comercio, plan de 1956.
2.o Las solicitudes de convalidación aue se formulen'
al amparo de esta Orden, acompañadas de certificación
detallada de los estudios cursados y aprobados, se presentarán en las Escuelas, resolviéndose por las Direcciones de los Centros.
No obstante, dada la multiplicidad de planes que han
existido en la Enseñanza Media, la enumeración contenida en el cuadro anexo no tiene carácter exhaustivo,
pudiendo concederse también otras convalidaciones no
previstas en el mismo, previo dictamen del Consejo Nacional de Educación en cada caso concreto y cuya resolución queda delegada por la presente en esa Dirección General.
3.o Por ese Centro directivo se resolverán cuantas consultas e incidencias puedan plantearse, auedando autorizado para dictar las instrucciones necesarias para el
mejor cumplimiento de lo aue previene esta Orden,
Madrid, J4 de marzo de 1963.—Lora Tamayo(«B. O. del E.» del 22 de marzo.)
LUNES, 25 DE MARáO o E 1963,
S e a c e p t a la r e n u n c i a del c a r g o d e Vocal s u p l e n t e
del T r i b u n a l d e o p o s i c i o n e s a p l a z a s d e P r o f e s o r e s
n u m e r a r i o s de Geografía e Historia de Escuelas
del M a g i s t e r i o a d o n M a n u e l B u r i l l o G o n z á l e z
28 FEBRERO.—O. M.
Madrid', 28 de febrero de 1963.—Lora.Tamayo.
<«B. O. del E.) del 25 de marzo.)
4
194
600
de
abril
PLAZAS
Trescientas Cuerpo Auxiliar Femenino.
Dirección General Seguridad (mecanógrafas), 3.100 pesetas al mes. Diecisiete a treinta años. No se exige título.—Trescientas del
Cuerpo General de Policía (técnico): Maestros, Bach. Sup., Bach. Sup. Laborales, Profesores mercantiles y peritos grado medio.
Diecinueve a treinta años. 5.100 pesetas mes.
En septiembre, otras 300 plazas. Instancias
en ambas, hasta el 20 de abril.
Antigua Academia, fundada exclusivamente para ambas preparaciones. Antes de
elegir textos infórmese bien. No precisa gasto presentación instancia. Programas gratuitos, rogando franqueo. Setecientos trece
alumnos ingresados y nueve veces el número uno. Academia Editorial Carrera del
Castillo. Mayor, 3. Madrid (13).
MARTES, 12 DE ENERO DE 1963
Corridas de escala del m e s de
enero
87 FEBRERO.—R. DE LA D.
(Continuación de la página 182 del número 1.170.)
Vacante por jubilación de la señora Marimón, número 8.498. Ascienden: A 30.480 pesetas, dona Mariana Lloret Lloret, número 10.198, Alicante; a 28.800 pesetas, don
Ángel Díaz Fernández, número 19.128, Logroño; a 27.600
pesetas, don Agustín Barsabe Pérez, número 32.727, Tarragona; a 25.680 pesetas, doña Rosa Tudela Martínez,
número 47.363, Murcia; a 23.880 pesetas, doña M. Luisa
Navarro Mellado, número 63.154, Cuenca.
Vacante por excedencia de la señora Juan, núm. 8.602
bis. Ascienden: A 30.480 pesetas, don Francisco Rubia
de Lagos, número 10.199, Málaga; a 28.800 pesetas, doña
Luisa Caballero Puche, número 19.129; Valencia; a 27.600
pesetas, doña Cecilia Valverde Rodríguez, número-32.729.
Ciudad Real; a 25.680 pesetas, doña M. Pilar Bello Fernández, número 47.364, León; a 23.880 pesetas, don Virgilio Gómez Muñoz, número 63.155, Valencia.
Vacante por jubi'ación de la señora Díaz. núm. 12.119.
Ascienden: A 28.800 pesetas, don José Suárez García,
número 19.130, León; a 27.600 pesetas, don Gumersindo
González Mateos, número 32.730. Avila; a 25.680 pesetas, doña María Ibiza Noguera, número 47.365, Alicante;
a 23.880 pesetas, doña Francisca Jiménez de la Red, número 63.156, Soria.
Vacante por jubilación de la señosa Cuadrado, número 13.437. Ascienden: A 28.800 pesetas, doña Mercedes
Molinero Diez, número 19.131. Vizcaya; a 27.600 pesetas, doña Edelmira Ochoa Galleeo, número 32.731, La
Coruña: a 25.680 pesetas, doña Teodora Tacoronte Fraga, número 47.366, Tenerife: a 23.880 pesetas, doña María Nuevo Nuevo, número 63.157, Zamora.
Vacante por jubilación del señor Egullegor, número 13.776. Ascienden: A 28.800 pesetas, don Manuel Aboy
Gándara, número 19.132, Pontevedra; a 27.600 pesetas,
doña Do.'ores Velasco Torres, número 32.781 bis, Sevilla:
a 25.680 pesetas, doña María Lobo González, núm. 47.367.
Huelva: a 23.880 pesetas, doña Emilia Rentero López, número 63.158, Valencia.
Vacante por excedencia del señor Pernau, núm. 16.545.
Ascienden: A 28.800 pesetas, doña Francisca Martoreü
Pedrola, número 19.132. Tarrasona; a 27.600 oesetas, don
Juan José Contreras Palomino, número 32.732, Jaén; a
25.680 pesetas, doña M. Soledad García García, número 47.368, Navarra; a 23.880 pesetas, doña Prudencia Oliver Vert, número 63.159, Baleares.
Vacante por fallecimiento del señor Albert, número 17.023. Ascienden: A 28 800 pesetas, don Manuel Lucas Lucas, número 19.134, Murcia; a 27 600 pesetas, doña
Emilia' Sahagún Sanasen, número 32.733, Valladolid; a
25.680 pesetas, doña Benigna Rodríguez Mata, número 47.369. Bursos: a 23.880 pesetas, doña M. Gloria García González, número 63.160, Las Palmas.
Vacante por jubilación de la señora Susín. n ú m . 18.255.
Ascienden: A 28.800 oesetas, doña Griselda Sánchez Millar, número 19.135. Oviedo: a 27.600 oesetas, don Antonio Martínez F°rnández. número 32.734. Oviedo; a 25.680
pesetas, doña Victoria González Aparicio, número 47.370,
Burgos: a 23.8P0 pesetas, doña María Maclas Ortiz, número 63.161, Alicante.
de
1963
Vacante por excedencia del señor Belón, núm. 19.392.
Ascienden: A 27.600 pesetas, doña Agustina Sánchez Pascual, número 32.735, Salamanca; a 25.680 pesetas, doña
Carmen Serra Macías, número 47.371, Gerona; a 23.880
pesetas, doña M. Angeles Martín Rodríguez, n ú m . 63.162,
Granada.
Vacante por jubilación del señor López, núm. 20.048.
Ascienden: A 27.600 pesetas, doña Gertrudis Pérez Gar-"
cía, número 32.736, Toledo; a 25.680 pesetas, doña Elena Blas Sanz, número 47.372, Soria; a 23.880 pesetas,
doña Mercedes Rivas Rivera, número 63.163. La Coruña.
Vacante por fallecimiento del señor Martínez, número 22.725. Ascienden: A 27.600 pesetas, don Luis García
Fernández, número 32.737, Oviedo; a 25.680 pesetas, doña
Celia Ruiz Galán, número 47.373, Cádiz; a 23.880 pesetas,
Ángel Casasolariega Ortiz, número 63.164, Córdoba.
Vac.aite por excedencia de la señora Bethencourt, número 24.084. Ascienden: A 27.600 pesetas, doña Josefa
Alonso Manzano, número 32.738, Zamora; a 26.680 pesetas, doña Antonia Castilla Román, número 47.374, Málaga; a 23.880 pesetas, doña Ana María Izauierdo GarcíaCómitre, número 63.165, Ciudad Real.
Vacante por excedencia del señor Lamamié de Clairac,
número 29.492. Ascienden: A 27X00 pesetas, don Pedro
Jiménez García, número 32.739, Granada; a 25.680 pesetas, doña M. Mercedes Dicente Cuesta, número 47.375,
León; a 23.880 pesetas, doña Sofía Bertrand Fernández,
número 63.166, Oviedo.
Vacante por excedencia de la señora García, número 31.535. Ascienden: A 27.600 pesetas, doña Pilar Gómez
Rodríguez, número 32.730, Las Palmas; a 25.680 pesetas, doña M. Luisa Alvarez Rodríguez, número 47.376,
León; a 23.880 pesetas, doña Anita Mateos Carbajo. número 63.167, Oviedo.
Vacante por excedencia de la señora Martín, número 31.544. Ascienden: A 27.600 pesetas, don Federico Pérez Autón, número 32.741, Pontevedra; a 25.680 pesetas;
doña M. Luisa Alconero González, número 47.377, Valladolid; a 23.880 pesetas, doña Elena Martín Herrero, número 63.168. Palencia.
Vacante por excedencia de la señora Bea, núm. 46.242.
Ascienden: A 25.680 pesetas, doña M. Carmen Estévez
Fernández, número 47.378. Pontevedra; a 23.880 pesetas, don Pedro Alonso García, número 63.169, Zamora.
Vacante por excedencia de la señora Garriga, número 46.978. Ascienden: A 25.680 pesetas, doña Benilde Redondo Rublo, número 47.379, Cuenca; a 23.880 pesetas,
don Ramón Fernández García, número 63.170, Almería.
Vacante por excedencia de la señora Arroyo, número 48.991. Asciende: A 23.880 peseras, don Ramón Ripoll
Jiménez, número 63.171. Murcia.
Vacante por excedencia de la señora Morales, número 49.050. Asciende: A 23.880 pesetas, doña M. Rosario
López Olejua, número 63.172, Álava.
Vacante por excedencia de la señora Gil, n ú m . 57.819.
Asciende: A 23.880 pesetas, doña M. Luisa Díaz V&auez.
número 63.173, Lugo.
Vacante por jubilación dé la señora Salgado, número 57.912. Asciende: A 23.880 pesetas, don Atanasio Robles Sánchez, número 63.174, Salamanca.
Vacante por jubilación del señor Marte, núm, 48.623.
Asciende: A 23.880 pesetas, doña M. Pilar Cosculluela Ba•selga, número 63.175, Zaragoza.
Vacante por excedencia de ¿a señora Borjas, número 60.862. Asciende: A 23.880 pesetas, doña M. Pilar ViUasante López, número 63.176, Toledo.
Vacante por excedencia de la señora Balafruer, número 60.865. Asciende: A 23.880 .pesetas, doña Jesusa Santamaría Roua, número 63.178. Barcelona.
Vacante por excedencia de la señora García, número 61.196. Asciende: A 23.880 pesetas, doña Justina Panlagua Manzano, número 63.179, Madrid.
Vacante ñor excedencia de la señora Pérez, n ú m . 61.880.
Asciende: A 2°.880 pesetas, doña Flora Teja Bolívar, número 63.181. Santander.
Vacante por excedencia de la señora Riera, núm. 62.052.
Asciende: A 23.880 pesetas, doña Manuela San José Alvarez, número 63.182, Vizcaya.
Día 2.—Vacante ñor jubi'-ación del señor TTtrabo, número 2.927. Ascienden: A 32.280 pesetas, doña Carmen
de Iglesia M'jela, número 3.348. Salamanca: a 30.480 pesetas, doña Sara Isamat Vila, número 10.200, Barce'ona;
a 28.800 pesetas, don Liberato Errea Mullol, núm. 19.136,
Lérida: a 27.600
pesetas, doña Antonia Casas Carro, número 32.7 J ?. León; a 25.680 p o e t a s , ^oña Dora Felipa
Martínez Romero, .número ¿7.380. La Coruña; a 23.880
pesetas, doña Concepción Ramírez Pérez, núm. 63.183,
Murcia.
Día 3.—Vacante por fallecimiento del señor Gimbernat,
número 42/?08. Ascienden: A 25.680 pesetas, doña Isabel Sanguino Duran, número 47.381, Cáceres; a 23.880 pesetas, doña Natividad López Dalda, número 63.184, Burgos.
Vacante por excedencia, de la señora Gómez, número 54.792. Asciende: A 2TR80 oesetas, don Eduardo Casalari Casas, número 63.185, Má'sga.
Vacante ñor excedencia de la señora Pérez, número 52.128. A=eiend°n: A 9P "°0 n~w»t.ns, doña Margarita
Alvarez Gastón, número 63.1S6, Navarra.
Es o n e l »
Española
195
Deliberaciones técnicas de la NUEVA EDICIÓN DEL
enseñanza nunicipal
Desda el comienzo del año actual,
y a través de reuniones celebradas
en ¿os distintos Grupos escolares, unitarias, Internados y clases del Instituto Municipal de Educación, así
como en conjunto por la Secretaría
de Educadores, se ha venido desarroUando u n temario de paidología, organización escolar y asuntos profesionales, con el tema «El niño, el
Maestro y la Escuela», para terminar
en una reunión deliberativa, que tendrá lugar en el Instituto Municipal
de Educación los días, 2, 3 # 4 del
próximo mes de abril.
Las deliberaciones, de tipo técnico, serán precedidas de un prólogo
a cargo del poeta José García Nieto.
Las ponencias serán presentadas por
el Profesor del I. M. E. doctor Va¡entín Ruiz, ¿a Subdirectora del Internado «Palacio Valdés», doña Amelia Cuevas, y el Maestro del Colegio
«Nuestra Señora de la Paloma» don
Manuel Herrero.
Distintas autoridades del Ministerio de Educación Nacional, Ayuntamiento y Universidad actuarán como
moderadores y presidirán ¿as diversas reuniones, La mesa de trabajo
será presidida por el Teniente de Alcalde Delegado
de Enseñanza y Director de 1 I. M. E.. señor Gutiérrez
Sel Castillo.
ALMANAQUE
ESCOLAR
de
ESCUELA ESPAÑOLA
Ante el elevado n ú m e r o de pedidos q u e se nos hacen de nuestro A l m a n a q u e Escolar p a r a 1963 hemos puesto a la venta una
nueva edición del mismo.
Como no podrá realizarse una tercera, los interesados deben
solicitar urgentemente los q u e deseen. PRECJO : 15 PESETAS.
Galardón para las agrupaciones escotares
La concesión de los galardonee para Grupos escolares fallados en 1961
y 1962, al poner de manifiesto la
efectividad ds tajes premios, así como la. favorable acogida.con que han
sido recibidos por el Magisterio, ha
movido a la Delegación Nacional de
Juventudes a crear un nuevo galardón para ;as Agrupaciones escolares,
cuya creación actualmente intensifica la Dirección General de Enseñanza Primaria.
El galardón Delegación Nacional
de Juventudes para agrupaciones escolares se establece con ei fin de
recompensar y prestigiar al mismo
tiempo las buenas realizaciones en
6us enseñanzas y actividades en dichas unidades docentes. Se concederá anualmente a las agrupaciones escolares constituidas por tres cursos
como mínimo que, además de la total colaboración con el Frente de Juventudes, demuestren buen nivel de
realizaciones y gocen de indiscutible
prestigio pedagógico.
Consistirá en cincuenta lotes de
material escolar, por un valor de cinco mil pesetas, cada uno de los cuales se concederá en cada provincia
por las Juntas' de Recompensas para
el Magisterio.
Los Centros interesados en el galardón solicitarán nuevos detalles dea
mismo én ¿as respectivas Delegaciones Provinciales de Juventudes.
Día 6.—Vacante por jubilación del señor Berna!, núDía 4.—Vacante por jubilación de la señora Pérez, número 205. Ascienden: A 32.280 pesetas, doña Josefa Mu- mero 44. Ascienden: A 32.280 pesetas, doña Julia Flañoz de la Torre, número 3.349, Granada; a 30.480 pese- quillo Hernáez, número 3.353, Logroño; a S0.480 pesetas,
don Luis Mínguez Luengo, número 10.205, Segovia; a
tas, don Luis F. Alonso López, número 10.201. Madrid;
& 28.800 pesetas, doña Manuela Rodríguez Pérez, núme- 28.800 pesetas, doña Pilar Martínez Senderos, n ú m . 19.142,
ro 19.137. Granada: a 27.600 pesetas, don Lucio Alvarez Badajoz; a 27.600 pesetas, doña Pilar Pérez Angu:o, número 32.748, Pontevedra; a 25.680 pesetas, don ValeriaPérez, número 32.743, Murcia; a 25.680 pesetas, doña
Inés Alcázar Vallejo, número 47.383. Ciudad Real; a no Saiz Saiz, número 47.389, Burgos-; a 23.800 pesetas.
23.880 pesetas; don Daniel Cristóbal Morell, n ú m . 63.187, - don Benito Haro Garrido, número 63.196, Jaén,
Madrid.
Vacante por excedencia del señor Sánchez, núm. 19.563.
Vacante por jubilación del señor Viñuales, n ú m . 343. Ascienden: A 27.600 pesetas, don Manuel Santelles CriAscienden: A 32.280 pesetas, doña Ana Ferrer Molina, nú- ville, número 32.749, Tarragona; a 25.680 pesetas, don»
mero 3.350, Granada; a 30.480 pesetas, doña Lucia ü r - María Muntaner Xamena, número 47.390, Baleares; a
bína Mínguez, número 10.202, Logroño; a 28.800 pesetas, 23.880 pesetas, don Pedro Carlos Llórente Meana, númedon Delfino Ballester Moya, número 19.138, Barcelona; ro 63.1S7, León.
a 27.600 pesetas, doña Lourdes Rodríguez Alvárez, núVacante por excedencia del señor Ferreiro, n ú m . 63.013
mero 32.744, Burgos; a 25.680 pesetas, doña Consuelo Asciende: A 23.880 pesetas, don Felipe Moreno De¿gado.
Hernández Sánchez, número 47.384, Salamanca; a 23.880 número 63.198, Ciudad Real.
setas, doña M. Carmen Méndez Martínez, n ú m . 63.188,
Día 7.—Vacante por Jubilación de la señora Moya, núPontevedra.
mero 429. Ascienden: A 32.280 pesetas, doña Sabina AlVacante por fallecimiento del señor Méndez, núme- varez Vallina, número 3.357, Oviedo; a 30.480 pesetas
número 10.206, Madrid; a
ro 8:965. Ascienden: A 30.480 pesetas, don Rafael Carbo- doña M. Paz Ortiz Fernández,
T
mell Bonmatí, número 10.203, Valencia; a 28.800 pesetas, 28.800 pesetas, doña M. Pi ar Castejón Gambou, númedoña Teresa Pérez Quíntela, número 19.139, Orense; a ro 19.144. Tarragona: a 27.600 pesetas, doña Josefa Fer27.600 pesetas, don Ernesto Rubio Díaz, número 32.745, nández Cubeiro. número 32.750. La Coruña; a 25.680 peAlmería; a 25.680 pesetas, doña M. Jesús Raya Vargas, setas, doña G.oria Miranda Arias, número ¿7.381. Ovienúmero 47.385, Córdoba; a 23.880 pesetas, doña Valen- do; a 23.880 pesetas, doña Rafaela Plaza Sánchez, número 63.199. Cáceres.
tina Manrique Romero, número" 63.189. Sevilla.
Vacante por fallecimiento del señor García-Hevia, núVacante por excedencia de la señora Pérez, núm. 51.146.
Asciende: A 23.880 pesetas, doña Feliciana Gómez He- mero 2 235. Ascienden: A 32.280 pesetas, doña Elvira Sánchez Saura, número 3.358. Murcia: a ?0.480 pesetas, don
rrera, número 63.190. Madrid.
Día 5.—Vacante por jubilación de la señora Iriguib!e, Ángel Copete Calleja, número 10.207, Barcelona; a 28.800
número 3.437. Ascienden: A "0.480 pesetas, doña Pasto- pesetas, don Jo^-é Canal del Campo, número 19.145, Vara García Pérez, número 10.204. Cádiz; a 28.800 pesetas, Uado'id a 27.600 pesetas, don Patricio Gil Fortún, núdon Juan de Dios Molina Núñez, número 10.504 bis, re- mero ''2.751. Huesca: a 25.680 pesetas, doña Euarenia García Sánchez número 47.392, Zamora; a 23.880 pesetas,
habilitado, Murcia.
Vacante por jubilación de la señora González, núme- don Ángel Santos Vaquero, número 63.200, Toledo.
Vacante por jubilación de la señora Arce, núm. 2.768.
ro 12.984. Ascienden: A 28.800 pesetas, don Ángel Cámara Godoy. número 19.140. Cádiz: a 27.600 pesetas, doña Ascienden: A 32.280 pesetas, doña Amelia Ruiz López,
Margarita Mut Juan, número 32.746. Baleares; a 25.680 número 3.359. Vizcaya: a 30 4,80 pesetas, doña Gertrudis
pesetas, doña Do'ores Olmo Muñoz, número 47.386, Gra- Granados López, número 10.208, Madrid; a 28.800 pesenada; a 23.880 pesetas, doña Rosario María Claramonte, tas, doña Isabel Martínez Gómez, número 19.146, Las
Palmas; a 27.600 pesetas, doña Victoria Sierra Alvarez.
número 63.191, Albacete.
Vacante por jubilación de la señora Feiloo, núme- número 32.752. Cuenca; a 25.680 pesetas, doña Adela
Hernández Bermeio. núm. 47.384; a 2^.880 Desetas, doña
ro 13 105. Ascienden: A 28.800 pesetas, don Salomé Zarco
Rodrí°ruez, número 19.141, Murcia; a 27 600 pesetas, don Teresa Vilaubí Fontanet, número 63.201. Castellón.
Francisco Querol Arasa, número 32.747, Tarragona; a
Día 8.—Vacante por pubüación del señor García, nú25.680 pesetas, doña M. R^m^dios
E'nadas García de la mero 3.454. Ascienden: A 30.480 pesetas, don Saturio
Santa, número 47.387: a 2r'.8?0 pesetas, d o n Miguel Prie- Aparicio Gut'érrez, número 10.209. Va'encia; a 28.800 peto del Estal. número 63.192, Vizcaya.
setas, doña Fe'isa Cestafé Vitoria, número 19.147. GuiVacante por excedencia de la «°ño-a Jor?e. núm. 44.850. púzcoa: a 27.600 pesetas, don Luis García Sabariz, núAscienden: A 25.680 pesetas, doña María Pulg Callis, nú- mero ?2.753, l u g o : a 25.680 pesetas, doña M. Encarnamero 47.°88. Gerona: á 23.8P0 pesetas, doña Ana Bayo ción Jiménez Hernáez, número 47.395. Jaén; a 23.880 pesetas, doña María Jesús Larumbe .Gonzalo, n ú m . 63.201
Liro'a. número 63.1P*. A'mería.
Vaco^te' por excedencia de la seño-a Mifuel. núme- bis, reingresada, Guipúzcoa.
ro 48 757. Asciende: A 2°.880 p " ° t a s , don Virgilio Gutié(Continuará.)
rrez Giménez, número €3.195, Cáceres.
(«B. O. de! E.» del 12 de enero.)
4 de abril
íye
Premios
de 1963
DC NCEL - 1963
BASES DEL
1.» La Editorial «Doncel» convoca
los Premios «Doncel» de literatura
Juvenil para el año 1963, de acuerdo
con las siguientes bases:
2.a Para 1963 se establecen los siguientes premios:
Premio «Doncel» de Novela, dotado con 20.000 pesetas.
Premio «Doncel» de Cuentos, dotado con 20.000 pesetas.
Premio «Doncel» de Biografía, dotado con 20.000 pesetas.
Todos ellos a conceder a escritores
de habla española, autores de libros
ES mejor nivel d e España
v e n d r á d e ía Escuela
Presidida por el Jefe provincial del
d. E. M. de Soria, don Francisco Roncal, en la sala de juntas de la Jefa»
tura provincial del Movimiento, ha
celebrados estos días sus sesiones la
J u n t a Provincial del Magisterio oficial. Estas sesiones han sido precedidas de u n a extensa labor de estudio de todos los afiliados pertenecientes al mencionado Servicio y Asociación y abarcó toda la sama de temas y de problemas inherentes a la
vida docente de nuestra Patria, en
su futuro y en el de la sociedad entera española. Temas, por otra parte, de vital interés profesional para
todas las Asociaciones de Enseñanza
Primaria.
En el Gobierno Civil le fueron entregadas al excelentísimo señor don
Antonio Fernández-Pacheco,González
las conclusiones. El acto tuvo lugar
en la sala de Junta del Gobierno, y
acompañaban al señor Gobernador
el Subjefe del Movimiento y Delegado provincial de Asociaciones, señores Cisneros y Villuendas.
El señor Roncal hizo saber al Gobernador civil el trabajo y empeño
que en todo momento ha puesto el
Magisterio soriaño de toda la provincia, ya Que s u colaboración ha sido muy grande y eficaz mediante los
estudios que h a n mandado, así como
sus aportaciones, fruto de los cuales
se han elaborado las conclusiones para defender los intereses de la educación y trabajar en la dignificación
de la Escuela nacional.
«Es un honor para mí—dijo el Gobernador—el recibir .ai Magisterio, y
no' voy a ensalzarlos, pues sería falta de modestia, ya que soy u n Maestro más.» Seguidamente hizo, en acertadas palabras y contundentes conceptos, u n comentario a las conclusiones q u e le eran entregadas, realzando la entrega, vocación y entusiasmo del Magisterio, en tomo al
cual todo se presenta hoy favorable
en la coyuntura nacional, y en corto plazo, lo que era ilusión será realidad, pues existe en la actualidad
palpitación nacional y se sabe la situación precaria en a u e vive el Maestro y la necesidad en los pueblos de
una buena Escuela, bien dotada de
todo, ya aue es la Escuela ei «alma
¡nater» del Maestro y de la educación .
«El mejor nivel de España vendrá
de la Escuela», continuó el señor Fernández-Pacheco y González, y por
ello la preocupación en superar económica y eulturalmente al Magisterio. Terminó con palabras de aliento y con ánimo de¡ trabajo corporativo para que la Patria tenga la enseñanza y 2a Escuela a u e en cada
momento necesita.
Como final tuvo u n cambio de Impresiones con los asistentes.
CONCURSO
inéditos destinados a Jóvenes de diez
a diecisiete años. La concesión del
premio supone la pubiicación de la
obra por la Editorial «Doncel» en
cualquiera de sus colecciones.
3.» Además del premio en metálico, el autor recibirá el 10 por 100
del precio de venta del libro a socios
y público, respectivamente, de los
ejemplares facturados, sobre u n a tirada mínima de 5.000, a abonar mediante liauidaciones semestrales.
4.a La Editorial se reserva la exclusiva de edición de los libros premiados durante u n plazo mínimo de
cinco años.
5.» La Editorial podrá seleccionar
para su publicación cualauier otro
original presentado, firmando con el
autor contrato común de edición,
con las condiciones de las bases tercera y cuarta.
6.» El Jurado, aue se hará público j u n t o con el fallo, adjudicará los
premios en 30 de mayo de 1963, «Día
de la Juventud». Este fallo será Inapelable.
7.a Los concursantes deberán remitir a la Editorial «Doncel» (Víctor
Hugo, 3, Madrid-4, teléf, 231-24-04),
antes del día 30 de abril de 1963,
los originales inéditos con a u e deseen concursar, presentados en folios
mecanografiados a dos espacios y por
una sola cara, e n triple ejemplar,
acompañados de u n a carta, suscribiendo las bases del concurso y dando su nombre completo y domicilio.
No se autoriza el concurrir bajo seudónimo. La extensión de los originaíes será superior a noventa folios
completos e inferior a ciento cuarenta folios.
Radiofusidn PÍcolar minlc'ral
En el Instituto Municipal de Educación se ha celebrado el reparto de
premios de la primera fase del curso
de Radio-Escuela, y a u e " h a tenido
como tema «Los deportes y la vista»,
colaborando a la campaña de protección ocular. Las emisiones, dentro del
programa «Eauipo», se h a n realizado
per La Voz de Madrid, en colaboración con la Caja de Ahorros y Monte
de Piedad.'
La distribución h a sido la siguiente : Primer premio, Escuelas Aguirrt
(niños); segundo premio, Palacio
Valdés. y tercer premio, San Eugenio
y San Isidro; accésit, Grupos escolares, Ruiz Giménez, Moreno Rosales,
Escuelas Aguirre (niñas), San José,
San Eugenio y San Isidro (niños) y
Jacinto Benavente.
Igualmente la Cruzada nacional de
la campaña ocular h a distinguido con
un premio especial a las Escuelas
Aguirre.
Fueron repartidos material deportivo y óptico, con dotaciones individuales y colectivas.
Asimismo, por el Sindicato de
Transportes y Comunicaciones hün
sido concedidas a los colaboradores
de estas emisiones, profesores don
EnriQue Santos García, don Maximino Sanz y don Lino de Pablo, emblemas de oro y plata de la Agrupación
Sindical de Radio y Televisión por
sus servicios a la radiodifusión- escolar.
Ütlu Elemental de ieeoralíi
Precio: l * p«s«iw
'¡Adelante!'
5
Una buena Escuela, qne ti*&*
un bnen Maestro, necesita ass»
buena « e n c i c l o p e d i a » ; j
¿no cree usted que la mejor es
«¡Adelante!»?
DICEN LOS LECTORES
SOBRE EL CONCURSO RESTRINGIDO DE DIEZ MIL
«Muchos son los artículos a u e sobre este asunto vienen apareciendo
en la prensa profesional en estos últimos días, y en todos ellos se refleja la inauietud a u e en los interesados h a producido la promulgación del Decreto de 5 de febrero
de 1959, a u e varió por completo lo
dispuesto en el artículo 57 del vigente Estatuto del Magisterio, ree>
tando plazas a u e antes se anunciaban en este concurso con arreglo ai
citado artículo del Estatuto, con lo
cual el concurso de aue nos ocupamos ha auedado más restringido de
lo a u e su nombre indica, y son muchísimos los diezmilistas a u e hicieron esta clase de oposiciones coa eí
loable deseo de tener algún día asceso a las grandes poblaciones, cose
aue no pueden lograr por las poquísimas plazas aue en todos los concursos se anuncian.
Con todo respeto nos' permitimos
rogar a las dignísimas autoridades
aue rigen los destinos de la enseñanza a u e con caridad estudien este
asunto y, a ser posible, vuelvan &
quedar las cosas como estaban ante*
del 5 de febrero de 1959, puesto qu«
el citado Decreto hacía u n a reforms
a título de ensayo, como en el mismo se determina; o, por lo menos
reformar el mencionado Decreto para n o lesionar derechos legítimos de
quienes se lanzaron con brío a la
práctica de las citadas oposiciones
con el fin de mejorar su situación
profesional con vistas al porvenir dfc
sus hijos, aue también deben contar
en esta ocasión.» María Amparo RR
LLO OCHAITA, Madrid.
LOS CURSILLISTAS Y EL CONCURSO
'""'«Son^varias las deficiencias" que
veo e n esta campaña:
1." Según tengo entendido—puedí
que me equivoque—, están en. propiedad de Escuelas que han obtenido en concurso de traslados y que
por tanto, son propietarios definitivos, y n o provisionales.
2.o Lo más importante es aue, por
favorecer a los 3.741 cursillistas de¿
36 y ex combatientes a u e figuran ec.
la séptima categoría del Escalafóu
del Magisterio, se perjudica a una
cantidad mucho más elevada—6.860—•
de Maestros de la oposición de 1960
Me parece que, e n justicia, se debiera de adelantar la fecha del cierre de las hojas de servicios para que
estos compañeros del 36 n o hicieran
saltar unas disposiciones a u e acataron en su día o, para no perjuiicar
a los opositores del 60, tuvieran éstos en el próximo concurso preferencia sobre aquéllos. De esta forma s*
hacía u n favor a 3.741 Maestros, ala
perjudicar a los 6.860, también Maestros, que están detrás en el Escalafón, pero que en el próximo concurso deben y tienen, en justicia, que
estar delante.»—Antonio RUIZ DBSOLMO. Colindres (Santander)
Ks«u«la
Premios del Instituto Nacional de Previsión a Maestros
y escolares de Algeciras
JBI pasado día 27 se realizó la entrega de varios premios, por parte
del Instituto Nacional de Previsión,
a diversos Maestros y escolares muSualistas, en atención a los méritos
¡lúe en cada uno concurrían refereníes a mutu-alismo y previsión.
El acto estuvo presidido por distintas autoridades provinciales de la
enseñanza, entre ellas el Inspector
Jefe de Enseñanza Primaria, don Manuel García Tena; el Inspector Delegado extraordinario del Ministerio de
Educación en el Consejo Escolar Primario del Campo de Gibraltar, don
ÜBteban Buñuel García; la también
Inspectora doña M. Rita Heras Ros
y otros representantes del Instituto
Nacional de Previsión, escolares mudualistas premiados y la totalidad del
Magisterio nacional de Algeciras.
El Presidente de la Comisión ProTincial de Mutualidades y Cotos Escolares de Previsión, don Joaquín
Deusa Soldevila, expuso en breves pero claras palabras las finalidades de
las Mutualidades Escolares en el orden de previsión social. Seguidamente felicitó a todos los Maestros por
ia labor que desarrollan en este aspecto, y especialmente a aquellos que
aan resultado premiados gracias al
tesón puesto en su tarea, y a los niños, que seguidamente se les haría
entrega de sus premios.
Después se procedió a la entrega
de los premios.
Don Esteban Buñuel García, Inspector de Enseñanza Primaria, recibió un diploma y varios Directores
recibieron sendos premios en metálico.
Seguidamente se entregaron dieciséis premios, consistentes en imposiciones en sus cartillas de Seguro
Dotal, a otros tantos niños y niñas
y que fueron otorgados por el Instituto Nacional de Previsión. A otros
treinta' escolares mutualistas les fueron entregados p r e m i o s de igual
cuantía, que otorgaba Ja Comisión
Local de Mutualidades y Cotos Escolares de Algeciras.
Pin.almente ñizo uso de la palabra
don Esteban Buñuel García, Inspector Delegado extraordinario del Ministerio de Educación en el Consejo
Escolar Primario, quien expuso las
distintas finalidades de las Mutualidades y Cotos en orden a la función comunitaria, la vitalización de
íos programas y a la iniciación profesional.
Jubilación de un Maestro
Con asistencia del Catedrático y
Comisario General de Excavaciones
Arqueológicas, señor Santolalla; del
Inspector de Enseñanza, señor Romanillos, de la Directora jubilada
doña África R. de Arellano. varios
Directores y Maestros de Madrid y
su provincia, se celebró el domingo,
día 24, ea la Asrupación escolar «Menéndez y Pelayo» el homenaje que
el Profesorado del Centro rindió al
Maestro nacional y arqueólogo don
Deogracias Estavillo Villambrosa con
motivo de su jubilación.
Se recibieron adhesiones de la Inspección General de Enseanza Primaria, del Ayuntamiento de Campo de
Criptana, de compañeros y amigos
del señor Estavillo en distintas regiones españolas.
Contestó el homenajeado con frases muy elocuentes dirigidas a las
madres y a los alumnos aue le acompañaban, recibiendo obsequios muy
delicados ofrecidos por la Escuela y
ixir. los Clubs circumeseolares.
Español»
197
Biografías de los nuevos Inspectores
ALVARO BUJ GIMENO
Nació en Zaragoza ei 1 de septiembre de 1929. Pasó su infancia en Mazaletón (Teruel), donde su padre estuvo destinado como Maestro nacional.
Cursó los estuaios -de Bachillerato en Teruel y Va_w
lencia (Instituto «Luis Vives») y obtuvo el título
de Maestro en la Escuela del Magisterio de Teruel,
Desempeñó interinamente Escuelas nacionales de
Monta^bán (Teruel) y Muniesa (Teruel), y en ei
año 1952 realizó las oposiciones a ingreso en eá
Magisterio Nacional, obteniendo en Teruel el número 2 y siendo destinado a Utrillas (Teruel). En
1954 realizó en Zaragoza los cursillos para el período de Inclación Profesional en su modalidad industrial, siéndole adjudicada una clase en su Escuela de Utrillas.
En 1955 oposita a plazas de diez mil y más habitantes én el distrito de Madrid y obtiene el número 1, pasando a desempeñar Escuela en Aranjuez
Dos años después se traslada a Barcelona, de donde
ha sido Maestros propietario hasta ahora.
En junio de 1955 realiza en la Universidad de
Madrid las pruebas para optar a una de las doce
becas que el Ministerio de Educación Nacional destinaba para otros tantos Maestros que quisieran cursar estudios de Pedagogía. Obtuvo una de dichas becas y comienza la licenciatura en el curso esco'.ar 1955-56, conservando la condición de becario a través de toda la licenciatura.
En Tos años 1958 y 1958 fué ijsnsionado Por la Universidad Internacional
«Menéndez y Pelayo», de Santander, para realizar cursos sobre «Metodología
de la Educación».
En 1961 terminó la licenciatura con sobresaliente y premio extraordinario. Para preparar oposiciones le fué concedida una de las becas destinadas
a los mejores graduados, mediante concurso abierto por la Comisaría General de Protección Escolar. En el mismo año obtiene Premio Nacional «Pin
de Carrera» y Vítor al Mérito Profesional. Durante el curso 1961-62 es
ayudante de la Cátedra de Pedagogía General en la Universidad de Madrid
y de la de Fundamentos de Filosofía en la Facultad de Ciencias Políticas
y Económicas (Sección de Económicas). En el presente curso viene desempeñando la ayudantía de la mencionada Cátedra de Pedagogía General en
la Universidad de Madrid.
Llega a la Inspección con seis años de ejercicio efectivo como Maestro
y once años de antigüedad en el Escalafón.
Ha obtenido el número 1 y la plaza de Granada.
MANUEL CANO CALERO
Nació en Pozoblanco (Córdoba), el día 9 de octubre de 1936. Hijo de
Maestro nacional.
Terminado el Bachillerato elemental, inició la carrera
como alumno oficial de la Escuela del Magisterio de Ma- _ _ _
drid, residiendo en la Institución del Divino Maestro. Si- f
multaneó el Bachillerato superior por enseñanza libre.
*a¡as
E n 1953 es Maestro d e E n s e ñ a n z a P r i m a r i a . E n 1954 es ¡p
bachiller superior.
En Valladolid inicia la Licenciatura en Filosofía y II
Letras. En 1956 termina los cursos comunes en la Uní- p
versidad y aprueba las oposiciones de ingreso en el Magisterio Nacional. Ejerce unos meses en el Grupo escolar ¡
«Isabel la Católica», de Valladolid, hasta que es nombrado becario auxiliar del Instituto «San José de Calasanz» (C. S. I. C ) , para prestar servicios pedagógicos en
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el Internado «Infanta María Teresa», y le es concedida
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por la Dirección General de Enseñanza Primaria licencia
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para cursar estudios.
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En el año 1959. obtiene el grado de Licenciado en Filosofía y Letras (Pedagogía) con la calificación de no- íiéS¡!&--ta&.\í
table.
En el curso 1959-60 se incorpora de nuevo a su destino como Maestro nacional, desde donde en 1962 oposita en el Rectorado
de Madrid y obtiene la plaza de Director del Grupo escolar «José María
del Moral», de Tomelloso (Ciudad Real), destino desde el que presta sus
servicios actualmente a la enseñanza primaria. Ha obtenido el número 18.
JUAN NORIEGA ALVAREZ
Nació en Villacondide (Coaña, Oviedo) el 25 de septiembre de 1932. En
Oviedo simultaneó sus estudios de Bachillerato con los de Magisterio, obteniendo todos los cursos una nota media de sobresaliente en ambas ramas. En esta época participó en los
concursos literarios provinciales del Frente de Juventudes, ganando tres primeros premios.
Obtiene los dos títulos con la calificación de notable.
En 1953 gana las oposiciones de ingreso con el número 3. Ejerce durante diez años en Escuelas nacionales, obteniendo voto de gracias en' todas las visitas de
inspección.
En 1956 comienza, por enseñanza libre, sus estudios de Filosofía y Letras en la Universidad de Oviedo. Se licencia en Pedagogía, también por enseñanza libre, en la Universidad de Madrid en octubre de 1961.
Ha publicado artículos en diversas revistas profesionales y tiene dos libros escolares en trámite de publicación.
Ha obtenido el número 2.
&£H3B
198
28
MATRICULAS
P a r a responder al, interés q u e
ría despertado e n t r e los Maestros
el Recurso resuelto por el Ministro de .Educación Nacional sobre
matrícula g r a t u i t a a los hijos dé
los Maestros, publicamos la co
pia textual del Recurso, que es como s i g u e :
«Expediente 8.045/46 y 47.—
Hay u n m e m b r e t e : Ministerio de
Educación Nacional. Sección de
Recursos.—Con esta fecha el excelentísimo señor Ministro del Departamento ha dispuesto lo sig u i e n t e : VISTO el expediente de
recursos de alzada interpuestos
por don J u a n Luna Cabrera y otros
Maestros nacionales, contra Orden
de Dirección General de Enseñanza Media de 14 de noviembre de
1959, que les deniega el derecho a
matrícula g r a t u i t a en Centros de
Enseñanza Media.
RESULTANDO que por don J u a n
Luna Cabrera, don Andrés Tomás
del Riego y don Manuel García de
Acevedo se solicitó, respectivamente, p a r a sus hijos matrícula
gratuita en el Instituto de Enseñanza Media de Alicante, petición
que les fué rechazada, reclamando
ante la Dirección General en el sentido de que los hijos de Maestros
nacionales tienen derecho a dicha
matrícula, y cuya petición fué asi
mismo denegada por Orden de 14
de noviembre de 1959, contra la
que interponen los presentes recursos de alzada, fundándose en
que no les es de aplicar la Ley de
Protección Escolar, por cuanto, en
Derecho, a r r a n c a de la Ley ríe
Educación Primaria, y, por ende,
terminan suplicando que se deje
sin efecto la Resolución impugnada y se les reconozca el derecho a
matrícula g r a t u i t a a favor de sus
hijos
VISTAS las Leyes de Protección
Escolar de 19 de julio de 1944, de
Educación P r i m a r i a de 17 julio de
1945, de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, Ordenes Ministeriales de 27 de septiembre de 1951, 3 de diciembre
de 1957, de julio de 1960 y demás
disposiciones de general aplicación.
CONSIDERANDO que a tenor de
lo dispuesto en el art. 73 de la vigente Lev de Procedimiento administrativo de 17 de julio de 1958,
dada la identidad-de pretensiones
deducidas en los presentes recursos, en v i r t u d de u n principio de
economía procesal administrativa
procede su acumulación p a r a resolver en u n mismo pronunciamiento.
CONSIDERANDO que la cuestión
a d'lucidar en el presente recurso
se contrae a d e t e r m i n a r si, en base
de
marzo
d »•
1963
GRATUITAS
a lo establecido en el artículo 57
de la Ley de Educación Primaria,
los hijos de Maestros disfrutarán
siempre del beneficio d e - m a t r í c u la g r a t u i t a o, por el contrario, quedan sometidos al régimen común
de la Protección escolar conforme
a su Ley de 19 de julio de 1944 y
de todo lo actuado, que según señala la Orden Ministerial de 19 de
julio de 1960, el derecho establecido en el párrafo 9.° del citado artículo 57 tiene u n a causa y finalidad distinta al de matrícula gratuita concedida por la legislación
de Protección escolar, pues no es
u n a concesión asistencial, sino mero elemento i n t e g r a n t e de la contraprestación que el Estado debe
al Maestro por los servicios que
éste presta y, por ende, n o puede
pretenderse que esta contraprestación sea condicionada por factores que no han sido contemplados
ni comprendidos por la legislación
orgánica de la Enseñanza Primaria, y tal interpretación lógica de
las disposicomes que regulan 'a
materia se corrobora con la Orden
Ministerial de 27 de septiembre de1951, en la que expresamente se declara este derecho de gratuidad escolar a los hijos de Maestros na
cionaleS, ya en situación de activos, ya de excedentes forzosos, para cualquier Centro dependiente
del Ministerio, quedando en su
apartado 3.°, excluido del porcen
taje que en tal sentido establece
la Ley de 19 de julio de 1944 y
sus disposiciones complementarias,
sin perjuicio, además, de que las
disposiciones que" conceden tal beneficio son posteriores y del mismo rango que la citada Protección
escolar, lo cual evidencia que el
legislador ha querido excluir, exp r e s a m e n t e en estos supuestos, de
su ámbito a quienes r e u n í a n tal
condición, lo que conduce, en mérito a tales razonamientos expuestos, la estimación del presente Recurso.
E S T E MINISTERIO h a resuelto
la estimación del presente Recurso
de alzada.—Lo que traslado a usted para su conocimiento y demás
efectos.—Dios g u a r d e a usted muchos años.—Madrid, 28 mayo 1962
fí. O. del 29 junio 1902.
CONVERSACI 3.N
TRASLADOS POR CONSORTES
«En el concurso que acaba de retsolverse l i e sido destinado a una Efecuela de la que me posesionaré en
septiembre próximo. Pero es el caso
que en el que se va a convocar próximamente se anunciará una vacante de Maestra que ha quedado en ese
pueblo. ¿Puede solicitarla mi esposa, también Maestra de estas últimas oposiciones, haciendo constar
que yo ya estoy destinado en ese
pueblo?»
—El artículo 73 del Estatuto exige
que el cónyuge del solicitante «resida» en la localidad donde se produce la vacante, y eso no sucederá
con usted hasta después de primero
del próximo septiembre.
GRATIFICACIÓN POR PRIMER
SERVICIO
«Estoy actualmente prestando mi
servicio militar obligatorio y creo
que me licenciarán en el mes de Junio próximo. Ahora se han negado a
pagarme la gratificación de 3.000 pesetas porque no estoy en la Escuela.
¿Ten9ro derecho a cobrarla at incorporarme a ella después de mi licénciamiento?»
—La Resolución de 24 de diciembre pasado ordena la distribución de
estas gratificaciones entre los últimos opositores de ingreso, tanto de
las oposiciones generales como las
directas a plazas de diez mil, con la
obligación de servir la Escuela, al
menos, durante este curso. Aunque
expresamente r.o esté considerado su
caso, que es muy general, creemos
que sí está comprendido: 1.°. porque
en el apartado C) se excluye sólo a
los que -solicitaron la excedencia,
que entendemos sea la voluntaria, y
usted, aunque está en situación de
excedencia especial, no la ha. solicitado, sino que se la han impuesto,
y 2.o, porque en el apartado D) se'
ABIERTA
ordena a las Delegaciones, Administrativas que las nóminas se formulen con la relación de opositoresaprobados en la provincia en Ja que
usted figura.
CONCURSO DE TRASLADOS
«Ya he leído lo que dicen ustedes
de que los opositores del 60 podemos tomar parte en el próximo concurso. A mí me adjudicaron plaza
con carácter forzoso al terminar la
oposición, y en este último concurso, primero en el que he intervenido voluntariamente, me han nombrado para otro pueblo. ¿Puedo tomar
parte en el que va a anunciarse
ahora?»
—La interpretación del articulo 66
del Estatuto no ofrece dudas ni da
lugar a casos particulares. A todos
los Maestros que Intervengan en el
concurso les exige que acrediten un
año. al menos, de servicios en la Escuela desde la que solicitan, excluyando de esta obligación a los que
lo h?>g<m desde su primer destino en
propiedad—se entiende definitiva—o
a 'os que soliciten por el t u m o de
consortes, que pueden hacerlo aun
como nrovisionales si su cónyuge es
definitivo.
Su caso se limita a comprobar si
la Escuela que le adjudicaron al terminar la oposición fué de la* anunciadas para ser cubiertas por los opositores, es decir, definitiva, en cuyo
caso no nuede -tomar parte en el
concurso hasta que lleve un año de
servicios en la que ahora le han adjudicado y de ¿i que se posesionará
en1 septiembre. Si la Escuela recibida
a. terminar la oposición fué con carácter provisional, la primer* definitiva es la que le han adludicedo en
este ú'timo concurro y puede tomar
pirte en el próximo por no neceslt.or ci a ñ 0 de servicios en el primer
destino.
Escuela
Dos Maestros, sin conocimientos técnicos, construyen un aparato de I V
SERA DESTINADO A LOS ESCOLARES DE UN GRUPO ESCOLAR
Dos Maestros de Escuela han construido un televisor con destino al
Grupo escolar «Calvo Sotelo», sin tener los más mínimos conocimientos
técnicos sobre esta materia. El aparato, que funciona perfectamente, ha
sido ya insta'ado en el Grupo pgra
el servicio exclusivo de los pequeños.
Los materiales empleados han costado 11.000 pesetas y han empleado en
su construcción muchísimas horas de
trabajo y no pocos consejos y asesoramientos.
Los eastos han sido sufragados por
los propios Maestros, que han destinado a ellos parte del dinero destinado para material escolar y algunas cantidades correspondientes al
cobro de permanencias escolares.
Los Maestros construtores del aparato son don Carlos de Castro García y don Tomás Benito Perandón,
ESTADÍSTICA
ELEMENTAL
APLICADA A LA
EDUCACIÓN
por
PABLO GÜZMAN OSBBXAlt
Tratado elemental y practico, a modo de prontuario, especialmente preparado para Maestros nacionales y
opositores
Precio: 30 peseta*
EDITORIAL
ESCUELA
ESPAÑOLA
¡VOTAS DEPORTIVAS
Con u n aburrido encuentro entre
el Real Madrid y el Córdoba, suplido en Má;.aga por la combatividad
del equipo andaluz frente al Atlético madrileño, ponemos de manifiesto las notas más sobresalientes de
la veintisiete jornada de Liga, cuyos
resultados generales fueron:
Primera División
Coruña, 2; Oviedo, 1. Valladolid. 1;
Valencia, 0. Elche. 8; Sevilla, 1. Málaga, 1; Atlético de Madrid, 1. Barcelona, 0; Zaragoza, 0. Betis, 2; Osasuna, 1. Atlético de Bilbao, 5; Mallorca. 3. Madrid, 1; Córdoba, 0.
Segunda División'
Grupo primero.—Langreo, 3; Indauchu, 1. Atlético de Baleares, 3;
Basconia, 0. Constancia, 4; Alavés, 1.
Pontevedra, 1; Sabadell, 0. Salamanca, 2; Española, 0. Orense, 2; Celta. 1.
Real Sociedad, 2; Santander, 2. Gijón, 1; Burgos, 0.
Grupo segundo.—Las Palmas, 2;
Cádiz, 1. San Fernando, 0; Tenerife, 0. Jaén, 3; Granada, 0. Murcia, 1;
Huelva, 0. Msstalla, 3; Cartagena, 0.
Plus Ultra, 0; Levante, 2. Sevilla Atlético, 1: Melilla, ,1. Eldense, 1; Hércules. 1.
Española
LA SEMANA
Miércoles, 27. ESPAÑA.—La Corporación Municipal de Madrid visita al Jefe del Estado.
—Fl Ministro de Educación visita varios centros docentes de
Valencia.
EXTRANJERO.—Hassan II se entrevista con el Presidente Kennedy.
—D'mite el- Ministro argentino del Interior.
—Un comando anticastrista hunde un barco ruso en Cuba cuando se dedicaba a cargar azúcar.
Jueves, 28. ESPAÑA.—Se producen dos hundimientos en las obras
del túnel del Guadarrama.
—Obras por valor de millón y medio de pesetas realizará la
Diputación de Madrid en San Lorenzo del Escorial.
EXTRANJERO.—Es probable que Washington aumente su ayuda
a Marruecos, a pesar' de que Hassan II se muestra partidario de la
evacuación de las bases norteamericanas.
—Mientras De Gaulle se pasea con el Presidente de Méjico —López
Mateos— por París, las huelgas amenazan c-m llevar a Francia a
una graue inflación. Varios periódicos de provincias también se han
declarado en huelga, otros amenazan con sumarse a e"a : pero
Combat, de París, ha puesto el dedo en la llaga cuando señala que.
si esto hacen, dejarán la información a merced de la propaganda oficial radiotelevisada.
—Argelia apoya la unión de Egipto, Siria e Irak, pero no se incorpora a la Federación.
Viernes. 30. ESPAÑA.—El Ayuntamiento de Madrid acometerá, con
un presupuesto extraordinario de 3.000 millones de pesetas, mejoras
en la capital.
EXTRANJERO.—El informe de los dos Clay sobre la reducción
de las ayudas norteamericanas en el exterior, viene a decir que algunos países como España y Portuaal están suficientemente compensados por los gastos que el personal norteamericano realiza en
ambos países
—«La futura ayuda norteamericana a España deberá ser en forma
de cooperación técnica y préstamos», dice una Subcomisión de la
Cámara de Representantes.
Sábado, 30. ESPAÑA.—Don Pedro Gómez Aparicio es reelegido Presidente de la Asociación de la Prensa de Madrid.
—Don Fernando Martín Sánchez, don Enriaue Araués y don Gerardo Contreras han sido nombrados Periodistas de Honor.
EXTRANJERO.—Comienza en Argelia la nacionalización de los
bienes franceses.
—Juan XXIII publicará una nueva Encíclica en la que hablará
de la Paz.
Domingo, 31. ESPAÑA.—Se celebra en toda España el XXIV aniversario del «Día de la Victoria».
EXTRANJERO—Equipos de rayos X patrullan por Londres en
busca de u n virus que ya ha causado la muerte por meningitis tuberculosa a varias personas. Se cree que el portador del virus es u n
enfermo desahuciado por los médicos.
—Con 21 salvas de cañón en un parque junto al río Hudson se
anuncia el fin de la huelga de periódicos en Nueva York, que ha durado 114 dias.
—El Ejército guatemalteco derriba al Presidente Ydígoras y se hace
cargo del poder «para salvar —según las primeras declaraciones— al
país del peligro comunista».
Lunes, 1. ESPAÑA.—Alfonso de la Serna y Emilio Romero obtienen el premio Mariano de Cavia y Luca de Tena, respectivamente.
—Por una orden del Ministerio de la Gobernación se prohibe toda
clase de explosivos, fósforos, bengalas, juegos artificiales y demás
juguetes infantiles.
EXTRANJERO.—El Ejército guatemalteco, que ha derribado al
Presidente Ydígoras, a quien acusan de haber dado a los comunistas
la oportunidad constitucional de infiltrarse en el Gobierno y en
los Partidos políticos.
•—Los revolucionarios han suspendido la Constitución y disuelto
la Asamblea Nacional hasta que vuelva el orden, así como la actividad de los Partidos. Y hacen un llamamiento al pueblo para que
colaboren en la supresión del comunismo.
Martes, 2. ESPASA.—El Conde de Mayalde recibe la Medalla de
la Feria Mundial de Nueva York.
EXTRANJERO.—Ha fracasado el golpe de fuerza de los militares
argentinos Torauro Montero y Benjamín Menéndez.
—El Ministro laosiano de Asuntos Exteriores, Quirún Folsena, ha
sido asesinado a tiros.
—El Ejército y el Partido atacan a Kruschev, quien parece estar
decidido a renunciar a uno de sus cargos de Gobierno.
199
200
4 de a b r i l de 1963
Revista de educación, fondada por ios
hijos d e Ezequiel solana.
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T e l é f o n o
2 22S7 6 4 - M A D R I D - 1 3 - A p a r t a d o
14.540
SOBRE EL HOGAR DEL MAESTRO JUBILADO
¡GRACIASí MUCHAS GRACIAS, SÉSOR MINISTRO
Sí, compañeros, con verdadera alegría tenemos que expresar el s e n t i m i e n t o
de gratitud que hoy nos invade. Al fin será realidad, y realidad inmediata,
la existencia del Hogar del Maestro Jubilado.
Y será realidad merced a la generosa intervención del excelentísimo señor
Ministro de Educación Nacional, quien ha acogido con cariño las sugerencias, anhelos e iniciativas de dos señoras Inspectoras jubiladas, doña Luisa
Bécares y doña Amelia Asensi. La primera; por su gesto h u m a n o y caritativo,
como impulsora de la idea y quien, con e¡ corazón abierto a toda manifestación de compañerismo, n o ceja en su tarea de Uevar a feliz término s u
pensamiento de hermandad; la segunda, por haber a u n a d o s u voluntad y
su cariño a buscar el remedio de los males y sinsabores que cercan a los compañeros q u e alcanzan la meta en la
vida profesional y s e encuentran sin
un hogar t u t e a r acogedor.
márgenes del Manzanares, hoy c o n
Ambas son conocedoras de este proamplias avenidas y paseos frondosos,
blema por haberlo observado y vivt>' les ofrecerán lugares tranquilos acodo en elentos y cientos de casos a lo
gedores durante el estío. Tal es el
largo de su vida profesional (cuarenmarco magnífico donde s e proyecta
ta y cinco a ñ o s ) , en contacto permalevantar el Hogar para los q u e d e nente con la gran familia de los eduseen buscar u n lugar tranquilo y secadores.
reno al final de s u vida profesional.
Y h e aquí la gran paradoja: q u e
La generosidad del señor Lora Taninguna de las dos necesitan de los muyo para con los educadores al ceservicios benéficos de la Institución
der el solar, que con tanto tesón han
que con tanto amor y cariño patrocodiciado cuatro entidades oficia'es,
cinan.
que el Ministerio tiene en el extrem o NE. del Grupo escolar «Joaquín
El evee'entísimo señor Ministro, e n
Costa», cuyo emplazamiento hemos
an gesto de bondad y complacencia,
señalado
y cuyo valor actual sobrea la vez que lleno de un sentido s o cial y profesional, h a ofrecido el so- pasa los seis millones de pesetas, bien
merece nuestro reconocimiento y gralar para q u e la obra se realice.
titud.
El Hogar del Maestro Jubilado s e
levantará en un lugar retirado, pero
céntrico, de Madrid. Sin encontrarse
en el círculo de las grandes avenidas,
estará a 300 metros de una de ellas.
Frente a él hay amplios paisajes ha<0
cia la llanura y la sierra. Se encuentra próvtmo a la Puerta de Toledo,
en un ribazo desde donde aún se ven
restos de las antiguas murallas q u e
nn día cercasen a la villa de Madrid,
sobre los mojones de lo q u e f u é la
Dehesa d e l a Arganzuela o teso d e l
ganado.
Orientado hacia el Mediodía, t e n drá fáciles solanas donde recrearse y
«. • ** « o
desentumecerse los músculos cansan 3uc dos de sus acogidos. J u n t o a él se halla la cariñosa mirada
y maternal
acogedora Iglesia de la Virgen de la
Paloma, q u e Se levanta 250 metros,
donde podrán encontrar el consuelo
espiritual y solaz esparcimiento. Las
.Hcni
SUS LIBROS
SU REVISTA
Material escolar
ESCUELA ESPAÑOLA
SSayor. 4 - Tel. 222-67-64 - Madrtd-18
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
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s*G3«ieraSa e los M&<tt8tzm
TlgÓar la capacidad
áe sms diucípslo*
U L L O A - ÓPTICO
Reunión d e los Jefes
provinciales del S. E. M.
Ha tenido lu?ar, e n la última s e m a n a de marzo, la reunión de los
Jefes provinciales del S. E. M. Se reunieron las comisiones de Afiliación,
semanario «Servicio». Jefaturas locales del S. E. M., Albergues y Cursos
d e verano. Cooperativas d e viviendas
para Maestros, hogares provinciales y
hogar nacional del S. E. M. y Seguros
de accidentes.
Fue competencia de cada Comisión
el estudio del tema, sobre guión preparado por el presidente d e la misma, elevándose u n proyecto de conclusiones, que e n forma de recomendaciones fueron presentadas al Pleno
para s u aprobación por la Comisión.
Sean, pues, estas líneas testimonio
del mismo en nombre de todos los
Maestros de España. Pero nos faltan
otros puntos por señalar y detallar
de grandísima importancia. Queden
para otras cuartillas, donde continuaremos nuestra exposición.—Julián JIMÉNEZ. Director del Grupo escolar
«J. Costa».
B«rvii* £7smís&ffi»at£ a » eaaia^lant
fes i o s casas e i adjunte anótate* ifc
Escala U L L O A
para escetarsi
e s a «i R s f e « « * loe Maestros p o e t a s aprecias
yaraonaanwwftn *i grado fe vistóm tic «tu edacaados
•aBIIB
Carmen, 12yl4y
José Antonio, 16
laROElQII
Foñtanella, 17
ZftRaSOZt
Coso, 67
SEfILL»
leté Antonio, 39
SALAHaie*
Concejo, 13
JEREZ
Ramón y Ca^et, Sí
8. SEBaSÍUS
Alcmeda, 25
«LIQalTI
Mayor, 25
mUBGlíS
Teresa Gü, S
FCNPLBRa
San Ignacio, 12
Stracban, 3
MaLaSl
Bá*a - Madrid