Sistema de Emisión Electrónica

Sistema de Emisión
Electrónica
SEE
¿Qué es la factura electrónica?
Un documento electrónico (archivo) generado
en formato XML de acuerdo a las
características y condiciones establecidas por
la SUNAT (estándar UBL y certificado digital).
Sirve para deducir crédito fiscal del IGV y
sustentar costo o gasto para efectos del
Impuesto a la Renta. Tiene la misma validez
que un comprobante físico y es más
segura.
FACTURA TRADICIONAL VS. FACTURA ELECTRÓNICA
Proceso Factura Electrónica
Proceso Factura en Papel
1. Generación de la Factura Manual:
Imprimir
Organizar
1. Generación de la
Factura Electrónica
35 seg.
1 min.
2. Envío y Entrega
Automáticos
2. Envío y entrega
(por correo)
inmediato
1 y 5 días
3. Recepción
(Sito web Automáticos)
3. Recepción
(abrir el documento)
inmediato
1 min.
7 min.
4. Revisión de la Factura Electrónica
(El registro en el sistema puede
hacerse de manera automática y
aplicar sistemas de validación.) 2 min.
1 min.
5. Registro y archivo electrónico
(información ordenada y
disponible de forma inmediata) 2 min.
4. Revisión y Registro de la
factura en el sistema
5. Guardar / almacenar la factura
con el resto de facturas
Total tiempo requerido estimado
Para Envío – Recepción
Entre 1 y 5 días
Factura en papel
Y 10 minutos
Total tiempo requerido estimado
Para Envío – Recepción
3
Factura Electrónica
AHORRA TIEMPO
minutos y
5 segundos
Obligados factura electrónica
2017 y 2018
Diciembre 2016
Julio 2016
517 Grandes
Empresas (IPCN)
Enero 2016
RS 203 –
2015/SUNAT
768 Grandes
Empresas
(04.08.2015
(IPCN) RS 300 –
2014/SUNAT
Agosto 2015
(30.09.14)
210 Grandes Empresas (IPCN)
RS 374 – 2013/SUNAT (28.12.13)
11,803 Principales
Contribuyentes a Nivel
Nacional
RS 203 – 2015/SUNAT
(04.08.2015
Resto de
Contribuyentes
Régimen General
Sistema de Emisión Electrónica
MULTIPLATAFORMA
Sistema de Emisión
Electrónica
SEE-SOL
R.S. 182-2008/SUNAT
 Recibos por Honorarios
R.S. 188-2010/SUNAT
SEE Del Contribuyente
R.S. 097-2012/SUNAT








Facturas
Boletas de Venta
Notas de crédito
Notas de débito
GRE
CRE
CPE
Recibos Servicios Públicos







Facturas
Boletas de Venta
Notas de crédito
Notas de débito
GRE – modelo general
CRE
CPE
Desde dispositivo móvil
 Recibo por honorarios
 Factura Electrónica
 Boleta de Venta electrónica
Sistema de Emisión Electrónica
desde SUNAT Operaciones en
Línea
(SEE-SOL)
Factura Portal (SEE Portal)
EMISOR
ELECTRONICO
Clave Sol
onsulta
RECEPTOR
(CLIENTE)
formato
digital
Clave Sol
Aspectos a tener en cuenta
 Sistema gratuito dirigido a empresas que tienen poco volumen de facturación
 El contribuyente solo requiere contar con clave SOL, no hay homologación ni
afiliación previa
 El contribuyente puede emitir sus comprobantes desde el portal de la SUNAT y
también desde sus propios sistemas, no hay restricción en el uso
 El sistema asigna la serie, y es única:
 Facturas y sus notas: E001
 Boletas y sus notas: EB01
 La SUNAT sustituye al emisor y al receptor, en la conservación del comprobante
Desde el PORTAL SUNAT
Desde el PORTAL SUNAT
Desde el PORTAL SUNAT
Desde el PORTAL SUNAT
[email protected]
Sistema de Emisión Electrónica
desde los Sistemas
del Contribuyente
(SEE-Del Contribuyente)
Aspectos a tener en cuenta
 Sistema dirigido a empresas que tienen alto volumen de facturación
Se requiere realizar ajustes en el sistema de la empresa que permita:
• Obtener los datos necesarios para la elaboración de los comprobantes de pago en
la estructura definida por SUNAT
• Convertir la información en formato XML de acuerdo al estándar establecido (UBL)
• Firmar electrónicamente con el certificado digital
• Remitir la información al cliente y a la SUNAT (a través de servicio web)
• Generar una representación impresa o archivo PDF
El desarrollo puede ser:
• In house, es decir, la empresa lo realiza
• Tercerizado, a través de cualquiera de los Proveedores de Servicios Electrónicos –
PSE autorizados por SUNAT
La decisión depende del emisor.
 El contribuyente puede utilizar cualquiera de los sistemas: portal o desde sus sistemas
Desde los sistemas del
contribuyente - Factura
1
Otorgamiento
(entrega)
Emite factura
electrónica
2
RECEPTOR
(CLIENTE)
Formato digital
Firmado digitalmente
EMISOR ELECTRONICO
Envía un
ejemplar de la
factura
(Formato digital)




Facturas
Boletas de Venta
Notas crédito
Notas débito
validaciones
 Estándar UBL
 Contenido
 Consistencia
 Firma digital
3
Valida y emite constancia
(CDR – Aceptado/Rechazado)
4
Consulta
Desde los sistemas del
contribuyente – Modelo con PSE
1
EMISOR
ELECTRONICO
Ingresa a SOL y
selecciona un
PSE
(vinculación)
Remite
información para
generar
comprobante
Envía factura al receptor
PSE
2
Genera comprobante:
Convierte información
en XML, pone su
certificado digital y
remite a SUNAT
RECEPTOR
(CLIENTE)
formato
digital
Envía un ejemplar
de la factura
(Formato digital)
3
Valida y emite constancia
(CDR – Aceptado/Rechazado)
4
Consulta
Desde los sistemas del
contribuyente –Factura electrónica
 El envío a SUNAT es en la fecha de emisión hasta un plazo máximo de 7 días
calendarios. Transcurrido el plazo NO tendrá la calidad de “factura” “nota”
electrónica, aunque haya sido entregada.
 Puede sustentar el traslado de los bienes, siempre que la factura electrónica
haya sido remitida y aceptada por SUNAT de manera previa al traslado
(Factura – Guía). Es decir No se exige guía de remisión remitente
 La entrega es por medios electrónicos. Ejemplo: pagina web, correo
electrónico, web service, etc. El tipo de medio es el señalado por el emisor.
Adicionalmente, podrá otorgarse una representación impresa, la cual no tiene
efecto tributario, por lo que en todos los casos, debe entregarse el archivo
digital de la factura (XML).
 Numeración Independiente de la numeración en papel:
 Serie alfanumérica de 4 posiciones. Debe iniciar con la letra “F”
 Correlativo: debe iniciar en 1. Puede tener hasta 8 caracteres.
Es Gestionada por el emisor. No se solicita autorización.
Desde los sistemas del
contribuyente – Boletas de venta
Emite y entrega
boleta de venta
electrónica
1
EMISOR
ELECTRONICO
Representación
impresa
2
RECEPTOR
Resumen Diario
Boletas y notas
3
Valida y emite CDR
Aceptado / Rechazado
formato digital
Desde los sistemas del contribuyente
Boleta de venta electrónica
 La entrega de las boletas de venta es a través de representación impresa o por







medios electrónicos (si existe consentimiento del comprador)
Numeración independiente de la numeración en papel
 Serie alfanumérica de 4 posiciones. Debe iniciar con la letra “B”
 Correlativo: debe iniciar en 1. Puede tener hasta 8 caracteres.
Es Gestionada por el emisor. No se solicita autorización.
No se envían a SUNAT. La boleta nace con la emisión.
Se envía un Resumen Diario con la información de boletas y notas emitidas.
El envío es en la fecha de emisión por la totalidad de las boletas de venta y
notas de crédito y debito emitidas en un día determinado
Plazo máximo: 7 días calendarios. Tiene carácter de declaración jurada.
Hasta el 31.12.2016, el Resumen Diario la información se comunica de
forma agregada. A partir del 01.01.2017, la información será detallada.
Otras disposiciones




Envío de Resumen de comprobantes impresos
Documento para comunicar la información de los comprobantes impresos y tickets,
emitidos en situaciones de contingencia.
Se realiza a través de un archivo plano en SUNAT Operaciones en Línea.
Conservación
El emisor electrónico debe conservar los documentos electrónicos (archivos XML, no
PDF), los resúmenes diarios, comunicaciones de baja
El receptor debe conservar los comprobantes de pago electrónicos (archivos XML)
Pérdida y obtención de ejemplares
En caso de pérdida o destrucción de los comprobantes de pago, notas electrónicas o
representaciones impresas, el adquirente debe solicitar al emisor un nuevo ejemplar.
Consulta
El emisor debe poner a disposición a través de una página web, una opción de
consulta de factura, boletas y notas electrónicas que emita, por un plazo no menor
de un año.
La SUNAT pone a disposición del emisor y receptor una consulta de validez y de la
información tributaria contenida en las “Facturas” y sus notas electrónicas
vinculadas.
Ajustes Normativos 2015 y 2016
RS 185-2015/SUNAT (17.07.2015) y modificatorias
Antes de la modificación
Con la modificación
No era posible emitir por
este supuesto
Se debía emitir una boleta
electrónica por transacción
Se pueden emitir facturas y boletas de venta por operaciones
afectas al IVAP (vigencia 1.1.2016)
Es posible emitir una boleta de venta electrónica que
consolide la totalidad de operaciones realizadas por montos
menores a S/ 5.
Dirección del lugar de entrega del bien o servicio.
Solo aplica para servicios. En el caso de bienes, en caso de
venta itinerante.
A partir del 01 enero 2017
Numero de placa, en caso de venta de combustible, cesión
en uso de vehículos, prestación de servicios de
mantenimiento.
A partir del 01 de enero de 2017
A partir del 01 de enero 2017 , se enviará detallado y no
de manera agregada.
Solo se requería la
dirección del domicilio
fiscal
Sólo en caso de Facturas
Resumen Diario con
información agregada.
Sistema de Emisión Electrónica
MULTIPLATAFORMA
Sistemas de emisión electrónica de comprobantes de pago
• Desde los sistemas del contribuyente :Factura, boleta de
venta, notas, guía de remisión, comprobante de retenciones,
comprobante de percepciones
• Desde el portal de las SUNAT: Facturas, boletas de venta,
notas, guía de remisión, recibo por honorarios, comprobante
de retenciones, comprobante de percepciones
• Desde el APP SUNAT: Facturas, boletas, recibo por
honorarios.
• Ahora:
Sistema Facturador SUNAT (SFS)
Sistema Facturador SUNAT – (SFS)
RS 182-2016/SUNAT
Facturador SUNAT
(SEE-SFS)
formato
digital
APLICATIVO
CONTABLE
JSON
TXT
XML
Facturador
Sunat
Valida y emite constancia
(CDR – Aceptado/Rechazado)
Consulta
EMISOR
ELECTRONICO
RECEPTOR
(CLIENTE)
formato
digital
otorga factura al receptor
Aspectos generales
•
•
•
•
•
•
•
Software gratuito desarrollado por la SUNAT que permite la emisión electrónica
de facturas, boletas y notas y comunicación de baja, desde la PC del
contribuyente que cuenta con un sistema contable o de gestión computarizado
(pricos, mypes)
En SOL, se habilita una opción para la elegir ser emisor del SFS. Con esta
marca se validarán los envíos, considerando que el XML generado tiene un tag
que identifica su origen.
Al ejercer esta opción se genera un mensaje al buzón electrónico.
Convierte la información del contribuyente a formato XML y realiza las
validaciones establecidas por SUNAT, así como firma digitalmente el
comprobante.
Envía automáticamente o a indicación del usuario, el comprobante a la SUNAT
(temporizador)
Genera un PDF del comprobante
No se requiere conexión a internet para la emisión, solo para el envío a la
SUNAT.
RS N° 182 – 2016/SUNAT
Condiciones para ser emisor e iniciar la emisión electrónica
–
–
Registrar un certificado digital y correo electrónico, salvo que ya los tenga
registrado con anterioridad.
Para empezar a emitir, solo necesita descargar los archivos .zip, registrar
el certificado digital y hacer una configuración previa.
Efectos
– Remitir a SUNAT la factura y notas asociadas
–
–
Remitir a SUNAT un ejemplar de la comunicación de baja
En caso de la boleta de venta, la obligación de
- Usar formato digital
- Enviar a la SUNAT un ejemplar en el plazo establecido
- Si usa papel térmico, se debe garantizar , su legibilidad e integridad por un año
– Sustitución por parte de SUNAT, en la obligación de conservar la factura y
notas (no las boletas, esa las conserva el emisor).
– El plazo para remitir a la SUNAT es dentro los 7 días calendarios.
Descarga e Instalación SFS
SUNAT VIRTUAL: WWW.GOB.PE
SISTEMA FACTURADOR SUNAT
INSTRUCTIVO – INSTALACIÓN Y USO
MULTIPLATAFORMA - SEE
Sistema de Emisión Electrónica (SEE)
APP- Dispositivo móvil
 Recibo por honorarios
 Factura Electrónica
 Boleta de Venta electrónica
SEE – SFS
R.S. 182-2016
SEE Del
Contribuyente
 Facturas
 Boletas de Venta
 Notas de crédito
 Notas de débito
R.S. 0972012/SUNAT
 Facturas
 Boletas de Venta
 Notas de crédito
 Notas de débito
 GRE – modelo general
 CRE
 CPE
 DAE (recibo de luz, agua,
telecomunicaciones)
SEE-SOL
R.S. 182-2008/SUNAT
 Recibos por Honorarios
R.S. 188-2010/SUNAT
 Facturas
 Boletas de Venta
 Notas de crédito
 Notas de débito
 GRE – bienes fiscalizados
 GRE – modelo general
 CRE
 CPE
Sistema de Emisión Electrónica
Comprobantes que se pueden Emitir:
SOL
Del Contribuyente
Sistema
Facturador Sunat
(SFS)
Factura Electrónica (FE)
x
x
x
Boleta de Venta Electrónica (BVE)
x
x
x
Nota de Crédito Electrónica (NCE)
x
x
x
Nota de Debito Electrónica (NDE)
x
x
x
Guía de Remisión Electrónica
Modelo General (GRE-Remitente)
x
x
Comprobante de Retención
Electrónico (CRE)
x
x
Comprobante de Percepción
Electrónico (CRE)
x
x
SEE
Comprobantes
Recibo Electrónico por Servicio
Público (recibo electrónico SP)
x
Sistema de Emisión Electrónica
Documentos a Comunicar:
SEE
SOL
Del Contribuyente
Documentos
Resumen diario de Boletas
x
Comunicación de Baja
x
Sistema de Emisión Electrónica
(del Contribuyente)
Sistema
Facturador Sunat
(SFS)
x
 Desarrollo Propio
 A través de PSE
MULTIPLATAFORMA - SEE
SEE-SDC
PSE
SEE-SOL
SEE-SFS
FACTURADOR
SEE-SDC
HOMOLOGADO
APP-SUNAT
No hay un sistema
más adecuado que
otro,
es
el
contribuyente el que
decide cual (o todos)
requiere
para
su
gestión.
EMISIÓN DE COMPROBANTES
FÍSICOS - CONTINGENCIA
Obligados a Emitir Comprobantes
Electrónicos
 El contribuyente designado emisor electrónico del SEE, a partir de
la fecha de vigencia de su designación, la única forma en la que
podrá emitir sus comprobantes de pago (facturas, boletas de venta,
notas de crédito y notas de débito) será electrónicamente.
A partir de dicha fecha, en adelante, los comprobantes físicos que
emita no servirán a su cliente para:
• Deducir costo o gasto para efectos del Impuesto a la Renta.
• Sustentar Crédito Fiscal, en los casos en que el pago no haya
sido efectuado mediante depósito en cuenta, giro, transferencia
de fondos, orden de pago, tarjeta de débito o crédito; o cheque
(no negociable, intransferible, no a la orden).
Resumen de Comprobantes
Impresos
 Salvo que por causas no imputables al emisor electrónico (SOL o Del
Contribuyente), se tenga que emitir un comprobante físico, este debe ser
comunicado a la SUNAT, como declaración jurada informativa, mediante el
“Resumen de Comprobantes Impresos”.
 Motivos (Códigos del Archivo Resumen – Anexo 11):
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Conexión Internet.
Fallas fluido eléctrico.
Desastres naturales.
Robo.
Fallas en el sistema de emisión electrónica.
Ventas por emisores itinerantes.
Otros
¿Qué debe hacer el que
emite CP Físico?
• Debe
presentar
diariamente
su
“Resumen
de
Comprobantes
Impresos”
http://orientacion.sunat.gob.pe/images/cdp-electronicos/guias-ymanuales/guia-resumen-de-contingencia-1-0.pdf
¿Qué debe hacer el que
emite CP Físico?
•
El plazo para presentar la Declaración Informativa, es de 7 días
desde la emisión, a través de SOL.
¿Qué hace quién recibe CP
Físico?
http://www.sunat.gob.pe/ol-ti-itconsvalicpe/ConsValiCpe.htm
CP Físicos Resumen Diario
Mayor información:
CENTRAL DE CONSULTAS:
Desde teléfonos fijos
0-801-12-100 (Al costo de llamada local)
Desde celulares
(01) 315-0730
Horario de atención telefónica:
De lunes a viernes:
08:00 a.m. a 08:00 p.m.
Sábados:
08:00 a.m. a 02:00 p.m.
Muchas Gracias