GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL No.1 -2016-GR.CAJ/GR. Cajamarca, I 0 NOV 2016 VISTO: El Oficio N° 663-2016-GR.CAJ/GRDE con registro MAD N° 2543567, oficio N° 328-2016-GR.CAJ-DIRCETUR con registro MAD N° 2537050, Informe Técnico N° 01-2016-GR.CAJ/GRDE de fecha 24 de Octubre de 2016, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° y 192° de la Constitución Política de Perú establece que los Gobiernos Regionales son competentes para formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil; Que, la Ley n° 27867 modificada por Ley n° 27902 y Ley N° 28013 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en su artículo 9°, establece que son competencias institucionales de los Gobiernos Regionales en los incisos; g) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, viabilidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a ley. Así mismo en el artículo 63° se establecen tres funciones directamente relacionadas con el Planeamiento Estratégico Regional de Turismo; en el inciso a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar, administrar las políticas en materia de desarrollo de la actividad turística regional, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales, inciso b) Formular concertadamente, aprobar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo turístico de la región y el inciso c) Aprobar directivas relacionadas con la actividad turística, así como criterios técnicos que aseguren el cumplimiento de objetivos y metas que se derivan de los lineamientos de la política nacional de turismo; Que, la Ley N° 29408 — Ley General de Turismo, en su artículo 4° establece "Es competencia del Organismo Rector, corresponde , Aal Ministerio de Comercio exterior y Turismo aprobar y actualizar el Plan estratégico Nacional de Turismo (PENTUR) así como ¿i•:i O coordinar y orientar a los gobiernos regionales y locales en materia de turismo, fomentando el desarrollo del turismo social y la implantación de estrategias para la facilitación turística, inversión y promoción del turismo interno y receptivo, entre otras", El artículo , VC1A r»,=\\' 11° establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprueba y actualiza el Plan Estratégico Nacional de turismo (PENTUR) dentro de las políticas de Estado, como instrumento de planeamiento y Gestión del sector turismo de largo plazo en el ámbito nacional; Que, la Ordenanza Regional N° 016-2010-GR.CAJ-CR, mediante la cual se aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado: Cajamarca 2021, en la cual se establece en su eje de Desarrollo Económico. Objetivo Estratégico: "Competitividad territorial sostenible con generación de riqueza y empleo digno utilizando tecnologías apropiadas", Tema de Intervención "Competitividad Económica Regional" , Objetivo Especifico 1: "Desarrollo competitivo de cadenas de valor en la actividad agropecuaria, turismo y minería", Estrategia 3: " Fomentar el desarrollo del Turismo Sostenible", Programa 5: "Fortalecimiento del Sector Turismo y Artesanía"; Que la Resolución Ejecutiva Regional N° 286-2012-GR-CAJ/P mediante la cual se aprueba el Plan Estratégico Institucional 2012-2015 del Gobierno Regional de Cajamarca en el cual se establece en su Eje Económico, objetivo Estratégico general II, Objetivo parcial HA, en su Estrategia 2.1.2 Impulsar la gestión empresarial y el desarrollo de capacidades de los agentes productivos, mediante la acción 2.1.2.1 <Fortalecer las capacidades de los Consejos Regionales de turismo, Agrario, de Producción y energía. Que, la Resolución Ejecutiva Regional N° 273-2011-GR-CAJ/P, mediante la cual se aprueba las Políticas Públicas y Estrategias del Gobierno Regional de Cajamarca, en donde se establece en su Eje Económico Política N.7: Turismo rural para complementar medios de vida de familias campesinas, rescatar manifestaciones culturales y valorar ecosistemas; Que, el Plan Estratégico Regional de Turismo (PERTUR) es un instrumento de gestión que contribuye a impulsar el desarrollo turístico, social y económico de una región, permite la evaluación de su potencial turístico y busca ordenar las acciones que se deben llevar a cabo a corto, mediano y largo plazo, teniendo en cuanta factores como: oferta, demanda, la competencia, las tendencias de mercado y también las características o vocación de los diferentes territorios con potencial turístico de la región; Que, para el proceso de Formulación del Plan estratégico regional de Turismo: Cajamarca 2025, es necesaria la conformación de un equipo Técnico Regional, para brindar el asesoramiento y las orientaciones correspondientes cuando fue,re-necesario; , Jr. Santa Teresa Journet N°. 351— Urb. La Alameda - Cajamarca GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL No. ygi -2016-GR.CAJ/GR. GOISCRIN. .CNAL vjcli Cajamarca, rts-,C ,-a 1 0 MY 2016 Estando a lo dispuesto, con visto bueno de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; la Dirección regional de Asesoría Jurídica y conformidad de Gerencia General Regional; en uso de las facultades conferidas por la Ley n° 27783 — Ley de Bases de la Descentralización — Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N° 27902 y Ley 28013; SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Conformar el Equipo Técnico Regional que tendrá a su cargo la formulación de la "Construcción del Plan Estratégico Regional de Turismo de Cajamarca al 2025", integrado por: DIRECCION REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO -Lic. Fiorela Rodríguez Espinoza: Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo -Ing. Julio Cesar Palacios Matute: Director de Turismo (e). -Lic. Sofía Angelina Quispe Malaver: Planificador I. -Bach. Rocío LLatas Vásquez: Profesional en Turismo. GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA -Econ. Jorge Paredes Vásquez: Sub Gerencia de Planeamiento y CTI. -Lic. Ubelser Lezama Abanto: Gerencia Regional de Desarrollo Económico. -Econ. Jimmy Edinson Álvarez Cortez — Asesor FAG ARTÍCULO SEGUNDO: El equipo Técnico Regional definirá la metodología para la formulación de la "Construcción del Plan Estratégico Regional de Turismo de Cajamarca al 2025 "; bajo los lineamientos establecidos por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo — MINCETUR, en la "Guía Metodológica para la elaboración de Plan Estratégico Regional de Turismo (PERTUR)". ARTICULO TERCERO: Disponer, que a través de Secretaría General, se notifique a las unidades Organicas que competa, asi como a los funcionarios y profesionales nominados REGÍSTRESE Y PUBLIQUESE N.4( •:17,)/7.7.7ce (.9 ;1AL CAJAMA • • . • Porfirio Me a Vásquez OBERNADOR GIONAL (e) Jr. Santa Teresa Journet N°. 351— Urb. La Alameda - Cajamarca
© Copyright 2024