FEDERACIÓN DE FÚTBOL DE CEUTA COMITÉ DE COMPETICIÓN Y DISCIPLINA DEPORTIVA Temporada 2016/2017 ACTA Nº 7 REUNIDO EL COMITÉ DE COMPETICION Y DISCIPLINA DEPORTIVA EL DÍA 2 DE NOVIEMBRE DE 2.016, Y UNA VEZ VISTAS LAS ACTAS Y DEMAS DOCUMENTOS REFERENTES A LOS PARTIDOS DE LAS JORNADAS DEL 28 AL 30 DE OCTUBRE DE 2.016, SE ACUERDA LO SIGUIENTE: JUGADORES: PRIMERA AMONESTACIÓN Y MULTA DE 1,20 € (Cad.Juv.) y 1,50 € (Reg./Entren./Deleg) (Art. 111) Abdel-lah HICHOU YAZIJI (Sporting Ceuta-Alv) Yoel ALONSO HIDALGO (Ángulo C.F.-Alv) Yassin AHMED BOUIDOUN (Ceuta Base-Inf) Mohamed MOHAMED MOHAMED (Betis Hadú-Inf) Marilia CAÑESTRO SEGURA (Luis de Camoens –Inf) Mohamed EL KHARRIN AKHCHACH (Ángulo C.F.-Inf) Vicente J. VALLEJOS MARES (Bahía de Ceuta-Juv) Manuel RUÍZ BARRIOS (Severo Ochoa-Juv) Ubai MOHAMED ABDESELAM (U.A. Ceutí-Alv) Mohamed LOUARGHI AHMED (Ceuta Base-Inf) Oscar FERNÁNDEZ PADILLA (Puerto Atco-Inf) Pedro SOLA RUIZ (Ramón y Cajal-Inf) Yusef LAHSEN MOHAMED (Puerto B.P.-Inf) Raúl ARIZA MONTERO (Polillas Ceuta-Juv) Said SADIK ABDELKADER (Severo Ochoa-Juv) SEGUNDA AMONESTACIÓN Y MULTA DE 1,20 € (Cad.Juv.) y 3,00 € (Reg./Entren./Deleg) (Art. 111) Harun BEN FATTOUN FERNÁNDEZ ( Betis Hadú-Juv) José M. BENÍTEZ PIÑERO (Goyu Ryu-Juv) Rafael MONTOYA VAZQUEZ (Severo Ochoa-Juv) TERCERA AMONESTACIÓN Y MULTA DE 1,20 € (Cad.Juv.) y 3,00 € (Reg./Entren./Deleg) (Art. 111) Morad LAOUAMERA MOHAMED (Betis Hadú-Juv) Zacaria AHMED DOUHRI (Polillas Ceuta-Juv) SUSPENDER POR UN (1) PARTIDO OFICIAL Y MULTA DE 6 € POR EXPULSIÓN DOBLE AMONESTACIÓN (Art. 113). José Andrés AHMED GIL (Severo Ochoa-Juv) SUSPENDER POR UN (1) PARTIDO OFICIAL Y MULTA DE 6 €, POR PRODUCIRSE DE FORMA VIOLENTA A CONTRARIO (Art. 123), Ibrahim ABDELMALIK MOHAMED (Angulo CF-Inf) Jorge GARCÍA CONDE (Sev. Ochoa-Juv) SUSPENDER POR UN (1) PARTIDO OFICIAL Y MULTA DE 6 € POR DIRIGIR INSULTO A COTRARIO (Art. 116), Jalid GADAOURI AZZOZ (Polillas-Juv) Jorge J. GARCÍA SIERRA (Deleg.S.Ochoa-Juv) SUSPENDER POR DOS (2) PARTIDOS OFICIALES Y MULTA DE 12 €, POR AMENAZAR A CONTRARIO (Art. 116), al Delegado Jesús David CORELL BARCELÓ (Polillas-Juv) FEDERACIÓN DE FÚTBOL DE CEUTA Paseo de Revellín, nº 21 - 1º 51001 Ceuta Tlf: 34 956 51 14 11 / Fax: 34 956 51 90 49 www.ffce.es Página [1] FEDERACIÓN DE FÚTBOL DE CEUTA SUSPENDER POR DOS (2) PARTIDOS OFICIALES Y MULTA DE 18 € POR DIRIGIR INSULTO AL ÁRBITRO (Art. 117), al Delegado Jorge J. GARCÍA SIERRA (Severo Ochoa-Juv) SUSPENDER POR CUATRO (4) PARTIDOS OFICIALES Y MULTA DE 36 € POR LANZAR UN BALONAZO AL ÁRBITRO ASISTENTE (Art. 96), al Delegado Jorge J. GARCÍA SIERRA (Severo Ochoa-Juv) PARTIDOS: Partido: S.D.U.A. CEUTÍ – CLUB INMACULADA ATº (Alevines FS 30-10-16) Vista la incomparecencia sin causa alguna justificada del Club Inmaculada Atº, al partido de referencia, se acuerda: Dar el partido por perdido al Club Inmaculada Atº por el tanteo de seis goles a cero, a favor del Club S.D. U.A. Ceutí, descontándole además tres puntos de su clasificación general y multa de 90 €, advirtiéndose que de producirse una segunda falta de la misma tipificación, causará baja de la competición (Art. 139.4.c) Partido: CLUB JOG – CLUB UD CARMELITAS ATº (Infantiles 29-10-16) Vista la presentación de tan solo seis jugadores por parte del Club UD Carmelitas Atº, al partido de referencia, se acuerda: Declarar incomparecencia del Club UD Carmelitas Atº al partido de referencia, según determina el Art. 223.1 y 215.3 del Reglamento General de la RFEF, declarando vencedor al Club JOG por el tanteo de tres goles a cero y descuento de tres puntos de la clasificación General, y multa de 90 €, advirtiéndose que de producirse una segunda falta de la misma tipificación, causará baja de la competición (Art. 77.1.b) PARTIDOS SUSPENDIDOS: Vista la no celebración de los partidos Club Polillas Sporting y CD Puerto Atº ON365, y IES Camoens y CD Puerto Bar Portuario de la categoría Infantiles fútbol sala, por falta de luz en la Pista Santa Amelia, se acuerda: Fijar nueva fecha para su celebración. DENUNCIA: Partido: CD CEUTA (3) – CLUB PUERTO ATº ON 365 (1) (Benjamín F8 – 28-10-16) Vista la presentación de tan solo tres jugadores de la plantilla de la categoría de benjamines en el partido de referencia por parte del Club Puerto ATº ON365, incumpliéndose el Art. 14 de las Normas Reguladoras de Fútbol 8, se acuerda: Abrir expediente y conceder un plazo de cuarenta y ocho horas a partir de su notificación para que por parte del citado club alegue lo que estime conveniente. Partido: CLUB CEUTA CF BASE (3) – CLUB PUERTO ATº ON365 (9) (Benjamín FS 30-10-16) Vista la presentación de tan solo dos jugadores de la plantilla de la categoría de benjamines en el partido de referencia por parte del Club Puerto ATº ON365, incumpliéndose el Art. 14 de las Normas Reguladoras de Fútbol FS, se acuerda: Abrir expediente y conceder un plazo de cuarenta y ocho horas a partir de su notificación para que por parte del citado club alegue lo que estime conveniente. Partido: CLUB CEUTA CF BASE (10) – CLUB CIUDAD DE CEUTA FS (0) (Juvenil FS 29-10-16) Vista la alineación de un jugador del Club Ciudad de Ceuta FS sin la correspondiente inscripción de licencia, en el partido de referencia, se acuerda: Abrir expediente y conceder un plazo de cuarenta y ocho horas a partir de su notificación para que por parte del citado club alegue lo que estime conveniente. FEDERACIÓN DE FÚTBOL DE CEUTA Paseo de Revellín, nº 21 - 1º 51001 Ceuta Telf: 34 956 51 14 11 / Fax: 34 956 51 90 49 www.ffce.es Página [2] FEDERACIÓN DE FÚTBOL DE CEUTA EXPEDIENTES: Partido: CLUB OUTLET MAGRATEX (10) – CLUB ATº JOG (1) (Prebenj. 20-10-16) Examinado el Expediente nº 22/2016 instruido con motivo de la participación de un jugador, dorsal número 5 del Club Outlet Magratex, en el partido de referencia, sin haber tramitado la correspondiente licencia, se acuerda: 1.- Declarar alineación indebida del jugador dorsal nº 5, del Club Outlet Magratex, por incumplimiento del Artículo 114.2 del Reglamento General de la RFEF. 2.- Sancionar al Club Outlet Magratex con la pérdida del partido por el tanteo de seis a cero a favor del Club Puerto Atº JOG (Art. 76 del Código Disciplinario RFEF). 3.- Sancionar con QUINCE DÍAS de suspensión y multa de 18 €, por su intervención en la alineación indebida, a la Monitora Carmen Serrano Tierra (Art. 83) Código Disciplinario RFEF. 4.- Advertir al Club Outlet Magratex que de producirse una segunda falta de la misma tipificación causará baja de la competición (Art. 139.7 Código Disciplinario RFEF. Ceuta, 2 de Noviembre de 2.016 COMITÉ DE COMPETICIÓN Y D. DEPORTIVA El Secretario, José Urbano López. FEDERACIÓN DE FÚTBOL DE CEUTA Paseo de Revellín, nº 21 - 1º 51001 Ceuta Telf: 34 956 51 14 11 / Fax: 34 956 51 90 49 www.ffce.es El Juez Único. Melitón Fernández Maese. Página [3]
© Copyright 2024