Avisos DGA Ref. Notificaciones (La PLata, Concepción Procedimientos Legales Aduaneros. (BO 12/10/2016) del Uruguay) - Rezagos (Orán) - ADUANA LA PLATA Quedan Uds. notificados que por Actuación 12597-13-2007 de conformidad con lo establecido por el Art. 1001 del C.A se ha ordenado notificarle los Cargos N° 11/15 Y 12/15, los cuales deberán ser abonados dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles administrativos. Vencido dicho plazo además del importe del cargo deberán abonar los intereses que se devenguen hasta la fecha de su efectivo pago, conforme lo establecido en el Art. 794 del Código Aduanero. El monto de los mencionados cargos deberá cancelarse en pesos, siendo el tipo de cambio aplicable el vigente al día anterior al del efectivo pago, conforme lo establecido por Resolución N° 3271/2012. Asimismo dentro del mencionado plazo de 10 (diez) días podrá interponerse Recurso de Impugnación en los términos del Art. 1053 y Ss. del Código Aduanero, debiendo presentar el correspondiente escrito en esta Oficina Aduanera, acreditar personería (Art. 1030 C.A.), en su caso concurrir con patrocinio letrado (Art. 1034 C.A.) y constituir domicilio dentro del radio urbano de la mima (Art. 1001 C.A.), bajo apercibimiento de considerarlo constituido en el asiento de dicha oficina, donde quedarán notificadas de pleno derecho todas las providencias o resoluciones que se dictaren (Art. 1004 C.A.) Consentido o ejecutoriado el cargo, vencidos los estipulados, se aplicarán las medidas contempladas en el Art. 1122 del C.A. NOMBRE/RAZON SOCIAL CUIT CARGO TRIBUTARIO TRIBUTOS U$S ENCUADRE C.A. UNIVERSAL ZONE S.A. FREE 30696907583 012/2015 28.095,02 ART. 211 y 599 ZONA 30696161549 011/2015 28.095,02 ART. 211 y 599 LOTAX FRANCA S.A. Abog. JUAN FERNANDO CUBISINO, Administrador (I), División Aduana La Plata. ADUANA CONCEPCIÓN DEL URUGUAY - EDICTO Se hace saber a Ud., que deberá presentarse dentro de los (5) cinco días hábiles de recibida la presente en horarios de 09:00 hs. a 15:00 hs. en la Sección Asistencia Técnica de la Aduana de Concepción del Uruguay sita en Estrada N° 4 a los efectos de la verificación de la mercadería interdicta por Gendarmería Nacional el día 08 de Diciembre del año 2015 en Control sobre Ruta Nac. 14 altura Km. 124,5, Depto. Uruguay, para su posterior aforo, afectada a la actuación que se substancia por esta dependencia como 015SC-52-2016/7, caratulado como "ROLON LOURDES VIOLETA S/INFR. ART. 987 C.A. LEY 22.415", Actuación N° 12468-558-2015/3, en los términos del artículo 1.094 Inc. b) de la Ley 22.415 -Código Aduanero-. De no comparecer, se procederá a los citados actos sin su presencia, perdiendo el derecho a reclamo por los mismos conforme artículo 242 del mismo texto legal. Además, se le hace saber también que, en su primera presentación, deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana, caso contrario se le tendrá por constituido en esta oficina Aduanera (Arts. 1001, 1004 y cctes. del Código Aduanero), y que en las presentaciones que se planteen cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado (conf. Art. 1034 de la Ley 22.415). ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R., Ing. Agr. MARCELA PLOUCHOUK, Administradora (I), División Aduana Concepción del Uruguay. ADUANA CONCEPCIÓN DEL URUGUAY - EDICTO Se hace saber a Ud., que deberá presentarse dentro de los (5) cinco días hábiles de recibida la presente en horarios de 09:00 hs. a 15:00 hs. en la Sección Asistencia Técnica de la Aduana de Concepción del Uruguay sita en Estrada N° 4 a los efectos de la verificación de la mercadería interdicta por Gendarmería Nacional el día 07 de Febrero del año 2016 en Control sobre Ruta Nac. 14 altura Km. 124,5, Depto. Uruguay, para su posterior aforo, afectada a la actuación que se substancia por esta dependencia como 015-SC-56-2016/K, caratulado como "SORHGE GUILLERMO RUBÉN S/INFR. ART. 986 C.A. LEY 22.415", Actuación N° 12468-57-2016/1, en los términos del artículo 1.094 Inc. b) de la Ley 22.415 -Código Aduanero-. De no comparecer, se procederá a los citados actos sin su presencia, perdiendo el derecho a reclamo por los mismos conforme artículo 242 del mismo texto legal. Además, se le hace saber también que, en su primera presentación, deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana, caso contrario se le tendrá por constituido en esta oficina aduanera (Arts. 1001, 1004 y cctes. del Código Aduanero), y que en las presentaciones que se planteen cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado (conf. Art. 1034 de la Ley 22.415). ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R., Ing. Agr. MARCELA PLOUCHOUK, Administradora (I), División Aduana Concepción del Uruguay. ADUANA CONCEPCIÓN DEL URUGUAY - EDICTO Se hace saber a Ud., que deberá presentarse dentro de los (5) cinco días hábiles de recibida la presente en horarios de 09:00 hs. a 15:00 hs. en la Sección Asistencia Técnica de la Aduana de Concepción del Uruguay sita en Estrada N° 4 a los efectos de la verificación de la mercadería interdicta por Gendarmería Nacional el día 10 de Febrero del año 2016 en Control sobre Ruta Nac. 14 altura Km. 124,5, Depto. Uruguay, para su posterior aforo, afectada a la actuación que se substancia por esta dependencia como 015-SC-60-2016/9, caratulado como "PEREZ MAXIMILIANO EDUARDO S/INFR. ART. 986/987 C.A. LEY 22.415", Actuación N° 12468-66-2016, en los términos del artículo 1.094 Inc. b) de la Ley 22.415 -Código Aduanero-. De no comparecer, se procederá a los citados actos sin su presencia, perdiendo el derecho a reclamo por los mismos conforme artículo 242 del mismo texto legal. Además, se le hace saber también que, en su primera presentación, deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana, caso contrario se le tendrá por constituido en esta oficina aduanera (Arts. 1001, 1004 y cctes. del Código Aduanero), y que en las presentaciones que se planteen cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado (conf. Art. 1034 de la Ley 22.415). ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R., Ing. Agr. MARCELA PLOUCHOUK, Administradora (I), División Aduana Concepción del Uruguay. ADUANA DE ORÁN Aduana Orán, 06 de Octubre 2016. Por tratarse de mercaderías cuyos propietarios se desconoce y encontrarse la misma en las condiciones previstas en el artículo 417 de la Ley 22.415, en los términos de las Leyes 25603 y 25986 se procede a anunciar la existencia y situación jurídica de la misma durante un (1) día, señalando que el número, marca y envase u otras características suficientes para su individualización se encuentran detalladas y a disposición de los interesados en la División Aduana de Orán, notificándose los mismos por Lista de Despacho. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 2°, 3°, 4° y 5° de la Ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sede de esta Aduana sita en Av. Palacios N° 830 Local 3 de la ciudad de Oran (Salta). DN76-23/6/2016 - 142/6/2016 - 673/5/2016 - 674/3/2016 - 675/7/2016 - 693/7/2016 - 680/9/2016 - 679/k/2016 - 678/1/2016 - 80/8/2016 - 2897/6/2014 - 140/k/2016 89/7/2015 - 801/8/2016 - 802/6/2016 - 1592/5/2015 - 150/8/2016 - 705/2/2016 704/4/2016 - 703/6/2016 702/8/2016 - 699/6/2016 - 697/k/2016 - 695/3/2016 683/3/2016 - 684/7/2016 - 691/5/2016 - 690/7/2016 - 688/k/2016 - 687/1/2016 686/3/2016 - 28/2/2016 - 24/k/2016 - 1583/5/2015 - 3100/5/2014 - 1057/4/2014 2443/4/2014 - 1383/6/2011 - 48/0/2015. - EDGARDO ENRIQUE BERETTA, Administrador (I) - Aduana de Orán, Dirección Regional Aduanera Salta. - Abog. MARÍA PAOLA PEREYRA, Leg. 28452-1, AFIP-DGA, Aduana Orán. DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS EDICTO LEY 22.415 Art. 1013 Inc. H Por ignorarse domicilio, se cita a la firma importadora que más abajo se menciona, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles, comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción que se le imputa, cuyo expediente tramita en la Secretaría N° 4 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Azopardo 350 P.B. CAP. FED., bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio en los términos del art. 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el art. 1.004 del mismo texto. Se le hace saber que el pago de la multa mínima, dentro del plazo más arriba indicado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (art. 930, 931 y 932 del C.A.). Asimismo se indica el importe de los tributos, haciéndole saber que en el caso de los tributos adeudados en dólares, para su conversión en pesos se utilizará el tipo de cambio vendedor que informare el Banco de la Nación Argentina al cierre de sus operaciones, correspondiente al día hábil anterior a la fecha de su efectivo pago, siendo de aplicación lo establecido por el art. 794 del Código Aduanero, para el caso de no efectuarse el pago del importe reclamado en el plazo allí establecido. Fdo. Abog. (...) Div. Secretaría de Actuación N° 4. Expte. 12206150182005 12206132882005 1221052542008 DIT 04073IT14 002646 N 04073IT14 002244 H 04073IT14 000643 X Imputado ABB TUBIO S.A. ABB TUBIO S.A. TECSEL S.A. CUIT 30622285947 30622285947 30558334424 Infracción Cód. Aduanero 970 del Código Aduanero 970 del Código Aduanero 970 del Código Aduanero Multa Tributos $ 37.262,29 U$S 12.051,19 (Derecho de Importación, Tasa de Estadística e IVA) $ 22.253,68 (IVA Adicional e Impuesto a las Ganancias) $ 45.481,71 U$S 14.776,38 (Derecho de Importación, Tasa de Estadística e IVA) $ 27.162,45 (IVA Adicional e Impuesto a las Ganancias) $ 11.542,57 U$S 3.745,16 (Derecho de Importación, Tasa de Estadística e IVA) $ 6.620,65 (IVA Adicional e Impuesto a las Ganancias) Abogada MARIELA E. CATALANO, Jefe (Int.), División Secretaría Nº 4, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DIVISIÓN SECRETARÍA Nº 3 (DE PRLA) EDICTO EDICTO - LEY 22.415 Art. 1013 Inc. H Por ignorarse domicilio, se cita a la/s firma/s y/o despachante/s de aduana que más abajo se menciona -según su caso-, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles de notificados, comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción tipificada en el art. 954 del CA, cuyas actuaciones tramitan en la División Secretaría N° 3 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Azopardo 350, P.B. sector Av. Belgrano, CABA, bajo apercibimiento de rebeldía (Arts. 1.101 al 1105 del citado texto legal). Se le/s informa que en caso de debatirse o plantearse cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado y que en el supuesto de concurrir un tercero en su representación, deberá/n acreditar personería conforme a los artículos 1.030 y siguientes del Código Aduanero. Téngase presente que deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de este Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados de esta Oficina Aduanera en la forma prevista en el artículo 1.013 inc. g) del Código Aduanero, ello conforme lo dispuesto en el artículo 1.004 de la citada normativa legal. Asimismo, se le/s hace saber que si dentro del plazo para contestar la vista realiza/n el pago voluntario de la multa mínima, cuyos importes se detallan se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará antecedente (Arts. 930 y 932 del Código Aduanero), no siendo necesaria la intervención de patrocinio letrado. Por último, se hace saber que para el momento del efectivo pago de los tributos adeudados en autos -según su caso-, se tendrá en cuenta el criterio sustentado en el Dictamen N° 1055/13 (DV DRTA), la Disposición N° 15/2013 (DE PRLA) y la Resolución AFIP N° 3271/12 aplicándose para el cálculo de los rubros en pesos: impuesto a las ganancias y/o iva adicional, según su caso, el tipo de cambio correspondiente al momento de la oficialización de la Destinación/es en cuestión. SIGEA IMPUTADO: FIRMA/DESP. ADUANA DESTINAC 121923442010 AGRIBEST SA (CUIT 3070804307-5) 06 001 DJVE 000523 Y 14831802011 S M G SRL (CUIT 3063962956-9) ROZAS GUSTAVO 06 001 EC04 014113 V MULTA $ 27.764,20 14.423,75 TRIBUTOS (U$S): DI/DE/REINT/IVA, ETC FIRMADO POR 305,69 Abog. Daniel A. Ilarregui Jefe División Secretaría. Nº 3 (Int.) Dpto. Proced. Legales Aduaneros 238,88 Abog. Daniel A. Ilarregui Jefe División RUBEN (2022426937-5) 1219743282010 1219743562010 BIO INGREDIENTS SAIC (CUIT 3070968114-8) ALPESCA SA (CUIT 3050084401-5) Secretaría. Nº 3 (Int.) Dpto. Proced. Legales Aduaneros 06 001 IT14 006596 Y 06 001 IT16 001299 L 23.302,50 21.510,58 ---- Abog. Daniel A. Ilarregui Jefe División Secretaría. Nº 3 (Int.) Dpto. Proced. Legales Aduaneros ---- Abog. Daniel A. Ilarregui Jefe División Secretaría. Nº 3 (Int.) Dpto. Proced. Legales Aduaneros Abogado DANIEL A. ILARREGUI, Jefe de Div. Secretaría Nº 3 (Int.), Depto. Procedimientos Legales Aduaneros. DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DIVISIÓN SECRETARÍA N° 3 (DE PRLA) EDICTO EDICTO - LEY 22.415 Art. 1013 Inc. H Por ignorarse domicilio, se cita a la/s firma/s y/o despachante/s de aduana que más abajo se menciona -según su caso-, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles de notificados, comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción tipificada en el art. 954 del CA, cuyas actuaciones tramitan en la División Secretaría N° 3 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Azopardo 350, P.B. sector Av. Belgrano, CABA, bajo apercibimiento de rebeldía (Arts. 1.101 al 1105 del citado texto legal). Se le/s informa que en caso de debatirse o plantearse cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado y que en el supuesto de concurrir un tercero en su representación, deberá/n acreditar personería conforme a los artículos 1.030 y siguientes del Código Aduanero. Téngase presente que deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de este Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados de esta Oficina Aduanera en la forma prevista en el artículo 1.013 inc. g) del Código Aduanero, ello conforme lo dispuesto en el artículo 1.004 de la citada normativa legal. Asimismo, se le/s hace saber que si dentro del plazo para contestar la vista realiza/n el pago voluntario de la multa mínima, cuyos importes se detallan se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará antecedente (Arts. 930 y 932 del Código Aduanero), no siendo necesaria la intervención de patrocinio letrado. Por último, se hace saber que para el momento del efectivo pago de los tributos adeudados en autos -según su caso-, se tendrá en cuenta el criterio sustentado en el Dictamen N° 1055/13 (DV DRTA), la Disposición N° 15/2013 (DE PRLA) y la Resolución AFIP N° 3271/12 aplicándose para el cálculo de los rubros en pesos: impuesto a las ganancias y/o iva adicional, según su caso, el tipo de cambio correspondiente al momento de la oficialización de la Destinación/es en cuestión. SIGEA 1219743402010 IMPUTADO: FIRMA/DESP. ADUANA BVA SA CUIT 30501519940) 138101582010 TOTAL MUSIC SA (CUIT 30708023155 136964372006 BRUNO HNOS. SA (CUIT 30582202253) DI NUNZIO LUIS (20040075446) DESTINAC 06 001 IT14 005787 P 06 001 IC04 051202 D 06 001 IC04 092141 K MULTA $ 74.966,59 62.576,48 61.843,16 TRIBUTOS (U$S): DI/DE/REINT/ IVA, ETC FIRMADO POR ----------- Abog. Daniel A. Ilarregui Jefe División Secretaría. N° 3 (Int.) Dpto. Proced. Legales Aduaneros ----------- Abog. Daniel A. Ilarregui Jefe División Secretaría. N° 3 (Int.) Dpto. Proced. Legales Aduaneros 20.039,91 Abog. Daniel A. Ilarregui Jefe División Secretaría. N° 3 (Int.) Dpto. Proced. Legales Aduaneros 138061952009 14831802011 13289265802006 PLEB TEX SRL (30707452567) FERNANDEZ MORASSO BARBARA (27272258649) S M G SRL (CUIT 30639629569) ANTONIO BURATTINI E HIJOS (CUIT 30567889706) 06 001 IC05 019015 K 06 001 EC03 014113 V 06 001 EC01 080277 K 39.791,64 14.423,75 14.756,38 12.927,76 Abog. Daniel A. Ilarregui Jefe División Secretaría. N° 3 (Int.) Dpto. Proced. Legales Aduaneros 238,88 Abog. Daniel A. Ilarregui Jefe División Secretaría. N° 3 (Int.) Dpto. Proced. Legales Aduaneros 4.871,70 Abog. Daniel A. Ilarregui Jefe División Secretaría. N° 3 (Int.) Dpto. Proced. Legales Aduaneros Abogado DANIEL A. ILARREGUI, Jefe de Div. Secretaría N° 3 (Int.), Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.
© Copyright 2024