BASES PARA LA PROVISIÓN INTERINA DE UNA PLAZA DE PROCURADOR. PRIMERA. Objeto de la convocatoria Es objeto de esta convocatoria la cobertura interina de una plaza de Procurador, Subgrupo A1, que cesará cuando la misma sea ocupada por funcionario de carrera o desaparezcan las razones de necesidad y urgencia que aconsejan su provisión interina, de conformidad con lo previsto en el art. 10 del RDL 5/2015, de 30 de Octubre, Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Disposición Adicional Primera del R.D. 896/91, y en el art. 27 del R.D. 364/95, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Admón. del Estado, de aplicación supletoria a la Admón. Local. SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes: 1º. Ser español, tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, o la de algún estado al que en virtud de la aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en cuyo caso deberá acreditarse el dominio hablado y escrito del castellano como lengua oficial del Estado. 2º. Ser mayor de 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa. 3º. Estar en posesión del título de Licenciado o Grado en Derecho, o haber satisfecho los derechos para la expedición del mismo. 4º. Estar inscrito en un Colegio de Procuradores que permita el ejercicio en Cartagena. 5º. Acreditar una antigüedad de cinco años en el ejercicio de la Procuraduría. 6º. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño normal de las funciones del puesto. 7º. No haber sido separado del servicio de las Administraciones Públicas ni estar inhabilitado para el desempeño de puestos en las mismas. TERCERA. Solicitudes de participación en el proceso selectivo: Los interesados en optar a la provisión del puesto deberán presentar instancia en el Registro General del Ayuntamiento, dirigida al Sr. Concejal del Área de Hacienda e Interior, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos de la Base Primera, en el plazo de DIEZ DÍAS NATURALES a partir de la publicación del Edicto de convocatoria en la prensa local. Junto a ella deberán aportar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el “currículum vítae”, con justificación documental de los méritos alegados para la fase de Concurso. Las instancias se podrán presentar también de forma telemática, a través de la web municipal (www.cartagena.es) Empleo Público, o en cualquiera de las formas determinadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 78,88 €, serán satisfechos por los aspirantes en régimen de autoliquidación en los impresos habilitados al efecto por la Administración municipal, que se encuentran disponibles en la página web de este Excmo. Ayuntamiento: www.cartagena.es (TRAMITES/ HACIENDA/ AUTOLIQUIDACIONES/ TASAS DE DERECHOS DE EXAMEN), realizando su ingreso en cualquier entidad bancaria autorizada antes de presentar la solicitud, no admitiéndose el pago fuera de dicho plazo. CUARTA. Tribunal de Selección: El Tribunal, que será designado por el Concejal del Área de Hacienda e Interior, se publicará junto con la lista provisional de admitidos y excluidos, contará con un presidente, un secretario y tres vocales, y su composición se ajustará a lo establecido en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Los miembros del Tribunal quedan sujetos al régimen de abstención y recusación establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. QUINTA. Proceso selectivo: Constará de dos fases: oposición y concurso. 1º. FASE DE OPOSICIÓN: De carácter eliminatorio, consistirá en el desarrollo de un supuesto práctico relacionado con las funciones del puesto de trabajo. Esta prueba se calificará de cero a sesenta puntos, debiéndose obtener una puntuación mínima de treinta para considerar superada cada una de ellas. 2º. FASE DE CONCURSO: Consistirá en la valoración de los méritos alegados por los aspirantes que estén documentalmente acreditados, la cual se hará con arreglo al siguiente baremo, que no tendrá carácter eliminatorio: 1.- Por servicios prestados a las Administraciones Públicas en el ejercicio de la Representación Procesal, acreditados por certificado de la Administración o del correspondiente Colegio, a 0,2 puntos por pleito hasta un máximo de 20. 2.- Por experiencia en el ejercicio libre de la profesión, acreditada por certificación del correspondiente Colegio, a 0,1 puntos por pleito hasta un máximo de 12. 3.- Por formación en el ámbito de la Representación Procesal, valorada a criterio del Tribunal, hasta un máximo de 8 puntos. SEXTA. Resolución: Efectuado el proceso selectivo, el Tribunal propondrá para su nombramiento al aspirante que haya obtenido la mayor puntuación. El aspirante seleccionado deberá personarse en el Servicio de Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena en el plazo de CINCO DÍAS a partir de la publicación de la Resolución, aportando los documentos necesarios para su nombramiento como funcionario interino. Asimismo, el Tribunal formulará propuesta de lista de espera para cubrir bajas o incidencias que pudieran registrarse en el transcurso de la relación laboral, según el orden de prelación de las calificaciones obtenidas por los aspirantes. SEPTIMA. Incidencias: El Tribunal queda facultado para resolver las dudas e incidencias que se produzcan en todo lo no previsto en las presentes Bases.
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