RESOLUCIÓN GENERAL Nº 110/2016 Emisión: 6/10/2016 VISTO los vencimientos de las obligaciones tributarias que operan los días 5 y 6 de octubre de 2016, y CONSIDERANDO: Que un universo importante de sujetos pasivos se vieron impedidos de cumplir en tiempo oportuno con la presentación de las declaraciones juradas y los pagos de los tributos con vencimientos en fecha 5 y 6 de octubre de 2016, habida cuenta del paro bancario dispuesto por la Asociación Bancaria para las tres (3) últimas horas de atención al público de los citados días; Que en virtud de ello, se hace necesario tener por ingresados en término los pagos y las presentaciones de las declaraciones juradas que se efectúen hasta el día 11 de octubre de 2016, correspondiente a los vencimientos que operan los días 5 y 6 de octubre de 2016, de forma tal de dar por cumplimentadas en tiempo y forma las obligaciones tributarias correspondientes; Que han tomado la intervención que les compete Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática; los Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Código Tributario Provincial, LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS RESUELVE: Artículo 1º.- Considerar presentadas e ingresados en término las declaraciones juradas y los pagos que se efectúen hasta el 11 de octubre de 2016 inclusive, de aquellas obligaciones tributarias correspondientes a los impuestos y regímenes que se indican a continuación, cuyos vencimientos operan los días 5 y 6 de octubre de 2016: a) Impuesto sobre los Ingresos Brutos: Agentes de Recaudación RG (DGR) Nº 80/03, pago período 9/2016, decena 3. b) Impuesto a los Juegos de Azar Autorizados: 1. Quiniela: período 10/2016, semana 1. 2. Agentes de Retención (Lotería): período 10/2016, semana 1. c) Impuesto de Sellos: instrumentos cuyos vencimientos operan los días 5 y 6 de octubre de 2016. Artículo 2º.- Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.FIRMANTE: Graciela de los Ángeles Acosta 2016 – Bicentenario de la Independencia.
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