PODER LEGISLATIVO XIV LEGISLATURA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO. DIP. ALFREDO ZAMORA GARCÍA. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA XIV LEGISLATURA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR. P R E S E N T E. Diputado Alfredo Zamora García, integrante de la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción II, de la Constitución Política del Estado de Baja California Sur; 101 fracción II y demás relativos a la Ley Reglamentaria del Poder Legislativo de Baja California Sur, presento a la consideración de esta Honorable Asamblea INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO, MEDIANTE LA CUAL Se REFORMAN los artículos: 41, en su primer párrafo; 50, en su primer párrafo y 51 en su fracción II; Se ADICIONAN las fracciones XXVIII y XXIX a los artículos 54 y 55; Se DEROGA el inciso e) de la fracción XX del artículo 55, todos de la LEY REGLAMENTARIA DEL PODER LEGISLATIVO DE BAJA CALIFORNIA SUR, de conformidad a la siguiente: 1 PODER LEGISLATIVO XIV LEGISLATURA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO. EXPOSICION DE MOTIVOS Parte de la problemática recurrente en nuestro Estado, es la que surge año con año, en tiempos de tormentas eléctricas y en su caso huracanes, obligando a todas las autoridades de los tres niveles de gobierno a concentrarse en el Consejo de Protección Civil, para accionar las mejores alternativas y estrategias antes, durante y después de un fenómeno. En época de huracanes los ciudadanos, se ponen en alerta por los cambios climatológicos y ante ellos como proteger a su patrimonio, pero principalmente a su familia. En las medidas preventivas es fundamental la información que emiten las autoridades de Protección Civil, indicando los lugares que están implementados como refugios, zonas de alto riesgo, afluencia pluvial extrema en los arroyos, calles por las cuales no debe transitar por derribo de árboles. Previo al desarrollo de alguna posible contingencia, es indispensable prevenir consecuencias graves y la pérdida de vidas humanas. Desde el huracán Liza en 1976 hasta el odil en el 2014, cada día este tipo de fenómenos se vuelven más devastadores, por lo que tanto los ciudadanos como los encargados de Protección deben implementar nuevas estrategias con las cuales se garantice el resguardo de las personas. En ese sentido al legislar debemos considerar el aspecto de la protección civil, profundizar en la prevención de forma 2 PODER LEGISLATIVO XIV LEGISLATURA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO. especializada y concentrada a favor de nuestros representados, a fin que realmente se refleje en su bienestar, de acuerdo a los tiempos y necesidades actuales; para ello propongo la creación de la Comisión Permanente de Protección Civil. Sin embargo es importante mencionar que un siniestro puede surgir en cualquier momento y por lo tanto debe prevenirse; es decir debemos cuidar que nuestra normatividad esté acorde con los objetivos de los gobiernos de proporcionar una mejor calidad de vida y realmente una protección civil, por lo que es elementar establecer la obligación de todas las dependencias en cuanto a la inspección en los eventos de carros carreras, en los espectáculos de palenques, en la construcción y encarpetado de carreteras y calles que por lo general al planearlas omiten considerar los niveles de las casas habitación que desde hace décadas se encuentran ubicadas y al elevarse los pavimentos a un alto nivel se provoca la inundación de las casas, poniendo en constante riesgo a la población que las habita, incluso se ven en la necesidad de acudir a los albergues y en muchos de los casos las casas se vuelven inservibles. Además en todo tipo de en las instalaciones de servicios públicos como son los de electricidad en calles, comercios, casa habitación, hoteles, restaurantes, centros de diversión y entretenimiento, escuelas, guarderías, albergues, así como las instalaciones de gas estacionario y cilindros tanto domésticos comerciales. Al existir una comisión permanente de protección civil, sus integrantes siempre estarían alertas a considerar en toda la legislación la planeación, desarrollo y vigilancia de los aspectos que deben implementarse cotidianamente para prevenir accidentes y daños y en especial antes, durante y después del impacto de algún fenómeno natural. 3 PODER LEGISLATIVO XIV LEGISLATURA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO. De la misma manera que se debe salvaguardar la integridad de las personas ante un siniestro, también es importante la supervisión de las obras de infraestructura que realizan las autoridades. Por otra parte, es necesaria la creación de la comisión de infraestructura, que se encargue de verificar que se garantice mediante la normatividad, la calidad, la pertinencia, viabilidad, reglas de inclusión social, que cumplan con las normas de salud física y mental, que aporten no solo sobrevivencia, sino un desarrollo pleno, apropiado a la calidad de vida al que aspiramos y que anhelamos, tanto en obras públicas, fraccionamientos, casas habitación, centros turísticos, parques edificios que presten servicio la comunidad, como son estancias infantiles, casas de día para personas de la tercera edad, centros deportivos, bibliotecas, escuelas, hospitales, centros de rehabilitación, vías de comunicación terrestre, oficinas públicas, etcétera. En cuanto a la representatividad del Congreso del Estado, consideramos debe recaer en el Presidente de la Mesa Directiva de cada periodo y no así en la Presidencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, en razón de que en estricto derecho en interpretación al artículo 40 de la Constitución Política Local en la que establece que el Poder Legislativo se deposita en una Asamblea, luego entonces quien Preside esa Asamblea denominada “Congreso del Estado” es quien debe ejercer la representación del Poder Legislativo; Pues si bien es cierto que cuando se hizo la modificación de la figura jurídica de Gran Comisión a la Junta de Gobierno y Coordinación Política se dio un gran paso a la democracia con la 4 PODER LEGISLATIVO XIV LEGISLATURA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO. representatividad de las diversas fuerzas políticas que la integran, sin embargo no se efectuó la modificación a la facultad de esta y la del Presidente del Congreso, por ello es que, considero indispensable la modificación a la normatividad que nos rige a efecto de estar acorde a nuestra Constitución. En razón a las consideraciones vertidas se propone el siguiente PROYECTO DE DECRETO Se REFORMAN los artículos: 41, en su primer párrafo; 50, en su primer párrafo y 51 en su fracción II; SE ADICIONAN las fracciones XXVIII y XXIX a los artículos 54 y 55; SE DEROGA el inciso e) de la fracción XX del artículo 55, todos de la LEY REGLAMENTARIA DEL PODER LEGISLATIVO DE BAJA CALIFORNIA SUR. ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos: 41, en su primer párrafo; 50, en su primer párrafo y 51 en su fracción II; Se ADICIONAN las fracciones XXVIII y XXIX a los artículos 54 y 55; Se DEROGA el inciso e) de la fracción XX del artículo 55, todos de la LEY REGLAMENTARIA DEL PODER LEGISLATIVO DE BAJA CALIFORNIA SUR, para quedar como sigue: ARTICULO 41.- El Presidente de la Mesa Directiva conducirá las relaciones institucionales con los Poderes de la Unión, con los 5 PODER LEGISLATIVO XIV LEGISLATURA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO. Poderes de las Entidades Federativas, con el Gobierno de la Ciudad de México, así como con los otros dos poderes del Estado, con las Autoridades Estatales y Municipales, Organismos y Entidades Públicas Nacionales e Internacionales, en tal virtud, tiene la representación Protocolaria del Congreso ante cualquier autoridad y podrá nombrar a los Diputados que representen al Poder Legislativo ante cualquier Organismo Público y designar representantes que deban asistir a eventos cívicos y sociales. Además contará con las siguientes atribuciones: I a la XVI.- … ARTÍCULO 50.- La Junta de Gobierno y Coordinación Política, es el órgano de gobierno y dirección general colegiado y plural del Congreso del Estado, facultado para desempeñar la concertación política de las fuerzas representadas en el Congreso, mediante la cual se impulsan entendimientos y convergencias políticas, al interior del Congreso. … I a la IX.- … ARTÍCULO 51.- … I.- … II.- Designar delegaciones para atender la celebración de reuniones interparlamentarias con órganos de representación popular de otras entidades federativas o el Congreso de la 6 PODER LEGISLATIVO XIV LEGISLATURA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO. Unión; con respecto a estas reuniones, en los periodos de receso, el Presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política hará la designación respectiva. ARTÍCULO 54.- Las Comisiones Permanentes serán: I a la XXVII … XXVIII.- DE PROTECCIÓN CIVIL. XXIX.- DE INFRAESTRUCTURA. ARTÍCULO 55.- Serán materia de estudio y dictamen de las distintas comisiones, lo siguiente: I a la XIX … XX.- … a) a la d)… e) derogada. XX a la XXVII … XXVIII.- DE PROTECCIÓN CIVIL: a).- Lo relativo a la normatividad, así como todo lo relacionado con la problemática de protección civil en el Estado. b).- La prevención y atención a la problemática de la viviendas en zonas de alto riesgo. 7 PODER LEGISLATIVO XIV LEGISLATURA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO. c).- Las demás que establezca la Mesa Directiva del Congreso y la Junta de Gobierno y Coordinación Política. XXIX.- DE INFRAESTRUCTURA. a).- Todo lo relativo a regulación en materia de infraestructura y equipamiento urbano. b).- Lo relacionado con la infraestructura, turística, de educación, obras hidráulicas, d).- Las demás que establezcan la Mesa Directiva del Congreso y la Junta de Gobierno y Coordinación Política. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. 8 PODER LEGISLATIVO XIV LEGISLATURA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO. La Paz, Baja California Sur, a los 06 días del mes de octubre de 2016. ATENTAMENTE LIC. ALFREDO ZAMORA GARCÍA DIPUTADO DEL II DISTRITO E INTEGRANTE DE LA FRACCIÓN PARLAMENTARA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 9
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