RESOLUCION Nº 602 DE 2016 (19 DE SEPTIEMBRE DE 2016) “Por medio de la cual se SELECCIONAN (147) hogares beneficiarios dentro del Proyecto de Vivienda de Interés Prioritario “CONSTRUCCION DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL PARA LA POBLACION VULNERABLE DEL MUNICIPIO DE LA MACARENA META” EL GERENTE DEL FONDO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL DEL META (FOVIM) y/o SECRETARIO DE VIVIENDA DEL META En uso de las atribuciones legales y constitucionales, en especial, las conferidas en la Ley No.152 de 1994, artículo 9, la Ley No.3 de 1991, la Ley No.387 de 1997, ley 1537 del 2012, el Decreto No.2190 de 2009, el Decreto 1077 de 2015, las Ordenanzas Nos. 542 y 544 de 2004, los Decretos 104 de 2008, 295 del 2012, 072 de 2013, 0153 de 2013, 0233 del 2014 y el Acuerdo 001 de 2014 y CONSIDERANDO Que según las Ordenanzas Nos. 310 de 1998 y Nos. 542 y 544 de 2004, la Secretaria de Vivienda del Meta, tiene como función social implementar la Política de Vivienda de Interés Social del Meta. Que en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Departamento del Meta se encuentra radicado el Proyecto denominado “CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL PARA LA POBLACION VULNERABLE DEL MUNICIPIO DE LA MACARENA META”, bajo el N° 298 de 2012; con fecha de registro 13 días de Julio de 2012. Que el Municipio de La Macarena – Meta, mediante Decreto No. 0378 del 23 de Octubre de 2013, por medio del cual se abre convocatoria para la selección de los beneficiarios de los programas de vivienda de interés social en el casco urbano del Municipio de la Macarena Departamento del Meta. Que el Municipio de la Macarena – Meta, mediante Decreto No. 014 del 27 de Marzo de 2015, “POR MEDIO DEL CUAL SE POSTULAN LOS BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL EN SITIO PROPIO DEL CASCO URBANO DEL MUNICIPIO DE LA MACARENA, DEPARTAMENTO DEL META” publicó la lista de beneficiarios del “PROGRAMA DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN SITIO PROPIO EN CANTIDAD DE TRESCIENTAS (300) FAMILIAS” según los parámetros del decreto municipal No. 0378. Que el Municipio de la Macarena remite el listado de forma anexa para la verificación de si cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria y en las disposiciones legales y administrativas, especialmente con los criterios de selección y demás requisitos de que trata el acuerdo 001 de 2014 expedido por el FOVIM. 1 SECRETARIA DE VIVIENDA Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta www.meta.gov.co Que el Departamento del Meta otorgará inicialmente subsidios complementarios a 147 hogares beneficiarios para el Proyecto de Vivienda Interés Prioritario “CONSTRUCCION DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL PARA LA POBLACION VULNERABLE DEL MUNICIPIO DE LA MACARENA META”, que poseen el lote de terreno, sobre el cual se ejecutarán las obras tendientes a la construcción de las viviendas de interés prioritario. Que los hogares antes descritos serán objeto de selección de conformidad con el numeral 18 del artículo segundo del Acuerdo No. 001 de 2014 del Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta. Que el Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta y/o la Secretaria de Vivienda del Meta, procedió a realizar los cruces de cedulas con las entidades competentes, para establecer la no existencia de subsidios, la no existencia propiedad diferente a la que va a ser objeto de construcción de la vivienda y demás impedimentos o causales de exclusión de los integrantes de los núcleos familiares que serán seleccionados, de conformidad con el Acuerdo 001 de 2014. Que conforme al Artículo Tercero del Acuerdo 001 de 2014, se informa a cada hogar SELECCIONADO que deberá realizar un aporte de UN MILLON DIEZ MIL PESOS ($1.010.000), indicando previamente el origen o modo de obtención de estos recursos, informando además la disposición exclusiva y real del aporte como complemento al subsidio familiar de vivienda. En el caso de recursos complementarios representados en ahorro o crédito, el interesado deberá Anexar copia de la comunicación emitida por la entidad financiera o entidad con capacidad jurídica para otorgar la respectiva certificación, donde conste el monto del ahorro en dinero y la certificación de haberlos inmovilizado con destino a la vivienda, en el municipio de La Macarena - Meta. Que el Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta y/o la Secretaria de Vivienda del Meta, estableció que a partir de la expedición de la presente Resolución y HASTA EL DIA 10 DE OCTUBRE DE 2016 se realizará el recaudo del aporte de UN MILLON DIEZ MIL PESOS ($1.010.000), de acuerdo a las instrucciones descritas, además que los aportes en dinero efectivo se deberán consignar en la CUENTA DE AHORROS No. 4-45013011533-5 DEL BANCO AGRARIO A NOMBRE DEL DEPARTAMENTO DEL META, original y copia de la consignación legible, deberán ser allegadas a las oficinas de la Secretaria de Vivienda del Meta ubicada en la carrera 33 No. 38 – 45 edificio Gobernación del Meta. Qué el Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta y/o la Secretaria de Vivienda del Meta, estableció que cada hogar o familia seleccionada y en forma previa a la entrega de la vivienda y en las fechas a indicar por el FOVIM, deberán realizar los trámites respectivos y asumir los costos que se ocasionen, por concepto de Notaría y Registro del bien inmueble. Además deberán realizar en forma oportuna los trámites necesarios ante las empresas de servicios públicos básicos, cubriendo los costos exigidos para la legalización y conexión de estos servicios públicos básicos (energía, acueducto y alcantarillado). En mérito de lo expuesto, 2 SECRETARIA DE VIVIENDA Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta www.meta.gov.co RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. SELECCION. El Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta y/o la Secretaria de Vivienda del Meta, ha decidido seleccionar inicialmente a 157 hogares beneficiarios para el Proyecto de Vivienda de Interés Prioritario “CONSTRUCCION DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL PARA LA POBLACION VULNERABLE DEL MUNICIPIO DE LA MACARENA META”, de conformidad con las razones expuestas en la parte considerativa, los cuales se relacionan a continuación: N° CÉDULA NOMBRES COMPLETOS 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 21171823 3288921 4968690 63420064 40206099 40205029 36459026 17701203 28038330 40341002 17221028 40205263 12224348 17221931 1122646659 35261232 17624594 86073282 1123861194 17221261 17340942 17221188 40692056 17221763 40205893 17668567 40206355 17302963 41211661 40206240 Alarcón Muñoz María Del Carmen Alejo Orjuela Leonardo Arciniegas Lozano Abel Ariza Ariza Rosa Izabel Ariza Parra Etelvina Ávila María Del Carmen Barbosa Quiroga Marleny Barreiro Muñeton David Barrera de Santamaría Priscila Bautista Cepeda Claudia Beltrán López Pedro Antonio Benítez De Loaiza Blanca BERNAL DURAN JOSE REINEL Bernal Escamilla Oscar Alfonso Bernal Rubio Cesar Octavio Calderón Guevara Lina Patricia Camargo Penagos Nairo José Cañaveral Ortiz Gerardo Antonio Cárdenas Reyes Martha Cecilia Cardona Imbus Guillermo Castañeda Medina Manuel Abrahán Castaño Ríos Elías Castro Suarez Margarita Cepeda Guerrero Robinson Coba Ramírez Marina Cobaleda Sánchez Hernán Correa Ariza Albidia Correa Poveda Salvador Cortes Reina Luz Estella Cuesta Zamora Sonia Patricia 3 SECRETARIA DE VIVIENDA Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta www.meta.gov.co N° CÉDULA NOMBRES COMPLETOS 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 30518576 17290845 1123862708 1123860680 17268257 17221860 40205609 17220205 1123861440 28205442 17220205 40402687 1123860598 40205943 40205786 17221377 40225006 40205529 22818656 17411030 40205571 4966526 91362233 40395871 2620275 17445874 1121858628 40205270 40205785 40691059 40205977 52210299 63502001 17221419 1117819707 40206121 40206361 86066733 1123861680 Delgado Sánchez Yaneth Díaz Gilberto Díaz Algarra Erika Yurani Díaz Yate Arleni Susana Eslava Cubides Yurian Alonso Fajardo Henao Gustavo Flores Vásquez María Elvia Flores Velásquez José Eduardo Flórez Laguna Luz Helena Flórez Mateus Julia Flórez Velásquez José Eduardo Franco Jojoa Damariz García Aya Yury Yadira García Calle María Noralba García Parra Luz Adriana García Vega Ernesto Garzón De Sarmiento Agueda Garzón Velásquez Blanca Olivia Gómez Vásquez Soralba González Cagueño Marco Aurelio Guerrero Gómez Beatriz Guerrero Sánchez José Horacio Hernández Carlos De Jesús Hernández Villa Elva Herrera Herrera Jesús María Huertas Cagueños Pedro Manuel Jiménez Baldion Miyer Orlay Laguna chacón Graciela Lara Rojas Ana Lucia León Reyes Milena Lima Trujillo Olga Lucia Londoño Calambas Francia Beatriz López Cristancho Marlen López López Ferlein Martínez Rodríguez Yuri Martínez Vargas Blanca Nubia Martínez Vargas Carina Adriana Martínez Vargas José Medina Cepeda Luis Alberto 4 SECRETARIA DE VIVIENDA Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta www.meta.gov.co N° CÉDULA NOMBRES COMPLETOS 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 51737976 17221192 55163580 28859274 17221268 5570612 40205505 40206249 21183139 31424323 112138844 35263555 30515313 17220806 52334975 1117806587 1276661 1123860704 17414937 17414937 21176881 12269261 43608572 13776619 13776630 13775448 7782123 40205691 40205986 40205767 17221355 17220949 347144 1122125289 4968343 17220471 17221286 17221255 1123862317 Melo Traslaviña Virginia Mendieta Laiton Jesús Montes Ortiz Norma Constanza Mora Mercedes Morales Flórez Darío Morales Flórez Luis Alberto Morales Imbus María Antonia Moreno Herreño Danis Alejandra Moreno Sánchez Lilia Rosa Murillo López Gloria Milena Navarro Perdomo Jorge Olachica Santamaría Celina Olaya De Cardozo Balvina Oliveros Pardo Miguel Ángel Ortiz Hernández Alba Ortiz López Lina Marcela Ospina Ospina Julio Cesar Páez Rodríguez Dimar Julián Pardo Moreno Francisco Pardo Moreno Francisco Pardo Moreno Ricarcinda Parra Rodríguez Reinaldo Perea Perea Marta Elena Pérez Acosta Benjamín Pérez Acosta Jacinto Pérez Contreras José Antolino Pérez Oñate Misael Antonio Pinzón Muñoz María Silvia Pinzón Velasco Ana Delfina Polania Alfaro Luz Marina Polo Millan Ilcias Prieto Manjarrez Mauricio Ramírez Gilberto Ramírez Gurrero Lina Ramírez Ortiz Álvaro Ramos Ramos Ildefonso Rinta Martínez Juan Agustín Riveros León Marco Antonio Rodríguez Cortes María Yaira 5 SECRETARIA DE VIVIENDA Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta www.meta.gov.co N° CÉDULA NOMBRES COMPLETOS 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 40206179 40206315 1123861125 39612077 40205106 40206014 1019105901 52561040 63252103 17221209 40205709 39772931 23805741 40206107 1123861500 17220426 40205934 69009853 40445025 40205901 40206410 1123862595 36293494 40205377 28710332 17221329 40206381 17221543 40328250 17220595 2063813 40206204 1117815825 17221920 23797468 17221423 17221874 40206375 52011662 Rodríguez López Maribel Rodríguez Rodríguez Aracely Rojas Castañeda Yuri Carolina Rojas Palacios Blanca Mirian Rojas Palacios Luz Mila Ruiz Cruz Heidi Ruiz González Viviana Yorley Ruiz Miranda Nelsy Sáenz Mayorga Irene Salazar Moreno Armando Salazar Moreno Janeth SALDAÑA MONSALVE JENNY Sánchez Murcia Ana Dilia Santamaría Barrera Luz Yadira Santos Lizcano Luz Marina Santos Robayo Campo Elías Sarmiento Gutiérrez Florensi Segura Cortez María Senery Silva Díaz Martha Consuelo Sogamoso Santa Marleny Solano Sarmiento Leonilde Sterling Bernal Daniel David Sterling Bernal Yaneth Tique Rosalba Tique de Lizcano Gabriela Tique Ducuara Luis Carlos Tique Ducuara Luz Dary Tique Ducuara Miller Tique Ducuara Rosalinda Urbano Ángel María Vargas Martínez Marco Fidel Vargas Vargas Luz Fanny Velandia Melo Ingrid Tatiana Velasco Murillo Danilo Velásquez González María Teresa Velásquez Rico Orlando Velásquez Rico Wilmer Gilberto Virud Olaya Angie Isabel Zabala Doralice 6 SECRETARIA DE VIVIENDA Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta www.meta.gov.co ARTICULO SEGUNDO: APORTES. Los hogares seleccionados deberán realizar un aporte de UN MILLON DIEZ MIL PESOS ($1.010.000), indicando previamente el origen o modo de obtención de estos recursos, informando además la disposición exclusiva y real del aporte como complemento al subsidio familiar de vivienda. En el caso de recursos complementarios representados en ahorro o crédito, el interesado deberá Anexar copia de la comunicación emitida por la entidad financiera o entidad con capacidad jurídica para otorgar la respectiva certificación, donde conste el monto del ahorro en dinero y la certificación de haberlos inmovilizado con destino a la vivienda, en la Urbanización San Jorge del Municipio de San Martin – Meta. PARAGRAFO: Que el Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta y/o la Secretaria de Vivienda del Meta, estableció que a partir de la expedición de la presente Resolución y hasta el día 10 de octubre de 2016 se realizará el recaudo del aporte de UN MILLON DIEZ MIL PESOS ($1.010.000), de acuerdo a las instrucciones descritas, además que los aportes en dinero efectivo se deberán consignar en la CUENTA DE AHORROS No. 44501-301533-5 DEL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA A NOMBRE DEL DEPARTAMENTO DEL META, original y copia de la consignación legible, deberán ser allegadas a las oficinas de la Secretaria de Vivienda del Meta ubicada en la carrera 33 No. 38 – 45 edificio Gobernación del Meta. ARTICULO TERCERO: Qué el Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta y/o la Secretaria de Vivienda del Meta, estableció que cada hogar o familia seleccionada y en forma previa a la entrega de la vivienda y en las fechas a indicar por el FOVIM, deberán realizar los trámites respectivos y asumir los costos que se ocasionen, por concepto de Notaría y Registro del bien inmueble. Además deberán realizar en forma oportuna los trámites necesarios ante las empresas de servicios públicos básicos, cubriendo los costos exigidos para la legalización y conexión de estos servicios públicos básicos (energía, acueducto y alcantarillado). ARTICULO CUARTO: PUBLICACIÓN. Fijar en un lugar visible de la Alcaldía Municipal de La Macarena - Meta, en la página Web del Municipio de La Macarena y de la Gobernación del Meta, el listado de hogares SELECCIONADOS en el proyecto de vivienda “CONSTRUCCION DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL PARA LA POBLACION VULNERABLE DEL MUNICIPIO DE LA MACARENA META”. ARTICULO QUINTO: NOTIFICACION. Ordenase la notificación personal del presente acto administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 67 y 68 del Nuevo Código Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011). ARTICULO SEXTO: RECURSOS. Contra la presente Resolución procede únicamente el recurso de reposición, el cual se debe interponer ante el Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta (FOVIM), dentro del término de diez (10) días siguientes a la publicación de la misma, de conformidad con el artículo 21 del Acuerdo 001 de 2014 y los artículos 74 y 76 del Código Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011)”. 7 SECRETARIA DE VIVIENDA Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta www.meta.gov.co ARTICULO SEPTIMO: VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLIQUESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE Dado en Villavicencio a los cinco (19) días del mes de septiembre de 2016 Proyecto: Daniela Manrique y Diego Morales V.B: J.A.O Reviso: Ángela Cortes 8 SECRETARIA DE VIVIENDA Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta www.meta.gov.co
© Copyright 2024