RESOLUCION 602 DE SELECCION LA MACARENA FIRMADA

RESOLUCION Nº 602 DE 2016
(19 DE SEPTIEMBRE DE 2016)
“Por medio de la cual se SELECCIONAN (147) hogares beneficiarios dentro del Proyecto
de Vivienda de Interés Prioritario “CONSTRUCCION DE VIVIENDA DE INTERES
SOCIAL PARA LA POBLACION VULNERABLE DEL MUNICIPIO DE LA MACARENA
META”
EL GERENTE DEL FONDO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL DEL META (FOVIM)
y/o SECRETARIO DE VIVIENDA DEL META
En uso de las atribuciones legales y constitucionales, en especial, las conferidas en la Ley
No.152 de 1994, artículo 9, la Ley No.3 de 1991, la Ley No.387 de 1997, ley 1537 del
2012, el Decreto No.2190 de 2009, el Decreto 1077 de 2015, las Ordenanzas Nos. 542 y
544 de 2004, los Decretos 104 de 2008, 295 del 2012, 072 de 2013, 0153 de 2013, 0233
del 2014 y el Acuerdo 001 de 2014 y
CONSIDERANDO
Que según las Ordenanzas Nos. 310 de 1998 y Nos. 542 y 544 de 2004, la Secretaria de
Vivienda del Meta, tiene como función social implementar la Política de Vivienda de Interés
Social del Meta.
Que en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Departamento del Meta se
encuentra radicado el Proyecto denominado “CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA DE
INTERES SOCIAL PARA LA POBLACION VULNERABLE DEL MUNICIPIO DE LA
MACARENA META”, bajo el N° 298 de 2012; con fecha de registro 13 días de Julio de
2012.
Que el Municipio de La Macarena – Meta, mediante Decreto No. 0378 del 23 de Octubre
de 2013, por medio del cual se abre convocatoria para la selección de los beneficiarios de
los programas de vivienda de interés social en el casco urbano del Municipio de la Macarena
Departamento del Meta.
Que el Municipio de la Macarena – Meta, mediante Decreto No. 014 del 27 de Marzo de
2015, “POR MEDIO DEL CUAL SE POSTULAN LOS BENEFICIARIOS DE LOS
PROGRAMAS DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL EN SITIO PROPIO DEL CASCO
URBANO DEL MUNICIPIO DE LA MACARENA, DEPARTAMENTO DEL META” publicó
la lista de beneficiarios del “PROGRAMA DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN SITIO
PROPIO EN CANTIDAD DE TRESCIENTAS (300) FAMILIAS” según los parámetros del
decreto municipal No. 0378.
Que el Municipio de la Macarena remite el listado de forma anexa para la verificación de si
cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria y en las disposiciones legales y
administrativas, especialmente con los criterios de selección y demás requisitos de que trata
el acuerdo 001 de 2014 expedido por el FOVIM.
1
SECRETARIA DE VIVIENDA
Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación
Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta
www.meta.gov.co
Que el Departamento del Meta otorgará inicialmente subsidios complementarios a 147
hogares beneficiarios para el Proyecto de Vivienda Interés Prioritario “CONSTRUCCION
DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL PARA LA POBLACION VULNERABLE DEL
MUNICIPIO DE LA MACARENA META”, que poseen el lote de terreno, sobre el cual se
ejecutarán las obras tendientes a la construcción de las viviendas de interés prioritario.
Que los hogares antes descritos serán objeto de selección de conformidad con el numeral
18 del artículo segundo del Acuerdo No. 001 de 2014 del Fondo de Vivienda de Interés
Social del Meta.
Que el Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta y/o la Secretaria de Vivienda del Meta,
procedió a realizar los cruces de cedulas con las entidades competentes, para establecer
la no existencia de subsidios, la no existencia propiedad diferente a la que va a ser objeto
de construcción de la vivienda y demás impedimentos o causales de exclusión de los
integrantes de los núcleos familiares que serán seleccionados, de conformidad con el
Acuerdo 001 de 2014.
Que conforme al Artículo Tercero del Acuerdo 001 de 2014, se informa a cada hogar
SELECCIONADO que deberá realizar un aporte de UN MILLON DIEZ MIL PESOS
($1.010.000), indicando previamente el origen o modo de obtención de estos recursos,
informando además la disposición exclusiva y real del aporte como complemento al subsidio
familiar de vivienda. En el caso de recursos complementarios representados en ahorro o
crédito, el interesado deberá Anexar copia de la comunicación emitida por la entidad
financiera o entidad con capacidad jurídica para otorgar la respectiva certificación, donde
conste el monto del ahorro en dinero y la certificación de haberlos inmovilizado con destino
a la vivienda, en el municipio de La Macarena - Meta.
Que el Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta y/o la Secretaria de Vivienda del Meta,
estableció que a partir de la expedición de la presente Resolución y HASTA EL DIA 10 DE
OCTUBRE DE 2016 se realizará el recaudo del aporte de UN MILLON DIEZ MIL PESOS
($1.010.000), de acuerdo a las instrucciones descritas, además que los aportes en dinero
efectivo se deberán consignar en la CUENTA DE AHORROS No. 4-45013011533-5 DEL
BANCO AGRARIO A NOMBRE DEL DEPARTAMENTO DEL META, original y copia de la
consignación legible, deberán ser allegadas a las oficinas de la Secretaria de Vivienda del
Meta ubicada en la carrera 33 No. 38 – 45 edificio Gobernación del Meta.
Qué el Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta y/o la Secretaria de Vivienda del Meta,
estableció que cada hogar o familia seleccionada y en forma previa a la entrega de la
vivienda y en las fechas a indicar por el FOVIM, deberán realizar los trámites respectivos y
asumir los costos que se ocasionen, por concepto de Notaría y Registro del bien inmueble.
Además deberán realizar en forma oportuna los trámites necesarios ante las empresas de
servicios públicos básicos, cubriendo los costos exigidos para la legalización y conexión de
estos servicios públicos básicos (energía, acueducto y alcantarillado).
En mérito de lo expuesto,
2
SECRETARIA DE VIVIENDA
Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación
Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta
www.meta.gov.co
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. SELECCION. El Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta y/o
la Secretaria de Vivienda del Meta, ha decidido seleccionar inicialmente a 157 hogares
beneficiarios para el Proyecto de Vivienda de Interés Prioritario “CONSTRUCCION DE
VIVIENDA DE INTERES SOCIAL PARA LA POBLACION VULNERABLE DEL
MUNICIPIO DE LA MACARENA META”, de conformidad con las razones expuestas en la
parte considerativa, los cuales se relacionan a continuación:
N°
CÉDULA
NOMBRES COMPLETOS
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
21171823
3288921
4968690
63420064
40206099
40205029
36459026
17701203
28038330
40341002
17221028
40205263
12224348
17221931
1122646659
35261232
17624594
86073282
1123861194
17221261
17340942
17221188
40692056
17221763
40205893
17668567
40206355
17302963
41211661
40206240
Alarcón Muñoz María Del Carmen
Alejo Orjuela Leonardo
Arciniegas Lozano Abel
Ariza Ariza Rosa Izabel
Ariza Parra Etelvina
Ávila María Del Carmen
Barbosa Quiroga Marleny
Barreiro Muñeton David
Barrera de Santamaría Priscila
Bautista Cepeda Claudia
Beltrán López Pedro Antonio
Benítez De Loaiza Blanca
BERNAL DURAN JOSE REINEL
Bernal Escamilla Oscar Alfonso
Bernal Rubio Cesar Octavio
Calderón Guevara Lina Patricia
Camargo Penagos Nairo José
Cañaveral Ortiz Gerardo Antonio
Cárdenas Reyes Martha Cecilia
Cardona Imbus Guillermo
Castañeda Medina Manuel Abrahán
Castaño Ríos Elías
Castro Suarez Margarita
Cepeda Guerrero Robinson
Coba Ramírez Marina
Cobaleda Sánchez Hernán
Correa Ariza Albidia
Correa Poveda Salvador
Cortes Reina Luz Estella
Cuesta Zamora Sonia Patricia
3
SECRETARIA DE VIVIENDA
Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación
Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta
www.meta.gov.co
N°
CÉDULA
NOMBRES COMPLETOS
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
63
64
65
66
67
68
69
30518576
17290845
1123862708
1123860680
17268257
17221860
40205609
17220205
1123861440
28205442
17220205
40402687
1123860598
40205943
40205786
17221377
40225006
40205529
22818656
17411030
40205571
4966526
91362233
40395871
2620275
17445874
1121858628
40205270
40205785
40691059
40205977
52210299
63502001
17221419
1117819707
40206121
40206361
86066733
1123861680
Delgado Sánchez Yaneth
Díaz Gilberto
Díaz Algarra Erika Yurani
Díaz Yate Arleni Susana
Eslava Cubides Yurian Alonso
Fajardo Henao Gustavo
Flores Vásquez María Elvia
Flores Velásquez José Eduardo
Flórez Laguna Luz Helena
Flórez Mateus Julia
Flórez Velásquez José Eduardo
Franco Jojoa Damariz
García Aya Yury Yadira
García Calle María Noralba
García Parra Luz Adriana
García Vega Ernesto
Garzón De Sarmiento Agueda
Garzón Velásquez Blanca Olivia
Gómez Vásquez Soralba
González Cagueño Marco Aurelio
Guerrero Gómez Beatriz
Guerrero Sánchez José Horacio
Hernández Carlos De Jesús
Hernández Villa Elva
Herrera Herrera Jesús María
Huertas Cagueños Pedro Manuel
Jiménez Baldion Miyer Orlay
Laguna chacón Graciela
Lara Rojas Ana Lucia
León Reyes Milena
Lima Trujillo Olga Lucia
Londoño Calambas Francia Beatriz
López Cristancho Marlen
López López Ferlein
Martínez Rodríguez Yuri
Martínez Vargas Blanca Nubia
Martínez Vargas Carina Adriana
Martínez Vargas José
Medina Cepeda Luis Alberto
4
SECRETARIA DE VIVIENDA
Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación
Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta
www.meta.gov.co
N°
CÉDULA
NOMBRES COMPLETOS
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
90
91
92
93
94
95
96
97
98
99
100
101
102
103
104
105
106
107
108
51737976
17221192
55163580
28859274
17221268
5570612
40205505
40206249
21183139
31424323
112138844
35263555
30515313
17220806
52334975
1117806587
1276661
1123860704
17414937
17414937
21176881
12269261
43608572
13776619
13776630
13775448
7782123
40205691
40205986
40205767
17221355
17220949
347144
1122125289
4968343
17220471
17221286
17221255
1123862317
Melo Traslaviña Virginia
Mendieta Laiton Jesús
Montes Ortiz Norma Constanza
Mora Mercedes
Morales Flórez Darío
Morales Flórez Luis Alberto
Morales Imbus María Antonia
Moreno Herreño Danis Alejandra
Moreno Sánchez Lilia Rosa
Murillo López Gloria Milena
Navarro Perdomo Jorge
Olachica Santamaría Celina
Olaya De Cardozo Balvina
Oliveros Pardo Miguel Ángel
Ortiz Hernández Alba
Ortiz López Lina Marcela
Ospina Ospina Julio Cesar
Páez Rodríguez Dimar Julián
Pardo Moreno Francisco
Pardo Moreno Francisco
Pardo Moreno Ricarcinda
Parra Rodríguez Reinaldo
Perea Perea Marta Elena
Pérez Acosta Benjamín
Pérez Acosta Jacinto
Pérez Contreras José Antolino
Pérez Oñate Misael Antonio
Pinzón Muñoz María Silvia
Pinzón Velasco Ana Delfina
Polania Alfaro Luz Marina
Polo Millan Ilcias
Prieto Manjarrez Mauricio
Ramírez Gilberto
Ramírez Gurrero Lina
Ramírez Ortiz Álvaro
Ramos Ramos Ildefonso
Rinta Martínez Juan Agustín
Riveros León Marco Antonio
Rodríguez Cortes María Yaira
5
SECRETARIA DE VIVIENDA
Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación
Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta
www.meta.gov.co
N°
CÉDULA
NOMBRES COMPLETOS
109
110
111
112
113
114
115
116
117
118
119
120
121
122
123
124
125
126
127
128
129
130
131
132
133
134
135
136
137
138
139
140
141
142
143
144
145
146
147
40206179
40206315
1123861125
39612077
40205106
40206014
1019105901
52561040
63252103
17221209
40205709
39772931
23805741
40206107
1123861500
17220426
40205934
69009853
40445025
40205901
40206410
1123862595
36293494
40205377
28710332
17221329
40206381
17221543
40328250
17220595
2063813
40206204
1117815825
17221920
23797468
17221423
17221874
40206375
52011662
Rodríguez López Maribel
Rodríguez Rodríguez Aracely
Rojas Castañeda Yuri Carolina
Rojas Palacios Blanca Mirian
Rojas Palacios Luz Mila
Ruiz Cruz Heidi
Ruiz González Viviana Yorley
Ruiz Miranda Nelsy
Sáenz Mayorga Irene
Salazar Moreno Armando
Salazar Moreno Janeth
SALDAÑA MONSALVE JENNY
Sánchez Murcia Ana Dilia
Santamaría Barrera Luz Yadira
Santos Lizcano Luz Marina
Santos Robayo Campo Elías
Sarmiento Gutiérrez Florensi
Segura Cortez María Senery
Silva Díaz Martha Consuelo
Sogamoso Santa Marleny
Solano Sarmiento Leonilde
Sterling Bernal Daniel David
Sterling Bernal Yaneth
Tique Rosalba
Tique de Lizcano Gabriela
Tique Ducuara Luis Carlos
Tique Ducuara Luz Dary
Tique Ducuara Miller
Tique Ducuara Rosalinda
Urbano Ángel María
Vargas Martínez Marco Fidel
Vargas Vargas Luz Fanny
Velandia Melo Ingrid Tatiana
Velasco Murillo Danilo
Velásquez González María Teresa
Velásquez Rico Orlando
Velásquez Rico Wilmer Gilberto
Virud Olaya Angie Isabel
Zabala Doralice
6
SECRETARIA DE VIVIENDA
Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación
Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta
www.meta.gov.co
ARTICULO SEGUNDO: APORTES. Los hogares seleccionados deberán realizar un
aporte de UN MILLON DIEZ MIL PESOS ($1.010.000), indicando previamente el origen o
modo de obtención de estos recursos, informando además la disposición exclusiva y real
del aporte como complemento al subsidio familiar de vivienda. En el caso de recursos
complementarios representados en ahorro o crédito, el interesado deberá Anexar copia de
la comunicación emitida por la entidad financiera o entidad con capacidad jurídica para
otorgar la respectiva certificación, donde conste el monto del ahorro en dinero y la
certificación de haberlos inmovilizado con destino a la vivienda, en la Urbanización San
Jorge del Municipio de San Martin – Meta.
PARAGRAFO: Que el Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta y/o la Secretaria de
Vivienda del Meta, estableció que a partir de la expedición de la presente Resolución y
hasta el día 10 de octubre de 2016 se realizará el recaudo del aporte de UN MILLON
DIEZ MIL PESOS ($1.010.000), de acuerdo a las instrucciones descritas, además que los
aportes en dinero efectivo se deberán consignar en la CUENTA DE AHORROS No. 44501-301533-5 DEL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA A NOMBRE DEL
DEPARTAMENTO DEL META, original y copia de la consignación legible, deberán ser
allegadas a las oficinas de la Secretaria de Vivienda del Meta ubicada en la carrera 33 No.
38 – 45 edificio Gobernación del Meta.
ARTICULO TERCERO: Qué el Fondo de Vivienda de Interés Social del Meta y/o la
Secretaria de Vivienda del Meta, estableció que cada hogar o familia seleccionada y en
forma previa a la entrega de la vivienda y en las fechas a indicar por el FOVIM, deberán
realizar los trámites respectivos y asumir los costos que se ocasionen, por concepto de
Notaría y Registro del bien inmueble. Además deberán realizar en forma oportuna los
trámites necesarios ante las empresas de servicios públicos básicos, cubriendo los costos
exigidos para la legalización y conexión de estos servicios públicos básicos (energía,
acueducto y alcantarillado).
ARTICULO CUARTO: PUBLICACIÓN. Fijar en un lugar visible de la Alcaldía Municipal de
La Macarena - Meta, en la página Web del Municipio de La Macarena y de la Gobernación
del Meta, el listado de hogares SELECCIONADOS en el proyecto de vivienda
“CONSTRUCCION DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL PARA LA POBLACION
VULNERABLE DEL MUNICIPIO DE LA MACARENA META”.
ARTICULO QUINTO: NOTIFICACION. Ordenase la notificación personal del presente acto
administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 67 y 68 del Nuevo Código
Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).
ARTICULO SEXTO: RECURSOS. Contra la presente Resolución procede únicamente el
recurso de reposición, el cual se debe interponer ante el Fondo de Vivienda de Interés
Social del Meta (FOVIM), dentro del término de diez (10) días siguientes a la publicación de
la misma, de conformidad con el artículo 21 del Acuerdo 001 de 2014 y los artículos 74 y
76 del Código Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011)”.
7
SECRETARIA DE VIVIENDA
Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación
Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta
www.meta.gov.co
ARTICULO SEPTIMO: VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su
expedición.
PUBLIQUESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Villavicencio a los cinco (19) días del mes de septiembre de 2016
Proyecto: Daniela Manrique y Diego Morales
V.B: J.A.O
Reviso: Ángela Cortes
8
SECRETARIA DE VIVIENDA
Carrera 33 No. 38 – 45 Piso 3 Edificio Gobernación
Centro Tel. 6818500 Villavicencio, Meta
www.meta.gov.co