Acuerdo N° 26/2016 - Poder Judicial de Corrientes

Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes
“Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
A C U E R D O N U M E R O V E I N T I S E I S. En Corrientes, a los veintiún días del
mes de septiembre del año dos mil dieciséis, siendo las ocho horas, estando reunidos y
constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la
Provincia, el señor Presidente Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN, los señores
Ministros, Dres. FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, LUIS
EDUARDO REY VAZQUEZ y el señor Fiscal General, Dr. CESAR PEDRO SOTELO,
asistidos del Secretario Administrativo, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO
LODOLI, tomaron en consideración los siguientes asuntos y,
ACORDARON
PRIMERO: Visto: El Sr. Presidente da cuenta de las siguientes Resoluciones:
I. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 24°, inc. e) del Decreto
Ley N° 26/00 LOAJ:
“Nº 246
Corrientes, 12 de septiembre de 2016.
VISTO: Las facultades conferidas por Acuerdo Nº 23/16, en su punto 5º (Expte. E-34312016), y
CONSIDERANDO: Que el día miércoles 07 de septiembre del presente año a las 10:20
hs. se procedió a realizar el sorteo para la designación de un Juez en lo Civil, Comercial y
Laboral –SUSTITUTO– con asiento en la ciudad de Monte Caseros siendo desinsaculado
el Dr. Jorge Oscar Alberto SCHUSTER y atento a que el mencionado profesional hace
saber su imposibilidad para aceptar el cargo, corresponde realizar un nuevo sorteo
mediante sistema informático.
Por ello,
RESUELVO:
1°) FIJAR NUEVA FECHA DE SORTEO para el día de la fecha, a las 12:00 hs.,
para cubrir el cargo de Juez en lo Civil, Comercial y Laboral - SUSTITUTO- con asiento
en la ciudad de Monte Caseros.
2°) Disponer la publicación de la fecha del sorteo en el sitio web del Poder
Judicial.
3°) INSÉRTESE, notifíquese y dar cuenta en el próximo Acuerdo”.
“N° 247
Corrientes, 14 de septiembre de 2016.
VISTO: El Expte. CA-428-2016 (E-2966-2016), caratulado: “SUPERIOR TRIBUNAL DE
JUSTICIA CTES. – MINISTRO DR. FERNANDO A. NIZ S/ INFORMA DISPONIBILIDAD
DE FONDOS EN LA CUENTA CORRIENTE DEL CENTRO JUDICIAL DE MEDIACIÓN SUGIERE CONSTITUCIÓN DE PLAZO FIJO A 30 DÍAS”, y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 16/08/16 se constituyó un plazo fijo por 30 días por la suma de $
350.000,00.
Que el 15/09/16 el Banco acreditará en la Cta. Cte. 130768/14 “Fondo Centro
Judicial de Mediación” la suma de $ 356.904,11; correspondientes al reintegro del capital
con más sus intereses.
Que los fondos de la mencionada cuenta no serán utilizados en los próximos 30
días.
Que, a efectos de mantener el poder adquisitivo de la moneda, se estima
conveniente la inversión transitoria de dicho fondo.
Por ello,
SE RESUELVE:
1) Autorizar a la Dirección General de Administración del Poder Judicial a la
renovación completa (capital más intereses) del plazo fijo constituido el 16/08/16; por un
plazo de 30 días, por la suma de $ 356.904,11 (pesos trescientos cincuenta y seis mil
novecientos cuatro con once centavos).
2) Remitir a la Dirección General de Administración para su instrumentación.
3) Comunicar, librar copias a sus efectos y archivar”.
“N° 252
Corrientes, 19 de septiembre de 2016.-
VISTO: El Expte. E-3783-2016, caratulado: “CENTRO JUDICIAL DE MEDIACIÓN
S/ PLANILLA DE HONORARIOS N°01/16 DE LA SEDE DE SANTO TOME.”, y;
CONSIDERANDO:
QUE el gasto se considera necesario e indispensable.
QUE se realiza conforme a las disposiciones legales vigentes (Ley de
Administración Financiera Provincial Nro. 5571, Ley de Autarquía Nro. 4420, Ley Nro.
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5487 –hoy N° 5931- del Fondo del Centro Judicial de Mediación y Reglamento de
Administración Financiera del Poder Judicial (RAF).
QUE existe Crédito Presupuestario en la partida específica para tal fin en
FUENTE 14- Recursos del Tesoro Provincial con Afectación Específica- Fondo del Centro
Judicial de Mediación, adjuntándose comprobante C-01 N° 3105.
SE RESUELVE:
1) AUTORIZAR el gasto referente al pago a Mediadores por incomparecencia de
partes, conforme a la Planilla Nro. 01/16 (Santo Tome), de acuerdo a lo dispuesto en la
Ley N° 5931, que asciende a la suma total de $1.355,21 (pesos mil trescientos cincuenta
y cinco con veintiún centavos).
2) IMPUTAR dicha suma en la partida 01-00-00-08-3.4.3. de Fuente 14 Recursos
del Tesoro Provincial con Afectación Específica- Fondo del Centro Judicial de Mediación.
3) PROCEDER a su liquidación y oportuno pago por Tesorería Jurisdiccional de
acuerdo a la Planilla Nro. 01/16 confeccionada por el Centro Judicial de Mediación (Santo
Tome).
4) COMUNICAR, librar copias a sus efectos y oportunamente archivar”.
Por ello y oído el Sr. Fiscal General: SE RESUELVE: Aprobarlas.
II. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 3°, ap. a), Régimen
aprobado por Acdo. N° 27/13, pto. 19°:
Resolución N° 245/2016 (Expte. E-3284-2016): Aprueba la Compra Directa, previo
concurso de precios, para la adquisición de un motocompresor para acondicionador de
aire de 9000 fgs. de potencia 3HP de la Sala III de la Cámara de Apelaciones Civil y
Comercial y adjudica a la firma “DISTRIBUIDORA CAF CORRIENTES S.R.L.”, por la
suma de $ 6.218 (pesos seis mil doscientos dieciocho).
Resolución N° 248/2016 (Expte. E-3444-2016): Aprueba la Compra Directa, previo
concurso de precios, por la compra de un (1) teléfono inalámbrico para el Juzgado Civil y
Comercial de la localidad de Saladas y adjudica a la firma “Luis A. Cuadrado”, por un
total de $ 651 (pesos seiscientos cincuenta y uno).
Resolución N° 249/2016 (Expte. E-3396-2016): Aprueba la Compra directa, previo
concurso de precios, por el servicio de mantenimiento preventivo de dos (2)
cromatógrafos gaseosos Agilent modelo 7820A y de un (1) automuestreador Head Space
Agilent, modelo 7694A, del Instituto Médico Forense y adjudica a la firma “Analytical
Technologies S.A”, por un total de $ 49.272,65 (pesos cuarenta y nueve mil doscientos
setenta y dos con sesenta y cinco centavos).
Resolución N° 250/2016 (Expte. E-2919-2016): Aprueba la Compra directa, previo
concurso de precios, para la provisión de útiles de oficina para el stock del Departamento
de Suministro y Bienes Patrimoniales y adjudica a las firmas: “Papelera Marano S.R.L”,
por la suma de $ 58.508 (pesos cincuenta y ocho mil quinientos ocho) los renglones del
N° 1 al N° 4 y “Milenio S.R.L” por la suma de $ 21.972 (pesos veintiún mil novecientos
setenta y dos) los renglones N° 5 y N° 6.
Resolución N° 251/2016 (Expte. E-3716-2016): Aprueba la Compra directa, previo
concurso de precios, para la provisión de vales de combustible – 1600 litros de gas oil –
para uso de los vehículos oficiales y grupos electrógenos y adjudica a la firma Estación
de Servicio YPF “La Tablada” de Jorge Horacio Macías, por un total de $ 29.584 (pesos
veintinueve mil quinientos ochenta y cuatro).
Por ello y oído el Sr. Fiscal General: SE RESUELVE: Tener presente.
SEGUNDO: Visto: Las disponibilidades presupuestarias, la necesidad de cubrir los
cargos vacantes y asignación de cargos pertinentes. Y Considerando: Que, se dio
cumplimiento al nuevo procedimiento establecido en el punto 2° del resolutorio 1) del
Acuerdo N° 10/15 y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE:
1) Expte. E-3719-2016; propuesta formulada por el Jefe Coordinador del
Cuerpo de Psicología Forense, vacante por fallecimiento de su titular,
lista aprobada por Acdo. N° 23/16, oído el Sr. Fiscal General; SE
RESUELVE: 1) Asignar un cargo de Psicólogo Junior (Clase 202), al
Cuerpo de Psicología Forense. 2) Designar Psicóloga Junior (Clase
202), provisoria, en el Cuerpo de Psicología Forense, a la Lic. María
Anabella LUFRANO, M.I. N° 27.482.288, quien cesa en su calidad de
contratada y deberá prestar juramento de ley ante este Superior
Tribunal de Justicia.
2) Expte. E-2654-2016; propuesta formulada por la Sra. Juez Civil,
Comercial y Laboral de Paso de los Libres, vacante producida por
Acdo. N° 16/16, lista aprobada por Acdo. N° 29/14 pto. 10°, oído el Sr.
Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Asignar un cargo de Escribiente
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(Clase 307) al Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Paso de los
Libres. 2) Designar Escribiente (Clase 307), provisoria, en el Juzgado
Civil, Comercial y Laboral de Paso de los Libres, a Rafaela Inés
ROMERO, M.I. N° 35.034.955.
3) Expte.
E-3758-2016; propuesta formulada por
la Directora de
Mandamientos y Notificaciones, conformidad prestada por el Sr. Juez
de Familia y Menores de la ciudad de Mercedes, oído el Sr. Fiscal
General; SE RESUELVE: 1) Trasladar al Escribiente (Clase 307), Darío
Antonio MAIDANA, M.I. N° 26.493.757, del Juzgado de Familia y
Menores de Mercedes, a la Delegación de la Oficina de Mandamientos
y Notificaciones de esa ciudad. 2) Reservar un cargo de Escribiente
(Clase 307), al Juzgado de Familia y Menores de la ciudad de
Mercedes.
4) Expte. E-3482-2016; propuesta formulada por el Sr. Fiscal General, lista
aprobada por Acdo. N° 3/15 pto. 8°, SE RESUELVE: 1) Asignar un
cargo de Ayudante (Clase 508) a la Asesoría de Menores e Incapaces
de Esquina. 2) Designar Ayudante (Clase 508), provisorio, en la
Asesoría de Menores e Incapaces de Esquina, a Mario Guillermo
BERTOLINI, M.I. N° 25.330.731.
5) Los designados en los apartados 1), 2), y 4), deberán cumplir
previamente con el examen médico preocupacional reglamentario y la
documentación requerida por la Dirección General de Administración –
Departamento de Liquidaciones- y la Dirección de Personal y Licencias.
TERCERO: Visto: El Expte. E-3597-2016; en el que el agente José Eduardo MONZÓN,
M.I. N° 10.452.468, quien presta servicios en la Intendencia de este Poder Judicial,
presenta su renuncia al cargo de Vice Intendente (Clase 303), para acogerse a los
beneficios de la jubilación ordinaria. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE:
Aceptarla a partir del día 1° de octubre de 2016 y darle gracias por los servicios
prestados.
CUARTO: Visto: El Expte. E-3714-2016; referente a la Escribiente Zara María Brunel
Stacul, M.I. N° 34.718.052, de la Dirección General de Mandamientos y Notificaciones,
quien ha cumplido el período de prueba en el ejercicio de su cargo, sin observación de
sus superiores (Art. 19º del RIAJ) y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE:
Confirmarla en el cargo y funciones para la que ha sido designada.
QUINTO: Visto. El Expte. E-3088-2016; donde se tramita el pedido de prórroga para la
confirmación en el cargo de Escribiente de la agente María Constanza Pérez Cabrera,
solicitado por la Sra. Juez Civil y Comercial de Santo Tomé, Dra. María Dionicia Zovak, a
fin de continuar evaluando su desempeño en el puesto laboral que se le ha confiado en la
organización del Juzgado. Que, teniendo presente que el art. 19 del RIAJ en su parte
pertinente, regula la forma de alcanzar la titularidad del cargo, estableciendo que los
empleados judiciales serán designados con carácter provisorio por el término de doce
(12) meses, a cuyo término podrán ser confirmados previo informe favorable del superior.
Y Considerando: Que “… El período de prueba tiene como objetivo la evaluación de la
idoneidad del funcionario…” (Fallos CSJN, 331:735), en atención a los motivos invocados
en la presentación de la Sra. Juez Civil y Comercial de Santo Tomé, lo expresado por la
agente María Constanza Pérez Cabrera en su conteste y lo decidido en casos análogos,
oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Extender el período de provisoriedad de la
agente María Constanza Pérez Cabrera, en el cargo de Escribiente, por el término de
seis (6) meses, a contar desde el vencimiento del término previsto en el art. 19° del RIAJ,
a cuya finalización quedará automáticamente confirmada, si no mediare oposición
debidamente fundada.
SEXTO: Visto: El Expte. E-3732-2016; en el que Celeste Josefina RABADAN
GEIBLINGER , M.I. N° 31.436.067, quien figura en el orden de mérito Nº 2 de la lista de
aspirantes para ingresar a la Administración de Justicia en la localidad de San Luis del
Palmar, solicita su inclusión en la lista de Escribientes de Capital, correspondiente a la
Primera Circunscripción Judicial, alegando estar radicada actualmente con su grupo
familiar en la ciudad de Corrientes; CONSIDERANDO: Que los exámenes previstos por la
Reglamentación vigente para el ingreso al Poder Judicial Provincial en el escalafón
administrativo, en las distintas Circunscripciones Judiciales se componen de las mismas
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etapas y contenidos; teniendo presente las razones de integración familiar y laboral
alegada por el peticionario, circunstancias que este Superior Tribunal ha priorizado en
casos análogos. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Incluir a Celeste
Josefina RABADAN GEIBLINGER, M.I. N° 31.436.067, al final del orden de mérito de los
aspirantes en condiciones de ser designados en el escalafón administrativo, en el cargo
de Escribiente, correspondiente al concurso general y abierto para la Primera
Circunscripción Judicial, aprobado en el punto 8° del Acdo. N° 35/15. 2) Excluirla de la
lista de aspirantes de la localidad de San Luis del Palmar (Primera Circunscripción
Judicial), aprobada por Acdo. N° 22/16 pto. 10°.
SEPTIMO: Visto: El Expte. E-3761-2016; en el que Mónica Mariana MORELL VERON,
M.I. N° 31.102.137, quien figura en el orden de mérito Nº 2 de la lista de aspirantes para
ingresar a la Administración de Justicia en la localidad de Itatí, solicita su inclusión en la
lista de Escribientes de Capital, correspondiente a la Primera Circunscripción Judicial,
alegando estar radicada actualmente con su grupo familiar en la ciudad de Corrientes;
CONSIDERANDO: Que los exámenes previstos por la Reglamentación vigente para el
ingreso al Poder Judicial Provincial en el escalafón administrativo, en las distintas
Circunscripciones Judiciales se componen de las mismas etapas y contenidos; teniendo
presente las razones de integración familiar y laboral alegada por el peticionario,
circunstancias que este Superior Tribunal ha priorizado en casos análogos. Por ello y
oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Incluir a Mónica Mariana MORELL VERÓN,
M.I. N° 31.102.137, al final del orden de mérito de los aspirantes en condiciones de ser
designados en el escalafón administrativo, en el cargo de Escribiente, correspondiente al
concurso general y abierto para la Primera Circunscripción Judicial, aprobado en el punto
8° del Acdo. N° 35/15. 2) Excluirla de la lista de aspirantes de la localidad de Itatí
(Primera Circunscripción Judicial), aprobada por Acdo. N° 22/16 pto. 10°.
OCTAVO: Visto: El Expte. E-3791-2016; en el que Pedro Gastón BOYERA PARED, M.I.
N° 35.115.678, quien figura en el orden de mérito Nº 14 de la lista de aspirantes para
ingresar a la Administración de Justicia en la localidad de Paso de la Patria, solicita su
inclusión en la lista de Escribientes de Capital, correspondiente a la Primera
Circunscripción Judicial, alegando estar radicado actualmente con su grupo familiar en la
ciudad de Corrientes; CONSIDERANDO: Que los exámenes previstos por la
Reglamentación vigente para el ingreso al Poder Judicial Provincial en el escalafón
administrativo, en las distintas Circunscripciones Judiciales se componen de las mismas
etapas y contenidos; teniendo presente las razones de integración familiar y laboral
alegada por el peticionario, circunstancias que este Superior Tribunal ha priorizado en
casos análogos. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Incluir a Pedro
Gastón BOYERA PARED, M.I. N° 35.115.678, al final del orden de mérito de los
aspirantes en condiciones de ser designados en el escalafón administrativo, en el cargo
de Escribiente, correspondiente al concurso general y abierto para la Primera
Circunscripción Judicial, aprobado en el punto 8° del Acdo. N° 35/15. 2) Excluirlo de la
lista de aspirantes de la localidad de Paso de la Patria (Primera Circunscripción Judicial),
aprobada por Acdo. N° 22/16 pto. 10°.
NOVENO: Visto: El Expte. E-3752-2016; referente a la solicitud formulada por la Sra.
Juez Civil, Comercial y Laboral de Esquina, Dra. María Lourdes Silvero, para que se
otorgue a los alumnos de la carrera “Tecnicatura Superior en Administración Pública” del
Instituto Superior de Formación Docente “Dr. J. Alfredo Ferreira”, cuya nómina adjunta,
un espacio para realizar pasantías en el Juzgado a su cargo. Y Considerando: el
Convenio de Pasantía suscripto oportunamente por este Superior Tribunal de Justicia
(Acdo. N° 22/16 pto. 19°) y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Autorizar la
realización de pasantía en el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Esquina, a los
alumnos de la carrera de “Tecnicatura Superior en Administración Pública” del Instituto
Superior de Formación Docente “Dr. J. Alfredo Ferreira”, cuya nómina se adjunta al
expediente de referencia, conforme lo peticionado.
DECIMO: Visto: La necesidad de llamar a concurso para el cargo de Director de
Administración (Clase 113), correspondiente al Escalafón Técnico Profesional “Nivel
Jerárquico” y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Llamar a concurso interno
cerrado en los términos de los artículos 29 y 31 del Reglamento de Ascenso del
Funcionario y del Personal Judicial, aprobado en el punto 10° del Acuerdo N° 6/15 –
Anexo II-, en concordancia con el Régimen General de Concursos, aprobado por Acdo.
N° 22/09, pto. 14° y modificatorias; de Antecedentes y Entrevista, para cubrir el cargo de
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Director de Administración (Clase 113), correspondiente al Escalafón Técnico Profesional
“Nivel Jerárquico”.
2) Requisitos para acceder al Concurso, que deberán estar cumplimentados a la
fecha del cierre de inscripción: podrán participar los que posean título de Contador
Público o Profesional de las Ciencias Económicas con más de cuatro (4) años desde su
expedición y desempeñen el cargo de Sub-Director; Tesorero; Jefe del Departamento
Contable; Jefe del Departamento de Suministro y Bienes Patrimoniales; Jefe del
Departamento de Licitaciones y Compras; Jefe de Personal y Liquidaciones y Jefes de
División de las distintas Áreas, que cuenten con más de cinco años de antigüedad en la
Dirección de Administración del Poder Judicial y reúnan los demás requisitos
establecidos en el Reglamento de Ascenso del Funcionario y del Personal Judicial.
3) Inscripción: Se efectuará a través de la página web del Poder Judicial
www.juscorrientes.gov.ar, a partir de las 0:00 hs. del día 28 de septiembre de 2016 y
hasta las 24:00 hs. del día 8 de octubre de 2016.
4) De la presentación de los documentos: Deberá efectuarse un vez finalizado el plazo
de inscripción y de conformidad al cronograma que oportunamente elaborará la
Secretaría Administrativa, teniendo en cuenta el número de inscripción del postulante,
que se publicará en la página web del Poder Judicial www.juscorrientes.gov.ar.
La presentación podrá efectuarse personalmente, por persona autorizada o por correo;
en este último caso se considerará presentada en la fecha de imposición en la oficina de
correos o agencia postal habilitada y consistirá: a) Comprobante de inscripción emitido
por el sistema, firmado en original; b) Fotocopia del anverso y reverso del Documento
Nacional de Identidad; c) Fotocopia autenticada de los títulos de grado; d) Certificación de
antigüedad, licencias ordinarias y extraordinarias de los últimos cinco años, con
indicación de su duración, naturaleza y sanciones; e) Currículum Vitae en copia simple,
sin perjuicio de ser requerido el original si fuera necesario;
5) Proceso de selección: Se llevará a cabo con las siguientes etapas:
- Evaluación de Antecedentes Laborales (Art. 34° inc. B): en la que se evaluará la
documentación que, con carácter de declaración jurada, presente el postulante respecto
de sus antecedentes laborales y profesionales.
- Entrevista personal: (Art. 34° inc. C) con cada uno de los aspirantes que sean
admitidos al concurso, la que tendrá por objeto valorar: conocimientos técnicos
específicos respecto del cargo de Director de Administración del Poder Judicial,
motivación para el cargo, cualquier otra información que, a juicio del tribunal evaluador,
sea conveniente requerir.
En la evaluación de los aspirantes también se tomará en consideración los
siguientes factores: formación, experiencia, conocimientos de las tareas y funciones del
cargo a concursar, conocimientos informáticos, habilidades y aptitudes personales en
relación con los requerimientos del puesto.
6) Tribunal Evaluador: Estará integrado por: Los Señores Ministros del Superior
Tribunal de Justicia; el Señor Fiscal General y el Señor Secretario Administrativo.
7) Títulos y Antecedentes: Contenido, Evaluación, Pautas: La evaluación de los
antecedentes se realizará conforme al puntaje distribuido por ítem, cuya planilla fuera
aprobada por Acdo. N° 27/14 pto. 11° (Anexo l) -complementario del artículo 45° del
Régimen General de Concursos, aprobado por Acdo. N° 22/09 y sus modif.-. Siempre su
aplicación se valorará conforme al cargo que se concursa.
8) Publicidad: La convocatoria se dará a conocer en la página web del Poder Judicial:
www.juscorrientes.gov.ar.
UNDECIMO: Visto: Que, este Superior Tribunal de Justicia en el punto 8 del Acuerdo N°
12/11, creó la Oficina de Inspectoría General y Control Interno, con tres áreas
específicas: 1. La Inspectoría de Justicia de Paz. 2. La Inspectoría General de los
Tribunales y 3. La Oficina de Sumario Administrativo, con el objetivo de concentrar en
una sola dependencia toda la actividad de control interno. Y Considerando: Que, resulta
indispensable que la Inspectoría de Justicia de Paz, priorice el cumplimiento de sus
atribuciones conferidas en artículo 68 de la Ley Orgánica, en el entendimiento de que la
Justicia de Paz constituye un eslabón esencial en todo lo concerniente a la política de
“Acceso a Justicia”, habiéndose convertido en instrumento para resolver los conflictos
cotidianos que se generan en la vida de la comunidad, máxime en los tiempos actuales,
ante la necesidad de dar respuestas inmediatas y tutela de los derechos fundamentales,
principalmente respecto del vulnerable. Que, asimismo, es dable reubicar a la Oficina de
Sumarios Administrativos bajo la órbita de la Secretaría Administrativa, en razón de ser la
encargada de llevar los registros y ejecutar todas las medidas disciplinarias aplicadas por
el Superior Tribunal de Justicia a Magistrados, Funcionarios, Empleados y Auxiliares de
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Justicia. Que, igualmente, corresponde dejar sin efecto el área de Inspección General de
los Tribunales, en razón de ser facultad exclusiva de este Máximo Tribunal Provincial,
ordenar cuando se considere oportuno, visitas de inspecciones a las Cámaras, Juzgados
de cualquier fuero y demás dependencias del Poder Judicial, de acuerdo a las
atribuciones conferidas en el inciso 12 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la
Administración de Justicia. Por ello y oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE:
Reestructurar la Oficina de Inspectoría General y Control Interno creada en el punto 8°
del Acuerdo N° 12/11 y en consecuencia:
1) Disponer que la INSPECTORÍA DE JUSTICIA DE PAZ seguirá cumpliendo con
los cometidos previstos en el artículo 68 de la Ley Orgánica de la Administración de
Justicia y las demás funciones establecidas en el Reglamento Interno y Acordadas
reglamentarias vigentes, la que será presidida por la Dra. Ingrid Lissy Factor de Tosi,
como Inspectora de Justicia de Paz.
2) Establecer que la OFICINA DE SUMARIO ADMINISTRATIVO pasará a
depender de la Secretaría Administrativa del Superior Tribunal de Justicia y será la
encargada de sustanciar todos los procedimientos sumariales ordenados por el Superior
Tribunal de Justicia, cuando un hecho, acción u omisión pueda significar responsabilidad
disciplinaria o derivar en responsabilidad patrimonial y en el que se encuentren
involucrados Magistrados, Funcionarios, Empleados Judiciales y/o Auxiliares de la
Justicia.
3) Dejar sin efecto todo lo referente a la INSPECTORÍA GENERAL DE LOS
TRIBUNALES que fuera previsto en el punto 8° del Acuerdo N° 12/11.
DUODECIMO: Visto: El Expte. E-3746-2016; referente al pedido formulado por el
Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy, para que se declare de interés el
“XVIII Encuentro de la Red de Bibliotecas de Derecho y Ciencias Jurídicas –Bibliotecas
JuriRed-“ y la “XI Jornada de la Asociación Civil de Bibliotecarios Jurídicos ACBJ”, a
realizarse en la ciudad de San Salvador de Jujuy, los días 20 y 21 de octubre del
corriente año, bajo el lema “Bibliotecas Jurídicas: facilitadoras del acceso a la información
para el desarrollo ciudadano”. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE:
Declarar de interés el “XVIII Encuentro de la Red de Bibliotecas de Derecho y Ciencias
Jurídicas –Bibliotecas JuriRed-“ y la “XI Jornada de la Asociación Civil de Bibliotecarios
Jurídicos ACBJ”.
DECIMO TERCERO: Visto: El Expte. E-3790-2016; referente al pedido del Área de
Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “INVESTIGACION
CRIMINAL- PROGRAMA NACIONAL DE CRIMINALISTICA DE LA SUBSECRETARIA
DE POLITICA CRIMINAL. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA
NACION”, que presentara la Fiscalía General y en el que disertarán el Dr. Alan Martín
Nessi (Presidente de Unidos por la Justicia, Coordinador del Observatorio Metropolitano de
Seguridad Pública y del Protocolo de Actuación Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública
del Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA desde 2012) y Fernando Guillermo Cardini
(Dr. En Ciencias Químicas, Facultad de Ciencias Exactas de la UBA, Toxicólogo Forense,
Profesor en Química de Enseñanza Especial, Media y Superior, Facultad de Filosofía y Letras
UBA, Presidente del Instituto Argentino para la Calidad IAPC del 2009 a la fecha ). Por ello y oído
el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría.
DECIMO CUARTO: Visto: El Expte. E-3800-2016; referente al pedido del Área de
Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “GESTION DE LA
FISCALIA DE INSTRUCCIÓN N° 1: ORGANIZACIÓN – CAPACITACION” que presentara
el Dr. Buenaventura Duarte, Fiscal de Instrucción N° 1 de esta Ciudad Capital, oído el Sr.
Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría.
DECIMO QUINTO: Visto: El Expte. E-3723-2016; referente al pedido del Área de
Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “EL ROL DE LA
SECRETARIA
ADMINISTRATIVA
EN
LA
FUNCION
ADMINISTRATIVA
Y
DE
GOBIERNO DEL SUPERIOR TRIBUNAL” que presentara el Secretario Administrativo del
Superior Tribunal de Justicia, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar
a publicidad por Secretaría.
DECIMO SEXTO: Visto: El Expte. E-3668-2016; donde se solicita el auspicio y
declaración de interés de la Jornada Internacional de Derecho Penal “Homenaje al Prof.
Don Francisco Blasco y Fernández de Moreda”, en el que se encontrarán presentes los
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes
“Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
Dres. Eugenio Raúl Zaffaroni, Gonzalo Fernández y Luis Arroyo Zapatero, que se
realizará el día 4 de noviembre de 2016 en el Salón Auditorio de la facultad de Derecho –
Campus Universitario-. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Declarar de
interés la Jornada Internacional de Derecho Penal “Homenaje al Prof. Don Francisco
Blasco y Fernández de Moreda”, como se pide.
DECIMO SEPTIMO: Visto: El Expte. E-3834-2016; referente al pedido de aprobación y
publicación de la actividad: “PROGRAMA DE GESTION DE CALIDAD-MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION”, que tiene por finalidad la
capacitación para la implementación de herramientas de gestión de calidad, con el
objetivo de certificar las normas de calidad ISO 9001, que posibiliten la mejora continua
en los procesos y de esa manera, brindar a los ciudadanos un servicio más ágil y
eficiente. Oportunidad en la que disertará la Dra. Sandra Dosch, Coordinadora del
Programa. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Aprobarla. 2) Darle la
intervención que le compete al Área de Capacitación del Poder Judicial.
DECIMO OCTAVO: Visto:
I. Las solicitudes de licencias:
1) Sra. Gladys Elizabeth AMBROSETTI, 9 días desde el 06/09/16: SE
RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.).
2) Sra. Teresa Viviana ARNAU, 30 días desde el 20/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
3) Dra. Simy Beatriz BENASAYAG, 45 días desde el 16/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
4) Sra. Antonia CENTURION, 27 días desde el 25/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
5) Sra. Lina María DOMINGUEZ, 62 días desde el 03/09/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
6) Sr. Heriberto Antonio ESQUIVEL, 31 días desde el 25/08/16: SE RESUELVE:
Concederla Sin Goce de Haberes (Art. 44º del R.I.).
7) Dra. Norma Beatriz GOMEZ ACOSTA, 30 días desde el 09/08/16: SE
RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.).
8) Sra. Daniela Isabel LARIGUET, 30 días desde el 22/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
9) Dra. María Verónica MIGUEZ, 30 días desde el 24/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
10) Sra. Martha Susana NUÑEZ, 10 días desde el 02/09/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
11) Sr. Claudio David RAMIREZ, 30 días desde el 31/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
12) Sra. Roberta Ramona RIOS DE CUSTIDIANO, 15 días desde el 31/08/16: SE
RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.).
13) Sra. María Inés SUNDBERG, 30 días desde el 30/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
14) Sra. Marina Grisel TORRES, 30 días desde el 24/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
15) Sra. Carina Rosana UBALDO, 30 días desde el 23/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
16) Sr. Alfredo Oscar URBINA, 40 días desde el 24/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
17) Dra. María Fernanda BAY, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 45º del R.I.).
18) Dra. Alicia Susana COCHIA, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 45º del R.I.).
19) Dra. Marina del Rosario CUNEO, 36 días desde el 19/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 45º del R.I.).
20) Sr. Luís Eduardo ENRIQUE, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 45º del R.I.).
21) Dra. Sonia Elizabeth FILIPIGH, 32 días desde el 04/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 45º del R.I.).
22) Sra. Adela Cristina HERVIER, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 45º del R.I.).
23) Sra. María Fabiana LAGO, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 45º del R.I.).
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Provincia de Corrientes
“Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
24) Sra. Teresa Adelaida NASIF, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 45º del R.I.).
25) Sra. Luisa Lilian NUÑEZ, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 45º del R.I.).
26) Sra. Myriam Teresa I. PEREZ CHEME, 28 días desde el 27/08/16: SE
RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.).
27) Sr. Abel Carlos PERNA, 2 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla
(Art. 45º del R.I.).
28) Dra. Diana Victoria RUBIANES GRAVIER, 44 días desde el 11/08/16: SE
RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.).
29) Sra. Elsa Miriam SANCHEZ, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 45º del R.I.).
30) Sr. José Cruz SOSA, 54 días desde el 01/08/16: SE RESUELVE: Concederla
(Art. 45º del R.I.).
31) Sra. Viviana Mabel VALLE DE PARRAS, 28 días desde el 27/08/16: SE
RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.).
32) Sr. Jorge ZIBELMAN, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla
(Art. 45º del R.I.).
33) Sr. Guillermo Antonio ALEGRE, 9 días desde el 08/08/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 46º del R.I.).
II.-Licencias concedidas por Fiscalía General:
Resolución N° 9 del 30 de Agosto de 2016:
1) Sra. Viviana Alejandra BASSANI, de Asesoría de Menores e Incapaces Nº 5 de Ctes.,
30 (treinta) días desde el 25/07/16 (Art. 44 del R.I.); 2) Sr. Telmo Aníbal FERNANDEZ, de
Asesoría de Menores e Incapaces N° 4 de Ctes., 61 (sesenta y un) días a partir del
04/07/16 (Art. 44 del R.I.); 3) Dra. Alicia Raquel Figueroa de Ruiz, de Asesoría de
Menores e Incapaces N° 1 de Ctes., 5 (cinco) días desde el 05/07/16 (Art. 44 del R.I.); 4)
Sra. Karina Lorena FLORES, de Fiscalía de Instrucción, Correccional y de Menores Nº 1
de Paso de los Libres, 30 (treinta) días a partir del 29/07/16 (Art. 44 del R.I.); 5) Dra.
Alicia PUCZKO, de Fiscalía de Tribunal Oral Penal N° 2 de Ctes., 61 (sesenta y un) días
desde el 15/07/16 (Art. 44 del R.I.); 6) Sra. Irma Gladys WOLHEIN, de Fiscalía de
Instrucción Nº 5 de Ctes., 30 (treinta) días a partir del 09/08/16 (Art. 44 del R.I.); SE
RESUELVE: Tener presente.-
DECIMO NOVENO: Comunicar lo resuelto por Secretaría y darlo a publicidad. No
habiendo otros asuntos a consideración, se dio por terminado el presente Acuerdo,
firmándose, previa lectura y ratificación, ante mí, Secretario Autorizante, que doy fe. Fdo.
Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN (Presidente), los Dres. FERNANDO AUGUSTO
NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ (Ministros) y el
Dr. CESAR PEDRO SOTELO (Fiscal General). Ante mí, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO
CASARO LODOLI, Secretario Administrativo.
ES COPIA
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes
“Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
COMUNICADOS DE SECRETARIA
1.- PUBLICACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL S.T.J. N° 674/16
“N° 674
Corrientes, 06 de septiembre de 2016
VISTO: El Expediente Administrativo E-1365-2016, caratulado: “SOTELO, RAUL S/ HECHOS
RELACIONADOS CON SOLICITUD DE INFORMACIÓN EN EL JUZGADO DE EJECUCIÓN DE
CONDENA - EN FECHA 01/04/16 - REF. EXPTE. 5.081/99 CONOCIDA COMO "CAUSA SANTA
CATALINA"”;
Y CONSIDERANDO:
I.- Que a fs. 1/4 y vta., se presenta el Sr. Raúl Sotelo, expresando su
disconformidad por el trato recibido por parte de la Sra. Secretaria del Juzgado de Ejecución de
Condena de la ciudad de Corrientes, Dra. Laura Peñalva, en oportunidad en que requiriera informe
sobre el estado de un expediente en trámite ante dicha dependencia.
Relata que el día 1 de Abril de 2016 se presentó en el Juzgado de Ejecución de
Condena a cargo de la Dra. Teresa Zacarías, a fin de recabar información sobre la causa N°
508/99, conocida como “Santa Catalina”.
Que fue atendido por una empleada de Mesa de Entradas y luego derivado a la
Sra. Secretaria del tribunal, Dra. Laura Peñalva, a quien solicitó una entrevista con la Sra. Juez.
Que se le informó que la Magistrada se hallaba en ese momento ocupada, por lo que no podía
accederse a su pedido. Que atento a ello solicitó información respecto a una Resolución que debía
dictarse en el expediente 508/99, relativa al cálculo de la condena impuesta por el Tribunal Oral
Penal N° 2 al Sr. Raúl Rolando Romero Feris. Que en respuesta, la Dra. Peñalva le manifestó que
no podía darle acceso a esa información, por no ser parte en la causa, conforme directivas del
Superior Tribunal de Justicia de no brindar información.
Refiere que en ese momento le manifestó a la Funcionaria que se le estaba
negando de forma arbitraria su derecho a informar y el acceso a una causa que es pública.
Destaca que el derecho a la información está previsto en el art. 14 de la
Constitución Nacional y en diversos Tratados, Pactos y Convenciones Internacionales, entre ellos
el Pacto de San José de Costa Rica que consagra el derecho a dar, recibir y difundir información.
II.- Que a fs. 6, por providencia 2598, se confirió vista a la Sra. Juez de Ejecución
de Condena, Dra. María Teresa Zacarías.
III.- Que a fs. 8 y vta., contesta traslado la Dra. María Teresa Zacarías.
Expresa que no habiendo tomado contacto directo con el denunciante, requirió a la
Sra. Secretaria Actuaria, Dra. Laura Eugenia Peñalva, la elaboración de un informe respecto al
hecho denunciado, el que se acompaña.
Asimismo, señala que ratifica lo informado por la Actuaria, cuyo desempeño se
ajustó a las normas y al trato respetuoso que se dispensa a las personas que concurren al
Juzgado a su cargo.
Que a fs. 7, se agrega informe de la Dra. Peñalva que da cuenta que en fecha
indeterminada, se presentó en Mesa de Entradas del Juzgado de Ejecución de Condena, una
persona que dijo ser Raúl Sotelo y ser periodista, aunque sin exhibir Documento Nacional de
Identidad, ni credencial que acredite su condición de periodista, a pesar de serle solicitado,
requiriendo de manera prepotente fotocopias del expediente que identificó como “Santa Catalina”,
en trámite ante el Juzgado. Que se le solicitó entonces que informe en que carácter pedía las
fotocopias (si era parte), frente a lo cual el Sr. Sotelo manifestó a viva voz su derecho a ser
informado, porque las sentencias son públicas. Que se le explicó entonces que ante el Juzgado se
encuentra en ejecución la condena impuesta al Sr. Romero Feris, por lo que al encontrarse en
trámite el proceso rige la obligación de guardar reserva sobre el mismo conforme art. 8, incs. c y d
del Reglamento Interno para la Administración de Justicia (R.I.A.J.) y que para obtener las copias
que exigía ocurra ante el Tribunal Oral Penal N° 2 donde, al encontrarse firme la sentencia, podía
hacérsele entrega de copias de la misma, con arreglo al art. 99 inc. c del R.I.A.J.
IV.- Que examinada la cuestión, no se advierten motivos para habilitar la vía de
superintendencia, pues la Dra. Peñalva ajustó su conducta a las normas reglamentarias vigentes.
El acceso a la información pública constituye un derecho humano fundamental. Así
surge de la Constitución Nacional que, en su art. 1, consagra la forma republicana de gobierno,
una de cuyas características fundamentales es la publicidad de los actos de gobierno.
Por otro lado, el derecho a la información se encuentra expresamente reconocido
en diversos tratados internacionales con jerarquía constitucional, tales como la Declaración
Universal de los Derechos Humanos (art. 19), la Convención Americana sobre Derechos Humanos
(art. 13.1) y el Pacto Internacional de Derechos Humanos y Políticos (art. 19), que, de manera
coincidente, declaran que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión,
y que este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de
toda índole.
Sin embargo, como cualquier derecho, se halla sujeto a las normas que
reglamentan su ejercicio, que, en el caso del acceso a expedientes judiciales son las disposiciones
contenidas en el R.I.A.J.
El art. 99 del R.I.A.J. establece que podrán revisar los expedientes: las partes, sus
abogados, apoderados, representantes legales y los peritos designados en el juicio; b) cualquier
abogado, escribano o procurador, aunque no intervenga en el juicio, siempre que justifique su
calidad cuando no fuese conocido y c) los periodistas, con motivo del fallo definitivo de la causa.
En nuestro supuesto, y según surge del informe actuarial de fs. 7, el Sr. Sotelo no
acreditó su condición de periodista, conforme le fuera solicitado, por lo que no se hallaba en
condiciones de exigir el acceso al expediente, ni a solicitar la extracción de fotocopias.
Cabe remarcar que el Sr. Sotelo tampoco invocó, ni acreditó su condición de
periodista en estas actuaciones.
Por otro lado, y como también se señala en el informe actuarial de fs. 7, los
Magistrados y Funcionarios se encuentran obligados a guardar absoluta reserva con respecto a
asuntos vinculados con las funciones de los Tribunales de Justicia y no evacuar consultas, ni dar
asesoramiento en los casos de contienda judicial actual o posible (art. 8, incs. c y d, R.I.A.J.). Por
lo tanto, hallándose el expediente N° 508/99 en trámite ante el Juzgado de Ejecución de Condena,
la Dra. Peñalva actuó correctamente al mantener la reserva de las actuaciones y sugerir al
peticionante que concurra ante el Tribunal Oral Penal N° 2 de la ciudad de Corrientes, órgano
jurisdiccional que dictó la sentencia relativa a la cuestión consultada, y que, de hallarse firme dicho
decisorio, estaba entonces en condiciones de darlo a conocer.
En consecuencia, deberá hacerse saber al Sr. Raúl Sotelo podrá concurrir ante el
Tribunal Oral Penal N° 2 de la ciudad de Corrientes, a fin de solicitar la información requerida, en
los términos del art. 99 del R.I.A.J.
En relación a lo expresado, cabe recordar a los Sres. Magistrados y Funcionarios
del Poder Judicial que deberán dar cumplimiento con lo normado en el art. 99 del R.I.A.J., inc. c),
que dispone que los periodistas podrán revisar los expedientes, con motivo del fallo definitivo de la
causa.
A tal fin, los periodistas deberán presentarse por escrito, acreditando su calidad de
tales, mencionar el medio periodístico para el que cumplen su labor, con editor responsable por los
daños o reclamos que pudieran surgir en el futuro, y fundar su pretensión de acceder a los
expedientes, explicando el uso o destino que se dará a la información solicitada.
Sin perjuicio de ello, resulta importante señalar que para facilitar a los ciudadanos
el acceso a la información relacionada al funcionamiento de la Administración de Justicia, y de
conformidad al derecho reconocido en diversos tratados internacionales con jerarquía
constitucional, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 19), la
Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 13.1) y el Pacto Internacional de Derechos
Humanos y Políticos (art. 19), que declaran que toda persona tiene derecho a la libertad de
pensamiento y expresión, que comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e
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Provincia de Corrientes
“Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
ideas de toda índole, este Superior Tribunal de Justica ha dispuesto la creación del “Registro de
Delitos contra la Administración Pública y Causas de Importancia Social”, con el objetivo de reunir,
sistematizar y divulgar información sobre el estado de aquellos procesos judiciales en los que se
investigan la comisión de posibles actos de corrupción en perjuicio del Estado o hechos que por su
gravedad conciten la atención o interés público, el que tendrá carácter público, gratuito y de
acceso libre (véase Acuerdo N° 22/16, punto 11°).
Por lo expuesto, y habiendo dictaminado el Señor Fiscal General a fs. 10/11;
SE RESUELVE:
1°) No habilitar la vía de superintendencia en relación a la Sra. Secretaria Actuaria
del Juzgado de Ejecución de Condena, Dra. Laura Eugenia Peñalva.
2°) Hacer saber al Sr. Raúl Sotelo que podrá concurrir ante el Tribunal Oral Penal
N° 2 de la ciudad de Corrientes, a fin de solicitar la información requerida, en los términos del art.
99 del R.I.A.J., debiendo hacerlo de la forma indicada en los Considerandos.
3°) Recordar a los Sres. Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial que
deberán dar cumplimiento con lo normado en el art. 99 del R.I.A.J., inc. c), que dispone que los
periodistas podrán revisar los expedientes, con motivo del fallo definitivo de la causa, siempre que
acreditaren su calidad de tales, con arreglo a las pautas fijadas en los Considerandos que
anteceden.
4°) Regístrese, insértese copia, notifíquese y oportunamente archívese. Fdo. Dr.
Guillermo Horacio Semhan, Presidente, Dres. Eduardo Gilberto Panseri y Fernando Agusto Niz,
Ministros. Ante mí, Dr. Guillermo Alejandro Casaro Lodoli, Secretario Administrativo”.
2.- ÁREA DE CAPACITACION JUDICIAL: Comunica la realización de las siguientes
actividades:
I- CAPACITACION DE LA FISCALIA DE INSTRUCCION° 1 – CAPITAL“ORGANIZACIÓN- CAPACITACION”
COORDINADOR:
DR. BUENAVENTURA DUARTE, Fiscal de Instrucción N° 1 –CapitalINSTRUCTORES: DRES. BUENAVENTURA DUARTE , HUGO FRANCISCO GARCIA, MARIA
LIA DESIMONI Y MARIA JOSE BARRERO
PROGRAMA
1° clase
Gestión optimización de Mesa de Entradas: Creción de nuevos expediente. Carátulas. Protocolo
para carga de actuaciones (código iurix). Estadísticas: suma de los escritos. Gestión de la oficina
durante el turno.
2° clase:
Examen del expediente antes de solicitar la resolución de la situación legal del imputado.
Impulsos procesales.
3° clase:
Instructivos internos según el delito. 1° parte: Robo y Hurto calificado. Accidentes de tránsito.
Abuso sexual.
4° clase:
Instructivos internos según el delito 2° parte. Estafa. Apremios ilegales. (Diferencia entre
vejaciones, apremiso, severidades) Homicidio.
5° clase:
Instructivos internos según el delito 3° parte. Abusos contra la integridad sexual y Violencia de
Género.
6° clase:
Delitos informáticos.
7° clase:
Vistas: Prescripción de la acción penal. Competencia.
8° Clase:
Organización de la oficina. Distribución de Tareas, optimización de espacios, archivo de escritos
en general. Comunicación entre los distintos integrantes de la oficina.
9° clase:
Evaluación práctica.
INICIO: Miércoles, 19 de octubre de 2016 de 17.30 a 19.00 horas. (9 clases semanales)
LUGAR: Sede la Fiscalía de Instrucción N° 1
DESTINATARIOS: Personal de la Fiscalía de Instrucción N° 1
REGULARIDAD: 90% de asistencia
EVALUACION: Práctica. Análisis de expedientes. Confeccion de Escritos.
II- CAPACITACIÓN DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL SUPERIOR
TRIBUNAL DE JUSTICIA “EL ROL DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA EN LA
FUNCION ADMINISTRATIVA Y DE GOBIERNO DEL SUPERIOR TRIBUNAL”
COORDINADOR: DR. GUILLERMO CASARO LODOLI
INSTRUCTORES: DR. GUILLERMO CASARO LODOLI – SRES. SERGIO MIÑO PREVE Y
JUAN LERTORA
PROGRAMA
1° CLASE: El rol de la Secretaria Administrativa en la organización del Superior Tribunal de
Justicia. Función administrativa o de Superintendencia del Poder Judicial ( a cargo del Dr.
Guillermo Alejandro Casaro Lodoli)
1.- Funciones jurídicas del Estad: Legislativa, Jurisdiccional, Administrativa. Criterios de de
conceptualización
2.- Derecho administrativo y Función administrativa.
2.1.- Criterio resultante del ordenamiento jurídico.
2.1.1.- La función administrativa del Poder Judicial (la Superintendencia del Superior Tribunal
de Justicia.
2° CLASE: El sistema de Gestión Administrativa SIGA ( a cargo de referentes técnicos Sres.
Sergio Iván Miño Preve y Juan Leandro Lértora Pérego)
1.- El sistema de Gestión administrativa. SIGA. El rol de cada uno de los operadores.
2.- El sistema de Gestión administrativa. SIGA como herramienta de procedimiento
administrativo en el ejercicio de la función administrativa del Poder Judicial.
3.- Los roles de cada usuario del sistema en la organización de la Secretaría Administrativa.
Su uso eficiente y eficaz.3° CLASE: El Procedimiento administrativo dentro del nuevo sistema de gestión
administrativa en el Poder Judicial. (a cargo de referentes técnicos Sres. Sergio Iván Miño
Preve y Juan Leandro Lértora Pérego)
1.- Procedimiento administrativo. Concepto. Clases. Procedimientos especiales.
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Provincia de Corrientes
“Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
2.- Los principios generales del Procedimiento administrativo y su aplicación dentro del
Sistema SIGA
3.- El trámite administrativo y su vinculación con los demás operarios del sistema.
4.- Cambio de roles de los usuarios del Sistema para una información adecuada y básica d
los distintos puestos laborales.
4° CLASE: Los nuevos paradigmas y líneas de políticas de gobierno del Superior Tribunal
de Justicia. La importancia del rol del empleado judicial.
1.- Los nuevos paradigmas del gobierno judicial.
2.- La función de los empleados judiciales en la organización de la Secretaría Administrativa:
Relaciones de coordinación con las áreas administrativas, técnicas y jurisdiccionales. El valor
servicio como premisa para el desempeño en la superintendencia del Superior Tribunal de
Justicia.
5° CLASE: Trabajo Final y Conclusiones del curso. Clase práctica sobre temas vinculados
con el programa. Charla-debate como trabajo final y de evaluación de conclusiones
generales y personales de los asistentes.
INICIO: LUNES, 3 de octubre de 2016 de 17.30 a 19.30horas.
DICTADO: 5 clases semanales.
LUGAR: Dependencias de la Secretaria Administrativa
DESTINATARIOS: Agentes de la Secretaria Administrativa
REGULARIDAD: 90% de asistencia.
INSCRIPCION: Secretaria Administrativa
III- “INVESTIGACION CRIMINAL” PROGRAMA NACIONAL DE CRIMINALÍSTICA
DE LA SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN
DISERTANTES
DR. ALAN MARTIN NESSI
Presidente de Unidos por la Justicia. Coordinador del Observatorio Metropolitano de Seguridad
Pública y del Protocolo de Actuacion Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública del
Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA desde 2012. Ex Director del Cuerpo de
Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consultor Nacional e Internacional en Diversos Programas de Reforma Judicial y Seguridad
Ciudadana. Autor de numerosas publicaciones
DR. FERNANDO GUILLERMO CARDINI
Dr. en Ciencias Quimicas, Facultad de Ciencias Exactas. UBA Toxicólogo Forense. Profesor en
Quimica de Enseñanza Especial, Media y Superior, Facultad de Filosofía y Letras UBA
Presidente del Instituto Argentino para la Calidad IAPC 2009 a la fecha. Socio Fundador de la
Asociación Toxicológica Argentina Ex Gerente de Aseguramiento de Calidad –Coca cola South
Latin División (1979-2000) Director Académico de la Escuela de Derecho Penal y Ciencias
Forenses Aplicada. Miembro Honorario y Coordinador del Comité de BioSeguridad y Análisis de
Riesgo en International Life Science institutte. Director técnico ante Ministerio de Salud Pública
de Coca cola de Argentina (2005 a la fecha). Asesor Cientifico del Programa Nacional de
Criminilastítica del Ministerio de Justicia. Docente de la UBA desde 1971 en cátedras de
Toxicología y Química Forense en Facultades de Medicina, Ciencias Exactas, Odontología,
Veterinaria, Farmacia, Bioquímica y Derecho.
PROGRAMA



Herramientas procesales y procedimentales para la elaboracion de la teoría del caso.
Elementos para el pensamiento estratégico de la investigación criminal
Manejo y Gestión de la escena del crimen.-
Destinatarios: Magistrados, Funcionarios y Secretarios del fuero penal del Poder Judicial
y Ministerio Público Fecha: 7 de octubre de 2016 de 09.00 a 13.00hs. y de 16:00 hs. a 20,00hs.
Lugar: Salón Auditorio – Area de Capacitación – Poder Judicial – 9 de Julio 1099 – Piso 9
3.- DIRECCION DE PERSONAL Y LICENCIAS: HACE SABER:
A los Sres. Magistrados, Funcionarios y Jefes de Dependencias, que durante los
meses de septiembre/octubre se recorrerán las Dependencias de Capital para tomar
una fotografía de cada uno de los que trabajan en este Poder Judicial, a los efectos de
tener completa la Ficha Personal del Sistema Integrado de Gestión Administrativa
(S.I.G.A.), por lo cual solicita disposición del personal de las diferentes oficinas para la
realización del trabajo, el cual tomará el menor tiempo posible.
Asimismo hace saber que en las Dependencias del Interior, el trabajo estará a
cargo del Delegado de Informática de cada Localidad.
4.- EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES: HACE
SABER:
Que por Resolución N° 89 de fecha 27 de septiembre de 2013, la Comisión
Directiva del Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes, ha dispuesto aplicar a
la Esc. Aida Cristina Gómez de Alegre, Colegiada N° 648 con asiento en Corrientes, la
sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión por el término de 6 (seis) meses,
la que se hará efectiva desde el 7 de septiembre de 2016 hasta las 24 hs. del día 7
de marzo de 2017.
5.- CANCELACION DE MATRICULAS DE PERITOS JUDICIALES:
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes
“Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

Por Resolución del S.T.J. N° 642 de fecha 9 de agosto de 2016, se
procedió a la CANCELACION de la matrícula de perito Accidentólogo- Documentólogo de
este Superior Tribunal de Justicia, a MARÍA MERCEDES SILVA, registrada bajo el N° 88,
Folio 89, del Libro I. (Expte. E-144-2014).
 Por Resolución del S.T.J. N° 643 de fecha 9 de agosto de 2016, se
procedió a la CANCELACION de la matrícula de Perito Médico de este Superior Tribunal
de Justicia, a la Dra. SONIA GUADALUPE PALACIOS, registrada bajo el N° 48, Folio 50,
del Libro I. (Expte. J-312-2014).
 Por Resolución del S.T.J. N° 661 de fecha 25 de agosto de 2016, se
procedió a la CANCELACION de la matrícula de perito Contador de este Superior
Tribunal de Justicia, a la C.P. SILVIA PATRICIA MARTINEZ, registrada bajo el N° 413,
Folio 215, del Libro III. (Expte. E-1793-2016).
6.- EL COLEGIO PÚBLICO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS CRIMINALISTICAS Y
CRIMINOLOGIA DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES: HACE SABER:
Los costos de gastos periciales vigentes:
-Fotografía Documental: $ 100.
-Fotografía Accidentológica: $ 70.
-Macrofotografía: $ 150.
-Macrofotografía ultravioleta: $ 225.
-Macrofotografía infrarroja: $ 320.
-Microfotografía: $ 290.
-Microfotografía yuxtapuesta: $ 320.
-Revenido químico: $ 2.500.
-Planimetría: $ 650.
-Reconstrucción Virtual 3D básica: $ 4.550
-Grafico Secuancial de Dinámica Accidentológica (imágenes 3D): $ 150.
-Copias Fotostáticas (fotocopias) de calidad (por faz): $2,50.
-Traslado por Km.: $ 25.
-Estadía medio (1/2) día: $ 500.
-Estadía día completo: $ 800.
-Presupuestos Mecánicos: $ 500.
-Intervención Profesional (incluye aceptación del cargo, Sellados pertinentes y
realización de Pericia): $ 900.
-Intervención Profesional por Pericia no realizada (según Art. 48 – Ley Prov. N°
6.280/13) (…) “cuando el perito designado haya aceptado el cargo y el trabajo
Pericial no se haya efectuado por causas ajenas al profesional” (…): 30% (de los
honorarios calculados en base a la pericia a realizar).
-Recupero de gastos de insumos generales, insumos para realización de Pericias
Balísticas e insumos para realización de pericias dactiloscópicas: Costos en función
a los elementos y tecnologías específicas a utilizar.
7.- INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE PASANTES:
APELLIDO
Y NOMBRE
Zini Dumullar,
Martín H.
Obregón,
Dahiana
Beatríz
Llanos,
Mónica
Lorena
Moreira, M.
del Carmen
Judith
Guastavino,
Iván Isaías
Bulloni, Celia
Carina
Rojas, Sonia
Alejandra
Rodríguez,
Agostina
Araceli
ESTUD. /
GRAD.
D.N.I.
Graduado
34.940.435
Graduado
35.464.530
Graduado
35.059.295
Graduado
(Arq.)
36.194.177
Graduado
34.784.888
Graduado
26.221.236
Graduado
23.523.713
Estudiante
37.182.977
E-MAIL
martinhzini@
hotmail.com
dahiana
obregon_3@
hotmail.com
monicalorena
06@hotmail.
com
judith_1852_7
@hotmail.
com
ivanguasta
vino34@
gmail.com
kabulloni@
hotmail.com
sonalero@
hotmail.com
agosararo_k_i
@hotmail.co
m
TEL.
FUERO
3794 Civ. y
400331 Com.
CIRC.
1°
03774- Civ. y
15430932 Com.
3°
3794
359355 Penal
1°
3794- Dcción. de
800100 Arq.
Cpo.
0379 Trabaj.
154632904 Soc. For.
03772421116 Penal
0379- Civ. y
4336191 Com.
03794- Civ. y
755819 Com.
1°
1°
4°
1°
1°