Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” A C U E R D O N U M E R O V E I N T I S E I S. En Corrientes, a los veintiún días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis, siendo las ocho horas, estando reunidos y constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, el señor Presidente Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN, los señores Ministros, Dres. FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ y el señor Fiscal General, Dr. CESAR PEDRO SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, tomaron en consideración los siguientes asuntos y, ACORDARON PRIMERO: Visto: El Sr. Presidente da cuenta de las siguientes Resoluciones: I. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 24°, inc. e) del Decreto Ley N° 26/00 LOAJ: “Nº 246 Corrientes, 12 de septiembre de 2016. VISTO: Las facultades conferidas por Acuerdo Nº 23/16, en su punto 5º (Expte. E-34312016), y CONSIDERANDO: Que el día miércoles 07 de septiembre del presente año a las 10:20 hs. se procedió a realizar el sorteo para la designación de un Juez en lo Civil, Comercial y Laboral –SUSTITUTO– con asiento en la ciudad de Monte Caseros siendo desinsaculado el Dr. Jorge Oscar Alberto SCHUSTER y atento a que el mencionado profesional hace saber su imposibilidad para aceptar el cargo, corresponde realizar un nuevo sorteo mediante sistema informático. Por ello, RESUELVO: 1°) FIJAR NUEVA FECHA DE SORTEO para el día de la fecha, a las 12:00 hs., para cubrir el cargo de Juez en lo Civil, Comercial y Laboral - SUSTITUTO- con asiento en la ciudad de Monte Caseros. 2°) Disponer la publicación de la fecha del sorteo en el sitio web del Poder Judicial. 3°) INSÉRTESE, notifíquese y dar cuenta en el próximo Acuerdo”. “N° 247 Corrientes, 14 de septiembre de 2016. VISTO: El Expte. CA-428-2016 (E-2966-2016), caratulado: “SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA CTES. – MINISTRO DR. FERNANDO A. NIZ S/ INFORMA DISPONIBILIDAD DE FONDOS EN LA CUENTA CORRIENTE DEL CENTRO JUDICIAL DE MEDIACIÓN SUGIERE CONSTITUCIÓN DE PLAZO FIJO A 30 DÍAS”, y; CONSIDERANDO: Que con fecha 16/08/16 se constituyó un plazo fijo por 30 días por la suma de $ 350.000,00. Que el 15/09/16 el Banco acreditará en la Cta. Cte. 130768/14 “Fondo Centro Judicial de Mediación” la suma de $ 356.904,11; correspondientes al reintegro del capital con más sus intereses. Que los fondos de la mencionada cuenta no serán utilizados en los próximos 30 días. Que, a efectos de mantener el poder adquisitivo de la moneda, se estima conveniente la inversión transitoria de dicho fondo. Por ello, SE RESUELVE: 1) Autorizar a la Dirección General de Administración del Poder Judicial a la renovación completa (capital más intereses) del plazo fijo constituido el 16/08/16; por un plazo de 30 días, por la suma de $ 356.904,11 (pesos trescientos cincuenta y seis mil novecientos cuatro con once centavos). 2) Remitir a la Dirección General de Administración para su instrumentación. 3) Comunicar, librar copias a sus efectos y archivar”. “N° 252 Corrientes, 19 de septiembre de 2016.- VISTO: El Expte. E-3783-2016, caratulado: “CENTRO JUDICIAL DE MEDIACIÓN S/ PLANILLA DE HONORARIOS N°01/16 DE LA SEDE DE SANTO TOME.”, y; CONSIDERANDO: QUE el gasto se considera necesario e indispensable. QUE se realiza conforme a las disposiciones legales vigentes (Ley de Administración Financiera Provincial Nro. 5571, Ley de Autarquía Nro. 4420, Ley Nro. Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” 5487 –hoy N° 5931- del Fondo del Centro Judicial de Mediación y Reglamento de Administración Financiera del Poder Judicial (RAF). QUE existe Crédito Presupuestario en la partida específica para tal fin en FUENTE 14- Recursos del Tesoro Provincial con Afectación Específica- Fondo del Centro Judicial de Mediación, adjuntándose comprobante C-01 N° 3105. SE RESUELVE: 1) AUTORIZAR el gasto referente al pago a Mediadores por incomparecencia de partes, conforme a la Planilla Nro. 01/16 (Santo Tome), de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 5931, que asciende a la suma total de $1.355,21 (pesos mil trescientos cincuenta y cinco con veintiún centavos). 2) IMPUTAR dicha suma en la partida 01-00-00-08-3.4.3. de Fuente 14 Recursos del Tesoro Provincial con Afectación Específica- Fondo del Centro Judicial de Mediación. 3) PROCEDER a su liquidación y oportuno pago por Tesorería Jurisdiccional de acuerdo a la Planilla Nro. 01/16 confeccionada por el Centro Judicial de Mediación (Santo Tome). 4) COMUNICAR, librar copias a sus efectos y oportunamente archivar”. Por ello y oído el Sr. Fiscal General: SE RESUELVE: Aprobarlas. II. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 3°, ap. a), Régimen aprobado por Acdo. N° 27/13, pto. 19°: Resolución N° 245/2016 (Expte. E-3284-2016): Aprueba la Compra Directa, previo concurso de precios, para la adquisición de un motocompresor para acondicionador de aire de 9000 fgs. de potencia 3HP de la Sala III de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial y adjudica a la firma “DISTRIBUIDORA CAF CORRIENTES S.R.L.”, por la suma de $ 6.218 (pesos seis mil doscientos dieciocho). Resolución N° 248/2016 (Expte. E-3444-2016): Aprueba la Compra Directa, previo concurso de precios, por la compra de un (1) teléfono inalámbrico para el Juzgado Civil y Comercial de la localidad de Saladas y adjudica a la firma “Luis A. Cuadrado”, por un total de $ 651 (pesos seiscientos cincuenta y uno). Resolución N° 249/2016 (Expte. E-3396-2016): Aprueba la Compra directa, previo concurso de precios, por el servicio de mantenimiento preventivo de dos (2) cromatógrafos gaseosos Agilent modelo 7820A y de un (1) automuestreador Head Space Agilent, modelo 7694A, del Instituto Médico Forense y adjudica a la firma “Analytical Technologies S.A”, por un total de $ 49.272,65 (pesos cuarenta y nueve mil doscientos setenta y dos con sesenta y cinco centavos). Resolución N° 250/2016 (Expte. E-2919-2016): Aprueba la Compra directa, previo concurso de precios, para la provisión de útiles de oficina para el stock del Departamento de Suministro y Bienes Patrimoniales y adjudica a las firmas: “Papelera Marano S.R.L”, por la suma de $ 58.508 (pesos cincuenta y ocho mil quinientos ocho) los renglones del N° 1 al N° 4 y “Milenio S.R.L” por la suma de $ 21.972 (pesos veintiún mil novecientos setenta y dos) los renglones N° 5 y N° 6. Resolución N° 251/2016 (Expte. E-3716-2016): Aprueba la Compra directa, previo concurso de precios, para la provisión de vales de combustible – 1600 litros de gas oil – para uso de los vehículos oficiales y grupos electrógenos y adjudica a la firma Estación de Servicio YPF “La Tablada” de Jorge Horacio Macías, por un total de $ 29.584 (pesos veintinueve mil quinientos ochenta y cuatro). Por ello y oído el Sr. Fiscal General: SE RESUELVE: Tener presente. SEGUNDO: Visto: Las disponibilidades presupuestarias, la necesidad de cubrir los cargos vacantes y asignación de cargos pertinentes. Y Considerando: Que, se dio cumplimiento al nuevo procedimiento establecido en el punto 2° del resolutorio 1) del Acuerdo N° 10/15 y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Expte. E-3719-2016; propuesta formulada por el Jefe Coordinador del Cuerpo de Psicología Forense, vacante por fallecimiento de su titular, lista aprobada por Acdo. N° 23/16, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Asignar un cargo de Psicólogo Junior (Clase 202), al Cuerpo de Psicología Forense. 2) Designar Psicóloga Junior (Clase 202), provisoria, en el Cuerpo de Psicología Forense, a la Lic. María Anabella LUFRANO, M.I. N° 27.482.288, quien cesa en su calidad de contratada y deberá prestar juramento de ley ante este Superior Tribunal de Justicia. 2) Expte. E-2654-2016; propuesta formulada por la Sra. Juez Civil, Comercial y Laboral de Paso de los Libres, vacante producida por Acdo. N° 16/16, lista aprobada por Acdo. N° 29/14 pto. 10°, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Asignar un cargo de Escribiente Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” (Clase 307) al Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Paso de los Libres. 2) Designar Escribiente (Clase 307), provisoria, en el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Paso de los Libres, a Rafaela Inés ROMERO, M.I. N° 35.034.955. 3) Expte. E-3758-2016; propuesta formulada por la Directora de Mandamientos y Notificaciones, conformidad prestada por el Sr. Juez de Familia y Menores de la ciudad de Mercedes, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Trasladar al Escribiente (Clase 307), Darío Antonio MAIDANA, M.I. N° 26.493.757, del Juzgado de Familia y Menores de Mercedes, a la Delegación de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de esa ciudad. 2) Reservar un cargo de Escribiente (Clase 307), al Juzgado de Familia y Menores de la ciudad de Mercedes. 4) Expte. E-3482-2016; propuesta formulada por el Sr. Fiscal General, lista aprobada por Acdo. N° 3/15 pto. 8°, SE RESUELVE: 1) Asignar un cargo de Ayudante (Clase 508) a la Asesoría de Menores e Incapaces de Esquina. 2) Designar Ayudante (Clase 508), provisorio, en la Asesoría de Menores e Incapaces de Esquina, a Mario Guillermo BERTOLINI, M.I. N° 25.330.731. 5) Los designados en los apartados 1), 2), y 4), deberán cumplir previamente con el examen médico preocupacional reglamentario y la documentación requerida por la Dirección General de Administración – Departamento de Liquidaciones- y la Dirección de Personal y Licencias. TERCERO: Visto: El Expte. E-3597-2016; en el que el agente José Eduardo MONZÓN, M.I. N° 10.452.468, quien presta servicios en la Intendencia de este Poder Judicial, presenta su renuncia al cargo de Vice Intendente (Clase 303), para acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aceptarla a partir del día 1° de octubre de 2016 y darle gracias por los servicios prestados. CUARTO: Visto: El Expte. E-3714-2016; referente a la Escribiente Zara María Brunel Stacul, M.I. N° 34.718.052, de la Dirección General de Mandamientos y Notificaciones, quien ha cumplido el período de prueba en el ejercicio de su cargo, sin observación de sus superiores (Art. 19º del RIAJ) y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Confirmarla en el cargo y funciones para la que ha sido designada. QUINTO: Visto. El Expte. E-3088-2016; donde se tramita el pedido de prórroga para la confirmación en el cargo de Escribiente de la agente María Constanza Pérez Cabrera, solicitado por la Sra. Juez Civil y Comercial de Santo Tomé, Dra. María Dionicia Zovak, a fin de continuar evaluando su desempeño en el puesto laboral que se le ha confiado en la organización del Juzgado. Que, teniendo presente que el art. 19 del RIAJ en su parte pertinente, regula la forma de alcanzar la titularidad del cargo, estableciendo que los empleados judiciales serán designados con carácter provisorio por el término de doce (12) meses, a cuyo término podrán ser confirmados previo informe favorable del superior. Y Considerando: Que “… El período de prueba tiene como objetivo la evaluación de la idoneidad del funcionario…” (Fallos CSJN, 331:735), en atención a los motivos invocados en la presentación de la Sra. Juez Civil y Comercial de Santo Tomé, lo expresado por la agente María Constanza Pérez Cabrera en su conteste y lo decidido en casos análogos, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Extender el período de provisoriedad de la agente María Constanza Pérez Cabrera, en el cargo de Escribiente, por el término de seis (6) meses, a contar desde el vencimiento del término previsto en el art. 19° del RIAJ, a cuya finalización quedará automáticamente confirmada, si no mediare oposición debidamente fundada. SEXTO: Visto: El Expte. E-3732-2016; en el que Celeste Josefina RABADAN GEIBLINGER , M.I. N° 31.436.067, quien figura en el orden de mérito Nº 2 de la lista de aspirantes para ingresar a la Administración de Justicia en la localidad de San Luis del Palmar, solicita su inclusión en la lista de Escribientes de Capital, correspondiente a la Primera Circunscripción Judicial, alegando estar radicada actualmente con su grupo familiar en la ciudad de Corrientes; CONSIDERANDO: Que los exámenes previstos por la Reglamentación vigente para el ingreso al Poder Judicial Provincial en el escalafón administrativo, en las distintas Circunscripciones Judiciales se componen de las mismas Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” etapas y contenidos; teniendo presente las razones de integración familiar y laboral alegada por el peticionario, circunstancias que este Superior Tribunal ha priorizado en casos análogos. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Incluir a Celeste Josefina RABADAN GEIBLINGER, M.I. N° 31.436.067, al final del orden de mérito de los aspirantes en condiciones de ser designados en el escalafón administrativo, en el cargo de Escribiente, correspondiente al concurso general y abierto para la Primera Circunscripción Judicial, aprobado en el punto 8° del Acdo. N° 35/15. 2) Excluirla de la lista de aspirantes de la localidad de San Luis del Palmar (Primera Circunscripción Judicial), aprobada por Acdo. N° 22/16 pto. 10°. SEPTIMO: Visto: El Expte. E-3761-2016; en el que Mónica Mariana MORELL VERON, M.I. N° 31.102.137, quien figura en el orden de mérito Nº 2 de la lista de aspirantes para ingresar a la Administración de Justicia en la localidad de Itatí, solicita su inclusión en la lista de Escribientes de Capital, correspondiente a la Primera Circunscripción Judicial, alegando estar radicada actualmente con su grupo familiar en la ciudad de Corrientes; CONSIDERANDO: Que los exámenes previstos por la Reglamentación vigente para el ingreso al Poder Judicial Provincial en el escalafón administrativo, en las distintas Circunscripciones Judiciales se componen de las mismas etapas y contenidos; teniendo presente las razones de integración familiar y laboral alegada por el peticionario, circunstancias que este Superior Tribunal ha priorizado en casos análogos. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Incluir a Mónica Mariana MORELL VERÓN, M.I. N° 31.102.137, al final del orden de mérito de los aspirantes en condiciones de ser designados en el escalafón administrativo, en el cargo de Escribiente, correspondiente al concurso general y abierto para la Primera Circunscripción Judicial, aprobado en el punto 8° del Acdo. N° 35/15. 2) Excluirla de la lista de aspirantes de la localidad de Itatí (Primera Circunscripción Judicial), aprobada por Acdo. N° 22/16 pto. 10°. OCTAVO: Visto: El Expte. E-3791-2016; en el que Pedro Gastón BOYERA PARED, M.I. N° 35.115.678, quien figura en el orden de mérito Nº 14 de la lista de aspirantes para ingresar a la Administración de Justicia en la localidad de Paso de la Patria, solicita su inclusión en la lista de Escribientes de Capital, correspondiente a la Primera Circunscripción Judicial, alegando estar radicado actualmente con su grupo familiar en la ciudad de Corrientes; CONSIDERANDO: Que los exámenes previstos por la Reglamentación vigente para el ingreso al Poder Judicial Provincial en el escalafón administrativo, en las distintas Circunscripciones Judiciales se componen de las mismas etapas y contenidos; teniendo presente las razones de integración familiar y laboral alegada por el peticionario, circunstancias que este Superior Tribunal ha priorizado en casos análogos. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Incluir a Pedro Gastón BOYERA PARED, M.I. N° 35.115.678, al final del orden de mérito de los aspirantes en condiciones de ser designados en el escalafón administrativo, en el cargo de Escribiente, correspondiente al concurso general y abierto para la Primera Circunscripción Judicial, aprobado en el punto 8° del Acdo. N° 35/15. 2) Excluirlo de la lista de aspirantes de la localidad de Paso de la Patria (Primera Circunscripción Judicial), aprobada por Acdo. N° 22/16 pto. 10°. NOVENO: Visto: El Expte. E-3752-2016; referente a la solicitud formulada por la Sra. Juez Civil, Comercial y Laboral de Esquina, Dra. María Lourdes Silvero, para que se otorgue a los alumnos de la carrera “Tecnicatura Superior en Administración Pública” del Instituto Superior de Formación Docente “Dr. J. Alfredo Ferreira”, cuya nómina adjunta, un espacio para realizar pasantías en el Juzgado a su cargo. Y Considerando: el Convenio de Pasantía suscripto oportunamente por este Superior Tribunal de Justicia (Acdo. N° 22/16 pto. 19°) y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Autorizar la realización de pasantía en el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Esquina, a los alumnos de la carrera de “Tecnicatura Superior en Administración Pública” del Instituto Superior de Formación Docente “Dr. J. Alfredo Ferreira”, cuya nómina se adjunta al expediente de referencia, conforme lo peticionado. DECIMO: Visto: La necesidad de llamar a concurso para el cargo de Director de Administración (Clase 113), correspondiente al Escalafón Técnico Profesional “Nivel Jerárquico” y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Llamar a concurso interno cerrado en los términos de los artículos 29 y 31 del Reglamento de Ascenso del Funcionario y del Personal Judicial, aprobado en el punto 10° del Acuerdo N° 6/15 – Anexo II-, en concordancia con el Régimen General de Concursos, aprobado por Acdo. N° 22/09, pto. 14° y modificatorias; de Antecedentes y Entrevista, para cubrir el cargo de Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” Director de Administración (Clase 113), correspondiente al Escalafón Técnico Profesional “Nivel Jerárquico”. 2) Requisitos para acceder al Concurso, que deberán estar cumplimentados a la fecha del cierre de inscripción: podrán participar los que posean título de Contador Público o Profesional de las Ciencias Económicas con más de cuatro (4) años desde su expedición y desempeñen el cargo de Sub-Director; Tesorero; Jefe del Departamento Contable; Jefe del Departamento de Suministro y Bienes Patrimoniales; Jefe del Departamento de Licitaciones y Compras; Jefe de Personal y Liquidaciones y Jefes de División de las distintas Áreas, que cuenten con más de cinco años de antigüedad en la Dirección de Administración del Poder Judicial y reúnan los demás requisitos establecidos en el Reglamento de Ascenso del Funcionario y del Personal Judicial. 3) Inscripción: Se efectuará a través de la página web del Poder Judicial www.juscorrientes.gov.ar, a partir de las 0:00 hs. del día 28 de septiembre de 2016 y hasta las 24:00 hs. del día 8 de octubre de 2016. 4) De la presentación de los documentos: Deberá efectuarse un vez finalizado el plazo de inscripción y de conformidad al cronograma que oportunamente elaborará la Secretaría Administrativa, teniendo en cuenta el número de inscripción del postulante, que se publicará en la página web del Poder Judicial www.juscorrientes.gov.ar. La presentación podrá efectuarse personalmente, por persona autorizada o por correo; en este último caso se considerará presentada en la fecha de imposición en la oficina de correos o agencia postal habilitada y consistirá: a) Comprobante de inscripción emitido por el sistema, firmado en original; b) Fotocopia del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad; c) Fotocopia autenticada de los títulos de grado; d) Certificación de antigüedad, licencias ordinarias y extraordinarias de los últimos cinco años, con indicación de su duración, naturaleza y sanciones; e) Currículum Vitae en copia simple, sin perjuicio de ser requerido el original si fuera necesario; 5) Proceso de selección: Se llevará a cabo con las siguientes etapas: - Evaluación de Antecedentes Laborales (Art. 34° inc. B): en la que se evaluará la documentación que, con carácter de declaración jurada, presente el postulante respecto de sus antecedentes laborales y profesionales. - Entrevista personal: (Art. 34° inc. C) con cada uno de los aspirantes que sean admitidos al concurso, la que tendrá por objeto valorar: conocimientos técnicos específicos respecto del cargo de Director de Administración del Poder Judicial, motivación para el cargo, cualquier otra información que, a juicio del tribunal evaluador, sea conveniente requerir. En la evaluación de los aspirantes también se tomará en consideración los siguientes factores: formación, experiencia, conocimientos de las tareas y funciones del cargo a concursar, conocimientos informáticos, habilidades y aptitudes personales en relación con los requerimientos del puesto. 6) Tribunal Evaluador: Estará integrado por: Los Señores Ministros del Superior Tribunal de Justicia; el Señor Fiscal General y el Señor Secretario Administrativo. 7) Títulos y Antecedentes: Contenido, Evaluación, Pautas: La evaluación de los antecedentes se realizará conforme al puntaje distribuido por ítem, cuya planilla fuera aprobada por Acdo. N° 27/14 pto. 11° (Anexo l) -complementario del artículo 45° del Régimen General de Concursos, aprobado por Acdo. N° 22/09 y sus modif.-. Siempre su aplicación se valorará conforme al cargo que se concursa. 8) Publicidad: La convocatoria se dará a conocer en la página web del Poder Judicial: www.juscorrientes.gov.ar. UNDECIMO: Visto: Que, este Superior Tribunal de Justicia en el punto 8 del Acuerdo N° 12/11, creó la Oficina de Inspectoría General y Control Interno, con tres áreas específicas: 1. La Inspectoría de Justicia de Paz. 2. La Inspectoría General de los Tribunales y 3. La Oficina de Sumario Administrativo, con el objetivo de concentrar en una sola dependencia toda la actividad de control interno. Y Considerando: Que, resulta indispensable que la Inspectoría de Justicia de Paz, priorice el cumplimiento de sus atribuciones conferidas en artículo 68 de la Ley Orgánica, en el entendimiento de que la Justicia de Paz constituye un eslabón esencial en todo lo concerniente a la política de “Acceso a Justicia”, habiéndose convertido en instrumento para resolver los conflictos cotidianos que se generan en la vida de la comunidad, máxime en los tiempos actuales, ante la necesidad de dar respuestas inmediatas y tutela de los derechos fundamentales, principalmente respecto del vulnerable. Que, asimismo, es dable reubicar a la Oficina de Sumarios Administrativos bajo la órbita de la Secretaría Administrativa, en razón de ser la encargada de llevar los registros y ejecutar todas las medidas disciplinarias aplicadas por el Superior Tribunal de Justicia a Magistrados, Funcionarios, Empleados y Auxiliares de Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” Justicia. Que, igualmente, corresponde dejar sin efecto el área de Inspección General de los Tribunales, en razón de ser facultad exclusiva de este Máximo Tribunal Provincial, ordenar cuando se considere oportuno, visitas de inspecciones a las Cámaras, Juzgados de cualquier fuero y demás dependencias del Poder Judicial, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el inciso 12 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración de Justicia. Por ello y oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: Reestructurar la Oficina de Inspectoría General y Control Interno creada en el punto 8° del Acuerdo N° 12/11 y en consecuencia: 1) Disponer que la INSPECTORÍA DE JUSTICIA DE PAZ seguirá cumpliendo con los cometidos previstos en el artículo 68 de la Ley Orgánica de la Administración de Justicia y las demás funciones establecidas en el Reglamento Interno y Acordadas reglamentarias vigentes, la que será presidida por la Dra. Ingrid Lissy Factor de Tosi, como Inspectora de Justicia de Paz. 2) Establecer que la OFICINA DE SUMARIO ADMINISTRATIVO pasará a depender de la Secretaría Administrativa del Superior Tribunal de Justicia y será la encargada de sustanciar todos los procedimientos sumariales ordenados por el Superior Tribunal de Justicia, cuando un hecho, acción u omisión pueda significar responsabilidad disciplinaria o derivar en responsabilidad patrimonial y en el que se encuentren involucrados Magistrados, Funcionarios, Empleados Judiciales y/o Auxiliares de la Justicia. 3) Dejar sin efecto todo lo referente a la INSPECTORÍA GENERAL DE LOS TRIBUNALES que fuera previsto en el punto 8° del Acuerdo N° 12/11. DUODECIMO: Visto: El Expte. E-3746-2016; referente al pedido formulado por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy, para que se declare de interés el “XVIII Encuentro de la Red de Bibliotecas de Derecho y Ciencias Jurídicas –Bibliotecas JuriRed-“ y la “XI Jornada de la Asociación Civil de Bibliotecarios Jurídicos ACBJ”, a realizarse en la ciudad de San Salvador de Jujuy, los días 20 y 21 de octubre del corriente año, bajo el lema “Bibliotecas Jurídicas: facilitadoras del acceso a la información para el desarrollo ciudadano”. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Declarar de interés el “XVIII Encuentro de la Red de Bibliotecas de Derecho y Ciencias Jurídicas –Bibliotecas JuriRed-“ y la “XI Jornada de la Asociación Civil de Bibliotecarios Jurídicos ACBJ”. DECIMO TERCERO: Visto: El Expte. E-3790-2016; referente al pedido del Área de Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “INVESTIGACION CRIMINAL- PROGRAMA NACIONAL DE CRIMINALISTICA DE LA SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION”, que presentara la Fiscalía General y en el que disertarán el Dr. Alan Martín Nessi (Presidente de Unidos por la Justicia, Coordinador del Observatorio Metropolitano de Seguridad Pública y del Protocolo de Actuación Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública del Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA desde 2012) y Fernando Guillermo Cardini (Dr. En Ciencias Químicas, Facultad de Ciencias Exactas de la UBA, Toxicólogo Forense, Profesor en Química de Enseñanza Especial, Media y Superior, Facultad de Filosofía y Letras UBA, Presidente del Instituto Argentino para la Calidad IAPC del 2009 a la fecha ). Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría. DECIMO CUARTO: Visto: El Expte. E-3800-2016; referente al pedido del Área de Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “GESTION DE LA FISCALIA DE INSTRUCCIÓN N° 1: ORGANIZACIÓN – CAPACITACION” que presentara el Dr. Buenaventura Duarte, Fiscal de Instrucción N° 1 de esta Ciudad Capital, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría. DECIMO QUINTO: Visto: El Expte. E-3723-2016; referente al pedido del Área de Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “EL ROL DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA EN LA FUNCION ADMINISTRATIVA Y DE GOBIERNO DEL SUPERIOR TRIBUNAL” que presentara el Secretario Administrativo del Superior Tribunal de Justicia, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría. DECIMO SEXTO: Visto: El Expte. E-3668-2016; donde se solicita el auspicio y declaración de interés de la Jornada Internacional de Derecho Penal “Homenaje al Prof. Don Francisco Blasco y Fernández de Moreda”, en el que se encontrarán presentes los Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” Dres. Eugenio Raúl Zaffaroni, Gonzalo Fernández y Luis Arroyo Zapatero, que se realizará el día 4 de noviembre de 2016 en el Salón Auditorio de la facultad de Derecho – Campus Universitario-. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Declarar de interés la Jornada Internacional de Derecho Penal “Homenaje al Prof. Don Francisco Blasco y Fernández de Moreda”, como se pide. DECIMO SEPTIMO: Visto: El Expte. E-3834-2016; referente al pedido de aprobación y publicación de la actividad: “PROGRAMA DE GESTION DE CALIDAD-MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION”, que tiene por finalidad la capacitación para la implementación de herramientas de gestión de calidad, con el objetivo de certificar las normas de calidad ISO 9001, que posibiliten la mejora continua en los procesos y de esa manera, brindar a los ciudadanos un servicio más ágil y eficiente. Oportunidad en la que disertará la Dra. Sandra Dosch, Coordinadora del Programa. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Aprobarla. 2) Darle la intervención que le compete al Área de Capacitación del Poder Judicial. DECIMO OCTAVO: Visto: I. Las solicitudes de licencias: 1) Sra. Gladys Elizabeth AMBROSETTI, 9 días desde el 06/09/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 2) Sra. Teresa Viviana ARNAU, 30 días desde el 20/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 3) Dra. Simy Beatriz BENASAYAG, 45 días desde el 16/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 4) Sra. Antonia CENTURION, 27 días desde el 25/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 5) Sra. Lina María DOMINGUEZ, 62 días desde el 03/09/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 6) Sr. Heriberto Antonio ESQUIVEL, 31 días desde el 25/08/16: SE RESUELVE: Concederla Sin Goce de Haberes (Art. 44º del R.I.). 7) Dra. Norma Beatriz GOMEZ ACOSTA, 30 días desde el 09/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 8) Sra. Daniela Isabel LARIGUET, 30 días desde el 22/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 9) Dra. María Verónica MIGUEZ, 30 días desde el 24/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 10) Sra. Martha Susana NUÑEZ, 10 días desde el 02/09/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 11) Sr. Claudio David RAMIREZ, 30 días desde el 31/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 12) Sra. Roberta Ramona RIOS DE CUSTIDIANO, 15 días desde el 31/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 13) Sra. María Inés SUNDBERG, 30 días desde el 30/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 14) Sra. Marina Grisel TORRES, 30 días desde el 24/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 15) Sra. Carina Rosana UBALDO, 30 días desde el 23/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 16) Sr. Alfredo Oscar URBINA, 40 días desde el 24/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 17) Dra. María Fernanda BAY, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 18) Dra. Alicia Susana COCHIA, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 19) Dra. Marina del Rosario CUNEO, 36 días desde el 19/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 20) Sr. Luís Eduardo ENRIQUE, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 21) Dra. Sonia Elizabeth FILIPIGH, 32 días desde el 04/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 22) Sra. Adela Cristina HERVIER, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 23) Sra. María Fabiana LAGO, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” 24) Sra. Teresa Adelaida NASIF, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 25) Sra. Luisa Lilian NUÑEZ, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 26) Sra. Myriam Teresa I. PEREZ CHEME, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 27) Sr. Abel Carlos PERNA, 2 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 28) Dra. Diana Victoria RUBIANES GRAVIER, 44 días desde el 11/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 29) Sra. Elsa Miriam SANCHEZ, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 30) Sr. José Cruz SOSA, 54 días desde el 01/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 31) Sra. Viviana Mabel VALLE DE PARRAS, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 32) Sr. Jorge ZIBELMAN, 28 días desde el 27/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 33) Sr. Guillermo Antonio ALEGRE, 9 días desde el 08/08/16: SE RESUELVE: Concederla (Art. 46º del R.I.). II.-Licencias concedidas por Fiscalía General: Resolución N° 9 del 30 de Agosto de 2016: 1) Sra. Viviana Alejandra BASSANI, de Asesoría de Menores e Incapaces Nº 5 de Ctes., 30 (treinta) días desde el 25/07/16 (Art. 44 del R.I.); 2) Sr. Telmo Aníbal FERNANDEZ, de Asesoría de Menores e Incapaces N° 4 de Ctes., 61 (sesenta y un) días a partir del 04/07/16 (Art. 44 del R.I.); 3) Dra. Alicia Raquel Figueroa de Ruiz, de Asesoría de Menores e Incapaces N° 1 de Ctes., 5 (cinco) días desde el 05/07/16 (Art. 44 del R.I.); 4) Sra. Karina Lorena FLORES, de Fiscalía de Instrucción, Correccional y de Menores Nº 1 de Paso de los Libres, 30 (treinta) días a partir del 29/07/16 (Art. 44 del R.I.); 5) Dra. Alicia PUCZKO, de Fiscalía de Tribunal Oral Penal N° 2 de Ctes., 61 (sesenta y un) días desde el 15/07/16 (Art. 44 del R.I.); 6) Sra. Irma Gladys WOLHEIN, de Fiscalía de Instrucción Nº 5 de Ctes., 30 (treinta) días a partir del 09/08/16 (Art. 44 del R.I.); SE RESUELVE: Tener presente.- DECIMO NOVENO: Comunicar lo resuelto por Secretaría y darlo a publicidad. No habiendo otros asuntos a consideración, se dio por terminado el presente Acuerdo, firmándose, previa lectura y ratificación, ante mí, Secretario Autorizante, que doy fe. Fdo. Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN (Presidente), los Dres. FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ (Ministros) y el Dr. CESAR PEDRO SOTELO (Fiscal General). Ante mí, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, Secretario Administrativo. ES COPIA Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” COMUNICADOS DE SECRETARIA 1.- PUBLICACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL S.T.J. N° 674/16 “N° 674 Corrientes, 06 de septiembre de 2016 VISTO: El Expediente Administrativo E-1365-2016, caratulado: “SOTELO, RAUL S/ HECHOS RELACIONADOS CON SOLICITUD DE INFORMACIÓN EN EL JUZGADO DE EJECUCIÓN DE CONDENA - EN FECHA 01/04/16 - REF. EXPTE. 5.081/99 CONOCIDA COMO "CAUSA SANTA CATALINA"”; Y CONSIDERANDO: I.- Que a fs. 1/4 y vta., se presenta el Sr. Raúl Sotelo, expresando su disconformidad por el trato recibido por parte de la Sra. Secretaria del Juzgado de Ejecución de Condena de la ciudad de Corrientes, Dra. Laura Peñalva, en oportunidad en que requiriera informe sobre el estado de un expediente en trámite ante dicha dependencia. Relata que el día 1 de Abril de 2016 se presentó en el Juzgado de Ejecución de Condena a cargo de la Dra. Teresa Zacarías, a fin de recabar información sobre la causa N° 508/99, conocida como “Santa Catalina”. Que fue atendido por una empleada de Mesa de Entradas y luego derivado a la Sra. Secretaria del tribunal, Dra. Laura Peñalva, a quien solicitó una entrevista con la Sra. Juez. Que se le informó que la Magistrada se hallaba en ese momento ocupada, por lo que no podía accederse a su pedido. Que atento a ello solicitó información respecto a una Resolución que debía dictarse en el expediente 508/99, relativa al cálculo de la condena impuesta por el Tribunal Oral Penal N° 2 al Sr. Raúl Rolando Romero Feris. Que en respuesta, la Dra. Peñalva le manifestó que no podía darle acceso a esa información, por no ser parte en la causa, conforme directivas del Superior Tribunal de Justicia de no brindar información. Refiere que en ese momento le manifestó a la Funcionaria que se le estaba negando de forma arbitraria su derecho a informar y el acceso a una causa que es pública. Destaca que el derecho a la información está previsto en el art. 14 de la Constitución Nacional y en diversos Tratados, Pactos y Convenciones Internacionales, entre ellos el Pacto de San José de Costa Rica que consagra el derecho a dar, recibir y difundir información. II.- Que a fs. 6, por providencia 2598, se confirió vista a la Sra. Juez de Ejecución de Condena, Dra. María Teresa Zacarías. III.- Que a fs. 8 y vta., contesta traslado la Dra. María Teresa Zacarías. Expresa que no habiendo tomado contacto directo con el denunciante, requirió a la Sra. Secretaria Actuaria, Dra. Laura Eugenia Peñalva, la elaboración de un informe respecto al hecho denunciado, el que se acompaña. Asimismo, señala que ratifica lo informado por la Actuaria, cuyo desempeño se ajustó a las normas y al trato respetuoso que se dispensa a las personas que concurren al Juzgado a su cargo. Que a fs. 7, se agrega informe de la Dra. Peñalva que da cuenta que en fecha indeterminada, se presentó en Mesa de Entradas del Juzgado de Ejecución de Condena, una persona que dijo ser Raúl Sotelo y ser periodista, aunque sin exhibir Documento Nacional de Identidad, ni credencial que acredite su condición de periodista, a pesar de serle solicitado, requiriendo de manera prepotente fotocopias del expediente que identificó como “Santa Catalina”, en trámite ante el Juzgado. Que se le solicitó entonces que informe en que carácter pedía las fotocopias (si era parte), frente a lo cual el Sr. Sotelo manifestó a viva voz su derecho a ser informado, porque las sentencias son públicas. Que se le explicó entonces que ante el Juzgado se encuentra en ejecución la condena impuesta al Sr. Romero Feris, por lo que al encontrarse en trámite el proceso rige la obligación de guardar reserva sobre el mismo conforme art. 8, incs. c y d del Reglamento Interno para la Administración de Justicia (R.I.A.J.) y que para obtener las copias que exigía ocurra ante el Tribunal Oral Penal N° 2 donde, al encontrarse firme la sentencia, podía hacérsele entrega de copias de la misma, con arreglo al art. 99 inc. c del R.I.A.J. IV.- Que examinada la cuestión, no se advierten motivos para habilitar la vía de superintendencia, pues la Dra. Peñalva ajustó su conducta a las normas reglamentarias vigentes. El acceso a la información pública constituye un derecho humano fundamental. Así surge de la Constitución Nacional que, en su art. 1, consagra la forma republicana de gobierno, una de cuyas características fundamentales es la publicidad de los actos de gobierno. Por otro lado, el derecho a la información se encuentra expresamente reconocido en diversos tratados internacionales con jerarquía constitucional, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 19), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 13.1) y el Pacto Internacional de Derechos Humanos y Políticos (art. 19), que, de manera coincidente, declaran que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, y que este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole. Sin embargo, como cualquier derecho, se halla sujeto a las normas que reglamentan su ejercicio, que, en el caso del acceso a expedientes judiciales son las disposiciones contenidas en el R.I.A.J. El art. 99 del R.I.A.J. establece que podrán revisar los expedientes: las partes, sus abogados, apoderados, representantes legales y los peritos designados en el juicio; b) cualquier abogado, escribano o procurador, aunque no intervenga en el juicio, siempre que justifique su calidad cuando no fuese conocido y c) los periodistas, con motivo del fallo definitivo de la causa. En nuestro supuesto, y según surge del informe actuarial de fs. 7, el Sr. Sotelo no acreditó su condición de periodista, conforme le fuera solicitado, por lo que no se hallaba en condiciones de exigir el acceso al expediente, ni a solicitar la extracción de fotocopias. Cabe remarcar que el Sr. Sotelo tampoco invocó, ni acreditó su condición de periodista en estas actuaciones. Por otro lado, y como también se señala en el informe actuarial de fs. 7, los Magistrados y Funcionarios se encuentran obligados a guardar absoluta reserva con respecto a asuntos vinculados con las funciones de los Tribunales de Justicia y no evacuar consultas, ni dar asesoramiento en los casos de contienda judicial actual o posible (art. 8, incs. c y d, R.I.A.J.). Por lo tanto, hallándose el expediente N° 508/99 en trámite ante el Juzgado de Ejecución de Condena, la Dra. Peñalva actuó correctamente al mantener la reserva de las actuaciones y sugerir al peticionante que concurra ante el Tribunal Oral Penal N° 2 de la ciudad de Corrientes, órgano jurisdiccional que dictó la sentencia relativa a la cuestión consultada, y que, de hallarse firme dicho decisorio, estaba entonces en condiciones de darlo a conocer. En consecuencia, deberá hacerse saber al Sr. Raúl Sotelo podrá concurrir ante el Tribunal Oral Penal N° 2 de la ciudad de Corrientes, a fin de solicitar la información requerida, en los términos del art. 99 del R.I.A.J. En relación a lo expresado, cabe recordar a los Sres. Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial que deberán dar cumplimiento con lo normado en el art. 99 del R.I.A.J., inc. c), que dispone que los periodistas podrán revisar los expedientes, con motivo del fallo definitivo de la causa. A tal fin, los periodistas deberán presentarse por escrito, acreditando su calidad de tales, mencionar el medio periodístico para el que cumplen su labor, con editor responsable por los daños o reclamos que pudieran surgir en el futuro, y fundar su pretensión de acceder a los expedientes, explicando el uso o destino que se dará a la información solicitada. Sin perjuicio de ello, resulta importante señalar que para facilitar a los ciudadanos el acceso a la información relacionada al funcionamiento de la Administración de Justicia, y de conformidad al derecho reconocido en diversos tratados internacionales con jerarquía constitucional, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 19), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 13.1) y el Pacto Internacional de Derechos Humanos y Políticos (art. 19), que declaran que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión, que comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” ideas de toda índole, este Superior Tribunal de Justica ha dispuesto la creación del “Registro de Delitos contra la Administración Pública y Causas de Importancia Social”, con el objetivo de reunir, sistematizar y divulgar información sobre el estado de aquellos procesos judiciales en los que se investigan la comisión de posibles actos de corrupción en perjuicio del Estado o hechos que por su gravedad conciten la atención o interés público, el que tendrá carácter público, gratuito y de acceso libre (véase Acuerdo N° 22/16, punto 11°). Por lo expuesto, y habiendo dictaminado el Señor Fiscal General a fs. 10/11; SE RESUELVE: 1°) No habilitar la vía de superintendencia en relación a la Sra. Secretaria Actuaria del Juzgado de Ejecución de Condena, Dra. Laura Eugenia Peñalva. 2°) Hacer saber al Sr. Raúl Sotelo que podrá concurrir ante el Tribunal Oral Penal N° 2 de la ciudad de Corrientes, a fin de solicitar la información requerida, en los términos del art. 99 del R.I.A.J., debiendo hacerlo de la forma indicada en los Considerandos. 3°) Recordar a los Sres. Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial que deberán dar cumplimiento con lo normado en el art. 99 del R.I.A.J., inc. c), que dispone que los periodistas podrán revisar los expedientes, con motivo del fallo definitivo de la causa, siempre que acreditaren su calidad de tales, con arreglo a las pautas fijadas en los Considerandos que anteceden. 4°) Regístrese, insértese copia, notifíquese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Guillermo Horacio Semhan, Presidente, Dres. Eduardo Gilberto Panseri y Fernando Agusto Niz, Ministros. Ante mí, Dr. Guillermo Alejandro Casaro Lodoli, Secretario Administrativo”. 2.- ÁREA DE CAPACITACION JUDICIAL: Comunica la realización de las siguientes actividades: I- CAPACITACION DE LA FISCALIA DE INSTRUCCION° 1 – CAPITAL“ORGANIZACIÓN- CAPACITACION” COORDINADOR: DR. BUENAVENTURA DUARTE, Fiscal de Instrucción N° 1 –CapitalINSTRUCTORES: DRES. BUENAVENTURA DUARTE , HUGO FRANCISCO GARCIA, MARIA LIA DESIMONI Y MARIA JOSE BARRERO PROGRAMA 1° clase Gestión optimización de Mesa de Entradas: Creción de nuevos expediente. Carátulas. Protocolo para carga de actuaciones (código iurix). Estadísticas: suma de los escritos. Gestión de la oficina durante el turno. 2° clase: Examen del expediente antes de solicitar la resolución de la situación legal del imputado. Impulsos procesales. 3° clase: Instructivos internos según el delito. 1° parte: Robo y Hurto calificado. Accidentes de tránsito. Abuso sexual. 4° clase: Instructivos internos según el delito 2° parte. Estafa. Apremios ilegales. (Diferencia entre vejaciones, apremiso, severidades) Homicidio. 5° clase: Instructivos internos según el delito 3° parte. Abusos contra la integridad sexual y Violencia de Género. 6° clase: Delitos informáticos. 7° clase: Vistas: Prescripción de la acción penal. Competencia. 8° Clase: Organización de la oficina. Distribución de Tareas, optimización de espacios, archivo de escritos en general. Comunicación entre los distintos integrantes de la oficina. 9° clase: Evaluación práctica. INICIO: Miércoles, 19 de octubre de 2016 de 17.30 a 19.00 horas. (9 clases semanales) LUGAR: Sede la Fiscalía de Instrucción N° 1 DESTINATARIOS: Personal de la Fiscalía de Instrucción N° 1 REGULARIDAD: 90% de asistencia EVALUACION: Práctica. Análisis de expedientes. Confeccion de Escritos. II- CAPACITACIÓN DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA “EL ROL DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA EN LA FUNCION ADMINISTRATIVA Y DE GOBIERNO DEL SUPERIOR TRIBUNAL” COORDINADOR: DR. GUILLERMO CASARO LODOLI INSTRUCTORES: DR. GUILLERMO CASARO LODOLI – SRES. SERGIO MIÑO PREVE Y JUAN LERTORA PROGRAMA 1° CLASE: El rol de la Secretaria Administrativa en la organización del Superior Tribunal de Justicia. Función administrativa o de Superintendencia del Poder Judicial ( a cargo del Dr. Guillermo Alejandro Casaro Lodoli) 1.- Funciones jurídicas del Estad: Legislativa, Jurisdiccional, Administrativa. Criterios de de conceptualización 2.- Derecho administrativo y Función administrativa. 2.1.- Criterio resultante del ordenamiento jurídico. 2.1.1.- La función administrativa del Poder Judicial (la Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia. 2° CLASE: El sistema de Gestión Administrativa SIGA ( a cargo de referentes técnicos Sres. Sergio Iván Miño Preve y Juan Leandro Lértora Pérego) 1.- El sistema de Gestión administrativa. SIGA. El rol de cada uno de los operadores. 2.- El sistema de Gestión administrativa. SIGA como herramienta de procedimiento administrativo en el ejercicio de la función administrativa del Poder Judicial. 3.- Los roles de cada usuario del sistema en la organización de la Secretaría Administrativa. Su uso eficiente y eficaz.3° CLASE: El Procedimiento administrativo dentro del nuevo sistema de gestión administrativa en el Poder Judicial. (a cargo de referentes técnicos Sres. Sergio Iván Miño Preve y Juan Leandro Lértora Pérego) 1.- Procedimiento administrativo. Concepto. Clases. Procedimientos especiales. Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” 2.- Los principios generales del Procedimiento administrativo y su aplicación dentro del Sistema SIGA 3.- El trámite administrativo y su vinculación con los demás operarios del sistema. 4.- Cambio de roles de los usuarios del Sistema para una información adecuada y básica d los distintos puestos laborales. 4° CLASE: Los nuevos paradigmas y líneas de políticas de gobierno del Superior Tribunal de Justicia. La importancia del rol del empleado judicial. 1.- Los nuevos paradigmas del gobierno judicial. 2.- La función de los empleados judiciales en la organización de la Secretaría Administrativa: Relaciones de coordinación con las áreas administrativas, técnicas y jurisdiccionales. El valor servicio como premisa para el desempeño en la superintendencia del Superior Tribunal de Justicia. 5° CLASE: Trabajo Final y Conclusiones del curso. Clase práctica sobre temas vinculados con el programa. Charla-debate como trabajo final y de evaluación de conclusiones generales y personales de los asistentes. INICIO: LUNES, 3 de octubre de 2016 de 17.30 a 19.30horas. DICTADO: 5 clases semanales. LUGAR: Dependencias de la Secretaria Administrativa DESTINATARIOS: Agentes de la Secretaria Administrativa REGULARIDAD: 90% de asistencia. INSCRIPCION: Secretaria Administrativa III- “INVESTIGACION CRIMINAL” PROGRAMA NACIONAL DE CRIMINALÍSTICA DE LA SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN DISERTANTES DR. ALAN MARTIN NESSI Presidente de Unidos por la Justicia. Coordinador del Observatorio Metropolitano de Seguridad Pública y del Protocolo de Actuacion Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública del Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA desde 2012. Ex Director del Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consultor Nacional e Internacional en Diversos Programas de Reforma Judicial y Seguridad Ciudadana. Autor de numerosas publicaciones DR. FERNANDO GUILLERMO CARDINI Dr. en Ciencias Quimicas, Facultad de Ciencias Exactas. UBA Toxicólogo Forense. Profesor en Quimica de Enseñanza Especial, Media y Superior, Facultad de Filosofía y Letras UBA Presidente del Instituto Argentino para la Calidad IAPC 2009 a la fecha. Socio Fundador de la Asociación Toxicológica Argentina Ex Gerente de Aseguramiento de Calidad –Coca cola South Latin División (1979-2000) Director Académico de la Escuela de Derecho Penal y Ciencias Forenses Aplicada. Miembro Honorario y Coordinador del Comité de BioSeguridad y Análisis de Riesgo en International Life Science institutte. Director técnico ante Ministerio de Salud Pública de Coca cola de Argentina (2005 a la fecha). Asesor Cientifico del Programa Nacional de Criminilastítica del Ministerio de Justicia. Docente de la UBA desde 1971 en cátedras de Toxicología y Química Forense en Facultades de Medicina, Ciencias Exactas, Odontología, Veterinaria, Farmacia, Bioquímica y Derecho. PROGRAMA Herramientas procesales y procedimentales para la elaboracion de la teoría del caso. Elementos para el pensamiento estratégico de la investigación criminal Manejo y Gestión de la escena del crimen.- Destinatarios: Magistrados, Funcionarios y Secretarios del fuero penal del Poder Judicial y Ministerio Público Fecha: 7 de octubre de 2016 de 09.00 a 13.00hs. y de 16:00 hs. a 20,00hs. Lugar: Salón Auditorio – Area de Capacitación – Poder Judicial – 9 de Julio 1099 – Piso 9 3.- DIRECCION DE PERSONAL Y LICENCIAS: HACE SABER: A los Sres. Magistrados, Funcionarios y Jefes de Dependencias, que durante los meses de septiembre/octubre se recorrerán las Dependencias de Capital para tomar una fotografía de cada uno de los que trabajan en este Poder Judicial, a los efectos de tener completa la Ficha Personal del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (S.I.G.A.), por lo cual solicita disposición del personal de las diferentes oficinas para la realización del trabajo, el cual tomará el menor tiempo posible. Asimismo hace saber que en las Dependencias del Interior, el trabajo estará a cargo del Delegado de Informática de cada Localidad. 4.- EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES: HACE SABER: Que por Resolución N° 89 de fecha 27 de septiembre de 2013, la Comisión Directiva del Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes, ha dispuesto aplicar a la Esc. Aida Cristina Gómez de Alegre, Colegiada N° 648 con asiento en Corrientes, la sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión por el término de 6 (seis) meses, la que se hará efectiva desde el 7 de septiembre de 2016 hasta las 24 hs. del día 7 de marzo de 2017. 5.- CANCELACION DE MATRICULAS DE PERITOS JUDICIALES: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” Por Resolución del S.T.J. N° 642 de fecha 9 de agosto de 2016, se procedió a la CANCELACION de la matrícula de perito Accidentólogo- Documentólogo de este Superior Tribunal de Justicia, a MARÍA MERCEDES SILVA, registrada bajo el N° 88, Folio 89, del Libro I. (Expte. E-144-2014). Por Resolución del S.T.J. N° 643 de fecha 9 de agosto de 2016, se procedió a la CANCELACION de la matrícula de Perito Médico de este Superior Tribunal de Justicia, a la Dra. SONIA GUADALUPE PALACIOS, registrada bajo el N° 48, Folio 50, del Libro I. (Expte. J-312-2014). Por Resolución del S.T.J. N° 661 de fecha 25 de agosto de 2016, se procedió a la CANCELACION de la matrícula de perito Contador de este Superior Tribunal de Justicia, a la C.P. SILVIA PATRICIA MARTINEZ, registrada bajo el N° 413, Folio 215, del Libro III. (Expte. E-1793-2016). 6.- EL COLEGIO PÚBLICO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS CRIMINALISTICAS Y CRIMINOLOGIA DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES: HACE SABER: Los costos de gastos periciales vigentes: -Fotografía Documental: $ 100. -Fotografía Accidentológica: $ 70. -Macrofotografía: $ 150. -Macrofotografía ultravioleta: $ 225. -Macrofotografía infrarroja: $ 320. -Microfotografía: $ 290. -Microfotografía yuxtapuesta: $ 320. -Revenido químico: $ 2.500. -Planimetría: $ 650. -Reconstrucción Virtual 3D básica: $ 4.550 -Grafico Secuancial de Dinámica Accidentológica (imágenes 3D): $ 150. -Copias Fotostáticas (fotocopias) de calidad (por faz): $2,50. -Traslado por Km.: $ 25. -Estadía medio (1/2) día: $ 500. -Estadía día completo: $ 800. -Presupuestos Mecánicos: $ 500. -Intervención Profesional (incluye aceptación del cargo, Sellados pertinentes y realización de Pericia): $ 900. -Intervención Profesional por Pericia no realizada (según Art. 48 – Ley Prov. N° 6.280/13) (…) “cuando el perito designado haya aceptado el cargo y el trabajo Pericial no se haya efectuado por causas ajenas al profesional” (…): 30% (de los honorarios calculados en base a la pericia a realizar). -Recupero de gastos de insumos generales, insumos para realización de Pericias Balísticas e insumos para realización de pericias dactiloscópicas: Costos en función a los elementos y tecnologías específicas a utilizar. 7.- INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE PASANTES: APELLIDO Y NOMBRE Zini Dumullar, Martín H. Obregón, Dahiana Beatríz Llanos, Mónica Lorena Moreira, M. del Carmen Judith Guastavino, Iván Isaías Bulloni, Celia Carina Rojas, Sonia Alejandra Rodríguez, Agostina Araceli ESTUD. / GRAD. D.N.I. Graduado 34.940.435 Graduado 35.464.530 Graduado 35.059.295 Graduado (Arq.) 36.194.177 Graduado 34.784.888 Graduado 26.221.236 Graduado 23.523.713 Estudiante 37.182.977 E-MAIL martinhzini@ hotmail.com dahiana obregon_3@ hotmail.com monicalorena 06@hotmail. com judith_1852_7 @hotmail. com ivanguasta vino34@ gmail.com kabulloni@ hotmail.com sonalero@ hotmail.com agosararo_k_i @hotmail.co m TEL. FUERO 3794 Civ. y 400331 Com. CIRC. 1° 03774- Civ. y 15430932 Com. 3° 3794 359355 Penal 1° 3794- Dcción. de 800100 Arq. Cpo. 0379 Trabaj. 154632904 Soc. For. 03772421116 Penal 0379- Civ. y 4336191 Com. 03794- Civ. y 755819 Com. 1° 1° 4° 1° 1°
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