A C U E R D O N U M E R O N U E V E - Poder Judicial de la

A C U E R D O N U M E R O V E I N T I S I E T E. En Corrientes, a los dieciséis días
del mes de octubre del año dos mil catorce, siendo las ocho horas, estando reunidos y
constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la
Provincia, el señor Presidente Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN, los señores
Ministros, Dres. ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, FERNANDO AUGUSTO NIZ y el señor
Fiscal General Dr. CESAR PEDRO SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo, Dr.
GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, tomaron en consideración los siguientes
asuntos y,
ACORDARON
PRIMERO: Visto: El Sr. Presidente da cuenta de las siguientes Resoluciones:
I. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 24°, inc. e) del Decreto
Ley N° 26/00 LOAJ:
"Nº 258. VISTO:
Corrientes, 09 de octubre de 2014.
El Plan de Implementación –Fase III (Acta Nº 16 –correspondiente al
mes de Agosto) del Proyecto de Incorporación de Tecnología Informática y de
Comunicaciones (TICs) – Sistema Integrado de Gestión Administrativa en el Poder
Judicial de Corrientes, presentado por la Empresa ECOM CHACO S.A. (Expte. CA-632014);
CONSIDERANDO: Que ha tomado intervención la Unidad Ejecutora del
Proyecto, informando que la Empresa Ecom Chaco S.A. ha dado cumplimiento al informe
de Avance de Implementación correspondiente al mes de agosto de la Fase III –
formalizado en Acta Nº 16- previsto en el Plan de Proyecto y Cronograma de ejecución y
conforme a lo previsto en la cláusula 6.4 de las condiciones especiales del contrato,
corresponde su aprobación. Por ello;
RESUELVO:
1) Aprobar y remitir a la Dirección General de Administración a sus efectos.
2) Comunicar y dar cuenta en el próximo Acuerdo.”
“N° 259.-
Corrientes, 10 de octubre de 2014
VISTO: El informe realizado por el Departamento Tesorería de la Dirección
General de Administración; Expte. 09-E-1810-2014; “DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION S/DPTO. TESORERIA S/PAGO DE COMISIONES BANCARIAS DE
CUENTA N°130768/19 DE $7.627,21”
CONSIDERANDO: Que a fojas 01 la Sra. C.P. Guillermina Inés Goetze, Tesorera
del Departamento Tesorería de la Dirección General de Administración informa las
comisiones de la cuenta corriente Nro. 130768/19 correspondientes al mes de Septiembre
de 2014. Que el gasto se realiza conforme a las disposiciones legales vigentes,
encuadrándose en la Ley Nro. 5571 de Administración Financiera Provincial, Ley Nro.
4420 de Autarquía, Ley 4484 Fondo Poder Judicial y Reglamento de Administración
Financiera (RAF). Que existe Crédito Presupuestario en la partida específica para tal fin
en FUENTE 14- RECURSOS DEL TESORO PROVINCIAL CON AFECTACIÓN
ESPECÍFICA.
RESUELVO:
1) Autorizar la liquidación por Débito Bancario de los Gastos de Comisión por
Recaudación del mes de Septiembre de 2014, correspondiente a la Cuenta Nro.
130768/19 – FONDO PODER JUDICIAL – RECAUDACIÓN y que asciende a la suma
total de $7.627,21 (pesos siete mil seiscientos veintisiete con veintiún centavos).
2) Imputar el gasto al PROGRAMA 01- ACTIVIDAD 03- PARTIDA 3.5.5. por
$7.627,21 (pesos siete mil seiscientos veintisiete con veintiún centavos) en FUENTE 14RECURSOS DEL TESORO CON AFECTACIÓN ESPECÍFICA con débito a la CUENTA
DE RECURSOS.
3) Proceder a la emisión del Comprobante del Gasto C-01, a favor del Banco de
Corrientes S.A. y remitir dicha registración contable a la Tesorería Jurisdiccional.
4) Comunicar, librar copias a sus efectos y oportunamente archivar.”
Por ello y oído el Señor Fiscal General, SE RESUELVE: Aprobarlas.
II. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 3°, ap. a), Régimen
aprobado por Acdo. N° 27/13, pto. 19°:
N° 256 (Expte. E-1830-2014); N° 257 (Expte. E-1090-2014); N° 260 (Expte. EH105-2014); N° 261 (Expte. E-1807-2014); N° 262 (Expte. E-1440-2014) y oído el Sr. Fiscal
General; SE RESUELVE: Tener presente.
SEGUNDO: Visto: El Expte. E-1959-2014; en el que la agente Mariángeles RAMIREZ,
M.I. N° 37.428.513, quien presta servicios en el Juzgado de Instrucción y Correccional de
la Ciudad de Mercedes, presenta su renuncia al cargo de Escribiente, alegando motivos
personales y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aceptarla a partir del 15 de
octubre de 2014.
TERCERO: Visto: Los Expedientes donde se solicitan la designación de pasantes; y
Considerando: Que los propuestos han cumplido con los requisitos previstos en el
Régimen –aprobado por Acdo. N° 25/04, pto. 30° y sus modificaciones- y oído el Sr. Fiscal
General; SE RESUELVE: Designar en calidad de pasantes: En el Juzgado Civil y
Comercial N° 4, a la Abogada Verónica Paola SENA, M.I. N° 32.516.398 (Expte. E-17852014) y en el Juzgado Civil y Comercial N° 11 a la Abogada Claudia Beatriz SANCHEZ,
M.I. N° 30.295.578 (Expte. E-1737-2014).
CUARTO: Visto: Las atribuciones conferidas al Superior Tribunal de Justicia en el art. 187
inc. 7 de la Constitución Provincial, art. 104 de la Ley Orgánica de la Administración de
Justicia (Dcto. Ley 26/00) y artículo 83 del Reglamento Interno y oído el Señor Fiscal
General; SE RESUELVE: 1) Fijar fecha para la próxima feria judicial desde el 24 de
diciembre 2014 al 31 de enero de 2015, ambos inclusive. 2) Declarar feriado judicial los
días 24 y 31 de diciembre del corriente año, en razón de la celebración de las
tradicionales Fiestas de Nochebuena y Fin de Año, de conformidad a lo decidido en casos
análogos.
QUINTO: Visto: El Expte. J-1116-13; en el que la Señora Juez Civil, Comercial y Laboral
de Curuzú Cuatiá, solicita que este Tribunal se expida sobre la inclusión de los
expedientes laborales en el cómputo del turno para las causas civiles y comerciales.
Destaca que, es de práctica de su tribunal, excluir los expedientes laborales y limitar el
cómputo únicamente a los expedientes civiles, comerciales y de familia. Fundamenta su
pedido, en virtud de lo resuelto en el punto 9° del Acuerdo N° 33/2013, en cuanto se
dispuso que, en el turno de los 100 (cien) expedientes se incluyan las causas
contenciosas administrativas en el rubro “ordinarios y de cualquier naturaleza”, a efectos
de una distribución equitativa de tareas. Y Considerando: Que, existieron medidas que
modificaron las circunstancias que dieron origen al planteo de la Señora Juez Civil,
Comercial y Laboral de Curuzú Cuatiá y habida cuenta de que este Tribunal no siempre
se encuentra obligado a realizar un pronunciamiento específico sobre el objeto concreto
del pedido, máxime cuando como en el caso, advierte que se produjeron hechos
sobrevinientes que modificaron el objeto del expediente. Que, en ese marco, no se puede
dejar de soslayar lo resuelto, en el ap. 6) del punto 4° del Acuerdo N° 23/14 y ap. 6) punto
2° del Acuerdo N° 17/14, en el que se dispuso la implementación de la Secretaría
Especializada en lo Contencioso Administrativo, en la ciudad de Curuzú Cuatiá y Goya,
respectivamente, medidas que no solamente significaron aumentar la actual dotación de
Funcionarios del Tribunal, sino la designación de profesionales especialistas en la
materia. Por lo que, si bien se cree oportuno y conveniente, mantener la inclusión de las
causas en lo contencioso y administrativo en el cómputo de los 100 expedientes para la
asignación del turno de las causas civiles y comerciales, para los juzgados de la cuarta y
quinta circunscripción judicial, porque en dichos Tribunales todavía no se crearon las
secretarías especializadas, en cambio debe dejarse sin efecto dicha pauta interpretativa,
para la segunda y tercera circunscripción judicial. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE
RESUELVE: 1°) Dejar sin efecto la pauta interpretativa establecida en el punto 9° del
Acuerdo N° 33/13, respecto de la tercera circunscripción judicial y la dispuesta en el pto.
14°, ap. 3), 2° párrafo del Acdo. N° 36/09, para la segunda circunscripción judicial y en
consecuencia, disponer que, a partir de la publicación del presente, la distribución de las
causas de naturaleza civil y comercial promovidas en la jurisdicción de sus respectivos
territorios, al momento de realizarse el cómputo de los 100 (cien) expedientes para
establecer el turno del Tribunal, en materia civil y comercial, no se incluirán las causas en
lo contencioso administrativo. 2°) Mantener lo establecido en el punto 9° del Acuerdo N°
33/13, para los juzgados con competencia en lo Civil y Comercial de la cuarta y quinta
circunscripción judicial.
SEXTO: Visto: El Expte. E-1946-2014; donde la Dirección de Informática solicita una
prórroga -para el fuero Penal y el Ministerio Público-, del plazo establecido en el punto 14
del Acuerdo N° 19/14, a efectos de lograr la eliminación de la doble registración. Señala
como fundamento de su pedido que, el procedimiento conlleva una serie de actividades
que excedieron materialmente las posibilidades de los profesionales del área, sobre todo
porque se necesita de capacitación y seguimiento de los usuarios, como así también
evaluarse cuestiones de seguridad y afianzamiento de la operatoria, a través de controles
y auditorias previas, para de esa manera lograr obtener la registración de los Libros
Reglamentarios en forma virtual. Que, es dable recordar que este Tribunal, en el Acuerdo
citado precedentemente, resolvió dejar sin efecto a partir del 15 de octubre de 2014 la
doble registración ordenada por Acdo. N° 30/06, pto. 13°, para todos los Fueros e
instancias de todas las circunscripciones judiciales, recordando la plena vigencia del
Acdo. N° 29/06, pto. 22° que establece la obligatoriedad de registrar cada actuación en el
Sistema IURIX. Asimismo, encomendó a los responsables de cada Organismo el estricto
cumplimiento -por parte de los operadores del sistema- de utilizar correctamente los
códigos de las actuaciones durante todo el trámite del expediente a efectos de lograr
efectividad y optimización en la gestión de cada Juzgado y lograr –en este camino- el
cumplimiento de otros objetivos contemplados en las Políticas Informáticas que encara
este Superior Tribunal de Justicia. Igualmente, recomendó el estricto cumplimiento en la
utilización de los códigos de actuación que impactan en los libros reglamentarios como así
también de las instrucciones que se harían llegar a través de la Dirección de Informática.
Y Considerando: Que, para así decidir, se tuvo en cuenta que la implantación del sistema
IURIX hoy operativo en toda la Provincia, previó desde su inicio la eliminación de la
registración manual en soporte papel de los Libros Reglamentarios y que por Acdo. N°
30/06, pto. 13°, se había dispuesto la sustitución gradual de dichos Libros por la
registración informática que emita el sistema, utilizándose mientras tanto de manera
simultánea, el registro informático y soporte papel. Que, a fin de alcanzar los objetivos,
resulta indispensable estabilizar la operatoria general del sistema, definir el catálogo de
materias para cada Fuero y fundamentalmente lograr la concientización en los usuarios
del uso correcto de los códigos de actuaciones establecidos obligatoriamente, por lo que,
atento a lo señalado por la Dirección de Informática respecto del Fuero Penal y el
Ministerio Público, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Prorrogar -para el fuero
penal y el Ministerio Público- hasta el 15 de noviembre de 2014, el plazo establecido en el
Acdo. N° 19/14 punto 14° ap. 1) a efectos del cumplimiento de lo allí resuelto.
SEPTIMO: Visto: El Régimen de Jueces y Funcionarios del Ministerio Público Sustitutos
aprobado por Acuerdo Nº 17/07 y sus modificatorias; Considerando: Que resulta menester
convocar a inscripción, por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE:
1) Convocar a inscripción a fin de integrar la nómina de Jueces y
Funcionarios del
Ministerio Público Sustitutos –para el año 2015-, a quienes hayan
aprobado concursos en el Consejo de la Magistratura, a Magistrados y Funcionarios del
Ministerio Público jubilados y a abogados en el libre ejercicio de la profesión con más de
quince años de antigüedad, de acuerdo con las siguientes condiciones:
a.- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD: Art. 183º de la Constitución Provincial; Art. 2º y
5º del Régimen de Jueces y Funcionarios del Ministerio Público Sustitutos, los que
deberán estar cumplimentados en oportunidad de la presentación de la documentación.
b.- INSCRIPCION: En la página web del Poder Judicial: www.juscorrientes.gov.ar en el
link Informaciones, Sustitutos.
c.- INFORMES: En la página web del Poder Judicial: www.juscorrientes.gov.ar en el link
Informaciones, Sustitutos.
d.- PLAZO: Dentro de los 20 días a contar desde el último aviso publicado en el Boletín
Oficial (este dato se dará a conocer por Secretaría en un próximo Acuerdo y/o página
web).
e.- PLAZO PERENTORIO DE PRESENTACION DEL LEGAJO: Dentro de los 3 días
hábiles de la fecha de inscripción en la página web, en la Secretaría Administrativa del
Superior Tribunal.
f.- INHABILIDADES: Art. 11 del Régimen de Jueces y Funcionarios del Ministerio
Público Sustitutos.
2) Requerir a los Colegios de Abogados, la difusión en sus respectivas
jurisdicciones y entre sus matriculados, de la Convocatoria para integrar la nómina de
Jueces y Funcionarios del Ministerio Público Sustitutos.
OCTAVO: Visto: Las atribuciones de superintendencia conferidas a este Superior Tribunal
de Justicia y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Llamar a Concurso para
confeccionar la nómina de aspirantes en condiciones de ser designados en el escalafón
administrativo, en el cargo de Escribiente, para las cinco circunscripciones judiciales y
localidades del interior donde tenga su asiento un Tribunal y/o dependencia del Poder
Judicial Provincial, con carácter cerrado y limitado al Personal de Servicio y Maestranza
que integran actualmente y a la fecha del presente, la Planta Activa de dicho escalafón. 2)
El concurso estará sujeto a las condiciones establecidas en el Régimen aprobado por
Acdo. N° 32/10, pto. 17°. 3) A tal efecto, los postulantes deberán realizar la preinscripción
obligatoria en la página web del Poder Judicial: www.juscorrientes.gov.ar, desde las 0:00
hs. del día 10 de noviembre a las 24:00 hs. del día 30 de noviembre de 2014. 4) Una vez
aprobadas las nóminas respectivas, entrarán en vigencia desde su publicación, en forma
simultánea con las listas aprobadas por Acuerdo N° 28/11 pto. 17°, Acuerdo N° 12/12
pto.12° y Acuerdo N° 20/12 pto. 5° o las nóminas que en el futuro las reemplacen y que
resulten del concurso convocado en el punto siguiente.
NOVENO: Visto: Las atribuciones de superintendencia conferidas a este Superior Tribunal
de Justicia y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Llamar a Concurso para
confeccionar la nómina de aspirantes en condiciones de ser designados en el escalafón
administrativo, en el cargo de Escribiente, para la Primera Circunscripción Judicial de la
Provincia, que comprende a las localidades que conforman los Departamentos de Capital,
Bella Vista, Berón de Astrada, Concepción, Empedrado, General Paz, Itatí, Mburucuyá,
Saladas, San Luis del Palmar, San Cosme, San Miguel, nómina que además se utilizará
para las designaciones de Escribientes en los Juzgados de Paz de: Caá Catí, Itá Ibaté,
Loreto, Paso de la Patria y Santa Rosa, con carácter abierto a todos los ciudadanos que
reúnan las condiciones establecidas en la Ley Orgánica de la Administración de Justicia y
bajo las condiciones establecidas en el Régimen de Ingreso del Empleado Administrativo
aprobado por Acdo. N° 32/10, pto. 17. 2) A tal efecto, los postulantes deberán realizar la
preinscripción obligatoria en la página web del Poder Judicial www.juscorrientes.gov.ar,
desde las 0:00 hs. del día 1° de diciembre hasta las 24:00 hs. del día 20 de diciembre de
2014. 3) Ordenar publicar en un diario de tirada Provincial y en la página web del Poder
Judicial.
DECIMO: Visto: Las atribuciones de superintendencia conferidas a este Superior Tribunal
de Justicia y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE:
1) Llamar a Concurso de ingreso a la Administración de Justicia a efectos
de confeccionar la nómina de aspirantes en condiciones de ingresar a la Administración
de Justicia Provincial, en el escalafón Obrero, Maestranza y Servicios, para las distintas
Circunscripciones Judiciales y localidades del interior donde tengan su asiento los
Tribunales y dependencias del Poder Judicial Provincial, bajo las condiciones establecidas
en la Ley Orgánica de la Administración de Justicia (Decreto Ley N° 26/00), Reglamento
Interno (RIAJ) y Régimen de Concursos (Acdo. N° 22/09, pto. 14° y modif.).
2) Requisitos para acceder al Concurso:
a) Ser ciudadano argentino en ejercicio;
b) Tener 18 años de edad como mínimo, cumplidos a la fecha del cierre del
Concurso;
c) Poseer aptitud psicofísica para el desempeño del cargo, extremo que deberá
acreditarse al tiempo de la eventual designación.
d) Poseer título de estudios secundarios completos.
e) Inhabilidades: No podrán ser nombrados empleados los que hubieran sido
separados de su empleo por razones disciplinarias en cualquiera de los poderes del
Estado Nacional, Provincial o en las Municipalidades; los fallidos o concursados que no
hubieran obtenido su rehabilitación o los fraudulentos, los condenados o con auto de
procesamiento firme por delito doloso u otro que por su naturaleza impida su ingreso al
Poder Judicial. No podrán desempeñarse en una misma dependencia los cónyuges ni los
parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad.
3) Inscripción: Se efectuará a través de la página web del Poder Judicial:
www.juscorrientes.gov.ar, a partir de las 0:00 hs. del día 1° de diciembre y hasta las 24
hs. del día 20 de diciembre de 2014, indicando el postulante la especialidad u oficio si
correspondiere.
4) Documentación:
a) Contenido: Los postulantes deberán presentar la documentación con carácter
de declaración jurada en formulario que se proveerá al efecto, al que se deberá adjuntar
comprobante de inscripción emitido por el sistema, fotocopia de la primera y segunda hoja
del Documento de Identidad, fotocopia certificada que acredite haber completado los
estudios secundarios y toda otra documentación que considere oportuno para evaluar sus
antecedentes, especialidad u oficio que tuviera. Declaración jurada sobre la veracidad de
la información a que se refiere el inc. e) del punto 2. Requisitos. El Superior Tribunal de
Justicia efectuará la revisión de los legajos, pudiendo exigir la presentación de la
documentación original para verificar su autenticidad;
b) Fecha de presentación de la documentación: Al momento de una eventual
entrevista y/o designación.
5) Publicidad: La convocatoria se dará a conocer al menos durante un día
en un diario de tirada Provincial y en la página web del Poder Judicial:
www.juscorrientes.gov.ar
UNDECIMO: Visto: La necesidad de rectificar la Planilla de puntaje correspondiente a la
etapa de “Antecedentes” dentro del marco del Régimen General de Concursos, aprobado
en el punto 14° apartado 10 del Acuerdo N° 26/14 (ver Anexo III), en cuanto a las
categorías y puntajes del rubro “Actividad Académica b.3) Docencia”, como así también,
la reubicación dentro de “Antecedente Curricular”, del sub-ítem “Conformación del
Tribunal Evaluador”, la denominación correcta del “Área de Capacitación del Poder
Judicial” en el sub-ítem c.1.7 y la colocación como ítem c) de “Antecedente Curricular “ e
ítem d) para las “Publicaciones Científicas”. Y Considerando: Que, se dispuso que la
mencionada Planilla en el futuro pasará a complementar el artículo 45° del Régimen
General de Concursos –aprobado por Acdo. N° 22/09 y sus modif.- y oído el Sr. Fiscal
General; SE RESUELVE: Rectificar la planilla aprobada en el punto 14°, apartado 10) del
Acdo. N° 26/14 (Anexo III), respecto de las Categorías y puntajes del rubro “Actividad
Académica b.3) Docencia”, como así
también, la reubicación dentro de la categoría
“Antecedente Curricular”, del sub-ítem “Conformación del Tribunal Evaluador”, la
denominación correcta del “Área de Capacitación del Poder Judicial” en el sub-ítem c.1.7
y la colocación como ítem c) de “Antecedente Curricular “ e ítem d) para las
“Publicaciones Científicas”, conforme aclaraciones, detalles y referencias de la nueva
Planilla que forma parte del presente como Anexo y que pasará a complementar el art.
45° del Régimen General de Concursos.
DUODECIMO: Visto:
Las solicitudes de licencias:
1) Sra. Blanca Sinforosa AMARILLA DE QUIROZ, 44 días desde el 03/09/14; SE
RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.).
2) Sra. Noelia Itatí CHAJADE, 30 días desde 28/09/14; SE RESUELVE: Concederla
(Art. 44º del R.I.).
3) Sra. Dora Elvira ESCOBAR DE BARRIOS, 30 días desde el 25/09/14; SE
RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.).
4) Sra. María Silvia NOBLE, 10 días desde el 09/09/14; SE RESUELVE: Concederla
(Art. 45º del R.I.).
5) Sr. Carlos Ramón MORALES, 7 días desde el 04/10/14; SE RESUELVE:
Concederla (Art. 46º del R.I.).
6) Sra. Alicia Beatriz BASTERRETCHE, 28 días desde 28/09/14; SE RESUELVE:
Concederla con carácter excepcional, con goce de haberes (Art. 63º “in fine” del R.I.).
7) Dra. Nora Rosana MACIEL, 2 días desde 31/07/14; SE RESUELVE: Concederla
con carácter excepcional, con goce de haberes y sin afectación del adicional por
presentismo (Art. 63º “in fine” del R.I.).
8) Sra. María Luisa Salomé SIMONELLI, 2 días desde 16/10/14; SE RESUELVE:
Concederla con carácter excepcional, sin goce de haberes (Art. 63º “in fine” del R.I.).
9) Sra. Laura Catalina QUIROZ, 7 días desde el 22/09/14 y 7 días desde el
04/10/14; SE RESUELVE: Concederla con carácter excepcional, con goce de haberes
(Art. 63º “in fine” del R.I.).
DECIMO TERCERO: Comunicar lo resuelto por Secretaría y darlo a publicidad. No
habiendo otros asuntos a consideración, se dio por terminado el presente Acuerdo,
firmándose, previa lectura y ratificación, ante mí, Secretario Autorizante, que doy fe. Fdo.
Dres. GUILLERMO HORACIO SEMHAN (Presidente), ALEJANDRO ALBERTO CHAIN,
FERNANDO AUGUSTO NIZ (Ministros) y Dr. CESAR PEDRO SOTELO (Fiscal General).
Ante mí, Dr. GUILLERMO A. CASARO LODOLI, Secretario Administrativo”.
ES COPIA
ANEXO
(Conforme punto 10° del Acdo. N° 27/14)
APELLIDOS Y NOMBRES:
Cargo:
Valores
Establecidos
a) ACTIVIDAD PROFESIONAL
a.1.) Libre ejercicio de la profesión (base 2 puntos)
Actividad Privada y/o en Relación de dependencia
(Nacional, Provincial, Municipal)
a.2.) Ejercicio en la Función Judicial
a.2.1.)Magistrado, Fiscal, Defensor, Asesor, etc.
a.2.2.)Secretario 2da. Instancia, S.T.J. y
Ministerio Público
a.2.3.)Secretario 1ª. Inst., S.T.J. y Min. Público,
Juez de Paz
a.2.4.)Prosec. 1ª. y 2ª. Inst, S.T.J., Min. Pco., Sec.
Juzg. de Paz
a.2.5) Sustitutos (más de un año)
a.2.6.)Ternas en el Consejo de la Magistratura
Personal Judicial
a.2.7) De 1 a 5 años.
a.2.8) De 6 a 10 años
a.2.9) De 11 a 15 años
a.2.10)De 16 en adelante …
a.2.11.)Pasantía en el Poder Judicial
SUBTOTAL
Máximos
10,00
8.00
6.00
5,00
4,00
1,00
1,50
2,00
3,00
4,00
0.50
b) ACTIVIDAD ACADEMICA
Títulos
b.1. Doctor en Derecho
b.1.1.) Maestría-Magister
b.2) CURSOS DE ESPECIALIZACION
6,00
4,00
b.2.1.) Cursos de especialización 91/300 hs.
3,00
b.2.2.) Cursos de especialización 61/90 hs
2,50
b.2.3) Cursos de especialización de 41/60 hs.
2,00
b.2.4) Cursos especialización 21/40 hs-
1,50
b.2.5) Cursos, jornadas, congresos 03/20 hs.
1,00
b.3.) DOCENCIA
b.3.1.) Profesor Titular
3,00
b.3.2.) Profesor Adjunto
2,00
b.3.3.) Profesor Jefe de Trabajos Prácticos
1,50
b.3.4.) Profesor Adscripto
1,00
C.) ACTIVIDAD CURRICULAR
c.1.1.) Disertante en cursos, congresos, jornadas,
etc.
c.1.2.) Autor, coautor de trabajos o ponencias en
Congresos, Jornadas, etc.
c.1.3.) Conformación de Tribunal Evaluador
c.1.4.) Docencia en niveles secundario y terciario
en materias afines al cargo a concursar
c.1.5.) Miembro activo en jornadas, congresos, etc.
c.1.6.) Coordinador/a de cursos, congresos,
jornadas, etc.
2,00
1,00
1,00
1,00
0.75
0,50
Cantidad
Puntaje
Calculado
c.1.7) Cursos, jornadas, talleres, etc. realizados en
el Área de Capacitación del Poder Judicial
c.1.8) Asistencia a cursos, congresos y jornadas,
etc.
D) PUBLICACIONES CIENTIFICAS – JURIDICAS EN LA
ESPECIALIDAD QUE SE CONCURSA
d.1) Publicaciones en revistas científicas-jurídicas
reconocidas.
SUBTOTAL
0,50
0,10
1,00
TOTAL GENERAL
Referencias:
a.2.1) Magistrados, Fiscal, Defensor, Asesor, etc. que no hayan sido destituidos del cargo.
a.2.2)- a.2.3) –a.2.4) con más de un año de antigüedad y que hayan obtenido estabilidad
en el cargo.
b.31)- b.3.2) –b) 3.3. y b.3 4) los puntajes serán otorgados por cátedra
COMUNICADOS DE SECRETARIA
1. LA SECRETARIA JURISDICCIONAL N° 1 DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE
JUSTICIA, HACE SABER:
Las instrucciones en los casos de Expedientes elevados al Superior Tribunal de Justicia
por Recursos de Casación concedidos; Legajos de Competencia negativa y
Contestaciones de Oficios remitidos por éste STJ (cuando se haya formado expediente)
Cuando sean elevados en el sistema IURIX: con el movimiento: ELESTJ
DESTINO: MESA DE ENTRADA DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
CODIGO: 1S0300
Si se elevan varios Expedientes, los tribunales deberán imprimir al hacer la
remisión, una hoja con el movimiento del envío POR CADA EXPEDIENTE POR
SEPARADO y no varios en una misma hoja, aún cuando sea el mismo Tribunal
remitente e igual destino (éste Superior Tribunal).
Todo lo que se eleva físicamente debe estar tal y como dice el sistema y viceversa
(si viene por cuerda, en el sistema debe estar por cuerda, si esta acumulado, debe
constar en el sistema la acumulación).
NO deberán elevarse actuaciones por cuerda del principal, por ejemplo Incidentes
que no fueron agregados al Expediente y que no guardan relación con el motivo
de casación, pues aumentan la complejidad de los pases o movimientos y el
manejo de la causa sin necesidad.
2- CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE NEUQUEN
CONCURSO N° 95: El Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén, convoca
a Concurso Público de Antecedentes y Oposición para cubrir los siguientes cargos:
-Tres (3) cargos de Defensores Civiles no patrimoniales de la I Circunscripción Judicial
(Categoria MF4)
Requisitos: Los establecidos en el artículo 228 de la Constitución de la Provincia del
Neuquén.
Plazo de consultas: Las consultas podrán realizarse desde el 9 al 27 de octubre de
2014, ambos inclusive, de 8:00 a 15:00 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura
de la Provincia del Neuquén sita en calle Carlos H. Rodríguez Nº 364, 2do. piso de la
ciudad
de
Neuquén
o
por
medio
del
correo
electrónico
[email protected]. Se hace saber a los interesados que el Reglamento
de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición y el Formulario de Inscripción se
encuentran en el sitio oficial de internet, www.magistraturanqn.gov.ar.
Plazo de inscripción: Las solicitudes serán recibidas en la Mesa de Entradas del
Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén, desde el 21 al 27 de Octubre de
2014, en el horario de 8:00 a 15:00. El 27 de Octubre, el horario de atención se extenderá
hasta las 20:00. Se recepcionarán solicitudes de inscripción y documentación, cursadas
por vía postal, si constase en el sello de imposición de la oficina postal, que la pieza ha
sido despachada dentro del plazo establecido para las inscripciones y si el remitente
hubiese dado oportuno aviso de su envío a la Secretaría dentro de dicho plazo, mediante
fax o por correo electrónico.
Documentación a presentar y antecedentes: Será de presentación obligatoria el
Formulario de Inscripción y la documentación establecida en el art. 14 del Reglamento de
Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición. Asumido el cargo por el o los
postulantes designados, la documentación agregada por los restantes postulantes
quedará a su disposición por el plazo de un (1) mes, transcurrido el cual el Consejo de la
Magistratura podrá disponer su destrucción sin derecho a reclamo o recurso alguno (art.
44 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición).
Jurados: Conforme lo dispuesto por el art. 7 del Reglamento de Concursos Públicos
de Antecedentes y Oposición han sido designados los siguientes jurados:
Jurado Académico Titular: Dr. Ricardo David RABINOVICH
Jurado Académico Suplente: Dra. Magdalena Beatriz GIAVARINO
Jurado Titular por el Ministerio Público: Dr. Mariano Sebastián ÁLVAREZ
Jurado Suplente por el Ministerio Público: Dr. José Luís URSAGASTI
Exámenes: Tendrán lugar en la sede del Consejo de la Magistratura de la Provincia
del Neuquén. El examen escrito: el día 2 de Diciembre a partir de las 8:30 hs. y el examen
oral: los días 3 y 4 de Diciembre a partir de las 8:30 horas, todos de 2014.
Datos de Interés: Tel: 0299-442 1242. CPA Q8300HJH
3- CANCELACION MATRICULA DE PERITOS JUDICIALES:
Por Resolución del S.T.J. N° 596 de fecha 6 de octubre de 2014, se procedió a la
CANCELACION de la matrícula profesional del Perito Tasador Alberto Higinio SCHIFFO,
registrado bajo el N° 16, Folio 17 del Libro l.