Boletín Oficial de Canarias núm. 179 26105 Jueves 15 de septiembre de 2016 IV. Administración de Justicia Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona 3291 EDICTO de 25 de mayo de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000496/2014. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente: SENTENCIA En Arona, a 24 de mayo de 2016. Vistos por el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Dña. Lara Etelvina López Jiménez, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona los presentes autos de Familia. Divorcio contencioso, nº 0000496/2014 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. Sonia Musitu, dirigido por el Letrado D./Dña. Alberto Caminero Lobera y representado por el Procurador D./Dña. Francisca Adán Díaz y de otra como demandada D./Dña. Nikolay Roumenov Alexandrov, sobre divorcio contencioso. FALLO: Estimo la demanda de divorcio interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Francisca Adán Martín en nombre y representación de Dña. Sonia Musito Aldalur contra D. Nikolay Roumenov Alexandrov, declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por Dña. Sonia Musito Aldalur y D. Nikolay Roumenov Alexandrov, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración y acuerdo la disolución del régimen económico matrimonial. No se efectúa expreso pronunciamiento en materia de costas procesales. Una vez firme esta resolución, remítase testimonio de la misma al Registro Civil donde figura inscrito el matrimonio, para su anotación marginal. Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de 20 días desde su notificación. Aportando documento acreditativo del correspondiente depósito en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado, sin cuyos requisitos no será admitido (Disposición adicional 15ª de la LOPJ introducido por Ley Orgánica 1/2009). Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. https://sede.gobcan.es/cpji/boc boc-a-2016-179-3291 Boletín Oficial de Canarias núm. 179 26106 Jueves 15 de septiembre de 2016 PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Jueza que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Secretario Judicial; doy fe. Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Nikolay Roumenov Alexandrov, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. En Arona, a 25 de mayo de 2016.- El/la Letrado de la Administración de Justicia. https://sede.gobcan.es/cpji/boc boc-a-2016-179-3291
© Copyright 2024