CADA: Firmado.- Ilegible.- Eduardo A. Padron P

CADA: Firmado.- Ilegible.- Eduardo A. Padron P.- Inpreabogado Nº: 89.666.--- Ciudadano:--- REGISTRADOR MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.- Su Despacho.--- Yo,
EDUARDO ALBERTO PADRÓN PAREDES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº
V-14.641.627, con Inpreabogado Nº: 89.666, y de este domicilio, actuando en este acto en mi carácter de AUTORIZADO
en acta de Asamblea Extraordinaria de Accionista de Veintinueve (29) de Enero 2.008, de la Sociedad Mercantil PANTHERS CORPORATION, S.C.A, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial
del Estado Anzoátegui de fecha dieciocho (18) de Febrero de 2000, anotada bajo el Nº 25, tomo 2-A. Atentamente
ocurro para exponer:---- En uso de las facultades que me fueron conferidas en el Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionista de dicha compañía, celebrada el día Veintinueve (29) de Enero 2.008, presento a usted copia
certificada de la indicada acta de asamblea, en la cual se trató el siguiente punto del orden del día, ÚNICO: Modificación
de la cláusula tercera. Admitida que sea la presente participación y substanciada conforme a la Ley, ruego se me expida
copia certificada a los fines de su publicación en el Tigre a la fecha de su presentación.--- Fdo.: Abg. EDUARDO ALBERTO PADRON PAREDES.--- FECHA DE INGRESO: 30-01-2008.- DERECHOS: 73140.- OTORGAMIENTO 01-02-08.HORA: 03:00.- PLANILLA: 15367.- RECIBIDO POR MARISOL HERNANDEZ.- TOMO 2-A Nº 50.--- CERTIFICACIÓN:
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.---- REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.- RIF G-20006183-9.--- Abg. YSLEYER PUERTA.- REGISTRADORA MERCANTIL SEGUNDA AUXILIAR
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.---- CERTIFICA.--- Que el Asiento de Registro de
comercio que a continuación se inserta y el cual está inscrito en el Tomo: 2-A del Tenor siguiente: Número 50 La Registradora Mercantil Segunda Auxiliar, quien suscribe CERTIFICA que: El acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada en fecha: 29 de Enero de 2.008, correspondiente a la empresa: “PANTHERS CORPORATION,
C.A.”. Que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales dicen así:---- Cursa Planilla Única Bancaria No. 245 00219200 con Número de Control 488-0000-0000, emitida en fecha 08/03/16 por el Monto Total de Bolívares
2478.-, por acto de Acta de Asamblea II.--- LEGALIZACIÓN: Membrete: SAREN.- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.- Ministerio del Poder Popular para RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.--- REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, Y JUSTICIA Y
PAZ.--- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS (SAREN) REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.--- SE LEGALIZA LA FIRMA DEL (LA) CIUDADANO(A): ABG. ISLEYER PUERTA.- Quien para la fecha del
acto que se suscribe: Certificación Acta de Asamblea Nº 50, Tomo 2-A, Año 2.008, es (era): --- REGISTRADORA
MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.- La presente Legalización no prejuzga acerca de ningún extremo de fondo ni de forma.--- Timbre Fiscal (1 U.T.).--- PUB Nº 245-00219200.Barcelona, 08 de Marzo de 2.016.--- REGISTRADOR PRINCIPAL(S).- Fdo.: ABOGADA MÓNICA AHIMAR MENDOZA
MARTÍNEZ.- Sello: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ.- OFICINA Nº 245.- REGISTRO – ilegible.--- LEGALIZACIÓN: REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA
Y PAZ.--- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.---- Se legaliza la firma que antecede del (la) ciudadano(a) ABG. MÓNICA AHIMAR MENDOZA MARTÍNEZ.- Quien es como se titula, Registradora Principal (S) del Estado
Anzoátegui.- Se advierte que la presente legalización no prejuzga acerca de Ningún otro extremo de fondo ni de forma.Caracas, 08 de Marzo de 2016.--- 205º, 157º y 16º.--- Por el Ministro, Fdo.: Ilegible.--- NELSON JOSÉ GARCÍA.- DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.--- Sello: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES JUSTICIA Y PAZ.---- COORDINACIÓN DE LEGALIZACIÓN.- CONSULTORÍA JURÍDICA.- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.--- Decreto Nº 1.979 del 04 de septiembre de 2015, publicada en la gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela Nº 6.195 Extraordinaria de la misma fecha y, Resolución Nº 162 del 09 de septiembre de 2015, publicada en
la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.743 del 10 de septiembre de 2015.--- Documento firmado electrónicamente con el mismo valor probatorio que la ley otorga a los documentos escritos, según artículo 4º de
la Ley de Mensajes de Datos y firmas Electrónicas.--- CERTIFICACIÓN: Membrete: Gobierno Bolivariano de Venezuela.--- Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores.--- Fecha Impresión: 17/03/2016.- Hora Impresión:
12:25:11.--- No. 00224386.- Código de Barras: 0000820093.--- No. 00224386.- Sello No. 00099837.--- REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES OFICINA
DE RELACIONES CONSULARES.--- APOSTILLE.- Convention de La Haye du 5 Octubre 1961.- 1.- País VENEZUELA.El presente documento público: 2.- Ha sido suscrito por: NELSON JOSÉ GARCÍA.--- 3.- Actuando en su calidad de:
DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.--- 4. Llevando el sello/timbre de:
M.P.P PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ.--- Certificado.- 5.- En Caracas: 17-03-2016.- 6.- Por el
Ministro: ---7.- No. 00099837.- 8.- Sello/Timbre.- 9.- Firma.- Fdo.: Ilegible.- Luis Beltran Blanco.- Coordinador de Consulados Nacionales.- G.O. 40.036 del 25/10/2012 Res. DM Nº 183.--- 0001289991.- Se advierte que la presente apostilla
no prejuzga acerca de ningún otro extremo de fondo ni de forma.--- AUTORIDAD CERTIFICANTE.--- Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores Coordinación del Area de Consulados Generales.- Luis Beltran Blanco.- 201603-17 11:13:10-04:30.--- PARA VALIDAR LA AUTENTICIDAD INGRESE ESTE CÓDIGO: NV37945222016224386.- EN
https://validarlegalizaciones.mppre.gob.ve.--- TIPO DE ACTUACIÓN: ACTA DE ASAMBLEA.- TITULAR: V-3.794.522
DOMINGA NATALIA ZAMBRANO DE CABANZO.- MPPRE-6D47850C5082C62EF892FAA63358AB0C.--- Este documento ha sido *firmado Electrónicamente*, cumpliendo con el *Decreto Ley de Mensaje de Datos y firma electrónica, *
de fecha 10 de febrero de 2001, publicado en la *Gaceta Oficial** Nº 37.148, del 28 de febrero del 2001.--- SELLO DE
LEGALIZACIÓN CONSULAR: Escudo de Bolivia.- EMBAJADA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.- SECCIÓN CONSULAR DE VENEZUELA.- TASA: DC-2 $US. 150 $US.- Se legaliza la firma y rúbrica del señor(ra): Luis
Beltran Blanco.--- Coordinador de Consulados Nacionales Min. PP para Relaciones Exteriores Venezuela.--- La presente legalización no prejuzga el contenido del documento.--- Caracas, 31 de Marzo 2016.--- Firma y Sello: S.S. Deysi
Gutiérrez Murillo.- ENCARGADA DE ASUNTOS CONSULARES.- Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia.- ante
la República Bolivariana de Venezuela.--- Cursa adherido seis timbres consulares por valor total de $us. 150.- anulados
por sellos de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia.--- SELLO DE LEGALIZACIÓN MINISTERIAL: EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.- VICEMINISTERIO DE GESTIÓN INSTITUCIONAL Y CONSULAR DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE SANTA CRUZ, CERTIFICA que la firma de: Deysi Gutiérrez M. guarda similitud con la que
cursa en nuestro registro.--- Santa Cruz – Bolivia 14 ABR 2016.- SE LEGALIZA LA FIRMA NO EL CONTENIDO DEL
DOCUMENTO.--- Sello: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.- DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL SANTA
CRUZ.- BOLIVIA.--- Firma y Sello: Lic. Zamira J. Orellana burgos.- ENC. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL SANTA CRUZ.- Ministerio de Relaciones Exteriores.-----------------------------------------------***************************************************************************************************************************************
TRANSCRIPCIÓN DEL ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA:--- ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTA DE PANTHERS CORPORATION, C.A. DE FECHA 20 DE MAYO DE 2013.--- Yo,
JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES, venezolano, mayor de edad, Ingeniero, Titular de la Cédula de Identidad Nro:
V-13.751.343, de este domicilio, actuando en este acto en mi carácter de Presidente, de la Sociedad Mercantil “PANTHERS CORPORATION C.A (PC. C.A)”, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción
Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha dieciocho (18) de Febrero de 2000, anotada bajo el Número: 25, tomo: 2-A,
certifico que el Acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original la cual corre inserta al Libro de
Asamblea, y la misma dice así:---- En el día de hoy Veinte (20) de Mayo de 2013, siendo el día y la hora para celebrar
la Asamblea General Extraordinaria de Accionista de “PANTHERS CORPORATION C.A (PC. C.A)”, Ubicada en El Tigre,
Estado Anzoátegui, los Socios JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES, JOSE MANUEL PADRON PINTO y EDUARDO
ALBERTO PADRON PAREDES, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de la Cédulas de Identidad Nro: V13.751.343, V-3.850.243 y V-14.641.627, respectivamente, propietarios de la totalidad de las acciones de dicha empresa, estando presente se hace innecesaria la convocatoria previa, a fin de realizar la Asamblea General Extraordinaria de
Accionista, puntos a tratar: PRIMERO: Venta de acciones de los Socios JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES y JOSE
MANUEL PADRON PINTO; SEGUNDO: Reforma de la Clausula Sexta; TERCERO: Reforma de la Clausula Octava.
Seguidamente se decidió a Liberar el Orden del Día: toma la palabra el Presidente, el ciudadano: JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES, y somete a consideración de la Asamblea de Accionista, EL PRIMER PUNTO DEL DIA: El socio
JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES, anteriormente identificado, decide vender de sus acciones DIEZ MIL (10.000)
ACCIONES, la cantidad de MIL CUATROCIENTAS (1.400) ACCIONES, por un Precio de CIENTO CUARENTA MIL
BOLIVARES CON 00/100 CTS (Bs.\ 140.000,00.), los cuales ofrece en venta a los socios JOSE MANUEL PADRON
PINTO y EDUARDO ALBERTO PADRON PAREDES, anteriormente identificados, quienes no los aceptan, en el mismo
acto se encuentra presente como invitado especial el ciudadano: VICTOR ANTONIO SANTORO LOPRIARE de Profesión Ingeniero, domiciliado en El Tigre, Estado Anzoátegui, titular de la cédula de Identidad Número: V- 8.730.155 VICTOR ANTONIO SANTORO LOPRIARE, anteriormente identificado, acepta la venta de MIL CUATROCIENTAS (1.400)
ACCIONES por el valor de CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 CTS (Bs. 140.000,00) quien acepta el
precio convenido y cancela la cantidad establecida, en un 100% Seguidamente el socio JOSE MANUEL PADRON
PINTO, antes identificado, decide vender de sus NUEVE MIL NOVECIENTAS CINCUENTA (9.950) ACCIONES, la
cantidad de SEIS MIL CIENTO CINCUENTA (6.150) ACCIONES, por un precio de SEISCIENTOS QUINCE MIL BOLIVARES CON 00/100 CTS (Bs. 615.000,00.), los cuales ofrece en venta al socio JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES,
antes identificado, quien no acepta la venta, el socio EDUARDO ALBERTO PADRON PAREDES, antes identificado,
quien acepta la venta de DOS MIL SETECIENTAS CINCUENTA (2.750) ACCIONES, por un valor de DOSCIENTOS
SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES CON 00/100 CTS (Bs. 275.000,00), y el invitado VICTOR ANTONIO SANTORO
LOPRIARE, antes identificado, acepta la venta de SEISCIENTAS (600) ACCIONES, por un valor de SESENTA MIL
BOLIVARES CON 00/100 CTS (Bs. 60.000,00), quien cancelan la cantidad convenida en un 100%. En el mismo acto se
encuentra como invitado especial el ciudadano: JOSE MANUEL PADRON PAREDES, de Profesión Ingeniero, domiciliado en El Tigre, Estado Anzoátegui, titular de la cédula de Identidad Número: V-12.014.622, quien acepta la venta de
DOS MIL OCHOCIENTAS (2.800) ACCIONES, por un valor de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES CON 00/100
CTS (Bs. 280.000,00) quien cancela la cantidad convenida en un 100%, de inmediato se ordenó hacer el correspondiente traspaso al libro de accionista. SEGUNDO PUNTO ORDEN DEL DIA: Reforma de la Clausula Sexta, quedando reformada de la siguiente manera: el capital social de la compañía es de DOS MILLONES DE BOLIVARES CON 00/100
CTS. (BS 2.000.000,00) divididos en VEINTE MIL (20.000) ACCIONES de CIEN BOLÍVARES (Bs. 100) cada una el
capital ha sido suscrito y pagado por los socios de la siguiente manera: el socio JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES
a suscrito y pagado totalmente la cantidad de OCHO MIL SEISCIENTAS (8.600) ACCIONES, A razón de CIEN BOLÍVARES CON 00/100 CTS. (BS. 100), por un valor de OCHOCIENTOS SESENTA MIL BOLÍVARES CON 00/100 CTS (Bs.
860.000,00), El socio JOSE MANUEL PADRON PINTO a suscrito y pagado totalmente TRES MIL OCHOCIENTAS
(3.800) ACCIONES, a razón de CIEN BOLÍVARES CON 00/100 CTS (BS. 100), por un valor de TRESCIENTOS
OCHENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 CTS (Bs. 380.000,00), El socioEDUARDO ALBERTO PADRON PAREDES a
suscrito y pagado totalmente DOS MIL OCHOCIENTAS (2.800) acciones, a razón de CIEN BOLÍVARES CON 00/100
CTS (BS. 100), por un valor de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 CTS (BS 260.000,00), El socio
VICTOR ANTONIO SANTORO LOPRIAREa suscrito y pagado totalmente DOS MIL (2.000) ACCIONES, a razón de
CIEN BOLÍVARES CON 00/100 CTS (BS. 100), por un valor de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 CTS (Bs.
200.000,00). El socio JOSE MANUEL PADRON PAREDES,a suscrito y pagado totalmente DOS MIL OCHOCIENTAS
(2.800) ACCIONES, a razón de CIEN BOLÍVARES CON 00/100 CTS (BS. 100), por un valor de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 CTS (BS 280.000,00), TERCER PUNTO ORDEN DEL DIA: Reforma de la cláusula
Octava, quedando reformada de la siguiente manera: Como PRESIDENTE, al Socio JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES, como GERENTE GENERAL al socio VICTOR ANTONIO SANTORO LOPRIARE Y como DIRECTOR GENERAL,
al socio JOSE MANUEL PADRON PINTO, se autoriza amplia y suficientemente al ciudadano JOSE MANUEL PADRON
PINTO, anteriormente identificado, para que realice todos los tramites pertinentes para el registro del presente acta de
asamblea por ante el registro mercantil correspondiente. No habiendo otro, punto que tratar se cierra la sesión, previa
lectura y conformen firman.---- Fdo.: JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES.- 13751393.--- Fdo.: EDUARDO ALBERTO
PADRÓN PAREDES.---- Fdo.: VICTOR ANTONIO SANTORO LOPRIARE.--- Fdo.: JOSE MANUEL PADRON PAREDES.- 120 146 22.---- Fdo.: JOSÉ MANUEL PADRÓN PINTO.---- TRANSCRIPCIÓN DE SOLICITUD: Membrete.- REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES
Y JUSTICIA.---- RM No. 263.- 203º y 154º.--- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.--- REGISTRO
MERCANTIL SEGUNDO DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.--- Municipio Simón Rodríguez, 20 de Enero del año 2014.--Vista la solicitud que antecede. Se acuerda de conformidad. Agréguese a su Expediente. Expídase la copia certificada
solicitada con inserción del pedimento y del presente auto y entréguese al interesado. Líbrese copias a los fines establecidos en el Artículo 226 del Código de Comercio.--- Derechos Cancelados según Planilla Nº 263.20114.1.276.--- Fdo.:
Ilegible.--- REGISTRADOR MERCANTIL ENCARGADO.- Abg. JOSÉ GREGORIO GONZALEZ.--- ESTA PÁGINA PERTENECE A: PANTHERS CORPORATION.- Número de expediente: 2530.---- SAREN.- SERVICIO AUTÓNOMO DE
REGISTROS Y NOTARÍAS.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.--TRANSCRIPCIÓN DE SOLICITUD RM No. 263.--- REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL
PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.---- RM No. 263.- 203º y 154º.--- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.--- REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DEL ESTADO ANZOÁTEGUI..--- Municipio Simón Rodríguez, 31 de Mayo del Año 2013.--- Por presentado el anterior documento por su FIRMANTE, para su
inscripción en el Registro Mercantil y fijación. Hágase de conformidad, y ARCHIVESE original. El anterior documento
visado por el Abogado EDUARDO ALBERTO PADRON PAREDES IPSA N.: 89666, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 15, TOMO – 10-A RM2DOETG.- Derechos pagados BS: 567,10 Según Planilla RM No.
26300038518, Banco No. 89704619 Por BS: 128,40. La identificación se efectuó así: JOSE MANUEL PADRON PINTO,
C.I. V-3.850.243.- Abogado Revisor: RICARDO JOSÉ GONZALEZ VILLARROEL.--- Fdo.: Ilegible.--- REGISTRADOR
MERCANTIL ENCARGADO.- Abg. JOSÉ GREGORIO GONZALEZ.--- ESTA PÁGINA PERTENECE A: PANTHER CORPORATION, C.A—Número de expediente: 2530.- DIV/MOD.--- SAREN.- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y
NOTARÍAS.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.--- SOLICITUD DE
COPIA CERTIFICADA: Firmado.- Ilegible.- Abg. Eduardo A. Padron P.- Inpreabogado Nº: 89.666.--- CIUDADANO:--REGISTRADOR MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.- SU
DESPACHO.--- Yo, JOSÉ MANUEL PADRÓN PINTO, Venezolano, Mayor de Edad, con domicilio en El Tigre, Estado
Anzoátegui, Titular de la Cédula de Identidad número: V-3.850.243, suficientemente facultado por el Acta de Asamblea
General Extraordinaria de Accionista de “PANTHERS CORPORATION C.A (PC. C.A)”, de fecha 20 de Mayo de 2013.
Ante usted muy respetuosamente ocurro y expongo: A los fines de su registro, fijación y publicación, presento ante usted, Acta de Asamblea Extraordinaria de dicha empresa.--- Ruego usted, se sirva expedirme dos copias certificadas del
asiento de Registro respectivo a los fines consiguientes.--- En el tigre a la fecha de su presentación.--- Fdo.: Ilegible.--JOSÉ MANUEL PADRON PINTO.--- Cursa fotocopia de la Planilla Única Bancaria No. 26300038518 con Número de
Control 764-1316-5770 (4), emitida en fecha 29/05/13 por el Monto Total de Bolívares 567,10.-, por acto de Venta de
Acciones de Empresa Mercantil ().--- CERTIFICACIÓN: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO
DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.---- RM No. 263 203º y 154º.--- SERVICIO
AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.---
Quien suscribe: CERTIFICA.--- que se ha confrontado la Copia Certificada Fotostática constante de diez (10) folio(s),
que a continuación se reproducen, y que es traslado fiel y exacto del Documento inscrito bajo el Número: 15 – ACTAS
DE ASAMBLEAS, TOMO 0-A-2013 RM2DOETG., DE FECHA: 31/05/2013.- CORRESPONDIENTE A LA EMPRESA:
PANTHERS CORPORATION, C.A.- Que se encuentran insertos al Expediente Nº: 2530.--- Con fecha: MUNICIPIO SIMÓN RODRÍGUEZ, 20 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.--- CERTIFICA, igualmente que esta Copia Certificada Fotostática ha sido elaborada en esta oficina por el funcionario: YSLEYER JOSEFINA PUERTA MALAVE.--- Con
Cédula de Identidad Nº: V-8.965.534.--- Persona autorizada por mí para hacerla y quien suscribe cada una de las páginas de la presente certificación.--- Fdo.: Ilegible.--- REGISTRADOR MERCANTIL ENCARGADO.- Abg. JOSE GREGRIO GONZALEZ.---- Cursa cuatro timbres fiscal.---- Cursa fotocopia de la Planilla Única Bancaria No. 245 00219202
con Número de Control 488-0000-0000, emitida en fecha 08/03/16 por el Monto Total de Bolívares 2478.-, por acto de
Certificación de Venta de acciones.--- LEGALIZACIÓN: Membrete: SAREN.- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS
Y NOTARÍAS.- Ministerio del Poder Popular para RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.--- REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, Y JUSTICIA Y
PAZ.--- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS (SAREN) REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.--- SE LEGALIZA LA FIRMA DEL (LA) CIUDADANO(A): ABG. JOSÉ GREGORIO GONZALEZ.- Quien para
la fecha del acto que se suscribe: Certificación Venta de Acciones Nº 15, Tomo 10-A, Año 2.014, es (era): --- REGISTRADOR MERCANTIL SEGUNDO ENCARGADO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.--La presente Legalización no prejuzga acerca de ningún extremo de fondo ni de forma.--- timbre Fiscal (1 U.T.) PUB Nº
245-00219202.- Barcelona, 08 de Marzo de 2.016.--- REGISTRADOR PRINCIPAL(S).--- Fdo.: Ilegible.- ABOGADA
MÓNICA AHIMAR MENDOZA MARTÍNEZ.--- Sello: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL
PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ.- OFICINA Nº 245.- REGISTRO – ilegible.--LEGALIZACIÓN: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ.--- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.---- Se legaliza la
firma que antecede del (la) ciudadano(a) ABG. MÓNICA AHIMAR MENDOZA MARTÍNEZ.- Quien es como se titula,
Registradora Principal (S) del Estado Anzoátegui.- Se advierte que la presente legalización no prejuzga acerca de Ningún otro extremo de fondo ni de forma.- Caracas, 08 de Marzo de 2016.--- 205º, 157º y 16º.--- Por el Ministro, Fdo.:
Ilegible.--- NELSON JOSÉ GARCÍA.- DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.--- Sello: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES JUSTICIA Y PAZ.---- COORDINACIÓN DE LEGALIZACIÓN.- CONSULTORÍA JURÍDICA.- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.--- Decreto Nº 1.979 del 04 de septiembre de 2015, publicada en la
gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.195 Extraordinaria de la misma fecha y, Resolución Nº 162
del 09 de septiembre de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.743 del
10 de septiembre de 2015.--- Documento firmado electrónicamente con el mismo valor probatorio que la ley otorga a los
documentos escritos, según artículo 4º de la Ley de Mensajes de Datos y firmas Electrónicas.--- CERTIFICACIÓN:
Membrete: Gobierno Bolivariano de Venezuela.--- Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores.--- Fecha
Impresión: 17/03/2016.- Hora Impresión: 12:25:10.--- No. 00224386.- Código de Barras: 0000820093.--- No. 00224386.Sello No. 00099834.--- REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
RELACIONES EXTERIORES OFICINA DE RELACIONES CONSULARES.--- APOSTILLE.- Convention de La Haye du
5 Octubre 1961.- 1.- País VENEZUELA.- El presente documento público: 2.- Ha sido suscrito por: NELSON JOSÉ
GARCÍA.--- 3.- Actuando en su calidad de: DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y
NOTARÍAS.--- 4. Llevando el sello/timbre de: M.P.P PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ.--- Certificado.- 5.- En Caracas: 17-03-2016.- 6.- Por el Ministro: ---7.- No. 00099834.- 8.- Sello/Timbre.- 9.- Firma.- Fdo.: Ilegible.- Luis Beltran Blanco.- Coordinador de Consulados Nacionales.- G.O. 40.036 del 25/10/2012 Res. DM Nº 183.--0001289987.- Se advierte que la presente apostilla no prejuzga acerca de ningún otro extremo de fondo ni de
forma.--- AUTORIDAD CERTIFICANTE.--- Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores Coordinación del
Area de Consulados Generales.- Luis Beltran Blanco.- 2016-03-17 11:13:10-04:30.--- PARA VALIDAR LA AUTENTICIDAD INGRESE ESTE CÓDIGO: NV37945222016224386.- EN https://validarlegalizaciones.mppre.gob.ve.--- TIPO DE
ACTUACIÓN: ACTA DE ASAMBLEA.- TITULAR: V-3.794.522 DOMINGA NATALIA ZAMBRANO DE CABANZO.MPPRE-2161FB1AD5C502FC923EB29E636B03A1.--- Este documento ha sido *firmado Electrónicamente*, cumpliendo con el *Decreto Ley de Mensaje de Datos y firma electrónica, * de fecha 10 de febrero de 2001, publicado en la
*Gaceta Oficial** Nº 37.148, del 28 de febrero del 2001.--- SELLO DE LEGALIZACIÓN CONSULAR: Escudo de Bolivia.EMBAJADA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.- SECCIÓN CONSULAR DE VENEZUELA.- TASA: DC-2
$US. 150 $US.- Se legaliza la firma y rúbrica del señor(ra): Luis Beltran Blanco.--- Coordinador de Consulados Nacionales Min. PP para Relaciones Exteriores Venezuela.--- La presente legalización no prejuzga el contenido del documento.--- Caracas, 31 de Marzo 2016.--- Firma y Sello: S.S. Deysi Gutiérrez Murillo.- ENCARGADA DE ASUNTOS CONSULARES.- Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia.- ante la República Bolivariana de Venezuela.--- Cursa adherido
seis timbres consulares por valor total de $us. 150.- anulados por sellos de la Embajada del Estado Plurinacional de
Bolivia.--- SELLO DE LEGALIZACIÓN MINISTERIAL: EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.- VICEMINISTERIO DE GESTIÓN INSTITUCIONAL Y CONSULAR DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE SANTA CRUZ, CERTIFICA
que la firma de: Deysi Gutiérrez M. guarda similitud con la que cursa en nuestro registro.--- Santa Cruz – Bolivia 14 ABR
2016.- SE LEGALIZA LA FIRMA NO EL CONTENIDO DEL DOCUMENTO.--- Sello: MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES.- DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL SANTA CRUZ.- BOLIVIA.--- Firma y Sello: Lic. Zamira J. Orellana
burgos.- ENC. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL SANTA CRUZ.- Ministerio de
Relaciones Exteriores.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------***************************************************************************************************************************************
TRANSCRIPCIÓN DEL ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA:--- ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTA DE PANTHERS CORPORATION, C.A. DE FECHA 29 DE JULIO DE 2014.--- Yo,
JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES, venezolano, mayor de edad, Ingeniero, Titular de la Cédula de Identidad Nro:
V-13.751.343, de este domicilio, actuando en este acto en mi carácter de Presidente, de la Sociedad Mercantil “PANTHERS CORPORATION C.A (PC. C.A)”, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción
Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha dieciocho (18) de Febrero de 2000, anotada bajo el Numero: 25, Tomo: 2-A,
certifico que el Acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original la cual corre inserta al Libro de
Asamblea, y la misma dice así: En el día de hoy Veintinueve (29) de Julio de 2014, siendo el día y la hora para celebrar
la Asamblea General Extraordinaria de Accionista de “PANTHERS CORPORATION C.A (PC. C.A)”, Ubicada en El Tigre,
Estado Anzoátegui, los Socios JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES, JOSE MANUEL PADRON PINTO, VICTOR ANTONIO SANTORO LOPRIARE, JOSE MANUEL PADRON PAREDES y EDUARDO ALBERTO PADRON PAREDES,
Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de la Cédulas de Identidad Números: v-13.751.343 (Rif-137513435), v3.850.243 (Rif-038502430), v-8.730.155 (Rif-087301555),v-12.014.622 (Rif - 120146226) y v-14.641.627 (Rif146416272), respectivamente, propietarios de la totalidad de las acciones de dicha empresa, estando presente se hace
innecesaria la convocatoria previa, a fin de realizar la Asamblea General Extraordinaria de Accionista, puntos a tratar:
PRIMERO: Reforma de la Clausula Segunda; SEGUNDO: Reforma de la Clausula Tercera; Seguidamente se decidió a
Liberar el Orden del Día: toma la palabra el Presidente, el ciudadano: JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES, y somete
a consideración de la Asamblea de Accionista, EL PRIMER PUNTO DEL DIA: Reforma de la Clausula Segunda, quedando reformada de la siguiente manera: El domicilio de la Compañía sera: Modulo 1, Primer Nivel. Ubicado en el inmueble del Centro Comercial denominado PASEO LOS PINOS CENTRO COMERCIAL, Avenida Intercomunal El Tigre-San José de Guanipa, Sector El Roble de la ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui. SEGUNDO PUNTO DEL DIA:
Reforma de la Cláusula Tercera, quedando reformada de la siguiente manera: el Objeto principal de la Compañía será:
todo lo relacionado con el movimiento de tierra, reforestación, paisajismo, remodelación y mantenimiento de áreas verdes, transporte de ripios in situ y fuera del área de generación, transporte de materiales, sustancias y de desechos pe ligrosos y no peligrosos, de productos químicos de efluentes industriales y domésticos, de aguas saladas, lodos, base
agua, base aceite, asfalto, aguas blancas, servidas (negras y grises), alquiler de baños portátiles, tratamiento y manejo
de ripios base agua, base aceite, lodos aceitosos, fluidos de perforación elaborados en base a aceites minerales o que
contengan hidrocarburos, mediante biotratamiento o landfarming, esparcimiento en suelos, inyección de efluentes industriales (agua salada/lodos)en acuíferos no aprovechables, saneamiento y cegado de fosas de perforación, almacenamiento temporal y disposición final de desechos y materiales peligrosos,^ tratamiento de efluentes industriales y
efluentes domésticos, incineración de desechos y materiales peligrosos, limpieza de tanques de almacenamiento de
hidrocarburos laborados en base a aceites minerales o que contengan hidrocarburo, fluidos de perforación, tambores,
tanquillas, equipos, líneas tapadas, limpieza y recuperación de crudos, saneamiento y recuperación de áreas afectadas
por derrames de hidrocarburos y productos químicos; instalación y mantenimiento de bombas de inyección, venta y alquiler de plantas de tratamiento para aguas domesticas e industriales, construcción e instalación de acueductos, alcantarillados de aguas servidas, construcción e instalación de gasoductos; perforación; construcción, limpieza y mantenimiento de pozos de agua, saneamiento integral de fundos; control de erosión en sitios para protección de
infraestructuras operacionales; así como también podrá prestar servicios ambientales en todas las fases de la industria
petrolera; representación y administración de empresas extranjeras y nacionales, de acuerdo a mutuo convenio con
estas, así como cualquier otra actividad de licito comercio conexa con el objeto social principal; explotación de ramo de
construcciones de obras mecánicas y civiles, mecánica en general, instrumentación, soldadura en general, pintura,
electricidad, mantenimiento y servicios de instalaciones, de equipos y bienes, alquiler, ventas de equipos y herramientas
petroleras, fabricación y construcción de estructuras metálicas o metalúrgicas. Construcción y mantenimiento de vías de
penetración, carreteras, pasos peatonales, bacheos alumbrados, oleoductos, acueductos, depósitos reservorio de
aguas, cloacas, parques, jardines, áreas verdes, fiscalización, control de obras y servicios, transporte de personal, bienes, hidrocarburos, sus productos o derivados y equipos pesados servicios, y perforación de pozos petroleros, movimientos de tierras, ventas de equipos eléctricos, montajes motocompresores; Compra, venta, exportación, importación
y fabricación de equipos relacionada con partes y accesorio para maquinaria, equipos e instalaciones eléctricas, mecánicas, accesorios de montajes, pernos sin cabeza, uniones, empalmes, mechas forjadas para roscas, de filtros, purificadores, centrifugadores, equipos materiales e implementos de seguridad, conductores eléctricos, fibras ópticas, lamparas
eléctricas, equipos de iluminación, equipos sistemas aparatos eléctricos y sus partes, equipos de instrumentación y
control, productos forjados o moldeados; Inspeccionar, supervisar y/o gerenciar obras, ^proyectos y similares, así como
instalaciones mantenimiento y montaje de líneas eléctricas, civiles, construcción de obras civiles, mecánicas, eléctricas
e industriales; Prestar servicios de asesoría técnica o servicios tecnológicos, Representar fabricas nacionales o extranjeras o cualquier tipo de representación comercial; Prestar servicios de ingeniería en las diciplinas: mecánica, electricidad, instrumentación, civil, es decir, incluye el servicios de actividades complementarias; Suministro de personal técnico
y profesional para trabajar en el desarrollo de proyectos de ingenerias conceptuales; Manejo de sustancias, materiales
y desechos peligrosos ejecutando las actividades relativas a transporte, almacenamiento y aplicación de productos
químicos de uso domestico, sanitario e industrial: plaguicidas, pinturas, labores relacionadas con el uso; Manejo, preparación, transporte, almacenamiento temporal y aplicación de pinturas, saneamiento ambiental mediante cegado de fosas, limpieza de tanques, recolección de derrames de petroleo y suelos contaminados, la recolección y transporte de
lodos y ripídos de perforación, restos de hidrocarburos y agua petrolizadas; Mantenimiento de sistemas de protección
contra incendios; Transporte dentro y fuera del país, tanto urbano como extra-urbano de carga en general por vía terrestre, marítima o fluvial por las rutas nacionales o internacionales de toda clase de bienes, equipos, maquinarias en general pesada o extra pesado; Transporte de productos, insumo o materias primas; Repuestos para maquinarias pesadas,
así como sus insumos y misceláneos para su mantenimiento como aceites, grasas, lubricantes, combustibles y deriva dos; Compra, venta, exportación, importación, almacenamiento y depósito de tuberías, taladros de perforación, elementos de unión y accesorios para tuberías, rodamientos, válvulas, equipos de izamiento y elevación; Compra, venta, exportación, importación, instalación, mantenimiento, Almacenamiento y depósito de equipos de refrigeración, climáticos,
plantas potabilizadoras y de tratamiento de agua; plantas de asfalto y concreto, plantas procesadoras de alimentos.
Todo lo antes mencionado pudiendo realizar actividades conexas con el objeto principal de la sociedad que sean de lícito comercio y que esten relacionados con las áreas: Sector Petrolero, Sector Alimenticio, Sector Agrícola, Industria de
Manufacturas, Sector Metalmecánico, Sector de construcción, Sector público. Se autoriza amplia y suficientemente a
LISBETT D. CANELON MATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.066.811. Para que
realice todos los trámites pertinentes para el registro de la presente acta por ante el registro mercantil correspondiente.
NO habiendo otro punto que tratar se cierra la sesión previa lectura y conforme firman.--- Fdo.: JOSVIL DANIEL PADRON PAREDES.---- Fdo.: EDUARDO ALBERTO PADRÓN PAREDES.---- Fdo.: VICTOR ANTONIO SANTORO LOPRIARE.--- Fdo.: JOSE MANUEL PADRON PAREDES.- Fdo.: JOSÉ MANUEL PADRÓN PINTO.--- Cursa Comprobante
de Depósito No. 922705037, por la suma total de 152.40.- Cursa ocho timbres fiscal.--- CERTIFICACIÓN: MUNICIPIO
SIMÓN RODRÍGUEZ, 31 DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE (FDOS.).--- LISBETT DALIA CANELON MATA, Abg.
JOSE GREGORIO GONZALEZ SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO. 263.2014.3.1154.---- Fdo.: Ilegible.--- Abg. JOSE GREGORIO GONZALEZ.- REGISTRADOR MERCANTIL
ENCARGADO.--- TRANSCRIPCIÓN DE SOLICITUD: Membrete.- REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.---- RM No. 263.- 203º y 155º.--SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.--- REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.--- Municipio Simón Rodríguez, 31 de Julio del año 2014.--- Por la presentada la anterior participación por
su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese
el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento visado por el Abogado EDUARDO ALBERTO PADRON PAREDES IPSA N.: 89666, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 53, TOMO – 20-A RM2DOETG. Derechos pagados BS: 444,50 Según
Planilla RM No. 26300053320, Banco No. 922705037 Por BS: 152,40. La identificación se efectuó así: LISBETT DALIA
CANELON MATA, C.I.: V-10.066.811.--- Abogado Revisor: RICARDO JOSE GONZALEZ VILLARROEL.—REGISTRADOR MERCANTIL ENCARGADO.- FDO. Abg. JOSE GREGORIO GONZALEZ.--- ESTA PÁGINA PERTENECE A: PANTHERS CORPORATION, C.A. Número de expediente: 2530.- MOD.-- SAREN.- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.----------SOLICITUD DE COPIA CERTIFICADA: Firmado.- Ilegible.- Eduardo Padron Paredes.- ABOGADO.- IPSA 89666.--CIUDADANO:--- REGISTRADOR MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.--- SU DESPACHO.- Yo, LISBETT D. CANELÓN MATA, venezolana, mayor de edad, con domicilio en El
Tigre, Estado Anzoátegui, titular de la cédula de identidad personal v-10.066.811 y rif 100668110, suficientemente facultado por el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionista de “PANTHERS CORPORATION C.A (PC. C.A)” de
fecha 29 de julio de 2014. Ante usted muy respetuosamente ocurro y expongo: A los fines de su registro, fijación y publicación, presento ante usted, Acta de Asamblea Extraordinaria de dicha empresa, en los cuales consta los siguientes
puntos: PRIMER PUNTO: Modificación de la cláusula segunda. SEGUNDO PUNTO: Modificación de la cláusula tercera.--- Ruego usted, se sirva expedirme dos copias certificadas del asiento de Registro respectivo a los fines consiguientes.---- En El Tigre a la fecha de su presentación.---- Fdo.: LISBETT D. CANELÓN MATA.--- TRANSCRIPCIÓN DE
SOLICITUD.--- REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.---- RM No. 263.- 204º y 155º.--- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.--- REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.--- Abg. JOSE GREGORIO GONZALEZ,
REGISTRADOR MERCANTIL ENCARGADO.- CERTIFICA.- Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 20-A RM2DOETG. Número: 53 del año 2014, así como La Participación,
Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente:--2530.--- ESTE FOLIO PERTENECE A:--- PANTHERS CORPORATION, C.A.- Número de expediente: 2530.--- SAREN.SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES
INTERIORES Y JUSTICIA.--- Cursa fotocopia de la Planilla Única Bancaria No. 26300053320 con Número de Control
042-3160-0766 (Z), emitida en fecha 31/07/14 por el Monto Total de Bolívares 444,50.-, por acto de Modificación al
Documento de Empresa Mercantil ().--- Cursa otra fotocopia de la Planilla Única Bancaria No. 245 00219201 con Número de Control 488-0000-0000, emitida en fecha 08/03/16 por el Monto Total de Bolívares 2478.-, por acto de Modificación Documento # 53.--- LEGALIZACIÓN: Membrete: SAREN.- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.- Ministerio del Poder Popular para RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.--- REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, Y JUSTICIA Y PAZ.--- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS (SAREN) REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.--SE LEGALIZA LA FIRMA DEL (LA) CIUDADANO(A): ABG. JOSÉ GREGORIO GONZALEZ.- Quien para la fecha del
acto que se suscribe: Certificación Modificación al Documento de Registro Mercantil Nº 53, Tomo 20-A, Año 2.014, es
(era): --- REGISTRADOR MERCANTIL SEGUNDO ENCARGADO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.--- La presente Legalización no prejuzga acerca de ningún extremo de fondo ni de forma.--- timbre
Fiscal (1 U.T.) PUB Nº 245-00219201.- Barcelona, 08 de Marzo de 2.016.--- REGISTRADOR PRINCIPAL(S).--- Fdo.:
Ilegible.- ABOGADA MÓNICA AHIMAR MENDOZA MARTÍNEZ.--- Sello: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ.- OFICINA Nº 245.- REGISTRO – ilegible.--- LEGALIZACIÓN: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ.--- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y
NOTARÍAS.---- Se legaliza la firma que antecede del (la) ciudadano(a) ABG. MÓNICA AHIMAR MENDOZA MARTÍNEZ.Quien es como se titula, Registradora Principal (S) del Estado Anzoátegui.- Se advierte que la presente legalización no
prejuzga acerca de Ningún otro extremo de fondo ni de forma.- Caracas, 08 de Marzo de 2016.--- 205º, 157º y 16º.--- Por
el Ministro, Fdo.: Ilegible.--- NELSON JOSÉ GARCÍA.- DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.--- Sello: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA RELACIONES INTERIORES JUSTICIA Y PAZ.---- COORDINACIÓN DE LEGALIZACIÓN.- CONSULTORÍA JURÍDICA.- SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS.--- Decreto Nº 1.979 del 04 de septiembre de 2015,
publicada en la gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.195 Extraordinaria de la misma fecha y,
Resolución Nº 162 del 09 de septiembre de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.743 del 10 de septiembre de 2015.--- Documento firmado electrónicamente con el mismo valor probatorio
que la ley otorga a los documentos escritos, según artículo 4º de la Ley de Mensajes de Datos y firmas Electrónicas.--CERTIFICACIÓN: Membrete: Gobierno Bolivariano de Venezuela.--- Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores.--- Fecha Impresión: 17/03/2016.- Hora Impresión: 12:25:10.--- No. 00224386.- Código de Barras: 0000820093.-- No. 00224386.- Sello No. 00099833.--- REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER
POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES OFICINA DE RELACIONES CONSULARES.--- APOSTILLE.- Convention de La Haye du 5 Octubre 1961.- 1.- País VENEZUELA.- El presente documento público: 2.- Ha sido suscrito por:
NELSON JOSÉ GARCÍA.--- 3.- Actuando en su calidad de: DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE
REGISTROS Y NOTARÍAS.--- 4. Llevando el sello/timbre de: M.P.P PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA
Y PAZ.--- Certificado.- 5.- En Caracas: 17-03-2016.- 6.- Por el Ministro: ---7.- No. 00099833.- 8.- Sello/Timbre.- 9.- Firma.- Fdo.: Ilegible.- Luis Beltran Blanco.- Coordinador de Consulados Nacionales.- G.O. 40.036 del 25/10/2012 Res. DM
Nº 183.--- 0001289986.- Se advierte que la presente apostilla no prejuzga acerca de ningún otro extremo de fondo ni de
forma.--- AUTORIDAD CERTIFICANTE.--- Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores Coordinación del
Area de Consulados Generales.- Luis Beltran Blanco.- 2016-03-17 11:13:10-04:30.--- PARA VALIDAR LA AUTENTICIDAD INGRESE ESTE CÓDIGO: NV37945222016224386.- EN https://validarlegalizaciones.mppre.gob.ve.--- TIPO DE
ACTUACIÓN: ACTA DE ASAMBLEA.- TITULAR: V-3.794.522 DOMINGA NATALIA ZAMBRANO DE CABANZO.MPPRE-8109189EDD7F10F9FAFD1CD4A19F24A3.--- Este documento ha sido *firmado Electrónicamente*, cumpliendo con el *Decreto Ley de Mensaje de Datos y firma electrónica, * de fecha 10 de febrero de 2001, publicado en la
*Gaceta Oficial** Nº 37.148, del 28 de febrero del 2001.--- SELLO DE LEGALIZACIÓN CONSULAR: Escudo de Bolivia.EMBAJADA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.- SECCIÓN CONSULAR DE VENEZUELA.- TASA: DC-2
$US. 150 $US.- Se legaliza la firma y rúbrica del señor(ra): Luis Beltran Blanco.--- Coordinador de Consulados Nacionales Min. PP para Relaciones Exteriores Venezuela.--- La presente legalización no prejuzga el contenido del documento.--- Caracas, 31 de Marzo 2016.--- Firma y Sello: S.S. Deysi Gutiérrez Murillo.- ENCARGADA DE ASUNTOS CONSULARES.- Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia.- ante la República Bolivariana de Venezuela.--- Cursa adherido
seis timbres consulares por valor total de $us. 150.- anulados por sellos de la Embajada del Estado Plurinacional de
Bolivia.--- SELLO DE LEGALIZACIÓN MINISTERIAL: EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.- VICEMINISTERIO DE GESTIÓN INSTITUCIONAL Y CONSULAR DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE SANTA CRUZ, CERTIFICA
que la firma de: Deysi Gutiérrez M. guarda similitud con la que cursa en nuestro registro.--- Santa Cruz – Bolivia 14 ABR
2016.- SE LEGALIZA LA FIRMA NO EL CONTENIDO DEL DOCUMENTO.--- Sello: MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES.- DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL SANTA CRUZ.- BOLIVIA.--- Firma y Sello: Lic. Zamira J. Orellana
burgos.- ENC. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL SANTA CRUZ.- Ministerio de
Relaciones Exteriores.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------***************************************************************************************************************************************
TRANSCRIPCIÓN DE MEMORIAL: SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO.--- Solicita Orden Judicial que indica.- Otrosies.- Su contenido.--- JOSÉ MIGUEL ROMERO, con Cédula de Identidad para Extranjeros No.
4799101, de nacionalidad Argentina, mayor de edad y hábil por derecho, en representación de la sociedad PANTHERS
CORPORATION C.A (PC. C.A), sociedad legalmente establecida bajo las leyes de la República Bolivariana de Venezuela, ante su Autoridad, respetuosamente expongo y pido:---- Para fines que por derecho nos corresponde, en mi calidad
de Representante Legal conforme se acredita del Poder que se acompaña al presente y a fin de dar cumplimiento con
lo que establece el Art. 416, inc. 1) del Código de Comercio (Requisitos para el Ejercicio Habitual de Actos de Comercio)
1) Protocolizar, previa orden judicial, en una notaría del lugar designado para su domicilio en la República, el contrato
constitutivo de sociedad, sus modificaciones, sus estatutos y reglamentos que acrediten su existencia legal en el país
de origen, así como la autorización legal o resolución del órgano administrativo competente de la sociedad para establecer sucursal o representación permanente en el país, con la designación de la persona o personas que tengan la representación de la sociedad, con poderes amplios y suficientes para realizar todos los actos comprendidos en el objeto
social, los mismos que tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad para todos los efectos legales,
solicitó a su Autoridad ordene la PROTOCOLIZACIÓN de los documentos que se encuentran en idioma español por
ante cualquier Notaría de Fe Pública de esta ciudad, consistente en:--- 1. Escritura de Constitución de PANTHERS
CORPORATION C.A (PC. C.A).--- 2. Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas que resuelve la apertura
de la sucursal en Bolivia y.--- 3. Ocho (8) Actas de Asambleas Generales Extraordinaria de Accionistas que resuelve la
modificación de los Estatutos de PANTHERS CORPORATION C.A (PC. C.A).--- Documentos que se encuentran debidamente otorgados y legalizado por ante el Consulado General de Bolivia en la República Bolivariana de Venezuela y
por ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, Viceministerio de Gestión Institucional y Consular, Dirección Departamental de Santa Cruz - Bolivia.--- Esta petición la realizamos en amparo a lo que dispone el Art. 24 de la Constitución
Política del Estado, Art. 416, inc. 1) del Código de Comercio, Art. 1294 numeral I del Código Civil.--- Otrosí Primero.- La
abogada que suscribe en cuanto a honorarios profesionales, se atiene a lo dispuesto por el Arancel Mínimo de colegio
de Abogados de La Paz.—Otrosí Segundo.- Señalo domicilio, en la Secretaria del juzgado.--- Justicia, etc.--- La Paz, 22
de abril de 2016.--- p.p. PANTHERS CORPORATION C.A. (PC. C.A.)---- Fdo.: José miguel romero.- Representante
Legal.--- Firma y Sello: Alba Soria Maldonado.- ABOGADA.- M.C.A. 10247*R.P.A. 4742821ANSM.----- La Paz, 28 de
Abril de 2016.--- EN LO PRINCIPAL Y OTROSI.- En estricta observancia del art. 18 de la Ley N° 2341, Ley de Procedimiento Administrativo, en virtud del cual se establece el derecho que tiene toda persona de acudir directamente ante las
Instituciones Publicas a solicitar determinada documentación, obtener certificados o copias legalizadas, cualquiera que
sea la forma de expresión; en la que tengan interés legitimo.--- Asimismo, toda vez que el derecho a la información tiene
relación directa con el derecho fundamental de las personas a formular peticiones individuales o colectivamente, reconocido en el Art. 24 de la Constitución Política del Estado; el interesado puede acudir directamente a la Institución de
referencia y recibir respuesta oportuna a su pretensión.--- En consecuencia SE RECHAZA la orden judicial impetrada.--AL OTROSI SEGUNDO.- Por señalado domicilio procesal debiendo observar lo previsto en el art. 82 y siguientes del
nuevo Código Procesal Civil.---- Firma y Sello: Dr. Victor L. Guaqui C.- Juez Público Civil y Comercial 11º.- TRIBUNAL
DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.- LA PAZ – BOLIVIA.--- Firma y Sello: Ante Mi: Dra. Lourdes Karina Larrea Alvarado.SECRETARIA – ABOGADA.--- JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 11º.- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE
JUSTICIA.- LA PAZ – BOLIVIA.--- TRANSCRIPCIÓN DE MEMORIAL: SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL
11VO. NUREJ: 2057581.- Solicita desglose y fotocopias legalizadas.—Otrosí.- Autorización.—JOSE MIGUEL ROMERO, con Cédula de Identidad para Extranjeros No. 4799101, de nacionalidad Argentina, mayor de edad y hábil por derecho, en representación de la sociedad PANTHERS CORPORATION C.A. (PC. C.A.), sociedad legalmente establecida
bajo las leyes de la República Bolivariana de Venezuela, ante su Autoridad, respetuosamente expongo y pido:---- Señor
Juez, conforme el estado del proceso, siendo rechazada la orden judicial, solicito el desglose de toda la documentación
original que cursa en obrados. Asimismo tengo a bien solicitar se me extienda fotocopia legalizada de la providencia de
fecha 28 de abril de 2016, cursante a fs. 129 de obrados, corriendo de mi parte con todas las formalidades de ley que
correspondan.--- OTROSI 1.- tengo bien poner en conocimiento que mi persona, AUTORIZA a la Dra. ALBA NAIRA
SORIA MALDONADO, con C.I. No. 4742821 LP, y R.P.A. 4742821ANSM – M.C.A. 10247, para que pueda recoger la
documentación original así como las fotocopias legalizadas solicitadas, téngase presente por su autoridad.---- Justicia,
etc. La Paz, 29 de abril de 2016.--- p.p. PANTHERS CORPORATION C.A. (PC. C.A).---- Fdo.: JOSÉ MIGUEL ROMERO.- Representante Legal.--- Firma y Sello: Alba Soria Maldonado.- ABOGADA.- M.C.A. 10247*R.P.A. 4742821ANSM.---- La Paz, 04 de Mayo de 2016.- A LO PRINCIPAL.- Por secretaria del juzgado procédase al desglose de la documentación presentada, debiendo quedar en su lugar fotocopias simples, debiendo hacer su entrega a la parte interesada
bajo constancia escrita en obrados y sean previas las formalidades de ley.--- En mérito al memorial que antecede, por
Secretaria del Juzgado extiéndase la fotocopia legalizada solicitada de la providencia de 28 de abril de 2016 cursante a
fs. 129 de obrados, de conformidad al Artículo 1311 del Código Civil, debiendo quedar constancia en obrados. Sea
previa formalidades de ley.--- AL OTROSI.- En mérito a la solicitud que antecede, Téngase presente y se Autoriza el
recojo de documentos originales y fotocopia legalizada pro parte de ALBA NAIRA SORIA MALDONADO.- con CI. No.
4742821 L.P., bajo responsabilidad de la partes solicitante. Bajo constancia escrita en obrados.--- Firma y Sello: Dr.
Victor L. Guaqui C.- Juez Público Civil y Comercial 11º.- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.- LA PAZ – BOLIVIA.--- Firma y Sello: Ante Mi: Dra. Lourdes Karina Larrea Alvarado.- SECRETARIA – ABOGADA.--- JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 11º.- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.- LA PAZ – BOLIVIA.--- FORMULARIO DE
CITACIONES Y NOTIFICACIONES: ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.- ESCUDO DE BOLIVIA.- CITACIONES
Y NOTIFICACIONES.- LEY Nº 212 DE 23 DE DICIEMBRE DE 2011 (ART. 7 PARÁGRAFO II) Y CIRCULAR Nº 02/2012
– PTDJ.--- En la ciudad de La Paz a horas: 17:45 del día jueves 5 de mayo de 2016 años notifique a señor Jose Miguel
Romero.- con Prov. Fs. 131.--- quien impuesto de su tenor se dio por notificado recibiendo la copia de ley en Secretaria
de juz. firma la Abogado.- en constancia.--- CERTIFICO: Firma y Sello: Alba Soria Maldonado.- ABOGADA.- M.C.A.
10247*R.P.A. 4742821ANSM.---- Firma y Sello: Marcia M. Monrroy Mamani.- OFICIAL DE DILIGENCIAS.- Juzgado
Público Civil y Comercial 11º.- La Paz – Bolivia.--- SELLO DE LEGALIZACIÓN: LEGALIZACIÓN: Las presentes fotocopias son copia fiel del original, a las que me remito en caso necesario una vez confrontadas las legalizo en conformidad
a la disposición legal del Art. 1311 del Código Civil.--- Son 4 – (Cuatro) fojas legalizadas.--- La Paz, 06 de Mayo de
2016.--- Firma y Sello: Dra. Lourdes Karina Larrea Alvarado.- SECRETARIA.--- JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 11º.- LA PAZ – BOLIVIA.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------***************************************************************************************************************************************
CONCLUSIÓN.- Es conforme con la minuta original y documentos insertos, los mismos que numerados y rubricados
por mí el suscrito Notario de Fe Pública, han sido agregados a la colección de documentos de su clase de acuerdo a la
Ley Nº 483 (Ley del Notariado Plurinacional).En consecuencia, los comparecientes, aprueban y se ratifican en el tenor
de la presente escritura pública, obligándose a su fiel y estricto cumplimiento y en su testimonio, en la vía y forma que
más haya lugar en derecho firman e imprimen huellas digitales.- DOY FE. ----------------------------------------------------------Firmado:JOSÉ MIGUEL ROMERO.- C.I. Ext. No. 4799101.- Representante General de la sociedad mercantil PanthersCorporation C.A (PC. C.A).-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y sello: FÉLIX OBLITAS GARCÍA -- NOTARIA DE FE PÚBLICA DE 1ra. CLASE No. 069 07201220 -- LA PAZ
- BOLIVIA.- UN SELLO NOTARIAL --------------------------------------------------------------------------------------------------------------***************************************************************************************************************************************
C O N C U E R D A.- El presente testimonio duplicado con la escritura matriz de su referencia al que en caso necesario
me remito, el mismo que confrontado fiel y legalmente, autorizo en la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes
de mayo del año dos mil dieciséis. DOY FE.---------------------------------------------------------------------------------------------------