Nota informativa

PONENCIA DE VALORES 2016
Catastro comienza a notificar los
nuevos valores catastrales de los
inmuebles del municipio de Cuenca
La notificación electrónica permitirá al titular de
un inmueble (vivienda, garaje, local comercial,…)
conocer su valor actualizado en el momento
que desee, utilizando la firma electrónica o la
clave de acceso comunicada
por
la
Gerencia
del Catastro y sin necesidad de moverse de su
domicilio
Nota informativa
01/09/2016
Los titulares de los inmuebles ubicados en el municipio de Cuenca ya
pueden obtener a través de Internet la notificación electrónica de los
nuevos valores catastrales que serán efectivos a partir del
próximo 1 de enero de 2017.
Todos los titulares recibirán una carta con una clave que
le permitirá descargarse la notificación. ES IMPORTANTE CONSERVAR
LA CARTA.
La clave le permitirá descargarse, en cuatro sencillos pasos, la
notificación conectándose a INTERNET a través de la página Web del
Catastro.
La notificación no es un recibo, no es necesario pagar ahora. En el
recibo del próximo año se apreciará la subida o, en su caso, bajada.
En caso de incremento se aplicará poco a poco a lo largo de los
próximos diez años, comenzando en 2017
SISTEMA RÁPIDO Y SENCILLO
Para acceder a la notificación, el usuario deberá identificarse mediante DNI
electrónico o firma electrónica desde cualquier ordenador con acceso a
Internet, o bien utilizar la clave de acceso comunicada por correo a cada
uno de los titulares catastrales de los bienes inmuebles ubicados en los
municipios arriba indicados.
En caso de no disponer de acceso a Internet, si no dispone de firma
electrónica, si no le ha llegado la comunicación de la clave de acceso, o la
ha perdido, puede dirigirse a cualquiera de los puntos de información
catastral abiertos para consulta e información:
PUNTOS DE INFORMACIÓN. Horario de 09:00 a 14:00.
De 12 de septiembre al 30 de septiembre y del 24 de octubre al
11 de noviembre de 2016
CENTRO SOCIAL DE VILLA ROMAN. Calle Rio Fresneda s/n. 16004
CUENCA
CENTRO JÓVEN. Avenida Reyes Católicos 35. 16003 CUENCA
GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO. Avenida República Argentina
29. 16002 CUENCA
Nota informativa
GERENCIA TERRITORIAL DE CATASTRO CUENCA. Parque de San
Julián, 19. 16002 CUENCA
El procedimiento que el usuario ha de seguir para conocer el nuevo valor
catastral de su vivienda a través del sistema de notificación electrónica es
sencillo y se resume en cuatro pasos.
El primero de ellos es (1) acceder a la Sede Electrónica del Catastro, a
través de la dirección de Internet: https://www.sedecatastro.gob.es. Una
vez abierta la página, el segundo paso será (2) seleccionar el enlace
“Notificación de nuevos valores catastrales”. Entonces se abrirá una
pantalla en la que el usuario tendrá que, como tercer paso, (3) introducir
su firma electrónica para continuar el proceso o bien la clave de
acceso comunicada al efecto. Los ciudadanos que dispongan de DNI
electrónico tienen la posibilidad de utilizar la firma digital que éste
incorpora, si bien el sistema permitirá la utilización de cualquier otra firma
electrónica reconocida. Una vez completada esta operación, en el cuarto
paso el titular catastral podrá proceder a la (4) descarga del nuevo valor
catastral asignado a sus inmuebles. Esta notificación tendrá el mismo valor
jurídico que la notificación administrativa postal tradicional.
PONENCIA DE VALORES 2016
La Dirección General del Catastro (Gerencia Territorial de Cuenca) ha
puesto en marcha los trabajos para la redacción de una nueva
ponencia de valores.
Una ponencia de valores o procedimiento de valoración colectiva de
carácter general es el proceso mediante el que se actualizan
simultáneamente los valores catastrales de todos los inmuebles de una
misma clase de un municipio con la finalidad de homogeneizarlos
y referenciarlos uniformemente con los valores de mercado.
El artículo 28.2 del TRLCI (Texto Refundido de la Ley del Catastro
Inmobiliario), establece que el procedimiento de valoración colectiva de
bienes inmuebles podrá iniciarse cuando se pongan de manifiesto
diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron
de base para la determinación de los valores catastrales vigentes, ya sea
como consecuencia de una modificación en el planeamiento urbanístico
o de otras circunstancias
Nota informativa
Entre las motivaciones que han aconsejado la redacción de una nueva
ponencia de valores están:
- la actual ponencia fue realizada hace más de 20 años al amparo del
PGOU 1996. Plan del que se han tramitado 48 modificaciones hasta la
fecha actual
- las sustanciales modificaciones que se han producido en el mercado
inmobiliario a lo largo de estos veinte años
- los cambios en los criterios de valoración introducidos por la Ley del
Catastro Inmobiliario de 2004. Entre ellos, por ejemplo, la sustitución del
concepto de “calle-tramo” por el de “zona de valor”, como reflejo de la
estructura de valores del suelo del territorio.
- la precariedad de los sistemas de valoración actuales que no tienen en
cuenta los importantes desarrollos urbanísticos que se han producido.
Los principales datos resumidos que aporta este procedimiento de
valoración colectiva son los siguientes:
1. Los inmuebles en suelo rústico pasan a valorarse como tales y no como
urbanos en rústica. Esto afecta a algo más de 900 inmuebles que ya no
contabilizan en el padrón de urbana.
2. La valoración de inmuebles en suelo urbano se ha realizado dividiendo la
ciudad y pedanías en polígonos y zonas de valor, con base en una serie de
criterios que marca la normativa de la Dirección General de Catastro:
- Coherencia urbanística, tanto desde el punto de vista de calificación del
suelo, como de la tipología de las construcciones.
- Circunstancias administrativas.
- Circunstancias o peculiaridades del mercado que faciliten la valoración al
tomarlas en un entorno homogéneo.
- Circunstancias de carácter económico-social que permitan, en su caso, la
adopción de medidas o la aplicación de coeficientes puntuales que recojan
las posibles alteraciones del valor del mercado.
Nota informativa
- Otras circunstancias debidamente justificadas en las ponencias
de valores.
En el marco de esta división en polígonos, los criterios de
valoración de suelo y construcciones que realiza la Dirección
General de Catastro consideran diversos elementos a tener en
cuenta:
- Localización, respecto de los diferentes focos de atracción, según los
usos.
- Accesibilidad y medios de transporte públicos dentro del polígono
y en relación con el resto de la ciudad.
- Nivel de desarrollo del planeamiento y calidad de los servicios
urbanos.
- Dinámica del mercado inmobiliario, traducido en un mayor o
menor número de operaciones.
- Especificidad de la oferta o moda de la demanda.
- Coste de construcción y tipología constructiva.
- Etc.
De la división de la ciudad en polígonos catastrales resulta una
subida media de valores del 10,31% (aprox.). Esto supone un
incremento de casi 265 millones euros en el valor total de los
inmuebles urbanos, siendo el elemento suelo el que más contribuye
a la subida (21,64% de incremento respecto a 2016)
Nota informativa
El incremento más significativo se da en el polígono CASCO,
con un 42,81% (aprox.). En el polígono INDUSTRIAL los valores se
reducen en un 4,40% (aprox.)
3. Los incrementos en el valor catastral (base liquidable del IBI)
Nota informativa
se aplicarán a los inmuebles a lo largo de 10 años, a razón de un
10% anual desde 2017. Por tanto, hasta 2027 no quedará igualada la
base liquidable con el valor catastral.