INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “MANUEL NÚÑEZ BUTRÓN” de Juliaca REGLAMENTO DE TITULACIÓN 2015 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” REGLAMENTO DE TITULACIÓN I. FINALIDAD: El presente reglamento ha sido desarrollado con la finalidad de Orientar el procedimiento para la titulación de los egresados del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “Manuel Núñez Butrón” de Juliaca y establecer normas que sirvan de base para el proceso de titulación de los estudiantes que han culminado sus estudios y que han desarrollado su Estructura Curricular por Asignaturas y a los que terminaron siguiendo los lineamientos del nuevo DCB Sistema Modular, bajo las siguientes consideraciones: II. OBJETIVOS: 2.1 Normar el procedimiento para la titulación de los egresados del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “MNB”, que ingresaron hasta el 2008 y han desarrollado la Estructura Curricular por Asignaturas. 2.2 Normar el procedimiento para la titulación de los egresados del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “MNB”, cuyo año de ingreso ha sido en el 2009 y que desarrollan el Nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica. 2.3 Normar el procedimiento para la titulación de los egresados del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “MNB”, cuyo año de ingreso ha sido a partir del 2010 y que desarrollan el Nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica. III. BASE LEGAL: Constitución Política del Perú. Ley Nº 29394, Ley de los Institutos y Escuelas de Educación Superior. Ley N° 28044, Ley General de Educación D.S. 028-2007-ED, Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas. D.S. Nº 004-2010-ED, Reglamento de la Ley Nº 29394. R.D. N° 0401-2010-ED, Lineamientos para la Práctica Pre Profesional en Instituto de Educación Superior Tecnológico, que aplican el Nuevo Diseño Curricular Básico de Educación Superior Tecnológica. D.S.Nº 036-85-ED Reglamento para el otorgamiento, expedición e inscripción de títulos a los egresados de Institutos y Escuelas Superiores. R.D. N° 0408-2010-ED, Lineamientos para la Titulación de Egresados de Instituto de Educación Superior Tecnológico, que aplican el Nuevo Diseño Curricular Básico de Educación Superior Tecnológica. R.D. N° 0462-2010-ED, Lineamientos para la Administración del Examen Teórico Práctico de los egresados de Instituciones de Educación Superior que aplican la Estructura Curricular Reajustada por Resolución Directoral N° 819-86-ED y de Instituciones de Educación Superior que Desarrollan el Nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica de Ingresantes en los años 2007, 2008 y 2009. R.D. N° 0411-2010-ED Contenidos Básicos comunes mínimos que deben incluirse en los planes de estudios de las Carreras Profesionales. R.D. N° 0929-2011-ED, que aprueba la Directiva Nº 018-2011-ME/VMGPDIGESUTP/DESTP ”Normas para la aplicación del Nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior, en Instituto de Educación Superior Tecnológica e Instituto de Educación Superior autorizado”. 2 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” IV. ALCANCE: Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “MNB”. V. DISPOSICIONES GENERALES: Títulos que otorga el I.E.S.T.P. “MNB” 5.1. El I.E.S.T.P. “MNB” oferta Nueve (09) Carreras Profesionales de Seis (06) Semestres Académicos, en tal sentido, de conformidad con el Artículo 28° de la Ley N° 29394, en esta Institución Educativa se otorga el Título de Profesional Técnico a nombre de la Nación en las Carreras Profesionales de Contabilidad, Computación e Informática, Secretariado Ejecutivo, Enfermería Técnica, Mecánica de Producción, Mecánica Automotriz, Explotación Minera, Enfermería Técnica, Prótesis Dental, Laboratorio Clínico. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LOS EGRESADOS DEL I.E.S.T.P. “MNB” QUE DESARROLLAN LA ESTRUCTURA CURRICULAR POR ASIGNATURAS. De los requisitos para la obtención del Título: 6.1. Son requisitos para obtener el título profesional los siguientes: a) Haber aprobado todas las asignaturas y actividades del plan de estudios de la Carrera Profesional correspondiente. b) Haber aprobado las prácticas pre profesionales. c) Haber aprobado un examen teórico práctico que demuestre el logro de los aprendizajes en la carrera profesional. d) Además de los requisitos generales, para otorgar el título, se elaborará y sustentará un proyecto de factibilidad vinculado al campo profesional de la carrera; no es de alcance a los ingresados en años anteriores al 2007 (D.S. Nº 036-85-ED). De la declaración de expedito 6.2. Para ser declarado expedito, el egresado deberá presentar: a) Certificado de Estudios que demuestre la aprobación de todas las asignaturas y actividades del plan de estudios de la carrera profesional y la práctica pre profesional. b) Constancia de no tener deuda ni compromiso pendiente de pago con la institución, expedido por la jefatura de Unidad Administrativa. c) Constancia de proyecto de factibilidad, expedido por el jefe del Área Académica d) Recibo de pago por derecho de titulación. 6.3. Cumplidas estas condiciones, el Secretario Académico proyectará la Resolución Directoral que declara expedito al egresado. 6.4. El Jefe de la Unidad Académica mediante Resolución Directoral declarará expedito al egresado. Todos los documentos antes señalados pasarán a ser parte del expediente de titulación. Del Examen Teórico Práctico 3 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” 6.5. El examen Teórico Práctico es la prueba final a la que se someten los egresados que han concluido satisfactoriamente todas las asignaturas y actividades de la estructura curricular y han aprobado la Práctica pre profesional, para optar el Título en el IESTP “MNB” de la respectiva carrera profesional, y haber sido declarado expedito. 6.6. Los exámenes Teórico-Prácticos se realizarán de acuerdo al rol elaborado por la Secretaría Académica en coordinación con el Jefe de la Unidad Académica. 6.7. Los egresados solo pueden postergar el Examen Teórico Práctico por causas debidamente justificadas con documentos probatorios y solicitarlo con 15 (quince) días de anticipación. 6.8. Los egresados que por razones plenamente justificadas no se presentaran al examen, tendrán una segunda y última oportunidad para su realización dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha programada para la aplicación del examen. La justificación será por razones de salud u otros asuntos de emergencia personal y/o social, rigurosamente documentado y solicitado por el interesado ante la Dirección de la Institución. 6.9. Solo por razones excepcionales, señaladas en el reglamento institucional, los egresados del IESTP “MNB”, pueden solicitar rendir el examen en otro IEST que oferte la carrera profesional cursada por el solicitante. Para tal efecto, los egresados presentarán una solicitud dirigida al Director General de la institución de destino, adjuntando además todos los requisitos para ser declarado expedito, incluyendo los certificados de estudios visados por la Dirección Regional de Educación Puno. El título en este caso, es otorgado por el instituto de educación superior de destino. El Jurado evaluador está integrado por: Presidente: Jefe de la Unidad Académica o quien haga sus veces. Secretario: Jefe del área académica correspondiente o quien haga sus veces. Vocal 1: Docente Estable de la carrera Profesional elegido entre ellos. Vocal 2: Un representante del Sector Productivo. La ausencia de este representante no invalida el proceso del examen. 6.10. La oficialización del Jurado evaluador es responsabilidad del Director del I.E.S.T.P.”MNB”. quien en coordinación con el jefe de la unidad académica, conformarán el mencionado jurado, el que se da a conocer siete (7) días hábiles antes del proceso del examen, mediante resolución directoral. 6.11. El jurado evaluador en un plazo de 72 horas antes de la fecha del examen elaborará los instrumentos de evaluación, el mismo que debe expresar con claridad los criterios y los indicadores de evaluación, así como el puntaje establecido por cada indicador. 6.12. Si alguno de los jurados no asiste a la aplicación del Examen Teórico Práctico, éste será sustituido y el examen se postergará 72 horas, mediante resolución directoral. La inasistencia injustificada de un miembro del jurado, será considerado demérito en su hoja personal y sancionada con el descuento equivalente a un día de trabajo. 6.13. En la evaluación del examen, intervienen todos los miembros del jurado designados quienes emplearán para el Examen Teórico Práctico instrumentos de evaluación con su respectiva hoja de respuestas, valorados en escala vigesimal, anotándose en el acta la calificación del jurado. La nota mínima aprobatoria es TRECE (13). 4 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” 6.14. Si el egresado no se presenta al examen Teórico-Práctico en la fecha señalada, se anota en las actas la expresión “NO SE PRESENTÓ”, perdiendo a su vez, una de las dos oportunidades a que tiene derecho. 6.15. Finalizado el examen, en un mismo acto el presidente del jurado dará a conocer al estudiante el resultado y entregará a la Secretaría Académica, las actas y documentos utilizados en el proceso de evaluación. Se considera falta grave no entregar los resultados del examen a la secretaría académica, dentro de las 24 horas siguientes a su realización. Las Actas del Examen Teórico Práctico se llenan de acuerdo al formato establecido en el ANEXO 1 y los calificativos se anotan en letras y números con la misma tinta. Su distribución es la siguiente: a) Un ejemplar para la DREP b) Un ejemplar para la Secretaría Académica del I.E.S.T.P. “MNB”. c) Dos ejemplares para el egresado. 6.16. El egresado que resultara desaprobado solamente tendrá una segunda oportunidad en los siguientes sesenta (60) días. 6.17. El resultado de la evaluación del examen teórico práctico emitido por el jurado evaluador, es inapelable. 6.18. El expediente para la titulación de los egresados, deberá contener los siguientes documentos: Del Expediente de titulación a) Solicitud dirigida al Director General del I.E.S.T.P. “MNB” solicitando se le otorgue el título de Profesional Técnico en la Carrera Profesional correspondiente. b) Partida de nacimiento original (completamente legible y en buen estado). c) 02 fotocopias autenticadas del DNI. d) Certificado de Estudios Secundarios originales completos (visados por la DREP). e) Certificado de Estudios Superiores originales completos (visados por la DRE – Puno). f) Constancia de haber realizado las Practicas Pre Profesionales emitido por el Jefe del Área Académica respectiva. g) Acta original del examen teórico práctico. h) Recibo por el valor del formato de título de conformidad con el TUPA (Formato del Título). i) Recibo por concepto de titulación. j) Constancia de no tener deuda ni compromiso pendiente con el I.E.S.T.P. B. expedido por la jefatura de Unidad Administrativa. k) Cuatro (04) fotografías tamaño pasaporte de frente y en fondo blanco. VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LOS EGRESADOS DEL I.E.S.T.P. “MNB”, CUYO AÑO DE INGRESO HA SIDO EN EL 2009 Y QUE DESARROLLAN EL NUEVO DISEÑO CURRICULAR BÁSICO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA. De los requisitos para la obtención del Título 7.1. Son requisitos para obtener el Título de Profesional Técnico, los siguientes: a) Haber aprobado todos los módulos del plan de estudios de la Carrera Profesional correspondiente b) Haber realizado satisfactoriamente las prácticas pre-profesionales, correspondientes a los módulos técnico-profesionales. 5 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” c) Haber implementado un proyecto productivo emprendedor relacionado a la carrera profesional y que propicie el desarrollo de su institución, localidad o región. ANEXO 2. d) Haber aprobado el Examen Teórico Práctico que demuestre el logro de las competencias del Perfil Profesional de la Carrera. De la declaración de expedito 7.2. Para ser declarado expedito, el egresado del I.E.S.T.P. “MNB” (ingresante en el año 2009), deberá presentar: a) Certificado de estudios que demuestre la aprobación de todas las Unidades Didácticas (UD) de los módulos transversales y módulos técnicos profesionales, señalados en el plan curricular de la Carrera Profesional correspondiente. b) Constancia de haber realizado satisfactoriamente las prácticas pre profesionales, correspondiente a los módulos técnico profesionales. c) Constancia de haber elaborado un proyecto productivo y/o empresarial, expedido por el Jefe de Área Académica. d) Constancia de no tener deuda ni compromiso pendiente de pago con la institución, expedido por la jefatura de la Unidad Administrativa. e) Constancia de no tener deuda ni compromiso pendiente de pago con la Carrera Profesional, expedido por la jefatura del Área Académica. e) Constancia de no tener deuda ni compromiso pendiente de pago con la Biblioteca Central, expedido por la encargada de la Biblioteca. e) Recibo de pago por derecho de titulación. 7.3. Cumplidas estas condiciones, el Secretario Académico proyectará la Resolución Directoral que declara expedito al egresado. 7.4. El Director General mediante Resolución Directoral declarará expedito al egresado. Todos los documentos antes señalados pasarán a ser parte del expediente de titulación. De los Proyectos Productivos y/o Empresariales 7.5. Los estudiantes durante el quinto semestre académico y con orientación del docente asesor, se organizarán en grupos para efectos de titulación, entre dos (2) a cuatro (4) estudiantes e iniciarán el desarrollo del proyecto productivo y/o empresarial relacionado con la Carrera Profesional y que propicie el desarrollo de su institución, localidad o región, el cual será sustentado en grupo e individualmente. La sustentación individual versará sobre la planificación, organización, ejecución y control del proyecto productivo y/o empresarial. 7.6. Si por la naturaleza del proyecto productivo y/o empresarial, se necesitara incrementar el grupo para la titulación con más estudiantes de la misma u otras carreras profesionales, se puede hacer siempre que la sustentación individual garantice el dominio eficiente de la competencia lograda y demostrada en el proyecto productivo y/o empresarial. 7.7. Por ningún motivo los estudiantes realizarán la compra de un bien o construcción de infraestructura para reemplazar o justificar el proyecto productivo y/o empresarial. Del asesor para titulación 6 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” 7.8. El asesor para la titulación es el docente responsable de brindar al grupo de estudiantes asesoramiento metodológico y tecnológico en todo el proceso para la titulación. El tiempo que dedique debe formar parte de su carga académica y será considerado como mérito en su desempeño profesional. Se designará desde el quinto semestre académico mediante Resolución Directoral a propuesta del Jefe de Área Académica. 7.9. Las funciones del asesor son las siguientes: a) Orientar al grupo de estudiantes para obtener el Título de Profesional Técnico, conjuntamente con coordinador de Investigación e Innovación Tecnológica designado por el Director General del I.E.S.T.P. “MNB”, sobre el perfil del proyecto productivo y/o empresarial que formularán los estudiantes para su titulación. b) Acompañar y asesorar al grupo de estudiantes para obtener el título de Profesional Técnico en todo el proceso que implique la implementación del proyecto productivo y/o empresarial, así como en la elaboración de su informe para la titulación. Requisitos para rendir el examen teórico práctico del logro de competencias 7.10. Para rendir el examen de logro de las competencias, el estudiante debe cumplir con los siguientes requisitos: a) El grupo de estudiantes conformado para la elaboración y ejecución del proyecto productivo y/o empresarial presentará una solicitud dirigida al Director General de la institución, solicitando se fije fecha para la sustentación del proyecto. b) Presentar cuatro (4) ejemplares de del informe de ejecución de su proyecto productivo y/o empresarial. Tres (3) ejemplares se entregarán al jurado y un (1) ejemplar será visado por el asesor y formará parte del expediente de su titulación. De la sustentación del examen teórico práctico del logro de las competencias 7.11 El examen teórico práctico del logro de las competencias, es la sustentación a la que se somete el grupo de estudiantes, que han sido declarados expeditos para optar el título de profesional técnico en la carrera profesional correspondiente. 7.12 Las evidencias de desempeño requeridas para la sustentación del logro de las competencias son: a) de conocimiento, b) de proceso y c) de producto. 7.13 Las evidencias de conocimiento, consiste en sustentar las competencias logradas a través de los diversos módulos educativos desarrollados durante el proceso de formación en la carrera profesional. La evaluación debe tener en cuenta las capacidades y criterios de evaluación establecidos en las unidades didácticas. 7.14 Las evidencias de proceso, consiste en sustentar las competencias logradas a través de la resolución de problemas o ejecución de operaciones que los estudiantes deben realizar en situaciones o contextos determinados. La evaluación debe tener en cuenta obligatoriamente las realizaciones y los criterios de realización de las unidades de competencia asociados a los módulos técnico-profesionales. 7.15 Las evidencias de producto, se refieren al proyecto productivo y/o empresarial que los estudiantes han implementado y ejecutado como resultado del desarrollo del módulo transversal de Investigación Tecnológica, los módulos técnico profesionales y el apoyo del módulo transversal de Gestión Empresarial. Este examen busca verificar el nivel de logro de las competencias de la carrera profesional, alcanzado por los estudiantes al final del proceso formativo, debe ser sustentado en forma personal y grupal, por los egresados. La 7 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” evaluación debe comprender los aspectos relacionados a la planificación, organización, ejecución y control del proyecto, en los cuales se pondrá de manifiesto el dominio de las competencias de conocimientos, de desempeño y de producto. De la administración del proceso de evaluación 7.16 El examen se realizará en el periodo inmediato posterior, luego que el estudiante haya aprobado todos los módulos educativos que corresponden a la carrera profesional, concluida satisfactoriamente tanto las prácticas pre profesionales requeridas, así como las pruebas de suficiencia académica y haber sido declarado expedito. 7.17 Los exámenes Teórico-Prácticos se realizarán de acuerdo al rol elaborado por la Secretaría Académica en coordinación con el Jefe de la Unidad Académica. 7.18 Los egresados solo por causas debidamente justificadas con documentos probatorios pueden solicitar a postergación del Examen Teórico Práctico con 24 horas de anticipación, para el efecto deben presentar una solicitud adjuntando los documentos probatorios. 7.19 Los egresados que por razones plenamente justificadas no se presentaran al examen, tendrán una segunda y última oportunidad para su realización dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha programada para la aplicación del examen. La justificación será por razones de salud u otros asuntos de emergencia personal y/o social, rigurosamente documentado y solicitado por el interesado ante la Dirección de la Institución. 7.20 Solo por razones excepcionales, señaladas en el reglamento institucional, los egresados del IESTP “MNB”, pueden solicitar rendir el examen en otro IEST que oferte la carrera profesional cursada por el solicitante. Para tal efecto, los egresados presentarán una solicitud dirigida al director general de la institución de destino, adjuntando además todos los requisitos para ser declarado expedito, incluyendo los certificados de estudios visados por la Dirección Regional de Educación Puno. El título en este caso, es otorgado por el instituto de educación superior de destino. 7.21 El Jurado evaluador está integrado por: Presidente: Jefe de la Unidad Académica o quien haga sus veces. Secretario: Jefe del área académica correspondiente o quien haga sus veces. Vocal 1: Docente Estable de la carrera Profesional elegido entre ellos. Vocal 2: Un representante del Sector Productivo. La ausencia de éste no invalida el proceso de examen. 7.22 La oficialización del Jurado evaluador es responsabilidad del Director del I.E.S.T.P.”MNB” quien en coordinación con el jefe de la unidad académica, conformarán el mencionado jurado, el que se da a conocer siete (7) días hábiles antes del proceso del examen, mediante resolución directoral. 7.23 El jurado evaluador en un plazo de 72 horas antes de la fecha del examen elaborará los instrumentos de evaluación, el mismo que debe expresar con claridad los criterios y los indicadores de evaluación, así como el puntaje establecido por cada indicador. El examen tendrá su clave de respuestas u hoja de evaluación, esta última debidamente ponderada con aspectos precisos a evaluar. 7.24 Para la aplicación del examen se requiere la presencia del jurado en pleno, si por alguna razón uno de los jurados no asiste a la aplicación del Examen Teórico Práctico, éste será sustituido y el examen se postergará 72 horas, mediante resolución directoral. La inasistencia 8 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” injustificada de un miembro del jurado, será considerado demérito en su hoja personal y sancionada con el descuento equivalente a un día de trabajo. 7.25 En la evaluación del examen, intervienen todos los miembros del jurado designados quienes emplearán instrumentos de evaluación y claves de respuestas. Cada miembro del jurado realizará la evaluación de la demostración de las competencias de acuerdo a los criterios de realización e indicadores de desempeño establecido en los instrumentos de evaluación, obteniéndose el promedio respectivo. 7.26 El resultado de la evaluación se expresa cuantitativamente en la escala vigesimal, anotándose en el acta la calificación del jurado. La nota mínima aprobatoria es TRECE (13). 7.27 El procedimiento y duración del examen se determinan en función de la naturaleza de las competencias del perfil profesional de la carrera profesional a demostrar. 7.28 Las Actas del Examen Teórico Práctico se llenan de acuerdo al formato establecido en el ANEXO 3 y los calificativos se anotan en letras y números con la misma tinta. Su distribución es la siguiente: d) Un ejemplar para la DREP e) Un ejemplar para la Secretaría Académica del I.E.S.T.P. “MNB”. e) Un ejemplar para la jefatura de la Carrera f) Dos ejemplares para el egresado. 7.29 Si algún egresado que solicitó examen, no se presenta al mismo en la fecha señalada en la respectiva Resolución Directoral, se anota en las actas la expresión “NO SE PRESENTÓ”, perdiendo a su vez, una de las dos oportunidades a las que tiene derecho. El presidente del jurado comunicará de inmediato tal situación a la Dirección General y a la Secretaría Académica. 7.30 Finalizado el examen, en un mismo acto el presidente del jurado dará a conocer al grupo de estudiantes el resultado y entregará a la Secretaría académica, las actas y documentos utilizados en el proceso de evaluación. Se considera falta grave no entregar los resultados del examen a la secretaría académica, dentro de las 24 horas siguientes a su realización. 7.31 Los egresados que resultaran desaprobados solamente tendrá una segunda oportunidad en los siguientes sesenta (60) días. 7.32 El resultado de la evaluación del examen teórico práctico emitido por el jurado evaluador, es inapelable. Del Expediente de titulación 7.33 El expediente para la titulación de los egresados, deberá contener los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al Director General del I.E.S.T.P. “MNB” solicitando se le otorgue el título de Profesional Técnico en la Carrera Profesional correspondiente. b) Partida de nacimiento original (completamente legible y en buen estado). c) 02 fotocopias autenticadas del DNI. d) Certificado de Estudios Secundarios originales completos (visados por la UGE correspondiente) e) Certificado de Estudios Superiores originales completos (visados por la DRE – Puno). 9 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” f) Constancia de haber realizado las Prácticas Pre Profesionales correspondientes a todos los Módulos Técnico Profesionales emitido por el Jefe de Área Académica respectiva. g) Acta original del examen teórico práctico. h) Recibo por el valor del formato de título de conformidad con el TUPA (Formato del Título). i) Recibo por concepto de titulación. j) Constancia de no tener deuda ni compromiso pendiente con el I.E.S.T.P. “MNB” expedido por la jefatura de Unidad Administrativa. k) Cuatro (04) fotografías tamaño pasaporte de frente y en fondo blanco. l) El informe de ejecución del proyecto de producción y/o empresarial visado por el asesor. De la Secretaría Académica o quien haga sus veces 7.34 Es responsabilidad del Secretario Académico o quien haga sus veces lo siguiente: a) Organizar el proceso de titulación de los interesados y gestionar su titulación. b) Verificar el expediente, actas y demás documentos académicos de acuerdo a las normas. c) Formular el informe dirigido al Director General del IESTP “MNB” para declarar expedito al estudiante. d) Elaborar el proyecto de resolución que declara expedito al interesado y pueda rendir el examen teórico práctico que demuestre el logro de las competencias del perfil profesional de la carrera profesional. e) Recepcionar las actas de examen teórico práctico para la titulación. f) Elaborar el proyecto de resolución que otorga el título; cuando en las actas de examen teórico práctico se indicara su aprobación. Si fuera desaprobatorio, la resolución así lo señalará, indicando el plazo para que el interesado pueda volver a solicitarlo. g) Disponer el caligrafiado del título y recabar las firmas correspondientes. h) Tramitar el registro del título en la DRE Puno. i) Registrar el título en el Libro de Registro de Títulos del IESTP “MNB”, una vez que este haya sido emitido y registrado por la DRE Puno. j) Entregar al interesado el título. Del otorgamiento del diploma de título 7.35 El Director General del I.E.S.T.P. “MNB”, otorga el Título mediante Resolución Directoral. Del registro de títulos 7.36 El I.E.S.T.P. “MNB” utilizará los actuales formatos de títulos que son proveídos por el Ministerio de Educación. 7.37 El registro de títulos de los egresados del I.E.S.T.P. “MNB” es responsabilidad del Director Regional de Educación de Puno. 7.38 Para el registro de los títulos otorgados, el I.E.S.T.P. “MNB”, enviará a la DRE – Puno lo siguiente: a) Acta de examen teórico práctico. b) Resolución que otorga el título profesional. c) Formato del título caligrafiado y con las firmas del Director General y del Interesado (el número de letra utilizado para el caligrafiado del nombre completo del instituto será tal que ocupe el espacio destinado para ello en el formato). 10 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” 7.39 Es responsabilidad del Director Regional de Educación – Puno cumplir con los siguientes procedimientos administrativos: a) Dar conformidad a los documentos presentados consignando su firma, post firma y sello respectivo en el diploma del título. b) Inscribir el título en el registro que obra en la DRE – Puno de acuerdo a lo establecido en la R.M. N° 0056-2004-ED “Manual de Registro de Títulos Pedagógicos y Tecnológicos” VIII.- DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LOS EGRESADOS DEL I.E.S.T.P. “MNB”, CUYO AÑO DE INGRESO ES A PARTIR DEL 2010 Y QUE DESARROLLAN EL NUEVO DISEÑO CURRICULAR BÁSICO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA. De los requisitos para la obtención del Título 8.1 El egresado del I.E.S.T.P. “MNB” (a partir del año 2010), para obtener el Título de Profesional Técnico, debe cumplir con los siguientes requisitos: a) Haber aprobado todas las Unidades Didácticas (UD) de los módulos transversales y módulos técnico-profesionales, señalados en el plan de estudios de la Carrera Profesional correspondiente. b) Haber aprobado las prácticas pre profesionales, correspondientes a los módulos técnicos profesionales. c) Haber elaborado y ejecutado un proyecto productivo y/o empresarial relacionado a la carrera profesional y que propicie el desarrollo de su institución, localidad o región. d) Haber aprobado las pruebas de suficiencia académica en: Comunicación, Matemática, Segunda Lengua y Tecnologías de la Información y Comunicación. e) Haber aprobado el Examen Teórico Práctico que demuestre el logro de las competencias del Perfil Profesional de la Carrera. De la declaración de expedito 8.2 Para ser declarado expedito, el egresado del I.E.S.T.P. “MNB” (a partir del año 2010), deberá presentar: a) Certificado de estudios que demuestre la aprobación de todas las UD de los módulos transversales y módulos técnicos profesionales señalados en el plan curricular de la Carrera Profesional correspondiente. b) Constancia de haber realizado las prácticas pre profesionales, correspondientes a cada uno de los módulos técnico profesionales. c) Constancia de haber ejecutado un proyecto productivo y/o empresarial, expedido por el Jefe de Área Académica. d) Constancia de no tener deuda ni compromiso pendiente de pago con la institución, expedido por la jefatura de Unidad Administrativa. e) Presentar el recibo de pago por derecho de titulación. Todos los documentos antes señalados pasarán a ser parte del expediente de titulación. 8.3 Cumplidas estas condiciones, el Secretario Académico proyectará la Resolución Directoral que declara expedito al egresado. El Director General mediante Resolución Directoral declarará expedito al egresado. 11 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” De los Proyectos Productivos y/o Empresariales 8.4 Los estudiantes durante el cuarto semestre académico y con orientación del docente asesor, se organizarán en grupos para efectos de titulación, entre dos (2) a cuatro (4) estudiantes e iniciarán el desarrollo del proyecto productivo y/o empresarial enmarcado en el ámbito de la Carrera Profesional y que propicie el desarrollo de su institución, localidad o región, el cual será sustentado en grupo e individualmente. La sustentación individual versará sobre la planificación, organización, ejecución y control del proyecto productivo y/o empresarial. 8.5 Si por la naturaleza del proyecto productivo y/o empresarial, se necesitara incrementar el grupo para la titulación con más estudiantes de la misma u otras carreras profesionales, se puede hacer siempre que la sustentación individual garantice el dominio eficiente de la competencia lograda y demostrada en el proyecto productivo y/o empresarial. 8.6 Por ningún motivo los estudiantes realizarán la compra de un bien o construcción de infraestructura para reemplazar o justificar el proyecto productivo y/o empresarial. Del asesor para titulación 8.7 El asesor para la titulación es el docente responsable de brindar al grupo de estudiantes asesoramiento metodológico y tecnológico en todo el proceso para la titulación. El tiempo que dedique debe formar parte de su carga académica y será considerado como mérito en su desempeño profesional. Se designará desde el cuarto semestre académico mediante Resolución Directoral a propuesta del Jefe de Área Académica. 8.8 Las funciones del asesor son las siguientes: a) Orientar al grupo de estudiantes para obtener el Título de Profesional Técnico, conjuntamente con el docente encargado del desarrollo de la UD “Proyectos de Investigación e Innovación Tecnológica”, sobre el perfil del proyecto productivo y/o empresarial que formularán los estudiantes en el desarrollo de dicha UD y que servirá de base para su implementación. b) Orientar al grupo de estudiantes para obtener el Título de Profesional Técnico, conjuntamente con el docente encargado del desarrollo de la UD “Organización y Constitución de Empresas y Proyecto Empresarial”, sobre la implementación del proyecto productivo y/o empresarial que desarrollaran los estudiantes para su titulación. c) Acompañar y asesorar al grupo de estudiantes para obtener el título de Profesional Técnico en todo el proceso que implique la implementación del proyecto productivo y/o empresarial, así como en la elaboración de su informe para la titulación. De las pruebas de suficiencia académica 8.9 Las pruebas de suficiencia académica en Comunicación, Matemática, Segunda Lengua y Tecnologías de la Información y Comunicación, están orientadas a evidenciar el logro de las capacidades adquiridas por los estudiantes a través del desarrollo de los módulos educativos. Deben ser aplicadas luego de haberse declarado expedito al egresado. 8.10 Las pruebas de suficiencia académica en Comunicación, Matemática, Segunda Lengua y Tecnologías de la Información y Comunicación, necesariamente incluirán evidencias de desempeño, que comprenden conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes, de las capacidades logradas a través de la resolución de problemas o ejecución de las tareas. 12 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” 8.11 Para la aplicación de la prueba de suficiencia académica se establecerá, mediante Resolución Directoral, una comisión, que será la encargada de elaborar y aplicar las pruebas, y que, estará integrada de la siguiente manera: Presidente: Jefe de los Módulos de Formación Transversal o Jefe de Área a la que pertenece el estudiante. Secretario: Docente del Módulo Transversal Correspondiente. Vocal: Docente cuyo perfil sea afín al módulo transversal correspondiente. 8.12 Cada una de las pruebas de suficiencia académica en Comunicación, Matemática, Segunda Lengua y Tecnologías de la Información y Comunicación, se efectuarán en fechas distintas y en un solo acto, en el que será calificada, emitida y firmada el acta correspondiente (ANEXO 4), y entregada a la Secretaría Académica en plazo de 24 horas. Su distribución será la siguiente: a) Un ejemplar para la DRE - Puno b) Dos ejemplares para la Secretaría Académica del I.E.S.T.P. “MNB”. c) Un ejemplar para cada estudiante, ya que formará parte de su expediente de titulación. 8.13 El estudiante antes de solicitar rendir el examen teórico práctico del logro de las competencias del perfil profesional, debe aprobar las pruebas de suficiencia académica, para lo cual si lo estima conveniente, puede participar en los talleres específicos que programe la institución en aplicación del numeral 39.5 del Artículo 39° del D.S. 004-2010-ED. 8.14 El jefe de Unidad Académica establecerá el cronograma de aplicación de las pruebas de suficiencia académica. 8.15 Las pruebas de suficiencia académica se aprueban con la nota mínima de trece (13). 8.16 Los estudiantes que desaprueben alguna de las pruebas de suficiencia académica podrán presentarse por segunda vez en un periodo no menor de 30 días. Del examen teórico práctico del logro de competencias 8.17 Para rendir el examen de logro de las competencias, el estudiante debe cumplir con los siguientes requisitos: a) El grupo de estudiantes conformado para la elaboración del proyecto productivo y/o empresarial presentará una solicitud dirigida al Director General de la institución, solicitando se fije fecha para la sustentación del proyecto; siempre que haya aprobado los exámenes de suficiencia académica de Comunicación, Matemática, Segunda Lengua y Tecnologías de la Información y Comunicación. b) Presentar cuatro (4) ejemplares de del informe de ejecución de su proyecto productivo y/o empresarial. Tres (3) ejemplares se entregarán al jurado y un (1) ejemplar será visado por el asesor y formará parte del expediente de su titulación. De la sustentación del examen teórico práctico del logro de las competencias 8.18 El examen teórico práctico del logro de las competencias, es la sustentación a la que se somete el grupo de estudiantes, que han sido declarados expeditos y han aprobado los exámenes de suficiencia académica para optar el título de profesional técnico en la carrera profesional correspondiente. 8.19 Las evidencias de desempeño requeridas para la sustentación del logro de las competencias son: a) de conocimiento, b) de proceso y c) de producto. 13 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” 8.20 Las evidencias de conocimiento, consiste en sustentar las competencias logradas a través de los diversos módulos educativos desarrollados durante el proceso de formación en la carrera profesional. La evaluación debe tener en cuenta las capacidades y criterios de evaluación establecidos en las unidades didácticas. 8.21 Las evidencias de proceso, consiste en sustentar las competencias logradas a través de la resolución de problemas o ejecución de operaciones que los estudiantes deben realizar en situaciones o contextos determinados. La evaluación debe tener en cuenta obligatoriamente las realizaciones y los criterios de realización de las unidades de competencia asociados a los módulos técnico-profesionales. 8.22 Las evidencias de producto, se refieren al proyecto productivo y/o empresarial que los estudiantes han implementado y ejecutado como resultado del desarrollo del módulo transversal de Investigación Tecnológica, los módulos técnico profesionales y el apoyo del módulo transversal de Gestión Empresarial. Este examen busca verificar el nivel de logro de las competencias de la carrera profesional, alcanzado por los estudiantes al final del proceso formativo, debe ser sustentado en forma personal y grupal, por los egresados. La evaluación debe comprender los aspectos relacionados a la planificación, organización, ejecución y control del proyecto, en los cuales se pondrá de manifiesto el dominio de las competencias de conocimientos, de desempeño y de producto. De la administración del proceso de evaluación 8.23 El examen se realizará en el periodo inmediato posterior, luego que el estudiante haya aprobado todos los módulos educativos que corresponden a la carrera profesional, concluida satisfactoriamente tanto las prácticas pre profesionales requeridas como las pruebas de suficiencia académica y haber sido declarado expedito. 8.24 Los exámenes Teórico-Prácticos se realizarán de acuerdo al rol elaborado por la Secretaría Académica en coordinación con el Jefe de la Unidad Académica. 8.25 Los egresados solo por causas debidamente justificadas con documentos probatorios pueden solicitar a postergación del Examen Teórico Práctico con 24 horas de anticipación, para el efecto deben presentar una solicitud adjuntando los documentos probatorios. 8.26 Los egresados que por razones plenamente justificadas no se presentaran al examen, tendrán una segunda y última oportunidad para su realización dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha programada para la aplicación del examen. La justificación será por razones de salud u otros asuntos de emergencia personal y/o social, rigurosamente documentado y solicitado por el interesado ante la Dirección de la Institución. 8.27 Solo por razones excepcionales, señaladas en el reglamento institucional, los egresados del IESTP “MNB”, pueden solicitar rendir el examen en otro IEST que oferte la carrera profesional cursada por el solicitante. Para tal efecto, los egresados presentarán una solicitud dirigida al director general de la institución de destino, adjuntando además todos los requisitos para ser declarado expedito, incluyendo los certificados de estudios visados por la Dirección Regional de Educación Puno. El título en este caso, es otorgado por el instituto de educación superior de destino. 8.28 El Jurado evaluador está integrado por: Presidente: Jefe de la Unidad Académica o quien haga sus veces. Secretario: Jefe del área académica correspondiente o quien haga sus veces. Vocal 1: Docente de la carrera Profesional elegido entre ellos. Vocal 2: Un representante del Sector Productivo. La ausencia de éste no invalida el proceso del examen. 14 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” 8.29 La oficialización del Jurado evaluador es responsabilidad del Director del I.E.S.T.P.”MNB”. quien en coordinación con el jefe de la unidad académica, conformarán el mencionado jurado, el que se da a conocer siete (7) días hábiles antes del proceso del examen, mediante resolución directoral. 8.30 El jurado evaluador en un plazo de 72 horas antes de la fecha del examen elaborará los instrumentos de evaluación, el mismo que debe expresar con claridad los criterios y los indicadores de evaluación, así como el puntaje establecido por cada indicador. El examen tendrá su clave de respuestas u hoja de evaluación, esta última debidamente ponderada con aspectos precisos a evaluar. 8.31 Para la aplicación del examen se requiere la presencia del jurado en pleno, con la salvedad señalada en el numeral 8.28. Si por alguna razón alguno de los jurados no asiste a la aplicación del Examen Teórico Práctico, éste será sustituido y el examen se postergará 72 horas, mediante resolución directoral. La inasistencia injustificada de un miembro del jurado, será considerado demérito en su hoja personal y sancionada con el descuento equivalente a un día de trabajo. 8.32 En la evaluación del examen, intervienen todos los miembros del jurado designados quienes emplearán instrumentos de evaluación y claves de respuestas. Cada miembro del jurado realizará la evaluación de la demostración de las competencias de acuerdo a los criterios de realización e indicadores de desempeño establecido en los instrumentos de evaluación, obteniéndose el promedio respectivo. 8.33 El resultado de la evaluación se expresa cuantitativamente en la escala vigesimal, anotándose en el acta la calificación del jurado. La nota mínima aprobatoria es TRECE (13). 8.34 El procedimiento y duración del examen se determinan en función de la naturaleza de las competencias del perfil profesional de la carrera profesional a demostrar. 8.35 Las Actas del Examen Teórico Práctico se llenan de acuerdo al formato establecido en el ANEXO 3y los calificativos se anotan en letras y números con la misma tinta. Su distribución es la siguiente: a) Un ejemplar para la DREP b) Un ejemplar para la Secretaría Académica del I.E.S.T.P. “MNB”. c) Dos ejemplares para el egresado. 8.36 Si algún egresado que solicitó examen, no se presenta al mismo en la fecha señalada en la respectiva Resolución Directoral, se anota en las actas la expresión “NO SE PRESENTÓ”, perdiendo a su vez, una de las dos oportunidades a las que tiene derecho. El presidente del jurado comunicará de inmediato tal situación a la Dirección General y a la Secretaría Académica. 8.37 Finalizado el examen, en un mismo acto el presidente del jurado dará a conocer al grupo de estudiantes el resultado y entregará a la Secretaría académica, las actas y documentos utilizados en el proceso de evaluación. Se considera falta grave no entregar los resultados del examen a la secretaría académica, dentro de las 24 horas siguientes a su realización. 8.38 Los egresados que resultaran desaprobados solamente tendrá una segunda oportunidad en los siguientes sesenta (60) días. 8.39 El resultado de la evaluación del examen teórico práctico emitido por el jurado evaluador, es inapelable. 15 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” Del Expediente de titulación 8.40 El expediente para la titulación de los egresados, deberá contener los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al Director General del I.E.S.T.P. “MNB” solicitando se le otorgue el título de Profesional Técnico en la Carrera Profesional correspondiente. b) Partida de nacimiento original (completamente legible y en buen estado). c) 02 fotocopias autenticadas del DNI. d) Certificado de Estudios Secundarios originales completos (visados por la UGE correspondiente) e) Certificado de Estudios Superiores originales completos (visados por la DRE – Puno). f) Constancia de haber realizado las Prácticas Pre Profesionales correspondientes a todos los Módulos Técnico Profesionales emitido por el Jefe de Área Académica respectiva. g) Acta original del examen teórico práctico. h) Actas originales de las pruebas de suficiencia académica en: Comunicación, Matemática, Segunda Lengua y Tecnologías de la Información y Comunicación. i) Recibo por el valor del formato de título de conformidad con el TUPA (Formato del Título). j) Recibo por concepto de titulación. k) Constancia de no tener deuda ni compromiso pendiente con el I.E.S.T.P. “MNB”, expedido por la jefatura de Unidad Administrativa. l) Cuatro (04) fotografías tamaño pasaporte de frente y en fondo blanco. m) El informe de ejecución del proyecto de producción y/o empresarial visado por el asesor. De la Secretaría Académica o quien haga sus veces 8.41 Es responsabilidad del Secretario Académico o quien haga sus veces lo siguiente: a) Organizar el proceso de titulación de los interesados y gestionar su titulación. b) Verificar el expediente, actas y demás documentos académicos de acuerdo a las normas. c) Formular el informe dirigido al Director General del IESTP-B para declarar expedito al estudiante. d) Elaborar el proyecto de resolución que declara expedito al interesado y pueda rendir las pruebas de suficiencia académica y el examen teórico práctico que demuestre el logro de las competencias del perfil profesional de la carrera profesional. e) Recepcionar las actas de exámenes de suficiencia académica y teórico práctico para la titulación. f) Elaborar el proyecto de resolución que otorga el título; cuando en las actas de examen teórico práctico se indicara su aprobación. Si fuera desaprobatorio, la resolución así lo señalará, indicando el plazo para que el interesado pueda volver a solicitarlo. g) Disponer el caligrafiado del título y recabar las firmas correspondientes. h) Tramitar el registro del título en la DRE Puno. i) Registrar el título en el Libro de Registro de Títulos del IESTP “MNB”, una vez que este haya sido emitido y registrado por la DRE Puno. j) Entregar al interesado el título. Del otorgamiento del diploma de título 8.42 El Director General del I.E.S.T.P. “MNB”, otorga el Título mediante Resolución Directoral. 16 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” Del registro de títulos 8.43 El I.E.S.T.P. “MNB” utilizará los actuales formatos de títulos que son proveídos por el Ministerio de Educación. 8.44 El registro de títulos de los egresados del I.E.S.T.P. “MNB” es responsabilidad del Director Regional de Educación de Puno. 8.45 Para el registro de los títulos otorgados, el I.E.S.T.P. “MNB”, enviará a la DRE – Puno lo siguiente: a) Actas de examen de suficiencia académica. b) Acta de examen teórico práctico. c) Resolución que otorga el título profesional. d) Formato del título caligrafiado y con las firmas del Director General y del Interesado (el número de letra utilizado para el caligrafiado del nombre completo del instituto será tal que ocupe el espacio destinado para ello en el formato). 8.46 Es responsabilidad del Director Regional de Educación – Puno cumplir con los siguientes procedimientos administrativos: a) Dar conformidad a los documentos presentados consignando su firma, post firma y sello respectivo en el diploma del título. b) Inscribir el título en el registro que obra en la DRE – Puno de acuerdo a lo establecido en la R.M. N° 0056-2004-ED “Manual de Registro de Títulos Pedagógicos y Tecnológicos” IX.- OTROGAMIENTO DEL DUPLICADO DE TÍTULOS 9.1 Los duplicados de diplomas de títulos son otorgados por el Director General del Instituto con la opinión favorable del Consejo Directivo. 9.2 El duplicado de los diplomas de los títulos anula automáticamente el original más, no sus efectos. 9.3 Para tener derecho al otorgamiento del duplicado del diploma del título el interesado presentará un expediente conteniendo los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al Director General del I.E.S.T.P. “MNB” solicitando duplicado de diploma de título. b) Certificado original expedido por la autoridad competente, sobre la denuncia de pérdida del diploma del título, si ello corresponde. c) Diploma del título deteriorado, cuyas firmas y sellos ya no son visibles, si ello corresponde. d) Copia fedateada de la Resolución que otorgó el título profesional. e) 2 copias fotostáticas autenticadas del DNI. f) Recibo por el valor del formato del título de conformidad con el TUPA. g) Recibo por el concepto de derecho de duplicado de título, según la tasa autorizada oficialmente en el TUPA. h) Cuatro (4) fotografías tamaño pasaporte, de frente, color y fondo blanco. Del proceso para otorgamiento del duplicado de título 9.4 El expediente será remitido al Secretario Académico o quien haga sus veces, quien ejecutará las siguientes acciones: a) Recepcionar para su revisión y conformidad el expediente presentado por el interesado. 17 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” b) Elaborar el informe para el Consejo Directivo dando conformidad al expediente presentado. c) Elaborar el acta de sesión del Consejo Directivo, en la que se autoriza al Director General, el otorgamiento del duplicado del diploma del título. d) Elaborar el proyecto de Resolución que otorga el duplicado del título correspondiente. e) Controlar el caligrafiado del diploma de título correspondiente. f) Asegurar las firmas en el diploma. Del otorgamiento del diploma de duplicado de título 9.5 El Director General del I.E.S.T.P. “MNB”, con la opinión favorable del Consejo Directivo, otorga el duplicado del diploma de título, mediante Resolución Directoral. Del registro de duplicado de títulos 9.6 El registro de los duplicados de títulos es responsabilidad de la DRE - Puno. 9.7 Para el registro de los duplicados de títulos otorgados, el I.E.S.T.P. “MNB”, enviará a la DRE – Puno lo siguiente: a) Formato del título caligrafiado y con las firmas de Director General del I.E.S.T.P. “MNB” y del interesado. b) Copia de la Resolución que otorga el duplicado del título profesional. 9.8 Es responsabilidad del Director Regional de Educación – Puno cumplir con los siguientes procedimientos administrativos: a) Organizar el registro especial de duplicado de títulos. b) Dar conformidad a los documentos presentados. c) Inscribir el título correspondiente en el registro especial del duplicado de títulos. X.- CONSIDERACIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA SUSTENTACIÓN DEL EXAMEN TÉORICO PRÁCTICO: La Dirección mantendrá en un archivo especial, los balotarios con los temas, que garanticen el logro de las competencias del perfil profesional de las carreras que se ofertan. Se realizará el sorteo de un balotario para el examen Teórico Práctico (para las evidencias de conocimiento y de proceso), siete (07) días antes del mismo, en presencia del alumno y del Jurado examinador, lo cual será plasmado en actas. La duración del examen se determina en función a la naturaleza del proyecto productivo y/o empresarial presentado. El secretario del jurado evaluador será el encargado de informar a la dirección y secretaría académica el resultado final de la evaluación, dentro delos plazos establecidos. Las materias primas para el examen Teórico Práctico serán aportadas por el egresado, si la institución no contase con los mismos. XI. DISPOSICION FINAL: Son parte del presente documento los Anexos siguientes: Acta de examen teórico práctico para egresados que desarrollan el plan curricular por asignaturas. Esquema mínimo de proyecto productivo y/o empresarial. Acta de examen teórico práctico para egresados que desarrollan el Nuevo DCB. 18 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” Acta de prueba de suficiencia académica. 19 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” ANEXO 1 ESQUEMA PARA LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO PRODUCTIVO 1. DATOS INFORMATIVOS: 1.1. Nombre del Proyecto 1.2. Responsables (docentes, alumnos) 1.3. Instituciones de Apoyo 1.4. Localización: Lugar (Distrito, Provincia, Departamento) 1.5. Fecha de Inicio 1.6. Fecha de Término 2. FUNDAMENTACIÓN DEL PROYECTO 2.1. Justificación 2.2. Diagnóstico de la Situación Actual 2.3. Mercado (demanda) 2.4. Beneficiarios directos e indirectos 2.5. Vinculación con la Carrera Profesional y proceso de capacitación 3. OBJETIVOS 3.1. Objetivo General 3.2. Objetivos Específicos 4. ESTRUCTURA DEL PROYECTO 4.1. Organización 4.1.1. Organización de Recursos Humanos 4.1.2. Organización y Planificación de los materiales y equipos necesarios (en cantidades específicas) 4.1.3. Organización de Recursos Económicos 4.2. Metas a alcanzar 4.3. Presupuesto del Proyecto (costos) 4.4. Planificación: Actividad, responsables, cronograma 4.5. Sostenibilidad del Proyecto 20 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” ANEXO 2 ESQUEMA PARA LA PRESENTACION DEL PROYECTO DE FACTIBILIDAD 1. NOMBRE DEL PROYECTO: ………………………………………………………………………………………… …………………………………………… ………………………………………………………………………………………… …………………………………………… 2. RESPONSABLES: Alumno(a) 1: ………………………….. …………………………………………… Alumno(a) 2:………………………….. …………………………………………… Alumno(a) 3: ……………………….. …………………………………………… Alumno(a)4: ………………………….. …………………………………………… Otros: …………………………………….. ……………………………………………. 3. LOCALIZACION Región: ………………………… Provincia: ………………………… Distrito: ………………………… Localidad: …………………………… 4. Duración: ……………… (meses) 5. Objetivos y metas: 6. FACTIBILIDAD DEL PROYECTO: (Breve síntesis del problema a solucionar, oferta y demanda) 7. RECURSOS Y LOGISTICA 8. FINANCIAMIENTO PROYECTO 9. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES 10. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES …………………………………………………… Alumno responsable 21 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” MINISTERIO DE EDUCACIÓN Dirección Regional de Educación de Puno INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “MANUEL NÚÑEZ BUTRÓN” de Juliaca ACTA DE EXAMEN TEÓRICO – PRÁCTICO PARA EGRESADOS QUE DESARROLLAN EL PLAN DE ESTUDIOS POR ASIGNATURAS Nombres y apellidos del egresado: 22 ……………………………………………….. Para optar el título de: ________________________________________________________ MIEMBROS DEL JURADO: Presidente: ………………………………. Secretario: ………………………………. Vocal 1: ….…………………………… Vocal 2: …………………………… Descripción del examen: ……………………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………….……………………………………………..………… ……………………………………………………………………………………………………………………………………... JURADO PRESIDENTE SECRETARIO VOCAL 1 VOCAL 2 PROMEDIO NOTA OBSERVACIOMES Fecha: ………de…………………………del 20…... REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN PUNO INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLOGICO PÚBLICO “MANUEL NÚÑEZ BUTRÓN” de Juliaca FICHA DE SUPERVISIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES PARA LA CERTIFICACIÓN MODULAR 1 DATOS INFORMATIVOS: 1.1 23 NOMBRE DEL PRACTICANTE: ______________________________________ 1.2 CARRERA PROFESIONAL: __________________________________ 1.3 EMPRESA O CENTRO DE PRÁCTICAS: _______________________________________________________________________ 1.4 FECHA: 1.4.1 Fecha Inicio: ________________________ __________ 1.4.1 Fecha de Término: _______________________________ 1.5 NOMBRE DEL SUPERVISOR: _______________________________________________________________________ N° DE VISITA FECHA SUPERVISIÓN TAREAS O ACTIVIDADES DE LA PRÁCTICA ESTADO DE AVANCE (en porcentaje) OBSERVACIONES 2. PROBLEMAS DETECTADOS DURANTE LAS PRÁCTICAS: __________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________ _____________________________________________________________ PROFESOR SUPERVISOR ALUMNO(A) PRACTICANTE REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” “Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” Ejemplo INFORME DE PRÁCTICAS DEL MODULO I INFORME N° 001-2014-AACI-IESTP “MNB” DE : Jefatura del Área Académica Computación e Informática. A: Secretaría Académica del IESTP “MNB” ASUNTO: Informe de Prácticas del MODULO I Sistema Modular El que suscribe Jefe del Área Académica de la Carrera de Computación e Informática, hace constar que el alumno _______________________________________________, ha concluido sus prácticas correspondientes al MÓDULO I, habiendo iniciado el ______________________ y concluido el ________________________, con una duración de _______horas de práctica profesional. Y habiendo desarrollado las siguientes Capacidades Terminales durante el Desarrollo del módulo. CAPACIDADES TERMINALES: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Planificar el servicio de soporte técnico para la optimización de los recursos Elaborar y ejecutar el plan de mantenimiento, considerando las características técnicas. Analizar e identificar el problema técnico resolviendo o viabilizando la solución, de acuerdo al plan de contingencia. Elaborar programas de instrucción en el uso de los nuevos recursos informáticos. Diseñar redes de comunicación, de acuerdo a los estándares establecidos. Instalar, configurar y modificar la conectividad de las redes de comunicación. Administrar redes de comunicación. Por lo que ruego a Ud., señor se sirva expedir su Certificado Modular correspondiente Atentamente: Lic Victor Raúl Queria Rosado Jefe de Área Académica de Computación e Informática 24 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” 25 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” Guía para el Examen de Computación 1. Objetivo del Examen El examen tiene como objetivo medir los conocimientos y habilidades que posee el alumno en el manejo básico de una computadora y en la solución de problemas de las TIC. 1.2 Metodología de Evaluación El examen es del tipo de opción múltiple y cada sección contará con su grupo de preguntas. Cada pregunta tendrá 4 opciones de respuesta. El tiempo máximo para contestar el examen es de dos horas. 2 Temario I. Conceptos y terminología Básica Conocer los componentes generales de un sistema de cómputo. Conocer el concepto de software y los diferentes tipos. Clasificar los componentes generales de una computadora. II. Sistemas Operativos Describir las funciones principales de un sistema operativo Conocer los tipos de sistemas operativos: Windows, Linux, Unix, Mac OS, etc. Manejar archivos y directorios bajo Windows: crear, eliminar, mover, copiar, buscar, renombrar Organizar archivos y directorios en la estructura jerárquica que ofrece el sistema operativo Windows. III. Utilerías Utilizar antivirus como herramienta para detectar y eliminar virus. Conocer el daño que puede causar un virus y cómo evitarlo. Entender las ventajas de utilizar un compresor de archivos. Ser capaz de comprimir y descomprimir archivos. Distinguir medidas para proteger la información (passwords, firewalls, parches, etc.) 26 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” IV. Aplicaciones en Internet Definir los conceptos de URL, ftp, http, www, tcp/ip, html. Conocer los servicios de Internet (telnet, ftp, e-mail, www) Identificar los dominios utilizados en las direcciones www Conocer el funcionamiento y las partes principales de un navegador Definir el uso de motor de búsqueda Aplicar los operadores en los motores de búsqueda Identificar los elementos de una dirección de correo electrónico Definir el concepto de archivo adjunto en un correo electrónico Utilizar las funciones del correo electrónico V. Procesadores de Texto Aplicar las herramientas de edición copiar, mover, cortar, pegar, buscar y remplazar texto, revisión automática de ortografía. Aplicar las herramientas de formato: numeración, viñetas, bordes, sombreados y configuración de página. Aplicar las opciones de encabezado y pie de página, nota al pie de página, letra capital, tablas, inserción de imagen. VI. Paquetes de Presentaciones Identificar los objetos que se pueden incorporar en una presentación Administrar el manejo de diapositivas: Crear, borrar, editar y mover. Usar y conocer los elementos de la diapositiva patrón. Utilizar los diferentes estilos de las diapositivas. Crear, borrar, corregir y mover elementos de una diapositiva. Crear y personalizar animaciones. VII. Hojas de Cálculo Conocer los elementos de hoja de cálculo (columna, fila, celda y rango) y los comandos que le permiten introducir datos, dar formato y ordenamiento. Aplicar la creación y diseño de fórmulas para resolver un problema. Comprender los conceptos de referencias absolutas y relativas. Entender y aplicar las funciones promedio, media, mediana, suma, hora, fecha, máximo, mínimo y contar Utilizar las funciones lógicas "si", "no", "falso", "verdadero", "y", "o". Conocer y aplicar formato a una hoja de cálculo (número, alineación, fuente, bordes, rellenos, proteger, encabezados) Identificar la selección apropiada de celdas para realizar una gráfica. Diferenciar el uso apropiado de los diferentes tipos de gráficas (circular, barras, columnas, áreas) Dar formato a una gráfica (título, leyendas, colores) VIII. Bases de Datos Conocer los elementos que conforman una base de datos (campo, registro, dato, índices, llaves, tabla), así como también una metodología para el diseño a una base de datos. Conocer los elementos para el diseño de bases de datos, así como también generar consultas, reportes, y actualizaciones a éstas. 27 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” IX. Solución de Problemas Definir y conocer los pasos básicos de la metodología de solucionar problemas: Definición, Análisis, Diseño, Implementación, Prueba y Mantenimiento. Identificar las características de un algoritmo y operaciones principales: Asignar, Leer, Escribir, Operación, Tomar Decisiones y Repeticiones. Conocer y aplicar la simbología básica de un Diagrama de Flujo. Elaborar un diagrama de flujo a partir de un Algoritmo. Cuestionario. A continuación se te presenta una cuestionario de 30 preguntas para que Ud., mismo realice una auto evaluación de sus conocimientos generales en Computación (al final están las respuestas). LEE CUIDADOSAMENTE Y SELECCIONA LA MEJOR OPCIÓN PARA CADA UNA DE LAS PREGUNTAS: I. Conceptos y terminología básica 1. ¿Es la memoria que se utiliza para acelerar el proceso, es de alta velocidad, permite que el procesador tenga más rápido acceso a los datos? a. RAM b. ROM c. Cache d. CMOS 2. Se le denomina así a la cantidad de bits que puede manipular simultáneamente el CPU. a. Tamaño de la palabra b. Bus de datos c. Byte d. MegaHertz 3. Son computadoras que tienen un gran poder de procesamiento, su velocidad puede llegar al rango de billones de instrucciones por segundo, se utilizan en centros de investigación, universidades, etc. a. Microcomputadoras b. Minicomputadoras c. Computadoras Centrales d. Súper Computadoras 4. ¿Cuál de los siguientes es una división del software de aplicación? a. De productividad b. De entretenimiento c. De negocios d. Todas las anteriores 5. ¿Cuál de los siguientes dispositivos es apropiado para transportar información? a. Memoria RAM b. Disco Duro c. Memoria Secundaria d. CD’s 28 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” e. Memoria ROM II. III. Sistemas Operativos 1. ¿Cuál de los siguientes es el Sistema Operativo que no maneja Interfaz Gráfica? a. Windows 2000 b. Mac OS c. Unix d. Windows XP 2. ¿Cuál de las siguientes es una función del Sistema Operativo? a. Administrar los recursos de la computadora b. Organizar la información que se almacena en la computadora c. Ser una interfaz entre la computadora y el usuario d. Todas las anteriores 3. ¿Cuál de las siguientes es verdadera? a. Una vez borrado un archivo no hay manera de recuperarlo. b. Al borrar un archivo se puede recuperar este solo si no se ha grabado algo encima de él. c. Al borrar un archivo este puede extraerse de un lugar que permite su reuso. d. Un archivo nunca se borra de la computadora, siempre queda como respaldo. 4. ¿Qué es un Sistema Operativo? a. Programas que inicializan a la computadora b. Conjunto de instrucciones que ayuda al usuario en la realización de un tarea. c. Conjunto de programas que administran las tareas que son ejecutadas concurrentemente en la computadora d. Todas las anteriores 5. Si se está explorando una carpeta con archivos, ¿cuál de las siguientes opciones del Menú “Ver” nos permite ver la última fecha de cuando se modificaron los archivos? a. Vistas en miniatura b. Iconos c. Mosaicos d. Lista e. Detalles Utilerías 1. Nos sirve para disminuir el tamaño que ocupa físicamente un archivo. a. Antivirus b. Compactador/descompactador c. Desfragmentador d. Protector de Pantalla 2. Sirve para reorganizar la información en disco y que se puede acceder más rápidamente a la información. a. Antivirus b. Compactador/descompactador c. Desfragmentador d. Protector de Pantalla 3. ¿Cuál de las siguientes es una manera de evitar virus en nuestras computadoras? 29 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” a. Es comprar y utilizar solamente software que venga “bien empacado” en la tienda o a través de la casa de software por correo b. Navegar y bajar de cualquier página de Internet el software que necesitemos. c. No actualizar la lista de virus d. Todas las anteriores 4. ¿Es la extensión con la cual se crea un archivo compreso en el sistema operativo Windows? a. *.rar b. *.zip c. *.ace d. *.arc e. *.tar IV. Aplicaciones en Internet 1. Las siglas de FTP corresponden a: a. Protocolo de Transferencia de Campos b. Protocolo de Transferencia de Archivos c. Protocolo de Trasbordo de Fuentes d. Protocolo de Traslado de Fólderes 2. Los programas usados para tener acceso a páginas Web y desplegarlas se llaman: a. Sitios Web b. Ventanas Web c. Documentos Web d. Exploradores Web 3. Es un IP válido: a. 12.345.77 b. 12.34.5.77 c. 1234.577 d. 12.34.34.577 4. Una red de telecomunicaciones internacional que consiste en documentos con hipervínculos recibe el nombre de: a. NSFNET b. Netscape Navigator c. Internet Explorer d. World Wide Web 5. ¿Cuál de los siguientes servicios de Internet se utiliza como una conexión remota a una computadora o servidor? a. FTP b. Telnet c. Ping d. Netsend 6. ¿Es el nombre de dominio destinado para aquellas instituciones no lucrativas que tienen una página en Internet? a. .com b. .edu c. .org d. .mx e. .net 30 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” V. VI. Procesadores de Texto 1. ¿Cuál vista usarías para ver mejor los márgenes de una página? a. Normal b. Diseño de Impresión c. Esquema d. Diseño Web 2. Para colocar texto en el pisapapeles siempre es necesario primero: a. Hacer clic en el botón Copiar b. Hacer clic en el botón Cortar c. Hacer clic en el botón Pegar d. Seleccionar el texto 3. Para añadir una nueva fila en blanco en el extremo inferior de una tabla debes: a. Colocar el punto de inserción en la última fila y hacer clic en el menú Tabla, en el comando Insertar y en Filas en la parte superior. b. Seleccionar la última fila y hacer clic en el menú Tabla y el comando Dividir celdas. c. Colocar el punto de inserción en la ultima celda de la última fila y presionar [Tab] d. Colocar el punto de inserción en la última fila y presionar [Mayus][flecha abajo] 4. Al Oprimir [Ctrl.][Intro] insertas un: a. Salto de página suave b. Salto de página manual c. Salto de sección continuo d. Salto de columna 5. ¿Cuándo solo deseamos copiar el formato de algún texto debo hacer? a. Seleccionar el texto, darle copiar y luego pegar. b. Seleccionar el texto, luego darle copiar formato y seleccionar al texto que deseo aplicárselo. c. Seleccionar el texto, darle corta y luego pegar. d. Ninguna de las anteriores. 6. ¿Cuál es el método abreviado para seleccionar todo el texto de un documento? a. Ctrl + E b. Ctrl + C c. Ctrl + X d. Ctrl + V e. Ctrl + Z Paquetes de Presentaciones 1. ¿Cómo cambias el tamaño de un objeto en un paquete de presentaciones? a. Al arrastrar un controlador de tamaño b. Al hacer clic en el botón cambiar tamaño c. Al arrastrar el controlador de ajuste d. No puedes cambiar el tamaño de un objeto del paquete de presentaciones. 2. Los efectos de animación de PowerPoint te permiten controlar a. El orden en que se animan el texto y objetos. b. La dirección desde la cual aparecen los objetos animados. c. Cuales textos e imágenes se animan d. Todas las anteriores. 31 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” 3. ¿Qué usarías para colocar objetos en un sitio específico de una diapositiva? a. Los campos b. Las reglas c. La cuadrícula d. Líneas dibujadas 4. El asistente de auto contenido que forma parte del paquete de presentación se puede utilizar para: a. cuando no se sabe muy bien como organizar las ideas de la presentación b. arrastrar el controlador de ajuste. c. cambiar el tamaño de un objeto. d. Todas las anteriores. 5. Mencione un formato de archivo con el que no se puede guardar una presentación en power point. a. Página web b. Documento Word c. Imagen *.jpg d. Imagen *.gif e. Imagen *.png VII. Hojas de Cálculo 1. ¿Qué tipo de referencia de celda cambia al copiarla? a. Absoluta b. Relativa c. Circular d. Cerrada 2. ¿Qué carácter es utilizado para indicar una referencia absoluta? a. & b. $ c. % d. @ 3. Si en la columna A tenemos el precio de artículos y en la columna B queremos calcular el impuesto del 10%, la fórmula a copiar en cada celda de la columna B será a. = A1 * 10% b. = $A$1*0.1 c. = A1 * 0.1 d. = $A$1*10% 4. La fórmula = IF( A1 < B1 , MIN (A1:A5), MIN(B1:B5)) corresponde a a. Dejar el valor menor de los elementos B1 a B5, si lo que está en A1 no es mayor o igual a lo que está en B1. b. Dejar el valor menor de los elementos A1 a A5, si lo que está en A1 no es mayor o igual a lo que está en B1. c. Dejar el valor menor de los elementos B1 a B5, si lo que está en A1 es mayor a lo que está en B1. d. Dejar el valor menor de los elementos B1 a B5, si lo que está en A1 es mayor a lo que está en B1. 5. Si en la celda A1 tenemos el valor de 5 y en la celda B1 tenemos el valor de 8, cuál será el resultado de la celda que contenga la siguiente fórmula = IF ( AND(OR (A1 < 10, A1 > 5), OR(B1>A1, B1>0)), A1, B1) a. 0 32 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” b. 5 c. 8 d. error 6. La intersección de cada columna con cada renglón se le llama : a. Rango b. Referencia Activa c. Coordenada d. Celda 7. ¿Cuál es el operador para construir una referencia absoluta? a. = b. * c. abs( ) d. % e. $ VIII. Bases de Datos 1. ¿Cuál tipo de datos sería mejor para un campo en el que se almacenarán las fechas de nacimiento? a. Texto b. Numérico c. Autonumérico d. Fecha/Hora 2. Cada una de las afirmaciones siguientes es verdadera para un filtro excepto a. Crea una hoja de datos temporal de registros que satisfacen los criterios b. Es posible almacenar la hoja de datos resultante c. La hoja de datos resultante incluye todos los campos en la base de datos. d. Un filtro se guarda en forma automática en la base de datos como objeto. 3. Un formulario nos sirve para a. Actualizar información en la base de datos b. Borrar algún registro en la base de datos c. Buscar un registro en la base de datos d. Todas las anteriores 4. Es un objeto abstracto o concreto que existe y que es distinguible de los demás, acerca del cual nos interesa guardar información: a. Atributo b. Entidad c. Campo d. Objeto 5. En una base de datos, que almacena información de los socios de un video club. ¿Cuál es el identificador con que se hace referencia a todos los datos de un socio en específico? a. Query b. Campo c. Registro d. Relación e. Tabla IX. Solución de Problemas 33 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” 1. Dado el algoritmo: 1. 2. 3. Lee X Asigna 0 a T Mientras X no es Negativo a) b) 4. Suma 1 a T Lee X Despliega T ¿Cuál será el valor desplegado si tenemos los datos 8, 5, 7, 9, -3? a. b. c. d. 0 2 3 4 2. ¿En cuál de las siguientes estructuras de repetición, la variable X representa un acumulador? a. 1. X vale 0 2. Repetir 5 veces: X vale X/1 b. 1. X vale 0 2. Repetir 8 veces: X vale Y c. 1. X vale 0 2. Repetir 3 veces: Leer DATO y Asignar a X el valor de X mas DATO d. 1. X vale 0 2. Repetir 8 veces: Leer DATO y Asignar a X el valor DATO 3. Es una serie de operaciones detalladas y no ambiguas, a ejecutar paso a paso, y que conducen a la resolución de un problema a. Diagrama de Flujo b. Seudo código c. Algoritmo d. Programa 4. Según la teoría de los diagramas de flujo, la siguiente figura pertenece a… a. b. c. d. e. Inicio Decisión Proceso Fin Impresión 34 REGLAMENTO DE TITULACIÓN DEL IESTP “MNB” 5. ¿Cuál será el valor desplegado con el siguiente diagrama de flujo, si tenemos que a = 10, y b=2? a. primero b. segundo c. tercero d. error Solución a los reactivos de la guía de computación: I II III IV V VI VII VIII IX 35 1 c 1 c 1 b 1 b 1 b 1 a 1 b 1 d 1 d 2 a 2 d 2 c 2 d 2 d 2 d 2 b 2 d 2 c 3 d 3 c 3 a 3 b 3 c 3 c 3 c 3 d 3 c 4 d 4 c 4 b 4 d 4 b 4 a 4 b 4 b 4 b 5 d 5 e 5 b 5 b 5 b 5 b 5 c 5 c 6 c 6 a 6 d
© Copyright 2024