05/07/2016 Derechos reservados conforme a la ley, por el autor y por el Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. Prohibida la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio sin autorización escrita del autor o de El Colegio. 1 05/07/2016 Ventajas y Desventajas de la subcontratación de personal ¿Por qué son tan fiscalizados los esquemas de Outsourcing? Alcances de la responsabilidad solidaria y subsidiaria Moderador: Panelistas: L.C.P. y P.C.FI. Rolando Silva Briceño L.C. Rodrigo Prieto Sánchez C.P. Marco Antonio Garcia Millán ¿Que es la subcontratación de personal o “outsourcing”? La subcontratación de personal o “outsourcing” es un contrato mediante el cual una agencia de colocación (patrón) suministra a una persona física o moral (beneficiario) el personal que este requiera. 2 05/07/2016 OUTSOURCING Tercerización provocada principalmente por: Manufactura especializada / obreros / administrativos / personal técnico / ventas Core Business Globalización (servicios realizados incluso desde países distintos) VENTAJAS Reducción de riesgos laborales Disminución de trabajo administrativo Mano de obra especializada Flexibilización de la fuerza laboral Eficiencia operativa Talento y calidad 3 05/07/2016 DESVENTAJAS Configuración de Entidad Económica PTU de la empresa beneficiaria de los servicios Insubordinación / no pertenencia Precarización de las prestaciones Alta rotación de los trabajadores Fiscalización del outsourcing en México Existen mas de 3,000 empresas de tercerización de personal detectadas, de las cuales tan solo 16 se encuentran afiliadas a la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH). Usado para evadir o eludir obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social. No entero de retenciones al SAT / cuotas al IMSS / amortizaciones al INFONAVIT / derechos laborales LFT. 4 05/07/2016 ¿El “outsourcing” viola los derechos laborales? Hablando en términos generales podemos decir que una empresa que ejerza el régimen de subcontratación y que cuenta con los elementos necesarios para cumplir con sus obligaciones laborales y de seguridad social no viola en absoluto los derechos de los trabajadores. Reforma a la Ley del Seguro Social Art. 15-A. (DOF 9 de julio 2009) La modificación del 15-A atiende a: Mejorar el sistema para requerir pagos y obligaciones no cubiertas. Definir las obligaciones de Patrones y Beneficiarios Asegurar la protección de los derechos de los trabajadores en los esquemas de outsourcing. 5 05/07/2016 RESPONSABILIDAD SOLIDARIA Y SUBSIDIARIA Beneficiario (Sujeto pasivo) Solidario Subsidiario Al lado del contribuyente Después del contribuyente Autoridad exige cumplimiento total de la deuda a cualquiera de los obligados En la medida que el contribuyente no haya cubierto los pagos y la suma de sus bienes resulte insuficiente Efectos liberatorios al pago Debe responder del importe de la deuda insoluta COMPARATIVO – LFT Y LSS ART. LFT 10 - 11 Definición de patrón Intermediario laboral - Concepto y excepciones Responsabilidad Solidaria - Empresa e 14 - 15 Intermediario Definición de contratista y contratante, incluyendo ejecución de obras y 15 A prestación de servicios. Se definen lineamientos 12 - 13 ART. LSS 5 A - IV Definición de patrón ----- 15 A --- La LSS no define, solo enuncia --- Verificar solvencia --- --- 15 C Certificar Cumplimiento --- --- 15 D Prohíbe uso indebido --- --- --- --- --- --- --- --- 16 Concepto de establecimiento y empresa --- Define prestación de servicios Diferentes definiciones y de personal y obliga a reportar presume que el contratante es contratos y trabajadores el patrón 15 B Sanciones 15 B 1004 B (250 a 2,500 SM - $15,582.50 a $155,825.00) Sanciones 15 D 1004 C (250 a 5,000 SM - $15,582.50 a $311,650.00) COMENTARIOS Se ajusta a la LFT No los contempla la LSS pero es armónico con el espíritu del 15 A de la LSS --- 6 05/07/2016 RESPONSABILIDAD SOLIDARIA 15-A,B,C,D LFT (2012) LFT ► Salarios ► Prestaciones ► PTU ► Pagos de cuotas seguridad social ► AFORE OUTSOURCING 29-Bis LINFO (2015) – SIRESO* IMSS INFONAVIT 15-A LSS (2009) – PS-1 Obligaciones de las empresas Outsourcing IMSS LABORAL INFONAVIT Comunicar cada 3 meses información de los contratos Cumplimiento con los artículos LFT Comunicar cada 3 meses información de los contratos PS1 • 15-A • 15-B • 15-C • 15-D SIRESO* 7 05/07/2016 Sanciones por no cumplir con sus obligaciones: IMSS LABORAL INFONAVIT Una multa equivalente al importe de veinte a trescientas cincuenta veces el salario mínimo diario general vigente en la CDMX. Sanciones 15 B (250 a 2,500 SM $15,582.50 a $155,825.00) Multa de : ($ 1,460.08 a $25,690). Artículo 304-B LSS Sanciones 15 D (250 a 5,000 SM $15,582.50 a $311,650.00) $17,595 a $21,030 Artículo 6 (RIM) Dudas de los empresarios Si contrato a un outsourcing se me considera patrón de sus trabajadores? Esta prohibido para las empresas no tener trabajadores? Que pasa con la PTU generada? Esta prohibido el insourcing? Puedo contratar a un outsourcing si las prestaciones que otorga a sus trabajadores no son las mismas que mi empresa? 8 05/07/2016 Recomendaciones para su adecuado uso Empresas reconocidas, investigar antecedentes Verificar constantemente el cumplimiento de obligaciones patronales Verificar el salario pagado vs lo enterado para efectos de seguro social a través de / Controles / Auditoria. Asegurar la legal contratación de los trabajadores Conclusiones El Outsourcing es una herramienta creada para mejorar estratégicamente la productividad y competitividad de las entidades, al final del día, es una estrategia económica que se deriva de la idea de que las entidades productivas deben especializarse en aquellas actividades para las cuales tienen una mayor ventaja competitiva, es decir, que se dediquen los recursos humanos y materiales al fin específico de la negociación. Es destacable mencionar que hoy en día de acuerdo a algunas publicaciones en México, aproximadamente 40% del empleo formal generado en el país se realiza a través de esquemas de outsourcing. 9 05/07/2016 Conclusiones Algunas empresas de Outsourcing han utilizado esta figura con la finalidad de evadir impuestos federales, locales y de seguridad social, perjudicando no solo a las autoridades tributarias sino a los mismos trabajadores en los siguientes casos. • Disminución o nulo derecho a las pensiones de Invalidez y Vida, Retiro Cesantía en Edad Avanzada. • Disminución o nulo acceso al crédito de vivienda ante INFONAVIT. • Al disminuir el SBC, disminuye el importe de las incapacidades por riesgos de trabajo, enfermedades profesionales, maternidad y enfermedades generales. • Disminución de sus derechos laborales en general (PTU, Indemnizaciones, etc). ”En términos del artículo 90 del Código Fiscal de la Federación en vigor, el contenido de esta reproducción, exposición, presentación, programa o transmisión y/o los documentos y /o ejemplos utilizados para exponer el mismo, pueden expresar posiciones que no coincidan con los criterios de las autoridades fiscales o judiciales mexicanas. Esta reproducción o exposición no tiene la intención de y no podrá ser usada por persona alguna con el propósito de eludir (i) un impuesto, federal, local o municipal, o (ii) la imposición de sanciones fiscales en los Estados Unidos Mexicanos. El Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. no se hace responsable del uso o del criterio que cualquier usuario pudiese dar o tener derivado de la presente reproducción o exposición.” 10
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