AU: 164/16 Índice: AFR 12/4439/2016 Angola Fecha: 13 de julio de 2016 ACCIÓN URGENTE LIBERTAD PARA UN ACTIVISTA JUVENIL ANGOLEÑO El activista juvenil angoleño Francisco Mapanda fue acusado de desacato al tribunal y sometido a juicio sumario. El 28 de marzo fue condenado a ocho meses de prisión. A pesar de que otros presos de conciencia de Angola han quedado en libertad condicional en fechas recientes, él sigue cumpliendo su pena en la prisión de la Comarca de Viana. El activista juvenil angoleño Francisco Mapanda (también llamado Dago Nível Intelecto) estaba en la sala de justicia el 28 de marzo después de que se dictara sentencia contra “los 17 de Angola”, un grupo de activistas juveniles angoleños. Durante las actuaciones, dijo en voz alta que el juicio era “una farsa”. El juez abrió inmediatamente un procedimiento separado contra Francisco Mapanda, lo declaró culpable de desacato al tribunal y lo condenó a ocho meses de prisión el mismo día. A continuación, Francisco fue trasladado a la prisión de la Comarca de Viana, donde está cumpliendo su pena. El 5 de julio, en un caso muy parecido de desacato al tribunal, el Tribunal Constitucional resolvió, tras examinar el recurso extraordinario presentado por el abogado de Nito Alves, que su juicio había violado algunos derechos garantizados por la Constitución angoleña y, en consecuencia, ordenó su liberación. El Tribunal Supremo ordenó la libertad condicional de los 17 de Angola el 29 de junio. Criticar a instituciones públicas de toda índole, incluidos los órganos del poder legislativo, ejecutivo y judicial, así como a cargos públicos, es un derecho. El Comité de Derechos Humanos de la ONU, encargado de vigilar si los Estados cumplen el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ha pedido a los Estados que no prohíban tales críticas. El umbral de tolerancia de las críticas debería ser mayor en las personas que ocupan cargos públicos que en los individuos particulares. Amnistía Internacional considera que Francisco Mapanda es preso de conciencia, detenido exclusivamente por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión. Escriban inmediatamente en portugués, en inglés o en su propio idioma: - pidiendo a las autoridades angoleñas que anulen la sentencia condenatoria de Francisco Mapanda y lo liberen de forma inmediata e incondicional, puesto que se trata de un preso de conciencia, encarcelado y condenado únicamente por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión; - instando a las autoridades a garantizar que no se usa el sistema de justicia penal para acosar o actuar contra activistas y personas defensoras de los derechos humanos; - pidiéndoles que pongan fin a las prácticas de detención arbitraria, acoso e intimidación de activistas y personas defensoras de los derechos humanos y que respeten el derecho a la libertad de asociación, reunión pacífica y expresión. ENVÍEN LLAMAMIENTOS ANTES DEL 24 DE AGOSTO DE 2016 A: Ministro de Justicia y Derechos Humanos Minister of Justice and Human Rights Rui Jorge Carneiro Mangueira Ministry of Justice and Human Rights Rua 17 Setembro, No. 32 CP 1986 Correo-e: [email protected] Fax: +244 222 330 327 Luanda, República de Angola Y copias a: Tratamiento: Excelencia / Your Excellency Directora Director Ana Celeste Januario National Center of Human Rights Correo-e: [email protected] and [email protected] Fax: +244 222 333 407 Envíen también copias a la representación diplomática de Angola acreditada en su país. Inserten a continuación las direcciones de las sedes diplomáticas locales: Nombre Dirección 1 Dirección 2 Dirección 3 Fax Número de fax Correo-e Dirección de correo-e Tratamiento Tratamiento Consulten con la oficina de su Sección si van a enviar los llamamientos después de la fecha indicada. ACCIÓN URGENTE LIBERTAD PARA UN ACTIVISTA JUVENIL ANGOLEÑO INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Según fuentes entrevistadas por Amnistía Internacional, los servicios penitenciarios empezaron a tratar de otra manera a Francisco Mapanda después del traslado de varios de los 17 de Angola de la prisión donde él está recluido al hospital penitenciario de Sao Paulo el 4 de mayo. Antes, los servicios penitenciarios no inspeccionaban los alimentos que recibían Francisco Mapanda y los 17 de Angola. Pero, desde que Francisco Mapanda pasó a ser el único preso de conciencia que quedaba en la Comarca de Viana, se empezó a inspeccionar la comida que le traía su familia. Los familiares entregaban los alimentos a primera hora de la mañana pero a él no se los daban hasta el anochecer. A veces la comida ya se había estropeado cuando se la entregaban a Francisco Mapanda, quien enfermaba después de ingerirla. Entonces pidió a sus familiares que dejaran de llevarle alimentos a la cárcel y empezó a tomar las comidas que sirven los servicios penitenciarios, que, según él, son inadecuadas. El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas es un órgano creado en virtud de un tratado y está formado por expertos independientes que velan por el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que Angola tiene la obligación jurídica de respetar. En su Observación general nº 34 establece que "los Estados partes no deben prohibir la crítica a las instituciones", lo que incluye todo tipo de organismos públicos, también aquellos del ámbito legislativo, ejecutivo y judicial. El Comité de Derechos Humanos ha afirmado también que el acoso, la intimidación y la estigmatización de una persona, incluida su detención, prisión preventiva, enjuiciamiento o reclusión, en razón de sus opiniones, infringen el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Los 17 activistas juveniles angoleños fueron juzgados por “actos preparatorios de rebelión” y “conspiración para delinquir” y condenados a penas de entre 2 años y 3 meses y 8 años y 6 meses de cárcel el 28 de marzo. Entre el 20 y el 24 de junio de 2015, las fuerzas de seguridad de Angola detuvieron en Luanda a 15 de los activistas, que habían asistido a una reunión para hablar de política y de cuestiones relacionadas con el gobierno del país. También se presentaron cargos contra dos mujeres activistas, que fueron juzgadas junto a ellos pero a las que no se detuvo inicialmente. El 29 de junio, el Tribunal Supremo examinó la petición de hábeas corpus y ordenó la libertad condicional de los 17 activistas juveniles angoleños en espera de una decisión final sobre su caso. Los abogados habían presentado dos recursos —uno ante el Tribunal Supremo y otro ante el Tribunal Constitucional— que no se han resuelto todavía. Las condiciones impuestas por el Tribunal Supremo para su libertad condicional son que los activistas no pueden salir del país y que tienen la obligación de presentarse una vez al mes ante el Tribunal Provincial de Luanda. Sin embargo, sólo 16 activistas quedaron en libertad el 29 de junio, ya que Nito Alves había sido condenado el 8 de febrero a seis meses de cárcel por desacato y no estaba prevista su excarcelación hasta el 8 de agosto de 2016. No obstante, el 5 de julio, el Tribunal Constitucional resolvió, tras examinar el recurso extraordinario presentado por el abogado de Nito Alves, que su juicio había violado algunos derechos garantizados por la Constitución angoleña y, en consecuencia, ordenó su liberación. Nombre: Francisco Mapanda Sexo: Hombre AU: 164/16 Índice: AFR 12/4439/2016 Fecha de emisión: 13 de julio de 2016
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