Presentación de PowerPoint

Rendición de Cuentas – modificaciones tributarias
En el pasado mes de mayo el gobierno anunció una serie de medidas
para contener el déficit fiscal.
Los cambios propuestos para la próxima Rendición de Cuentas están
relacionados con la imposición a las rentas de trabajo y a las de capital,
entre otros.
IRPF rentas de trabajo
Se planean modificaciones en las tasas de tributación y en la forma de
computar las deducciones del impuesto.
Tasas actuales y propuestas por franja
Ingresos mensuales
Pesos
Menos de 23.380
23.380 a 33.400
33.400 a 50.100
50.100 a 100.200
100.200 a 167.000
167.000 a 250.500
250.500 a 384.100
Más de 384.100
Tasa aplicable
Actual
Propuesta
0%
0%
10%
10%
15%
15%
20%
24%
20%
25%
22%
27%
25%
31%
30%
36%
Incremento de tasas por franja
Las tres primeras franjas se mantienen iguales. Estas comprenden los
salarios menores a $ 23.580 que no pagan impuesto, los que van desde
$ 23.580 a $ 33.400 y desde $ 33.400 a $ 50.100 pesos nominales
mensuales gravados al 10% y 15% respectivamente.
En la franja que sigue - de $ 50.100 a $ 167.000 – gravada actualmente
al 20%, el aumento se dividirá en dos nuevas franjas: la primera de
$ 50.100 a $ 100.200, que aumentará 4 puntos y la segunda de
$100.200 a $167.000, que aumentará 5 puntos.
Las tres últimas franjas, que corresponden a ingresos mayores a
$ 167.000, se incrementan en 5 y 6 puntos, pasando a 27%, 31% y 36.
Deducciones
Todas las deducciones computables (aportes jubilatorios, FONASA, hijos
menores a cargo, etc.) pasan a considerarse a una tasa fija del 8%. No
obstante, la excepción es para la franja de $ 33.400 a $ 50.100 en la que se
aplicará una tasa fija del 10%.
Actualmente las deducciones se computan a tasas progresivas siendo la
más baja 10% correspondiente hasta los $ 10.020 de deducciones
mensuales y la más alta del 30%.
IRPF rentas de capital
Se produce una modificación de las tasas aplicables aumentando las
alícuotas inferiores.
Tasas actuales y propuestas por franja
Ingresos mensuales
Se eleva del 3% al 7% la alícuota aplicable a:
- Intereses de depósitos en M/N y en U.I. superiores a 1 año en
instituciones financieras de plaza;
- Intereses de obligaciones y otros títulos de deuda emitidos por
entidades residentes con plazo mayor a 3 años;
- Rentas de certificados de participación de fideicomisos financieros con
plazo mayor a 3 años.
Tasa aplicable
Pesos
Actual
Propuesta
Menos de 26.720
0%
0%
26.720 a 50.100
10%
10%
50.100 a 167.000
20%
24%
Más de 167.000
25%
30%
IRAE – distribución de utilidades
Además, se eleva del 5% al 7% la alícuota aplicable a los intereses
correspondientes a los depósitos en instituciones financieras a un año o
menos en M/N y en U.I. sin cláusula de ajuste.
Pago de IRPF por distribución ficta a los tres años de generadas las
utilidades
IASS
Actualmente se gravan las utilidades al 7% cuando son distribuidas a los
accionistas, es decir, cuando formalmente se aprueba la distribución.
Las dos primeras franjas del Impuesto a la Asistencia de la Seguridad
Social (IASS) no tendrán cambios. Esto incluye las pasividades de hasta $
50.100.
Luego, las pasividades que van desde $ 50.100 a $ 167.000 que están
gravadas al 20% suben 4 puntos y las que están por encima de los
$ 167.000, actualmente gravadas al 25%, subirán 5 puntos.
La modificación propuesta implica un cambio sustancial dado que las
utilidades se presumen distribuidas cuando alcanzan una antigüedad
superior a tres ejercicios sin distribuirse desde que fueron generadas, a
excepción de que las mismas sean reinvertidas en las condiciones que
determine la normativa.
IRAE – distribución de utilidades (continuación)
Eliminación de exoneración en sociedades profesionales
Con esta modificación se genera un efecto directo en el IRAE a pagar por la
empresa ya que debe pagar por lo menos el 50% del impuesto generado
por la renta de cada año aun teniendo pérdidas fiscales anteriores.
Se propone gravar al 7% la distribución de utilidades de sociedades con
contabilidad suficiente prestadoras de servicios profesionales y
personales. Un claro ejemplo de las organizaciones que se verían
afectadas por esta disposición son las sociedades civiles integradas por
personas físicas.
IRAE – eliminación de la deducción de sueldos fictos
Estas sociedades cuentan actualmente con una exoneración que permite
no gravar las distribuciones a sus socios por las utilidades derivadas de la
prestación de servicios personales.
Actualmente las sociedades personales pueden deducir como sueldo aquel
sobre el que se realicen los aportes a BPS, sea real o ficto, a condición de
que el dueño o socio preste efectivamente servicios. Con la modificación
propuesta solo se admitirá la deducción para los sueldos reales.
Entendemos que esta disposición apunta a las sociedades de
profesionales, pero se deberá esperar a las disposiciones del proyecto de
Ley para confirmarlo y para dilucidar si las sociedades personales que
actualmente tienen exonerada la distribución de utilidades (sociedades
con ingresos menores a UI 4.000.000 en el ejercicio) también se verán
afectadas.
IRAE – límite al cómputo de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores
Solo se permitirá deducir las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores
acumuladas durante los últimos 5 períodos hasta alcanzar el 50% del
resultado fiscal positivo.
Actualmente las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores son actualizadas
por la evolución del IPC y deducidas íntegramente de la renta fiscal
generada en los 5 ejercicios siguientes.
Se elimina el ajuste que permite deducir como gasto los sueldos fictos
patronales, pasando a admitirse solamente la deducción del sueldo
patronal real.
Esta medida alcanzaría únicamente a aquellas empresas con contabilidad
suficiente, y no a las más pequeñas cuyos ingresos anuales son menores a
4 millones de U.I.
Rebaja del IVA
Se propone reducir 2 puntos del IVA para las compras con tarjetas de
débito o instrumentos de dinero electrónico.
Actualmente, en aplicación de la Ley de Inclusión financiera, las compras
con tarjeta de débito cuentan con una reducción de 3 puntos del IVA, que
pasará a ser de 2 a partir del 1º de agosto.
Con esta medida, la rebaja total del IVA a partir del 1º de enero de 2017
volverá a ser de 4 puntos, como en el primer año de aplicación de la Ley de
Inclusión Financiera.
Decreto 134/016
Nuevos convenios y acuerdos internacionales
El Poder Ejecutivo amplia la nómina de las operaciones comprendidas
dentro del concepto de exportación de servicios, vinculadas a la
organización de eventos deportivos que tengan una trascendencia
internacional, y sean televisados al exterior, permitiendo el
conocimiento y la difusión del país.
En el marco de la transparencia fiscal internacional impulsada por la OCDE,
Uruguay firmó un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la
evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio
con Emiratos Árabes Unidos.
Los servicios de organización de eventos deportivos y la matrícula de
inscripción para participar en los mismos se considerarán exportación de
servicios en tanto cumplan simultáneamente con los siguientes
requisitos:
Este convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos
estados contratantes y a los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio
exigibles por cada uno de los estados contratantes.
Uruguay firma acuerdo con Chile para el intercambio de información en
materia tributaria.
a) que se trate de un evento deportivo de características internacionales
b) que el evento sea trasmitido al exterior del país ya sea por vía
televisiva, o por otros medios que los avances tecnológicos permitan
c) que se cuente con la declaratoria de Interés Deportivo por parte de la
"Secretaría Nacional del Deporte" y la acreditación ante la misma, de la
participación de deportistas internacionales destacados.
El acuerdo dictamina que las autoridades competentes de las partes
contratantes se prestarán asistencia mediante el intercambio de
información que comprenderá aquella que previsiblemente pueda resultar
de interés para la determinación, la liquidación, el control y la recaudación
de los impuestos, para el cobro y la ejecución de obligaciones tributarias o
para la investigación o el enjuiciamiento de asuntos tributarios.
PIB se contrae 0,5% en términos interanuales en Q1.16
Economía se contrae en términos interanuales. Según los datos
divulgados por el Banco Central del Uruguay la economía uruguaya se
contrajo 0,5% en el primer trimestre de este año en términos
interanuales. Por su parte, el componente de tendencia-ciclo,
considerado como una señal más estable del crecimiento, se mantuvo
virtualmente incambiado respecto al trimestre inmediato anterior. De
este modo, el dato confirma que la economía se encuentra estancada
desde hace un año.
La mayoría de los sectores productivos se contrae en términos
interanuales. Respecto a los tres primeros meses del año anterior, la
mayoría de los sectores registraron una contracción de su producción,
destacándose la caída de la Construcción (-4,7%), Comercio,
Reparaciones, Restaurantes y Hoteles (-4,5%) y Actividades Primarias (4,1%). En términos de su incidencia, la contribución agregada de estos
tres sectores restó más de un punto porcentual al desempeño económico
durante el primer trimestre. En contraposición, los sectores que crecieron
en términos interanuales fueron Suministro de Electricidad Gas y Agua,
que evidenció un importante aumento (15,2%) a partir del incremento en
la generación hidráulica y eólica, y Transporte, Almacenamiento y
Comunicaciones (2,6%). En términos de su contribución al PIB, la
incidencia de cada uno ascendió a 0,4 p.p, lo que en suma no permitió
contrarrestar el desempeño del resto de los sectores. En el caso de Otras
Actividad, la producción se mantuvo incambiada respecto a un año atrás.
En síntesis, la economía se contrajo 0,5% en términos interanuales
durante el primer trimestre del año. Por su parte, el componente de
tendencia-ciclo se mantuvo virtualmente incambiado, lo que confirma que
efectivamente la economía uruguaya está estancada desde hace un año.
En este sentido, dado que el dato no representó una innovación en
términos de nuestro diagnóstico, las proyecciones para 2016 y 2017 se
mantienen incambiadas (0,3% y 0% respectivamente). A este respecto,
cabe destacar que aún son estimaciones de carácter preliminar y que
están sujetas a una elevada incertidumbre dado los focos de riesgos que
están latentes en el mundo, y particularmente en la región.
Shock climático explica sensible aumento de la inflación
Importante aceleración de la inflación en mayo. El IPC presentó un
aumento mensual de 0,97% en el mes de mayo, notoriamente por
encima de nuestras proyecciones previas (0,4%). En este escenario, la
inflación interanual se ubicó en 11%, revirtiendo la desaceleración
comenzada en abril.
Inflación residual concentra el crecimiento y explica error de predicción.
En esta ocasión, la discrepancia entre lo previsto y el dato finalmente
observado se concentró casi en su totalidad en el componente más volátil
de la inflación. En este sentido, los Alimentos no Elaborados (ANE)
evidenciaron un incremento mensual próximo al 4%. Al interior del
agregado, destaca el excepcional aumento del rubro Legumbres y
Hortalizas que escalaron 18,9% por importantes aumentos en acelgas
(45,51%), lechugas (29,40%), zapallitos (101,74%). Dado que este
componente tiene un comportamiento muy errático, relacionado a su
estacionalidad y los eventos climáticos, es razonable pensar que se trata
de un shock transitorio que se revertirá en los próximos meses.
Caída generalizada de la industria en abril
La producción de la industria manufacturera evidenció en abril un
deterioro de 7,4% en términos interanuales. Si excluimos de la medición
los efectos sobre la producción de la refinería de ANCAP, el IVF industrial
registró una caída interanual aún mayor (10,5%), evidenciando la
influencia positiva ejercida por dicha actividad. Si también se excluyen las
ramas 2101 (donde están incluidas UPM y Montes del Plata) y 1549 (que
incluye Pepsi en régimen de Zona Franca), el IVF industrial registró una
caída de 7,3% respecto a abril de 2015.
De este modo, después de un modesto crecimiento en febrero y una caída
moderada en marzo, el núcleo industrial volvió a experimentar un
deterioro interanual más pronunciado.
Estancamiento y ajuste fiscal: ¿qué podemos esperar para
2017?
En el marco de la reunión de clientes del Servicio de Análisis y
Pronósticos Económicos realizada en el auditorio del Edificio FERRERE, el
economista Gabriel Oddone disertó sobre la incertidumbre del contexto
internacional y el escenario de estanflación y corrección fiscal que
atraviesa Uruguay.
La exposición titulada “Estancamiento y ajuste fiscal: ¿qué podemos
esperar para 2017?” repasó, en primer lugar, los riesgos latentes en el
contexto global y las distintas velocidades a las que se reacomoda la
región. En este sentido, Oddone explicó que el mundo atraviesa una fase
de bajo crecimiento, tanto por problemas de demanda (“estancamiento
secular”) como de oferta (sobre-endeudamiento). Asimismo, la
normalización de la política monetaria de EE.UU. es más lenta de lo
previsto y, por ello, las tasas de interés seguirían una trayectoria alcista
más gradual, convergiendo a niveles de largo plazo más bajos de los que
se esperaba. En consecuencia, el proceso de fortalecimiento del dólar a
nivel global ha perdido impulso desde marzo. En este contexto, los
precios de los commodities se recuperan de forma incipiente y
asimétrica, ya que la menor apreciación del dólar, junto con fundamentos
específicos de cada mercado, amortigua parcialmente el efecto de una
menor demanda real. Por último, Oddone destacó que la región está
altamente expuesta al entorno internacional, y que la corrección de los
desequilibrios macroeconómicos en ambos países ocurrirá a distintas
velocidades. En particular, a nivel regional el 2016 será otro año perdido
aunque la situación podría mejorar hacia 2017.
Con respecto a Uruguay, Oddone señaló que la economía ingresó en la
fase baja del ciclo económico. Si bien el desempeño será mejor que en la
región durante este año, el desacople se diluirá en 2017 a raíz del repunte
esperado en Argentina y Brasil y el estancamiento estimado para la
economía uruguaya. En relación al empleo, el mercado laboral continuará
contrayéndose, aunque el ritmo de deterioro se modera. En este marco, el
Poder Ejecutivo anunció un ajuste fiscal que será incluido en la Rendición
de Cuentas 2017. Según Oddone, esto constituye una clara señal de que el
gobierno pretende recuperar el ancla fiscal que perdió a partir de 2011. El
economista también señaló que el ajuste anunciado en mayo, equivalente
a 1% del PIB de 2017, es “necesario e impostergable” dada la trayectoria
fiscal esperada previo a la incorporación de los anuncios. En este sentido,
el ajuste propuesto es suficiente para evitar un deterioro adicional del
resultado fiscal pero es insuficiente para estabilizar el ratio deuda/PIB,
manteniéndose en una trayectoria divergente hacia el fin del período de
gobierno. Por ello, Oddone anticipó que las cuentas públicas podrían
requerir nuevos ajustes, que seguramente serán vía precios regulados.
A su vez, el economista afirmó que la decisión de recuperar el ancla fiscal
ha llevado a resignar el objetivo inflacionario de un dígito, ya que la
situación fiscal restringe el margen para actuar sobre el nivel de precios.
También aclaró que, si bien la inflación se consolida por encima de 10%, no
ha habido una espiralización de precios gracias a la mayor restricción
monetaria a nivel doméstico y la menor apreciación del dólar a nivel
global. Este último factor sugiere que el actual desvío de precios relativos
se corregirá de manera más lenta a lo previsto en los últimos meses.
Gabriel Oddone
Daniel Rajchman, Nicolás Rajchman
Francisco Navarro, María Jesús Passadore
Andreina Roux, Fabiana Cereceda
Jorge Cruces, Estela Viña
Resumen Ejecutivo Monitor Financiero-Mayo
Mayores depósitos explicó casi en su totalidad la mejora del negocio
bancario
Caída en rentabilidad del sistema producto de menores resultados por
diferencia de cambio
El volumen de negocios del sistema bancario (créditos + depósitos)
experimentó en abril un incremento en su stock de USD 315 MM que se
explicó en un 88% (USD 276 MM) por un aumento en la cantidad de
depósitos, en tanto que los créditos explicaron el otro 12% con una suba
de USD 39 MM en relación a marzo. En concreto, la suba en el stock de
depósitos se observó tanto en MN como en ME (USD 147 MM y USD 129
MM respectivamente), donde BROU explicó casi en su totalidad (USD 103
MM) el incremento en las obligaciones nominadas en ME. La suba en MN
fue experimentada tanto por la banca privada como oficial. Cabe destacar
que, el crecimiento derivó principalmente de las obligaciones con
residentes (USD 172 MM), mientras que los depósitos de no residentes y
sector público presentaron una leve suba (USD 43 MM y USD 62 MM
respectivamente).
La rentabilidad del sistema bancario (BROU + Privados), medida en
términos de ROE, volvió a experimentar en abril una caída de 2,5 p.p. que
ubicó al ratio en 11%. Al igual que el mes pasado, la caída se explicó casi
en su totalidad por menores resultados por diferencia de cambio. Dado el
incremento que han tenido los bancos en sus posiciones en ME a lo largo
de 2015, los resultados medidos en MN aumentaron su exposición a la
evolución del tipo de cambio. De todas formas, hasta febrero esto tuvo un
impacto positivo en los resultados debido a la tendencia de valorización
del dólar. No obstante, en los últimos dos meses el peso uruguayo revirtió
su tendencia y se apreció 1% (punta a punta), lo que derivó en una perdida
por diferencia de cambio por variación de activos y pasivos de USD 40 MM
en los 12 meses a abril.
Sin embargo, cabe destacar, que si bien en los últimos meses la
depreciación del peso uruguayo sobreestimó el valor de los depósitos en
MN medido en dólares, la caída en el tipo de cambio (-0,1% punta a
punta) de abril sobreestimó el crecimiento de los depósitos en MN
valuado en dólares. No obstante, al medir la evolución de los depósitos
con un tipo de cambio constante (abril 2016) para aislar dicho efecto
igualmente se observó un incremento en los depósitos en MN. , aunque
en menor medida, pasando de ser USD 147 MM a USD 110 MM.
Desquitando dicho efecto, los depósitos globales del sistema crecerían
USD 239 MM.
De todas formas, a pesar de esta caída, las ganancias por diferencia de
cambio continúan siendo el componente con mayor incidencia en los
resultados del sistema, de modo que si se descuentan dichos resultados la
rentabilidad del sistema desciende a 1%.
Suba de encajes tuvo impacto en composición del activo del sistema
A modo de observar el posible impacto que tuvo el incremento en las
tasas de encaje sobre el activo de los bancos, se observó la variación que
tuvieron tanto las monedas y billetes dentro de BCU como los créditos con
BCU. En efecto, BROU ascendió en USD 670 MM el monto de monedas y
billetes dentro del BCU en relación a marzo, USD 599 en MN y USD 71 MM
en ME. Por su parte, el grupo de privados ascendió en USD 245 MM la
disponibilidad dentro del BCU en MN mientras que en ME el mayor monto
se observó en los créditos al BCU que ascendieron en USD 331 MM.
Gili: El desafío de Uruguay es mantener los procesos de
inversión
Bruno Gili, socio de CPA Ferrere, brindó una entrevista al Semanario
Voces y se refirió, entre otros temas, a la importancia de la inversión en
Uruguay. “Uno de los talones de Aquiles de Uruguay es que tenía un nivel
de inversiones muy bajo. Poner eso como un objetivo y meta de trabajo
creo que fue relevante. Hay que pensar en cómo mantener los procesos
de inversión”, analizó.
Gili afirmó que Uruguay se encuentra en una situación muy difícil,
“estamos en una situación de probable estancamiento”. “Cuando
terminaron los factores externos y a los internos les sacamos todo el jugo,
estamos en una situación de problemas en el mercado y además a nivel de
las finanzas públicas, que es lo más grave. Tenemos que abrir los mercados
y resolver los problemas de las finanzas públicas”, agregó.
Gili también explicó el papel que jugó CPA en la inversión extranjera que
obtuvo Uruguay los últimos años. “Somos un apoyo importante. Me
refiero a la capacidad de que tiene Uruguay de tener empresas de
servicios serias, tanto a nivel jurídico como económico y contable, y
tecnológicas. En general muchos de nuestros socios, de Ferrere y CPA
Ferrere, han sido formados en el exterior, en Estados Unidos, en
Inglaterra, en España, y entonces los comprendemos bastante bien”,
puntualizó.
Para acceder a la nota completa haga clic aquí.
El socio de CPA Ferrere opinó también sobre la importancia de la escala a
la hora de pensar negocios y políticas. “Obviamente que el sector
agropecuario en Uruguay es de los pocos que claramente tenemos
escala. La escala es relevante cuando uno produce bienes que son más o
menos commodities (…) Podemos producir carne a niveles razonables
para ser parte del mundo y producir a buen precio. Podemos ser
atractivos para que vengan inversiones, en cualquier sector agropecuario.
Otro sector en el que ha habido inversión internacional es el turismo, y
Uruguay sigue siendo un país con escala para el turismo”.
Foto extraída de Semanario Voces
Globalización: nocaut al secreto bancario con fines tributarios
Artículo de Gustavo Viñales para El Observador
El jueves 19 de mayo pasado el Presidente del Banco Central del Uruguay,
Ec. Mario Bergara, disertó sobre los Panamá Papers y la posición de
Uruguay para seguir recorriendo el camino de la transparencia. Esta
posición requiere adaptar la normativa interna a los nuevos estándares
internacionales en materia de combate a la opacidad, y principalmente
refiere a tres aspectos: la minimización del secreto bancario para dar
cumplimento al intercambio automático de información financiera entre
administraciones tributarias; el conocimiento del llamado beneficiario
final, es decir, saber quién está detrás de las estructuras jurídicas sean
sociedades o fideicomisos; e incorporar el delito fiscal cómo precedente
del delito de lavado de activos.
se vienen procesando a nivel internacional en materia de transparencia y
combate a la evasión tributaria.
En particular aquí me voy a centrar en la minimización del secreto
bancario con fines tributarios, y no por ser este tema una novedad – ya lo
decíamos en El Observador en noviembre del 2014 - sino porque los
compromisos asumidos por Uruguay exigen cambios en la normativa y
requieren implementación operativa en las entidades financieras y en la
Dirección General Impositiva a partir de enero de 2017, y eso en términos
de lo que implica es mañana.
En octubre de 2014 en Berlín, en el Foro Global sobre Transparencia e
Intercambio de Información para fines Fiscales, más de 65 países y
jurisdicciones de la OCDE, del G-20 y otras jurisdicciones – entre ellos
Uruguay– se comprometieron a adoptar el Estándar para el Intercambio
Automático de Información Financiera en Materia Fiscal y lanzar sus
primeros intercambios en setiembre de 2017; posteriormente, en agosto
de 2015, el Foro Global publicó un documento de Estado de Compromisos
que ubica a Uruguay entre las jurisdicciones que harán los primeros
intercambios en el año 2018. Por tanto, en setiembre 2018 nuestro país
realizará los primeros intercambios de información automática con más de
95 jurisdicciones que ya suscribieron el acuerdo, y que refiere a
información financiera correspondiente a saldos de cuentas a diciembre
del 2017 y rentas del año 2017. Para ello al 1 de enero de 2017 nuestro
país necesita tener el estándar implementado en las entidades financieras
y la administración tributaria.
Por tanto, en breve veremos
titulares de prensa en nuestro
país que referirán a la
eliminación
del
secreto
bancario, para sorpresa de
aquellos actores políticos y
económicos que sigan sin
internalizar debidamente los
cambios de paradigma que
Reseñemos brevemente los compromisos asumidos por nuestro país
respecto de la norma internacional de intercambio automático de
información financiera denominada "Standard for Automatic Exchange of
Financial Account Information in Tax Matters", y su estándar global único
de intercambio denominado "Common Reporting Standard - (CRS)", para
comprender de mejor forma que llegará a su fin en los próximos meses en
el secreto bancario, y que tipo de información financiera se intercambiará
de forma automática a través del CRS.
Argentina por ejemplo, que mantuvo su compromiso inicial de comenzar
el intercambio en 2017, tiene adaptada toda su normativa interna hasta
la Resolución de la AFIP del 29/12/2015, por tanto, Uruguay para
comenzar en 2018, deberá armonizar la normativa interna en lo que resta
del 2016.
Según lo establecido en el CRS, las entidades financieras como bancos y
ciertas instituciones de inversión y seguros, deberán suministrar
información relativa a los datos del titular y saldos o valor de la cuenta al
final del año, más los importes en concepto de rentas del año, es decir,
datos en concepto de intereses, dividendos u otros tipos posibles de
rentas de activos financieros. Las entidades financieras reportarán a las
autoridades tributarias de cada país la información detallada respecto de
sus clientes "no residentes fiscales", sean personas físicas o jurídicas, en
función de las tareas de debida diligencia que dichas instituciones
deberán aplicar.
Asimismo es previsible que – tal como acontece en la mayoría de los
países a nivel internacional – también se establezca la obligación de
información financiera automática de titulares de cuentas, para personas
físicas o jurídicas "residentes fiscales" uruguayos, de manera de dejar en
igualdad de condiciones a la administración tributaria de nuestro país.
La DGI deberá utilizar la información para cumplir los compromisos
asumidos en materia internacional y para sus cometidos en términos de
contralor del cumplimiento tributario en nuestro país.
En resumen, para cumplir los acuerdos y compromisos a nivel
internacional a partir del año 2018, nuestro país debe levantar el secreto
bancario con fines tributarios para el 2017 de forma que las entidades
financieras le proporcionen de manera automática a la DGI la información
correspondiente a saldos de cuentas e importes de rentas de personas
físicas o jurídicas que sean propiedad de residentes y no residentes fiscales
de nuestro país.
Impuestos: el costo de vivir en sociedad
Artículo de Fabián Birnbaum para El Observador
Mucho se ha discutido y escuchado en las últimas horas a raíz de los
anuncios del gobierno por modificar ciertos impuestos con el fin de
realizar un ajuste fiscal. La discusión ciudadana y el aumento de la
conciencia social en el pago de impuestos son moneda corriente en un
mundo con países (incluyendo el nuestro) con déficits presupuestarios,
volatilidad en los ingresos y aumento de los gastos públicos.
Dentro de la anterior coyuntura, entendemos que no debemos perder de
vista las razones de existencia de los tributos y de los estados. Ambos
conceptos tienen larga historia en la humanidad y están estrechamente
relacionados.
Sin perjuicio de la existencia de varias definiciones a nivel legal y
económico, podríamos establecer en un lenguaje sencillo que los
impuestos representan el costo que pagan los ciudadanos para financiar
las actividades del Estado.
En virtud de lo anterior, deberíamos cuestionarnos cuáles son las
actividades que el Estado debe hacer para entender qué y cuánto se debe
financiar. En ese sentido, la magnitud y el rol del Estado ideal varían en
función de las posturas políticas, filosóficas y económicas. En un extremo
se encuentran quienes piden un Estado fuerte, "paternalista" basado en
ideas provenientes desde Karl Marx hasta John Maynard Keynes.
Por el otro extremo, se encuentran quienes sostienen que el Estado debe
ser pequeño, de poca intervención. El padre de esta concepción es Adam
Smith con su teoría de la "mano invisible".
La mayor parte de los Estados se encuentran en el medio de los extremos
antedichos, pareciendo apoyar la idea del poeta francés Paul Valery quien
sostenía: "Si el Estado es fuerte, nos aplasta. Si es débil, perecemos".
De cualquier manera, el siglo XXI fue testigo de la expansión del rol del
Estado en la economía que se produjo por temas políticos, filosóficos,
económicos y sociales. Las razones de esta expansión exceden el propósito
del presente artículo pero es innegable la existencia de la misma tal como
el propio caso de nuestro país lo ilustra a través del aumento de la
recaudación tributaria. (Ver gráfico 1).
Asimismo, la antedicha tendencia alcista se puede visualizar en el
promedio de los países OCDE. (Ver gráfico 2)
El aumento de la presión fiscal como medio para financiar el creciente
gasto público es una realidad que se puede observar en todo el mundo
hace 100 años. Por lo tanto esta tendencia existe independientemente de
las naciones, afinidades, creencias y partidos políticos gobernantes.
Un mundo globalizado en donde los países compiten fiscalmente, con
volatilidad de los mercados (y de las correspondientes recaudaciones)
sumado a un aumento constante del gasto público parece ser un escenario
complicado de sostener. En ese sentido también se expresa el profesor
Norteamericano Reuven Avi-Yonah en su artículo: "Globalization, Tax
Competition, and the Fiscal Crisis of the Welfare State".
En virtud de lo anterior, a través de estas líneas se pretende promover el
debate sobre el rol del Estado debido a que la tendencia mundial
antedicha parece ser insostenible en el largo plazo. En ese sentido, debe
existir una discusión a todos los niveles y si fuera necesario realizar las
reformas legales y constitucionales que correspondan. Por si acaso,
destacamos que la presente opinión no tiene por objetivo ni apoyar ni
criticar las recientes modificaciones tributarias sino promover el debate
sobre un asunto que subyace la valoración de los recientes anuncios de
cambios tributarios y del manejo de las finanzas publicas.
Como apasionados del fútbol, lo podemos expresar en dichos términos;
debemos parar la pelota al piso...
Gráfico 1
Gráfico 2
CPA Ferrere y FERRERE Abogados asesoran a la Asociación
Española en su exitosa colocación de deuda
Este mes se realizó la exitosa emisión del Fideicomiso Financiero II de la
Asociación Española por UI 210 millones (aproximadamente USD 23
millones) con el apoyo de CPA Ferrere como asesor financiero y FERRERE
Abogados como asesor legal.
La demanda realizada por los inversores superó ampliamente la deuda
emitida, alcanzando los UI 381 millones. Este instrumento resultó una
opción muy interesante para los inversores dado que cuenta con una tasa
de rentabilidad superior a los bonos del Estado y con un bajo riesgo
asociado.
El instrumento se caracteriza por la cesión de créditos de la Asociación
Española - correspondientes del Fondo Nacional de Salud (Fonasa) - al
Fideicomiso y por estar garantizado por el Fondo de Garantía de las IAMC
(Instituciones de Asistencia Medico Colectivas), el cual se encuentra
administrado por los Ministerios de Salud Pública y de Economía y
Finanzas. Este Fondo fue ampliado a través de la Ley N°19.357 de
diciembre de 2015.
La empresa CARE Calificadora de Riesgo S.R.L., le asignó una calificación
de riesgo de A (uy), instrumento de bajo riesgo.
Los títulos de deuda presentan una tasa nominal del 6% anual, con pagos
mensuales en 180 cuotas iguales y consecutivas, contando con un año de
gracia de capital desde la fecha de emisión.
El proceso licitatorio del Fideicomiso fue innovador dado que contó con
dos tramos: tramo competitivo y tramo no competitivo. El primero de ellos
fue realizado a través de BEVSA (Bolsa Electrónica de Valores S.A.), en el
cual se determina el precio para el tramo no competitivo, llevado a cabo
en la BVM (Bolsa de valores de Montevideo).
Cambios en el registro de estados contables ante la Auditoría
Interna de la Nación
Desde el año 2006 las sociedades comerciales están obligadas a registrar
sus estados contables (estados financieros) ante la Auditoría Interna de la
Nación (AIN) en caso de que sus activos totales superen las 30.000 UR y
sus ingresos operativos netos las 100.000 UR (artículo 60 de la ley 17.243
y decreto 253/001). El incumplimiento de tal obligación tenía como
consecuencia la prohibición de distribuir utilidades y la facultad para la
Dirección General Impositiva (DGI) de suspender la vigencia del
certificado único (artículo 313 de la ley 18.996).
La ley 18.930 agregó como sujetos obligados a registrar a las sociedades y
asociaciones agrarias y los fideicomisos y fondos de inversión no
sometidos a regulación por el Banco Central del Uruguay, que obtengan
ingresos no comprendidos en los hechos generadores de los Impuestos a
la Renta de las Personas Físicas y a las Rentas de las Actividades
Económicas por un monto superior a las UI 4.000.000.
A partir de la última Ley de Presupuesto 2015 – 2019 (ley 19.355) se
suman como sujetos obligados a registrar sus estados contables ante la
AIN a las: (a) sociedades civiles, (b) asociaciones civiles y fundaciones, (c)
cooperativas y (d) las entidades no residentes que radiquen en territorio
nacional su sede de dirección efectiva, para el desarrollo de actividades
empresariales en el país o en el exterior.
El Poder Ejecutivo debía establecer los montos mínimos de activos o
ingresos a partir de los cuales correspondería el registro para los nuevos
sujetos obligados así como los plazos para la presentación de los estados
contables.
Mediante el reciente decreto 156/016 del 30 de mayo de 2016, el Poder
Ejecutivo ejerció la facultad conferida y estableció tales montos mínimos y
sanciones económicas a aplicar por la AIN ante el incumplimiento.
Por otra parte, la AIN avanza en su modernización mediante el diseño e
implementación de la Central de Balances Electrónica (CBe). Desde el
pasado 13 de junio para hacer el registro es necesario que los
representantes de la empresa y el contador actuante cuenten con firma
electrónica.
1. Nuevos sujetos obligados a registrar sus estados contables y fijación
de multas
¿Quiénes son los sujetos obligados a registrar sus estados contables en
AIN?
(a) Las sociedades comerciales, cualquiera sea su forma (artículo 97 bis de
la Ley 16.060 en la redacción dada por el artículo 151 de la Ley
19.149).
(b) Las sociedades civiles, las asociaciones agrarias, las entidades no
residentes que actúen en territorio nacional a través de un establecimiento
permanente o radiquen en el territorio nacional su sede de dirección
efectiva, para el desarrollo de actividades empresariales en el país o en
exterior y los fondos de inversión y fideicomisos no sometidos a regulación
de BCU (artículo 24 de la Ley 18.930 en la redacción dada por el artículo
215 de la Ley 19.355).
Siempre que:
• Los ingresos de sus actividades ordinarias, al cierre de cada ejercicio
anual, superen las 26.300.000 UI (al día de hoy aprox. $ 88.600.000 /
US$ 2.858.000)
• Los ingresos al cierre de cada ejercicio anual, superen las 4.000.000 UI
(aprox. $ 13.640.000 / US$ 440.000), siempre que al menos el 90% de
los mismos generen rentas que no sean de fuente uruguaya.
Los ingresos que deben tomarse en consideración son los ingresos
generados en el ejercicio anterior.
El valor de la Unidad Indexada aplicable, será el vigente a la fecha de cierre
del ejercicio. Los estados contables deben estar aprobados por el órgano
social competente en caso de corresponder.
Las instituciones de intermediación financiera, las empresas aseguradoras,
las administradoras de fondos de ahorro previsional y los intermediarios
de valores sometidos al control, supervisión y/o superintendencia del
Banco Central del Uruguay (BCU) no estarán obligados a registrar sus
estados contables ante la AIN.
¿Cuál es el plazo para registrar sus estados contables?
El plazo no cambio respecto al ya existente, se mantiene en 180 días
corridos, contados a partir del día siguiente a la fecha de cierre del
ejercicio económico.
¿Cuáles son las sanciones si no se registran los estados contables en
plazo?
Las consecuencias del incumplimiento de la obligación de registrar los
estados contables en plazo continúan siendo la prohibición de distribuir
utilidades resultantes de la gestión social y la posibilidad de la DGI de
suspender la vigencia del certificado único.
Se agrega a lo anterior la fijación de multas a ser impuestas por la AIN y de
informar a DGI los incumplimientos a los efectos de la suspensión del
certificado único.
• Prohibición de distribuir utilidades
¿A partir de qué ejercicios económicos se aplican las nuevas
disposiciones?
Los sujetos obligados a registrar que por su naturaleza estén en
condiciones de distribuir utilidades, no pueden hacerlo hasta no cumplir
con el registro.
Para las sociedades comerciales las nuevas disposiciones aplican a partir
de los ejercicios económicos cerrados a partir del 30 de junio de 2016.
Se entiende por distribución de utilidades el pago de dividendos o de sus
equivalentes.
Para los demás sujetos obligados, aplican a partir de los ejercicios
económicos iniciados a partir del 1 de enero de 2016.
• Multas por incumplimiento de la obligación de registrar
-2.000 UI ( aprox. $ 6.500 / US$ 210)
-3.000 UI (aprox. $ 9.800 / US$ 320) en caso de reiteración del
incumplimiento en un periodo de cinco años, no acumulable a la del punto
anterior.
En consecuencia, su suspensión puede provocar pérdidas muy importantes
a las empresas en la medida que afecta directamente el desarrollo de su
actividad comercial y la obtención de fuentes de financiamiento.
2. Cambios en el procedimiento de registro
• Multas por distribuir utilidades sin registrar sus estados contables
¿Cómo es el procedimiento para la presentación de Estados Contables en
AIN?
- 125.000 UI (aprox. $ 405.000 / US$ 13.100)
- 250.000 UI (aprox. $ 810.000 / US$ 26.200) en caso de reiteración del
incumplimiento en un periodo de cinco años, no acumulable a la del punto
anterior.
A partir del pasado 13 de junio, el registro de los estados contables ante la
AIN debe realizarse on line mediante la utilización de firmas electrónicas
tanto del representante legal de la empresa como del contador público
actuante.
Las multas aplicables no podrán superar el valor equivalente a 10.000
Unidades Reajustables (aprox. $ 9.060.000 / US$ 292.000).
En efecto, a partir de esa fecha la AIN puso en funcionamiento el CBe que
permite la automatización de los procesos y el envío web de la
información a registrar.
• Suspensión del certificado de vigencia anual emitido por DGI
La DGI puede suspender la vigencia del certificado único de los sujetos
obligados incumplidores.
El decreto dispone que una vez que AIN notifica al administrado la
imposición de la multa, deberá comunicarlo a la DGI a los efectos de la
suspensión de la vigencia del certificado anual.
El certificado único emitido por DGI es el certificado que acredita a los
sujetos pasivos que realizan actividades comerciales, industriales, de
servicio y agropecuaria se encuentra al día con sus obligaciones formales y
pago de tributos administrados por la DGI.
Es exigible para la obtención y renovación de créditos bancarios,
realización de trámites y cobros ante organismos del Estado, importación y
exportación.
El procedimiento para la generación y presentación de estados contables
es ahora el siguiente:
• Confección
- Se debe seleccionar la plantilla o formulario de Excel correspondiente,
según cuerpo normativo contable aplicable.
- Completar la plantilla o formulario en base a los estados contables.
- Guardar la notas a los estados contables e Informe de Contador en HTML
- Con los archivos anteriores se genera el archivo XBRL.
• Firma
Los estados contables deberán incluir las firmas digitales del o los
representantes del sujeto obligado, la cual tendrá carácter de declaración
jurada de su condición de tal y del profesional actuante que elaboró la
certificación que acompaña los estados contables (informe de
compilación, de revisión limitada o de auditoria).
Las firmas electrónicas deben ser tramitadas ante Abitab o el Correo con
anterioridad al envío de los formularios.
• Timbre
El pago del timbre se realizará a través de distintas formas de pago: Abitab,
Banred, bancos, Red Pagos, Red Nacional de Cobros y Pagos (Correo).
• Validación
El sitio web valida los estados contables presentados, comunica el éxito del
proceso de presentación (o los errores) y habilitará la descarga de la
constancia de registro de dichos estados contables.
Contacto
Noelia Alonso: [email protected]
Gabriela Gutiérrez: [email protected]
Ctarget
CTarget es un servicio 100% dedicado a la industria financiera y
surge a través del trabajo conjunto de tres compañías con altos
niveles de especialización en Banca, Redes Sociales y modelos de
predicción del comportamiento: Bantotal, Idatha y CPA Ferrere.
CTarget transforma todos los datos disponibles, dentro y fuera de la
institución financiera, en información clave para que el ejecutivo
pueda rentabilizar la relación con cada uno de sus clientes.
Más de 25 años de experiencia permitieron construir los mejores
modelos predictivos e indicadores específicos para las instituciones
financieras, incorporando a las redes sociales como canal universal
de comunicación. CTarget ofrece conocimiento específico de la
industria financiera, embebido en indicadores y herramientas de
análisis del comportamiento de clientes y prospectos.
Características funcionales y técnicas
•
•
•
•
•
•
•
Único front end
Inteligencia artificial
Todos los dispositivos
Aplicación de reglas de negocio
Redes sociales
100% orientada a servicios
Modelos analíticos y predictivos
Encuentre más información en ctarget.us
Montevideo, Uruguay
Aguada Park, Uruguay
Colonia, Uruguay
Tacuarembó, Uruguay
Edificio FERRERE
Juncal 1392
[email protected]
Tel.: +(598) 2900 1000
Fax: +(598) 2900 5000
Paraguay 2141
Oficina 1004
[email protected]
Tel.: +(598) 2927 2360
Fax: +(598) 2927 2360
Baltasar Brum 571
[email protected]
Tel.: +(598) 4523 1517
Fax: +(598) 4523 1517
Sarandí 160
[email protected]
Tel.: +(598) 4633 1111
Fax: +(598) 4633 1111
Asunción, Paraguay
La Paz, Bolivia
Santa Cruz, Bolivia
Acá Carayá N° 271
[email protected]
Tel.: +(595) 21 318 3000
Fax: +(595) 21 318 3113
Av. Sánchez Bustamante
esq. Calle 11 – Calacoto
Edf. CBC II, Piso 4
[email protected]
Tel.: +(591) 2 2146017
Zona Equipetrol Norte
Calle I 170
[email protected]
Tel.: +(591) 3 341 95 65
Fax: +(591) 3 341 95 66
Quito, Ecuador
Manta, Ecuador
Edificio Mirage
Avenida 12 de Octubre
N24-68, esq. Lincoln, piso 16
Quito, Ecuador
Tel.: +(593) 2 – 381 – 0950
Edificio Fortaleza
Calle M-3 y Avenida 24.
Primer Piso, Oficina 1B.
(+593) 5 5003 813
(+593) 5 5003 813