Vista Previa - Aduana del Ecuador

Resolución Nro. SENAE-DDT-2014-0122-RE
Tulcán, 08 de octubre de 2014
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
DIRECCION DISTRITAL DE TULCÁN
CONVOCATORIA PÚBLICA A LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO
(EXCEPTO EMPRESAS PÚBLICAS) E INSTITUCIONES PRIVADAS DE
ASISTENCIA SOCIAL, BENEFICENCIA, EDUCACIÓN, E INVESTIGACIÓN
SIN FINES DE LUCRO, SE LES HACE CONOCER:
Que el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, una vez que se han cumplido los
procedimientos de ley, cuenta con mercancías que están en condiciones de ser
adjudicadas, por haberse declarado respecto de ellas, Decomiso administrativo y Judicial,
conforme se describe en el Memorando Nro. SENAE-CZPT-2014-0960-M de fecha 26
de Agosto del 2014, suscrito por la Srta. Ing. Diana Milena Galvis Mera, Guardalmacén
Jefe Distrito.
Que mediante Resolucion SENAE-DDT-2014-0095-RE de fecha 09 de septiembre de
2014, firmadas por quien suscribe, se realizó la CONVOCATORIA PÚBLICA de
Reconocimiento de Mercancías en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 14 del
Procedimiento General De Adjudicación Gratuita, Subasta Pública y Destrucción
expedida mediante Resolución Nro. SENA-DGN-2012-0238-RE, de fecha 03 de Julio del
2012, suscrita por el Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo Director General, mediante
la cual indica: "...Artículo 14: Publicación: Previo al inicio del proceso de adjudicación
gratuita, el SENAE efectuará una convocatoria pública adjuntando el listado de las
mercancías que serán adjudicadas, a fin de que las entidades registradas puedan
acercarse a reconocerlas...".Así como lo establecido en el Artículo 4 de la Resolución
Nro.SENAE-DGN-2014-0116-RE, de fecha 17 de Febrero del 2013, suscrita por el Econ.
Pedro Xavier Cárdenas Moncayo - Director General, referente a la Reforma al
Procedimiento General de Adjudicación Gratuita , Subasta Pública y Destrucción
mediante la cual indica: “…Artículo 4: En el artículo 14, sustitúyase la frase : “Este
periodo de reconocimiento durara diez días hábiles” por la siguiente: Este periodo de
reconocimiento durara de 3 a 10 días hábiles, según determine el Director Distrital…”,
en lo que respecta en la presente publicación se concedieron 5 días de publicación de
convocatoria a reconocimiento.
Que habiendo transcurrido los plazos, para que los interesados ejerzan los recursos que la
ley le asiste, la situación legal de las mercancías se encuentran en firme, por lo que esta
Dirección Distrital, dispone dar cumplimiento al Procedimiento Previo establecido en el
Art. 251 del Capítulo XII Subasta Pública, Adjudicación Gratuita, del Reglamento al
Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del libro V del Código Orgánico de
la Producción, Comercio e Inversiones, que indica: "...el Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador publicará durante cinco días, en su portal electrónico oficial, el listado de las
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mercancías, a fin de que las entidades del sector público, excepto las empresas públicas,
y las instituciones privadas de asistencia social, beneficencia, educación o investigación
sin fines de lucro puedan determinar los bienes que necesitan a fin de ser adjudicadas
gratuitamente. Para la adjudicación se dará prioridad a las instituciones del sector
público, y dentro de éstas a su vez, se respetará el orden de presentación de la
solicitud...", siempre que se cumpla con lo determinado en el artículo 252 del mismo
cuerpo legal, en el que se dispone: "...Art. 252.- Adjudicación gratuita.- La adjudicación
gratuita será otorgada por el Director Distrital del Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador de la respectiva jurisdicción, considerando como beneficiarios a personas
jurídicas públicas o privadas de asistencia social, beneficencia, educación o
investigación sin fines de lucro que se encuentren debidamente registradas en el
Ministerio responsable de la política social del Estado. La adjudicación de las
mercancías se realizará en función del objeto social de cada institución. Su
procedimiento y requisitos serán determinados por la Directora o Director del Servicio
Nacional de Aduanas...", en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 203 del Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, que dispone: "...Art. 203.- De la
Adjudicación Gratuita.- Procede la adjudicación gratuita de las mercancías que se
encuentren en abandono expreso o definitivo, de aquellas declaradas en decomiso
administrativo o judicial, aún de aquellas respecto de las cuales se hubiere iniciado un
proceso de subasta pública, dentro de los términos y las disposiciones contenidas en el
presente Código, su reglamento y demás normas del Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador, a favor de organismos y empresas del sector público, incluida la
administración aduanera, cuando éstas así lo requieran para el cumplimiento de sus
fines. Las mercancías de prohibida importación solo podrán donarse a instituciones
públicas, siempre que sirvan específicamente para las actividades institucionales, o
destruirse. Adicionalmente, procede la adjudicación gratuita a favor de las instituciones
de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro que las
requieran para el cumplimiento de sus fines, de acuerdo a su objeto social, en los casos y
con las condiciones que se prevean en el Reglamento al presente Código...". Asimismo,
se dé cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 14 del Procedimiento General De
Adjudicación Gratuita, Subasta Pública y Destrucción expedida mediante Resolución
Nro. SENA-DGN-2012-0238-RE, de fecha 03 de Julio del 2012, suscrita por el Econ.
Pedro Xavier Cárdenas Moncayo - Director General, mediante la cual indica: "Artículo
14: (...) luego del cual el SENAE publicará las mercancías aptas para ser adjudicadas
durante 5 días hábiles, a fin de que las entidades registradas puedan realizar los
requerimientos respectivos según sus fines institucionales. Estas publicaciones se
efectuarán a través de la página web oficial del Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador. Los requerimientos podrán ser por la totalidad de los bienes enunciados o
únicamente por una parte de ellos, pero en uno u otro caso la entidad ganadora obtendrá
la totalidad de bienes requeridos. La Dirección Distrital del Servicio Nacional de
Aduana del Ecuador correspondiente, analizará la adecuación de las solicitudes con los
fines institucionales del respectivo requirente y su orden de ingreso. Se tomará en cuenta
el orden de ingreso de las solicitudes dando prioridad a las entidades del sector público y
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contando únicamente las solicitudes válidas que se adecuen a los fines institucionales de
la entidad pública o privada requirente. De no haber observaciones a las solicitudes
presentadas, el proceso se resolverá en cuatro días hábiles...". Por lo tanto, se adjunta a
continuación las mercancías disponibles a ser adjudicadas:
DESCRIPCIÓN
CONDICIÓNAVALÚO
INDAGACION
UND, DE
MARCAORIGEN
EMBALAJECANTIDADPESO
TOTAL
DEL
DEL
POR
PREVIA
MEDIDA
PRODUCTO
PRODUCTO UNIDAD
SUELAS DE
SIN
SIN
OF N° 417-JPGPC
IP 84-2010
SACA
256
51,2 KILOGRAMOBUENO
3,39
867,84
CAUCHO CON
MARCA PROCEDECENCIA
TACO
SUELAS SIN
SIN
SIN
OF N° 417-JPGPC
IP 84-2010
SACA
99
39,6 KILOGRAMOBUENO
2
198
TACO
MARCA PROCEDECENCIA
SUELA SIN
SIN
SIN
OF N° 417-JPGPC
IP 84-2010
SACA
1
0,4 KILOGRAMOBUENO
2
2
TACO
MARCA PROCEDECENCIA
CARROS DE
SIN
SENAE-DDT-2014-0585-PVIP 078-13
COLOMBIA
SACA
2
0,6 KILOGRAMOBUENO
5
10
JUGUETES
MARCA
IMPULSADORES
OF N° 58-JPPC
IP 320-2008
STOP COLOMBIA
SACA
10
3
KILOGRAMOREGULAR 70
700
ELECTRICOS
RESOLUCION
Finalmente se comunica que para la adjudicación se dará prioridad a las instituciones
del sector público, y dentro de éstas a su vez, se respetará el orden de presentación de la
solicitud. De no existir instituciones interesadas respecto de los bienes publicados, o las
requirentes no hayan retirado las mercancías adjudicadas, se procederá con la subasta
pública. Por las consideraciones expuestas, el suscrito Director Distrital de Tulcán,
Solicita a la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información,
proceda con la publicación de la presente CONVOCATORIA PUBLICA, en el portal
electrónico oficial del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador www.aduana.gob.ec el
día hábil al siguiente de la notificación del presente documento.- NOTIFIQUESE Y
CÚMPLASE
Documento firmado electrónicamente
Ing. Christian Andrés Duran López
DIRECTOR DISTRITAL DE TULCÁN, SUBROGANTE
Copia:
Señor Ingeniero
Muman Andrés Rojas Dávila
Asesor 2
Señor
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Giovanny Marcelo Cordova Morales
Analista Informático 2
Señor Abogado
Nelson David Zambrano Cueva
Abogado Aduanero
Señorita
Doris Nataly Cruz Almeida
Asistente de Abogacía
Señor Licenciado
Milton Eduardo Haro Becerra
Asistente de Abogacía
Señor Licenciado
Diego Raul Maldonado Sánchez
Director de Despacho y Control de Zona Primaria (e), Subrogante
dnca/fxhv/ndzc
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