ClV 37609/2012/1/RHl l., J. M. s/ protección ele la Q/f/aoúm ffi~ elek PlJ~ oY~ CYVa<:WnaI Buenos Aires, ::¡-¿Í(, ~ QY:/;w cid Vistos la causa J~ ele ~cYde g99~ los autos: l., J. M. especial. "Recurso elek ~ s/ protección :z:::,/6'.- ~ hecho deducido especial", por C.M.l. para decidir en sobre su procedencia. Considerando: los Q)le adecuado Fiscal tratamiento subrogante te comparte admisible el recurso En uso de ceso previo caso nueve, párrafo las de han la cuyos sido señora obj eto de Procuradora fundamentos esta Cor- se remite por razón de brevedad. a la queja, facultades el reintegro 52 párrafo de aplicación apelante dictamen lugar de adaptación, final, el la extraordinario las medidas fs. de de fs. 90/97 vta., se hace ley 48, dispónese del en y a los cuales Por ello, lada. agravios por de J.M.l. indicadas e instaurarse y se revoca previstas debiendo siete, se declara fs. 51 vta. 69 in podrá -//- -1- el art. a su madre, un monitoreo que, de ser preciso, la decisión implementarse a fs. fine/69 formalmente ape- 16 de la con un pro- con la premura párrafos vta. a cargo adoptarlas siete a y fs. 70, del organismo previsiones \. -II-necesarias se propone para garantizar a fs. 52 vta. al principal. los derechos penúltimo del menor, tal como Agréguese la queja párrafo. Notifíquese RICARDO LUIS LORENZETTJ ELENA 1.HIGHTON de NOLASCO .,/ JUAN CARLOS MAQUEDA -2- '>1 ClV 37609/2012/1/RRl l., J. M. si protección ~cme G?~ QS2t¡w de ~ Recurso de queja Mónica Fijtman. Tribunal de la w1íacWn del P/JioentMW/JtÚJ- de la pj)e<'~ cffnde¡uy~ Cámara Tribunal que intervino en lo Civil n° 10. de la Q/1/aoúmd interpuesto de origen: especial. por C.M.I., Nacional con el patrocinio de Apelaciones con anterioridad: -3- Juzgado de la Dra. en lo Civil, Nacional Graciela Sala B. de Primera Instancia Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a: http://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumento.html?idAnalisis=731191&interno=1
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