No. 94 - Portal Consejería Jurídica y de Servicios Legales del DF

Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
DÉCIMA NOVENA ÉPOCA
15 DE JUNIO DE 2016
No. 94
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México
 Acuerdo 33/2016 por el que se autoriza el Programa de Baja Voluntaria del Servicio con Indemnización para el
Personal de la Policía Auxiliar, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016
3
 Aviso por el que se da a conocer el Manual Específico de Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de
Selección y Promoción, Dictaminado y Registrado con el Número MEO-27/190516-D-SSPDF-8/020216
8
Secretaría de Protección Civil
 Aviso mediante el cual se informa de la publicación en la página web de la Secretaría de Protección Civil del
Gobierno de la Ciudad de México del Manual Específico de Operación Archivística de la Secretaría de Protección
Civil con el Número de Registro MEO-30/250516-D-SPC-15/2007 emitido por la Coordinación General de
Modernización Administrativa
21
Contraloría General
 Aviso CGCDMX/I/012/2016, a través del cual se hace del conocimiento de las Dependencias, Unidades
Administrativas, Órganos Desconcentrados, Delegaciones, Órganos de apoyo y asesoría y Entidades de la
Administración Pública de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de recibir propuestas y celebrar contratos,
en términos de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; con la persona moral “Comercial Automotriz y de
Servicios”, S.A. de C.V.
Continúa en la Pág. 2
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Índice
Viene de la Pág. 1
Delegación

Milpa Alta
 Nota aclaratoria al Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social “Programa de
Desarrollo Sectorial (Prodesec)” que llevará a cabo la Delegación Milpa Alta a través de la Jefatura de Unidad
Departamental de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable para el Ejercicio Fiscal 2016,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 29 de enero de 2016, Tomo II.
23
Instituto

de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
 Aviso por el cual se da a conocer la creación y modificación de diversos Sistemas de Datos Personales del Instituto
de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal

25
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
 Secretaría de Seguridad Pública.- Aviso de Fallo de Licitación Pública Nacional Número LPN-02-2016
29
 Oficialía Mayor.- Licitación Pública Nacional Consolidada Número OM-DGRMSG-005-16.- Convocatoria 005.-
Adquisición de vestuario de lluvia correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016
30
 Delegación Azcapotzalco.- Licitación Pública Nacional Número 30001058/LP/009/2016.- Convocatoria 006.-
Mantenimiento, conservación y rehabilitación de la imagen urbana
 Delegación
Miguel Hidalgo.- Licitaciones Públicas Nacionales números DMH/LP/009/2016
DMH/LP/010/2016.- Convocatoria DMH/LPN/004/2016.- Rehabilitación de escuelas, banquetas y corte de raíz
31
y
34
 Delegación Miguel Hidalgo.- Licitación Pública Internacional Número 30001026-012-16.- Convocatoria Nº 12.-
Adquisición de material eléctrico
36
 Delegación Miguel Hidalgo.- Licitación Pública Nacional Número 30001026-009-16.- Convocatoria Nº 13.-
Servicio de desazolve de la red secundaria de drenaje
38
 Sistema de Transporte Colectivo.- Licitación Pública Internacional Número 30102003-001/2016.- Convocatoria
001.- Adquisición, suministro y puesta en servicio de 10 trenes de 9 carros cada uno de rodadura neumática
equipados con PA135 Khz embarcado para la Línea 1

40
SECCIÓN DE AVISOS
 Ticha Servicios de Mantenimiento, S.A. de C.V.
42
 Productos Integrales Office Paper, S.A. de C.V.
42
 Edictos
43
 Aviso
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con fundamento
en lo dispuesto en los artículos 21, 44, 122 base segunda, fracción II y base tercera, y 123 apartado B, fracción XIII de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, 15 fracción X, 16 fracción IV, 17, 33 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 1, 3, 7, 27 fracción I y II, 34 fracciones VII, IX, y XVI del Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal; 8 fracción III y 51 Bis de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad
Pública del Distrito Federal; 1, 5 fracción II, 16 y 17 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, 1, 8 fracción II, 3
fracción II inciso a), 5, 6 y 7 del Reglamento Interior de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la seguridad pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad
física de las personas y sus bienes, la cual se lleva a cabo por instituciones policiales, como lo es la Secretaría de Seguridad
Pública de la Ciudad de México, cuya actuación se rige por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia,
profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.
Que es facultad del Secretario de Seguridad Pública, ejercer el mando directo de la policía, así como la libre designación y
remoción de los servidores públicos titulares de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas policiales y
expedir los acuerdos, circulares, lineamientos y bases conducentes al buen desempeño de las Funciones de la Secretaría.
Que la Policía Auxiliar, es integrante de la Policía Complementaria que forma parte de la Policía de la Ciudad de México.
Que uno de los Programas que ha instrumentado el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Seguridad
Publica para beneficio del personal que ha cumplido determinada edad y años de servicio y desean dar por terminada su
relación con esta Dependencia, es el de Baja Voluntaria, en el que los interesados en acogerse a este beneficio tienen la
posibilidad de recibir una retribución extraordinaria por concepto de indemnización por una sola vez, además de la pensión
que por ley les corresponde.
Que la aplicación de este Programa de Baja Voluntaria requiere de un Acuerdo para que se lleve a cabo de manera puntual,
por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO 33/2016 POR EL QUE SE AUTORIZA EL PROGRAMA DE BAJA VOLUNTARIA DEL SERVICIO
CON INDEMNIZACIÓN PARA EL PERSONAL DE LA POLICÍA AUXILIAR, CORRESPONDIENTE AL
EJERCICIO 2016
Único.- Se autoriza el Acuerdo del Programa de Baja Voluntaria del Servicio con Indemnización para el Personal Operativo
y Administrativo de la Policía Auxiliar, correspondiente al ejercicio 2016, conforme a lo siguiente:
1.- OBJETO
Apoyar la separación voluntaria de personal Operativo y Administrativo en activo que desee dar por concluidos
definitivamente sus servicios, causando baja voluntaria a partir del mes de agosto de 2016, reconociendo el servicio y la
antigüedad de aquellos elementos que opten por retirarse, a través del pago de una indemnización.
2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
Al presente instrumento se podrá acoger el personal Operativo y Administrativo en activo determinando el cálculo del
beneficio de acuerdo a la posición salarial que registre al 16 de mayo de 2016.
Asimismo, aquellos elementos que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria que al efecto se emita, causen
baja voluntaria a partir del 31 de agosto del 2016, rigiendo sus relaciones contractuales conforme a las Leyes y Reglamentos
que regulan a la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
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3.-SUJETOS AL ACUERDO
Los sujetos al Acuerdo serán el personal Operativo y Administrativo en activo, que se encuentren en los siguientes
supuestos:
3.1 El personal que al 16 de mayo de 2016 tengan la edad y antigüedad mínimos especificados en el punto 6.4 del presente
Acuerdo.
3.2 Queda excluido del beneficio del presente Acuerdo, el personal Operativo y Administrativo que tenga licencia sin goce
de sueldo y aquellos que tengan una controversia judicial en contra del Gobierno de la Ciudad de México, la Secretaría de
Seguridad Publica de la Ciudad de México o la Policía Auxiliar ventilada ante los órganos jurisdiccionales.
4.- RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO
Las áreas responsables de la aplicación del presente Acuerdo, al interior de la Dirección General de la Policía Auxiliar,
serán:
a).-La Dirección Ejecutiva de Operación Policial, a través de la Jefatura de Estado Mayor Policial, las que determinará qué
personal operativo de la Policía Auxiliar, cumple los requisitos señalados en el presente Acuerdo, así como el personal
propuesto para recibir el beneficio de Baja Voluntaria.
b).-La Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos y Financieros, a través de la Subdirección de Recursos Humanos, revisará
que el personal Administrativo de la Policía Auxiliar, incluido en este programa cumpla con los requisitos señalados en el
presente Acuerdo.
c).-La Dirección de Inspección General y Evaluación, analizará y validará que quienes se incorporen al Programa
establecido al presente Acuerdo, cumplan con los requisitos señalados en el mismo.
5. DEFINICIONES
5.1 Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:
a)
CONTRALORIA.- A la Contraloría Interna en la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
b)
HABERES.- Es la retribución económica que recibe el personal por las funciones que realiza.
c)
INDEMNIZACIÓN.- Es el pago que se efectúa a favor del personal, de conformidad al presente Programa.
d)
PERSONAL.- Toda persona que realiza funciones de carácter Operativo o Administrativo dentro de la Policía
Auxiliar.
e)
POLICÍA AUXILIAR.- Policía Auxiliar.
f)
PROGRAMA.- Programa de Baja Voluntaria
g)
PUESTO.- La unidad impersonal de servicio que se caracteriza por tener tareas y deberes específicos, lo cual le
asigna un grado de responsabilidad.
h)
SECRETARÍA - Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
6. DISPOSICIONES GENERALES
6.1 El Acuerdo se genera con la autorización de la Secretaría siendo la Dirección General de la Policía Auxiliar quien
interviene en la operación de la misma.
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6.2 Las áreas a las que se refiere el numeral 4, deberán aplicar el Programa de Baja Voluntaria en los términos establecidos
en el presente acuerdo, así como otorgar todas las facilidades y medios que permitan la incorporación del personal que
solicite ser beneficiado.
6.3 Las áreas responsables de aplicar el Programa del presente Acuerdo deberán:
6.3.1 Darlo a conocer e informar a través de medios de fácil acceso al personal, antes de iniciar la ejecución del Programa,
en razón de que para el ejercicio fiscal 2016, el mismo concluirá de acuerdo a la suficiencia presupuestal.
6.3.2
Llevar a cabo las acciones administrativas que aseguren la operación expedita del Programa e implantar los
sistemas mediante los cuales el personal interesado pueda ingresar y registrarse en él.
6.3.3
Verificar a través de la Unidad Administrativa encargada de los Recursos Humanos, la antigüedad y haber
mensual bruto, del personal que se incorpore al Programa.
6.3.4
Realizar el pago de la indemnización al personal que se incorpore al Programa y cumpla con los requisitos
establecidos en el mismo.
6.4 El personal podrá ser considerado para el pago de indemnización, si cumple con el siguiente supuesto:
a) 65 años o más de edad y 15 años o más de antigüedad
La participación de todos los integrantes incorporados a este Programa estará supeditada a la suficiencia presupuestal.
6.4.1.- Adicionalmente se considerarán como casos especiales, a los elementos que por diferencia mínima en edad no
cumplan con el supuesto establecido del numeral 6.4 inciso a), siempre y cuando se presente alguna causa de fuerza mayor
que lo incluya en el programa y que el personal decida causar baja voluntaria de la corporación al 31 de agosto del 2016.
6.5 El monto de la indemnización estará determinado por la edad y años de servicio de cada persona y por las percepciones
que tenga asignadas. Este monto será el equivalente a:
6.5.1 Tres meses de haber mensual bruto.
6.5.2 Veinte días de haber mensual bruto, por cada año de servicio.
6.5.3 Doce días más, calculados al doble del salario mínimo vigente en la Ciudad de México, por cada año de servicio por
concepto de compensación.
6.5.4 En adición a lo anterior, se otorgará una Gratificación por única vez al personal que se incorpore al Programa por un
importe de $2.500.00 (DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) por cada año de servicio.
El cálculo de pago se realizará considerando el periodo de ingreso a la Corporación y hasta el día en que inicia el Programa.
Asimismo las cantidades a pagar serán calculadas por años completos de servicio, al 16 de mayo de 2016, fecha en la que da
inicio el presente Programa, independientemente de los momentos en los que se lleve a cabo la inscripción al Programa, la
baja correspondiente o el pago efectivo.
6.6 El personal que cumpla con los requisitos de edad y tiempo de servicio podrá acceder al beneficio de la pensión que
otorga la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar en términos de lo establecido en los artículos 35, 36 de las Reglas de
Operación del Plan de Previsión Social de los miembros de la Policía Auxiliar al momento de incorporarse al Programa.
6.6.1 La baja del personal que se haya inscrito al presente programa y que cumplan con los requisitos establecidos en el
mismo surtirá efectos a partir del día siguiente a su aceptación al Programa y con fecha límite al 31 de agosto de 2016.
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6.7 La indemnización que corresponda, deberá cubrirse mediante un pago único que se hará efectivo a más tardar al día 31
de diciembre del 2016 en la forma en que lo determine la Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos y Financieros a través
de la Subdirección de Recursos Humanos. La recepción del pago dará por terminada la relación laboral con el Gobierno de
la Ciudad de México, la Secretaría y la Policía Auxiliar.
6.7.1 Previo al pago de la indemnización, el personal inscrito en el Programa de Baja Voluntaria, deberá presentar su
renuncia al nombramiento, cargo o comisión que venía desempeñando en la Policía Auxiliar, de conformidad con lo
dispuesto en el punto 6.6.1
6.7.2 El Impuesto Sobre Renta (I.S.R.) será calculado y retenido del pago de conformidad con la normatividad aplicable.
6.7.3 El personal que se incorpore al Programa al momento del pago firmará el recibo correspondiente aceptando que con la
cantidad recibida se les cubre todas y cada una de las prestaciones que pudieran corresponderles, por lo que no se reservará
acción ni derecho alguno de ejercitar en contra del Gobierno de la Ciudad de México, de la Secretaría o de la Policía
Auxiliar, extendiendo el finiquito más amplio que en derecho proceda.
6.7.4 El pago de la indemnización es independiente de los beneficios a que tengan derecho el personal en materia de
seguridad social que otorga la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar, conforme al decreto de la creación de este órgano de
previsión así como también lo que les corresponde por el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR).
6.8 La Secretaría de Finanzas y la propia Policía Auxiliar, por conducto de la Dirección de Finanzas, proporcionarán los
recursos necesarios para llevar a cabo el Programa conforme a las disponibilidades presupuestales del capítulo 1000
"Servicios personales" para apoyar la separación de la Corporación del personal que cause baja de ella voluntariamente
mediante este Programa.
En atención tanto al comportamiento de las finanzas públicas, como a la suficiencia presupuestal, la Policía Auxiliar podrá
suspender parcial o totalmente el presente Programa.
Con la finalidad de que la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor del
Gobierno de la Ciudad de México, integre la Declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISR) retenida en forma anual, la
Policía Auxiliar deberá coordinarse con ésta y así estar en posibilidades de dar cumplimiento al artículo 98, fracciones XIII
del Reglamento interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
6.9 Tratándose del personal que haya decidido su incorporación al Programa y que falleciera después de firmar su renuncia
y antes de recibir la indemnización respectiva, ésta se cubrirá a sus beneficiarios designados en la Carta de Instrucción que
para tal efecto se incluye en la solicitud de incorporación, sin prejuicio de los derechos de seguridad social o cualquier otro
que les corresponda en términos de la normatividad aplicable.
6.10 El personal que haya sido beneficiado con el presente Programa bajo ninguna circunstancia, podrá reingresar a laborar,
ni ser contratado en cualquiera de los distintos tipos de nómina en el Gobierno de la Ciudad de México, ni por honorarios
asimilados a salarios, ni por honorarios por servicios profesionales y/o personales independientes.
6.10.1 El personal que infrinja lo dispuesto en el numeral 6.10, causará baja automáticamente, previa notificación al
Consejo de Honor y Justicia de Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México o Contraloría, según corresponda.
6.10.2 Para el cumplimiento del numeral anterior, la Policía Auxiliar entregará a la Dirección General de Administración y
Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor de la Ciudad de México la información de todo el personal que resulte
beneficiado con el presente Programa.
7. INTERPRETACIÓN ADMINISTRATIVA
7.1 La Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos y Financieros de la Policía Auxiliar, con el apoyo de la Dirección Jurídica
y Consultiva, será la competente para interpretar cualquier controversia que se suscite en el presente programa para efectos
administrativos.
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8. VIGILANCIA
8.1 La vigilancia del cumplimiento del presente Programa corresponde a la Dirección de Inspección General y Evaluación
de la Policía Auxiliar y a la Contraloría.
9. VIGENCIA
9.1 El Programa es por única vez, para efectos de todos los trámites administrativos que se hayan llevado a cabo a más
tardar al 31 de agosto de 2016.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente instrumento, entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México.
SEGUNDO.- Se instruye la difusión del presente acuerdo al interior de la Corporación, a la Dirección Ejecutiva de
Desarrollo Institucional y Servicios de Apoyo, y a la Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos y Financieros, ambas de la
Policía Auxiliar, así como la elaboración del procedimiento correspondiente para su implementación.
Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, a los diez días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
SUPERINTENDENTE GENERAL
LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA
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SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafos nueve y diez de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 12, fracciones I, IV, VII y VIII, 87 y 115, fracciones II y III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7,
15 fracción X y último párrafo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;
1, 3, fracciones XXVIII y XXXI, 4, 6, 8 fracciones II y XIX de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal; y 8, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Seguridad Pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad
física de las personas y sus bienes, la cual se encuentra, a cargo de la Policía del Distrito Federal integrada por la Policía
Preventiva y la Policía Complementaria, ésta a su vez, conformada por la Policía Auxiliar y la Bancaria e Industrial, cuya
actuación se rige por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.
Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que corresponde al Secretario
aprobar y remitir a la Oficialía Mayor para su revisión dictamen y registro, el Manual Específico para el mejor
funcionamiento de la dependencia, así como disponer lo necesario para que se mantenga actualizado y se publique en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Que se realizaron los trámites correspondientes para la autorización y registro de los procedimientos vigentes del Manual
Específico de Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Selección y Promoción, registrado ante la
Coordinación General de Modernización Administrativa, con el número MEO-27/190516-D-SSPDF-8/020216.
En virtud de lo anterior, y para su debida difusión, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE INTEGRACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE SELECCIÓN Y PROMOCIÓN, DICTAMINADO Y
REGISTRADO CON EL NÚMERO MEO-27/190516-D-SSPDF-8/020216
MANUAL ESPECÍFICO DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE
SELECCIÓN Y PROMOCIÓN
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DELDISTRITO FEDERAL
Abril 2016
Registro: MEO-27/190516-D-SSPDF-8/020216
CONTENIDO
I.
MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
II.
OBJETIVO GENERAL
III.
INTEGRACIÓN
IV.
ATRIBUCIONES
V.
FUNCIONES
VI.
CRITERIOS DE OPERACIÓN
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VII.
PROCEDIMIENTO(S)
VIII.
GLOSARIO
IX.
VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
I.
MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
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Leyes
1.
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 02 de
enero de 2009. Última reforma el 29 de octubre de 2013.
2.
Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal. Artículo 1°, 2°, 33, 34, 35, 36, 38, 39, 40 fracción VII y 53 fracción
III, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 1993.
3.
Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
Artículo 1°, 4°, 8° fracciones II y III, 24 fracciones IV y 47, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
20 de mayo de 2003. Última reforma el 15 de julio de 2011.
Reglamentos
4.
Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 26 de octubre de 2009.
5.
Reglamento que Establece el Procedimiento para la Conclusión de la Carrera Policial de la Secretaría de Seguridad
Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de febrero de 2010. Última
reforma el 11 de noviembre de 2010.
6.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 28 de diciembre del 2000. Última reforma el 13 de abril de 2016.
7.
Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 16 de octubre de 2008. Última reforma el 29 de enero de 2016.
Reglas
8.
Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 14 de septiembre de 2012.
II.
OBJETIVO GENERAL
Establecer los lineamientos normativos de integración y funcionamiento de la Comisión Técnica de Selección y Promoción
de la Policía del Distrito Federal, con el fin de que este Órgano Colegiado lleve a cabo la planeación, dirección, ejecución y
evaluación de la Carrera Policial, de esta forma garantizar el desarrollo institucional y asegurar la estabilidad en el empleo
con base en un esquema proporcional y equitativo que permita satisfacer las expectativas de desarrollo profesional y
reconocimiento del Personal Policial.
III.
INTEGRACIÓN
La Comisión Técnica de Selección y Promoción de la Policía del Distrito Federal, estará integrada por diversos funcionarios
que contarán con un nombramiento honorífico que no implica la creación de plazas o modificación de la estructura orgánica
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de la propia Secretaría; en tal razón y para el debido cumplimiento de sus atribuciones, dicho Órgano Colegiado, de
conformidad con lo dispuesto en el Apartado A del artículo 9 de las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial,
estará integrado por los siguientes servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública de la siguiente manera:
I.
El Secretario de Seguridad Pública, quien fungirá como Presidente.
II. El Director General de Carrera Policial, quien fungirá como Secretario Técnico.
III. Vocales:
*Subsecretario de Desarrollo Institucional
* Subsecretario de Operación Policial
* Subsecretario de Control de Tránsito
* Subsecretario de Participación Ciudadana y Prevención del Delito
* Oficial Mayor
* Director General del Instituto Técnico de Formación Policial
* Director General del Consejo de Honor y Justicia
* Director General de Asuntos Internos
* Director General de Administración de Personal
* Director General del Centro de Control de Confianza
IV.
Asesores:
*Director General de Asuntos Jurídicos
* Contralor Interno en la Secretaría de Seguridad Pública
V.
Invitados Permanentes:
*Serán tres con jerarquía mínima de inspector designados por el C. Secretario de Seguridad Pública.
IV.
ATRIBUCIONES
La Comisión Técnica de Selección y Promoción de conformidad con lo establecido en las Reglas para el Establecimiento de
la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, tendrá las siguientes atribuciones:
1.
Aprobar los mecanismos, criterios y requisitos que determinen el ingreso y permanencia de los elementos en la
Carrera Policial.
2.
Expedir las convocatorias para el ingreso de aspirantes, de acuerdo con las necesidades de la Secretaría, así como las
relativas a los concursos de promoción, señalando las plazas a cubrir y los requisitos necesarios para ocuparlas.
3.
Autorizar la incorporación provisional por un período de dos años en términos de lo dispuesto en el artículo 48 de la
Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, de los egresados del Curso Básico de
Formación Policial que cumplan con los requisitos necesarios para ocupar las plazas vacantes en las unidades
administrativas policiales de origen en las que desempeñarán sus funciones.
4.
Analizar las evaluaciones de desempeño que se realicen a los elementos operativos al término de la designación
provisional y autorizar, en su caso, la entrega del nombramiento definitivo conforme a lo dispuesto en el artículo 48
de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
5.
Analizar, aprobar y definir los mecanismos y procedimientos de selección para el ingreso, reingreso y promoción que
deberán instrumentarse en los diferentes procesos que realicen las Unidades Administrativas facultadas para ello, e
instruir las modificaciones pertinentes que a su juicio considere se deban aplicar, a fin de compatibilizar los
procedimientos a las necesidades de la Corporación y de la Carrera Policial.
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6.
Autorizar la selección realizada por las Unidades Administrativas relativa a los elementos que deberán ocupar las
plazas vacantes en el nivel superior inmediato, que cumplan con los requisitos establecidos, así como emitir los
lineamientos que deberán cumplir las mismas para seleccionar y evaluar a los integrantes del Servicio.
7.
Autorizar las evaluaciones que realicen o emitan las Unidades Administrativas competentes que hayan sido aplicadas
o que estén por aplicarse a los elementos de la Policía de la Ciudad de México, y vigilar que las mismas se realicen
cumpliendo los tiempos, períodos, formas y procedimientos para su realización, definidas en la normatividad
vigentes o por disposición expresa de la propia Comisión.
8.
Con base en las evaluaciones que realicen o emitan las Unidades Administrativas competentes, autorizar los ascensos
a las plazas vacantes.
9.
Decidir sobre todos aquellos asuntos vinculados con el adecuado funcionamiento y operación del Servicio
Profesional de Carrera Policial, así como del propio Sistema.
10.
Las demás que se aprueban por mayoría en el Pleno de la Comisión.
V.
FUNCIONES
Corresponden a los miembros de la Comisión, además de las funciones establecidas en las Reglas, las siguientes:
Del Presidente
1.
Presidir las sesiones de la Comisión.
2.
Convocar a sesión a los integrantes de la Comisión, por conducto del Secretario Técnico.
3.
Dirigir las sesiones de la Comisión, someter a votación los asuntos y autorizar las actas correspondientes.
4.
Ordenar la notificación a quien corresponda de las resoluciones que tome la Comisión.
Del Secretario Técnico
1.
Integrar y custodiar los expedientes de los asuntos que conozca la Comisión.
2.
Elaborar el orden del día de las sesiones y las actas correspondientes.
3.
Enviar a los integrantes de la Comisión, la convocatoria de las sesiones, con un mínimo de tres días hábiles de
anticipación, anexando el orden del día y la minuta de la sesión anterior para su validación.
Recopilar y distribuir entre los integrantes de la Comisión la documentación necesaria para el desarrollo de las
sesiones.
4.
5.
Notificar a quien corresponda de las resoluciones, determinaciones, acuerdos y demás actos que se tomen en la
Comisión.
6.
Las demás que de manera específica le encomienden el Presidente y la Comisión.
De los Vocales
1.
Asistir a las sesiones a que hayan sido convocados.
2.
Intervenir en la toma de decisiones y cumplir los acuerdos específicos que se tomen en las sesiones de la
Comisión.
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3.
Proponer en forma clara y concreta, alternativas para su solución y atención de los asuntos que se presenten a la
consideración y resolución de la Comisión.
4.
Emitir su voto en los asuntos que se ventilen en las sesiones, así como su conformidad o no, con el contenido del
acta y de la minuta de acuerdos.
5.
Las demás que les sean encomendadas por Acuerdo de la Comisión.
De los Asesores
1.
Asistir a las sesiones a que hayan sido convocados.
2.
Exponer fundadamente, con imparcialidad y seriedad sus puntos de vista respecto de los asuntos que se ventilen en
la Comisión, específicamente aquellos que requieran de una determinación y/u opinión jurídica o de
interpretación.
3.
Verificar que las sesiones, determinaciones y acuerdos que se tomen en las mismas, se apeguen a la normatividad
aplicable y dentro de los principios de legalidad, transparencia, imparcialidad, honradez, lealtad y eficiencia.
4.
Proporcionar en el ámbito de su competencia, la asesoría legal, técnica y administrativa que se requiera, para
sustentar y tomar las determinaciones, acuerdos y demás actos de la Comisión.
5.
Las demás que les sean encomendadas por Acuerdo de la Comisión.
De los invitados
1.
Emitir opinión cuando lo estime pertinente en los asuntos que se traten en el Pleno de la Comisión, o cuando uno o
varios de sus integrantes así lo soliciten.
2.
Coadyuvar en la exposición de los asuntos que se sometan a consideración y resolución de la Comisión.
VI.
CRITERIOS DE OPERACIÓN
De las sesiones
1.
La Comisión celebrará sesiones en forma ordinaria de manera semestral, pudiendo además celebrar sesiones
extraordinarias que sean necesarias.
2.
3.
La Comisión realizará su primera sesión durante el transcurso del mes de marzo de cada ejercicio con la sesión
formal de instalación.
Las sesiones extraordinarias se realizarán cuando se estime necesario a solicitud de su Presidente, de la mayoría de
los integrantes o de cualquier miembro con derecho a voz y voto, previo acuerdo del primero, en cuyo caso se
deberá dar aviso a sus integrantes por lo menos con 2 días hábiles de anticipación.
4.
Las sesiones se celebrarán en la fecha, hora y lugar preestablecidos.
5.
Para la celebración de las sesiones, se requerirá que asistan como mínimo, la mitad de los miembros, contando
invariablemente con la Presencia del Presidente o de su suplente.
6.
A las sesiones de la Comisión deberán asistir puntual e invariablemente los miembros titulares, salvo cuando
existan circunstancias de fuerza mayor, caso en el que podrán asistir los miembros suplentes.
7.
Para llevar a cabo la celebración de las sesiones se deberá:
15 de Junio de 2016
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13
7.1
Expedir la convocatoria que indique la fecha, hora y lugar en que se celebrará la sesión, señalando si es de
carácter ordinaria o extraordinaria.
7.2
Elaborar la orden del día que describa los asuntos que se presentarán a la consideración y resolución de la
Comisión.
7.3 Integrar la carpeta de trabajo que contenga el planteamiento formal y los documentos soporte de los asuntos, para
su análisis, evaluación y resolución.
7.4 El orden del día y los documentos correspondientes de cada sesión, se entregarán a los integrantes de la Comisión,
cuando menos tres días hábiles de anticipación para reuniones ordinarias y un día hábil para el caso de las
extraordinarias.
7.5
Para cada sesión se levantará un acta, que será firmada por todos los que hubieran asistido a ella.
De la votación
1.
El Presidente tendrá derecho a voz y voto, en caso de empate contará con el voto de calidad.
2.
El Secretario Técnico tendrá derecho a voz pero sin voto.
3.
Los Vocales tendrán derecho a voz y voto.
4.
Tanto los Asesores así como los invitados, tendrán derecho a voz pero sin voto.
5.
Las decisiones de la Comisión se tomarán por mayoría de votos, considerando la siguiente definición:
5.1
Mayoría de votos.- La votación favorable o desfavorable del 50% más uno de los miembros presentes.
5.2
En caso de empate, el Presidente tendrá el voto de calidad.
De la suplencia
1.
La suplencia de los Miembros Propietarios de la Comisión, se realizará de la siguiente forma:
1.1
Los miembros propietarios de la Comisión deberán acreditar por escrito a sus respectivos suplentes una vez
instalada la Comisión.
1.2
Las ausencias del Presidente, serán suplidas por el Subsecretario de Desarrollo Institucional.
1.3 Las ausencias de los demás miembros de la Comisión, serán suplidas por el inmediato jerárquico inferior que
hubiera sido designado, quien informará los acuerdos y comentarios vertidos en el pleno de la Comisión al titular de su
representación respectiva.
1.4 Cuando asistan los suplentes y se incorporen los miembros titulares, el suplente podrá seguir participando en la
sesión, pero únicamente con derecho a voz.
VII.
PROCEDIMIENTO (S)
Nombre del Procedimiento: Realización de sesiones de la comisión técnica de selección y promoción
Objetivo General: Establecer el proceso de integración de los asuntos que abordará la Comisión Técnica de Selección y
Promoción y cómo serán presentados éstos en cada una de las sesiones, con el fin de que permita tener un orden para la
discusión, votación y realización de los acuerdos del Pleno de manera ágil y transparente.
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15 de Junio de 2016
Descripción Narrativa:
Actor
Secretario Técnico
Presidente
No.
1
Actividad
Integra carpeta con la documentación de los casos y/o
asuntos a tratar en cada Sesión Ordinaria o Extraordinaria
de la Comisión.
Tiempo
5 días
2
Elabora con base a los casos y asuntos integrados, el
“Orden del Día” de la sesión respectiva de la Comisión,
adjunta “Carpeta”.
Remite la “Carpeta” para autorización del Presidente.
Recibe “Carpeta” y “Orden del Día”, revisa que estén
correctos, junto con la documentación soporte.
¿Están correctos los documentos?
NO
Señala las correcciones a realizar y/o la documentación
que falta por integrar.
Turna al Secretario Técnico.
(Conecta con la Actividad 1).
SÍ
Autoriza que están correctos los documentos de la
“Carpeta”.
Turna documentos al Secretario Técnico para su posterior
difusión a los integrantes de la Comisión.
Recibe “Carpeta” y “Orden del Día”, autorizados.
1 día
3
4
5
6
Presidente
7
Presidente
8
9
2 horas
2 horas
1 hora
1 hora
3 minutos
12 minutos
1 hora
Secretario Técnico
10
11
12
13
14
Presidente
15
16
17
18
Elabora “Convocatoria” para invitar a cada uno de los
integrantes de la Comisión informándoles que participen
en la sesión ordinaria o extraordinaria en la fecha y hora
programada.
Anexa a la “Convocatoria”, “Carpeta” y “Orden del Día”
autorizados.
Difunde a través de medios físicos y/o magnéticos con tres
días previos a la realización de la sesión ordinaria y un día
previo a laextraordinaria a cada uno de los integrantes de la
Comisión.
Recaba el día de la sesión, firmas de asistencia de los
integrantes de la Comisión que asistan.
Informa al Presidente del número de participantes para
establecer si hay quórum.
¿Existe quórum?
NO
Suspende la sesión ordinaria o extraordinaria por existir
menos del 50% de asistencia de los integrantes de la
Comisión
(Conecta con la Actividad 10).
SÍ
Declara instalada la sesión ordinaria o extraordinaria por
existir más del 50% de asistencia de los integrantes de la
Comisión.
Efectúa la lectura de la “Minuta” de la Sesión anterior.
Solicita al Pleno determine si está correcta en relación al
desarrollo de la sesión.
1 día
1 hora
1 día
9 minutos
1 minuto
5 minutos
10 minutos
15 minutos
5 minutos
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Actor
No.
Presidente
19
20
21
Secretario Técnico
22
Presidente
23
24
25
26
27
28
29
30
31
Presidente
32
Secretario Técnico
33
34
35
36
Presidente
37
Presidente
38
39
40
41
15
Actividad
Tiempo
¿Está correcta la minuta?
NO
Solicita al Secretario Técnico tome nota de las
1 minuto
observaciones para su modificación o adiciones necesarias
(Conecta con la Actividad 18).
SÍ
Declara aprobada la “Minuta”.
1 minuto
Instruye al Secretario Técnico proceda a la formalización
1 minuto
de ésta recabando las firmas del Pleno.
Recaba firmas en “Minuta” de la Sesión anterior de cada
9 minutos
uno de los participantes de la misma.
Cede la palabra al Presidente, archiva documento.
1 minuto
Archiva documento.
1 minuto
Recaba los acuerdos y acciones desarrolladas por la
3 minutos
Comisión.
Resume los acuerdos y acciones desarrolladas por la
3 minutos
Comisión.
Sintetiza los acuerdos y acciones desarrolladas por la
3
Comisión.
minutos
Precisa los acuerdos y acciones desarrolladas por la
3 minutos
Comisión.
Informa al Pleno de la Comisión del seguimiento a los
13 minutos
acuerdos realizados en la sesión anterior.
Pregunta si existe algún asunto conveniente de tratar o
2 minutos
procede a la sesión en turno.
¿Procede la sesión en turno?
NO
Desahoga ante el Pleno de la Comisión los asuntos y
10 minutos
acuerdos a que haya lugar.
(Conecta con la Actividad 30).
SÍ
Instruye al Secretario Técnico realice la presentación de la
1 minuto
“Orden del Día” de la Sesión en turno.
Presenta “Orden del Día”.
4 minutos
Cede la palabra al Presidente. Archiva “Orden”.
1 minuto
Somete a votación la propuesta de cada caso.
1 hora
Lleva a cabo el registro y conteo de la votación de los
1 hora
acuerdos.
Asienta en la “Minuta” el voto nominal de cada uno de los
10 minutos
participantes en el caso de la toma de decisiones por
mayoría.
Da lectura a los asuntos generales tratados.
3 minutos
Levanta la “Minuta” de la Sesión de la Comisión.
1 minuto
Archiva “Minuta”.
1 minuto
Comunica al Pleno que se da formalmente terminada la
5 minutos
sesión.
Fin del Procedimiento
Tiempo total de ejecución: 8 días, 12 horas y 17 minutos
16
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15 de Junio de 2016
Aspectos a considerar:
1.
El Secretario Técnico recabará información y documentación de cada asunto que sea presentado al Pleno de la
Comisión.
2.
Las Direcciones Generales deberán realizar sus propuestas con previa autorización del Subsecretario de
adscripción ante el Secretario Técnico quien la presentará al Pleno de la Comisión.
3.
Cuando se traten de propuestas realizadas por la ciudadanía, organizaciones civiles y entes públicos, la
Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito, recibirá las propuestas e instruirá proveer la
integración de la información necesaria para su remisión a la Comisión por conducto del Secretario Técnico, para
el trámite correspondiente, informando al solicitante de esta actividad.
4.
Los asuntos y casos que requieran de la atención de la Comisión serán remitidos a través del Secretario Técnico
con un mínimo de tres días hábiles de anticipación a la fecha en que habrá de celebrarse la sesión.
5.
La presentación de los casos deberá incluir lo siguiente:
I. Planteamiento claro, concreto y completo.
II.
Soporte documental e información correspondiente, que sustente los casos sometidos a consideración.
6.
El Secretario Técnico verificará la correcta expedición de la orden del día y la integración de los documentos
soporte de los casos que abordará la Comisión y obtendrá el visto bueno del Presidente de este Órgano.
7.
Las Sesiones de la Comisión sólo deberán instalarse cuando exista quórum, es decir el 50% de asistencia de los
integrantes, en el caso de haber menos del 50% no podrá instalarse.
8.
Cuando no exista quórum el Presidente de la Comisión comunicará a los asistentes la cancelación de la sesión.
9.
De no estar presente el Presidente o su suplente, el Secretario Técnico procederá a cancelar la sesión.
10.
Las propuestas se presentarán en forma individual o general y serán objeto de análisis, evaluación y deliberación
por parte de los miembros de la Comisión.
11.
El Secretario Técnico registrará los acuerdos aprobados por el Pleno con más del 50% de votos, asimismo
realizará un seguimiento de éstos e informará a la Comisión en sesión de las acciones o actividades ejecutadas para
llevarlos a cabo. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
12.
Las determinaciones con respecto a los asuntos tratados, tendrán el carácter de resoluciones y/o autorizaciones.
13.
Las resoluciones, acuerdos y determinaciones deberán estar debidamente fundadas y motivadas.
14.
Las resoluciones serán de carácter irrevocable, sólo mediante resolución de la propia Comisión se podrán
suspender, modificar o cancelar su contenido, alcances y efectos.
15.
El Secretario Técnico vigilará que se consignen en el listado de propuestas y en la Minuta de Acuerdos, con toda
claridad y precisión, las resoluciones tomadas.
16.
Las sesiones extraordinarias se celebrarán exclusivamente para tratar casos urgentes, en la orden del día de estas
sesiones no se incluirá la presentación de Minutas de Acuerdo de sesiones anteriores, ni de asuntos generales, ni de
conocimiento, ni de seguimiento.
17.
Por cada sesión ordinaria o extraordinaria que realice la Comisión, deberá elaborarse un acta donde se describa
cómo se llevó a cabo el desarrollo de éstas.
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18.
El Secretario Técnico redactará y emitirá las actas de cada sesión.
19.
Para efectos del presente procedimiento, se entenderá por:
17
19.1 Comisión.- A la Comisión Técnica de Selección y Promoción.
19.2 Fundamentación.- A la precisión de citar el precepto legal aplicable al caso presentado y la resolución acordada
en la Comisión.
19.3 Motivación.- Al hecho de señalar con precisión, las circunstancias especiales, razones particulares o causas
inmediatas que se hayan tenido en consideración para la emisión del acto, determinación o acuerdo, siendo necesario
además, que exista adecuación entre los motivos aducidos y las normas aplicables, es decir, que el caso concreto
presentado en la Comisión se configure en la hipótesis normativa.
VIII.
GLOSARIO
Para efectos del presente Manual, se entenderá por:
1.
Aspirante: A toda aquella persona que pretenda ingresar a la policía del Distrito Federal por considerarse con
vocación para el servicio de seguridad pública.
2.
Becario: A toda aquella persona que habiendo cubierto los requisitos establecidos por el Instituto, se encuentre
inscrita en el Curso Básico de Formación Policial.
3.
Cargo: Al puesto que ocupan los elementos policiales dentro de la Estructura Organizacional Operativa de la
Secretaría, mediante el nombramiento correspondiente.
4.
Carrera Policial: Conjunto de jerarquías, categorías y grados que forman parte de la Carrera Policial que, de
manera sistematizada y ordenada en forma ascendente, permiten al elemento desarrollarse y progresar en su
profesión policial. Las jerarquías contempladas son las de policías, oficiales, inspectores y superintendentes.
5.
Comisión: A la Comisión Técnica de Selección y Promoción de la Policía del Distrito Federal.
6.
Consejo: Al Consejo de Honor y Justicia de la Policía del Distrito Federal.
7.
Desarrollo Policial: Al conjunto integral de reglas y procesos debidamente estructurados y enlazados entre sí, que
comprende la Carrera Policial, los esquemas de Profesionalización, la Certificación y el Régimen Disciplinario.
8.
Desempeño: La actuación que el personal policial demuestra en el cumplimiento de sus funciones, con apego a los
principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.
9.
Personal Policial: Al hombre o mujer que habiendo aprobado el curso básico de formación policial y cumplido
los requisitos de ingreso y permanencia cuenta con nombramiento de policía, constituyéndose como parte
integrante del Servicio Profesional de Carrera Policial del Distrito Federal.
10.
Función Policial: Al conjunto de actividades del personal policial, encaminadas a cumplir con los objetivos de la
seguridad pública, consistentes en salvaguardar la integridad física de las personas, así como sus bienes; prevenir
la comisión de delitos e infracciones a los reglamentos gubernativos y de policía; preservar las libertades, el orden
y la paz públicos y auxiliar a la población en caso de siniestros y desastres.
11.
Grado o Nivel: A la posición dentro de una jerarquía.
12.
Instituciones de Seguridad Pública: A las instituciones policiales, de procuración de justicia, del sistema
penitenciario, y dependencias encargadas de la seguridad pública a nivel federal, local y municipal.
13.
Instituto: A la Dirección General del Instituto Técnico de Formación Policial (ITFP).
18
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14.
Jerarquía: Al orden y relación entre grados del personal policial, establecidas en la carrera policial, que están
integradas en orden ascendente por las de: policías, oficiales, inspectores y superintendentes.
15.
Ley General: A la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
16.
Mando: A la potestad legalmente conferida al personal policial, por razón de su cargo, grado o comisión, que le
autoriza a emitir órdenes dentro del área de su competencia.
17.
Miembros Propietarios: A las personas integrantes de la Comisión que se establecen como titulares de cada uno
de los cargos mencionados en el presente documento.
18.
Planeación: Etapa permanente del Servicio Profesional de Carrera Policial del Distrito Federal, en la que las
unidades responsables involucradas, determinan mediante el análisis y el diagnóstico, las políticas, lineamientos,
directrices, acciones e instrumentos que permitan la operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera
Policial.
19.
Plaza: A la posición presupuestal que respalda un puesto, que no puede ser ocupada por más de un servidor
público a la vez y que tiene una adscripción determinada.
20.
Programa General de Formación Policial: Al conjunto de contenidos educativos y cognitivos encaminados a la
profesionalización del personal policial.
21.
Profesionalización: Al proceso permanente y progresivo de formación, que se integra por las etapas o niveles de
Básico o Formación Inicial, Actualización, Especialización, Promoción y de Mandos o Alta Dirección, para el
desarrollo de competencias, capacidades y habilidades del personal policial.
22.
Policía del Distrito Federal: A la Policía Preventiva y a la Policía Complementaria del Distrito Federal; ésta
última conformada por la Policía Bancaria e Industrial y la Policía Auxiliar.
23.
Reglas: A las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal.
24.
Secretaría de Seguridad Pública.- Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
25.
Secretario de Seguridad Pública.- Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal.
26.
Servicio de Carrera Policial del Distrito Federal: Al conjunto de normas, políticas, directrices, lineamientos,
procedimientos, instancias y recursos de carácter obligatorio y permanente, conforme al cual se definen y operan
las etapas relativas al Reclutamiento, Selección, Ingreso, Formación, Certificación, Permanencia, Evaluación,
Promoción y Reconocimiento, así como la de Separación o Baja del Servicio.
27.
Sistema: Al Sistema del Servicio de Carrera Policial del Distrito Federal, concibiendo en un todo las
interrelaciones entre unidades administrativas, instancias y procesos.
28.
Subsecretaría: A la Subsecretaría de Desarrollo Institucional.
29.
Superior Jerárquico: Al personal policial que ejerce el mando sobre otros, debido a su jerarquía, grado, cargo o
comisión.
30.
Suplente: A la persona que sustituye en ciertos casos a los Miembros Propietarios de la Comisión, como lo
establece el presente documento para atender asuntos relacionados con este Órgano.
31.
Unidades Administrativas Policiales: A las unidades dotadas de atribuciones de decisión y ejecución en el
ámbito de las funciones operativas de la Policía del Distrito Federal.
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IX.
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VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
MIEMBROS DE LA COMISIÓN
PRESIDENTE
SECRETARIO TÉCNICO
________________________________
SUPERINTENDENTE GENERAL
LIC. HIRAM ALMEIDA ESTRADA
SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
_______________________________________
LIC. VIOLETA IVETTE AGUILAR FREGOSO
DIRECTORA GENERAL DE CARRERA POLICIAL
VOCAL
VOCAL
_____________________________
PRIMER SUPERINTENDENTE
LIC. LUIS ALFREDO
HERNÁNDEZ VELÁZQUEZ
SUBSECRETARIO DE
DESARROLLO INSTITUCIONAL
______________________________
PRIMER SUPERINTENDENTE
LUIS ROSALES GAMBOA
SUBSECRETARIO DE OPERACIÓN POLICIAL
VOCAL
VOCAL
_______________________________
PRIMER SUPERINTENDENTE
LIC. FERNANDO ALEJANDRO
MARTÍNEZ BADILLO
ENCARGADO DEL DESPACHO
DE LA SUBSECRETARÍA DE
CONTROL DE TRÁNSITO
VOCAL
___________________________________
PRIMER SUPERINTENDENTE
LIC. YOLANDA GARCÍA CORNEJO
SUBSECRETARIA DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y
PREVENCIÓN DEL DELITO
VOCAL
__________________________
LIC. ÉRICA YAHAIRA LEIJA
MACÍAS
OFICIAL MAYOR DE LA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
PÚBLICA
_____________________________________
MTRA. IRENE QUINTO MONTENEGRO
DIRECTORA GENERAL DEL
INSTITUTO TÉCNICO DE
FORMACIÓN POLICIAL
VOCAL
___________________________
LIC. VÍCTOR MANUEL
ESPINOSA RABASSA
DIRECTOR GENERAL DEL
CONSEJO DE HONOR Y
JUSTICIA
VOCAL
__________________________
SEGUNDO
SUPERINTENDENTE
LIC. ÁNGEL ERIC IBARRA
CRUZ
DIRECTOR GENERAL DE
ASUNTOS INTERNOS
19
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VOCAL
VOCAL
__________________________
LIC. RODOLFO DE LA O
HERNÁNDEZ
DIRECTOR GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN DE
PERSONAL
______________________________________
MTRA. ROCÍO EMMA CASTELLANOS
HERNÁNDEZ
DIRECTORA GENERAL DEL
CENTRO DE CONTROL DE
CONFIANZA
ASESOR
ASESOR
_____________________________
MTRO. EMMANUEL CHÁVEZ
PÉREZ
DIRECTOR GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS
_________________________
LIC. JAIME ALBERTO
BECERRIL BECERRIL
CONTRALOR INTERNO EN LA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
PÚBLICA
INVITADO
INVITADO
______________________________
SEGUNDO
SUPERINTENDENTE
ÁLVARO SÁNCHEZ VALDÉS
ENCARGADO DEL DESPACHO
DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE LA POLICÍA METROPOLITANA
______________________________
SEGUNDO
SUPERINTENDENTE
JORGE ALFREDO ALCOCER
ROSALES
ENCARGADO DEL DESPACHO
DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE OPERACIÓN DE TRÁNSITO
INVITADO
__________________________
PRIMER INSPECTOR
ALEJANDRO DELGADO
AGUILAR
TRANSITORIOS
Primero.- Se da a conocer el Manual Específico de Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Selección y
Promoción, dictaminado y registrado con el número MEO-27/190516-D-SSPDF-8/020216, por la Coordinación General de
Modernización Administrativa.
Segundo.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para todos los efectos legales a que haya lugar.
Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, a primero de junio del año dos mil dieciséis.
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
SUPERINTENDENTE GENERAL
LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA
15 de Junio de 2016
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SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL
Efrén Del Valle Rueda de León, Director de Administración en la Secretaría de Protección Civil, con fundamento en
los artículos 19, 101G fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el numeral
2.4.6.7 de la Circular de Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; El Desarrollo,
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del
Distrito Federal, expido el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA DE LA PUBLICACIÓN EN LA PÁGINA WEB DE LA
SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO DEL MANUAL
ESPECÍFICO DE OPERACIÓN ARCHIVÍSTICA DE LA SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL CON EL
NÚMERO DE REGISTRO MEO-30/250516-D-SPC-15/2007 EMITIDO POR LA COORDINACIÓN GENERAL
DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA.
Medio de consulta: http://www.proteccioncivil.cdmx.gob.mx/sia/docs/Manual_Especifico_OA_2016.pdf
Transitorio
Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Ciudad de México a 9 de junio de 2016
(Firma)
EFRÉN DEL VALLE RUEDA DE LEÓN
DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN
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Contraloría General
Aviso CGCDMX/I/012/2016, a través del cual se hace del conocimiento de las dependencias, unidades
administrativas, órganos desconcentrados, delegaciones, órganos de apoyo y asesoría y entidades de la
Administración Pública de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de recibir propuestas y celebrar contratos,
en términos de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; con la persona moral “Comercial Automotriz y de
Servicios”, S.A. de C.V.
AVISO CGCDMX/I/012/2016
A LAS DEPENDENCIAS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS,
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, DELEGACIONES,
ÓRGANOS DE APOYO Y ASESORÍA Y ENTIDADES DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
Que el 3 de junio de 2016, esta Contraloría General notificó la resolución del 1 de junio del año en curso, a través de la cual
determinó el impedimento para participar en procedimientos de contratación y celebración de contratos en materia de
adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, con número de expediente CG/DRI/SPC-04/2016, a la persona
moral “Comercial Automotriz y de Servicios”, S.A. de C.V., con clave de Registro Federal de Contribuyentes
CAS0403109V6.
Que con fundamento en los artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 16 fracción IV y 34 fracción
XLVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2° fracción III, 39 fracción V, 80 y 81 de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; 1°, 7 fracción XIV, numeral 1.2 y 104 fracción IV del Reglamento Interior de
la Administración Pública del Distrito Federal, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que deberán
abstenerse de recibir propuestas o celebrar contratos en las materias antes señaladas, en términos de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal, con dicha persona moral, por un plazo de un año, contado a partir del día en que se publique el
presente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Una vez transcurrido el plazo antes señalado, concluirán los efectos del presente Aviso, sin que sea necesario algún otro
comunicado.
ATENTAMENTE
(Firma)
MTRO. EDUARDO ROVELO PICO
CONTRALOR GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
DELEGACIÓN MILPA ALTA
JORGE ALVARADO GALICIA, Jefe Delegacional en Milpa Alta, y con fundamento en los artículos 12, Fracción III, 87, 104, 105,
112 párrafo segundo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 33 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 10
Fracción XII, 37, 38 y 39 Fracción XLIV, XLV y LXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 96, 97 y
101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 3 Fracción III, 25 Fracción I, 120, 122 bis Fracción XII inciso A, F,
123 Fracción XII, 175 Fracciones III, IV, VIII y XIII del Reglamento Interior de la Administración Pública y Acuerdo Delegatorio de
Facultades, Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de Noviembre de 2015 y en cumplimiento a las Reglas de Operación
del Programa Social de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, publicadas el 29 de enero de 2016, en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal, emite la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
SOCIAL “PROGRAMA DE DESARROLLO SECTORIAL (PRODESEC)” QUE LLEVARÁ A CABO LA DELEGACIÓN
MILPA ALTA A TRAVÉS DE LA JEFATURA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
DESARROLLO RURAL Y ECONÓMICO SUSTENTABLE PARA EL EJERCICIO 2016, PUBLICADO EN LA GACETA
OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EL 29 DE ENERO DE 2016, TOMO II.
La delegación Milpa Alta, a través de la Unidad Departamental de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable
para el ejercicio 2016, lleva a cabo el PROGRAMA DE DESARROLLO SECTORIAL (PRODESEC) 2016, realiza las siguientes
aclaraciones:
En la página 346, en los objetivos específicos No. 8 dice:
8.- Contribuir mediante el apoyo económico a la prosperidad de los y las productoras, impulsando el crecimiento de los pequeños
negocios;
Debe decir:
8.- Entendiendo como definición de productor(es): A personas que intervienen en la producción de bienes y/o servicios, que
contribuyan mediante apoyos económicos a la prosperidad de las y los productores, impulsando el crecimiento de los pequeños negocios
(cafeterías, cocinas económicas, talleres de costura, etc. y cualquier actividad que de un valor agregado a una determinada materia prima)
y, derivado de la política económica del Gobierno Federal en la cruzada contra el hambre, la cual trata de erradicar la pobreza
extrema, situación en la que se encuentra una parte de la población de la demarcación y dado que es un derecho humano
contemplado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contar con los recursos mínimos indispensables se
apoyarán a estos sectores de la población.
Lo anterior se robustece con el Artículo 175 del Reglamento Interior de la Administración Pública donde corresponde a la Dirección
General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable:
III. Promover la participación en el Comité de Fomento Económico de la demarcación territorial, de los órganos representativos de las
actividades económicas;
IV. Ejecutar acciones tendientes a la promoción de proyectos de inversión que contribuyan al crecimiento económico, la
protección y la generación de empleos;
V. Coadyuvar en la promoción y desarrollo de la microempresa, propiciando la participación de diversos sectores, en proyectos
viables de desarrollo económico, en atención a las características económicas y poblacionales de la demarcación territorial;
VI. Instrumentar acciones de fomento tendientes a la realización de ferias, exposiciones y congresos vinculados a la promoción de
actividades industriales, comerciales y económicas dentro de la demarcación territorial;
IX. Elaborar, promover, fomentar y ejecutar los proyectos productivos que en el ámbito de la jurisdicción del órgano político
administrativo protejan e incentiven el empleo, de acuerdo a los programas, lineamientos y políticas que en materia de fomento,
desarrollo e inversión económica emitan las dependencias correspondientes;
X. Coordinar y dar seguimiento a los Programas que lleve a cabo el órgano político-administrativo o en los cuales participe, en materia de
desarrollo económico, modernización y desarrollo tecnológico, capacitación y fomento al empleo, preservación y mejoramiento del medio
ambiente y fomento cultural.
LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
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15 de Junio de 2016
Artículo 2º.- Para efectos de la presente Ley se entiende por:
IV Desarrollo Agropecuario y Rural: El derecho de realizar actividades agropecuarias, forestales, acuícolas, artesanales, turísticas y
demás de corte rural, con base en procesos productivos, comerciales, distribución y autoabasto, de manera individual y colectiva, que
conduce al mejoramiento integral del bienestar social, educación, salud, vivienda y alimentación, y que promueve la equidad con
justicia social, distribuye justamente el ingreso, propicia la participación plena de la sociedad en la toma de decisiones,
implicando cambios del paradigma económico y asegurando la conservación de los recursos de los cuales depende la sociedad
rural;
En la página 348, inciso B) que a la letra dice:
B) Procedimiento de acceso.
Son sujetos susceptibles de apoyo los diferentes grupos conformados como sector productivo mismos que deberán residir al interior de la
Delegación Milpa Alta.
La recepción de solicitudes y expedientes se realizará a través del CESAC (Centro de Servicios y Atención Ciudadana) en su horario
oficial establecido, presentando la documentación indicada en el apartado de requisitos de las presentes Reglas de Operación.
En caso de existir inconsistencias u observaciones al expediente (requisitos) se notificará por escrito al solicitante para que en el término
de diez días hábiles, contados a partir de su notificación, subsane lo correspondiente. En caso de incumplimiento se le notificara que no
fue procedente su solicitud de inscripción. De ser aprobado el proyecto, se notificará al grupo a través del CESAC.
Los apoyos del Programa estarán orientados a la ejecución de las siguientes acciones:
Debe de decir:
B) Procedimiento de acceso.
Son sujetos susceptibles de apoyo los diferentes grupos conformados indistintamente en los tres sectores económicos de los cuales sus
miembros deberán residir dentro del territorio de la Delegación Milpa Alta.
La recepción de solicitudes y expedientes se realizará a través del CESAC (Centro de Servicios y Atención Ciudadana) en el horario
oficial establecido, presentando la documentación indicada en el apartado de requisitos de las presentes Reglas de Operación.
En caso de existir inconsistencias u observaciones al expediente (requisitos) por parte de la J.U.D de Vinculación y Desarrollo
Agroindustrial se notificará por escrito para que en un plazo de cinco días hábiles sea totalmente subsanado lo correspondiente en casos
excepcionales (perdida de algún documento oficial) se contará con quince días hábiles para subsanar lo correspondiente. En caso de
incumplimiento de los requisitos en cualquier etapa del proceso se le notificara al grupo que no fue procedente su solicitud de inscripción.
De ser aprobado el proyecto, se notificará al grupo a través del CESAC.
Los apoyos del Programa estarán orientados a la ejecución y apoyo de los tres sectores económicos en las siguientes acciones:
Transitorio
ÚNICO.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México a siete de junio de 2016
(Firma)
_______________________________
JORGE ALVARADO GALICIA
JEFE DELEGACIONAL EN MILPA ALTA
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INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
LIC. RODRIGO MONTOYA CASTILLO, ENCARGADO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA TÉCNICA
DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
DEL DISTRITO FEDERAL, CON FUNDAMENTO EN LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO
16, FRACCIÓN VIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE ESTE INSTITUTO Y EN CUMPLIMIENTO AL
PUNTO SEXTO DEL ACUERDO 0749/SO/18-05/2016, MEDIANTE EL CUAL SE CREA Y MODIFICAN
DIVERSOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL, EMITE EL SIGUIENTE:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CREACIÓN Y MODIFICACIÓN DE DIVERSOS SISTEMAS
DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN
DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL
CONSIDERANDO
FUNDAMENTO DE LA PUBLICACIÓN:
Con fundamento en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, primer párrafo de
la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México
(LTAIPRCCDMX); 1, 2, 5, 6, 7, 21 fracción I, 23 y 24 fracción IV de la Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal (LPDPDF); en relación con los artículos 12, fracción XX, 17, XV, 25 TER, XIV, y del Reglamento Interior
del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Distrito Federal; numerales 6, 7 y 8 de los
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y atendiendo a los principios de seguridad,
licitud, calidad, confidencialidad, consentimiento, temporalidad y disponibilidad en poder del Instituto de Acceso a la
Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, para el cumplimiento de las obligaciones que
como Ente Público está sujeto a cumplir para el correcto tratamiento de datos personales que posee, conforme a su ámbito
de competencia.
PRIMERO. Se crea el Sistema de Datos Personales de Estrategias de Participación Social, bajo los siguientes términos
1. Identificación del sistema de datos personales:
Denominación
SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE ESTRATEGIAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
Normatividad aplicable
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
Ley de Archivos del Distrito Federal; Reglamento Interior del Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito Federal; Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el
Distrito Federal; Reglas de Operación del Programa Juventudes en Línea.
Finalidad y usos previstos
Contar con información de los alumnos, padres o tutores, personas interesadas y personal del sistema educativo de
nivel básico y medio superior de la Ciudad de México, a través de registros en listas y formularios de planteles
educativos donde se promueve los Derechos de Protección de Datos Personales en el uso de las nuevas tecnologías
y el Derecho de Acceso a la Información Pública, para la verificación de datos de la participación en diferentes
acciones que emita la Secretaria Ejecutiva.
2. Origen de los datos
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a
suministrarlos
Alumnos y personal del sistema educativo de nivel básico y medio superior y familiares directos de los alumnos.
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Procedencia
Interesados y/o padre o tutor.
Procedimiento de obtención
Mediante listas durante las asesorías en los planteles educativos y mediante formato de registro para la
participación en las convocatorias para concursos dirigidas a los alumnos.
3. Estructura básica del sistema de datos personales
Datos identificativos
Nombre, edad y teléfono particular.
Datos académicos
Nombre del plantel educativo, grupo y grado escolar
Datos electrónicos
Correo electrónico.
Datos de carácter obligatorio
Nombre, nombre del plantel educativo, grupo y grado escolar.
Datos de carácter facultativo
Edad, correo electrónico y teléfono particular.
Modo de tratamiento utilizado
Procedimiento físico y automatizado
4. Cesión de datos
Los datos personales recabados podrán ser transmitidos a los Destinatarios que a continuación se especifican con la
finalidad genérica establecida y fundamentación señalada:
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Para la investigación de presuntas violaciones a los derechos
humanos. (Artículos 3; 17 fracción II y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal).
Auditoria Superior de la Ciudad de México. Para el ejercicio de sus funciones de fiscalización. (Artículos 8 fracciones
VIII y XIX; 9 y 14 fracciones VII y XX de la Ley de Fiscalización de la Ciudad de México).
Órganos Jurisdiccionales locales y federales. Para la sustanciación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos.
(Artículos 3; 15; 75; 121; 143; 144; 147 y 149 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 783 y 784 de la Ley Federal del Trabajo; artículo 191
fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; artículos 2 y 180 del Código Federal de
Procedimientos Penales; artículo 323 del Código Civil del Distrito Federal; artículos 96, 109, 278, 288, 326, 331 y 334 del
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; artículos 3 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito
Federal; artículos 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal).
5. Unidad administrativa y responsable del sistema de datos personales
Unidad administrativa responsable
Secretaria Ejecutiva
Cargo del responsable del sistema de datos personales
Titular de la Secretaria Ejecutiva.
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6. Unidad administrativa ante la cual se presentaran solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación,
Cancelación y Oposición (ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento.
Unidad administrativa
Unidad de Transparencia del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Domicilio oficial
La Morena 865, local 1, colonia Narvarte Poniente, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México;
correo electrónico [email protected]
7. Nivel de seguridad
Básico
SEGUNDO. Se Modifica el “Sistema de datos personales del Registro de Beneficiarios de los Programas de vinculación
con sociedad civil para el acceso a la información pública y la protección de datos personales en el Distrito Federal” en los
siguientes rubros para quedar:
Denominación
“Sistema de datos personales del registro de beneficiarios de los programas de vinculación con sociedad civil para
el acceso a la información pública y la protección de datos personales en la Ciudad de México”
Normatividad aplicable
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores
Públicos; Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; Ley de Archivos del Distrito Federal;
Reglamento Interior del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; Lineamientos para la
Protección de Datos Personales en el Distrito Federal y Manual de Organización del INFODF.
Unidad administrativa y responsable del sistema de datos personales
Unidad administrativa responsable
Secretaria Ejecutiva
Cargo del responsable del sistema de datos personales
Titular de la Secretaria Ejecutiva.
TERCERO: Se modifica el “Sistema de Datos Personales del Registro de participantes y/o población focalizada en
acciones de vinculación con la sociedad” en los siguientes rubros para quedar como sigue:
Normatividad aplicable
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores
Públicos; Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; Ley de Archivos del Distrito Federal;
Reglamento Interior del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; Lineamientos para la
Protección de Datos Personales en el Distrito Federal y Manual de Organización del INFODF.
Unidad administrativa y responsable del sistema de datos personales
Unidad administrativa responsable
Secretaria Ejecutiva
Cargo del responsable del sistema de datos personales
Titular de la Secretaria Ejecutiva.
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TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente “Acuerdo mediante el cual se crea y modifican diversos sistemas de datos personales
del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal” en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México.
SEGUNDO. Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que notifique al Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, de la publicación del presente Acuerdo dentro de los diez
días hábiles siguientes a la publicación del mismo y al responsable del sistema de datos personales para que realice la
inscripción y adecuaciones pertinentes en el Registro Electrónico de Sistema de Datos Personales, en un plazo no mayor a
diez días hábiles siguientes a la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
TERCERO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
CIUDAD DE MÉXICO, A 30 DE MAYO DE 2016.
(Firma)
LIC. RODRIGO MONTOYA CASTILLO
ENCARGADO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA TÉCNICA
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CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretaria de Seguridad Pública
Aviso de Fallo de la Licitación
Arq. Manuel Castellanos de la Vega, Director de Construcción y Mantenimiento de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal, en observancia a lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 12 fracciones IX, XII ,XVI y 21 fracción III de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal; 17 fracción XV; 44 fracción VIII y 58 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal; 44 del Manual de Organización de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y de
conformidad con el artículo 34 de la Ley de Obras Públicas para el Distrito Federal; hace del conocimiento general la
identidad del licitante ganador, en la Licitación Pública Nacional, de conformidad con lo siguiente:
Razón social del ganador
C. Oscar Díaz Rodríguez, Persona Física con Actividad
Empresarial
Número y concepto de la licitación.
Objeto del contrato a suscribirse
Licitación Pública Nacional LPN-02-2016.
Mejoramiento a las instalaciones de la Subcomandancia de
Seguridad Pública “Culhuacán”.
$997,070.66 I.V.A. incluido.
13/06/2016 al 10/10/ 2016
Dirección de Construcción y Mantenimiento
Izazaga 89, 3er. Piso Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc,
C.P. 06080.
Monto del Contrato
Fecha de inicio y conclusión de la obra;
Lugar donde podrán consultarse las razones de asignación
y rechazo.
Atentamente
Secretaría de Seguridad Pública
Ciudad de México a 09 de junio de 2016.
(Firma)
El Director de Construcción y Mantenimiento
Arq. Manuel Castellanos de la Vega
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
OFICIALÍA MAYOR
Convocatoria: 005
Lic. María de la Luz Urrusquieta Navarro, Directora General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, en observancia
a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los artículos 23, 27, inciso a), 28, 30 fracción I, 32 y 43 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal y 99 fracción XIII del Reglamento Interior de la Administración Pública de la Ciudad de México, convoca a los interesados en participar en
la Licitación Pública Nacional Consolidada para la Adquisición de Vestuario de Lluvia correspondiente al ejercicio fiscal 2016, de conformidad con lo siguiente:
No. de licitación
Costo de las bases
Fecha límite para adquirir
bases
OM-DGRMSG-005-16
$4,000.00
20/06/16
Partida
Descripción
Junta de Aclaración de
Bases
21/06/2016
17:00 horas
Presentación de Propuestas
27/06/2016
11:00 horas
Unidad de Medida
Fallo
11/07/2015
13:00 horas
Cantidad
1
IMPERMEABLE TIPO GABARDINA CON REFLEJANTE
PIEZA
41,269
2
IMPERMEABLE DE DOS PIEZAS CON REFLEJANTE
JUEGO
4,518
3
IMPERMEABLE TIPO MANGA CON REFLEJANTE
PIEZA
707
* Los servidores públicos responsables de la licitación son el Lic. Jorge F. Roldán Díaz, Director de Adquisiciones y el Licenciado Daniel Jesús Bautista Cruz, Subdirector de Compras
Consolidadas, ambos de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.
* Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta en la página de Internet: www.om.df.gob.mx en el apartado de “Licitaciones Públicas Consolidadas 2016”, o
bien en Avenida Tlaxcoaque No. 8, Quinto Piso, Colonia Centro, C.P. 06090, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, los días 15, 16, 17 y 20 de junio de 2016, en horario
de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 18:00 horas.
* El pago de las bases será mediante depósito en Banco Santander, S.A., a nombre de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, al número de cuenta 65501123467 y con la
siguiente Referencia: 1201OMDGRMSG00416 seguido de la clave del Registro Federal de Contribuyentes del interesado, (EJEMPLO:
1201OMDGRMSG00415ABC900101Q09) o en el domicilio de la convocante, mediante cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de
México. NOTA IMPORTANTE: El pago mediante depósito bancario deberá contener la referencia completa. No habrá devolución por pago mal referenciado.
* Las propuestas deberán formularse en idioma español.
* La propuesta económica deberá presentarse en pesos mexicanos.
* No se otorgarán anticipos.
* La entrega de los bienes se efectuará en los lugares y plazos establecidos en las bases de la presente licitación.
* El periodo de contratación será de conformidad con lo establecido en las bases de licitación.
* Los pagos se efectuarán máximo a los 20 días naturales siguientes a la fecha del registro de las Cuentas por Liquidar Certificadas y de acuerdo con lo establecido en bases.
* La firma del contrato se efectuará de conformidad con lo establecido en bases.
* Los actos derivados de la presente licitación se llevarán a cabo en la Sala de Licitaciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en
Avenida Tlaxcoaque No. 8, Quinto Piso, Colonia Centro, C.P. 06090, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal.
* La presente licitación pública nacional, NO se realizará bajo la cobertura de algún tratado.
CIUDAD DE MÉXICO, A 08 DE JUNIO DE 2016.
(Firma)
LIC. MARÍA DE LA LUZ URRUSQUIETA NAVARRO,
DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES.
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MEXICO
DELEGACION AZCAPOTZALCO
DIRECCION GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
LICITACION PÚBLICA NACIONAL
CONVOCATORIA 006
El Ing. Eduardo Alfonso Esquivel Herrera, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en observancia a lo dispuesto en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, 117 fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal, Artículos 126 y 132 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con los artículos 24
apartado A, 25 apartado A fracción I, 26 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar
en las licitaciones de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Licitación Pública Nacional, conforme a lo siguiente:
No. de licitación
Descripción y Ubicación de la obra
Fecha de
inicio
30001058/LP/009/2016
Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación de la Imagen Urbana de
Invernaderos en el parque Tezozomoc, Ubicados dentro el perimetro
Delegacional
11-Jul-16
Fecha de
Capital contable
terminación mínimo requerido
18-Nov-16
$3,500,000.00
No. de licitación
Costo de las bases
Fecha límite para
adquirir bases
Visita de Obra
Obligatoria
Junta de
aclaraciones
Obligatoria
Presentación y Entrega de
Propuestas y Apertura del
Sobre Único
Fecha de Fallo
30001058/LP/009/2016
$1,000.00
17-Jun-16
17-jun-16
11:00 hrs.
23-Jun-16
17:00 hrs.
29-Jun-16
11:00 hrs.
05-Jul-16
11:00 hrs.
Los recursos para la realización de esta obra fueron autorizados por la Secretaria de Finanzas a través de la Subsecretaria de Egresos con el oficio No.
SFDF/SE/0109/2016 de fecha 06 de Enero de 2016.
La adquisición de las bases de Licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones de
la Dirección Técnica en calle Ferrocarriles Nacionales, número 750, 2º. Piso, Colonia Santo Domingo, Delegación Azcapotzalco, del 15 de Junio al 17 de Junio
de 9:00 a 14:00 horas y se deberá presentar lo siguiente:
Requisitos para adquirir las bases:
a) Escrito de solicitud del interesado manifestando su interés en participar en la licitación correspondiente indicando el numero de licitación y descripción de la
misma,objeto social, nombre o razón social, domicilio completo para recibir notificaciones ubicado dentro del Distrito Federal y teléfono(s) en papel membretado
de la persona o razón social firmado por el representante o apoderado legal, señalando claramente el cargo que ostenta (según Acta Constitutiva o Poder
Notarial), dirigido al Ing. Eduardo Alfonso Esquivel Herrera, Director General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Azcapotzalco.
b) Constancia actualizada del Registro de Concursante emitido por la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal, de acuerdo a lo indicado en los
artículos 21, 22 y 24 del reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, misma que deberá indicar el capital contable requerido para la licitación
correspondiente, así como las especialidades solicitadas, presentando original para su cotejo.
c) Documentos comprobantes para el capital contable mínimo mediante declaración fiscal del ejercicio 2015, donde se compruebe el capital contable mínimo
requerido, declaraciones parciales 2016, balance general y los estados financieros al 31 de Diciembre de 2015, auditados y firmados por Contador Público
Externo a la empresa, autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público anexando copia (legible) del Registro vigente, de la Cédula Profesional del
Contador.
d) Acta de Nacimiento y CURP. (persona física)
e) Escritura Constitutiva y sus modificaciones en su caso. (persona moral)
f) Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en algunos de los supuestos que establecen los artículos 37 de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal y 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos debiendo transcribir en esta cada uno de sus supuestos establecidos
en ordenamiento de referencia.
g) Escrito en el que manifiestan bajo protesta de decir verdad que ha cumplido en tiempo y forma con las obligaciones fiscales tal como lo establecen los
Artículos 58 y 69 del Código Fiscal del Distrito Federal y Artículo 51 último párrafo de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. El
concursante que resulte ganador deberá presentar previo a la firma del contrato la constancia de no adeudos de las contribuciones antes señaladas conforme a la
circular de la Secretaria de Finanzas No. SF/CG/141111/2007 publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de Agosto de 2007.
h) Comprobante de domicilio fiscal actual
i) La forma de pago de las bases de concurso se hará en las oficinas de la Dirección Técnica, mediante cheque certificado o de caja, expedido a favor de la
Secretaria de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal, con cargo a una institución de crédito autorizada para operar en el Distrito Federal.
1.- A la presentación del pago de las bases de licitación se entregarán las bases de concurso de la Licitación Pública Nacional con sus anexos y Catálogo de
Conceptos, de ésta manera el interesado quedará inscrito y registrado, teniendo derecho a presentar su proposición
El concursante es el único responsable de obtener en tiempo y forma la información documental necesaria para la elaboración y presentación de sus
propuestas, por lo que el incumplimiento de este requisito será motivo para no participar en la licitación correspondiente.
2.- El lugar de reunión para la Visita de Obra será en las oficinas de la Dirección Técnica sita en calle Ferrocarriles Nacionales, número 750, 2º. Piso, Colonia
Santo Domingo, Delegación Azcapotzalco, C.P. 02160, Ciudad de México, la empresa concursante manifestará mediante escrito en papel membretado la persona
que asistirá a la visita de obra, anexando copia y original para su cotejo de la cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante de personal técnico
certificado. La asistencia a la visita de obra será obligatoria
3.- El lugar de reunión para la sesión de Junta de Aclaraciones será en las oficinas de la Dirección Técnica sita en calle Ferrocarriles Nacionales, número 750, 2º.
Piso, Colonia Santo Domingo, Delegación Azcapotzalco, C.P. 02160, Ciudad de México, la empresa concursante manifestará mediante escrito en papel
membretado la persona que asistirá a la junta de aclaraciones, anexando copia y original para su cotejo de la cédula profesional, certificado técnico o carta de
pasante de personal técnico certificado. La asistencia a la junta de aclaraciones será obligatoria.
4.- La sesión pública de presentación y apertura del sobre único se llevará a cabo en las oficinas de la Dirección Técnica sita en calle Ferrocarriles Nacionales,
número 750, 2º. Piso, Colonia Santo Domingo, Delegación Azcapotzalco, C.P. 02160, Ciudad de México el día y hora indicado.
5.- Para la ejecución de los Trabajos: La Delegación No se otorgará anticipo.
6.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
7.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
8.-Ninguna de las partes de los trabajos de ésta licitación podrán ser objeto de asociación o subcontratación, salvo previa autorización de la contratante por
escrito de acuerdo al artículo 47 párrafo quinto de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
9.- Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
10.- Los interesados en las(s) licitación(es) deben comprobar experiencia técnica en obras similares y capacidad financiera, administrativa y de control, durante el
proceso de evaluación, según la información que se solicita en las bases de esta licitación Pública.
11.- Las condiciones de pago serán verificativas mediante estimaciones de los trabajos ejecutados por periodos máximos mensuales. El contratista presentará a la
residencia de obra dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte para el pago de las estimaciones que hubiere fijado la Delegación en el contrato,
acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago; la supervisión de obra para realizar la revisión y autorización de las estimaciones
contará con un plazo no mayor de cinco días hábiles siguientes a su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan
ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación.
12.- La selección de un participante. Los criterios generales para la selección de un participante serán con base en los artículos 40, 41 y 43 de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal, una vez realizado el análisis comparativo de las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual
se adjudicará el contrato al concursante que reuniendo las condiciones solicitadas en las bases de concurso de la licitación, reúnan las condiciones legales,
técnicas, económicas, financieras y administrativas requeridas y además garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de todas las obligaciones y que presente la
propuesta cuyo precio sea el más conveniente para la Dependencia.
13.- En caso de encontrar inconveniente en el resultado de las propuestas por estar demasiado altas en sus precios respecto a los del mercado, se declarara
desierto el concurso, conforme a lo previsto por el artículo 63, fracción iv, de esta Ley.
14.- La garantía de cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato incluido el I.V.A. a favor de la Secretaria de Finanzas
del Distrito Federal, mediante póliza de fianza expedida por institución legalmente autorizada.
15.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno, pero los concursantes podrán si a su derecho conviene ejercer lo establecido en el
artículo 72 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Transitorio
Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
CIUDAD DE MEXICO A 09 DE JUNIO DE 2016.
DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
(Firma)
ING. EDUARDO ALFONSO ESQUIVEL HERRERA
Administración Pública del Distrito Federal
Delegación Miguel Hidalgo
Dirección Ejecutiva de Obras Públicas
Licitación Pública Nacional Convocatoria: DMH/LPN/004/2016
Arq. José Bello Alemán, Director Ejecutivo de Obras Públicas de la Delegación Miguel Hidalgo, en cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los artículos 3º apartado a fracciones I y IV, 23, 24 inciso A, 25 apartado A), fracción I, 26, 28 y 44
fracción I, inciso a) de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 120, 121, 122 Bis fracción XI, inciso D) del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la Licitación Publica de carácter Nacional para la contratación de Obra Pública en
la modalidad de Precios Unitarios por Unidad de Concepto de Trabajo Terminado, conforme a lo siguiente:
No. de licitación
DMH/LP/009/2016
Descripción y ubicación de los trabajos
Rehabilitación de 2 Escuelas de la Delegación Miguel Hidalgo.
Fecha de inicio
Plazo de ejecución
Capital Contable
Requerido
18 de Julio al 15 de
Octubre de 2016
90 días naturales
$2,800,000.00
Clave FSC
(CCAOP)
Costo de las
bases
Fecha límite para
adquirir bases
Visita al lugar de la obra
Junta de aclaraciones
S/C
$2,000.00
20 de Junio de 2016
21 de Junio de 2016
09:00 hrs.
27 de Junio de 2016
10:00 hrs.
No. de licitación
DMH/LP/010/2016
Clave FSC
(CCAOP)
S/C
Descripción y ubicación de los trabajos
Rehabilitación de Banquetas y Corte de Raíz, dentro del
Perímetro Delegacional.
Costo de las Fecha límite para
Visita al lugar de la obra
bases
adquirir bases
21 de Junio de 2016 09:00
$2,000.00 20 de Junio de 2016
hrs.
Fecha de inicio y
terminación
18 de Julio al 15 de
Octubre de 2016
Junta de aclaraciones
27 de Junio de 2016
12:00 hrs.
Presentación y
apertura sobre único
04 de Julio de 2016
10:00 hrs.
Acto de fallo
12 de Julio de 2016
17:00 hrs.
Plazo de ejecución
Capital Contable
Requerido
90 días naturales
$4,200,000.00
Presentación y
apertura sobre único
04 de Julio de 2016
12:30 hrs.
Acto de fallo
12 de Julio de 2016
17:45 hrs
Los recursos para la realización de los trabajos relativos a la presente Licitación Pública fueron autorizados por la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, a través de
la Subsecretaría de Egresos, con oficio de inversión número SFDF/SE/0118/2016 de fecha 6 de enero de 2016.
Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta en el Portal de la Delegación Miguel Hidalgo. www.miguelhidalgo.gob.mx/obraspublicas y la adquisición
será en la oficina de la Unidad Departamental de Concursos y Contratos en Miguel Hidalgo, ubicada en General José Moran esq. Parque Lira, Col. Ampliación Daniel
Garza, C. P. 11840, Tel. 56-16-08-10, 55-08-48-63 ext. 1036, Ciudad de México, en horario de 10:00 a 14:00 horas, en días hábiles y hasta la fecha límite para adquirir
bases, se entregarán en Medio Electrónicos.
Requisitos para adquirir las bases, planos, especificaciones u otros documentos:
Se deberá entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejo.
1.- Adquisición directa en la oficina de la Unidad Departamental de Concursos y Contratos:
1.1 Solicitud por escrito de participación, en papel membretado de la empresa, indicando los datos completos del concurso en el que desea participar y comprobante de
pago de las bases para su adquisición.
1.2 Constancia de Registro de Concursante emitido por la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, actualizada conforme lo establece el
artículo 24 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
1.3 En caso de estar en trámite el Registro. (Constancia de registro de trámite).
1.3.1 Documentos comprobantes para el capital contable mínimo mediante declaraciones fiscales:
1.3.2 Anual del ejercicio fiscal 2015 y parciales del ejercicio fiscal actual, donde se compruebe el capital contable mínimo requerido.
1.3.3 Estados financieros del ejercicio fiscal inmediato anterior, avalados por contador público externo con registro actualizado ante la S.H.C.P., copia de la Cédula
Profesional del mismo.
2.- La forma de pago de las bases se hará en las oficinas de la J.U.D. de Concursos y Contratos, mediante cheque certificado o de caja, expedido a favor de la Secretaria
de Finanzas del Distrito Federal, con cargo a una institución de crédito autorizada para operar en el Distrito Federal.
3.- El lugar donde se efectuarán los actos relativos a la Visita de Obra, Junta de Aclaraciones, Apertura de Sobre Único y Fallo, será en la Sala de Juntas de la Dirección
General de Administración Delegacional, ubicada en General José Moran esquina Parque Lira, Col. Ampliación Daniel Garza, Delegación Miguel Hidalgo, C. P. 11840,
Tel. 56-16-08-10, 55-15-25-68 y 55-08-48-63 Ext. 1036, Ciudad de México, el día y hora indicados anteriormente. Siendo obligatoria la asistencia a los actos
anteriormente mencionados, de personal calificado (arquitecto, ingeniero o técnico en construcción) a la Visita al Sitio de los Trabajos y a la(s) junta(s) de aclaraciones,
acreditándose tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia para cotejo) y escrito de presentación en hoja membretada de la
empresa, signado por el representante legal de la misma. La asistencia a la visita a la obra, Junta de Aclaraciones y Apertura de sobre Único será obligatoria.
4.- No se otorgará anticipo para la ejecución de los trabajos,
5.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
6.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será en unidades de moneda nacional.
7.- No se autoriza asociación o subcontratación en la ejecución de los trabajos, de acuerdo al artículo 47 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
8.- La Delegación Miguel Hidalgo, a través de la Dirección Ejecutiva de Obras Públicas, con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal, efectuará el análisis comparativo de las proposiciones admitidas, formulará el dictamen y emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al
concursante, que reuniendo las condiciones establecidas en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, su Reglamento, las Bases de Licitación y demás normatividad
en la materia, haya presentado la postura legal, técnica, económica, financiera y administrativa que garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato y presente
la postura solvente económica más baja, siendo los criterios generales para la adjudicación del contrato, entre otros aspectos, el cumplimiento de las condiciones legales
exigidas al licitante; que los recursos propuestos por el licitante sean los necesarios para ejecutar satisfactoriamente, conforme al programa de ejecución, las cantidades
de trabajo establecidas; que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios sean acordes con las condiciones de costos vigentes en la zona o región donde se
ejecuten los trabajos.
9.- Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los concursantes, podrán ser negociadas, de
acuerdo al Artículo 29 Fracción V de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
10.- Las condiciones de pago son mediante estimaciones de trabajos ejecutados, las que deberán realizarse por períodos máximos quincenales por concepto de trabajo
terminado, acompañados de la documentación que acredite la procedencia del pago.
11.-La forma de garantizar el cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato incluyendo el I.V.A. a favor de la Secretaría de
Finanzas del Distrito Federal, mediante póliza de fianza expedida por la Institución autorizada y de conformidad con la Ley de Obras Públicas del D.F.
12.-Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno.
13.-No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 37 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Ciudad de México, a 09 de junio de 2016
(Firma)
Arq. José Bello Alemán
Director Ejecutivo de Obras Públicas
36
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
15 de Junio de 2016
Delegación Miguel Hidalgo
Licitación Pública Internacional
CONVOCATORIA Nº 12
Esteban Fernández Valadéz, Director Ejecutivo de Servicios Internos de la Delegación Miguel Hidalgo, de conformidad con
lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, con fundamento en los
artículos 26, 27 inciso A), 28, 30 fracción II y 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, y artículo 125 del
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, convoca a los interesados a participar en la
Licitación Pública Internacional No. 30001026-012-16 relativa a la “ADQUISICIÓN DE MATERIAL ELECTRICO”
con la finalidad de conseguir los mejores precios y condiciones para la para la adquisición de los bienes por parte de los
proveedores, de conformidad con lo siguiente:
Licitación Pública
Internacional No.
30001026-012-16
“ADQUISICIÓN DE
MATERIAL
ELECTRICO”
Partida
CABMS
01
2461000150
02
2461000022
03
2461000068
04
2461000008
Costo de las bases:
Aclaración
de bases
Acto de
Presentación y
Apertura de
Propuestas
Acto de Fallo
Vigencia del
Contrato
CONVOCANTE
$ 1,500.00
20 de junio de
2016
14:00 hrs.
24 de junio de
2016
11:00 hrs.
29 de junio de
2016
11:00 hrs.
Del 30 de junio al
31 de diciembre de
2016
Cantidad
2,000
Unidad de medida
PIEZA
1,800
PIEZA
2,020
PIEZA
3,500
METRO
Descripción
LÁMPARA 140 W ADITIVOS METÁLICOS PULSO
METRO WHITE BASE E-39 VIDA ÚTIL PROMEDIO
30,000 HRS. TENSIÓN A LÁMPARA 90 V
TEMPERATURA DE COLOR 3,000K.
BALASTRA 140 W ADITIVOS METÁLICOS PULSO
TIPO TRANSFORMADOR AUTOGENERADO ALTO
FACTOR POTENCIAL.
FOTOCELDA
ELECTROMAGNÉTICA
MULTIVOLTAJE 105-305V 50/60 HZ BASE DE
POLICARBONATO CUBIERTA DE POLIPROPILENO
RESISTENTE AL ALTO IMPACTO PROTECCIÓN
CONTRA RAYOS V, CICLO DE VIDA 5000
OPERACIÓN CUERPO COLOR AZUL.
CABLE DUPLEX 2X10 TIPO POT.
1.- Las Bases de esta Licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la Unidad Departamental de Licitaciones
y Concursos, ubicada en General Pedro J. Méndez No. 47, entre General Rincón Gallardo y General José Morán, Colonia
Ampliación Daniel Garza, C.P. 11840, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, teléfono 5273-7515.
2.- La venta de Bases en “La Convocante”, será los días: 15, 16 y 17 de junio de 2016, de 9:00 a 14:00 hrs.
3.- La forma de pago en “La Convocante” es mediante cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas del
Distrito Federal, expedido por institución bancaria establecida en la Ciudad de México o área metropolitana (Tlalnepantla,
Ecatepec, Naucalpan o Nezahualcóyotl), en la Unidad Departamental de Tesorería de la Delegación Miguel Hidalgo, de
9:00 a 14:00 horas, ubicada en Cerrada de las Huertas, esq. Sostenes Rocha S/N, Col. Observatorio, cabe señalar que en el
caso de proporcionar cheque certificado, el mismo deberá coincidir con la razón social de la empresa o persona física
licitante.
4.- La Junta de Aclaración de Bases, la Presentación y Apertura de Propuestas y el Fallo, se llevarán a cabo en los horarios y
fechas señaladas en las bases de la licitación, en la Sala de Juntas de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios,
ubicada en calle General Pedro J. Méndez No. 47, entre General Rincón Gallardo y General José Morán, Colonia
Ampliación Daniel Garza, C.P. 11840, Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
15 de Junio de 2016
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
37
5.- El idioma en que deberán presentarse las propuestas será: en español.
6.- La moneda en que deberán cotizarse las propuestas será: en pesos mexicanos.
7.- El lugar de entrega de los bienes es: el indicado en las Bases de la Licitación.
8.- Las condiciones de pago están sujetas a la aceptación formal y satisfactoria de los bienes, y a la liberación por parte de la
Secretaría de Finanzas del Distrito Federal.
9.- No podrán participar, los proveedores que se encuentren en algunos de los supuestos del Artículo 39 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal ni del Artículo 47 fracción XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los
Servidores Públicos.
10.- En esta Licitación no se otorgarán anticipos.
11.- Esta Licitación no se realizará bajo la cobertura de ningún tratado.
12.- Los plazos señalados en esta convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
13.- Los interesados podrán remitir sus cuestionamientos a las siguientes direcciones de correo electrónico
[email protected] y/o [email protected].
14.- Los responsables de la Licitación: Esteban Fernández Valadéz, Director Ejecutivo de Servicios Internos, Rodolfo
Flores Luna, Subdirector de Recursos Materiales y Servicios y Luis Ubaldo Garay Ríos, Jefe de la Unidad Departamental de
Licitaciones y Concursos.
(Firma)
Ciudad de México, a 09 de junio de 2016
Director Ejecutivo de Servicios Internos
Esteban Fernández Valadéz
38
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
15 de Junio de 2016
Delegación Miguel Hidalgo
Licitación Pública Nacional
CONVOCATORIA Nº 13
Esteban Fernández Valadéz, Director Ejecutivo de Servicios Internos de la Delegación Miguel Hidalgo, de conformidad con
lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, con fundamento en los
artículos 26, 27 inciso A), 28, 30 fracción I y 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, y artículo 125 del
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, convoca a los interesados a participar en la
Licitación Pública Nacional No. 30001026-013-16 relativa a la contratación del “SERVICIO DE DESAZOLVE DE LA
RED SECUNDARIA DE DRENAJE” con la finalidad de conseguir los mejores precios y condiciones para la contratación
del servicio por parte de los prestadores de servicios, de conformidad con lo siguiente:
Licitación Pública
Nacional No.
Costo de las bases:
Aclaración
de bases
30001026-009-16
“SERVICIO DE
20 de junio de
CONVOCANTE
DESAZOLVE DE LA
2016
$ 1,500.00
RED SECUNDARIA
11:00 hrs.
DE DRENAJE”
Partida
CABMS
Descripción
01
3252000002 SERVICIO DE DESAZOLVE
SECUNDARIA DE DRENAJE.
Acto de
Presentación y
Apertura de
Propuestas
Acto de Fallo
Vigencia del
contrato abierto
23 de junio de
2016
11:00 hrs.
28 de junio de
2016
11:00 hrs.
Del 29 de junio al
31 de diciembre de
2016
Cantidad
1
Unidad de medida
JORNADA
(OCHO HORAS)
DE
LA
RED
1.- Las Bases de esta Licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la Unidad Departamental de Licitaciones
y Concursos, ubicada en General Pedro J. Méndez No. 47, entre General Rincón Gallardo y General José Morán, Colonia
Ampliación Daniel Garza, C.P. 11840, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, teléfono 5273-7515.
2.- La venta de Bases en “La Convocante”, será los días: 15, 16 y 17 de junio de 2016, de 9:00 a 14:00 hrs.
3.- La forma de pago en “La Convocante” es mediante cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas del
Distrito Federal, expedido por institución bancaria establecida en la Ciudad de México o área metropolitana (Tlalnepantla,
Ecatepec, Naucalpan o Nezahualcóyotl), en la Unidad Departamental de Tesorería de la Delegación Miguel Hidalgo, de
9:00 a 14:00 horas, ubicada en Cerrada de las Huertas, esq. Sostenes Rocha S/N, Col. Observatorio, cabe señalar que en el
caso de proporcionar cheque certificado, el mismo deberá coincidir con la razón social de la empresa o persona física
licitante.
4.- La Junta de Aclaración de Bases, la Presentación y Apertura de Propuestas y el Fallo, se llevarán a cabo en los horarios y
fechas señaladas en las bases de la licitación, en la Sala de Juntas de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios,
ubicada en calle General Pedro J. Méndez No. 47, entre General Rincón Gallardo y General José Morán, Colonia
Ampliación Daniel Garza, C.P. 11840, Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
5.- El idioma en que deberán presentarse las propuestas será: en español.
6.- La moneda en que deberán cotizarse las propuestas será: en pesos mexicanos.
7.- El lugar de prestación del servicio: el indicado en las Bases de la Licitación.
8.- Las condiciones de pago están sujetas a la realización y aceptación formal y satisfactoria del servicio, y a la liberación
por parte de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal.
9.- No podrán participar, los prestadores de servicios que se encuentren en algunos de los supuestos del Artículo 39 de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal ni del Artículo 47 fracción XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de
los Servidores Públicos.
15 de Junio de 2016
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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10.- En esta Licitación no se otorgarán anticipos.
11.- Esta Licitación no se realizará bajo la cobertura de ningún tratado.
12.- Los plazos señalados en esta convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
13.- Los interesados podrán remitir sus cuestionamientos a las siguientes direcciones de correo electrónico
[email protected] y/o [email protected].
14.- Los responsables de la Licitación: Esteban Fernández Valadéz, Director Ejecutivo de Servicios Internos, Rodolfo
Flores Luna, Subdirector de Recursos Materiales y Servicios y Luis Ubaldo Garay Ríos, Jefe de la Unidad Departamental de
Licitaciones y Concursos.
(Firma)
Ciudad de México, a 09 de junio de 2016
Director Ejecutivo de Servicios Internos
Esteban Fernández Valadéz
SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO
GERENCIA DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
Convocatoria: 001
Mauricio Rojano Ibarra, Gerente de Adquisiciones y Contratación de Servicios en el Sistema de Transporte Colectivo, en observancia a la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los artículos 26, 27 inciso (a), 28 primer párrafo, 30 fracción II inciso b), 32, 33, 38,
43, 49, 51 y demás aplicables de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y de su Reglamento, así como por el Artículo 46 de la Ley de Presupuesto y
Gasto Eficiente del Distrito Federal y en apego a las atribuciones y facultades conferidas por el Artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte
Colectivo, con la finalidad de conseguir mejores precios y condiciones, se convoca a todas las personas físicas y morales interesadas en participar en la Licitación
Pública Internacional NO 30102003-001/2016, PARA LA ADQUISICIÓN, SUMINISTRO Y PUESTA EN SERVICIO DE 10 TRENES DE 9 CARROS CADA
UNO DE RODADURA NEUMÁTICA EQUIPADOS CON PA135 KHZ EMBARCADO PARA LA LÍNEA 1 DEL METRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
de conformidad con lo siguiente:
Licitación Pública Internacional
No. de licitación
Costo de las bases
30102003-001/2016
Partida
Clave CABMS
$ 20,000.00
Fecha límite para
adquirir bases
Junta de
aclaraciones
Visita a
instalaciones
20/06/2016
22/06/2016
11:00 horas
No habrá visita
Descripción
Presentación de
proposiciones y
apertura técnica y
económica
13/07/2016
11:00 horas
Resultado del
Dictamen y Fallo
27/07/2016
12:00 horas
Cantidad
Unidad de Medida
10
TREN
TREN DE RODADURA NEUMÁTICA CON FORMACIÓN DE 9 CARROS, DE
ACUERDO CON LA ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y FUNCIONALES PARA
LA ADQUISICIÓN, SUMINISTRO Y PUESTA EN SERVICIO DE TRENES DE
RODADURA NEUMÁTICA EQUIPADOS CON PA135 KHZ EMBARCADO,
PARA LA LÍNEA 1 DEL METRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
INCLUYE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA ASÍ COMO LA CAPACITACIÓN
DEL PERSONAL OPERATIVO Y DE MANTENIMIENTO.
1
I481000004
“EL LICITANTE GANADOR” estará obligado a proporcionar la capacitación necesaria
para lograr una transferencia del conocimiento tecnológico sobre los aspectos de
mantenimiento y operación, así como todas las facilidades necesarias para hacer del
conocimiento de "EL STC" los procesos de diseño y fabricación, impartiendo la
capacitación en las instalaciones del fabricante del tren y de sus distintos equipos, en las
plantas del fabricante, así como en las instalaciones de "EL STC", con el fin de que el
personal de "EL STC" cuente con los conocimientos requeridos para operar y supervisar
en
todas sus modalidades y niveles de mantenimiento a los trenes de este nuevo lote.
(CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO TÉCNICO CAPITULO 8)
Durante la fase de revisión de diseños y tren prototipo se establecerá conjuntamente con “EL
LICITANTE GANADOR”, el programa de capacitación, los contenidos y duración de cada
curso.
La cantidad y el perfil de los participantes se determinarán por "EL STC" incluyendo, el
personal académico si así lo designa "EL STC.)

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Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Delicias Número 67 - Planta Baja, Colonia Centro, C.P. 06070, Cuauhtémoc, Ciudad de
México, teléfono: 56-27-44-39, 57-09-08-21, los días Lunes a Viernes; con el siguiente horario: 9:00 a 14:00 horas. La forma de pago es: Efectivo, cheque de caja o
certificado a favor del Sistema de Transporte Colectivo, o por transferencia bancaria al número de CLABE 072180007060005268 y la cuenta a afectar para el pago
de Bases de Licitación es 0706000526 del Banco Mercantil del Norte, Sucursal Victoria.
Todos los eventos se llevarán a cabo en el: Auditorio Lázaro Cárdenas del Río de la Gerencia de Adquisiciones y Contratación de Servicios., ubicado en: la calle de
Delicias número 67 – (Anexo Casona) Planta baja, Colonia Centro, C.P. 06070, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.
El(los) idioma(s) en que deberá(n) presentar(se) la(s) propuesta(s) será(n): Español.
La(s) moneda(s) en que deberá(n) cotizarse la(s) proposición(es) será(n): Peso mexicano.
Se otorgará anticipo del 40%.
Lugar de entrega: Conforme a la Especificación Técnica.
Plazo de entrega: el programa de entrega lo establecerá el Licitante en su propuesta, de acuerdo con el numeral 12 de la Especificación Técnica.
El pago se realizará: de conformidad con lo establecido en las Bases de Licitación.
Las especificaciones técnicas o planos se encuentran a disposición de los licitantes en la unidad licitadora.
Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal Y 47 Fracción XXIII de la
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
De conformidad con el Artículo 33 Fracción XXIV, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, los Servidores Públicos responsables del procedimiento de
esta Licitación Pública Internacional, serán, indistintamente, los C.C. Lic. Roberto Azbell Arellano, Subdirector General de Administración y Finanzas, Lic. María
del Carmen Estrada Oropeza, Encargada de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, Mauricio Rojano Ibarra, Gerente de Adquisiciones y
Contratación de Servicios, Dra. en A.P. Irene Emilia Trejo Hernández, Subgerente de Adquisiciones y Javier Rubio Rangel, Coordinador de Compras en el
Extranjero
En la presente convocatoria en los procesos de adquisiciones de bienes y servicios, así como en la formalización de contratos, o en la determinación y aplicación de
sanciones, está prohibida cualquier forma de discriminación, sea por acción u omisión, por razones de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición
social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencia o identidad sexual o de género, estado civil, apariencia exterior o cualquier otra análoga.
Por lo anterior se entiende por discriminación, toda distinción, exclusión o restricción que tenga por efecto u objeto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o
ejercicio, de los derechos y libertades fundamentales, así como la igualdad real de oportunidades de las personas, o que atente contra la dignidad humana o produzca
consecuencias perjudiciales para los grupos en situación de discriminación
Ciudad de México, a 13 de junio de 2016.
Mauricio Rojano Ibarra
Gerente de Adquisiciones y Contratación de Servicios.
(Firma)
42
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECCIÓN DE AVISOS
TICHA SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, S.A. DE C.V.
BALANCE DE LIQUIDACION AL 14 DE MARZO DE 2016.
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital
$0
Ciudad De México a 11 de Mayo de 2016.
José Marcos Alvarado Villa
Liquidador
(Firma)
PRODUCTOS INTEGRALES OFFICE PAPER, S.A. DE C.V.
BALANCE DE LIQUIDACION AL 07 DE ABRIL DE 2016.
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital
$0
Ciudad De México a 09 de Mayo de 2016.
José Luis Rosales Martínez
Liquidador
(Firma)
15 de Junio de 2016
15 de Junio de 2016
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
43
E D I C T O S
“INDEPENDENCIA JUDICIAL, VALOR INSTITUCIONAL
Y RESPETO A LA AUTONOMÍA”
EDI C T O S
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL
ACTORA: GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL,
DEMANDADA: QUIROZ TREJO JOSE LUIS.
JUICIO. EXTINCION DE DOMINIO
SRIA “B”
EXPEDIENTE:390/2016
En los autos del juicio antes indicado y en cumplimiento a lo ordenado en proveído de tres de mayo del año dos mil
dieciséis, la C. Juez Quinto de lo Civil de la Ciudad de México, en su parte conducente ordeno: “…Por recibido el escrito
signado por el Licenciado José Luis Hernández Martínez, Agente del Ministerio Público Responsable de la Agencia
Especializada en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México,
en Representación del Gobierno de la Ciudad de México; En consecuencia, fórmese expediente y regístrese en el Libro de
Gobierno, bajo el número 390/2016 y guárdense los anexos en el seguro de Juzgado. Se tiene por reconocida la
personalidad del ocursante de mérito, en términos de la copia certificada del acuerdo A/002/11 suscrito por el entonces
Procurador General de Justicia de la Ciudad de México, así como con una constancia de especialización en Materia de
Extinción de Dominio que en copia certificada se acompaña, de los que se advierte la calidad con la que se ostenta y que se
ordena agregar a los autos para que surtan los efectos legales correspondientes. Visto el contenido del escrito de cuenta,
mediante el cual ejercita ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO en contra de JOSE LUIS QUIROZ TREJO, EN SU
CALIDAD DE PARTE AFECTADA y como propietario DEL INMUEBLE UBICADO EN CALLE PERALVILLO CON
EL NUMERO 62, DEPARTAMENTO 108, COLONIA MORELOS, DELEGACION CUAUHTEMOC, C.P. 06200, EN
ESTA CIUDAD DE MEXICO, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL NUMERO 9386, AUXILIAR
17, EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE DENOMINADO DEPARTAMENTO 108, DEL INMUEBLE
UBICADO EN LA CALLE DE CARBAJAL NUMERO 19, Y PERALVILLO 62-64, COLONIA PERALVILLO,
DELEGACION CUAUHTEMOC, DE LA CIUDAD DE MEXICO, CON SUPERFICIE DE 62.98 METROS
CUADRADOS. Señalando el Ministerio Público señala que se trata del mismo bien, con independencia de las variantes, ya
que el Registro Público de la Propiedad, refiere que se trata del mismo bien.- Acción que se ejercita en base en las
actuaciones ministeriales que se contienen en el Expediente Administrativo FEED/T1/83/15-08,
así como en las copias
certificadas deducidas de la Averiguación Previa FCIN/ACD/T3/76/15-03 DO1 y su acumulada FCIN/AOP/T2/00016/1503 y en las razones y consideraciones legales que se expresan en el mismo documento, por lo que de conformidad con el
artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2,3, fracción II, 4, 5, fracción I, 11, fracciones
I, II, III, IV y V, 14, 32, 34, 35, 38, 41 último párrafo y 47 de la Ley de Extinción de Dominio para ciudad de México; 1, 2,
3, 20, 24, 25, 30, 35 y 38 del, Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio de esta Ciudad; 1, 6, 10, 12, 13, 18, 19, 747,
750, 751, 752, 763, 764, 772, 774, 785, 790, 791, 784, 828, fracción IV, 830 y demás aplicables del Código Civil vigente
para esta Ciudad; 1, 2, 29, 44, 55, 95, 112, 122, fracción II, 143, 255, 256, 257, 258, 278, 285, 286, 289, 291, 292, 294,
295, 296, 298, 308, 310, 311, 312, 327, 334, 335, 336, 346, 373, 379, 380, 402, 403 y demás relativos y aplicables del
Código de Procedimientos Civiles vigente para esta Ciudad y 22, fracción IX del Reglamento de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de Justicia de esta Ciudad. SE ADMITE A TRÁMITE la demanda propuesta en la VÍA ESPECIAL
DE EXTINCIÓN DE DOMINIO que se plantea; por tanto, de conformidad con el artículo 35 en relación con el diverso 40
de la Ley de Extinción de Dominio, publíquese por medio de Edictos el presente proveído tres veces, de tres en tres días,
debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el Boletín Judicial del
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, así como en el periódico “EL SOL DE MÉXICO” llamando a las
personas que se consideren afectadas, terceros, víctimas u ofendidos para que comparezcan a este procedimiento en el
término de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente de la última publicación a manifestar lo que a su interés
convenga, quedando los edictos respectivos a partir de esta fecha, a disposición de la C. Agente del Ministerio Público
ocursante, para su debida tramitación y exhibición oportuna de las correspondientes publicaciones. Asimismo, con las
copias simples que se acompañan del escrito de cuenta y demás anexos exhibidos, por medio de notificación personal,
llámese a de JOSE LUIS QUIROZ TREJO, EN SU CALIDAD DE PARTE AFECTADA quien puede ser emplazado en
CALLE PERALVILLO NUMERO 62, DEPARTAMENTO 112, COLONIA MORELOS,
DELEGACION
CUAUHTEMOC, C.P. 06200, EN ESTA CIUDAD DE MEXICO., para que dentro del término de DIEZ DIAS HÁBILES,
comparezca por escrito a manifestar lo que a su derecho convenga, así como para ofrecer las pruebas que lo justifiquen;
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con el apercibimiento que de no comparecer al presente procedimiento sin justa causa y de no ofrecer pruebas dentro del
término otorgado, se declarará precluído su derecho para tales efectos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por lo que respecta a los medios de convicción que se ofrecen en su apartado de pruebas, de conformidad con la
fracción III, párrafo tercero, del artículo 41 de la Ley de Extinción de Dominio de la Ciudad de México, se provee: Se
admiten los medios probatorios ofrecidos por la actora, como son: La DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en las copias
certificadas deducidas de la Averiguación Previa FCIN/ACD/T3/76/15-03 D01 y su acumulada FCIN/AOP/T2/00016/1503,- La DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en las copias fotostáticas certificadas de las diligencias practicas por el
Agente del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio en Expediente Administrativo
FEED/T1/83/15-0. Se admite: LA CONFESIONAL A CARGO DE JOSE LUIS QUIROZ TREJO, EN SU CALIDAD DE
PARTE AFECTADA, como propietario del bien materia de extinción, UBICADO EN CALLE PERALVILLO CON EL
NUMERO 62, DEPARTAMENTO 108, COLONIA MORELOS, DELEGACION CUAUHTEMOC, C.P. 06200, EN
ESTA CIUDAD DE MEXICO., al tenor de las posiciones que le sean formuladas y que previamente sean calificadas de
legales: por lo cual se deberá elaborar cédula de notificación y tunar a la Secretaria Actuaria adscrita a este Juzgado, a fin
de que sea citado en el domicilio ubicado en CALLE PERALVILLO CON EL NUMERO 62, DEPARTAMENTO 112,
COLONIA MORELOS, DELEGACION CUAUHTEMOC, C.P. 06200, EN ESTA CIUDAD DE MEXICO.- .
RATIFICACION DE LOS PERITOS QUIMICOS QFB. JOSE L. DOMINGUEZ RODRIGUEZ y QFB. RICARDO
TAVERA TORRES, especialistas en materia química forense, en relación con la peritación contenida en la averiguación
previa referida, a quienes se les deberá citar en la COORDINACION GENERAL DE SERVICIOS PERICIALES DE ESA
INSTITUCIÓN, ubicada en AVENIDA COYOACAN, NÚMERO 1635, COLONIA DEL VALLE, DELEGACIÓN
BENITO JUÁREZ, CÓDIGO POSTAL 03100, DE ESTA CIUDAD. A fin de que en la fecha que al efecto se señale, para
la celebración de la audiencia de ley, comparezcan previa identificación con documento oficial que contenga fotografía, al
desahogo de dicha probanza; apercibidos que de no comparecer sin justa causa, se les impondrá una multa equivalente a
CINCUENTA DIAS DE SALARIO MINIMO DIARIO GENERAL VIGENTE EN ESTA CIUDAD.- RATIFICACION A
CARGO DE LOS LICENCIADOS MIGUEL ANGEL ROMERO CORDOVA, Agente del Ministerio Público y
RICARDO BAUTISTA HERNANDEZ, OFICIAL SECRETARIO EL MINISTERIO PUBLICO, adscritos a la Fiscalía
Central de Investigación para la atención del delito de Narcomenudeo, del Acta Circunstanciada de fecha trece de marzo de
dos mil quince y contenida en la averiguación previa referida, a quienes se les deberá citar en la FISCALIA CENTRAL
DE INVESTIGACION PARA LA ATENCION DEL DELITO DE NARCOMENUDEO, ubicada en Avenida Jardín
número 356, C, Colonia del Gas, Delegación Azcapotzalco, de esta Ciudad. A fin de que en la fecha que al efecto se señale
para la celebración de la audiencia de ley, comparezcan previa identificación con documento oficial que contenga
fotografía, al desahogo de dicha probanza; apercibidos que de no comparecer sin justa causa se les impondrá una multa
equivalente a CINCUENTA DIAS DE SALARIO MINIMO DIARIO GENERAL VIGENTE EN ESTA CIUDAD.- LA
INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES Y LA PRESUNCIONAL EN SU DOBLE ASPECTO LEGAL Y HUMANA.- - - - - Por cuanto a la MEDIDA CAUTELAR que se solicita, consistente en LA PROHIBICIÓN PARA ENAJENAR Y
GRAVAR EL BIEN PROPIEDAD DE JOSE LUIS QUIROZ TREJO, EN SU CALIDAD DE PARTE AFECTADA.
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 11 y 15 de la Ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal, se
concede dicha medida y surte efectos desde luego, por lo tanto, gírese atento oficio al C. Director del Registro Público de la
Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México a efecto de que se sirva inscribir, a costa de la parte actora, dicha medida
cautelar en EL FOLIO REAL NUMERO 9386, AUXILIAR 17, VIVIENDA 108, DEL INMUEBLE UBICADO EN
CALLE CARBAJAL CON EL NUMERO 19, Y PERALVILLO NUMERO 62-64, COLONIA POERALVILLO,
DELEGACION CUAUHTEMOC, DE ESTA CIUDAD DE MEXICO, PROPIEDAD DE JOSE LUIS QUIROZ TREJO,
EN SU CALIDAD DE PARTE AFECTADA y así quede perfeccionada dicha medida; por lo cual gírese atento oficio al
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE ESTA CIUDAD, a efecto de inscribir dicha
medida cautelar en el antecedente registral .- En cuanto al aseguramiento de dicho bien, Con fundamento en el artículo 11
de la Ley de Extinción de Dominio en cita, se decreta la retención y aseguramiento del bien del inmueble antes citado, con
el mobiliario útil que se encuentre en el mismo, cuyo inventario obra en autos, por ende, su depósito judicial corre a cargo
del C. Oficial Mayor del Gobierno del Distrito Federal, cargo que se ordena hacer saber a dicho servidor público, mediante
ATENTO OFICIO, para los efectos de que ante la presencia judicial comparezca en el término no mayor de TRES DIAS a
la aceptación y protesta del cargo como depositario del bien inmueble a que se hace mención, a quien se le pondrá de
inmediato en posesión de dicho bien, con las responsabilidades inherentes al cargo que se le confiere, conforme a la ley de
la materia, debiendo realizar las acciones necesarias para su mantenimiento y conservación, informando a la suscrita, al
Agente del Ministerio Público mensualmente y al Asamblea Legislativa del Distrito Federal anualmente su situación. - - - - - - Proceda la C. Secretaría de Acuerdos a despachar los oficios que aquí se ordenan, por conducto del personal del
Juzgado en forma inmediata.- - - - - - -
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- - - Por señalado el domicilio que se indica en el escrito de cuenta, para los efectos oír y recibir toda clase de
notificaciones y documentos, por autorizados con el carácter de Agentes del Ministerio Público Especializado en el
Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal en Representación del
Gobierno del Distrito Federal en términos del cuarto párrafo, del artículo 112, del Código de Procedimientos Civiles de la
Ciudad de México aplicado supletoriamente a la Materia de Extinción de Dominio y en términos del artículo 3, fracción II,
de la Ley de la Materia, a los C. LIC. ALEJANDRA MARTINEZ GALVAN, MARIA GUADALUPE CERVANTES
DIAZ, JOSE LUIS HERNANDEZ MARTINEZ Y LAURA GACHUZ FUENTES, quienes acreditan su calidad de
especializados en cumplimiento al acuerdo número 21-19/11 acreditando el curso de especialización de la Materia de
Extinción de Dominio, en base a las copias certificadas que anexan quienes deberán registrar sus cédulas profesionales a
fin de que puedan intervenir en el presente juicio, apercibidas que de no hacerlo, sólo se les tendrá por autorizadas para oír
y recibir notificaciones en términos del párrafo séptimo de dicho precepto…”
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
Ciudad de México, a 3 de mayo de 2016
EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO 50-09/2013 EMITIDO EN SESION PLENARIA ORDINARIA POR EL
CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DE FECHA VEINTISEIS DE FEBRERO DE 2013.
LA C. SECRETARIA CONCILIADORA
DEL JUZGADO QUINTO CIVIL
(Firma)
LIC. ITZI YURENI PADILLA MARTINEZ
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DÍAS, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA
PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES, EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL BOLETÍN
JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO EN EL
PERIÓDICO “EL SOL DE MÉXICO”
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“Independencia Judicial, Valor Institucional y Respeto a la Autonomía”
EDICTO.
JUZGADO 7º CIVIL
SEC. “B”
EXP.408/2016
NOTIFICACIÓN A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADOS, TERCEROS, VICTIMAS U
OFENDIDOS RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN:
CALLE 5 DE MAYO, NÚMERO 45,
COLONIA BARRIO SAN FRANCISCO CULHUACÁN, DELEGACIÓN COYOACÁN, CÓDIGO POSTAL 4260,
EN ESTA CIUDAD; IDENTIFICADO REGISTRALMENTE DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL 00592509,
EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE DENOMINADO: CASA NÚMERO 45 DE CALLE CINCO
DE MAYO Y TERRENO QUE OCUPA, COLONIA SAN FRANCISCO CULHUACAN, DELEGACIÓN
COYOACAN, CÓDIGO POSTAL 04420, CIUDAD DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE DE 958.00 M2.
En cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha nueve de mayo del año dos mil dieciséis, en los autos del juicio
ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO con numero de expediente 408/2016, de la Secretaria “B” promovido por el
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MEXICO en contra de GERMAN ROSAS ROSAS SU SUCESION, La C. Juez
Séptimo de lo Civil del Distrito Federal ordeno publicar el presente edicto a efecto de llamar a las personas que se
consideren afectadas, terceros, víctimas, ofendidos y presuntos propietarios del bien inmueble ubicado en: CALLE 5
DE MAYO, NÚMERO 45, COLONIA BARRIO SAN FRANCISCO CULHUACÁN, DELEGACIÓN COYOACÁN,
CÓDIGO POSTAL 4260, EN ESTA CIUDAD; IDENTIFICADO REGISTRALMENTE DE ACUERDO CON EL
FOLIO REAL 00592509, EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE DENOMINADO: CASA NÚMERO
45 DE CALLE CINCO DE MAYO Y TERRENO QUE OCUPA, COLONIA SAN FRANCISCO CULHUACAN,
DELEGACIÓN COYOACAN, CÓDIGO POSTAL 04420, CIUDAD DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE
DE 958.00 M2., la C. Juez Séptimo de lo Civil de Primera Instancia del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal, en cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
4, 5, 22, 31, 32 fracción VII y VIII, 35, 40 fracciones IV y V de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal,
ordeno hacer del conocimiento de todas aquellas personas que se crean con derechos respecto de los inmuebles ubicados en
CALLE 5 DE MAYO, NÚMERO 45, COLONIA BARRIO SAN FRANCISCO CULHUACÁN, DELEGACIÓN
COYOACÁN, CÓDIGO POSTAL 4260, EN ESTA CIUDAD; IDENTIFICADO REGISTRALMENTE DE
ACUERDO CON EL FOLIO REAL 00592509, EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE
DENOMINADO: CASA NÚMERO 45 DE CALLE CINCO DE MAYO Y TERRENO QUE OCUPA, COLONIA
SAN FRANCISCO CULHUACAN, DELEGACIÓN COYOACAN, CÓDIGO POSTAL 04420, CIUDAD DE
MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE DE 958.00 M2., para que dentro del término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a
partir de la última publicación del presente edicto, comparezcan por escrito, por sí o por conducto de su Representante
Legal a manifestar lo que a su derecho convenga y para que ofrezcan las pruebas con las que consideren se acreditará su
dicho, apercibidos que, en caso de no comparecer y de no ofrecer pruebas dentro del término antes concedido, precluíra su
derecho para hacerlo con posterioridad en este juicio, con fundamento en la fracción V del Artículo 40 de la Ley de
Extinción de Dominio.----A T E N T A M E N T E.
CIUDAD DE MÉXICO A 9 DE MAYO DEL AÑO 2016
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS .
(Firma)
LIC. MARÍA PATRICIA ORTEGA DÍAZ.
Para su publicación por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS HÁBILES, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA
PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES, EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, EN EL BOLETÍN
JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MEXICO, EN EL PERIÓDICO “EL SOL
DE MEXICO”
Jav.
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INDEPENDENCIA JUDICIAL, VALOR INSTITUCIONAL Y RESPETO A LA AUTONOMÍA.”
JUZGADO OCTAVO CIVIL.
EXPEDIENTE: 407/2016
SECRETARÍA “A”
EDICTO
LLAMANDO A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADAS, TERCEROS, VÍCTIMAS U OFENDIDOS
PARA QUE COMPAREZCAN A ESTE PROCEDIMIENTO EN EL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS
HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN A MANIFESTAR LO
QUE A SU INTERÉS CONVENGA
Que en los autos, del juicio ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO promovido por GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL en contra de ZEFERINO FRANCISCO HERRERA RANGEL y SILVIA ALAMILLA SUASTE,
EXPEDIENTE NÚMERO 407/2016, el C. JUEZ OCTAVO DE LO CIVIL DICTO UN AUTO DE FECHA
DIECIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS QUE A LA LETRA DICE: “…LA SECRETARÍA DE
ACUERDOS da cuenta, al C. Juez con la demanda suscrita por la Licenciada LEONIDES REBECA CASIMIRO PEREZ,
en su carácter de Agente del Ministerio Público Especializado en Procedimiento de Extinción de Dominio de la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y en representación del GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL,
siendo un tomo de la Averiguación Previa número FCIN/AOP/T3/00087/14-12 y su acumulada FCIN/ACD/T3/00692/1412 D01, constantes de trescientas noventa y tres fojas , expediente FEED/T1/27/15-04 constante de trescientas cincuenta
fojas útiles un cuaderno de actuaciones originales y veinticinco copias certificadas de las constancias de los nombramientos
de los diversos Ministerios Públicos especializados en Extinción de Dominio, remitidos por la Oficialía de Partes Común de
este Tribunal, con dos juegos de traslado de demanda, mismos que se recibieron el día nueve de mayo de dos mil dieciséis,
siendo las nueve horas con un minuto. Conste. Ciudad de México, a dieciocho de mayo del año dos mil dieciséis.
Agréguese a sus autos el escrito de cuenta y copias de traslado que al mismo se acompañan, en términos del mismo se tiene
al promovente desahogando en tiempo y forma la prevención decretada en autos, en consecuencia respecto del escrito
inicial de demanda se provee en los siguientes términos: Con el escrito de cuenta, anexos y copias simples que se
acompañan, se forma expediente y se registra como corresponde en el Libro de Gobierno de este Juzgado, bajo el número
de expediente407/2016. Se ordena guardar los documentos exhibidos como base de la acción en el Seguro del Juzgado. Se
tiene por presentada a la Licenciada LEONIDES REBECA CASIMIRO PEREZ en su carácter de Agente del Ministerio
Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito
Federal en representación del Gobierno del Distrito Federal, personalidad que se le reconoce de conformidad con las
copias certificadas del acuerdo número A/002/2011 de quince de febrero del año dos mil once, del que se advierte la calidad
con la que se ostenta, el que se manda agregar a los autos para que surta los efectos legales correspondientes. Se tiene por
reconocido el carácter de C. Agentes del Ministerio Público a los Licenciados que se indican en el escrito de demanda en
términos de los nombramientos que se exhiben, por señalado el domicilio que indica para oír y recibir notificaciones y
documentos, y se tienen por autorizados a los licenciados designados en términos del cuarto párrafo del artículo 112 del
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal de aplicación supletoria a la ley de Extinción de Dominio del
Distrito Federal, de las que se acompaña copia certificada de la constancia de registro que indica de conformidad con el
acuerdo número 21-19/11 emitido por el Consejo de la Judicatura de este Tribunal. En términos del artículo 22 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, 3, fracción II, 4, 5 fracción I, 11 fracciones I y V, 14, 32, 34,
35, 38, 41 último párrafo y 47 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal; 1, 2, 3, 20, 24, 25, 30, 35 y 38 del
Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal; 1, 6, 10 13, 13, 18, 19, 747, 750, 751, 752, 763,
764, 772, 774, 785, 790, 791, 794, 828 fracción IV, 830 del Código Civil vigente para el Distrito Federal 1, 2, 29, 44, 55,
95, 112 fracción II, 143, 255, 256, 257, 258, 278, 285, 286, 289, 291, 292, 294, 294, 296, 298, 308, 310, 311, 312, 327, 334,
335, 336, 346, 373, 379, 380, 402 y 403 del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley Especial
citada, y conforme al artículo 3 Fracción II y IV de la Ley de Extinción de Dominio, se admite a trámite la demanda
planteada en la VÍA ESPECIAL y en ejercicio de la ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO interpuesta en contra
de: ZEFERINO FRANCISCO HERRERA RANGEL y SILVIA ALAMILLA SUASTE como propietarios y titulares
registrales del inmueble ubicado en CALLE CONCHITA URQUIZA, MANZANA A, LOTE 226 B, COLONIA
CULHUACAN CTM, SECCIÓN IX A, DELEGACION COYOACAN, C.P. 04909, MÉXICO, DISTRITO
FEDERAL, DESCRITO EN ORDEN DE CATEO Y PARA MAYOR REFERENCIA EL INMUEBLE ES DE DOS
NIVELES, CON FACHADA EN COLOR AZUL OSCURO, CON COLORES SIMULANDO ESTRELLAS,
CONTANDO CON PUERTA DE METAL DE 1 POR 2 METROS DE COLOR VERDE Y UNA CORTINA
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METÁLICA DE COLOR MORADO DEL LADO IZQUIERDO, EN SU FACHADA SE ENCUENTRA PINTADA
LA LEYENDA “IMITADORES DE ARTISTAS, LUZ Y SONIDO”, DICHO INMUEBLE SE ENCUENTRA
VIENDOLO DE FRENTE DEL LADO DERECHO DEL INMUEBLE MARCADO CON EL NÚMERO 227-A.
IDENTIFICADO CON EL ANTECEDENTE REGISTRAL 645073, AUXILIAR 72 QUE CORRESPONDE AL
CONJUNTO HABITACIONAL CULHUACAN CTM VIII REG. 10, UBICACIÓN ZONA 27-28 MZ. A
CONCHITA URQUIZA. LT. 226 NO. OF. 226-B COLONIA CULHUACAN, DELEGACION COYOACAN, CON
UNA SUPERFICIE DE 67.23 M2 LT. 135.00 M2, acción que se ejercita con base en las actuaciones ministeriales que se
contienen en las copias certificadas que acompañan de la Averiguación Previa númeroFCIN/AOP/T3/00087/14-12 y su
acumulada FCIN/ACD/T3/00692/14-12 D01, , expediente FEED/T1/27/15-04, así como en las razones y consideraciones
legales que se expresan en el escrito de cuenta. Como lo manifiesta la parte actora, por medio de notificación
personal emplácese a:ZEFERINO FRANCISCO HERRERA RANGEL y SILVIA ALAMILLA SUASTEEN SU
CARÁCTER DE PARTES AFECTADAS como propietarios del inmueble ubicado en CALLE CONCHITA URQUIZA,
MANZANA A, LOTE 226 B, COLONIA CULHUACAN CTM, SECCIÓN IX A, DELEGACION COYOACAN,
C.P. 04909, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, DESCRITO EN ORDEN DE CATEO Y PARA MAYOR
REFERENCIA EL INMUEBLE ES DE DOS NIVELES, CON FACHADA EN COLOR AZUL OSCURO, CON
COLORES SIMULANDO ESTRELLAS, CONTANDO CON PUERTA DE METAL DE 1 POR 2 METROS DE
COLOR VERDE Y UNA CORTINA METÁLICA DE COLOR MORADO DEL LADO IZQUIERDO, EN SU
FACHADA SE ENCUENTRA PINTADA LA LEYENDA “IMITADORES DE ARTISTAS, LUZ Y SONIDO”,
DICHO INMUEBLE SE ENCUENTRA VIENDOLO DE FRENTE DEL LADO DERECHO DEL INMUEBLE
MARCADO CON EL NÚMERO 227-A. IDENTIFICADO CON EL ANTECEDENTE REGISTRAL 645073,
AUXILIAR 72 QUE CORRESPONDE AL CONJUNTO HABITACIONAL CULHUACAN CTM VIII REG. 10,
UBICACIÓN ZONA 27-28 MZ. A CONCHITA URQUIZA. LT. 226 NO. OF. 226-B COLONIA CULHUACAN,
DELEGACION COYOACAN, CON UNA SUPERFICIE DE 67.23 M2 LT. 135.00 M2, para que en el término
de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la notificación, comparezcan por escrito, por sí o por sus
representantes legales a manifestar lo que a su derecho convenga, así como para que ofrezcan las pruebas que las
justifiquen, conforme a lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal,
apercibida la afectada que en caso de no comparecer a este procedimiento y de no ofrecer pruebas dentro del término
otorgado, se declarará precluido su derecho, con fundamento en el artículo 40 fracción V del citado ordenamiento legal.
Prevéngase a la parte afectada para que señale domicilio dentro de la jurisdicción de este Juzgado para oír y recibir
notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo las notificaciones posteriores, incluso las de carácter personal le
surtirán sus efectos a través de boletín judicial, conforme el artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal de aplicación supletoria, elabórense las cédulas de notificación y túrnense las mismas al C. Actuario para
que emplace a la parte afectada. De conformidad con el artículo 35 en relación con el artículo 40, de la Ley de Extinción de
Dominio para el Distrito Federal, publíquese el presente proveído por tres veces, de tres en tres días, debiendo mediar entre
cada publicación dos días hábiles en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de
Justicia del Distrito Federal, así como en el Periódico “EL SOL DE MÉXICO”, llamando a las personas que se consideren
afectadas, terceros, víctimas u ofendidos para que comparezcan a este procedimiento en el término de DIEZ DÍAS
HÁBILES contados a partir del día siguiente de la última publicación a manifestar lo que a su interés convenga; quedando
los edictos respectivos a partir de esta fecha, a disposición del Agente del Ministerio Público ocursante para su debida
tramitación. En lo que respecta a las pruebas que se ofrecen en el escrito de cuenta, de conformidad con el artículo 41 de la
Ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal, se admiten las siguientes: LA DOCUMENTAL PÚBLICA relativas a
las copias certificadas de la Averiguación Previa número FCIN/AOP/T3/00087/14-12 y su acumulada
FCIN/ACD/T3/00692/14-12 D01, de la Fiscalía Central en Investigación para la atención del delito de Narcomenudeo de la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, ofrecidas en el apartado uno del capitulo de pruebas del escrito de
cuenta. LA DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en las copias certificadas del expediente administrativo expediente
FEED/T1/27/15-04, ofrecidas en el apartado dos del capitulo de pruebas del escrito de cuenta. LAS CONFESIONALES a
cargo de las partes afectadas ZEFERINO FRANCISCO HERRERA RANGEL y SILVIA ALAMILLA SUASTE EN
SU CARÁCTER DE PARTES AFECTADAS, como propietarios y titulares registrales del inmueble ubicado en CALLE
CONCHITA URQUIZA, MANZANA A, LOTE 226 B, COLONIA CULHUACAN CTM, SECCIÓN IX A,
DELEGACION COYOACAN, C.P. 04909, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, DESCRITO EN ORDEN DE
CATEO Y PARA MAYOR REFERENCIA EL INMUEBLE ES DE DOS NIVELES, CON FACHADA EN COLOR
AZUL OSCURO, CON COLORES SIMULANDO ESTRELLAS, CONTANDO CON PUERTA DE METAL DE 1
POR 2 METROS DE COLOR VERDE Y UNA CORTINA METÁLICA DE COLOR MORADO DEL LADO
IZQUIERDO, EN SU FACHADA SE ENCUENTRA PINTADA LA LEYENDA “IMITADORES DE ARTISTAS,
LUZ Y SONIDO”, DICHO INMUEBLE SE ENCUENTRA VIENDOLO DE FRENTE DEL LADO DERECHO
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DEL INMUEBLE MARCADO CON EL NÚMERO 227-A. IDENTIFICADO CON EL ANTECEDENTE
REGISTRAL 645073, AUXILIAR 72 QUE CORRESPONDE AL CONJUNTO HABITACIONAL CULHUACAN
CTM VIII REG. 10, UBICACIÓN ZONA 27-28 MZ. A CONCHITA URQUIZA. LT. 226 NO. OF. 226-B COLONIA
CULHUACAN, DELEGACION COYOACAN, CON UNA SUPERFICIE DE 67.23 M2 LT. 135.00 M2; al tenor de
las posiciones que en su oportunidad sean formuladas por la parte actora, a quien en su momento procesal oportuno se
deberá citar para que comparezcan personalmente y no por conducto de apoderado el día y hora que se señale para la
audiencia de ley, apercibidas que de no comparecer sin justa causa, se les tendrá por confesas de las posiciones, que en su
caso, sean calificadas de legales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 322 y 323 del Código de Procedimientos
Civiles para el Distrito Federal, supletorio de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, de conformidad con
el artículo 3º fracción II de este último ordenamiento, ofrecida en el apartado tres y cuatro del capitulo de pruebas del
escrito de cuenta. LA PRUEBA DE RATIFICACIÓN DE LAS DECLARACIONES A CARGO DE LOS POLICIAS
DE INVESTIGACIÓN OMAR ABRAHAM VILLAMIL SALAS y ALDO ABRHAM RAMIREZ VELOZ mismas
que se encuentran contenidas en la documental Pública exhibida como base de la acción en copia certificada de la
Averiguación Previa FCIN/AOP/T3/00087/14-12 y su acumulada FCIN/ACD/T3/00692/14-12 D01, personas a quien se
ordena citar en forma personal a través del C. Actuario de este Juzgado en el domicilio señalado por el oferente, para que
comparezcan el día y hora que se señale en su momento procesal oportuno a efecto de ratificar sus declaraciones rendidos
en la averiguación previa citada, apercibidos que de no comparecer sin justa causa, se le impondrá una multa hasta por el
equivalente a CIEN DIAS DE SALARIO MINIMO GENERAL VIGENTE PARA EL DISTRITO FEDERAL atento a lo
dispuesto por el artículo 44 penúltimo párrafo de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, para lo cual en su
oportunidad constitúyase el C. Actuario en el domicilio indicado por la actora para la citación de los declarantes y para el
caso de resultar falso o inexacto el domicilio que se proporciona será declarada desierta la prueba ofrecida en el apartado
cinco del capitulo de pruebas del escrito de cuenta. LA PRUEBA DE RATIFICACIÓN DE TODOS Y CADA UNO DE
LOS DICTAMENES POR PARTE DE LOS PERITOS que a continuación se mencionan y que obran en las copias
certificadas
de
la
Averiguación
PREVIA
NÚMEROFCIN/AOP/T3/00087/14-12
y su acumulada
FCIN/ACD/T3/00692/14-12 D01, como lo son 1.- dictamen en materia de fotografía de fecha 02 de diciembre del 2014
suscrito por el perito FORENSE VICTOR MANUEL GALICIA. 2.- DICTAMEN DE IDENTIFICACIÓN DE
METABOLICOS PROVENIENTES DE DROGAS DE FECHA 02 DE DICIEMBRE DE 2014, SUSCRITO POR EL
PERITO ANASTASIO SANCHEZ FLORES. 3.-DICTAMEN PERICIAL DE ANALISIS QUIMICO DE FECHA 02
DE DICIEMBRE DE 2014, SUSCRITO POR EL PERITO QFB. TERESA DE JESUS CARDENAS CHACON. 4.DICTAMEN PERICIAL EN CRIMINALISTICA DE FECHA 04 DE DICIEMBRE DEL 2014, SUSCRITO POR EL
PERITO LICENCIADO CESAR CASTAÑEDA MARTINEZ. 5.- DICTAMEN DE FOTOGRAFIA DE
DILIGENCIA DE CATEO DE FECHA 05 DE DICIEMBRE DEL 2014 SUSCRITO POR EL PERITO M GALICIA
C. 6.- DICTAMEN DE ANALISIS QUIMICO DE FECHA 05 DE DICIEMBRE DE 2014 SUSCRITO POR LOS
PERITOS Q. SILVIA BRAVO HERNANDEZ y IQI. VELIA IZCHEL REYES GONZALEZ. 7.- DICTAMEN DE
ANALISIS QUIMICO SIN, SUCRITO POR LOS PERITOS Q. SILVA BRAVO HERNANDEZ Y IQI. VELIA
IZCHEL REYES GONZALEZ mismos que se encuentran contenidos en la documental Pública exhibida como base de la
acción en copia certificada de la Averiguación Previa FCIN/AOP/T3/00087/14-12 y su acumulada
FCIN/ACD/T3/00692/14-12 D01, personas a quien se ordena citar en forma personal a través del C. Actuario de este
Juzgado en el domicilio señalado por el oferente, para que comparezcan el día y hora que se señale en su momento procesal
oportuno a efecto de ratificar sus dictámenes rendidos en la averiguación previa citada, apercibidos que de no comparecer
sin justa causa, se le impondrá una multa hasta por el equivalente a CIEN DIAS DE SALARIO MINIMO GENERAL
VIGENTE PARA EL DISTRITO FEDERAL atento a lo dispuesto por el artículo 44 penúltimo párrafo de la Ley de
Extinción de Dominio para el Distrito Federal, para lo cual en su oportunidad constitúyase el C. Actuario en el domicilio
indicado por la actora para la citación de los declarantes y para el caso de resultar falso o inexacto el domicilio que se
proporciona será declarada desierta la prueba ofrecida en el apartado seis del capitulo de pruebas del escrito de cuenta. LA
PRUEBA DE RATIFICACIÓN DE LA DILIGENCIA MINISTERIAL Y ACTA CIRCUNSTANCIADA DE
CATEO DE FECHA 04 DE DICIEMBRE DE 2014 misma que se encuentran contenidas en la documental Pública
exhibida como base de la acción en copia certificada de la Averiguación Previa FCIN/AOP/T3/00087/14-12 y su acumulada
FCIN/ACD/T3/00692/14-12 D01, a cargo del MINISTERIO PÚBLICO LICENCIADO MIGUEL ANGEL ROMERO
CORDOVA y DEL OFICIAL SECRETARIO LICENCIADA GEMMA DELGADO CANO, personas a quien se ordena
citar en forma personal a través del C. Actuario de este Juzgado en el domicilio señalado por el oferente, para que
comparezcan el día y hora que se señale en su momento procesal oportuno a efecto de ratificar sus declaraciones rendidos
en la averiguación previa citada, apercibidos que de no comparecer sin justa causa, se le impondrá una multa hasta por el
equivalente a CIEN DIAS DE SALARIO MINIMO GENERAL VIGENTE PARA EL DISTRITO FEDERAL atento a lo
dispuesto por el artículo 44 penúltimo párrafo de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, para lo cual en su
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15 de Junio de 2016
oportunidad constitúyase el C. Actuario en el domicilio indicado por la actora para la citación de los declarantes y para el
caso de resultar falso o inexacto el domicilio que se proporciona será declarada desierta la prueba ofrecida en el apartado
siete del capitulo de pruebas del escrito de cuenta. Se admiten la instrumental de actuaciones y presuncional legal y humana
ofrecidas en los apartados ocho y nueve. En cuanto a las MEDIDAS CAUTELARES, la que solicita en primer término,
consistente en que se declare la prohibición para enajenar y gravar el bien inmueble ubicado en ubicado enCALLE
CONCHITA URQUIZA, MANZANA A, LOTE 226 B, COLONIA CULHUACAN CTM, SECCIÓN IX A,
DELEGACION COYOACAN, C.P. 04909, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, DESCRITO EN ORDEN DE
CATEO Y PARA MAYOR REFERENCIA EL INMUEBLE ES DE DOS NIVELES, CON FACHADA EN COLOR
AZUL OSCURO, CON COLORES SIMULANDO ESTRELLAS, CONTANDO CON PUERTA DE METAL DE 1
POR 2 METROS DE COLOR VERDE Y UNA CORTINA METÁLICA DE COLOR MORADO DEL LADO
IZQUIERDO, EN SU FACHADA SE ENCUENTRA PINTADA LA LEYENDA “IMITADORES DE ARTISTAS,
LUZ Y SONIDO”, DICHO INMUEBLE SE ENCUENTRA VIENDOLO DE FRENTE DEL LADO DERECHO
DEL INMUEBLE MARCADO CON EL NÚMERO 227-A. IDENTIFICADO CON EL ANTECEDENTE
REGISTRAL 645073, AUXILIAR 72 QUE CORRESPONDE AL CONJUNTO HABITACIONAL CULHUACAN
CTM VIII REG. 10, UBICACIÓN ZONA 27-28 MZ. A CONCHITA URQUIZA. LT. 226 NO. OF. 226-B COLONIA
CULHUACAN, DELEGACION COYOACAN, CON UNA SUPERFICIE DE 67.23 M2 LT. 135.00 M2; se concede
dicha medida a efecto de evitar que se realice cualquier acto traslativo de dominio o inscripción de gravamen judicial o real
respecto del inmueble referido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 y 15 segundo Párrafo de la Ley de
Extinción de Dominio, surtiendo sus efectos, desde luego, y en consecuencia, gírese oficio al C. Director del REGISTRO
PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, para que proceda a inscribir la medida
cautelar decretada en el antecedente registral 645073, AUXILIAR 72 QUE CORRESPONDE AL CONJUNTO
HABITACIONAL CULHUACAN CTM VIII REG. 10, UBICACIÓN ZONA 27-28 MZ. A CONCHITA URQUIZA.
LT. 226 NO. OF. 226-B COLONIA CULHUACAN, DELEGACION COYOACAN, CON UNA SUPERFICIE DE
67.23 M2 LT. 135.00 M2; Por otra parte, se decreta el aseguramiento del bien inmueble ubicado en CALLE CONCHITA
URQUIZA, MANZANA A, LOTE 226 B, COLONIA CULHUACAN CTM, SECCIÓN IX A, DELEGACION
COYOACAN, C.P. 04909, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, DESCRITO EN ORDEN DE CATEO Y PARA
MAYOR REFERENCIA EL INMUEBLE ES DE DOS NIVELES, CON FACHADA EN COLOR AZUL OSCURO,
CON COLORES SIMULANDO ESTRELLAS, CONTANDO CON PUERTA DE METAL DE 1 POR 2 METROS
DE COLOR VERDE Y UNA CORTINA METÁLICA DE COLOR MORADO DEL LADO IZQUIERDO, EN SU
FACHADA SE ENCUENTRA PINTADA LA LEYENDA “IMITADORES DE ARTISTAS, LUZ Y SONIDO”,
DICHO INMUEBLE SE ENCUENTRA VIENDOLO DE FRENTE DEL LADO DERECHO DEL INMUEBLE
MARCADO CON EL NÚMERO 227-A. IDENTIFICADO CON EL ANTECEDENTE REGISTRAL 645073,
AUXILIAR 72 QUE CORRESPONDE AL CONJUNTO HABITACIONAL CULHUACAN CTM VIII REG. 10,
UBICACIÓN ZONA 27-28 MZ. A CONCHITA URQUIZA. LT. 226 NO. OF. 226-B COLONIA CULHUACAN,
DELEGACION COYOACAN, CON UNA SUPERFICIE DE 67.23 M2 LT. 135.00 M2; con el menaje de casa que lo
conforma y que detalla la promovente, la cual surte desde luego, debiéndose girar oficio a la Oficialía Mayor del Gobierno
del Distrito Federal, para hacerle saber que se designa como depositario judicial del inmueble antes precisado, así como del
menaje que se encuentre dentro del mismo inmueble, previo el inventario que del mismo se realice, ello con fundamento en
el artículo 11 penúltimo párrafo de la Ley de Extinción de Dominio, haciéndole saber que deberá presentarse en el local de
este juzgado dentro de los TRES DÍAS siguientes a que se le notifique dicho cargo ordenado, a efecto de que comparezca
ante la presencia judicial a aceptar y protestar el cargo conferido. Asimismo el Actuario de la adscripción proceda a la
brevedad a ponerle en posesión virtual del bien inmueble asegurado, para que realice las acciones necesarias para su
mantenimiento y conservación, teniendo también la obligación de rendir cuentas ante este juzgado y al Agente del
Ministerio Público Especializado en Extinción de Dominio respecto de la administración del bien inmueble, en forma
mensual con fundamento en el artículo 557 del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la
materia, así como también deberá rendir un informe anual a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal respecto del bien
inmueble. Las medidas cautelares decretadas deberán alcanzar a los propietarios, poseedores, quienes se ostenten como
dueños, depositarios, interventores, administradores, albaceas o a cualquier otro que tenga algún derecho sobre dicho bien
inmueble, lo anterior con fundamento en el artículo 12 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal. Proceda
la C. Secretaria de Acuerdos a despachar los oficios que aquí se ordenan por conducto del personal del Juzgado en forma
inmediata y pónganse los mismos a disposición de la parte actora para su debida tramitación, por conducto del personal del
Juzgado en forma inmediata, haciéndose entrega de los mismos al Agente del Ministerio Público Especializado que
promueve. Por último, y con fundamento en el último párrafo del artículo 4 de la Ley de Extinción de Dominio para el
Distrito Federal, se hace saber a todos los interesados, que toda la información que se genere u obtenga con relación a esta
Ley y a los juicios que conforme a ella se tramiten, se considerará como restringida en los términos de la Ley de
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Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; y asimismo que se deberá guardar la más estricta
confidencialidad sobre toda la información y documentos que se obtenga y generen durante la substanciación del presente
procedimiento, ello con fundamento en los artículos 4 último párrafo y 22 in fine de la Ley de Extinción de Dominio para el
Distrito Federal. En cumplimiento al acuerdo plenario V-15/2008, emitido por el Consejo de la Judicatura del Distrito
Federal, se hace del conocimiento la fecha de entrada en vigor de la nueva Ley de Transparencia del Distrito Federal, que
comunica el contenido del artículo 17 fracción I, inciso g), 38 y 39 segundo párrafo del articulo 25 de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Publica del Distrito Federal, por lo que se ordenó insertar en el primer Acuerdo lo
siguiente: “Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 17 fracción I, inciso g), 38 y 39, segundo párrafo, de la Ley de
Transparencia y Acceso a la información Pública del Distrito Federal, se requiere al (los) actor (es) para que en el término
de tres días contados a partir de que surta sus efectos el presente proveído, y al (los) demandado (s) en el mismo término a
partir de la fecha de emplazamiento, otorguen su consentimiento por escrito para restringir el acceso Publico a su
información confidencial, en el entendido de que su omisión a desahogar dicho requerimiento, establecerá su negativa para
que dicha información sea pública.” Se hace del conocimiento de las partes que el Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal, motivado por el interés de que las personas de que tienen algún litigio cuenten con la opción para solucionar su
conflicto, proporciona los servicios de mediación a través de su centro de Justicia Alternativa, donde se les atenderá en
forma gratuita le mediación no es asesoría jurídica, el centro se encuentra ubicado en Avenida Niños Héroes numero 133,
Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, D. F. Código Postal 06500, con los teléfonos 51 34 11 00 extensiones 1460 y
2362 y 52 07 25 84 y 52 08 33 49, así como al correo mediació[email protected] lo anterior con fundamento
en lo dispuesto por los artículos 4, 5, fracción IV y 6 párrafos primero y segundo de la Ley de Justicia Alternativa del
Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal, lo que se hace de su conocimiento en términos de lo dispuesto por el
artículo 55 del Código de Procedimientos Civiles. En cumplimiento a lo que establecen los artículos 11 y 15 del
Reglamento del Sistema Institucional de Archivos del Poder Judicial del Distrito Federal, aprobado mediante
acuerdo general numero 22-02/2012 emitido por el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, en sesión plenaria
de fecha diez de enero del dos mil doce, se hace del conocimiento de las partes que una vez que concluya en su
totalidad el presente juicio, el presente expediente será destruido así como los documentos base o prueba con sus
cuadernos que se hayan formado con motivo de la acción ejercitada, una vez que transcurra el término de
NOVENTA DÍAS NATURALES, por lo que dentro del plazo concedido deberán de solicitar su devolución.NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C. JUEZ OCTAVO DE LO CIVIL LICENCIADO ALEJANDRO TORRES
JIMENEZ, ante la C. Secretaria de Acuerdos, LICENCIADA YOLANDA ZEQUEIRA TORRES que autoriza y da fe.
DOY FE…”
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.
CIUDAD DE MÉXICO, A 20 DE MAYO DE 2016.
EL C. SECRETARIO CONCILIADOR DEL JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL.
(Firma)
LIC. JOSÉ ALFREDO DÍAZ SALAS.
ELABORÓ: BEATRIZ
PARA SU PUBLICACIÓN: POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DÍAS, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA
PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL BOLETÍN
JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO EN EL
PERIÓDICO “EL SOL DE MÉXICO”, LLAMANDO A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADAS,
TERCEROS, VÍCTIMAS U OFENDIDOS PARA QUE COMPAREZCAN A ESTE PROCEDIMIENTO EN EL
TÉRMINO DE DIEZ DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA ÚLTIMA
PUBLICACIÓN A MANIFESTAR LO QUE A SU INTERÉS CONVENGA; QUEDANDO LOS EDICTOS
RESPECTIVOS A PARTIR DE ESTA FECHA, A DISPOSICIÓN DEL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO
OCURSANTE PARA SU DEBIDA TRAMITACIÓN.
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E D I C T O.
NOTIFICACIÓN A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADOS, TERCEROS, VÍCTIMAS U
OFENDIDOS RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE:
“UBICADO CALLE ANDADOR CUATRO, LUIS YUREN, NÚMERO 12, MANZANA 1, LOTE 29, COLONIA
C.T.M. EL RISCO, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CÓDIGO POSTAL 07090, CIUDAD DE MÉXICO,
IDENTIFICADO CON EL FOLIO MATRIZ 9130539 Y FOLIO REAL 607689, EN EL CUAL CONSTA
INSCRITO EL INMUEBLE DENOMINADO CONJUNTO HABITACIONAL C.T.M. ANDADOR 4, LUIS YUREN
NÚMERO 12 MANZANA 1, LOTE 293, COLONIA EL RISCO, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO,
CIUDAD DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE DE 84.00 M2 METROS CUADRADOS”
EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN AUTO DE FECHA TRES DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS,
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO tramitado por el GOBIERNO DE LA
CIUDAD DE MEXICO en contra de CLAUDIA GUEL MENDOZA Y MARIA MAGDALENA MENDOZA
CABALLERO, ante éste Juzgado bajo el expediente 390/16, Secretaría “B”, EL C. JUEZ SEXTO DE LO CIVIL Y DE
EXTINCIÓN DE DOMINIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MEXICO, EN
CUMPLIMIENTO CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 22 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS 4, 5, 22, 31, 32 FRACCIÓN VII Y VIII, 35, 40 FRACCIONES IV Y V DE LA LEY
DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL, ORDENÓ NOTIFICAR POR MEDIO DE EDICTOS
EL PROVEÍDO DE FECHA TRES DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS QUE A LA LETRA DICE:
EL SECRETARIO DE ACUERDOS da cuenta con: 1.-Un escrito suscrito por el Licenciado José Luis Hernández
Martínez Agente del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, en representación del Gobierno de la Ciudad de México; 2.Copia certificada de la Averiguación Previa FCIN/ACD/T2/00623/14-10 D1 y su acumulada FCIN/AOP/T/0076/14-10;
3.-Expediente FEED/T1/26/15-04, 4.- Copia certificada de las siguientes constancias: Gaceta Oficial del Distrito
Federal, del quince de febrero de dos mil once en la que consta el acuerdo A/02/2011 del Procurador General de
Justicia del Distrito Federal por el cual se creó la Fiscalía Especializada en Extinción de Dominio; seis oficios de
adscripción, ocho constancias de acreditación de aprobación del Curso de Especialización en Materia de Extinción
de Dominio y nueve constancias de registro de cédula profesional ante la Primera Secretaria de Acuerdos de la
Presidencia de este Tribunal; documentos recibidos el dos de mayo de dos mil dieciséis, fecha en que fue presentado
ante este juzgado el escrito inicial. Conste. México, Distrito Federal, a dos de mayo de dos mil dieciséis.
Ciudad de México a tres de mayo de dos mil dieciséis.
Con el escrito de cuenta, anexos y copias certificadas que se acompañan, se forma expediente y registra como corresponde
en el Libro de Gobierno de este Juzgado bajo el número de expediente 390/2016 se ordena guardar los documentos
exhibidos como base de la acción en el seguro del juzgado, visto lo anterior se procede a resolver respecto de la admisión de
la demanda, en los siguientes términos: Se tiene por presentado al Licenciado José Luis Hernández Martínez, Agente
del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio de Procuraduría General de
Justicia del Distrito Federal, en representación del Gobierno de la Ciudad de México; personalidad que se le
reconoce en términos del acuerdo A/002/2011 emitido por el Procurador General de Justicia del Distrito Federal
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el quince de febrero de dos mil trece, así como del nombramiento
en el que se le designa con el carácter antes señalado, y con la constancia de acreditación de especialización en
materia de extinción de dominio que exhibe en copia certificada, se le tiene señalado el domicilio que indica para oír
y recibir toda clase de notificaciones y documentos aún las de carácter personal.
Se tiene por autorizadas a los Licenciados Alejandra Martínez Galván, Laura Gachuz Fuentes, María Guadalupe
Cervantes Díaz, Leonides Rebeca Casimiro Pérez con el carácter de Agentes del Ministerio Público Especializados
en Extinción de Dominio, de los que acredita su personalidad en términos de términos del acuerdo A/002/2011
emitido por el Procurador General de Justicia del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el quince de febrero de dos mil trece, así como del nombramiento en el que se le designa con el carácter antes
señalado, y con la constancia de acreditación de especialización en materia de extinción de dominio que exhibe en
copia certificada el promovente, no así a las demás personas que indica en virtud de que no exhiben documento
alguno con el que acrediten el carácter de Agentes del Ministerio Público Especializados en Extinción de Dominio,
por lo que únicamente se les tiene por autorizados para oír y recibir notificaciones.
Asimismo, se tiene por autorizados a los Licenciados Diana Ivon Castañon Lara, Ivonne Reynoso Ramírez y Gloria
Vázquez Muñoz en términos del cuarto párrafo del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal, de aplicación supletoria a la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal al acreditar que
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su cédula se encuentra registrada ante la Primera Secretaria del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal,
en cuanto a Oscar Rubén Pineda Gutiérrez una vez que acredite su calidad de abogado, se acordará lo conducente,
mientras tanto únicamente se le tiene por autorizado para oír y recibir notificaciones.
Ahora bien, del contenido de los artículos 2, fracción XIII, 4 y 39 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito
Federal, se tiene que como presupuesto procesal para la admisión de la demanda el suscrito debe analizar y
considera si existen elementos que presuman la existencia de alguno de los eventos típicos de los señalados en el
artículo 4 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, y que los bienes sobre los que se ejerce la
acción son de los enlistados en el artículo 5 de ese ordenamiento.
De esta manera, del contenido del hecho IV de la demanda se advierte que la accionante indica que el evento típico
base de su demanda es el DELITO CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO
HIPÓTESIS DE POSESIÓN CON FINES DE COMERCIO (VENTA) EN PANDILLA, refiriendo además que el
inmueble ubicado en CALLE ANDADOR CUATRO, LUIS YUREN, NÚMERO 12, MANZANA 1, LOTE 29,
COLONIA C.T.M. EL RISCO, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CÓDIGO POSTAL 07090, CIUDAD DE
MÉXICO, ha sido utilizado como INSTRUMENTO del DELITO DE NARCOMENUDEO.
La anterior cuestión se corrobora con los documentos base de la acción consistentes en copia certificada de la
averiguación previa número FCIN/ACD/T2/00623/14-10 D1 y su acumulada FCIN/AOP/T3/00076/14-10y el
expediente FEED/T1/026/15-04,de los que a foja 1 se lee que efectivamente se inició una averiguación previa por el
DELITO CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO, POSESIÓN CON FINES DE
VENTA, COMERCIO Y SUMINISTRO y que mediante sentencia de veintisiete de febrero de dos mil quince dictada en
la causa penal 197/2014 por la Juez Interina Décimo Noveno Penal del Distrito Federal, que obra de la foja 201 a la 266
del expediente FEED/T1/26/15-04, en el punto resolutivo primero se determinó la responsabilidad penal de
CLAUDIA GUEL MENDOZA, JULIAN GUEL HURTADO y JUAN CARLOS HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, en la
comisión del DELITO CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO, HIPÓTESIS DE
POSESIÓN DE NARCÓTICO CON FINES DE COMERCIO EN PANDILLA., asimismo del considerando quinto
de la sentencia a comento se advierte que en la diligencia de cateo autorizada por el Juez Trigésimo Sexto Penal del
Distrito Federal se encontraban los penalmente responsables citados, en el interior del inmueble ubicado en CALLE
ANDADOR CUATRO, LUIS YUREN, NÚMERO 12, MANZANA 1, LOTE 29, COLONIA C.T.M. EL RISCO,
DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CÓDIGO POSTAL 07090, CIUDAD DE MÉXICO en posesión de
estupefacientes, de lo que se infiere que dicho bien era utilizado como instrumento del referido delito.
Con lo anterior resulta presuntivamente acreditado que sí ocurrió el evento típico de los señalados en el artículo 4 de
la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, y que el bien sobre el que se ejerce la acción es de los
enlistados en el artículo 5 de esta ley; esto es, como INSTRUMENTO DEL DELITO.
Por tal motivo, con fundamento en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, 4, 5,
22, 24, 25, 29, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 39, 40 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal; 114, 116, 117,
255 del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito
Federal, y conforme al artículo 3, fracción II, del mismo ordenamiento, se admite a trámite la demanda planteada en
LA VÍA ESPECIAL y en ejercicio de la ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, interpuesta en contra
de CLAUDIA GUEL MENDOZA y MARÍA MAGDALENA MENDOZA CABALLERO, respecto del inmueble
ubicado en CALLE ANDADOR CUATRO, LUIS YUREN, NÚMERO 12, MANZANA 1, LOTE 29, COLONIA C.T.M.
EL RISCO, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CÓDIGO POSTAL 07090, CIUDAD DE MÉXICO,
IDENTIFICADO CON EL FOLIO MATRIZ 9130539 Y FOLIO REAL 607689, EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL
INMUEBLE DENOMINADO CONJUNTO HABITACIONAL C.T.M. ANDADOR 4, LUIS YUREN NÚMERO 12
MANZANA 1, LOTE 293, COLONIA EL RISCO, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MÉXICO,
CON UNA SUPERFICIE DE 84.00 M2 METROS CUADRADOS; sin contraprestación ni compensación alguna para
la parte afectada. Lo anterior derivado del evento típico emanado de las actuaciones ministeriales que se contienen
en las copias certificadas que se acompañan, relativas a la Averiguación Previa número FCIN/ACD/T2/00623/14-10
D1 y su acumulada FCIN/AOP/T3/00076/14-10, y el expediente FEED/T1/026/15-04, demanda que se funda en los
razonamientos, hechos y pruebas que se expresan en la misma.
En consecuencia, con las copias simples de traslado tanto del escrito inicial de demanda como de los anexos exhibidos por
la parte actora, por medio de NOTIFICACIÓN PERSONAL se ordena emplazar a juicio a CLAUDIA GUEL
MENDOZA y MARÍA MAGDALENA MENDOZA CABALLERO para que en el plazo de DIEZ DÍAS
HÁBILES contados a partir del día siguiente a su emplazamiento, comparezcan por escrito, a manifestar lo que a su
derecho convenga, así como para que oponga excepciones y defensas, en su caso ofrezca las pruebas conducentes que
acrediten su dicho, conforme a lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley de Extinción de Dominio, apercibiéndoseles que de
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no comparecer a este juicio y de no ofrecer pruebas en el plazo concedido, precluirá su derecho con fundamento en el
artículo 40, fracción V, de la Ley de Extinción de Dominio y se tendrán por presuntivamente confesos de los hechos propios
de la demanda, tal y como lo dispone el artículo 271 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Para efectos de lo anterior, elabórense las cédulas de notificación respectivas y túrnense a la Actuaria adscrita a este
juzgado para su diligenciación en el domicilio indicado por la parte actora, en el entendido que una vez que sean
emplazadas, deberán señalar en el primer escrito o en la primera diligencia en que intervenga en este asunto,
domicilio ubicado en el lugar del juicio para efectos de oír y recibir notificaciones y se practiquen las diligencias
necesarias; apercibidas que de no hacerlo, las notificaciones, aun las que conforme a las reglas generales deban
hacerse personalmente, se le harán por Boletín Judicial, lo anterior con base en el artículo 112, párrafos primero y
tercero, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 35, en relación con la fracción IV del artículo 40, ambos de la Ley de
Extinción de Dominio, publíquese el presente proveído por tres veces de tres en tres días, debiendo mediar entre
cada publicación dos días hábiles en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el Boletín Judicial del Tribunal
Superior de Justicia del Distrito Federal, así como en el periódico “EL SOL DE MÉXICO”, llamando a las personas
que se consideren afectadas, terceros, víctimas u ofendidos para que comparezcan a este procedimiento en el plazo
de DIEZ DÍAS hábilescontados a partir del día siguiente de la última publicación a manifestar lo que a su derecho
convenga, apercibidos que en caso de no comparecer dentro del plazo concedido y no ofrecer pruebas en relación a
este procedimiento, se tendrá por precluído su derecho para hacerlo con posterioridad, ello tomando de base el
contenido del artículo 40 de la Ley de Extinción de Dominio, quedando los edictos respectivos a partir de esta fecha a
disposición del Agente del Ministerio Público ocursante, para que los reciba dentro del plazo de tres días, de
conformidad con lo dispuesto por la fracción II del artículo 3 de la Ley de Extinción de Dominio.
Por lo que respecta a las pruebas ofrecidas en el escrito que se provee, de conformidad con el artículo 40 de la Ley de
Extinción de Dominio del Distrito Federal, así como de los artículos 289, 290, 291 y demás relativos y aplicables del
Código de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la materia, se procede a proveer sobre
la admisión de las probanzas ofrecidas por la parte actora en los siguientes términos:
Se admiten:
I. LA DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en las copias certificadas de la Averiguación
Previa FCIN/ACD/T2/00623/14-10 D1 y su acumulada FCIN/AOP/T3/0076/14-10.
II.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en las copias certificadas del Expediente
Administrativo FEED/T1/26/15-04.
III.- LA CONFESIONAL a cargo de las afectadas CLAUDIA GUEL MENDOZA y MARÍA MAGDALENA
MENDOZA CABALLERO quienes deberán desahogarla de manera personal y no por conducto de representante o
apoderado legal alguno; en preparación de esta prueba, NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE a las mencionadas
afectadas a fin de que comparezcan al local de este juzgado a absolver posiciones al tenor del pliego de posiciones
que en su caso exhiba la actora, el día y hora que para tal efecto se señale; apercibidas que de no comparecer sin
justa causa, se le tendrá por confesas de las posiciones, que en su caso, sean calificadas de legales, de conformidad
con lo dispuesto por los artículos 322 y 323 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, supletorio
de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal.
IV.- LA RATIFICACIÓN DE CONTENIDO Y FIRMA A CARGO DE LOS PERITOS PQ. ALMA P.
CHAVARRÍA OSNAYA y QFB. JOSE L. DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ respecto de los dictámenes rendidos dentro
de la Averiguación Previa FCIN/ACD/T2/00623/14-10 D1 y acumulada FCIN/AOP/T3/00076/14-10 con números de
llamados Q-41686, Q-41688, Q-41687, Q41689, Q41696 Q41691, mismos que obran de la foja 401 a la 420 de la
copias certificadas de las Averiguaciones Previas a comento, ello en virtud de que la actora relaciona dicha probanza
con los hechos I, II, III y IV de la demanda; personas a quienes se ordena citar en forma personal en el domicilio
señalado por el actor y mediante oficio, a efecto de que comparezcan el día y hora que se señale para la audiencia
de desahogo de pruebas, para que bajo protesta de decir verdad manifiesten si reconocen o no el contenido de sus
actuaciones realizadas en la averiguación previa antes mencionada, apercibidos que de no comparecer sin justa
causa, se tendrán por reconocidas las citadas actuaciones en cuanto a su contenido y para los efectos procesales
correspondientes. Se precisa que en caso de resultar falso o inexacto el domicilio que proporciona el promovente
para la notificación, la prueba a comento será declarada desierta.
Asimismo se admite V.- LA RATIFICACIÓN A CARGO DEL LICENCIADO MIGUEL ÁNGEL ROMERO
CÓRDOBA Agente del Ministerio Público y el C. ARELHI ESPINOSA TORRES Oficial Secretario del Ministerio
Público DE LOS SIGUIENTES DICTÁMENES, ambos adscritos a la Fiscalía Central de Investigación para la
Atención del Delito de Narcomenudeo del Acta, respecto del acta circunstanciada de fecha diecisiete de Octubre del
dos mil catorce, que obra de la foja 200 a la 216 de las copias certificadas de las Averiguaciones Previas
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FCIN/ACD/T2/00623/14-10 D1 y acumulada FCIN/AOP/T3/00076/14-10 personas a quienes se ordena citar en forma
personal en el domicilio señalado por el actor y mediante oficio, a efecto de que comparezcan el día y hora que se
señale para que tenga verificativo la audiencia de desahogo de pruebas, para que bajo protesta de decir verdad
manifiesten si reconocen o no el contenido de sus actuaciones realizadas en la averiguación previa antes mencionada,
apercibidos que de no comparecer sin justa causa, se tendrán por reconocidas las citadas actuaciones en cuanto a su
contenido y para los efectos procesales correspondientes. Se precisa que en caso de resultar falso o inexacto el
domicilio que se proporcionan para la notificación, será declarada desierta la citada prueba.
Finalmente, se admiten VI.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES y VII.- LA PRESUNCIONAL EN SU
DOBLE ASPECTO LEGAL Y HUMANA.
En cuanto a la fecha de la audiencia a que se refiere el artículo 44 de la ley de Extinción de Dominio, se reserva su
señalamiento hasta que concluyan los plazos a que se refiere el citado numeral.
En relación a las Medidas Cautelares, se provee lo siguiente:
MEDIDA CAUTELAR I.
Con fundamento en el artículo 11, fracción I, y 40, fracción II, de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito
Federal,se declara la prohibición para enajenar o gravar el bien inmueble ubicado en el CALLE ANDADOR
CUATRO, LUIS YUREN, NÚMERO 12, MANZANA 1, LOTE 29, COLONIA C.T.M. EL RISCO, DELEGACIÓN
GUSTAVO A. MADERO, CÓDIGO POSTAL 07090, CIUDAD DE MÉXICO, IDENTIFICADO CON EL FOLIO
MATRIZ 9130539 Y FOLIO REAL 607689, EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE DENOMINADO
CONJUNTO HABITACIONAL C.T.M. ANDADOR 4, LUIS YUREN NÚMERO 12 MANZANA 1, LOTE 293,
COLONIA EL RISCO, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE DE
84.00 M2 METROS CUADRADOS a fin de evitar que se realice cualquier acto traslativo de dominio o inscripción de
gravamen judicial o real respecto del inmueble referido. En consecuencia, gírese atento oficio al C. DIRECTOR DEL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL para que proceda a
inscribir la medida cautelar hasta en tanto se defina la situación legal del inmueble motivo de la presente medida, lo
anterior a efecto de no conculcar derechos de las partes, debiéndose acompañar para tal efecto, copia certificada del
presente proveído.
MEDIDA CAUTELAR II
Por otra parte, con base en el artículo 11, fracción V, y 40, fracción II, de la Ley de Extinción de Dominio para el
Distrito Federal, se decreta bajo la más estricta responsabilidad de la parte actora el aseguramiento del bien
inmueble materia de este asunto ubicado en CALLE ANDADOR CUATRO, LUIS YUREN, NÚMERO 12, MANZANA
1, LOTE 29, COLONIA C.T.M. EL RISCO, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CÓDIGO POSTAL 07090,
CIUDAD DE MÉXICO, IDENTIFICADO CON EL FOLIO MATRIZ 9130539 Y FOLIO REAL 607689, EN EL CUAL
CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE DENOMINADO CONJUNTO HABITACIONAL C.T.M. ANDADOR 4, LUIS
YUREN NÚMERO 12 MANZANA 1, LOTE 293, COLONIA EL RISCO, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO,
CIUDAD DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE DE 84.00 M2 METROS CUADRADOS, asegurado por la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, teniéndose por designado como depositario judicial del mismo
a la OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, a quien se le previene para que dentro
del término de TRES DÍAS acepte y proteste su cargo respecto del inmueble a que se ha hecho mención, lo anterior
atento a lo dispuesto por el artículo 11 cuarto párrafo de la Ley de Extinción de Dominio que en su parte conducente
cita: “…EN TODOS LOS SUPUESTOS, LOS BIENES MATERIA DE LAS MEDIDAS CAUTELARES
QUEDARÁN EN DEPÓSITO DE ÁREAS ESPECIALIZADAS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, EN CASO
DE BIENES MUEBLES, O DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL DISTRITO FEDERAL, CUANDO SE TRATE DE
BIENES INMUEBLES, y A DISPOSICIÓN DE LAS AUTORIDADES QUE DETERMINE EL JUEZ…”, quedando
obligado a informar a la Asamblea Legislativa y a este Juzgado sobre su administración en términos del quinto párrafo del
mismo artículo 11 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, 13 última parte y 38 del Reglamento de la
Ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal, pues dada la naturaleza del bien sujeto a extinción, el uso y destino del
mismo, el menaje debe quedar resguardado y mantenerse en el interior del bien motivo de extinción, por lo que a
consideración de este Órgano Jurisdiccional, dicho menaje debe quedar bajo el depósito de la OFICIALÍA MAYOR DEL
DISTRITO FEDERAL. En merito de lo anterior gírese el oficio respectivo a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito
Federal a efecto de hacer de su conocimiento que deberá presentarse en el local de este Juzgado dentro de los TRES
DÍAS siguientes a que reciba el oficio ordenado, a efecto de que por conducto de personal autorizado proceda ante la
presencia judicial a aceptar y protestar el cargo conferido, debiendo tomar las medidas pertinentes para
salvaguardar el inmueble del cual se le designa depositario judicial; teniendo también la obligación de rendir cuentas
ante este Juzgado y al Agente del Ministerio Público Especializado en Extinción de Dominio, respecto de la
administración del bien inmueble, en forma mensual, con fundamento en los artículos 22 y 31 de la Ley de Extinción
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de Dominio en relación con el artículo 41 en todas sus fracciones del Reglamento de la Ley de Extinción de
Dominio para el Distrito Federal y el diverso 557 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal de
aplicación supletoria a la Ley de la materia.
Las presentes medidas cautelares obligan a los propietarios, poseedores, quienes se ostenten como dueños,
depositarios, interventores, administradores albaceas, o cualquier otro que tenga algún derecho sobre los bienes
motivo de las cautelares decretadas, esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la multicitada Ley de
Extinción de Dominio del Distrito Federal.
En consecuencia, proceda la persona encargada del turno a elaborar los oficios que aquí se ordenan por conducto del
personal del juzgado en forma inmediata, haciéndose entrega de los mismos al Agente del Ministerio Público
Especializado que promueve, por lo que quedan a su disposición para efectos de su diligenciación.
Por último y con fundamento en el artículo 4 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, se hace del
conocimiento de las partes que intervengan en el presente procedimiento que la información que se genere u obtenga
en este procedimiento se considerará como restringida en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Distrito Federal, y que se guardará la más estricta confidencialidad sobre la información y
documentos que se obtengan durante la substanciación del presente procedimiento, lo anterior con fundamento en el
artículo 4, último párrafo, y artículo 22 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal.
Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Sexto de lo Civil y de Extinción de Dominio Licenciado HÉCTOR
FLORES REYNOSO ante el C. Secretario de Acuerdos, Licenciado ROMÁN JUÁREZ GONZÁLEZ que autoriza y
da fe. Doy Fe.
México, D.F. A 3 DE MAYO DE 2016
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
(Firma)
LIC. ROMAN JUAREZ GONZALEZ
HFR/isa
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS HÁBILES,
DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES.
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AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa;
Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que
habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, siendo los siguientes:.
1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el
caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de
las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,
estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30
horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo
suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.
2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como
publicaciones se requieran.
3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word
en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
Página tamaño carta;
Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;
Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;
No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;
Rotular el disco con el título del documento;
No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros
de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar;
X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y
XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación
Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México son de
estricta responsabilidad de los solicitantes.
4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de
anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un
día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.
SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a
partir de la primera emisión que se efectué a partir del 2 de febrero de 2016, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el
Índice será la Décima Novena.
TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la
publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de
esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir
publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
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DIRECTORIO
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ
INSERCIONES
Plana entera ...................................................................................... $ 1,753.70
Media plana............................................................................................ 943.30
Un cuarto de plana ................................................................................. 587.30
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
http://www.consejeria.cdmx.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA Núm. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $26.50)