BOLETÍN DE INFORMACIÓN JURÍDICA No. CCIV Ciudad de

BOLETÍN DE INFORMACIÓN JURÍDICA
Ciudad de México viernes 17 de octubre de 2014
SECCIÓN UNO. GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
No. CCIV
http://www.consejeria.df.gob.mx/portal_old//uploads/gacetas/5bf4f297f43d6633f91ed22e59064143.pdf
SECCIÓN DOS. DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
17 DE OCTUBRE DE 2014
SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y
entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán
abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos en la materia de adquisiciones,
arrendamientos y servicios del sector público, con las empresas Kyoto Trading, S.A. de C.V., Zweiss
Mexicana, S.A. de C.V. e Intercable, S.A. de C.V., por el plazo de tres meses.
SECCIÓN TRES. PRONTUARIO NORMATIVO
17 DE OCTUBRE DE 2014
El día de hoy no hay información que presentar en este rubro.
SECCIÓN CUATRO. AVISOS
LA DIRECCIÓN GENERAL DE LEGALIDAD A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE MEJORA NORMATIVA, HACE DE SU
CONOCIMIENTO LOS SIGUIENTES AVISOS.
LINEAMIENTOS MEDIANTE LOS QUE SE ESTABLECE EL MODELO INTEGRAL DE ATENCIÓN CIUDADANA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el
13 de octubre de 2014.
Los Lineamientos establecen las características de un Modelo Integral con el
fin de ofrecer una atención ciudadana accesible, confiable y de calidad, que
constituya la identidad única de la Administración Pública del Distrito Federal.
Además diseñar y establecer el modelo en materia de atención ciudadana,
relacionado con la identificación de necesidades y satisfacción ciudadana,
trámites y servicios, mejora de procesos y de sistemas de calidad, para conducirlo, coordinarlo e
implementarlo en colaboración con las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos
Político-Administrativos y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, asimismo,
constituir un marco que establezca las reglas en materia de atención ciudadana, calidad en los
procesos de gestión y funcionamiento de las Áreas y Unidades que ofrecen atención para la
gestión de trámites y servicios en la Administración Pública del Distrito Federal.
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL
DISTRITO FEDERAL, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2014.
Las reformas a la Ley tienen por objeto que las obras públicas que se realicen
en la ciudad bajo la firma de un contrato a precio alzado, deberán contarcon
un proyecto ejecutivo y la calendarización de las actividades y avances de la
obra. Los contratistas que participen en este tipo de obras en la capital del país estarán obligados
a realizarlas “desde el diseño incluyendo el proyecto ejecutivo hasta su terminación”.
En el decreto también reforma el Artículo 44 de la Ley, con lo cual se establece que los contratos
de obra pública a precio alzado, el pago total deberá ser cubierto por ministraciones, mismas que
quedarán establecidas en el contrato y “en función de avances de trabajos realizados o de
actividades o subactividades terminadas”; la reforma al artículo 46 reitera que este tipo de
contratos de obra pública deberán contar, como mínimo, con las declaraciones y cláusulas
referentes a los plazos, forma y lugar de pago de las estimaciones de los trabajos.
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DEL SISTEMA INTEGRAL DE ATENCIÓN Y APOYO A LAS Y LOS ESTUDIANTES
DE ESCUELAS PÚBLICAS EN EL DISTRITO FEDERAL, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8
de octubre de 2014.
Se crea el Sistema Integral de Atención y Apoyo a las y los Estudiantes de
Escuelas Públicas en el Distrito Federal, regular su integración, organización y
funcionamiento. El Sistema Integral se conformará por las acciones y
programas dirigidos a los estudiantes que residen en el Distrito Federal y que
estudian en instituciones públicas ubicadas en la Ciudad de México de tipo inicial, básico, medio
superior y primer año del tipo superior, así como las modalidades de educación especial, indígena,
educación para adultos y extraescolares, tendentes a mejorar su rendimiento escolar, incrementar
sus posibilidades de acceso al siguiente tipo del sistema educativo, contribuir a su permanencia
escolar, a concluir sus estudios y cualquier otra relacionada con el otorgamiento de estímulos,
ayudas y apoyos económicos, en especie o de servicios a las y los estudiantes.
REGLAMENTO DEL CONSEJO PARA EL DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE DEL DISTRITO FEDERAL, publicado en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 7 de octubre de 2014.
Se regula la integración, facultades y funcionamiento del Consejo para el
Desarrollo Urbano Sustentable del Distrito Federal, como órgano auxiliar del
desarrollo urbano. El Consejo para el Desarrollo Urbano Sustentable es un
órgano auxiliar del desarrollo urbano, el cual tiene por objeto asesorar con estudios, propuestas,
opiniones, consultas y análisis en materia de desarrollo urbano sustentable.
El Boletín de Información Jurídica es una herramienta de información, para el análisis, investigación y
toma de decisiones, que presenta el contenido más relevante de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del
Diario Oficial de la Federación, y de otras fuentes como la Secretaría de la Función Pública y de las
unidades administrativas de esta Contraloría General.
Parte de la información que se presenta en este Boletín, se encontrará disponible en el Prontuario
Normativo, en las próximas horas.
Hugo Monroy
Director de Mejora Normativa
Contraloría General
http://cgservicios.df.gob.mx/transparencia/ipo1402/ipo140501.php?cv=CG000303