PROVINCIAL / ABIERTO / A UNA SOLA PRUEBA / VINCULANTE INFORME DE LA ASESORIA N° 2 De acuerdo a lo estipulado en el Convenio origen de este Concurso se presenta a continuación a las Entidades participantes el presente informe transcribiendo literalmente la primer Ronda de Consultas efectuadas por los Participantes y las respuestas confeccionadas por la Asesoría del Concurso. Consultas: 1_En las condiciones de entrega se pide el layout de amoblamiento de oficinas. ¿Debe éste ser un esquema aparte o puede estar incorporado a las plantas 1:100? El layout de mobiliario puede ser mostrado de la manera que el participante considere conveniente, sin dejar de recordar que deberá proponer diferentes esquemas de uso para verificar su correcto funcionamiento. 2_Teniendo en cuenta la existencia del derecho de servidumbre recíproca, ¿es posible que el acceso al edificio se produzca desde el espacio abierto existente en el terreno del edificio Talero I? No existe servidumbre de paso, solo de iluminación, ventilación y vistas.(Ver Capitulo 2 – Punto 7. Sobre la Relación con el Edificio lindero Talero I) 3_Al existir el derecho de servidumbre recíproca, ¿es posible no materializar la medianera Oeste o bien trabajarla con una altura y materialidad diferentes a las legalmente establecidas? Si, mientras se respete lo establecido en el Capitulo 2 – Punto 7. Sobre la Relación con el Edificio lindero Talero I, cualquier altura y materialidad está permitida. 4_Entendiendo que, de acuerdo a lo planteado en las bases (pag.35) es posible que las oficinas iluminen y ventilen hacia el patio existente en terreno del edificio Talero I; ¿es posible considerar lo mismo para los programas ubicados en planta baja? Si. (Ver respuestas a las preguntas 2 y 3) 5_En el caso de morfología abierta, ¿es posible que el retiro lateral tenga menos de los 6m que establece como mínimo el código?, considerando que debido al derecho de servidumbre reciproca es posible utilizar el espacio vacío existente como patio de aire y luz. Si, es posible. 6_La altura máxima del edificio es 12.25mts. o 12.50 mts.? Esta cota se refiere al plano horizontal (losa), o altura de parapeto? La altura máxima del edificio a proyectar es de 12.25m. Esta cota refiere al nivel de piso terminado de la terraza. 7_Debido a la relación de servidumbre entre ambos edificios, es factible ventilar locales de 1° hacia la medianera oeste? Es decir ventilarlos al patio de Talero 1? Sí, es factible. (Ver respuestas a las preguntas 2, 3 y 4.) 8_cuando las bases indican la necesidad de sanitarios y office en las oficinas, se refieren a que cada oficina de entre 40 y 50 m2 requiere de estos servicios? Si, cada oficina de entre 40 y 50 m² requiere tanto del sanitario mínimo como del office, (Ver Capitulo III – Pagina 33). 9_es factible tener unidades de oficinas en planta baja aunque estas no alcancen a ser 4 o más unidades por planta? Si, mientras que se cumpla con los requisitos establecidos en el Programa de necesidades y en el Código de Edificación de la Ciudad. 10_Es posible vincular ambos edificios en planta baja mediante la apertura de puertas o vanos en la medianera? No es posible. La servidumbre solo contempla la iluminación, la ventilación y las vistas. 11_se puede abrir la medianera en planta baja? Si. (Ver respuesta a pregunta 3 La Asesoría recuerda que todos aquellos Profesionales que participen en carácter de Titulares deberán estar inscriptos en el CAN y CPAGIN, habilitados y con matricula al día. Asimismo deberán estar afiliados a la Caja Previsional para Profesionales de la Provincia del Neuquén, sin excepción, y presentar libre deuda con fecha posterior a la apertura de este Concurso, día 10 de Octubre del 2014. Atentamente. Arq. Fernando Di Boscio / Arq. Gonzalo Peralta / Arqta. Eugenia Jafella Equipo Asesor Colegio de Arquitectos de la Provincia del Neuquén
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