celador: titulación - XVII Jornadas nacionales de Celadores y

CELADOR: TITULACIÓN
INTRODUCCIÓN
Los celadores llevamos años trabajando en una profesión cuyas
funciones están basadas en el art. 14.2 del Estatuto del Personal no
Sanitario del año 1971, completamente anticuado, irreal y sexista
para las necesidades funcionales del sistema sanitario público de
Andalucía.
En un principio la figura del celador nace para acumular funciones
indeterminadas de otras categorías, teniéndose así una visión del
celador como una tarea fácil y exenta de responsabilidad.
Hoy en día la figura
distinto.
del celador se percibe como algo muy
Detectamos que la
implicación del celador
en las tareas sanitarias
es cada vez mayor,
compartiéndolas con Tec.
Auxiliar de Enfermería.
OBJETIVO
Revisión de las tareas
contempladas en el Estatuto
Marco del personal no
Sanitario al servicio de la
instituciones sanitarias de la
Seguridad Social.
Incluir la categoría de celador
en la Formación Profesional
de nuestro sistema educativo
público.
CONCLUSIONES
RESULTADOS
METODOLOGÍA
Observación de la evolución del celador en
el Sistema Sanitario Publico de Andalucía.
Los celadores estamos convencidos que somos un colectivo necesario y preparado dentro del SSPA y que
realizamos funciones sanitarias no reconocidas: lavado, rasurado, amortajado, traslado de muestras,
movilizaciones, etc.
BIBLIOGRAFÍA
• Estatuto Marco.
• Estatuto de Personal no Sanitario.
Autores: Ana García González, Lucia Rivera Borrero, Mª Gema Martínez
García , Mª Ángeles González Méndez .
ÁREA DE GESTIÓN SANITARIA NORTE DE HUELVA