Método de evaluación para el cálculo de costos de los accidentes En el boletín anterior comentamos los beneficios que posee una empresa al invertir en la prevención de riesgos. En esta oportunidad detallaremos los costos en los que podría incurrir la empresa cuando una persona se accidenta, y uno de los métodos para calcularlo. Como metodología para relevar costos indirectos de un accidente de trabajo, se tomó como base la propuesta elaborada por OSALAN (Laneko Segurtasun eta Osasunerako Euskal Erakundea, cuya traducción es Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales) y se realizaron algunas adaptaciones teniendo en cuenta las particularidades de los sistemas latinoamericanos, así como también las normas NTP 273 “Costos no asegurados de un accidente - Método simplificado de cálculo” y NTP 540 “Costos de los accidentes de trabajo – Metodología de evaluación”. Ambas pertenecientes al Instituto de Seguridad e Higiene del Trabajo (INSHT) de España. Cabe mencionar que OSALAM con su metodología, realizó una experiencia durante el 2005 que arrojó como resultado los siguientes valores relacionados a los accidentes estudiados: Costo medio en una empresa por accidente leve: 1.530,76 euros. Costo medio en una empresa por accidente grave o muy grave: 11.156,91 euros. Costo medio en una empresa por accidente mortal: 18.661,53 euros. En este costo no están reflejados los costes de responsabilidad civil, indemnizaciones, defensa jurídica, etc. ya que se dilatan a lo largo del tiempo. Clasificación general de costos Detalle de Costos: A. Datos del Suceso -Días de baja: Se cumplimenta el número de días de incapacidad laboral después del accidente y hasta que la situación se normalice. No se contabiliza el mismo día del accidente. La duración media de la baja se termina cuando el trabajador posee el Alta Médica. -Incapacidad permanente como consecuencia del accidente: Se responderá con SI o NO, siempre y cuando después de la Incapacidad Laboral Temporal (I.L.T) haya quedado algún grado de incapacidad permanente y éste haya sido declarado. B. Costos del Personal -Horas perdidas por el accidentado (el día del accidente): El costo económico de estas horas se calculará multiplicando los siguientes conceptos: El número de horas perdidas (no trabajadas) y el costo horario, el cual se calcula en base a la siguiente fórmula: = Salario Bruto Anual + Seguridad Social Anual Horas anuales trabajadas -Horas perdidas por otros compañeros de trabajo (el día del accidente): Se calculará de la misma forma que se calculan las horas perdidas por el accidentado, explicadas en el punto anterior, pero por cada trabajador afectado indirectamente por el accidente; bien debido a la proximidad del accidente, a la amistad con el accidentado, a la ayuda prestada o por otro motivo. El costo horario se calculará de forma independiente por cada trabajador, debido a que según el grado de especialización se tendrá un costo horario diferente. -Horas perdidas por los mandos medios y técnicos (el día del accidente): Se calculará de la misma forma expuesta en los puntos anteriores, pero con el costo que representa el tiempo dedicado por los mandos medios y técnicos. Se puede incluir la ayuda al accidentado, la reorganización del proceso productivo, etc. -Horas perdidas los días posteriores al accidente por los mandos medios, técnicos, delegados de prevención, etc.: Se calculará de la misma forma que los anteriores, haciendo referencia al tiempo dedicado como consecuencia del accidente pero en días posteriores. En este apartado se incluirán las inspecciones realizadas por los organismos competentes, la reorganización del trabajo, traslado a tribunales, etc. -Horas perdidas en los días posteriores al accidente para la investigación del accidente: En este apartado se incluirán todas las horas de las personas que integraron el equipo para la investigación del accidente. -Pago de días no cubiertos por la aseguradora de riesgos: Hace referencia al número de días que el empleador debe pagar el sueldo del trabajador accidentado sin que el mismo cumpla sus funciones. Este concepto no aplica para muchos países en los cuales la aseguradora de riesgo asume el pago de los jornales caídos, desde el día en que el trabajador tiene el accidente. Para el caso de Argentina, el sueldo de los primeros 10 días de baja laboral del accidentado, deben ser asumidos por el empleador y luego son asumidos por la aseguradora. Por lo tanto, estos 10 primeros días deben ser contemplados en el cálculo. Para ello se multiplica la cantidad de días (hasta 10) por el costo de la jornada laboral (no tener en cuenta el día del accidente). -Pago a la Seguridad Social (realizado por la empresa): La cotización a la Seguridad Social no se interrumpe durante el período de Incapacidad Temporal (I.T.) del trabajador. Es importante recordar que el día del accidente no debe tenerse en cuenta. La valoración de este costo se realiza de la siguiente manera: Nº de días de I.T. x Importe diario de cotización a la Seguridad Social (S.S.) Cabe mencionar que en la Argentina estos costos son cubiertos por la aseguradora de riesgos en su totalidad. C. Costos de Daños Materiales -Edificios e instalaciones: Reparación por el Servicio Interno: si a la reparación la realiza el Servicio Interno de la empresa, el cálculo del costo se realiza teniendo en cuenta el número de horas empleadas por el costo horario de cada empleado involucrado en la tarea. Materiales utilizados para las reparaciones: en el costo de los materiales se incluye el importe de las facturas que se hayan abonado para reparar el daño material. Reparación por el servicio externo: si se terceriza la reparación en algún servicio externo a la empresa, el costo hace referencia al importe pagado por las facturas emitidas por ese Servicio Externo. Es importante tener en cuenta que no se deben contabilizar los daños cubiertos por seguros. -Maquinaria, herramientas y equipos de trabajo: Reparación por el servicio interno: Si la reparación es realizada por el Servicio Interno de la empresa, el cálculo del costo se realiza teniendo en cuenta el número de horas empleadas por el costo horario. Materiales utilizados para las reparaciones: En el costo de los materiales se incluye el importe de las facturas abonadas para reparar el daño material. Alquiler o compra de equipos de trabajo: Se incluye el importe de las facturas relativas al alquiler o a la compra de maquinaria, herramientas o equipos de trabajo. Reparación por el servicio externo: Si la reparación es realizada por algún servicio externo a la empresa, el costo hace referencia al importe pagado por las facturas emitidas por ese servicio externo. Hay que tener en cuenta que no se deben contabilizar los daños cubiertos por seguros. -Materias primas, productos terminados o semitransformados: Las empresas, por causa del accidente, pueden sufrir daños en algunos de sus productos o materias primas, ocurridos en el proceso de producción. Para calcular el costo que supone este daño, se aplica la siguiente fórmula: Costo unitario x Nº de unidades dañadas. - En el caso de las materias primas, el costo unitario se calcula teniendo en cuenta el precio de la factura, a lo que se añade el transporte, aduanas, seguros, impuestos, etc. (Precio de adquisición). - El costo unitario en el caso de productos terminados o semi-transformados se calcula a criterio de cada empresa, ya que existen diversos métodos de valoración económica. -Pérdidas de producción: Se calcula teniendo en cuenta la producción prevista y no obtenida, por lo que los beneficios esperados de la empresa se ven disminuidos. La fórmula a aplicar en este apartado sería la siguiente: Producción Prevista - Producción Real -Incremento de costos para mantener la producción: Es el costo económico adicional que soporta la empresa, para mantener la producción al mismo nivel. - Horas extras: Se calculan teniendo en cuenta el número de horas empleadas por el costo horario. - Contratación y formación del reemplazante: En este apartado incluiríamos la sustitución del accidentado por otra persona, contratada por la empresa, para ejecutar su trabajo. Para calcular el costo tendríamos en cuenta el número de horas trabajadas por el costo horario, a lo que añadiríamos los gastos de selección de personal, (si los hubiera) y los gastos de formación del trabajador sustituto. - Contratación y subcontratación de obras y servicios: Es el costo económico de la contratación o subcontratación para la realización de una obra y la prestación de un servicio determinado. Incluiríamos como costo, el importe de las facturas. - Otros costos: Se incluyen los costos que no se han tenido en cuenta en los apartados anteriores y que suponen un costo para la empresa. D. Costos Intangibles -Deterioro de la imagen: Quizás este es el punto más difícil de estimar. Todo evento puede generar por ejemplo, un deterioro de la imagen de la empresa (si es un accidente grave o muerte, tiene repercusiones en los medios de comunicación y la empresa queda expuesta). ¿Cuánto le costaría a la empresa realizar una campaña publicitaria para realzar el nombre de la firma en la zona donde ocurrió el accidente? Respuesta que cobra mayor magnitud en función del tamaño del accidente, pudiendo suscribirse a la localidad, a la zona, el país o la comunidad internacional misma. Por otro lado, un cuestionamiento similar debe hacerse para realzar la imagen de la empresa en lugares donde tuvo que incumplir pedidos por causa de un accidente, para no perder clientes actuales o ventas futuras. Un trabajo proactivo en materia de prevención de riesgos puede verse reflejado en una imagen positiva de la empresa tanto interna como externa. -Pérdida de mercado: Pueden contemplarse ventas perdidas por falta de producción, en mercados potenciales que querían ser conquistados. -Conflictos laborales: Paros y huelgas por protesta del personal de la empresa; lo que implicaría un costo derivado de los posibles conflictos laborales. E. Costos Generales -Materiales de primeros auxilios: Gastos de material sanitario del servicio médico interno. -Traslado del accidentado: Desplazamientos y traslados del accidentado, gastos de ambulancia, taxis, etc. En Argentina, Colombia y Chile este costo es asumido por las aseguradoras de riesgos. -Responsabilidad administrativa: Importe de las sanciones. La investigación de un accidente puede dar lugar a sanciones, dependiendo de la culpabilidad de la empresa y de la gravedad del accidente. Por tal motivo incluiremos en este apartado el costo que le supone a la empresa algún tipo de responsabilidad administrativa: -Sanciones administrativas. - Paralización del trabajo. - Suspensión o cierre del centro de trabajo. -Responsabilidad en materia de seguridad social: si reconoce que el accidente de trabajo o enfermedad profesional se ha producido por una falta en las medidas de seguridad por parte de la empresa y un desinterés de la misma por evitar que ello ocurra, pueden existir recargos, aumentos o disminución en las primas que cotiza la aseguradora de riesgos. -Responsabilidad civil: Indemnizaciones abonadas directamente por la empresa. La empresa puede ser responsable civil y, por tal motivo, tener que pagar una indemnización económica derivada del incumplimiento de una obligación contractual o como responsable de un delito, más allá de la cobertura que brinde la aseguradora de riesgos. -Daños a terceros no asegurados o con franquicia: Aquellos gastos adicionales que deba afrontar la empresa, dado que el accidente repercutió en un tercero no asegurado o que deba pagarse una franquicia. -Costo de defensa jurídica (abogados, peritos, etc.): Se incluye el costo de los honorarios de profesionales, abogados, expertos, procesos judiciales, procuradores, etc. -Penalizaciones por retrasos: Los clientes pueden retirar su confianza en la empresa y pueden hacer reclamos ante incumplimientos contractuales. -Otros costos: - Gastos extraordinarios de limpieza. - Valoración del menor rendimiento del operario que sustituye al trabajador accidentado. - Valoración del menor rendimiento del accidentado al volver a su puesto de trabajo. - Pérdidas de energía como consecuencia del accidente: combustible, vapor, gas, agua, electricidad. - Tiempo perdido por quien realiza la primera cura (en caso de no estar cubierto por un seguro). - Otros gastos no incluidos y que la empresa considere importantes. F. Otros Costos Aquí pueden incluirse otros costos no detallados en la metodología. IV. Inversión en prevención A continuación se detallan las erogaciones necesarias en medidas preventivas: Horas del Servicio de Prevención: Se refiere a las horas que el Servicio Externo de Prevención tuvo que destinar a realizar todas las gestiones que demanda un accidente (análisis de medidas preventivas, etc.). En el caso de la formación, aquí se debe incluir el costo del número de horas dedicadas por el precio/hora del instructor. Horas de capacitación a todo el personal: Además de las horas del instructor, hay que considerar el tiempo utilizado por los trabajadores para adquirir dicha formación en prevención (número de horas destinadas por el costo horario). Costo de las medidas adoptadas para evitar la repetición del accidente: Se incluirán dispositivos, mecanismos, protecciones, formación y todas las medidas necesarias que tendrá que adoptar la empresa para que no se vuelva a repetir el accidente. El costo a incluir depende de la medida adoptada. En el caso de dispositivos, mecanismos, protecciones, etc., el costo es el importe de las facturas, añadiéndole el precio de la mano de obra necesaria para su instalación. V. Rentabilidad en Prevención El resultado del monto de cuánto hubiese sido el ahorro entre el costo total de un accidente y el costo de las medidas preventivas a tiempo, es información clave para dar a conocer entre los directivos de una organización. Para ello se deben considerar los siguientes dos aspectos: Ingresos: contabilizar el ahorro de todos los costos que debieron asumirse por el accidente, sin contemplar aquellos asociados a las medidas preventivas. Egresos: se tiene en cuenta el valor económico que supone la implantación de las medidas preventivas para subsanar las deficiencias. Si se hace la diferencia de esos dos conceptos, podrá notarse que los ingresos son por lo general, ampliamente superiores a los gastos asociados a la implantación de medidas preventivas. VII. Forma de Implementación: A. Compromiso Directivo Para poder lograr la información necesaria, en primer lugar resulta crucial conseguir el compromiso y participación de la dirección, de manera tal que las personas participantes tengan acceso a toda la documentación que sea pertinente. B. Relevamiento de la Información Con el objeto de relevar toda la información necesaria para confección de la planilla de cálculo, se proponen dos alternativas: Designar responsabilidades en diferentes áreas de la empresa: Esto significa que cada área de la organización deberá comprometerse y designar una persona que aporte la información del accidente que le corresponda. Una posible división de tareas de recopilación de información sería la siguiente: -Datos del suceso: Mando directo del trabajador. -Costo del personal: Administración. -Costo de daños materiales: Prevención y mando directo. -Costo de prevención: Prevención. -Costos intangibles: Administración. -Costos generales: Servicio de prevención. Designar un responsable específico: Con la asignación horaria suficiente para realizar la tarea. Esta alternativa resulta más conveniente, dada la dificultad que implica lograr el compromiso del personal distribuido por diferentes áreas, en esta tarea. En reiteradas ocasiones por falta de tiempo, a excepción de los casos en que existe un fuerte apoyo directivo. C. Consolidación de la información Independientemente de la forma en que la información sea recaudada, es importante que exista un líder de la actividad y que él mismo confeccione informes periódicos, para mostrar los resultados obtenidos a los directivos de la organización. D. Revisión por la dirección La revisión del informe por parte de la dirección, le dará fuerza a la iniciativa. Asimismo será de vital importancia para adoptar las decisiones necesarias, en pos del avance de una cultura preventiva dentro de las organizaciones. Fuente: CATTANEO, Mauricio, “Potenciar”, Fisokit 2014, Fundación Iberoamericana de Seguridad y Salud Ocupacional –FISO-. “Análisis de los costos de un accidente”, Gobierno de Navarra, España. http://www.navarra.es/NR/rdonlyres/E67E02E0-C4B9-4E3B-B2D5 D05666BBCF98/182526/5AnalisisCostes.pdf “Información a las PyMES sobre el Costo de la accidentalidad” - Laneko Segurtasun eta Osasunerako Euskal Erakundea - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales -OSALAN- . 2005. “Norma NTP 273: Cálculo de costos no asegurables”, Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo de España. “Norma NTP 540: Costos de los accidentes de trabajo: procedimiento de evaluación”, Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo de España.
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