cámara nacional de apelaciones del trabajo

Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
Poder Judicial de la Nación
SENT.INT.Nº:
EXPTE. Nº: 18.372/2012/CA1 (37.767)
JUZGADO Nº: 70
SALA X
AUTOS: “MINEO ARIEL ALEJANDRO C/ MEDITRANCORP S.R.L. S/
DESPIDO”
Buenos Aires, 23 de marzo de 2016
VISTOS:
Los recursos de apelación deducidos a fs. 345 y a fs. 352.
Y CONSIDERANDO:
Que en atención al mérito, extensión de las tareas realizadas,
pautas arancelarias vigentes y el monto conciliado, los honorarios regulados a
favor de la perito contadora resultan bajos por lo que cabe elevarlos a $ 3.000 a
valores actuales (cfr. arts. 3 y 12 decreto – ley 16638/57).
Por todo ello, el Tribunal RESUELVE: 1) Elevar los honorarios
regulados a favor de la perito contadora a $ 3.000 (pesos tres mil), a valores
actuales; 2) Cópiese, regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el art.
1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013 y devuélvase.
ANTE MI:
M.J.M.
Fecha de firma: 23/03/2016
Firmado por: ENRIQUE RICARDO BRANDOLINO, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: DANIEL EDUARDO STORTINI, JUEZ DE CAMARA
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