PROCEDIMIENTO PARA ALQUILAR EL SALÓN DE FIESTAS

PROCEDIMIENTO PARA ALQUILAR EL SALÓN
DE FIESTAS
1) Enviar un correo electrónico a la dirección [email protected] para
solicitar la reservación de la fecha de su evento. Este correo debe incluir los siguientes
datos: (Art. 65 y 66 Reglamento de Condominio RDVIII)
a. Nombre y Apellido del solicitante.
b. Nombre y Apellido del propietario del apartamento (En caso de que el
solicitante y el propietario no sean la misma persona).
c. Cédula de Identidad.
d. Número telefónico de contacto.
e. Dirección de correo electrónico.
f. Fecha del evento.
El Salón de Fiestas se alquilará exclusivamente a los residentes del Conjunto
Residencial, es decir, personas que no pertenezcan a nuestro Conjunto, bien sea en
calidad de propietarios o de inquilinos, no podrán hacer uso del mismo. (Art. 58
Reglamento de Condominio RDVIII)
Antes de reservar una fecha para el evento, la Junta de Condominio consultará el
reporte de cuentas por cobrar, suministrado por la Administradora Obelisco C.A.,
para verificar que el apartamento del propietario no tenga deudas acumuladas con
el Condominio, ni ninguna otra deuda pendiente por concepto de daños
ocasionados a nuestras Residencias Vista Daymar III. En caso de existir alguna
deuda, el propietario y/o el solicitante serán debidamente informados y tendrán la
oportunidad de tramitar los pagos correspondientes a través de la Junta de
Condominio. (NOTA: la Junta de Condominio no recibe pagos en efectivo, sólo
actúa como intermediaria para hacer llegar cheques y comprobantes de
transferencias y/o de depósitos en cuenta a la Administradora Obelisco C.A. Para
mayor información le invitamos a asistir a las reuniones que se celebran todos los
Avenida Maturín. Conjunto Residencial Vista Daymar. Residencias Vista Daymar III.
Sector Parque Caiza. Parroquia Filas de Mariche. Municipio Sucre. Estado Miranda.
días Martes, a las 7:30 pm, en nuestro Salón de Fiestas) (Art. 59 Reglamento de
Condominio RDVIII)
Los festivales de pro-graduación de estudiantes, los de beneficencias, y los de
carácter político, gremial o sindical están estrictamente prohibidos. (Art. 67
Reglamento de Condominio RDVIII)
2) Llenar en su totalidad la PLANILLA DE ALQUILER DEL SALÓN DE FIESTAS, la
cual puede se encuentra anexa en este correo. En esta planilla el propietario debe estar
completamente identificado, así como todos y cada uno de los invitados que ingresarán al
Conjunto Residencial el día del evento. Dado que los datos de los invitados estén
incompletos y/o que se presente un invitado de última hora, el propietario deberá
autorizar personalmente su entrada al Conjunto Residencial, a través del uso del
intercomunicador o dirigiéndose físicamente a la garita de vigilancia. Las autorizaciones
vía telefónica están estrictamente prohibidas por cuestiones de seguridad.
3) Pago de la limpieza del Salón: Colocar 3 UT (Bs. 321) en efectivo dentro de un sobre, el
cual será entregado posteriormente al Trabajador Residencial de turno. (NOTA: se
recomienda al propietario no entregar dinero alguno directamente a los Trabajadores
Residenciales. La Junta de Condominio no se hace responsable por dinero extraviado).
4) Pago del alquiler del Salón: Hacer un depósito en efectivo o una transferencia electrónica
por 10 UT (Bs. 1070) en el Banco Provincial, Cuenta Corriente N° 0108-0013-710100317746, a nombre de Residencias Vista Daymar III, RIF: J-00092723-5. E-mail:
[email protected].
5) Pago del depósito de garantía en caso de daños: Emitir un cheque a nombre de
Residencias Vista Daymar III, por 15 UT (Bs. 1605), el cual no será ni cobrado ni
depositado a menos que se produzca un daño en contra del Salón, en cuyo caso el
propietario recibirá un informe de los daños y si el monto de reparación supera el monto
del cheque, la diferencia le será facturada a través del recibo del Condominio. En caso
contrario, el cheque será anulado y devuelto al propietario.
6) Entrega del último recibo de Condominio cancelado: en dicho recibo debe constar que el
apartamento del propietario no presenta deuda alguna con el Condominio.
Avenida Maturín. Conjunto Residencial Vista Daymar. Residencias Vista Daymar III.
Sector Parque Caiza. Parroquia Filas de Mariche. Municipio Sucre. Estado Miranda.
7) Entregar todos los requisitos anteriormente listados en la última Reunión de Condominio
(Todos los Martes a las 7:30pm en el Salón de Fiestas) antes de la fecha del evento.
La falta de cualquiera de estos requisitos es causa suficiente para no aprobar el
alquiler del Salón de Fiestas.
No se recibirá, bajo ninguna circunstancia, ningún requisito fuera de las Reuniones
del Condominio (Todos los Martes a las 7:30pm en el Salón de Fiestas), sin
excepciones. Por lo tanto le sugerimos tomar las previsiones pertinentes.
El propietario recibirá las llaves del Salón de Fiestas tan pronto presente todos los
requisitos en la Reunión del Condominio y, junto con un miembro de la Junta,
inspeccionará el Salón.
El día anterior al evento el propietario deberá inspeccionar nuevamente el Salón
para verificar que la limpieza haya sido efectuada satisfactoriamente. En caso
contrario deberá notificarlo al Trabajador Residencial de turno.
Es importante que el propietario lea detenidamente el REGLAMENTO DE USO Y
DISFRUTE DEL SALÓN DE FIESTAS incluido en la PLANILLA DE
SOLICITUD DEL SALÓN DE FIESTAS y que se familiarice con las normas. El
desconocimiento de cualquiera de las reglas o de cualquier normativa legal vigente
aplicable al caso no representa una excusa para su incumplimiento.
Junta de Condominio
Residencias Vista Daymar III
Avenida Maturín. Conjunto Residencial Vista Daymar. Residencias Vista Daymar III.
Sector Parque Caiza. Parroquia Filas de Mariche. Municipio Sucre. Estado Miranda.