4 /ir LEGISLATURA DE JUJUY 5 Gorriti 47 - Tel. (0388) 4239200 - Fax (0388) 4239288 - 4239248 - 4239285 - 4239251 - 4600 S. S. de Jujuy Al Señor Presidente de la LEGISLATURA DE JUJUY. Dr. GUILLERMO JENEFES.SU DESPACHO Tengo el agrado de dirigirme a Ud., con el objeto de solicitar tenga a bien disponer, de acuerdo al Reglamento de la Legislatura de Jujuy, dar entrada al siguiente Proyecto Cultural" al complejo de Ley referente: Declárase "Monumento arqueológico de Barrancas, Departamento Cochinoca, que se adjunta con la presente, compuesto de cinco (5) fojas útiles, (incluyendo antecedentes y nota de presentación) para ser tratado en la próxima Sesión Ordinaria. Sin otro particular aprovecho la oportunidad para saludarlo a Ud. con atenta consideración. ^ yáoLOACALSINA ) : Isolda Calsina Provincia de Jujuy LEGISLATURA D£ JUJUY MESA D£ ENTRADA PARLAft £2Eí&SÍS!I&k . TAMAÑO Dfc ARCKT.'O 39 --•*"—•"— "— -•__! FOLIO \n - FOUQ ^ -- LEGISLATURA DE JUJUY " - Gorriti 47 - Tel. (0388) 4239200 - Fax (0388) 4239288 - 4239248 - 4239285 - 4239251 - 4600 S. S. de Jujuy PROYECTO DE LEY FUNDAMENTOS Señor Presidente: El presente proyecto de ley propicia declarar "Monumento Cultural" al complejo arqueológico de Barrancas, situado en alrededores de la localidad de Abdón Castro Tolay, al sur del Departamento Cochinoca y a 178 kilómetros de San Salvador de Jujuy. Se traía de un extraordinario conjunto de petroglifos y pinturas rupestres distribuidos en una superficie de aproximadamente 1600 hectáreas que, por iniciativa de los pobladores del lugar, constituye desde 2004 una reserva de carácter municipal administrada por la Comisión Municipal de Abdón Castro Tolay. El lugar toma el nombre de Barrancas por las grandes formaciones de roca volcánica que se levantan a ambas márgenes del río homónimo que caracterizan su imponente paisaje, y donde se encuentra la mayoría de estos vestigios de antiguas culturas originarias. El sitio está localizado en la porción central de la depresión de las Salinas Grandes y Guayatayoc en la provincia geológica de la Puna. Estudios arqueológicos revelan que la presencia de cazadores y recolectores en el Valle de Barrancas es bastante anterior al comienzo de la era cristiana, período a partir del cual hay evidencias de poblamientos de grupos agroalfareros que vivían de la ganadería y de la minería. En la zona habitaron tribus cochinocas que resistieron la dominación incaica y luego, la española. La arqueóloga Alicia Fernández Distel, que estudió el compiejo Barrancas, concluyó que estos sitios de arte rupestre datan de la época denominada Desarrollos Regionales que muestran escenas muy completas del uso de armas y violencia, lo que demuestra que en "Jujuy existió un momento histórico agobiado por alguna forma de inestabilidad social y/o económica a la que enfrentamiento armado". 1 Diputada provincia cié Jujuy se intentó resolver o desanudar a través del LEGISLATURA DE JUJUY 1 Gorriti 47 - Tel. (0388) 4239200 - Fax (0388) 4239288 - 4239248 - 4239285 - 4239251 - 4600 S. S. de Jujuy El arte rupestre de Barrancas combina pinturas y petroglifos muy antiguos con expresiones más recientes pertenecientes a la fe cristiana. Caciques, caravaneros, llamas solas, en grupos o en caravanas, suris y cóndores quedaron retratados en las rocas a lo largo de la historia. Una de las piezas más extraordinarias del conjunto es la que Fernández Diste! ha denominado la "Piedra Mapa", un petroglifo prehispáníco que data del año 1000 después de Cristo y representa el mapa de una finca. La pieza presenta gran erosión y liqúenes, además de una rotura en un borde, que podría haber sido causada por un intento de robo. El complejo, según la opinión de especialistas, está amenazado por varios factores, entre ellos el paso del Rally Dakar, cuyo recorrido discurre a muy poca distancia de las áreas de pinturas y petroglifos. Antecedente de la creación de la Reserva Municipal Natural y Cultural de Barrancas es la Ordenanza municipal N° 01 BIS/ 93 de la Comisión Municipal de Abdón Castro Tolay que declaró de Interés Público Municipal aquellas zonas del Distrito de Barrancas con petroglifos, grabados, pinturas rupestres y ruinas de asentamientos humanos. El área comprendida, según la ordenanza, "toma corno punto de referencia el lugar denominado Morro Blanco hacia el Sud, a todo lo largo y ancho de Este y Oeste de la Quebrada del Río Barrancas hasta la finalización de las peñas. Además de los lugares conocidos como campo de Torres, Quebrada de Honduras, Ciénega Redonda, Totoral, al Este de los cerros Capinto y Capinto Chico, Peña Torre, Cerro Bayo y toda la Quebrada grande de Abra de Burras, todos estos lugares se encuentran ubicados al oeste del Distrito. Y al Sud Este del mismo se encuentra un asentamiento en el cerro Puyra. Distrito Rinconadillas: en la zona de la propia localidad, Altarcito y Cortaderas. Distrito Tusaquilías en el lugar conocido Ciénega. Distrito Santa Ana de la Puna: los lugares denominados, Río de Santa Ana, Cuevas, Cerro Negro". En 2004 se aprobó la Ordenanza municipal N° 052/04 que creó la Reserva Natural y Cultural de Barrancas sobre la base de las zonas declaradas de Interés Público Municipal por la Ordenanza N° 01 BIS/93. En la misma línea de proteger el patrimonio arqueológico del lugar, se creó por la Ordenanza N° 65/05 el Cuerpo y registro oficial de custodios i locales del Patrimonio Cultural, cuya misión es controlar y monitorear el estado de conservación de los recursos de la reserva, acompañar a los LEGISLATURA DE JUJUY Gorriti 47 - Tel. (0388) 4239200 - Fax (0388) 4239288 - 4239248 - 4239285 - 4239251 - 4600 S. S. de Jujuy turistas que visiten la reserva y controlar que las actividades de investigación científica estén autorizadas por la autoridad competente. La Ley Marco 5751 de Patrimonio Cultural y Natural, sancionada por este cuerpo en el año 2012, define al Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de Jujuy como el "conjunto de bienes muebles e inmuebles, saberes y prácticas pertenecientes, desarrollados o ubicados en el territorio de la Provincia de Jujuy, cualquiera sea su régimen jurídico y titularidad, que en sus aspectos tangibles o intangibles, materiales o simbólicos y que por su significación intrínseca o convencionalmente atribuida, definen la identidad y la memoria colectiva de sus habitantes, o se destaquen por su valor o significación, comprendiendo su entorno social, natural y paisajístico". La misma norma categoriza los bienes del Patrimonio Cultural y Natural, considerando como Monumentos Naturales o Culturales "las obras o espacios singulares de índole arquitectónica, ingenieril, pictórica, escultórica, natural u otras que sobresalen por su valor excepcional y que se encuentran vinculados a un entorno o marco referencial que concurre a su protección. Eí Monumento comprende tanto la creación arquitectónica aislada, como el ambiente urbano, rural o paisajístico que constituye el testimonio de una civilización particular, de una evolución significativa o de un acontecimiento histórico". Por otro lado, la ley provincial N° 3866/82 de Defensa del Patrimonio Arqueológico de Jujuy declara de propiedad de la Provincia, las ruinas, yacimientos y vestigios arqueológicos, paleontológicos, paleoantropológicos e históricos de interés científico existentes dentro del territorio de la Provincia de Jujuy, La Constitución de nuestra provincia en su artículo 65 sobre Política Cultural postula que el Estado debe preservar y conservar el patrimonio cultural existente en el territorio provincial, sea del dominio público o privado. También le otorga el poder de policía para preservar los testimonios culturales por medio de personal capacitado en la materia. Aunque el patrimonio arqueológico de Barrancas está entre los más significativos de la Provincia de Jujuy, no existe una ley que lo valorice en ese sentido, mora que nos lleva a proponer su reconocimiento por esta Legislatura como "Monumento Cultural", con la esperanza que el nuevo status genere la mayor protección del Estado que la conservación de estos -f-A 0LDACÁLSINA Oblada a de recursos demanda. LEGISLATURA DE JUJUY S Gorriti 47 - Tel. (0388) 4239200 - Fax (0388) 4239288 - 4239248 - 4239285 - 4239251 - 4600 S. S. de Jujuy LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE JUJUY SANCIONA EL SIGUIENTE PROYECTO DE LEY N° Declárase "Monumento Cultural" al complejo arqueológico de Barrancas, Departamento Cochinoca Artículo 1.- Declárese Monumento Cultural al complejo arqueológico de Barrancas, situado en el Departamento de Cochinoca. Artículo 2.-Encomiéndese al Poder Ejecutivo provincial un plan de protección y conservación del patrimonio arqueológico existente en la zona. Artículo 3.- Reconócese la encomiable labor de la comunidad de Barrancas en la defensa y protección del patrimonio arqueológico de su jurisdicción, debiendo el Poder Ejecutivo disponer medidas coadyuvantes. Artículo 4.-Comuniqúese a la Comisión Municipal de Abdón Castro Tolay. Artículo 5.- De forma.- \ LEGISLATURA DE JUJUY ENVIÓ EXPEDIENTE - MESA DE E. PARLAMENTARIA Expte A Fojas Forma 931-DP-15 SALA DE LAS COMISIONES 6 PROYECTO DE LEY
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