Instructivo para incorporar estudiantes a PIE

Instructivo de Incorporación de estudiantes al
Programa de Integración Escolar (PIE) año 2016
“Como para cualquier estudiante en nuestros país, la escolaridad para los niños, niñas y jóvenes que las
presenten (NEE) es obligatoria hasta la enseñanza media, por lo que todos los establecimientos
educacionales del país deben recibir estudiantes con NEE en sus aulas”
“De acuerdo a nuestra experiencia la existencia del PIE ha sido un factor que ha contribuido al desarrollo
de mejores procesos educativos, al permitir la incorporación de apoyo adicional a la sala de clase, y a
promover un trabajo colaborativo con foco en mejores aprendizajes de todos los estudiantes”
Gonzalo Muñoz. S. Jefe División Educación General. Ministerio de Educación.
Revista YA, El Mercurio, Martes 01 Diciembre 2015.
ANTES DE REALIZAR EL
PROCESO DE INCORPORACION
DE ESTUDIANTES EN
PLATAFORMA LEA
DETENIDAMENTE ESTE
DOCUMENTO
Instructivo de Incorporación de estudiantes al
Programa de Integración Escolar (PIE) año 2016
En el marco de la implementación del Decreto Supremo de Educación N° 170
de 2009, que fija las normas para determinar los estudiantes con necesidades
educativas especiales (NEE), beneficiarios de la Subvención para Educación Especial,
y las atribuciones que en este contexto tiene el MINEDUC, se han elaborado las
presentes instrucciones para el proceso de inscripción en Programa de Integración
Escolar correspondiente al año 2016.
Durante el mes de marzo se deberán registrar los estudiantes y
establecimientos educacionales que forman parte actualmente de un PIE, así como
los establecimientos y estudiantes con NEE que por primera vez se incorporan a un
PIE. Además, deberá registrarse el personal de apoyo que trabaja en el Programa.
Es necesario considerar que no existe incorporación por defecto, es decir
que, tanto los estudiantes de continuidad en el Programa, como los
estudiantes nuevos deben ser postulados en plataforma.
Este proceso se debe realizar en la zona privada del sostenedor, en el
portal web www.comunidadescolar.cl INGRESANDO CON CLAVE Y RUT DE
SOSTENEDOR.
I.
Proceso de postulación:
El sostenedor debe ingresar con su RUT y clave a la zona privada que se encuentra
en el portal web www.comunidadescolar.cl A continuación podrá acceder al link
“Registro e Incorporación (Postulación) de Estudiantes del Programa de
Integración Escolar”. En este módulo visualizará la lista de sus establecimientos
que cumplen con las condiciones para formar parte de un Programa de Integración
Escolar (PIE).
Una vez que haya accedido a los establecimientos se le desplegará la estructura de
sus cursos. En cada curso primero deberá ingresar el personal de apoyo respectivo
y luego registrar los estudiantes que desea incluir en el PIE.
El proceso consta de tres etapas:
1. Registro del personal de apoyo del PIE.
2. Registro de los estudiantes del PIE.
3. Finalización del proceso de postulación y aceptación de condiciones.
A continuación se describen en detalle las tres etapas:
1. Registro del personal de apoyo del PIE:
Al ingresar a la estructura de un curso, a través del botón.
opción “Personal de apoyo, identificada con el siguiente botón:
Ud. encontrará la
Esta opción estará marcada con círculo de color rojo, anaranjado o verde,
dependiendo de la información que tenga registrada:
Si el curso que visualiza aparece marcado con un círculo rojo en “personal de apoyo”
quiere decir que aún no se ha ingresado la información requerida, que corresponde
a las horas de atención destinadas al curso. Si el curso muestra un círculo
anaranjado significa que se ha ingresado información, pero el curso aún no cuenta
con suficientes horas de personal de apoyo. El curso marcado con círculo verde
evidencia que cumple con el personal de apoyo para el PIE y en la cantidad de horas
necesaria. Al iniciarse el proceso todos los cursos estarán marcados con un
círculo rojo.
Los establecimientos que trabajen con “cursos combinados” deberán regularizar
previamente en SIGE la combinación de cursos (Pre kínder con Kínder; 1° con 2°; 3°
con 4°, etc.) De lo contrario podrían tener dificultades para agregar las horas de
personal de apoyo suficiente por curso con estudiantes integrados. Para descargar
manual para la creación de cursos combinados en SIGE pinche aquí.
Una vez registrado el personal de apoyo, con las horas requeridas de acuerdo a lo
establecido en el Decreto 170 (artículo 87)1, el curso aparecerá marcado con un
círculo de color verde, lo que evidencia que dicho curso se encuentra habilitado para
incorporar estudiantes a PIE.
No se podrá incluir en PIE a un estudiante cuyo curso esté marcado de color
rojo o anaranjado.
2. Registro de los estudiantes del PIE:

Requisitos:
Para registrar a un estudiante de PIE se requerirá que éste cuente con un Diagnóstico
según lo establecido en la normativa vigente (Decreto 170 de 2009 y Decreto 01 de
1998). Este diagnóstico deberá estar realizado por un profesional idóneo, que se
encuentre inscrito y autorizado en el Registro de Profesionales de la Educación
Especial2. Luego de registrados los datos solicitados, el estudiante podrá ser
incorporado. Recuerde que a todos los estudiantes se les podrá, eventualmente,
registrar un diagnóstico para que participen en el Programa (quedando identificados
en la columna “Matrícula NEE”), pero sólo se podrá percibir los recursos
correspondientes según el número máximo por curso de acuerdo al artículo 94 del
1
En establecimientos o cursos con Jornada Escolar Completa se requiere ingresar al menos 10 horas
cronológicas de personal de apoyo en cada curso que cuente con estudiantes integrados. En
establecimientos o cursos sin Jornada Escolar Completa se requieren al menos 7 horas cronológicas de
personal de apoyo por cada curso que cuente con estudiantes integrados.
2
Ud. puede consultar cual es el tipo de profesional y especialista idóneo para cada diagnóstico en la misma
plataforma de postulación y también en el Decreto 170/09 (art. 16). Si para un determinado diagnóstico Ud.
intenta ingresar un profesional no idóneo a dicho diagnóstico o que no se encuentre autorizado en el
Registro de profesionales de la educación especial, la plataforma le arrojará un mensaje de error.
DSE N° 1703. Los estudiantes exitosamente incorporados se resumen en la columna
“Matrícula postulada” de la pantalla “Estructura de curso” en la plataforma
de postulación:

Pasos a seguir para el registro de los estudiantes:
a) Completar los datos solicitados.
Los datos solicitados en la ficha de postulación o de reevaluación son los siguientes:
o
o
o
o
o
El diagnóstico del estudiante,
El puntaje obtenido en las pruebas de evaluación diagnóstica (cuando
corresponda),
El RUN de los profesionales evaluadores o del profesional que efectuó la
reevaluación.
La fecha de emisión del diagnóstico del profesional que diagnosticó el déficit
o trastorno y definió su grado,
La identificación de los otros profesionales que han participado en la
evaluación diagnóstica (según lo estipulado en el artículo 16 del DSE N° 170).
Una vez que se ha completado el registro del estudiante puede grabar la información
registrada, esto hará que en la pantalla de la “Lista de curso”, frente al estudiante
registrado, se habilite la opción “Postular”. Ver gráfica inmediatamente inferior.
b) Incorporar al estudiante.
Una vez registrado el diagnóstico se habilitará una casilla para incluir al estudiante.
Esta casilla de verificación se denomina “Postular” y bastará hacer un clic en ella
para disponer al estudiante en la condición de “postulado”. Recuerde que sólo podrá
realizar esta acción si el curso se encuentra marcado con un círculo verde.
3
El número máximo de alumnos que se puede ingresar con subvención por cada curso, es de 5 estudiantes
con NEE de carácter transitoria y 2 con NEE de carácter permanente; excepto en el caso de los estudiantes
sordos que se puede ingresar más de 2 estudiantes por curso. Las escuelas rurales también tienen flexibilidad
en el número de estudiantes ingresados por curso. El tope por curso está asociado a la cantidad de recursos
que se pueden recibir y no es un límite para el ingreso de más estudiantes al Programa de Integración
Escolar. En otras palabras, los “máximos permitidos”, no lo son para ser parte del PIE, sino que sólo hasta
dichos “máximos” el establecimiento podrá impetrar la subvención correspondiente.
Si Ud. no puede incorporar a un estudiante verifique cuidadosamente que está
cumpliendo con todos los requisitos necesarios en cuanto a:



Horas de personal de apoyo,
Cupo máximo de estudiantes por curso,
Evaluación realizada por profesionales idóneos y autorizados en el Registro
de Profesionales de la Educación Especial.
Para mayor información consulte el anexo: “No puedo postular al estudiante”
incluido al final de este documento.
A todos los estudiantes que el establecimiento desea integrar en PIE se
les debe presionar el botón “Postular” para que queden incorporados en
el Programa, independientemente de que se trate de estudiantes de
continuidad o nuevos en PIE.
(Se podrá ingresar a PIE a estudiantes en cursos aún no habilitados por el Mineduc.,
pero el pago de la subvención de educación especial se regularizará solo una vez que
el curso se muestre como habilitado en SIGE).
Si durante el proceso de postulación un alumno ya incorporado se retira
del establecimiento, tenga la precaución de quitarle la postulación para
que se libere el cupo y pueda incorporar a PIE un nuevo alumno en su
lugar. La postulación se elimina desactivando el check de postulación y
eliminando el diagnóstico frente al alumno:
3.- Finalizar el proceso y aceptación de las condiciones.
Una vez Ud. haya terminado de ingresar la información referida al personal de apoyo
y los estudiantes hayan sido ingresados exitosamente, se encontrará en condiciones
de finalizar el proceso para el establecimiento en el que está realizando el
procedimiento. Para este efecto deberá consentir en una declaración de
aceptación de condiciones la que será requisito para finalizar el proceso. El
sistema le consultará si está seguro de querer finalizar y enviar toda la información,
recuerde que si Ud. no ha incorporado toda la información necesaria no
podrá volver a ingresar. Al finalizar el proceso en un establecimiento determinado,
el sistema le remitirá un correo al Sostenedor comunicándole que el establecimiento
ha enviado la postulación.
II.
Casos que se pueden presentar:
Se han identificado 4 casos posibles considerando las características de los
estudiantes y su vinculación al PIE:
a) Estudiante nuevo en PIE. Para registrar un estudiante nuevo en PIE será
necesario completar la ficha de postulación en la cual deberá consignar los
datos solicitados, a saber:
o
o
o
o
o
El diagnóstico del estudiante,
El puntaje obtenido en las pruebas de evaluación diagnóstica (cuando
corresponda),
El RUN de los profesionales evaluadores,
La fecha de emisión del diagnóstico del profesional que diagnosticó el
déficit o trastorno y definió su grado,
La identificación de los otros profesionales que han participado en la
evaluación diagnóstica, (según lo estipula el artículo 16 del DSE N°
170 de 2009).
Una vez realizado este proceso y siempre y cuando el curso se encuentre
marcado con un círculo verde, Ud. podrá incorporar al estudiante a PIE, para
esto bastará hacer un clic en el botón “Postular” y el estudiante se dispondrá en
la condición de “postulado”.
b) Estudiante que participó en PIE el año 2015 y cambió su Diagnóstico.
Este caso se trata igual que el caso del estudiante nuevo en PIE, con la
salvedad que antes de hacer cualquier procedimiento, será necesario eliminar
el diagnóstico precargado. Para esto bastará seleccionar la opción “Eliminar
diagnóstico” frente al estudiante al que se le actualizará su diagnóstico.
(Tome las precauciones necesarias y asegúrese bien antes de eliminar un
diagnóstico pre-cargado, pues se trata de una acción que no se puede anular
ni reversar, es decir, no se puede volver al estado original). Para ingresar el
nuevo diagnóstico deberá seguir el mismo procedimiento que se realiza en el
caso anterior. El alumno que cambia de grado de severidad dentro de un
mismo diagnóstico, también será incorporado a PIE utilizando el
procedimiento asignado al estudiante nuevo, es decir, se requerirá cargar
información respecto de la evaluación diagnóstica integral e interdisciplinaria
de ingreso actualizada. (Artículo 10 del DSE N° 170 de 2009).
c) Estudiante que participó en PIE el año 2015 y que mantiene un
diagnóstico asociado a NEE de tipo permanente. Este es el caso más
sencillo de incorporar a PIE, porque sólo requerirá activar la casilla “Postular”
ubicada frente al estudiante en la lista de curso. Recuerde que el curso debe
estar marcado en color verde para poder incorporar al estudiante.
d) Estudiante que participó por primera vez en PIE durante el año 2015
y que mantiene el mismo diagnóstico de NEE transitoria. En este caso
la información solicitada deberá vaciarse en la ficha de reevaluación, en la
que deberá registrar algunos datos básicos especialmente vinculados al
proceso de reevaluación anual del estudiante y al profesional que emitió el
diagnóstico y definió el grado del déficit o trastorno. La postulación se concreta
igual que en los casos anteriores.
A manera de resumen se muestra la siguiente tabla en la que aparecen los 4 casos
descritos:
Registrar
Ficha de
postulación
Ficha de
reevaluación
Profesional(es)
evaluador(es)
Personal de
Apoyo con
horas de
contrato por
curso con
estudiantes
PIE
Nuevo en PIE
SI
NO
SI
SI
SI
Antiguo en PIE
con cambio en
su Diagnóstico
SI
NO
SI
SI
SI
NO
NO
NO
SI
SI
SI
SI, sólo el
evaluador que
diagnostica el
tipo y grado de
déficit.
SI
SI
Estudiante
Antiguo en PIE
con
diagnóstico de
NEE
permanente
PIE 2015 que
mantiene el
mismo
diagnóstico
asociado a
NEE transitoria
NO
Postular
III.- Forma de incorporar a estudiantes con diagnósticos asociados a
NEE de tipo transitoria (NEET) y que tienen varios años de
permanencia en PIE:
A) Estudiantes NEET que llevan asistiendo años pares consecutivos en
PIE:
IMPORTANTE: Si un estudiante que presenta un diagnóstico asociado a
NEE de tipo transitoria (cualquiera éste sea) ha recibido apoyo
durante dos años consecutivos en PIE (2014-2015) o cuatro años
consecutivos (2012-2013-2014-2015), y requiere continuar por un
nuevo año en PIE (2016) con el mismo diagnóstico NEET del año
2015, se deben seguir las indicaciones de incorporación a PIE del caso
a) de postulación, es decir, se requerirá cargar información respecto de
la evaluación diagnóstica integral e interdisciplinaria de ingreso
actualizada, completando para ello la ficha de postulación. (Artículo 10
del DSE N° 170 de 2009). En síntesis, estos estudiantes se incorporan
en plataforma al igual que los estudiantes nuevos en PIE, en virtud del
artículo 10 del DSE Nº 170/09.
En la siguiente tabla se muestran ejemplos de estos casos:
Diagnóstico
año 2014
(Año 1.)
Dificultades
Específicas del
Aprendizaje
Trastorno
Específico del
Lenguaje
Diagnóstico
año 2015
(Año 2.)
Dificultades
Específicas del
Aprendizaje
Dificultades
Específicas del
Aprendizaje
Diagnóstico de ingreso
a PIE año 2016
Completa ficha
de:
Dificultades Específicas
del Aprendizaje
Postulación
Dificultades Específicas
del Aprendizaje
Postulación
Nótese que los cambios de un diagnóstico asociado a NEET a otro
diagnóstico asociado a NEET (de un año para el otro, 2014-2015),
corresponden al continuo de dos años desde que se otorgó el beneficio de la
subvención, artículo 10 del DSE Nº 170/09.
b) Estudiantes NEET que llevan asistiendo años impares consecutivos en
PIE:
IMPORTANTE: Si un estudiante que presenta un diagnóstico asociado a
NEE de tipo transitoria (cualquiera éste sea) ha recibido apoyo durante
tres años consecutivos en PIE (2013-2014-2015) o cinco años
consecutivos (2011- 2012-2013-2014-2015) y requiere continuar por un
nuevo año en PIE (2016) con el mismo diagnóstico NEET del año
2015, se deben seguir las indicaciones de incorporación a PIE del caso
d), es decir, se deberá completar la ficha de reevaluación.
En la siguiente tabla se muestran ejemplos de estos casos:
Diagnóstico
año 2013
Diagnóstico
año 2014
Diagnóstico
año 2015
(Año 1.)
Dificultades
Específicas
del
Aprendizaje
Sind. Déficit
atencional
(Año 2.)
Dificultades
Específicas
del
Aprendizaje
Sind. Déficit
atencional
(Año 3.)
Dificultades
Específicas
del
Aprendizaje
Func.
Intelectual
Limítrofe
Diagnóstico
de ingreso
a PIE año
2016
Dificultades
Específicas
del
Aprendizaje
Func.
Intelectual
Limítrofe
Ingreso año
2016.
Completa ficha
de:
Reevaluación
Reevaluación
Nota: Esta misma situación se produce en aquellos estudiantes que
llevan 5 años continuos en PIE (2011 al 2015) con un diagnóstico
asociado a NEET (cualquiera éste sea) y continúan en PIE el año 2016
con el mismo diagnóstico asociado a NEET que presentaban el año 2015.
En estos casos también corresponde completar la ficha de Reevaluación.
IMPORTANTE: Para que un estudiante pueda ingresar a un PIE
no basta con presentar un diagnóstico determinado, por
ejemplo, Trastorno de déficit atencional, sino que además,
esta condición debe generar necesidades educativas
especiales, es decir, estar afectando de manera significativa el
aprendizaje escolar.
A modo de ejemplo, lo anterior se representa del siguiente modo:
Cuadro Nº 3.
Diagnóstico
Trastorno de déficit
atencional
Trastorno de déficit
atencional
¿Genera NEE?
NO
¿Ingresa a PIE?
NO
SI
SI
IMPORTANTE: Días previos a que se inicie este proceso se realiza la carga
de datos de alumnos PIE 2015. Si en el momento de dicha carga el
estudiante no se encuentra matriculado el sistema no asociará los datos
a dicho estudiante. Debido a lo anterior, el alumno deberá ser incorporado a
PIE utilizando el mismo procedimiento que se utiliza para la incorporación de los
estudiantes nuevos, es decir, efectuando el registro de la evaluación
integral e interdisciplinaria actualizada.
Estudiantes de la opción 4 de Integración.
La opción 4 de integración consiste en un curso de integración de estudiantes que
presentan un diagnóstico asociado a NEE de tipo permanente, los que asisten a
todas las actividades en el aula de recursos y comparten con los estudiantes del
establecimiento común, en recreos, actos o ceremonias oficiales del establecimiento
o de la localidad y actividades extraescolares en general.
Para incorporar estudiantes a PIE en la Opción 4 de Integración, primero se debe
crear este tipo de enseñanza y curso en el Sistema de Información General del
Estudiante (SIGE). Sólo luego de ser habilitado el curso por el MINEDUC, se podrán
ingresar en él hasta un máximo de 15 estudiantes con su respectivo diagnóstico.
Esto se hará siguiendo los mismos pasos descritos anteriormente. En este curso
también es requisito registrar las horas de personal de apoyo, las que para este
efecto corresponden a las horas del profesor de curso.
En síntesis, para postular estudiantes de la opción 4 de integración escolar, en primer
lugar, será necesario crear en SIGE este tipo de enseñanza y su curso, si es que no
los tiene creados con anterioridad; luego de esto deberá matricular a los estudiantes
NEEP en el curso creado (máximo 15 estudiantes). Puede descargar manual para la
creación del tipo de enseñanza (opción 4 de integración escolar en SIGE),
pinchando aquí.
En todos los casos Ud. deberá mantener en el establecimiento educacional (a
disposición del Ministerio de Educación y de la Superintendencia de Educación), en
un expediente por cada uno de los estudiantes a los que se les ha registrado su
diagnóstico, toda la documentación que acredita el proceso de evaluación diagnóstica
y reevaluación.
III.
Reporte de los estudiantes incorporados a PIE.
Durante el período de ingreso a PIE Ud. podrá descargar -de la misma plataforma
PIE- un listado en formato Excel de los estudiantes correctamente incluidos en PIE,
identificados por establecimiento, curso y diagnóstico. Así mismo, al finalizar, podrá
obtener un certificado en formato pdf que acredita haber efectuado el proceso y
contiene el número total de estudiantes incorporados efectivamente a PIE. No olvide
descargar ambos documentos al finalizar el proceso, los que le serán solicitados
en caso de ser necesaria una revisión y verificación de casos. No se aceptarán
reclamos si no se cuenta con estos archivos descargados desde la misma
plataforma de postulación.
IV: Casos
excepcionales
Ministerial de Educación.
autorizados
por
Secretaría
La excepcionalidad se refiere a la siguiente situación:
Si el establecimiento requiere incorporar más de dos estudiantes con diagnóstico
asociado a NEE de tipo permanente en un mismo curso, deberá acceder a las oficinas
del Ministerio de Educación a Nivel regional y/o provincial para recibir las
instrucciones del caso. Si procede la autorización (Artículo 94 DSE 170 de 2009), se
realizarán los ajustes correspondientes para incorporar en los registros del Mineduc.
a los estudiantes que se encuentran en esta circunstancia.
Estos casos excepcionales se someterán a un exhaustivo proceso de revisión
a nivel regional una vez concluida la postulación vía Web.
V.
Emisión de resolución de estudiantes.
Finalizadas las etapas de postulación 1, 2 y 3, el MINEDUC emitirá una resolución
exenta a nivel nacional que reconocerá a los estudiantes cuyo proceso de diagnóstico
integral, ingresado previamente en el módulo “Registro e Incorporación
(Postulación) de Estudiantes del Programa de Integración Escolar”, acredita
que presentan NEE y pueden participar en un curso con PIE. Esta resolución se
publica posteriormente en la página www.comunidadescolar.cl, sección noticias. Los
sostenedores deben verificar el listado de alumnos efectivamente incorporados a PIE
ingresando a SIGE, revisando la lista de curso.
VI.
Firma de Convenio PIE.
La Secretaría Ministerial de Educación respectiva convocará a firmar el Convenio a
los sostenedores que impartirán por primera vez el PIE.
Asimismo, también se citará a los sostenedores que incorporan nuevos
establecimientos educacionales a un PIE vigente, para que suscriban la modificación
del respectivo convenio.
Posteriormente, la Secretaría Ministerial de Educación emitirá una Resolución que da
cuenta del Programa de Integración Escolar que se ejecutará en él o los
establecimientos educacionales respectivos.
Condiciones y obligaciones:
IMPORTANTE: La cantidad de alumnos de PIE por curso (5 NEET y 2
NEEP) no podrá ser una limitante para el ingreso de otros estudiantes al
Programa y recibir los apoyos educativos requeridos.
Los cupos que la normativa ha establecido para integrar un PIE, tienen
que ver con la subvención que por ellos se otorga, y en ningún caso con
la factibilidad de entregar apoyos, sobre todo, cuando la definición de
PIE lo califica como una estrategia inclusiva de la cual todos pueden
participar. Así, los “máximos permitidos”, no lo son para formar parte
del PIE, sino que sólo hasta dichos “máximos” el establecimiento podrá
impetrar la subvención correspondiente.
1. Recuerde que el máximo de alumnos que puede integrar por cada curso es de
5 estudiantes con NEE de carácter transitoria y 2 con NEE permanente; pero
en el caso de los estudiantes sordos se puede integrar más de 2 (artículo 94,
DSE N° 170/09). El enfoque inclusivo de este Decreto propicia que los
apoyos estén dirigidos a los estudiantes del PIE y, además, beneficien
a todos los estudiantes del curso para que, en conjunto, todos
progresen en sus aprendizajes.
2. Para apoyar a los estudiantes integrados, los establecimientos con JECD
deberán disponer de un mínimo de 10 horas cronológicas semanales de
personal de apoyo por curso. Los establecimientos sin JECD deberán disponer
de un mínimo de 7 horas cronológicas semanales de personal de apoyo por
curso. Respecto del tipo de personal de apoyo se sugiere consultar las
orientaciones de implementación del DSE N° 170 disponibles en la página Web
del MINEDUC. Recuerde que el personal de apoyo, para desempeñarse en el
PIE, no requiere estar inscrito en el Registro de Profesionales de la Educación
Especial.
3. Los profesionales evaluadores deberán estar inscritos y autorizados por el
MINEDUC en el Registro de Profesionales de la Educación Especial (artículo
15, DSE N° 170/09).
4. Los profesionales evaluadores deben ser pertinentes al diagnóstico emitido
(artículo 16, DSE N° 170/09).
En el caso de los médicos, tenga precaución de seleccionar un profesional
que efectivamente esté en condición de autorizado y que en la página
del Registro de Profesionales se muestre que es poseedor de la
especialidad médica que se requiere para el diagnóstico del
estudiante que está ingresando. La habilitación legal del profesional
médico es una información que proporciona la Superintendencia de Salud. Ud.
también puede consultar directamente la información en el siguiente enlace:
http://www.supersalud.gob.cl/servicios/576/w3-article-5587.html
5. Al registrar un diagnóstico en el módulo “Registro e Incorporación
(Postulación) de Estudiantes del Programa de Integración Escolar”, se
debe ingresar: el RUN del profesional que emite el diagnóstico del déficit o
trastorno y la fecha de emisión de dicho diagnóstico.
6. El déficit o trastorno diagnosticado deberá corresponder al nivel que está
cursando el estudiante. Para mayor información consulte el documento
“Manual de Orientaciones y apoyo a la gestión PIE para Directores y
Sostenedores”.
7. El módulo “Registro e Incorporación (Postulación) de Estudiantes del
Programa de Integración Escolar” no permitirá incorporar a un estudiante
al PIE si el curso en el que se encuentra no cuenta con el personal de apoyo
y con las horas suficientes.
8. Si un estudiante cambia de curso durante el proceso, el sistema bloqueará los
datos ingresados, por lo que el mencionado estudiante quedará con una
restricción para ser incorporado a PIE. Para evitar este inconveniente se
recomienda efectuar la postulación una vez que la matrícula se haya
estabilizado lo más posible en el establecimiento educacional, es decir, cuando
ya no se produzcan mayores movimientos como cambios de curso de
estudiantes. Si se ve en la obligación de cambiar de curso a un estudiante ya
postulado tenga la precaución de quitarle previamente la postulación y de
eliminar el diagnóstico registrado.
9. Si un estudiante de PIE del año 2015 cambia de diagnóstico o cambia de
severidad dentro de un mismo diagnóstico, implica que el estudiante debe ser
incorporado a PIE utilizando el mismo procedimiento empleado para la
incorporación de los estudiantes nuevos, es decir, se requerirá cargar
información respecto de la evaluación diagnóstica integral e interdisciplinaria
de ingreso actualizada. (Artículo 10 del DSE N° 170 de 2009).
Para obtener apoyo y orientación en el proceso puede llamar al 600 600 26
26, hacer una consulta a través de la página web www.ayudamineduc.cl, o
escribir un correo electrónico a [email protected].
DEG-Mineduc.
Operaciones SEP-PIE.
Diciembre de 2015.
Anexo: “NO PUEDO INCORPORAR A PIE AL ESTUDIANTE”
Si Ud. tiene problemas en la página para incorporar a PIE a un estudiante verifique
que está cumpliendo con los siguientes requisitos:
Validación
Existencia de
Profesionales con horas
de apoyo suficiente por
curso con integración
atendido. Artículo 87, Dcto.
170.
Cantidad máxima de
estudiantes integrados
por curso. Artículo 94, Dcto.
170.
Los profesionales
evaluadores estarán
inscritos y autorizados en
el Registro de
Profesionales de la
Educación Especial Artículo
15, Dcto. 170.
Los profesionales
evaluadores serán
atingentes al diagnóstico
emitido. Artículo 16 Dcto.
170.
Requisito
El curso en el que está registrando al estudiante
debe tener cargadas las horas suficientes de
personal de apoyo. Esto se verifica observando
que el curso muestre un círculo de color verde, lo
que quiere decir que el curso está habilitado para
incorporar estudiantes en PIE. No se podrá incluir
estudiantes en PIE en aquellos cursos que no
aparezcan marcados con este color.
Un curso habilitado para acoger estudiantes de PIE
(color verde), admite como máximo 5 estudiantes
que presenten diagnósticos asociados a NEET y
máximo 2 estudiantes que presenten diagnósticos
asociados a NEEP (a excepción de los estudiantes
sordos). Las escuelas rurales también tienen
flexibilidad en el número de estudiantes integrados
por curso.
Si Ud. intenta incorporar -en un mismo cursomás estudiantes que los aquí indicados, la
plataforma le mostrará un mensaje de error.
Sólo se podrá ingresar información de
profesionales inscritos y autorizados en el
registro de profesionales de la educación
especial. Si Ud. intenta ingresar datos de algún
profesional que no se encuentra en dicho
registro, la plataforma le mostrará un mensaje de
error.
Sólo se podrá ingresar información de
profesionales ajustados al diagnóstico del
estudiante. Por ejemplo, si Ud. desea ingresar los
datos de un médico Oftalmólogo en el caso de un
estudiante que presenta un diagnóstico de
discapacidad intelectual, la plataforma le
mostrará un mensaje de error.
Para verificar este requisito de atingencia al
diagnóstico se recomienda consultar la tabla de
profesionales y diagnósticos que se encuentra en
el Artículo 16 Dcto. 170. También puede
consultar el documento “Manual de Orientaciones
y apoyo a la gestión PIE para Directores y
Sostenedores”.
Si el médico cuenta con especialidad acreditada,
la página del Registro de Profesionales le
mostrará dicha especialidad. Por el contrario, si el
profesional médico no cuenta con especialidad
acreditada el sistema solamente le mostrará que
se trata de un médico cirujano.
El diagnóstico de ingreso
o el obtenido en la
reevaluación debe
corresponder con el curso
al que asiste el
estudiante.
Los diagnósticos se pueden ingresar de acuerdo
al curso en que asiste el estudiante. Por ejemplo,
no se puede ingresar un diagnóstico de
Trastorno específico del aprendizaje, en
estudiantes de educación parvularia, porque
dicho diagnóstico no se puede emitir para
estudiantes que no han recibido aún el proceso
de enseñanza-aprendizaje de la lecto-escritura.
Consulte: “Manual de Orientaciones y apoyo a la
gestión PIE para Directores y Sostenedores”.
Que se declaren los
indicadores cuantitativos
del proceso de
evaluación/reevaluación,
los cuales deben armonizar
con el diagnóstico emitido.
Para algunos diagnósticos (Discapacidad
intelectual, Trastorno Específico del Lenguaje,
Ceguera, Sordera, etc.) será necesario consignar
los puntajes obtenidos en las pruebas de
evaluación aplicadas. Si no son registrados estos
puntajes no se podrá incorporar al estudiante.
IMPORTANTE: Si a pesar de haber efectuado correctamente los pasos para cumplir
con estos requisitos, aún no le es posible agregar a PIE al estudiante, escriba
inmediatamente un correo a [email protected]
detallando la situación e
incluyendo los siguientes datos: RUT de Sostenedor, RBD del establecimiento y
RUN del estudiante o llame al fono Ayuda Mineduc. 600 600 26 26.
Equipo Operaciones PIE
DEG-Mineduc.
Diciembre 2015