! " ! ' # $% $ & ( )* + , # , 0 12234514+ 0 0, 0 , 0, 5412718 - +-. ) ) ( 6 5412718 9 $ 8 8 :324127;8 8 < 5 < 7; 6 8 , 541271 = / ( ,-+-*> ( ( )* ( ) 127? ;@2;7 ) + 1@93: 7@AA; A@2:: 6 + = :1 + ) B,-+* ( + ( )* , Potenciales conflictos a) La resolución de concesión con oposición b) La resolución de denegación con oposición c) La resolución de concesión sin oposición d) La resolución de denegación por motivos examinables de oficio sin oposición (-+- ) ( Total signos: marcas + nombres comerciales+ marcas internacionales= 60.000 al a o Las oposiciones representan aproximadamente un 15% de los expedientes Unos 9.000 expedientes con oposici n Aproximadamente 2600 recursos al a o (2300 de signos) Aproximadamente 400 recursos contencioso administrativos al a o + 127; Demandas de propiedad industrial: Ingresadas: 461 Resueltas: 452 Pendientes: 586 2575737021 6 Art culo 26 de la LM y 40.4 LD: suspensi n del procedimiento por seis meses a petici n de las partes y posible acuerdo entre las mismas Acuerdo: retirada de oposici n, limitaci n de productos o servicios, modificación de marca o diseño, renuncia a clases/ productos Art culo 28 de la LM y 42 LD: sometimiento a arbitraje: Fracaso: motivos B> *> 6 Disposición final segunda ALP Se modifica la Ley reguladora de la OEPM atribuyendo la siguiente competencia: Desempeñar como institución mediadora y arbitral, y de acuerdo con lo previsto en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles y Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, las funciones que por real decreto se le atribuyan para la solución de conflictos relativos a la adquisición, utilización, contratación y defensa de los derechos de Propiedad Industrial en aquellas materias no excluidas de la libre disposición de las partes conforme a derecho. 6 Artículo 136 ALP Arbitraje y mediación •Los interesados podrán recurrir a la mediación o someter a arbitraje las cuestiones litigiosas surgidas entre ellos con ocasión del ejercicio de los derechos reconocidos en esta ley en aquellas materias no excluidas de la libre disposición de las partes conforme a derecho. •No son de libre disposición, y quedan excluidas de la mediación o el arbitraje, las cuestiones relativas a los procedimientos de concesión, oposición o recursos referentes a los títulos regulados en esta ley, cuando el objeto de la controversia sea el cumplimiento de los requisitos exigidos para su concesión, su mantenimiento o su validez. 6 Situación actual: creación de un grupo de trabajo y formación del mismo. Recursos de la OEPM: - Humanos: Letrados y técnicos - Formación: aptitudes y/o formación Temas a definir: - Diferentes casos, diferentes expertos. Internos o externos - Tipo de Cooperación con OAMI y cooperación con OMPI, Cámaras de Comercio. Futuro Reglamento y seguro de responsabilidad civil NUEVO SERVICIO MUCHAS GRACIAS [email protected]
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