PRESIDENCIA MUNICIPAL CÓDIGO DE CONDUCTA CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE MINERAL DE LA REFORMA, HIDALGO. Los servidores públicos ejercen sus funciones con la responsabilidad de garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen el servicio público, con la conciencia de que nuestras acciones y decisiones inciden en el bienestar de nuestro país, en sus oportunidades de desarrollo y en su futuro. Por ello, es necesario enfrentar nuestro actuar diario con un estricto cumplimiento a las Leyes y con la observancia de valores éticos y de integridad. El Código de Conducta para los Servidores Públicos de Mineral de la Reforma, se integra por un conjunto de deberes que promueve y defiende esta Administración Municipal, estableciendo de forma muy clara los principios y reglas de actuación que deben ser observados en su desempeño diario, las cuales ayudan además, a ganar la confianza y la credibilidad de la ciudadanía. Este ordenamiento no pretende suplir a las leyes o reglamentos que ya existen, sino complementarlos y fortalecerlos para cumplir con las responsabilidades que tenemos como servidores públicos y honrar la confianza que la ciudadanía ha depositado en nosotros. Es por ello, que los Servidores Públicos del Municipio de Mineral de la Reforma Hidalgo, tienen las siguientes obligaciones y deberes: PRIMERO. Conocer, respetar y hacer cumplir la Constitución, así como las leyes, reglamentos y normatividad aplicables, particularmente la correspondiente a las funciones que cada servidor público desempeñe. En aquellos casos no contemplados por la Ley o donde exista espacio para la interpretación, debe conducirse con valores de lealtad, honestidad, transparencia, bienestar social, responsabilidad, calidad, honradez, imparcialidad, respeto e integridad. SEGUNDO: Abstenerse de utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener beneficios personales o de tipo económico, privilegios, o favores de cualquier otra índole, con el propósito de beneficiar o perjudicar a terceros, ya que de lo contrario estaría afectando la confianza de la sociedad en la Administración Municipal de Mineral de la Reforma Hidalgo y en sus servidores públicos. TRANSFORMANDO 1 PRESIDENCIA MUNICIPAL CÓDIGO DE CONDUCTA TERCERO: Utilizar los bienes, instalaciones, recursos humanos y financieros de la Administración Municipal únicamente para cumplir con su misión pública, adoptando criterios de racionalidad y ahorro. CUARTO: Ofrecer a la sociedad los mecanismos adecuados para el acceso libre y transparente a la información que genera la Administración Municipal, siempre que ésta no se encuentre clasificada como reservada o confidencial, según lo establezca la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo. QUINTO: Evitar encontrarse en situaciones en las que sus intereses personales puedan entrar en conflicto con los intereses del Municipio o de terceros. Cualquier situación en la que exista la posibilidad de que el servidor público obtenga un beneficio económico o de cualquier tipo que sea ajeno a los que le corresponden por su empleo, cargo o comisión y represente potencialmente un conflicto de intereses. SEXTO: Todas las decisiones que tome en su carácter de servidor público, sin importar empleo, cargo o comisión, deben estar apegadas a la Ley y a los valores contenidos en el Código de Ética para los Servidores Públicos del Municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo. SEPTIMO: Promover una cultura responsable que propicie la correcta atención de las personas que temporal o habitualmente se encuentren dentro del territorio del Municipio. En las áreas de la Administración Municipal en las que se ofrece atención a la ciudadanía, deberá ofrecer un trato amable, cordial, digno, dando seguimiento y respuesta oportuna e imparcial a todas las solicitudes, trámites o cualquier tipo de atención. OCTAVO: Conducirse con dignidad y respeto hacia la ciudadanía y sus compañeros(as) de trabajo, promoviendo el trato amable y cordial con independencia de género, edad, religión, capacidades físicas o mentales, lugar de nacimiento o nivel jerárquico. Los cargos públicos no son un privilegio sino una responsabilidad, por lo que el trato entre servidores públicos debe basarse en la colaboración profesional y el respeto mutuo y no en diferenciaciones jerárquicas. NOVENO: Ofrecer a los servidores públicos de otras dependencias y entidades de cualquier orden de gobierno, el apoyo, la atención, la información, la colaboración y el servicio que requieran, con amabilidad y generosidad. TRANSFORMANDO 2 PRESIDENCIA MUNICIPAL CÓDIGO DE CONDUCTA DECIMO: Ofrecer a la sociedad en general un trato justo, cordial y equitativo, orientado siempre por un espíritu de servicio, observando una actitud de apertura, acercamiento, transparencia y rendición de cuentas de sus acciones, así como de colaboración y participación en favor de la sociedad. DECIMO PRIMERO: Orientas sus acciones hacia el cuidado y protección al medio ambiente, cuidar y evitar poner en riesgo su salud, seguridad, la de sus compañeros y la sociedad en general. DECIMO SEGUNDO: Buscar de manera permanente su actualización y formación profesional, y en su caso del personal a su cargo y sus compañeros, para el mejoramiento constante de su desempeño a favor de los mineralenses. TRANSFORMANDO MINERAL DE LA REFORMA. MUNICIPIO DE TODOS. TRANSFORMANDO 3
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