Tucumán 1438 - 7º P. Nº 704 - Tel/Fax: + 54-11-4371-7787 C1050AAD Buenos Aires REPUBLICA ARGENTINA e-mail: [email protected] – www.aain.org.ar Buenos Aires, 12 de noviembre de 2015. Ref: TRI-S01:0077666/2015 A la Señora Subsecretaria de industria Ministerio de industria Lic. Stella Maris Escobar S/D Otras referencias: - Licitación LPI Nro. 01/15 Adquisición de un Buque para la Investigación Pesquera y Oceanográfica - Servicio de Consultoría Programa de Desarrollo Pesquero y Acuícola Sustentable Préstamo BID 3255/0C-AR De nuestra mayor consideración: Habiendo tomado conocimiento del expediente de la referencia, nos presentamos espontáneamente con el objeto de hacer llegar a la Sra. Subsecretaria nuestro parecer al respecto de los asuntos allí abordados. El día 14/sep asistimos a una reunión en Mar del Plata con director del INIDEP Dr. Otto Wohler, a efectos de interiorizarnos sobre los motivos por los cuales la licitación referida en el acápite excluyó a profesionales y astilleros argentinos. La reunión respondió a la nota adjunta en la que se solicitaba la entrevista y a cuyos considerandos resultan relevantes para esta nota. De lo informado en la reunión surge que el INIDEP, ante la necesidad de reemplazar sus antiguas unidades por un buque de investigación científica de avanzada, solicitó un crédito a BID, que otorgado el crédito y de acuerdo con lo indicado por el BID, el Instituto se asesoró con un experto de origen español, quien habría preparado el pliego de la licitación de la cual fuera finalmente único oferente un astillero español, Armon Vigo S. A.. Según el Sr. Director, fue el mismo ingeniero que había actuado como asesor del gobierno de Méjico en la compra de un buque de similares características, que fuera construido por el astillero ya mencionado. El uso profuso en el pliego de lenguaje técnico naval propio de España, tan diferente del habitual en Sud América, queda entonces explicado, lo que no se explica es Asociación Argentina de Ingeniería Naval cómo el gobierno argentino recurre a un profesional extranjero para efectuar una tarea de incumbencia exclusiva de un profesional argentino. El experto en cuestión, habría asimismo determinado la imposibilidad de que el buque sea construido en nuestro país, la razón primaria aducida sería la falta de experiencia en el cumplimiento de normas de insonorización, siendo este un aspecto fundamental de la innovación tecnológica. Resulta inaudito que el gobierno argentino requiera de un extranjero una opinión sobre la industria local, industria esta que en buena parte es controlada por el mismo estado, sin recurrir a un profesional argentino, quien además de estar debidamente habilitado para la tarea, es esperable que tenga un conocimiento superior de la industria local. NO es posible entender que no se haya consultado a las cámaras representantes de la industria que cuentan con información detallada de las posibilidades y recursos de cada astillero nacional. La única explicación que ofrece este organismo del estado nacional de porqué se excluyó a la industria local del acceso a la construcción que nos ocupa, se basa exclusivamente en la opinión de un profesional extranjero que en algún momento habrá visitado el país. Nos preguntamos si el gobierno español nos consultaría en cuestiones que hacen a su industria, y a su soberanía. Hasta el momento no hemos contado con la gentileza de tal reciprocidad. En este marco, no nos sorprendería que el Dr. Wohler, en su entusiasmo por atender las más altas nomas de la especialidad, complete su tarea contratando al gobierno español para efectuar los estudios de investigación pesquera que podamos requerir en el mar Argentino. El único costo sería la falta de trabajo para los biólogos argentinos. La escasa, o casi nula difusión de la licitación en el ámbito local, queda entonces justificada. Del mismo modo se explica la no implementación de la preferencia por la producción nacional. El extremo detalle observado en la redacción del pliego muestra, en nuestra opinión, una decidida preferencia previa a la oferta por quien cumple con tales requerimientos. El Dr. Wholer se excusó de comentar sobre este asunto alegando su falta de conocimiento técnico, y la responsabilidad del asesor español. Este último habría discutido ciertos detalles de la especificación con los expertos del INIDEP. No sabemos si los expertos se habrían reunido, antes de la licitación, con representantes del único astillero español oferente. Asimismo resulta claro que ciertos requerimientos del pliego difícilmente podrían ser encarados en plazo por quién no tuviese ya desarrollado el proyecto, situación esta que marca una preferencia velada. Preguntamos por las condiciones de inspección y supervisión de la construcción, habida cuenta que tales tareas deben ser realizadas por profesionales argentinos y por la PNA. Se nos explicó que el INIDEP pretende efectuar la obra como si el buque fuese de otra bandera y sólo incorporarlo a la matrícula nacional al completar la construcción, en una maniobra que resulta al menos cuestionable, sino contraria al REGINAVE. El proceso de supervisión excluye de cualquier participación a los profesionales y estudios nacionales ya que establece condiciones de facturación y otras, inalcanzables para ellos. INIDEP-Lic 2/4 Asociación Argentina de Ingeniería Naval En resumen: 1) La licitación en cuestión ha excluido a la industria naval local de cualquier posibilidad razonable de participación. 2) La industria naval local se encuentra en perfectas condiciones de realizar el proyecto y la obra. Sólo a título ilustrativo mencionaremos que el Astillero Tandanor, dependiente del Ministerio de Defensa, está concluyendo una obra de características muy similares a la del buque de investigación pesquera, aunque de mucha mayor magnitud. Esta sería una oportunidad magnífica para dar trabajo a la mano de obra que ya ha sido entrenada en el buque Alte Irizar. El Astillero Río Santiago ha construido embarcaciones militares con requerimientos mucho más complejos que el que el INIDEP necesita. Sin dudas cuenta con lo necesario para hacer esta obra. Del mismo modo hay astilleros privados que podrían efectuar una obra de estas características. 3) La industria naval chilena ha entregado un buque similar, el Cabo de Hornos, el que hace ya dos años se encuentra navegando y opernado satisfactoriamente. La cuestión de insonorización se resolvió mediante el asesoramiento de un experto durante la construcción. Podríamos citar otros casos. La industria naval colombiana planifica la construcción de un buque similar. 4) El haber incluido la preferencia nacional (IAO 35.1) de acuerdo con la ley 25.551/2001 compre trabajo argentino, no habría en ningún caso afectado las ofertas internacionales que podían haber participado de cualquier modo y sólo se habrían visto afectadas en el caso de existir una oferta local atendible. 5) La obtención de un crédito de esta envergadura es una excelente oportunidad para el ingreso de divisas al país a tasas muy convenientes, siempre que la obra se realice localmente. Consideramos que, habida cuenta la complejidad del equipamiento, algo cercano a la mitad del monto total se emplearía en la compra de equipos en el exterior; lo restante de la divisas ingresará y permanecerá en el país, ya que la mano de obra, la supervisión, gran parte de la ingeniería, el lucro del astillero etc. se pagan en moneda local. En la situación actual este aspecto del planteo es fundamental y ejemplifica la necesidad de mantener nuestra industria naval activa y en condiciones de atender la demanda local. 6) El REGINAVE dice en su primer párrafo de 101.0101 : En buques o artefactos navales que se construyan o modifiquen en el territorio de la República Argentina o en el extranjero con destino a ser inscriptos en la matrícula nacional, o buques existentes que pretendan dicha inscripción, o a los cuales se les deben realizar verificaciones técnicas complementarias, y que posean un numeral cúbico igual o mayor de cincuenta (50) metros cúbicos. El buque que nos ocupa resulta claramente comprendido en el régimen, y por tanto resulta de aplicación todo lo normado a continuación en cuanto a autorizaciones para construir, controles de obra, proyectistas calculistas habilitados, etc. Pareciera que el INIDEP pretende ignorar este texto y no sólo excluir a la embarcación de la construcción nacional sino también excluirla de cumplir con la INIDEP-Lic 3/4 Asociación Argentina de Ingeniería Naval normativa vigente durante su construcción. Recurriremos tanto a la Prefectura Naval Argentina como al Consejo Profesional de Ingeniería Naval para que se expidan sobre este asunto y confirmen nuestra postura. Es por todo lo dicho que solicitamos de se suspenda la adjudicación y se revisen las condiciones del llamado hasta tanto se puedan abrir los concursos de una manera eficaz a la participación de toda la Industria Naval Argentina. Asimismo solicitamos una audiencia con al Sra Subsecretaria a efectos de profundizar estos conceptos y aclara cualquier aspecto de la presentación que pueda requerirlo. En la seguridad de un pronto encuentro, lo saludan muy atentamente. Julio Gallé Ingeniero Naval y Mecánico Secretario INIDEP-Lic Carlos María Brañas Ingeniero Naval y Mecánico Presidente 4/4
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