165 - CMIC DF

Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal
DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA
28 DE AGOSTO DE 2015
No. 165
Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Secretaria

de Desarrollo Urbano y Vivienda
 Resolución para la aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades del Desarrollo Urbano, predio
receptor, para el predio ubicado en Calle Tokio Número 426, Colonia Portales Norte, Delegación Benito Juárez
4
Secretaria

de Desarrollo Social
 Protocolo de Actuación del Personal de la Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social de la
Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, para la Atención a Niñas, Niños y Adolescentes en Presumible
Situación de Extravío o Ausencia con quienes tengan contacto
11
Secretaría

de Salud
 Aviso por el cual se dan a conocer las Técnicas de Enfermería en Pediatría
17
 Aviso por el cual se dan a conocer las Técnicas de Enfermería en el Servicio de Urgencias
88
 Aviso por el cual se dan a conocer las Técnicas de Enfermería en el Servicio de Terapia Intensiva
150
 Aviso por el cual se dan a conocer las Técnicas de Enfermería en la Unidad de Quemados Pediátricos y Adultos
193
 Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Organización de la Clínica Integral de Obesidad en Unidad
Hospitalaria
234
Secretaría de Finanzas
 Aviso por el que se dan a conocer las Tasas de Recargos Vigentes durante el mes de septiembre de 2015
Continúa en la Pág. 2
262
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Índice
Viene de la Pág. 1
Delegación

Coyoacán
 Nota aclaratoria a las Reglas de Operación de la Acción Institucional de Entrega de Tablets a Estudiantes de 18
años en adelante que estén cursando la Educación Media y Superior, en Escuelas Oficiales: “Coyoacán
Tecnológico”, publicadas el 18 de marzo del 2015
263
Delegación

La Magdalena Contreras
 Aviso por el cual se dan a conocer diversos Acuerdos de Modificación de Sistemas de Datos Personales a cargo de
la Delegación La Magdalena Contreras
265
 Aviso por el cual se dan a conocer diversos Acuerdos de Supresión de Sistemas de Datos Personales a cargo de la
Delegación La Magdalena Contreras
296
 Aviso por el cual se dan a conocer diversos Acuerdos de Creación de Sistemas de Datos Personales a cargo de la
Delegación La Magdalena Contreras
302
Comisión

de Derechos Humanos del Distrito Federal
 Acuerdo/02/2015, de la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, mediante el que
determina modificar diez Sistemas de Datos Personales de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
316
 Acuerdo/03/2015, de la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal por el que determina
la supresión del Sistema de Datos Personales “Directorio de Promotoras y Promotores Ciudadanos de Derechos
Humanos”
325
Fideicomiso

Educación Garantizada del Distrito Federal
 Acuerdo de modificación del Sistema de Datos Personales de los Recursos Humanos de Estructura del Fideicomiso
Educación Garantizada del Distrito Federal y Sistema de Datos Personales de los Proveedores del Fideicomiso
Educación Garantizada del Distrito Federal
327
 Acuerdo de Modificación del Sistema de Datos Personales del Programa “Prepa Sí”
329
 Edictos
331
 Aviso
338
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
México, D.F., 20 de marzo de 2015
SEDUVI/DGDU/STP-R/001/2015
RESOLUCIÓN PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE
POTENCIALIDADES DEL DESARROLLO URBANO, PREDIO RECEPTOR, PARA EL PREDIO
UBICADO EN CALLE TOKIO NÚMERO 426, COLONIA PORTALES NORTE, DELEGACIÓN
BENITO JUÁREZ.
Vistas las constancias que integran el expediente administrativo en que se actúa; con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 57, 87 fracción I y 88 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, se procede a resolver el
presente asunto conforme a los siguientes:
RESULTANDOS
1. Con fecha 18 de julio de 2014, el ciudadano Emilio Méndez Álvarez, en su carácter de Presidente del Consejo de
Administración de Grupisa, S.A. de C.V., presentó solicitud para la Aplicación del Sistema de Transferencia de
Potencialidades del Desarrollo Urbano, Predio Receptor, para el predio ubicado en calle Tokio, número 426, Colonia
Portales Norte, Delegación Benito Juárez; mediante el formato STP-R, a través de la Ventanilla Única de la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Vivienda, la cual se registró con número de Folio 52814-351MEEM14.
2. Para acreditar la propiedad del predio antes indicado, el interesado presentó Escritura número 26,050, de fecha 24 de
septiembre de 2013, expedida por el Licenciado Sergio Rea Field, Notario Público número 241 del Distrito Federal; en
trámite de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal.
3. La personalidad de su mandante, la acredita mediante la Escritura Pública número 206, de fecha 9 de marzo de 2010,
expedida por el Licenciado Gonzalo Vadillo Espinosa, Notario Público número 14 del Estado de Campeche; en la cual se
hizo constar la Constitución de Grupisa, Sociedad Anónima de Capital Variable, inscrita en el folio mercantil número
10476*3, del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Ciudad del Carmen, Estado de Campeche.
4. La personería la acredita mediante la Escritura Pública número 24, de fecha 12 de enero de 2012, expedida por el
Licenciado Gonzalo Vadillo Espinosa, Notario Público número 14 del Estado de Campeche; en la cual se le designo como
Presidente del Consejo de Administración.
5. Además exhibió Estudio Técnico Urbano, suscrito por la Perito en Desarrollo Urbano Arquitecta Violeta Gloria Cruz
Toledano, con número de registro PDU-0332.
6. Constancia de Alineamiento y Número Oficial, folio 2323, de fecha 16 de enero de 2014, para el inmueble ubicado en
calle Tokio, número 426, Colonia Portales Norte, Delegación Benito Juárez.
7. Credencial para votar, expedida por el entonces Instituto Federal Electoral, con número de folio 0000025969031.
8. Propuesta de declaración de valor catastral y pago del impuesto predial, correspondiente al quinto bimestre del año 2014.
9. Recibo de pago del impuesto predial, correspondiente a los bimestres 1 al 6 de 2014, con línea de captura
8004300805000BWMMXMA.
10. Exhibió Reporte Fotográfico consistente de 23 imágenes del predio y del área de estudio, en donde se aprecian las
alturas de las construcciones colindantes y de la acera contraria, con un croquis que ubica cada una de las fotografías
presentadas.
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11. Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo, con folio número 34820-151ANSA13, de fecha 25 de noviembre
de 2013.
12. Memoria Descriptiva del proyecto, con 5 planos.
13. Dictamen de factibilidad de servicios, de fecha 3 de junio de 2014, expedido por el Director Ejecutivo de Servicios a
Usuarios, del Sistema de Aguas de la Ciudad de México.
14. Oficio de Punto de Conexión, correspondiente al expediente Proter 137/2014, de fecha 19 de mayo de 2014, mediante el
cual se determina el punto de conexión para el servicio, expedido por el Jefe de Oficina de Solicitudes y Aportaciones, Zona
Benito Juárez, de la Comisión Federal de Electricidad.
15. Oficio SEDUVI/CGDAU/DGDU/0249/2014, de fecha 28 de febrero de 2014.
16. Plano topográfico.
17. Mediante oficio SEDUVI/CGDAU/DGDU/0865/2014, de fecha 28 de julio de 2014, se previno al interesado, debido a
que no presento el formato vigente y la escritura de propiedad que presentó no se encontraba debidamente inscrita ante el
Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal.
18. Mediante escrito de fecha 4 de septiembre de 2014 el interesado desahogo la prevención antes citada, exhibiendo lo
siguiente:
A. Formato STP-R vigente, debidamente requisitado.
B. Escritura número 26,050, de fecha 24 de septiembre de 2013, expedida por el Licenciado Sergio Rea Field, Notario
Público número 241 del Distrito Federal; inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito
Federal, bajo el número de folio real 9,496,463.
19. Mediante oficio SEDUVI/CGDAU/DGDU/0865/2014, de fecha 28 de julio de 2014, se requirió al interesado la
suscripción de la solicitud de servicio valuatorio y carta compromiso de cubrir el pago que genere dicho servicio.
20. Por escrito presentado en fecha 28 de octubre de 2014, a través de la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda, el interesado manifestó su aceptación para pagar el servicio valuatorio y devolvió la solicitud
debidamente firmada.
21. Mediante oficio SEDUVI/CGDAU/DGDU/1126/2014, de fecha 26 de noviembre de 2014, se solicitó a la Dirección
General de Patrimonio Inmobiliario, la realización del avalúo del predio en estudio.
22. Por oficio número DGPI/DA/1013/2014, de fecha 19 de diciembre de 2014, el Director de avalúos solicitó que sea
pagado el servicio valuatorio prestado del inmueble referido.
23. Mediante oficio SEDUVI/CGDAU/DGDU/DIDU/0038/2015, de fecha 6 de enero de 2015, se requirió al interesado el
pago correspondiente al servicio valuatorio.
24. Por escrito presentado en fecha 19 de enero de 2015, a través de la Oficialía de Partes, de la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda, el interesado exhibió el comprobante de la transferencia electrónica por concepto de pago de servicio
valuatorio con referencia numérica 622000 y folio internet 0065338069, realizado en fecha 16 de enero de 2015.
25. Mediante oficio SEDUVI/CGDAU/DGDU/0123/2015, de fecha 26 de enero de 2015, se remitió el pago por servicio
valuatorio a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.
26. Con fecha 6 de febrero de 2015, se recibió el Avalúo para determinar el valor comercial del inmueble en estudio, con
número secuencial AT(OS)-13433, y número progresivo 03/12/14-00002.
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27. Mediante oficio SEDUVI/CGDAU/DGDU/DIDU/0211/2015, de fecha 13 de febrero de 2015, se requirió al interesado
presentar por escrito la aceptación o negativa del monto a pagar por la aplicación del Sistema de Transferencia de
Potencialidades del Desarrollo Urbano, Predio Receptor.
28. Por escrito presentado en fecha 17 de febrero de 2015, a través de la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda, el interesado manifestó su aceptación para pagar el monto señalado por la aplicación del Sistema de
Transferencia de Potencialidades del Desarrollo Urbano, Predio Receptor.
29. El Sistema de Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano, es un instrumento de planeación y ordenamiento
del desarrollo urbano, que se constituye con una bolsa común de potencial de desarrollo transferible, denominada Reserva
Pública de Intensidades de Construcción del Sistema de Transferencia de Potencialidades del Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, que a la fecha tiene 423,644.53 m2 (cuatrocientos veintitrés mil, seiscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados con
cincuenta y tres centímetros) de construcción disponibles, a partir de la cual se puede atender la presente solicitud.
30. La Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, verificó que la solicitud reuniera los requisitos necesarios y
que se cumpliera con el procedimiento administrativo establecido en los artículos 85 de la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal y 56 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; con base en lo anterior y
CONSIDERANDO
I. Que el suscrito Arquitecto Felipe de Jesús Gutiérrez Gutiérrez, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, es
competente para resolver sobre la solicitud de Aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades del Desarrollo
Urbano, Predio Receptor, indicada en el resultando 1, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 15 fracción II y 24
fracciones X y XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 3° fracciones VIII y XXXIII,
4° fracción III, , 7° fracciones I, y IX, 82, 83, 84, 85, 87 fracción IV y 88, de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal; 1º, 2° fracciones I, II, V, VI, VIII, X, XII, XXII, XXIV, 3°, 5°, 6º fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X,
7º fracciones I, II, III y IV, 30, 32, 34, 87 fracción I y 88, de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal;
1°, 2°, 4 fracciones II, III, IX, XIV, XX, XXI, XXII, XXIII, XXVII y XXVIII, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 56, 57 y 58, del
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 242 del Código Fiscal del Distrito Federal; Acuerdo por el
que se Aprueba la aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano de los inmuebles a que
se refiere el presente, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 1988; Acuerdo por el que se prorroga
la vigencia del Acuerdo por el que se aprueba la Aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidad de Desarrollo de
los Inmuebles que refiere, publicado el 19 de julio de 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en la Norma de
Ordenación General No. 12.
II. Que la solicitud para la Aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades del Desarrollo Urbano, señalada en
el resultando 1, pretende establecer al predio en estudio como receptor, conforme a lo dispuesto por el artículo 48 del
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, al contar con las siguientes características:
Predio
Tokio
426
Área Libre
Superficie
m2
Zonificación
644.00
Habitacional
3 niveles máximo de construcción
20 % mínimo de área libre
Densidad “A” (alta), una vivienda por
cada 33.00 m2 de la superficie total
del terreno
Desplante
M2
%
M2
%
128.80
20.00
515.20
80.00
Potencial
de
Desarrollo
CUS
1,545.60
2.40
Por lo que conforme a lo anterior se pretende recibir 912.90 metros cuadrados de potencial de desarrollo urbano, con uso
Habitacional, lo cual deviene en incrementar el número de niveles de los tres establecidos en la zonificación, para llegar a
cinco niveles.
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III. Que la aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades, es el trámite mediante el cual se autoriza la
recepción de intensidad de construcción en predios específicamente señalados, conforme a los Programas de Desarrollo
Urbano, la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal.
Por lo que conforme a lo dispuesto por el artículo 48, del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal,
esta Secretaría considera pertinente que se autorice la recepción de intensidad de construcción en el predio en estudio, con
potencial de la Reserva Pública de Intensidades de Construcción del Sistema de Transferencia de Potencialidades del
Desarrollo Urbano del Distrito Federal señalada en el resultando número 29, acorde con lo señalado en el oficio
SEDUVI/CGDAU/DGDU/0249/2014, toda vez que se consolida el uso habitacional en la zona y con el potencial a recibir
se pueden ofrecer mayores espacios de habitabilidad para la superficie de las veinte viviendas que autoriza la zonificación
del Programa de Desarrollo Urbano citado.
Toda vez que en la imagen urbana se aprecia que el predio se localiza en una zona que cuenta con todos los servicios, tales
como: agua potable, drenaje, alcantarillado pluvial, electrificación, telefonía, transporte público, vigilancia, servicio de
limpia, pavimento, guarniciones y banquetas; así como equipamiento de salud, con el Hospital General de Zona No. 1, del
Instituto Mexicano del Seguro Social, tiendas de autoservicio, centros educativos de nivel básico y el Parque de los
Venados.
Además de que una de las calles que limitan la manzana, corresponde al corredor urbano denominado Eje 7 ExtremaduraFélix Cuevas-Municipio Libre, en el cual se podrá optar por la aplicación de la Norma General de Ordenación No. 10.
IV. Que los efectos de la aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades del Desarrollo Urbano serían positivos
para la zona, toda vez que el predio de la colindancia norte, tiene el uso de bodega y el de la colindancia sur corresponde a
un edificio editorial de tres niveles, por lo que al consolidar el uso habitacional del predio en estudio, se dignifica la
vocación establecida en el Programa de Desarrollo Urbano aplicable.
Además de que del reporte fotográfico presentado se aprecian diversas edificaciones que alcanzan cinco niveles, los cuales
corresponderían con lo solicitado para la Aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades del Desarrollo
Urbano, para lograr el máximo aprovechamiento de los bienes y servicios que ofrece la Ciudad en la zona donde se ubica el
predio en cuestión.
V. Que el cálculo de la cantidad que debe aportarse al Fideicomiso número F/54, denominado Sistema de Transferencia de
Potencialidades de Desarrollo Urbano, constituido ante Banco Azteca, S.A., Institución de Banca Múltiple, como
Institución Fiduciaria; como Fideicomitente por suscripción, corresponde al valor total de la intensidad de construcción
transferible para su recepción, cuyo monto se determinó conforme al siguiente procedimiento:
A partir del Avalúo con número secuencial AT(OS)-13433, con número progresivo 03/12/14/00002, de fecha 17 de
diciembre de 2014, emitido por la Dirección de Avalúos, de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, en el cual se
determinó que el valor comercial, para efectuar el cálculo del pago por concepto de Transferencia de Potencialidad para el
predio en estudio, corresponde a un valor comercial unitario por metro cuadrado se asciende a la cantidad de: $9,170.00
(nueve mil, ciento setenta pesos 00/100 moneda nacional).
Tomando en cuenta que los metros cuadrados de la superficie correspondiente a la intensidad de construcción adicional que
demanda el interesado para aplicarse en el inmueble receptor, corresponde a 912.90 metros cuadrados.
Conforme a lo señalado por el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente para Benito Juárez, el factor de
intensidad de construcción, corresponde al Coeficiente de Utilización del Suelo (CUS), el cual es la relación aritmética
existente entre la superficie total construida en todos los niveles de la edificación y la superficie total del terreno, que se
calcula con la siguiente expresión:
CUS = (superficie de desplante X número de niveles permitidos) / superficie total del predio.
Por lo que para obtener dicho factor, previamente se debe calcular el Coeficiente de Ocupación del Suelo (COS), para
obtener la superficie de desplante en planta baja, restando del total de la superficie del predio, el porcentaje de área libre que
establece la zonificación, conforme a lo siguiente:
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Superficie de desplante = superficie del predio – porcentaje de área libre
Superficie de desplante = 644.00 – 20%
Superficie de desplante = 515.20 m2
Obteniendo la superficie de desplante, se desarrolla la fórmula para la obtención del Coeficiente de Utilización del Suelo,
conforme a lo siguiente:
CUS = (515.20 X 3) / 644.00.
CUS = (1,545.60) / 644.00.
CUS = 2.40.
Con lo anterior, tomando en cuenta la superficie total correspondiente a la intensidad de construcción adicional solicitada
por el interesado para el predio receptor, por 912.90 metros cuadrados entre el factor de intensidad de construcción de 2.40,
resulta la cantidad de: 380.375; y al multiplicar dicho resultado por el valor comercial del metro cuadrado de terreno del
inmueble receptor, que corresponde a la cantidad de $9,170.00, según la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario,
arroja la cantidad de $3,488,038.75 (tres millones, cuatrocientos ochenta y ocho mil, treinta y ocho pesos 75/100 moneda
nacional) correspondiente al valor total de la intensidad de construcción transferible.
VI. Que conforme a lo establecido en el considerando previo; la Circular No. 1 (1) 88, que contiene las Bases Generales
Administrativas para la aplicación y funcionamiento del Acuerdo por el que se aprueba la aplicación del Sistema de
Transferencia de Potencialidad de Desarrollo del Centro Histórico de la Ciudad de México; la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal, Título Quinto, Capítulo Tercero; el Acuerdo por el que se aprueba la aplicación del Sistema de
Transferencia de Potencialidad de Desarrollo de los inmuebles a que se refiere el presente, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 19 de julio de 1988; y el Acuerdo por el que se prorroga la vigencia del Acuerdo por el que se aprueba la
aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidad de Desarrollo de los inmuebles que refiere, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 19 de julio de 2013; el interesado deberá constituirse en Fideicomitente por Suscripción.
Lo anterior, para el efecto de aportar de manera irrevocable, la cantidad de $3,488,038.75 (tres millones, cuatrocientos
ochenta y ocho mil, treinta y ocho pesos 75/100 moneda nacional), al Fideicomiso número F/54, denominado Sistema de
Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano, constituido ante Banco Azteca, S.A., Institución de Banca Múltiple,
como Institución Fiduciaria.
De los recursos que se obtengan de la aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano, se
destinará un monto determinado por el Comité Técnico del Fideicomiso, a la rehabilitación, mejoramiento y conservación
del patrimonio cultural urbano y del suelo de conservación, pudiéndose aplicar un porcentaje para el fomento del desarrollo
urbano de la ciudad, especialmente del espacio público, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83 de la Ley de
Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 52 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
VII. Que la operación de transferencia de potencial de desarrollo urbano solicitada, consiste en el incremento del
Coeficiente de Utilización del Suelo, de 2.40 a 3.817, con el Coeficiente de Ocupación del Suelo de origen, adicionando la
superficie de 912.40 metros cuadrados, a la intensidad de construcción permitida, para quedar en 2,458.50 metros
cuadrados, con una altura de cinco niveles, sujetándose siempre al uso Habitacional y a la Densidad “A” (alta) una vivienda
por cada 33.00 metros cuadrados de la superficie total del terreno, permitidos por el Programa Delegacional de Desarrollo
Urbano vigente para Benito Juárez, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el día 6 de mayo de 2005.
VIII. Del cúmulo documental se aprecian las siguientes condiciones, que se deberán cumplir, al desarrollar el proyecto que
se ajuste a la Aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades del Desarrollo Urbano, Predio Receptor,
apercibiendo al interesado que en caso contrario será sancionado conforme a la normatividad aplicable.
1. El proyecto deberá cumplir con lo indicado en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y su Norma
Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico; así como a las disposiciones administrativas, legales,
ambientales y reglamentarias, de los programas de desarrollo urbano y a la normatividad que de ellos derive, y que
resulten aplicables, en cuanto a su ejecución.
2. Se deberán cumplir las Normas Generales de Ordenación No. 7, 11 y 12; así como las restricciones establecidas por el
Programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente para Benito Juárez.
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3. Deberá solicitar al Sistema de Aguas de la Ciudad de México el Dictamen de factibilidad de dotación de los servicios
hidráulicos de agua potable, agua residual tratada y drenaje.
4. Cumplir con las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.
Con base en las anteriores consideraciones, se emite la siguiente:
RESOLUCIÓN PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE POTENCIALIDADES DEL
DESARROLLO URBANO, PREDIO RECEPTOR, PARA EL PREDIO UBICADO EN CALLE TOKIO NÚMERO
426, COLONIA PORTALES NORTE, DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ.
PRIMERO. SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE POTENCIALIDADES
DE DESARROLLO URBANO, solicitada por Grupisa, S.A. de C.V., para el predio receptor ubicado en calle Tokio,
número 426, Colonia Portales Norte, Delegación Benito Juárez, con los siguientes lineamientos:
Uso del Suelo
Niveles
Área Libre mínima
Densidad
Coeficiente de Utilización del
Suelo
Coeficiente de Ocupación del
Suelo
Potencial de Desarrollo Recibido
Superficie Máxima de
Construcción
Habitacional -------------------------------------------------------------------------------------5 (cinco) ------------------------------------------------------------------------------------------128.80 m2 equivalente al 20 % (veinte por ciento) de la superficie del predio ---------“A” (Alta) una vivienda por cada 33.00 metros cuadrados de la superficie total del
terreno--------------------------------------------------------------------------------------------3.817 (tres punto ochenta y uno) Veces el Área del Terreno ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------0.80 Veces el Área del Terreno -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------912.90 m2 (novecientos doce punto noventa) metros cuadrados ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------2,458.50 m2 (dos mil, cuatrocientos cincuenta y ocho punto cincuenta) metros
cuadrados ----------------------------------------------------------------------------------------
Lo anterior con potencial de la Reserva Pública de Intensidades de Construcción del Sistema de Transferencia de
Potencialidades del Desarrollo Urbano del Distrito Federal, por lo que una vez aplicado dicho instrumento quedará con
422,731.63 m2(cuatrocientos veintidós mil, setecientos treinta y un metros cuadrados con sesenta y tres centímetros) de
construcción disponibles.
SEGUNDO. El propietario deberá cumplir todas las condiciones señaladas en el Considerando VIII.
TERCERO. Los derechos que otorga la presente Resolución, para el predio Receptor de la transferencia de potencialidad
del desarrollo urbano, son intransferibles e inalienables, y no serán susceptibles de edificarse o aprovecharse, sino hasta que
se cuente con el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo donde se establezcan.
CUARTO. Después de que se haya liquidado la aportación irrevocable señalada en el Considerando VI, el Comité Técnico
del Fideicomiso del Sistema de Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano número F/54, emitirá la Constancia
de Derechos de Desarrollo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal.
QUINTO. Expedida la Constancia de Derechos de Desarrollo señalada en el párrafo precedente, se publicará la presente
Resolución por una sola vez, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEXTO. Una vez que surta efectos la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se requerirá al interesado que
exhiba el comprobante de pago de los derechos a que se refiere el artículo 242 del Código Fiscal del Distrito Federal y
cuando se acredite el mismo, se ordena girar atento oficio al Registro de Planes y Programas, de esta Secretaria de
Desarrollo Urbano y Vivienda, con la finalidad de que se lleve a cabo la inscripción del mismo, para que surta los efectos
legales a que haya lugar.
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Se informa al interesado que cuenta con un término de noventa días naturales, para acreditar el pago a que se refiere el
párrafo precedente ante esta instancia; en caso contrario se declarará la caducidad del trámite, se dejará sin efectos la
presente Resolución y se acordará el archivo del expediente, con fundamento en los artículos 93, fracción II y 95, de la Ley
de Procedimiento Administrativo para el Distrito Federal.
SÉPTIMO. Cumplida la condición a que se refiere el resolutivo sexto, se ordena girar atento oficio al Registro Público de
la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, informando que el particular solicitará su debida inscripción previo pago
de los derechos correspondientes.
OCTAVO. La presente Resolución no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias
aplicables en la materia, por lo que su incumplimiento dará lugar a las sanciones que las autoridades competentes impongan.
NOVENO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7º fracción III, 108, 109 y 110 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal, se hace del conocimiento del interesado que cuenta con quince días hábiles, contados a
partir del día siguiente al en que surta sus efectos la notificación de la presente, para que interponga el recurso de
inconformidad correspondiente, debiéndolo dirigir al superior jerárquico del suscrito, o bien, a su elección, podrá intentar el
juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.
DÉCIMO. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE al ciudadano Emilio Méndez Álvarez, en su carácter de Presidente del
Consejo de Administración de Grupisa, S.A. de C.V., y en su oportunidad archívese el presente asunto como concluido.
ASÍ LO RESOLVIO Y FIRMA EL ARQUITECTO FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, EN SU
CARÁCTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA.
(Firma)
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
MTRO. JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, con fundamento en los
artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción VI, 16 fracciones III, IV, así como 28 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, fracciones I, II y XIX, 10 fracción IV, 32, 39, 40 y 41 de la
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito
Federal y 14, fracciones I y III, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4º garantiza los derechos de la niñez, entre
ellos, el derecho a la protección; que implica el deber del Estado para llevar a cabo las medidas necesarias a fin de
garantizar el estado psicofísico de las Niñas, los Niños y de las y los Adolescentes, particularmente cuando están en una
situación de vulnerabilidad como estar extraviados o ausentes.
Que la Convención sobre los Derechos del Niño establece que los Estados Partes deberán respetar los derechos enunciados
sin distinción alguna bajo la consideración primordial del interés superior de la Niña, el Niño y las y los Adolescentes.
Que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes prescribe que las Niñas, los Niños y las y los
Adolescentes son titulares de derechos y cuando se tome una decisión que les afecte en lo individual o colectivo se deben
salvaguardar su interés superior y sus garantías procesales; asimismo, que el Estado debe adoptar y garantizar las medidas
necesarias para el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de sus derechos humanos.
Que la Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal establece claramente que el principio que orienta la
actuación de los Órganos Locales del Gobierno en la atención a Niñas, Niños y Adolescentes en los servicios públicos; y en
la formulación y ejecución de políticas públicas para la protección, desarrollo y seguridad, es el interés superior de las
Niñas, los Niños y las y los Adolescentes, lo que implica dar prioridad a su bienestar ante cualquier otro interés que vaya en
su perjuicio.
Que en la Ciudad de México viven 2 millones 660 mil 910 Niñas, Niños y Adolescentes, de los cuales 1 millón 347 mil 525
son hombres y 1 millón 313 mil 385 son mujeres. (INEGI, 2010).
Que Niñas, Niños y Adolescentes son susceptibles de encontrarse en diversas situaciones de peligro que ponen en riesgo su
vida. De acuerdo a cifras proporcionadas por el Centro de Apoyo a Personas Extraviadas o Ausentes (CAPEA), en 2012 se
reportaron 896 averiguaciones relacionadas con Niñas, Niños o Adolescentes en Situación de Ausencia o Extravío, mientras
que hasta el 31 de octubre del 2013, se registraron 922 averiguaciones previas.
Que la Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social (DGIASIS), adscrita a la Secretaría de Desarrollo
Social del Distrito Federal (SEDESO), tiene como función ofrecer asistencia social a personas en situación de
vulnerabilidad, como son las personas en situación de calle en el Distrito Federal, por lo que puede tener contacto en sus
instalaciones o durante los recorridos en calle, con Niñas, Niños y/o Adolescentes presumiblemente en Situación de
Extravío o Ausencia.
Que las personas servidoras públicas y el personal de apoyo de la Dirección General del Instituto de Asistencia e
Integración Social se rigen bajo los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficacia y en estricto apego a
lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño y siempre con el objetivo de garantizar el cuidado, la
protección, así como preservar el interés superior de las Niñas, los Niños y las y los Adolescentes.
Tengo a bien, expedir el siguiente:
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL PERSONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO
DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
DEL DISTRITO FEDERAL, PARA LA ATENCIÓN A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN
PRESUMIBLE SITUACIÓN DE EXTRAVÍO O AUSENCIA CON QUIENES TENGAN CONTACTO.
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I. DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERO.- Las disposiciones del presente Protocolo son de orden público e interés social y tienen por objeto instrumentar
el procedimiento bajo el cual las personas servidoras públicas y personal de apoyo de la Dirección General del Instituto de
Asistencia e Integración Social (DGIASIS) de la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, deberán regir su
actuación en los casos en que tengan contacto con Niñas, Niños y/o Adolescentes presumiblemente en Situación de Extravío
o Ausencia, privilegiando en todo momento su interés superior y con la finalidad de cuidarlos y protegerlos en tanto se
presentan ante la autoridad ministerial.
SEGUNDO.- La asistencia social brindada por la DGIASIS a las Niñas, los Niños y las y los Adolescentes
presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia y de conformidad con las atribuciones establecidas en la
normatividad vigente, se encuentra a nivel de Primer Contacto, ofreciendo servicios asistenciales y de presentación ante la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
TERCERO.- Para los efectos del presente Protocolo se entenderá por:
I. Adolescente.- Persona comprendida entre los 12 años de edad cumplidos y menos de los 18 años de edad.
II. Bitácora de Llamadas.- Formato utilizado por el personal de la Dirección General del Instituto de Asistencia e
Integración Social de la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, que tiene como finalidad obtener el registro
puntual de las llamadas realizadas y recibidas en la aplicación del Protocolo, así como los resultados obtenidos de las
mismas y en el cual se registra como mínimo:
1. Nombre de la Niña, el Niño y la o el Adolescente presumiblemente extraviado o ausente;
2. Edad de la Niña, el Niño y la o el Adolescente presumiblemente extraviado o ausente;
3. Número telefónico al que se marca;
4. Fecha y hora de la llamada;
5. Asunto de la llamada;
6. Datos completos del personal de la DGIASIS que realizó o recibió la llamada: nombre, área, cargo;
7. Datos completos del personal de otras instancias que recibió o realizó la llamada: nombre, área, cargo, instancia;
8. Minutos de duración de la llamada;
9. Observaciones generales;
10. Resultados de la llamada.
III. CAPEA.- Centro de Apoyo a Personas Extraviadas y Ausentes, área integrante del Sistema de Auxilio a Víctimas que
depende de la Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad de la Procuraduría General de
Justicia del Distrito Federal.
IV. DGIASIS.- Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social de la Secretaría de Desarrollo Social del
Distrito Federal.
V. DIF-DF.- Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal.
VI. Expediente.- Conjunto de documentos físicos y electrónicos, integrado por la “Bitácora de llamadas” y el “Registro de
Información” entre otros, cuya finalidad es el contar en un sólo instrumento con todos los datos particulares de cada caso en
el cual la DGIASIS tenga contacto con una Niña, un Niño y una o un Adolescente presumiblemente en Situación de
Extravío o Ausencia.
VII. Institución Pública.- Todo integrante del sector público que tenga directa o indirectamente contacto físico con Niñas,
Niños o Adolescentes presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia y que soliciten el apoyo del personal de la
DGIASIS.
VIII.- LOCATEL.- Dirección General del Servicio Público de Localización Telefónica de la Secretaría de Desarrollo
Social del Distrito Federal.
IX. Niña, Niño.- Persona que tiene menos de 12 años de edad.
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X. Personal de la DGIASIS.- Todo aquella persona servidora pública o personal de apoyo adscrito a la Dirección General
del Instituto de Asistencia e Integración Social de la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, que por la propia
naturaleza de sus actividades laborales pueda tener contacto o conocimiento de una Niña, un Niño y una o un Adolescente
presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia.
XI. Personal del PASE.- Todo aquella persona servidora pública o personal de apoyo de la Dirección General del Instituto
de Asistencia e Integración Social de la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, adscrita al Programa Atención
Social Emergente.
XII. PGJDF.- Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
XIII. Primer Contacto.- Es la acción en la que se localiza, registra y atiende a Niñas, Niños y Adolescentes que
presumiblemente se encuentran en estado de extravío o ausencia, con la finalidad de dar vista a las autoridades
correspondientes, para que sean las encargadas de determinar la situación jurídica a que haya lugar.
XIV. Programa Atención Social Emergente (PASE).-Dependiente de la Coordinación de Atención Social Emergente y de
Enlace Interinstitucional de la DGIASIS, cuyo objetivo, entre otros, es atender a las poblaciones callejeras, a través del
monitoreo constante y promoción de servicios asistenciales (baño, ropa, alimento, servicio médico).
XV. Registro de Información.- Formato específico utilizado por el Personal del PASE para generar datos suficientes,
(nombre, edad, sexo, lugar de origen y ubicación, nombre y dirección o teléfono de algún familiar o conocido, señas
particulares, información completa de las circunstancias y hechos que puedan contribuir a la investigación, entre otros), así
como los registros del traslado y presentación que permitan tener un registro preciso de la atención brindada hasta que se
presente ante las instancias que por su naturaleza y atribuciones deben velar por la seguridad jurídica y psicofísica de las
Niñas, los Niños y las y los Adolescentes presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia.
XVI. Servicios Asistenciales Básicos.- Servicios brindados por la DGIASIS y que constan de atención médica general de
primer nivel, baño, alimentos y ropa.
XVII. Situación de Ausencia.- Situación en que se encuentra una Niña, un Niño y una o un Adolescente que de manera
voluntaria o involuntaria, se encuentre alejado materialmente de su domicilio o lugar de residencia, de tal forma que le es
imposible volver al mismo, por causa propia o ajena.
XVIII. Situación de Extravío.- Situación en que se encuentra una Niña, un Niño y una o un Adolescente que sale de su
domicilio, lugar de residencia o de algún otro lugar y no le es posible regresar por una causa propia o inherente a sus
condiciones y la cual contempla diversos factores. La Situación de Extravío siempre se da en forma involuntaria.
XIX. SSPDF.- Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
XX. Tercero.- Todo integrante del sector social y/o ciudadano en general que tenga directa o indirectamente contacto físico
con Niñas, Niños o Adolescentes presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia y que soliciten el apoyo del
personal de la DGIASIS.
II. PROCEDIMIENTO
PRIMERO.- Con la finalidad de garantizar en todo momento la protección y prevalencia del interés superior de la niñez,
así como la seguridad psicofísica y el respeto irrestricto a los derechos humanos de la Niña, el Niño y la o el Adolescente
presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia, la aplicación del presente Protocolo y de su procedimiento, será
pronta y expedita.
SEGUNDO.- El área del PASE será la encargada del cuidado y protección de la Niña, el Niño y la o el Adolescente
presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia, así como de brindarle los Servicios Asistenciales Básicos durante la
implementación del Protocolo.
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TERCERO.- El Personal de la DGIASIS puede establecer primer contacto con Niñas, Niños o Adolescentes
presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia, en las siguientes modalidades:
A. La Niña, el Niño y la o el Adolescente presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia, es localizado por el
Personal del PASE durante los recorridos en calle.
B. La Niña, el Niño y la o el Adolescente presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia llega a cualquiera de las
instalaciones de la DGIASIS acompañado por un Tercero o es una Institución Pública quien lo presenta.
C. La Niña, el Niño y la o el Adolescente presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia llega a cualquiera de las
instalaciones de la DGIASIS por su propio pie.
CUARTO.- Cuando el Personal del PASE identifique a una Niña, un Niño o Adolescente presumiblemente extraviado o
ausente dentro de los recorridos realizados en el espacio público, como parte de las actividades institucionales, se aplicará el
procedimiento en el lugar donde fue localizado, por lo cual dicho personal deberá contar en todo momento con los insumos
necesarios para su aplicación; asimismo, solicitará el apoyo de la SSPDF para realizar un recorrido conjunto por la zona en
busca de los familiares de la Niña, el Niño y la o el Adolescente mismos que, de ser encontrados, tendrán que acompañar al
Personal del PASE y de la SSPDF para la presentación ante la PGJDF, quien es la encargada de determinar su situación
jurídica.
QUINTO.- En caso de que sea una Institución Pública quien presente a la Niña, el Niño y la o el Adolescente
presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia a las instalaciones de la DGIASIS, de conformidad a su naturaleza
jurídica, ellos serán los encargados de realizar la presentación ante la PGJDF, mientras que el papel del Personal de la
DGIASIS se limitará a brindar orientación y asesoría.
SEXTO.- En caso de que sea un Tercero quien presente a la Niña, el Niño y la o el Adolescente presumiblemente en
Situación de Extravío o Ausencia, el Personal del PASE solicitará su acompañamiento para dar aviso y hacer su
presentación a las autoridades correspondientes. Si no desea realizar el acompañamiento, se levantará un acta
circunstanciada de los hechos, recabando sus datos y copia de una identificación oficial, lo anterior en total apego a la Ley
de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
SÉPTIMO.- En caso de que la Niña, el Niño y la o el Adolescente presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia se
presente por propio pie en cualquiera de las instalaciones de la DGIASIS, el Personal de la DGIASIS procederá de manera
inmediata a informar al Personal del PASE, a efecto de que éste realice el procedimiento contemplado en los numerales
siguientes.
OCTAVO.- En cualquiera de las modalidades descritas anteriormente, el Personal del PASE procederá de manera
simultánea a dar aviso a las autoridades y a brindar los Servicios Asistenciales Básicos a la Niña, el Niño y la o el
Adolescente presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia de la siguiente forma:
1. AVISO A LAS AUTORIDADES
1.1. Corresponderá al Personal del PASE requisitar el formato de Registro de Información en cuanto se tenga el Primer
Contacto. Asimismo, requisitará el formato de Bitácora de Llamadas, con la finalidad de tener su registro puntual, así como
los resultados obtenidos de las mismas;
1.2. El Personal del PASE deberá notificar vía telefónica al superior inmediato para su conocimiento y coordinación del
caso identificado;
1.3. El Personal del PASE establecerá comunicación, vía telefónica, con la PGJDF, a través de CAPEA y con LOCATEL
para que dé inició a la búsqueda del posible reporte de extravío o ausencia de la Niña, el Niño y la o el Adolescente en
cuestión, o en su caso se proceda a levantar el reporte correspondiente;
1.4. El Personal del PASE establecerá comunicación vía telefónica con la SSPDF para solicitar su apoyo para el
acompañamiento en el traslado y presentación de la Niña, el Niño y la o el Adolescente presumiblemente en Situación de
Extravío o Ausencia ante la PGJDF, preferentemente a la Agencia 59; y con la Dirección General de Derechos Humanos de
la SSPDF para su conocimiento, monitoreo y apoyo correspondiente;
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1.5. El Personal del PASE, establecerá comunicación vía telefónica con el DIF-DF a través del Módulo de Atención
Ciudadana para hacerle de conocimiento el caso.
2. DE LOS SERVICIOS ASISTENCIALES
2.1. El Personal del PASE detectará la necesidad de Servicios Asistenciales Básicos de la Niña, el Niño y la o el
Adolescente y se los proporcionará, respetando su derecho a la información, opinión y voluntad en función de su edad y
madurez, ponderando siempre su integridad psicofísica;
2.2. Durante el tiempo en que la Niña, el Niño y la o el Adolescente se encuentre con Personal del PASE, deberá
permanecer en un lugar visible y en todo momento acompañado, preferentemente por una o un profesional en Trabajo
Social;
2.3. Cuando la Niña, el Niño y la o el Adolescente requiera de atención médica de segundo o tercer nivel, se establecerá
contacto con el Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas (E.R.U.M.), para su atención inmediata y canalización
correspondiente.
3. DE LA PRESENTACIÓN ANTE LA PGJDF
3.1. Una vez que se agotó el procedimiento descrito en los puntos que anteceden, el Personal del PASE, preferentemente
con acompañamiento de una o un profesional en Trabajo Social, procederá a realizar la presentación de la Niña, el Niño y la
o el Adolescente presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia ante la Agencia del Ministerio Público No. 59, o de
manera excepcional a cualquier Coordinación Territorial de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal
y deberán estar plenamente identificados con su uniforme y credencial institucional, para iniciar la averiguación previa
correspondiente;
3.2. El traslado para la presentación se realizará por Personal del PASE en unidades pertenecientes a la DGIASIS,
identificadas con sus emblemas correspondientes;
3.3. Para efectuar el traslado y la presentación de la Niña, el Niño y la o el Adolescente, se solicitará el acompañamiento de
la SSPDF, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.4.;
3.4. El Personal del PASE entregará al agente del Ministerio Público al momento de la presentación, copia del formato de
Registro de Información de la Niña, el Niño y la o el Adolescente presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia,
debidamente requisitado. Además, solicitará copia del acta del inicio de la averiguación previa, con la finalidad de integrarla
al Expediente de la DGIASIS;
3.5. El Personal del PASE deberá coadyuvar en todo momento con la investigación que realice la PGJDF;
3.6. Una vez realizada la presentación de la Niña, el Niño y la o el Adolescente presumiblemente en Situación de Extravío o
Ausencia ante la PGJDF, el Personal del PASE entregará a la DGIASIS y a la Subdirección de Normatividad y Apoyo
Jurídico, el Expediente físico y electrónico conformado, para que por su conducto se envíe a su resguardo.
Todos aquellos supuestos no descritos en el presente Protocolo y que pudiesen presentarse en la operación cotidiana de los
Programas y Actividades, quedarán sujetos a la resolución directa de la DGIASIS, de conformidad con la normatividad
vigente y aplicable.
III. CAPACITACIÓN
I. El Personal de la DGIASIS será capacitado al menos una vez al año en materia de derechos humanos, perspectiva de
género, no discriminación, sensibilización y protección integral de los derechos de la niñez. La capacitación será gestionada
ante instancias públicas, privadas y sociales con la finalidad de fortalecer la atención proporcionada a Niñas, Niños y
Adolescentes presumiblemente en Situación de Extravío o Ausencia.
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TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- El presente Protocolo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación.
Ciudad de México, 19 de agosto de 2015
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL
DEL DISTRITO FEDERAL
(Firma)
MTRO. JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ
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SECRETARÍA DE SALUD
DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, Secretario de Salud, con fundamento en el artículo 29 fracción XIX, 16 fracción IV de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 24 fracción XX de la Ley de Salud del Distrito Federal, 11 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 26 fracciones V y VIII y 67 fracciones VI, XIV y XXI del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal emito el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS TÉCNICAS DE ENFERMERÍA EN PEDIATRÍA
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN
2. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN
3. OBJETIVO DEL DOCUMENTO
4. TÉCNICAS DE ENFERMERÍA
4.1 Ingreso del Derechohabiente o Usuario.
4.2 Valoración de Signos Vitales.
4.3 Somatometría.
4.4 Baño de Esponja.
4.5 Baño de Artesa.
4.6 Baño de Regadera.
4.7 Cuidados Pos-Mortem.
4.8 Manejo de Hemoderivados.
4.9 Precauciones de Aislamiento.
4.10 Oxigenoterapia.
4.11 Fisioterapia Pulmonar.
4.12 Instalación de Venoclisis.
4.13 Curación de Catéter.
4.14 Nutrición Parenteral Total (NPT) (Hiperalimentación).
4.15 Administración de Medicamentos.
4.16 Métodos de Sujeción.
4.17 Instalación de Sonda Nasogástrica u Orogástrica.
4.18 Instalación de Sonda Foley.
4.19 Alimentación Forzada.
4.20 Alimentación por Gastroclisis.
4.21 Enema Evacuante.
4.22 Obtención de Muestras de Orina y Materia Fecal.
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4.23 Aplicación de Calor como Agente Terapéutico.
4.24 Aplicación de Frío como Agente Terapéutico.
4.25 Colaboración en la Intubación Endotraqueal.
4.26 Traslado Hospitalario del Derechohabiente o Usuario en Estado Crítico.
4.27 Reanimación Cardio-Cerebro-Pulmonar (RCCP).
4.28 Cuidados del Derechohabiente o Usuario con Traqueostomía.
4.29 Colaboración en Punción Lumbar.
4.30 Atención del Niño Quemado.
4.31 Cuidado al Niño con Aparato de Yeso.
4.32 Colocación de Vendajes.
4.33 Vigilancia del Estado Neuro Vascular Distal.
4.34 Egreso del Derechohabiente o Usuario.
4.35 Atención de Enfermería al Derechohabiente o Usuario en Estado Terminal.
5. ANEXOS
5.1 Glosario de Términos.
6. BIBLIOGRAFÍA
1. INTRODUCCIÓN
La Secretaría de Salud del Distrito Federal, institución encargada de la prestación de servicios de atención médica a la población abierta
del Distrito Federal, en apego a las políticas de modernización técnico-administrativas dictadas por el Gobierno del Distrito Federal y el
sistema de servicios de salud, ha puesto en operación en la presente administración la estrategia de actualización de los lineamientos de
organización, de procedimientos y técnicas, que guían el desarrollo de las funciones, actividades y acciones del personal y autoridades,
tanto de las unidades hospitalarias como de las unidades administrativas y técnico-operativas, que redundan en una prestación de servicios
de atención médica oportuna y de calidad a la población demandante.
El presente documento está dirigido al personal de enfermería en todos los niveles jerárquicos, principalmente a las unidades pediátricas;
se deberá instrumentar su difusión, conocimiento e implementación, con el fin de unificar criterios de acción que garanticen la calidad de
la atención que se brinda al derechohabiente o usuario. Consta de los siguientes capítulos: introducción, marco jurídico de actuación,
objetivo, técnicas, anexos y bibliografía.
Finalmente, es necesario comentar que este documento, debe estar sujeto a procesos periódicos de actualización, con el objetivo de
mantenerlo vigente.
El presente documento se elabora con fundamento en las atribuciones de la Dirección General de Planeación y Coordinación Sectorial
establecidas en el artículo 67 Fracciones VI y XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito y en las funciones de
la Dirección de Coordinación y Desarrollo Sectorial descritas en el Manual Administrativo de la Secretaría de Salud.
2. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN
Los principales ordenamientos jurídico-administrativos en que se sustentan las Técnicas de Enfermería en el Servicio de Pediatría son:
CONSTITUCIÓN
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 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05 de febrero de 1917,
última reforma 10 de julio de 2015.
ESTATUTO
 Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de julio de 1994, última reforma 27 de
junio de 2014.
LEYES
 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de
1982, última reforma 24 de diciembre de 2013.

Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 07 de febrero de 1984, última reforma 04 de junio de 2015.
 Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre
de 1998, última reforma 29 de enero de 2015.
 Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero de
2000, última reforma 02 de mayo de 2014.
 Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las Personas Residentes en el Distrito
Federal que Carecen de Seguridad Social Laboral, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de mayo de 2006.
 Ley de Salud del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de septiembre de 2009, última reforma 23
de marzo de 2015.
 Ley de Atención Integral para el Desarrollo de las Niñas y los Niños en Primera Infancia en el Distrito Federal, publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 30 de abril de 2013.
REGLAMENTOS
 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 14 de mayo de 1986, última reforma 24 de marzo de 2014.
 Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de
diciembre de 2000, última reforma 19 de noviembre de 2014.
 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
05 de abril de 2004, última reforma 17 de diciembre de 2014.
 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las Personas
Residentes en el Distrito Federal que Carecen de Seguridad Social Laboral, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 04 de
diciembre de 2006.

Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 07 de julio de 2011.
DOCUMENTOS NORMATIVO-ADMINISTRATIVOS
 Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002. Protección Ambiental - Salud Ambiental - Residuos Peligrosos
Biológico - Infecciosos - Clasificación y Especificaciones de Manejo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero de
2003.
 Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005. Para la Vigilancia Epidemiológica, Prevención y Control de las Infecciones
Nosocomiales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de noviembre de 2009.
 Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012. Del Expediente Clínico, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de
octubre de 2012.
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 Norma Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012. Para la Disposición de Sangre Humana y sus Componentes con Fines Terapéuticos,
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de octubre de 2012.
 Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-2012. Para la Vigilancia Epidemiológica, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 19 de febrero de 2013.
3. OBJETIVO DEL DOCUMENTO
Unificar las técnicas de enfermería más comunes para la atención del derechohabiente o usuario pediátrico en las diferentes unidades
hospitalarias, con el propósito de facilitar el desempeño de las actividades del profesional de enfermería y otorgar una atención con bases
científicas de forma oportuna y humanitaria a la población demandante.
4. TÉCNICAS DE ENFERMERÍA
4.1 Ingreso del Derechohabiente o Usuario
Concepto:
Es el conjunto de actividades técnico-administrativas que se realizan para admitir al derechohabiente o usuario en una unidad hospitalaria
y la derivación de éste, a los diferentes servicios para su observación, diagnóstico y tratamiento.
Los tipos de ingreso del derechohabiente o usuario obedecen a la presencia de problemas graves o severos de salud y pueden ser
programados o de urgencias.
 Ingreso Programado: Cuando el derechohabiente o usuario requiere de atención médica previa, valoración y seguimiento de su
padecimiento.
 Ingreso de Urgencias: Cuando el derechohabiente o usuario necesita la atención médica inmediata a su padecimiento que pone en
peligro su vida, haya tenido o no un control previo.
Objetivos:

Proporcionar atención oportuna, eficiente y de calidad al derechohabiente o usuario pediátrico de acuerdo con sus necesidades.

Facilitar la adaptación del niño y de sus padres al ambiente hospitalario.

Efectuar la valoración inicial de enfermería.

Conservar la individualidad del derechohabiente o usuario durante su estancia y tratamiento específico.
 Integrar al derechohabiente o usuario pediátrico a una unidad hospitalaria a través de un proceso administrativo que permita la
identificación y control de su atención.
Principios:

Una situación desconocida provoca ansiedad, miedo y temor.

El proceso administrativo y el proceso enfermero permite la asistencia individual y sistematizada dentro de la unidad hospitalaria.
Material y Equipo:

Libreta de ingresos y egresos.

Hoja de movimiento diario de derechohabiente o usuarios.

Hoja de registros clínicos de enfermería.

Hoja de control de líquidos.

Pulsera o brazalete de identificación.
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
Formato de identificación para la cama o cuna.

Hoja de dietas.

Hoja de estado de salud.

Equipo para toma de signos vitales.

Equipo para toma de peso, talla y perímetros.

Equipo para toma de exámenes de laboratorio.

Batas y pijamas hospitalarias.

Porta expediente.
21
Técnica:

Asigna al recibir el aviso de internamiento, una cama o cuna de acuerdo a la edad, estado de salud y organización del servicio.

Recibe al derechohabiente o usuario y al familiar y se presenta con cortesía y respeto.

Recibe del personal de admisión o de enfermería el expediente clínico, verificando que esté completo y en orden.

Firma de recibido en la libreta de admisión o del servicio de referencia.

Traslada al derechohabiente o usuario a su cama o cuna.

Cambia al derechohabiente o usuario su ropa de calle por la ropa hospitalaria.

Entrega la ropa, pertenencias y valores a los familiares o al servicio de admisión.

Verifica que los datos de la pulsera de identificación concuerden con el expediente clínico.

Revisa las condiciones y el estado general del derechohabiente o usuario.

Realiza la papelería correspondiente para el manejo del derechohabiente o usuario.

Comunica al médico del ingreso del derechohabiente o usuario del estado de salud del mismo.

Auxilia al médico en la exploración del derechohabiente o usuario.

Revisa indicaciones médicas.
 Comunica al servicio de Dietología del ingreso del derechohabiente o usuario por medio de la solicitud de dietas y registra el tipo de
dieta indicada.

Realiza los registros de enfermería correspondientes.
Ingreso No Programado o de Urgencias:

Recibe al derechohabiente o usuario en el servicio de urgencias y le asigna cama, cuna o camilla.

Proporciona y hace cambio de la ropa de calle a bata o camisón clínico.

Toma signos vitales y realiza toma de peso, talla y perímetros.

Inicia registros de enfermería.

Auxilia al médico en los procedimientos que le realice al derechohabiente o usuario.
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
Entrega al familiar la ropa y pertenencias del derechohabiente o usuario.

Indica al familiar los trámites que continúan para la realización del ingreso.

Cumple con las indicaciones médicas de inmediato.
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Medidas de Control y Seguridad:

Verifica los datos del derechohabiente o usuario (edad, sexo, identidad).

Verifica el diagnóstico de ingreso.

Orienta al familiar sobre las normas de la unidad.
 El manejo del derechohabiente o usuario pediátrico inconsciente o politraumatizado, debe realizarse con el cuidado específico
preestablecido.

Verificar al ingreso del derechohabiente o usuario si es un caso médico legal.
4.2 Valoración de Signos Vitales.
Concepto:
Son las acciones que realiza el personal de enfermería para medir las funciones vitales (temperatura, respiración, pulso y tensión arterial)
y que muestran el estado fisiológico del organismo.
a) Valoración de la Temperatura:
Concepto:
Procedimiento que se realiza para medir el grado de calor del organismo humano, en las cavidades bucal o rectal, o en regiones axilar o
inguinal.
Objetivos:

Conocer la temperatura corporal del derechohabiente o usuario en grados centígrados.

Valorar el estado de salud o enfermedad.
Principios:

El mercurio del termómetro se dilata cuando se calienta.

La temperatura axilar es de 0.2 a 0.3 grados centígrados más baja que la oral.

La piel es un órgano termorregulador y termorreceptor.
Material y Equipo:

Mesa Pasteur.

Charola.

Termómetros en número y tipo según necesidades.

Portatermómetros con solución antiséptica.

Recipiente con torundas secas.

Lubricantes (en caso de realizar toma de temperatura rectal).
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
Reloj con segundero o cronómetro.

Hoja de registro de enfermería.
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Medición de Temperatura Oral (Niños Mayores de 6 Años):
Técnica:

Se lava las manos.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Confirma que el niño no haya ingerido alimentos o practicado algún ejercicio en los últimos 30 minutos.

Explica al niño sobre el procedimiento y lo coloca en decúbito o posición sedente.
 Verifica que el mercurio se encuentre por debajo de 34 ºC de la escala termométrica; en caso contrario, desciende la columna de
mercurio mediante un sacudimiento ligero.
 Coloca el bulbo del termómetro debajo de la lengua del derechohabiente o usuario, y le indica que mantenga cerrados los labios y lo
deja 3 minutos, luego retira el termómetro de la cavidad bucal.

Efectúa la lectura del termómetro y la registra.

Lava el termómetro con jabón líquido, aclara con agua y con torundas secas y lo limpia del cuerpo al bulbo.

Sacude el termómetro para bajar la escala de mercurio y lo coloca en un recipiente con solución antiséptica.

Cambia la solución antiséptica cada 24 horas.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario.

Valora la medición de la temperatura obtenida.
Medición de Temperatura Axilar (niños menores de 6 años):
Técnica:

Se lava las manos.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Explica al derechohabiente o usuario sobre el procedimiento y lo coloca en decúbito o posición sedente.
 Verifica que el mercurio se encuentre por debajo de 34 ºC de la escala termométrica; en caso contrario, desciende la columna de
mercurio mediante un sacudimiento ligero.

Coloca el termómetro en la línea media axilar del derechohabiente o usuario.

Coloca el brazo y antebrazo del derechohabiente o usuario sobre el tórax, a fin de mantener el termómetro en su lugar.

Deja el termómetro de 3 a 5 minutos en la axila y lo retira.

Realiza la lectura del termómetro y la registra.

Lava el termómetro con jabón liquido y aclara con agua corriente.

Limpia el termómetro con torundas secas del cuerpo al bulbo con movimientos rotatorios.

Sacude el termómetro para bajar la escala de mercurio y lo coloca en recipientes con solución antiséptica.
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
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Valora la medición de temperatura obtenida y realiza las anotaciones correspondientes.
Medición de la Temperatura Rectal:
Técnica:

Se lava las manos.
 Comunica, si la edad y las condiciones del derechohabiente o usuario lo permiten, con palabras sencillas la razón de las maniobras y
el procedimiento.

Coloca al derechohabiente o usuario en posición de Sims.

Lubrica el bulbo del termómetro, en una superficie de 3 cm aproximadamente.
 Separa los glúteos de tal forma que permita visualizar el esfínter anal, para introducir el termómetro de acuerdo a la edad del
derechohabiente o usuario.

Sostiene el termómetro en recto durante dos o tres minutos y lo retira de la cavidad rectal.

Realiza la lectura del termómetro y la registra en la hoja de enfermería correspondiente.

Lava el termómetro con jabón liquido y aclara con agua corriente.

Limpia el termómetro con torundas secas del cuerpo al bulbo con movimientos rotatorios.

Sacude el termómetro para bajar la escala de mercurio y lo coloca en un recipiente con solución antiséptica.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario y arregla el equipo para nuevo uso.

Valora la medición de temperatura obtenida.
b) Valoración de la Respiración:
Concepto:
Es el procedimiento que se realiza para valorar el estado respiratorio del organismo mediante el cual se inspira oxígeno y elimina bióxido
de carbono, agua y otros productos de oxidación.
Objetivos:

Valorar el estado de salud o enfermedad.

Ayudar a establecer un diagnóstico de salud.
Principios:

La respiración pulmonar comprende dos movimientos o fases: inspiración y espiración.

La respiración involuntaria es controlada por el bulbo raquídeo.

La respiración voluntaria es fácilmente controlada por el individuo.
Material y Equipo:

Reloj con segundero.

Hoja de registro de enfermería.

Pluma con tinta azul, roja o verde, de acuerdo al turno.
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Técnica:
 Coloca al derechohabiente o usuario en posición sedente o decúbito dorsal; de ser posible la respiración debe ser contada sin que éste
se percate de ello.
 Toma un brazo del derechohabiente o usuario y lo coloca en el tórax; pone un dedo en la muñeca de su mano como si se estuviera
tomando el pulso.

Observa los movimientos respiratorios y examina el tórax o el abdomen cuando se eleva y se deprime.

Cuenta las respiraciones durante un minuto y realiza las anotaciones en la hoja de enfermería.
c) Valoración del Pulso:
Concepto:
Es el latido rítmico que se produce por la expansión dinámica y la contracción de una arteria, a medida que la sangre penetra en su
interior, forzada por la contracción del ventrículo izquierdo del corazón.
Principios:
 El pulso se define como la expansión y contracción de las arterias, percibida por los dedos que palpan una arteria sobre un plano
resistente.

Es la sucesión de las pulsaciones arteriales, cuyo número en el derechohabiente o usuario pediátrico, varía según la edad.

El pulso determina la frecuencia y tipo de latidos del corazón.

La fuerza y la frecuencia del latido cardíaco están determinadas por la presencia de iones de calcio, sodio y potasio en la sangre.
Material y Equipo:

Reloj con segundero.

Hoja de registro de enfermería.

Pluma con tinta azul, roja o verde, de acuerdo al turno.
Técnica:
 Coloca al derechohabiente o usuario en posición de descanso (decúbito dorsal o sentado), con el brazo y la mano apoyados sobre un
plano firme.

Coloca los dedos índice y medio sobre la arteria elegida, ejerce una presión moderada para poder palpar el pulso.

Cuenta las pulsaciones durante un minuto, observa ritmo, tensión y frecuencia.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario.

Realiza las anotaciones en la hoja de enfermería.
d) Tensión Arterial:
Concepto:
Es la resistencia que ejercen las arterias en contra del flujo sanguíneo expulsado por el ventrículo izquierdo, y se mide generalmente en la
arteria humeral, radial y poplítea.
Objetivo:
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Detectar oportunamente en los signos vitales variaciones que permitan orientar las acciones diagnósticas del derechohabiente o usuario,
con el fin de lograr la pronta estabilidad y mejorar sus funciones vitales, que lo conduzcan a la recuperación de la salud.
Principios:

La frecuencia cardiaca se define como el número de latidos en la unidad de tiempo (1 minuto).

La tensión arterial es la energía de la contracción de las arterias, proporcional a la intensidad del flujo sanguíneo.

El mercurio es 13.5 veces más pesado que el agua.
Material y Equipo:

Estetoscopio.

Esfingomanómetro.

Hoja de registro de enfermería.

Pluma con tinta azul, roja o verde, de acuerdo al turno.
Técnica:

Prepara el equipo.

Traslada el equipo a la unidad del derechohabiente o usuario.

Comunica, si la edad y las condiciones del niño lo permiten, con palabras sencillas la razón de las maniobras y el procedimiento.
 Coloca al derechohabiente o usuario en posición cómoda (acostado o sentado) y le ayuda a colocar el brazo apoyado en la cama o
mesa en posición supina.
 Coloca el esfingomanómetro en una mesa cercana, el aparato en forma de caja debe colocarse de manera que la escala sea visible por
el personal de enfermería.
 Coloca el brazalete alrededor del brazo con el borde inferior 2.5 cm arriba de la articulación del brazo, a una altura que corresponda a
la del corazón, procurando que el contorno del brazo quede sin apretar.

Localiza el pulso humeral con los dedos índice y medio, coloca el estetoscopio.

Coloca el estetoscopio en posición de uso, con los conductos auditivos externos con las olivas hacia delante.
 Localiza la pulsación más fuerte, con las puntas de los dedos medio e índice, colocando el estetoscopio en este lugar, procurando que
éste no quede por debajo del brazalete, pero que toque la piel sin presionar. Sostiene la perilla de caucho con la mano contraria y cierra la
válvula del tornillo.
 Mantiene colocado el estetoscopio sobre a arteria. Realiza la acción de bombeo con la perilla e insufla rápidamente el brazalete hasta
que el mercurio se eleve de 20 a 30 mm de mercurio por arriba del nivel en que la pulsación de la arteria ya no se escuche.
 Afloja cuidadosamente el tornillo de la perilla y deja que el aire escape lentamente, escucha con atención el primer latido claro y
rítmico. Observa el nivel de la escala de mercurio y realiza la lectura. Esta cifra es la presión sistólica.

Abre completamente la válvula, dejando escapar todo el aire del brazalete y lo retira.

Retira el brazalete, lo dobla y guarda.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario.

Realiza las anotaciones de enfermería.
e) Frecuencia Cardiaca:
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Concepto:
Frecuencia del pulso calculada mediante el recuento del número de contracciones ventriculares por unidad de tiempo.
Técnica:

Coloca al derechohabiente o usuario en posición decúbito dorsal o sentado.
 Coloca el estetoscopio sobre el apex (debajo del pezón izquierdo o el quinto espacio intercostal izquierdo), al nivel de la línea media
clavícula.

Cuenta los latidos por minuto.

Retira el estetoscopio.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario.

Realiza las anotaciones de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:
 La temperatura rectal está contraindicada en derechohabiente o usuarios con lesiones de recto y ano, o si el derechohabiente o usuario
presenta diarrea o inconsistencia.

La temperatura oral no es recomendable en niños, ya que pueden morder el termómetro.

No busque el pulso con el dedo pulgar, pues tiene pulso propio.
 No tomar la respiración si el derechohabiente o usuario acaba de tomar sus alimentos, si realizo ejercicios o después de reacciones
emotivas.

El brazalete del esfingomanómetro se colocara directamente sobre la piel, no sobre la ropa.

El brazalete del esfignomanómetro será de acuerdo a la edad de derechohabiente o usuario ya que puede dar datos no verdaderos.

No tomar la presión más de 2 veces en el mismo lugar, pues obtendrá lectura errónea.

Hacer las mediciones con la frecuencia que requiera el estado del derechohabiente o usuario o la indicación médica.

Verifica que el equipo este completo y en buenas condiciones de exactitud y uso.

Evita tomar la temperatura en la boca cuando el derechohabiente o usuario no colabore ya que existe peligro de que se rompa.

El mercurio es un metal altamente tóxico.
4.3 Somatometría.
Concepto:

Es la parte de la antropología física que se ocupa de las medidas del cuerpo humano.

Son las acciones que se efectúan para obtener las proporciones y medidas de un niño: peso, talla y perímetros.
Objetivos:

Valorar el crecimiento del individuo.
 Obtener los valores de peso, talla, perímetro del derechohabiente o usuario pediátrico, para comparar los estándares establecidos y que
sirvan de apoyo en el diagnóstico y tratamiento médico.
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Material y Equipo:

Báscula pesa bebé o báscula con estadímetro.

Cinta métrica.

Toallas desechables o pañal.

Lápiz o pluma.

Registros de enfermería.
a) Peso:
Técnica:

Se lava las manos.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Llama al derechohabiente o usuario por su nombre y lo identifica.

Solicita que orine antes de pesarlo y le explica el propósito del procedimiento a realizar.
 Traslada al niño al lugar donde esta la báscula pesa bebé o con estadímetro, si las condiciones físicas del derechohabiente o usuario lo
permiten.

Nivela las básculas.

Cubre con una toalla de papel o pañal la superficie de la báscula que estará en contacto con el derechohabiente o usuario.
 Desviste al derechohabiente o usuario, en caso de que sea recién nacido y lo coloca sobre la báscula pesa bebé debidamente protegido,
con maniobras gentiles y sin riesgo para el lactante, protegiéndolo con la mano izquierda encima de su cuerpo sin tocarlo, con la mano
derecha equilibrando el peso.
 Asiste al derechohabiente o usuario cuando es ambulatorio para que suba a la báscula, lo coloca frente a la escala, sin zapatos (lo
vigila sin tocarlo mientras se toma el peso con exactitud).

Efectúa la lectura y registro del peso del derechohabiente o usuario.

Baja al derechohabiente o usuario de la báscula, lo ayuda a vestirse y lo deja cómodo en su unidad.

Informa al derechohabiente o usuario su peso.

Desecha la toalla de papel y da cuidado posteriores al equipo.
b) Talla:
Técnica:

Se lava las manos.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Llama al derechohabiente o usuario por su nombre y lo identifica.

Extiende sobre la mesa de exploración pediátrica una sábana de mayor tamaño.
 Instala al niño sobre el papel, en decúbito dorsal, marca el borde superior del cráneo, apoya una mano en las rodillas del niño y marca
el límite de los talones.
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
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Mide con la cinta métrica la distancia entre un punto y otro, efectúa la anotación.
 Utiliza el estadímetro de la báscula en el escolar y adolescente, coloca en posición erecta de espaldas y baja el marcador del
estadímetro hasta tocar el vértice cefálico.

Baja al derechohabiente o usuario de la báscula, lo ayuda a vestirse y lo deja cómodo en su unidad.

Informa al derechohabiente o usuario su peso.

Desecha la toalla de papel y da cuidados posteriores al equipo.
c) Perímetro Cefálico (Medición de la Circunferencia del Cráneo):
Técnica:

Se lava las manos.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Llama al derechohabiente o usuario por su nombre y lo identifica.

Levanta la cabeza del niño con una mano y desliza la cinta métrica con la otra, por debajo de la misma.

Coloca la cinta al nivel del occipucio y parte media de la frente, sin apretar.

Efectúa la lectura y la anota, retira la cinta.
d) Perímetro Torácico (Medición del Contorno Superior al Tórax):
Técnica:

Se lava las manos.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Llama al niño por su nombre y lo identifica.

Levanta la cabeza y el tórax del niño y desliza la cinta métrica por debajo de él.

Acuesta al niño en decúbito dorsal, le descubre el tórax y coloca la cinta métrica debajo de las axilas, al nivel de las tetillas.

Efectúa la lectura, la anota y retira la cinta.
e) Perímetro Abdominal:
Técnica:

Se lava las manos.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Llama al derechohabiente o usuario por su nombre y lo identifica.

Acuesta al derechohabiente o usuario en decúbito dorsal y descubre la región abdominal.
 Sostiene con una mano la espalda del niño y con la otra desliza la cinta métrica por debajo del derechohabiente o usuario y la coloca
sobre la cicatriz umbilical.

Efectúa la lectura y la anota.

En el recién nacido que aún tenga cordón umbilical, se toma en la parte superior del muñón.
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f) Perímetro de los Miembros Torácicos:
Técnica:

Se lava las manos.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Llama al derechohabiente o usuario por su nombre y lo identifica.

Coloca al derechohabiente o usuario en decúbito dorsal o sentado.

Deja que el brazo caiga libremente a lo largo del cuerpo.

Coloca la cinta métrica alrededor del brazo, a la mitad de la distancia entre al acromion y olécranon.

Efectúa la misma maniobra del olécranon a la región escápulo humeral de acuerdo con la indicación médica.

Lleva a cabo la lectura y la anota.
g) Perímetro de los Miembros Pélvicos:
Técnica:

Se lava las manos.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Llama al derechohabiente o usuario por su nombre y lo identifica.

Coloca al derechohabiente o usuario en decúbito dorsal.

Descubre miembros inferiores.

Coloca la cinta métrica alrededor del muslo, en la parte media; en la pierna, en el tercio superior.

Efectúa la lectura y la anota.
Medidas de Control y Seguridad:

De preferencia pese a los derechohabiente o usuarios a una misma hora, en ayunas y con el mismo tipo de ropa.

Realice cambios de toallas desechables a la báscula por cada derechohabiente o usuario para evitar infecciones cruzadas.

Verifique la exactitud de la báscula.

Nunca deje solo al niño durante estos procedimientos.
4.4 Baño de Esponja.
Concepto:
Son las actividades que se realizan para efectuar la limpieza general que se proporciona a un derechohabiente o usuario en su cama,
cuando no puede o no le está permitido bañarse en regadera o tina.
Objetivo:
Eliminar las secreciones de las glándulas sebáceas, la descamación de la piel, el sudor y la flora transitoria de la piel para proporcionar al
derechohabiente o usuario la higiene corporal adecuada.
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Principios:

La piel y mucosas son las primeras líneas de defensa contra agentes patógenos.

La limpieza corporal contribuye al bienestar del derechohabiente o usuario.

La edad es factor determinante en los cambios de la piel en cuanto a elasticidad, pigmentación e hidratación.

La acción química del jabón elimina la grasa.

La fricción favorece la vasodilatación periférica y el arrastre de flora transitoria.
Material y Equipo:

Mesa Pasteur.

Lavamanos.

Torundas e hisopos.

Jabón en pastilla.

Ropa para cama o cuna.

Tánico.

Esponja o toalla de fricción.

Apósito.

Peine.

Guantes.

Agua caliente (38 a 40° C).

Hule clínico.

Pijama o bata camisón.
Técnica:

Explica con palabras sencillas y de acuerdo a la edad del derechohabiente o usuario el procedimiento a realizar.

Acondiciona el medio ambiente.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad.

Evita corrientes de aire.

Afloja la ropa del niño y retira la que tiene según la región que se va a asear.

Coloca sobre el hule clínico una sábana y sobre ella al niño.

Coloca una sábana sobre el pecho del niño.

Toma 4 torundas y humedece 2.

Coloca en los espacios interdigitales de la mano izquierda, alterna una seca y una húmeda.
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 Asea con la torunda húmeda la piel del párpado distal, pasándola del ángulo interno al externo del ojo en una sola vez y la desecha;
con la torunda seca repita la maniobra. efectúe el mismo procedimiento en el otro ojo.

Limpia y seca la cara con un apósito y con movimientos suaves en forma de ocho.

Limpia la oreja con un hisopo.

Procede a lavar la cabeza sobre el lavamanos y la seca.

Descubre el brazo distal y la cara anterior del tórax, abarcando el cuello; lava, enjuaga, seca y lo cubre nuevamente.

Acomoda al derechohabiente o usuario en decúbito lateral.

Lava, enjuaga y seca el brazo proximal, la cara posterior del cuello y espalda.

Lubrica la piel ya aseada y la cubre.
 Descubre la pierna distal y cara anterior al abdomen, lava incluyendo la región inguinal sin tocar los genitales, enjuaga, seca y lo
cubre nuevamente.

Lava, enjuaga y seca la pierna proximal a los glúteos sin tocar la región anal.
 Toma 4 torundas, humedece 2 y las coloca de la manera antes mencionada, inicia la limpieza de los genitales femeninos abriendo los
labios mayores y pasa las torundas húmedas por un lado de arriba hacia abajo y las desecha. Seca del mismo modo y repita esta maniobra
en el lado contrario. En el varón baje el prepucio, limpie con la torunda húmeda de manera circular y seca posteriormente.

Lava suavemente la región anal con la toalla enjabonada, enjuaga y seca.

Lubrica la piel en donde sea necesario.

Procede a vestir al niño.

Corta las uñas si es necesario y lo peina.

Realiza cambio de ropa de cama o cuna.

Reinstala el equipo en su lugar y proporciona los cuidados posteriores a su uso.
4.5 Baño de Artesa.
Concepto:
Son las maniobras que efectúan para el aseo del cuerpo del derechohabiente o usuario con agua corriente en una artesa.
Objetivo:

Eliminar las secreciones de las glándulas sebáceas, la descamación de la piel, el sudor y el polvo.

Estimular la circulación y el ejercicio físico por medio del movimiento.

Proporcionar confort y bienestar al niño.

Crear hábitos higiénicos al niño.
Principios:

En la piel normal saludable se encuentran microorganismos que no son dañinos.

La piel es una barrera natural que protege a los tejidos subyacentes de lesiones físicas y de la invasión bacteriana.
Material y Equipo:
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
Torundas e hisopos.

Jabón de baño de pastilla.

Toalla de fricción.

Un contenedor con crema.

Peine.

Bolsa de papel para desechos.

Cortaúñas.

Tánico.

Ropa para el niño.
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Técnica:

Proporciona de acuerdo a la edad, información del procedimiento a realizar.

Traslada al niño y lleva consigo sus objetos personales.

Coloca al niño sobre el colchón de artesa.

Procede al aseo de cavidades, como está descrito en el baño de esponja y limpia la cara, con movimientos suaves en forma de ocho.

Acerca al derechohabiente o usuario al borde de la artesa, para lavar y secar la cabeza.

Desviste al niño y lo coloca al centro de la artesa, utiliza la sábana clínica como protector antiderrapante.

Enjabona y enjuaga al cuerpo del niño de cuello a los pies, teniendo cuidado de los pliegues naturales.
 Coloca la toalla sobre los hombros del niño o si es el caso, coloca al niño pequeño sobre la toalla que está en el colchón de la artesa y
procede a secarlo.

Lubrica la piel y lo viste.

Corta las uñas, si es necesario y lo peina.

Regresa al derechohabiente o usuario a su cama, le proporciona bienestar y seguridad.

Reinstala el equipo en su lugar y da los cuidados posteriores a su uso.
4.6 Baño de Regadera.
Concepto:
Es la limpieza general del cuerpo con jabón y agua corriente.
Objetivos:

Eliminar las secreciones de las glándulas sebáceas, la descamación de la piel, el sudor y el polvo.

Estimular la circulación y el ejercicio físico por medio del movimiento.

Proporcionar confort y bienestar al derechohabiente o usuario.

Crear hábitos higiénicos al niño y favorecer la apariencia exterior.
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Principios:

En la piel se encuentra flora residente y transitoria.

La piel es una barrera natural que protege a los tejidos subyacentes de lesiones físicas y de la invasión bacteriana.
Material y Equipo:

Jabón de baño de pastilla.

Toalla afelpada y esponja.

Pomadera con crema.

Peine.

Bata o pijama.

Ropa para el niño.

Sandalias de hule.

Silla o banco.

Tapete de caucho.
Técnica:

Explica el procedimiento al derechohabiente o usuario y lo lleva al cuarto de baño con sus objetos personales.

Acondiciona el medio ambiente y acomoda el equipo.

Abre las llaves del agua fría y caliente para regular el flujo y la temperatura al agrado del niño.

Ayuda al derechohabiente o usuario a desvestirse y a sentarse en la silla, en caso de que se requiera.

Permanece cerca del niño para prestar ayuda en caso necesario.

Ayuda al derechohabiente o usuario a vestirse cuando ha terminado de bañarse y lo traslada a su unidad correspondiente.
Medidas de Control y Seguridad:

Evitar las corrientes de aire y enfriamientos.

Verificar que no exista contraindicación médica para el baño.

Poner atención especial en el lavado de los pliegues.

Tomar la temperatura del niño antes y después del baño.

Notificar al médico la presencia de cualquier alteración que se observe.

Mantener el agua a la temperatura inicial durante el procedimiento.

Trasladar al niño con las precauciones necesarias.

Manejar con cuidado las venoclisis.

Lavar y desinfectar la artesa antes y después de cada baño.
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4.7 Cuidados Post-Mortem.
Concepto:
Es el conjunto de acciones que se proporcionan al cuerpo una vez que han cesado sus funciones vitales.
Objetivos:

Prepara el cadáver para su inhumación.

Evitar la salida de líquidos corporales y gases en descomposición.

Evitar la deformación de los rasgos fisonómicos.
Principio:
Una identificación correcta evita errores en la entrega del cadáver.
Material y Equipo:

Mesa Pasteur con:

Sábana grande.

Toallas o paños.

Vendas.

Apósitos.

Gasas.

Torundas.

Tela adhesiva.

Pinzas.

Guantes

Abatelenguas.

Cubrebocas.
Técnica:

Prepara el equipo en el cuarto de trabajo y elabora las etiquetas de identificación.

Aísla el cadáver con biombos.

Coloca el cubrebocas y guantes antes de iniciar el amortajamiento.

Retira apósitos, sondas, tubos de canalización y equipo que haya utilizado.

Retira la almohada, afloja la ropa de cama y quita la colcha, el cobertor y la sábana móvil.

Retira la ropa del cadáver, dejándolo cubierto con una sábana.
 Realiza una ligera presión en el hipogastro para favorecer la salida de líquidos contenidos en la vejiga e intestino; coloca tapones de
algodón en las cavidades, para evitar la salida de los líquidos y excreciones (orina, saliva, materia fecal, sangre, etc).
36
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
Cubre las incisiones o heridas con gasa o apósitos fijos con tela adhesiva o vendas.

Realiza el aseo parcial o total, según el estado de limpieza del cadáver.

Confirma la presencia de la identificación en el tórax y extremidades inferiores.
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 Cambia la sábana fija de la cama por la de amortajamiento, colocándola esquinada y a lo largo de la cama debajo del cadáver; centra
el cuerpo en extensión, con los brazos cruzado uno sobre otro.

Envuelve el cuerpo de la siguiente forma:

Pasa el extremo distal de la sábana por el tórax. Abdomen y extremidades inferiores.

Envuelve los pies con el extremo que quedo libre en la piecera.

Lleva el extremo proximal de la sábana en la misma forma que el distal y fija la sábana en el dorso, con tela adhesiva.

Fija la sábana en el cuello haciendo una especie de capuchón y cubre por último la cabeza.

Coloca etiquetas de identificación adicionales en tórax y pies, sobre la sábana.

Retira el equipo utilizado y hace anotaciones en la hoja de registro de enfermería.

Cubre el cuerpo con una sábana y llama al camillero para que lo traslade al servicio de Patología, con el expediente completo.

Realiza los registros en la libreta de ingresos y egresos y solicita la firma de la persona responsable del servicio de patología.

Retira el equipo y da los cuidados posteriores a su uso.
Medidas de Control y Seguridad:

Lavarse las manos cuantas veces sea necesario.

Uso de guantes durante todo el procedimiento.
4.8 Manejo de Hemoderivados.
Concepto:
Trasplante de tejido que se emplea como recursos terapéuticos para restituir la función del componente sanguíneo deficiente.
Objetivo;

Restablecer los componentes sanguíneos deficientes en forma oportuna y adecuada.

Restablecer la capacidad de transporte de oxígeno en la sangre.
Principios:
 Las células de los tejidos reciben, a través de la sangre, dotación constante de sustancias nutritivas y oxigenadas básicas para ejercer
sus funciones vitales.

El torrente circulatorio constituye un buen vehículo para el transporte y utilización de los componentes sanguíneos.
 La sangre transporta sustancias del exterior al interior de las células y viceversa por lo que el volumen y la presión de la sangre
circulante deben conservase dentro de ciertos límites para satisfacer las necesidades vitales de los sistemas.
Material y Equipo:

Guantes.
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
Cubrebocas.

Isodine.

Microporo.

Tela adhesiva.

Punzocat No. 16, 17, 18 y 19.

Unidad de sangre o hemoderivado.

Equipo de administración de sangre.

Bolsa de desechos.
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37
a) Técnica de Transfusión:

Confirma que se prescribió la transfusión.

Revisa que se ha realizado tipificación y pruebas cruzadas con la sangre del derechohabiente o usuario.

Verifica que el derechohabiente o usuario haya firmado una forma de autorización escrita de acuerdo con las reglas de la institución.
 Explica el procedimiento al derechohabiente o usuario de acuerdo a su edad. Lo instruye sobre los signos y síntomas de la reacción a
la transfusión.
 Toma la temperatura, pulso, respiración y presión arterial del niño para establecer una línea de base que permita comparar los signos
vitales durante y después de la transfusión.

Se lava las manos y utiliza guantes de acuerdo con las precauciones estándar.

Establece una línea de acceso venoso con un punzocat de acuerdo a la edad del niño.

Utiliza tubos especiales que contenga filtros sanguíneos.
Técnica:

Obtiene la sangre o los hemoderivados (las reglas de la institución pueden proporcionar sólo una unidad a la vez).
 Revisa las etiquetas con otra enfermera o médico para asegurar que el grupo y el factor Rh correspondan con el registro de
compatibilidad.

Revisa que el número y tipo en la etiqueta de sangre del donador y en el registro del derechohabiente o usuario sean correctos.
 Revisa la identificación del derechohabiente o usuario preguntándole su nombre y verificando la pulsera de identificación (de acuerdo
a la edad del niño).
 Revisa la sangre en busca de burbujas de aire, de cualquier color inusual o turbiedad (las burbujas de gas indican crecimiento
bacteriano, el color anormal o la turbiedad pueden ser un signo de hemólisis).

Asegura que la sangre se administre en un lapso no mayor de 2 hrs. después de retirarla del refrigerador.

Asegura el goteo de acuerdo al volumen y tiempo.

Observa con frecuencia al derechohabiente o usuario a lo largo de la transfusión.
 Vigila de cerca durante 15 a 30 min. para detectar signos de reacción. Vigila los signos vitales en intervalos regulares de acuerdo con
los lineamientos de la institución, compara los resultados con las mediciones de base. Incrementa la frecuencia de las mediciones de
acuerdo con la condición del derechohabiente o usuario.
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 Toma en cuenta que el tiempo de administración no puede exceder un periodo de más de 4 hrs. debido al riesgo de proliferación
bacteriana.
 Vigila signos de reacciones adversas: sobrecarga circulatoria, sepsis, reacciones febriles, reacciones alérgicas y reacción hemolítica
aguda.

Después del procedimiento:

Obtiene los signos vitales y los compara con las mediciones de base.

Desecha en forma adecuada el material utilizado.

Vigila a la persona en cuanto a la respuesta al tratamiento y la efectividad del mismo.

Realiza anotaciones correspondientes en la Hoja de Enfermería.
b) Técnica de Transfusión de Plaquetas o Plasma Fresco Congelado:

Confirma que la transfusión está indicada.

Verifica que el derechohabiente o usuario ha firmado una forma de autorización escrita de acuerdo con las reglas de la institución.

Explica el procedimiento al derechohabiente o usuario de acuerdo a su edad o al familiar.

Vigila los signos y síntomas de la reacción a la transfusión (prurito, eritema, edema, disnea, fiebre, escalofríos).
 Toma la temperatura, pulso, respiración y presión arterial del niño para establecer una línea de base que permita comparar los signos
vitales durante la transfusión.

Se lava las manos y utiliza guantes de acuerdo con la precauciones estándares.

Establece una línea de acceso venoso con un punzocat de acuerdo a la edad del niño.
 Utiliza tubos apropiados de acuerdo con los lineamientos de la institución (las plaquetas a menudo requieren tubos diferentes a los que
se utilizan para todos los hemoderivados).
Técnica:

Obtiene las plaquetas/plasma fresco congelado del banco de sangre (sólo después de iniciar la línea intravenosa).
 Revisa las etiquetas con otra enfermera o médico para asegurarse que el grupo ABO y el factor Rh correspondan con el registro de
compatibilidad (no suele ser necesario para las plaquetas; sólo en caso de que se indiquen plaqueta compatibles).

Revisa que el número y tipo en la etiqueta de sangre del donador y el registro del derechohabiente o usuario sean correcto.

Revisa la identificación del derechohabiente o usuario preguntándole su nombre y verificando la pulsera de identificación.
 Revisa el producto sanguíneo para detectar cualquier color inusual o grumos (un color rojo excesivo indica contaminación con mayor
cantidades de eritrocitos).

Asegura que las plaquetas/plasma fresco congelado se administren inmediatamente después de obtenerlos.

Mediante técnica aséptica, una el tubo de infusión sanguínea con la unidad de componente sanguíneo.

Transfunda de acuerdo al volumen y hora establecida.

Observa al derechohabiente o usuario para detectar efectos adversos, lo que incluye sobrecarga circulatoria.
 Observa de cerca al derechohabiente o usuario a lo largo de todo el procedimiento para detectar cualquier signo de reacción adversa,
lo que incluye inquietud, eritema, náusea, vómito, dolor en el torso o la espalda, disnea, enrojecimiento, hematuria, fiebre o escalofríos, en
caso de que se presente una reacción adversa, detener la infusión de inmediato.
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 Vigila los signos vitales antes, durante y al final de la transfusión de acuerdo con los lineamientos de la institución y compara los
resultados con las mediciones de base.

Realiza las anotaciones correspondientes en la hoja de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Tiempo de transfusión máximo de 4 hrs.

Utiliza el filtro específico para transfusión.

Se deben realizar pruebas de compatibilidad o grupo y Rh.
 No calentar, no administrar con medicamentos ni soluciones que contengan glucosa o lactato de ringer, sólo en caso urgente a
excepción de la solución salina isotónica al 0.9%.

No presionar con el brazalete del esfignomanómetro en donde se está realizando la transfusión.

No colocar el producto sobre un aparato caliente ni a la luz directa del sol.
 Realizar la transfusión inmediatamente durante los primeros 15 minutos a goteo lento posteriormente regular el goteo según
indicaciones médicas.

Suspender inmediatamente ante alguna reacción transfusional y regresar el paquete al banco de sangre.

Dejar constancia en la Hoja de Enfermería.

Debe existir en el expediente la Hoja de Consentimiento Informado firmado por el derechohabiente o usuario o familiar.
 Cuando recibe la unidad a transfundir, verifica que el componente sanguíneo la etiqueta de la bolsa y cuente con fecha de extracción,
caducidad, nombre del donador, número de unidad, tipo de anticoagulante, volumen, tipo de producto, grupo sanguíneo ABO y RHO y
que no presente datos de hemólisis, coágulos u otros.
Concentrado Plaquetario:

Los concentrados plaquetarios (CP) pueden obtenerse de sangre total o por aféresis.

Su vigencia es de 72 hrs.

Mantenga el producto en agitación continua y suave para favorecer el intercambio gaseoso y evitar que se aglutinen las plaquetas.

El tiempo de transfusión es a goteo rápido o de acuerdo a la necesidad del derechohabiente o usuario.
4.9 Precauciones de Aislamiento.
Concepto:
Las precauciones de aislamiento son medidas diseñadas para prevenir la propagación de las infecciones o de los microorganismos
potencialmente infecciosos para la salud del derechohabiente o usuario y del personal.
Objetivos:
 Disminuir el riesgo de transmisión y propagación de microorganismos en el hospital y aplicar medidas preventivas de control de
infecciones nosocomiales.

Proteger al trabajador sanitario de los microorganismos albergados en el derechohabiente o usuario.
Principios:

Todos los derechohabientes o usuarios se consideran colonizados, y pueden ser portadores sin presentar signos y síntomas.
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
Las corrientes de aire favorecen la transmisión de microorganismos patógenos.

La humedad y la suciedad favorecen el desarrollo de la vida microbiana.

Las precauciones apropiadas reducen el riesgo de transmisión de microorganismos al derechohabiente o usuario y de éste a otros.
Material y Equipo:

Tripié.

Batas.

Cubrebocas.

Guantes.

Jabón o solución antiséptica.

Cepillo quirúrgico.

Toallas desechables.

Máscara facial.

Bolsa de polietileno.

Agua corriente.

Jabonera.
Precauciones Estándar:
Lavado de Manos:
Técnica:

Se lleva a cabo antes de entrar al servicio y después de tocar a cada derechohabiente o usuario.

Se despoja de alhajas.

Mantiene las uñas de las manos cortas y sin esmalte.

Ubica la fuente de agua.

Abre la llave (debe permanecer abierta).

Toma jabón en pastilla o líquido.

Moja las manos y realiza abundante espuma.

Enjuaga la pastilla y coloca en la jabonera.

Fricciona circularmente ambas palmas en 10 movimientos.

Fricciona el dorso de la mano izquierda con la palma derecha en 10 movimientos.

Fricciona el dorso de mano derecha con palma izquierda en 10 movimientos.

Frota los espacios interdigitales en 10 movimientos.
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
Frota el pulgar derecho en forma rotatoria en 10 movimientos.

Frota las uñas de la mano derecha con movimientos circulares sobre la palma de mano izquierda en 10 movimientos.

Frota las uñas de la mano izquierda con movimientos circulares sobre la palma de mano derecha en 10 movimientos.

Frota la muñeca de mano izquierda y la derecha en 10 movimientos.

Enjuaga los residuos de jabón.

Seca con toallas desechable.

Cierra la llave con la misma toalla utilizada y desecha correctamente.
41
Uso de Guantes:
 Lava sus manos antes de calzarse los guantes. Utiliza guantes limpios no estériles, cuando toque secreciones, líquidos u objetos
contaminados.

Se calza guantes estériles antes de tocar membranas, mucosas o piel no intacta.

Se quita los guantes después de usarlos.

Se lava las manos después de quitarse los guantes.

Usa máscara, escudo facial y lentes durante los procedimientos o cuidados que puedan general salpicaduras en la cara.

Usa bata para protección, el interior de la bata debe mantenerse libre de contaminación. Se lava las manos antes de quitarse la bata.
Prevención de las Punciones con Aguja:

El cuidado externo es esencial en todas las situaciones en que se utilicen agujas, bisturí y objetos punzocortantes.
 No reencapuchar la tapa de agujas ya usadas; colóquelas en un recipiente especial la jeringa con aguja, gírela en sentido contrario a
las manecillas del reloj y deséchela en el dispositivo.
Precauciones basadas en la Transmisión:
Precauciones aéreas. Tarjetón azul:

Todas las personas que entren al cubículo deben lavarse las manos.

El derechohabiente o usuario debe estar en un cubículo con presión negativa.

Utiliza cubrebocas en todo momento cuando proporciona cuidados al derechohabiente o usuario.

Se lava las manos al salir de la habitación.

Mantiene la puerta cerrada del cubículo.

Usa guantes al manejo de secreciones.
Precauciones para Gotas. Tarjetón Verde:

Se lava las manos antes de entrar al cubículo.

Utiliza máscara facial, cubrebocas al proporcionar atención al derechohabiente o usuario.
Precaución por Contacto. Tarjetón Amarillo:
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 Se pone una bata para entrar a la habitación del derechohabiente o usuario, si existe la posibilidad de contacto con superficie u objetos
infectados.

Se lava las manos después de manejar al derechohabiente o usuario y salir de la sala.
Medidas de Control y Seguridad:

Niveles de precaución de aislamiento:

Primer Nivel. Precauciones estándar, diseñadas para la atención de todos los derechohabientes o usuarios en el hospital.
 Segundo Nivel. Precauciones basadas en la transmisión, diseñadas para atención de derechohabiente o usuarios con enfermedades
infecciosas sospechadas o conocidas, diseminadas por una de las siguientes vías: aérea, por gotas o contacto.
4.10 Oxigenoterapia.
Concepto:
Es la administración de oxígeno en concentraciones por arriba del 21% con fines terapéuticos.
Objetivo:
Corregir la hipoxia y disminuir el trabajo cardiorespiratorio y restaurar la tensión arterial de oxígeno.
Principio:
El oxígeno es un gas que para ser administrado debe humidificarse.
Material y Equipo:

Toma de oxígeno.

Puntas nasales.

Casco cefálico.

Mascarilla de Venturi.

Mascarilla sencilla.

Mascarilla de reinhalación.

Sin reinhalación

Mascarilla con nebulizador.

Micronebulizador.

Cánula endotraqueal.
Técnica:
a) Oxígeno en Incubadora:

Se lava las manos.

Posiciona para mantener las vías respiratorias permeables, aspirando secreciones si es necesario.

Asegura una fuente de oxígeno.

Conecta la guía para oxígeno a medidor de flujo y lo introduce a la incubadora.
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
Regula el flujo de oxígeno indicado.

Observa al derechohabiente o usuario reportando cualquier reacción.

Procede a realizar anotaciones correspondientes.
b) Oxígeno en Casco Cefálico:
Técnica:

Se lava las manos.

Posiciona para mantener las vías respiratorias permeables y aspira secreciones si es necesario.

Asegura una fuente de oxígeno.

Coloca el tubo a la fuente de oxígeno.

Coloca la campana cefálica adecuada al tamaño de la cabeza del niño y conecta la línea de oxígeno.

Regula el flujo de acuerdo a indicaciones.

Retira lo menos posible el casco del derechohabiente o usuario y procura no disminuir bruscamente el suministro de oxígeno.

Observa al niño de posibles reacciones adversas.
c) Oxígeno por Puntas Nasales o Mascarilla:
Técnica:

Se lava las manos.

Conserva permeables las vías respiratorias, aspirando secreciones si es necesario.

Asegura una fuente de oxígeno.

Introduce las puntas en los orificios nasales.

Fija las puntas a la cabeza del derechohabiente o usuario y/o conecta la mascarilla.

Conecta el tubo a la fuente de oxígeno regulando el flujo según lo indicado.

Brinda aseo diario a las narinas en cuanto dure la aplicación.

Observa reacciones adversas.
Medidas de Control y Seguridad:

No administrar oxígeno seco.

No aplicar oxígeno directamente a los ojos para prevenir retinopatías.

Evitar cambios bruscos en la concentración de oxígeno.

Asea cavidades.

Realiza anotaciones correspondientes.
4.11 Fisioterapia Pulmonar.
43
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Concepto:
Son procedimientos físicos destinados para evitar complicaciones pulmonares y mejorar la eficiencia de la ventilación en enfermedades
pulmonares agudas y crónicas.
Objetivos:

Evitar la acumulación y mejorar la movilización de las secreciones bronquiales.

Mejorar la eficiencia y distribución de la ventilación.
Principios:
 En el tracto respiratorio existen células productoras de moco que ante algún agente que irrite la mucosa bronquial se produce
hipersecreción, disminuyendo la ventilación.

En el bebé prematuro los músculos respiratorios son débiles porque su inervación es inmadura.
 Drenaje Postural. Consiste en el uso de diferentes posiciones que facilitan el transporte mucociliar de la porción periférica de los
pulmones hasta los bronquios mayores con la ayuda de la gravedad.
Objetivo:
Facilitar la eliminación de las secreciones y disminuir la obstrucción bronquial.
Material y Equipo:

Estetoscopio.

Almohada o cojín.

Pañuelos desechables.

Medicamentos (sólo en caso necesario).
Técnica:

Coloca al niño de acuerdo al lóbulo y segmento a percutir.

El drenaje se realiza de 3 a 4 veces al día y es más eficaz cuando sigue otra terapéutica respiratoria.

Realiza el procedimiento antes de la comida para minimizar la probabilidad de vómito o náuseas y bronco aspiración.

La duración del tratamiento depende de la enfermedad y del nivel de tolerancia del niño.

A los neonatos y lactantes se le puede colocar almohadas o en el regazo o en las piernas de la terapeuta.
a) Percusión y Vibración Torácica:
Concepto:
La percusión consiste en aplicar golpes suaves a la pared torácica sobre el segmento pulmonar que se pretende drenar, y la vibración es
dar compresión manual y movimiento a la pared torácica durante la espiración.
Objetivo:
Facilitar la eliminación de secreciones para promover una buena ventilación y minimizar la angustia.
Material y Equipo:

Vibrador.
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
Estetoscopio.

Compresa.

Riñón.
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Técnica:

Viste con camisa ligera al derechohabiente o usuario y lo coloca en posición de drenaje postural.
 Aplica golpes suaves a la pared torácica sobre el segmento pulmonar que se pretende drenar. Lo realiza con la mano ahuecada y en
forma rítmica.

Aplica la vibración sobre la pared torácica cuando el niño tiene una espiración profunda.

Ejecuta esta operación unas cinco veces en espiraciones sucesivas.
b) Ejercicios Respiratorios:
Concepto:
Son técnicas de respiración ideadas y ejecutadas con el fin de lograr una ventilación más eficaz, controlada y para disminuir el esfuerzo
respiratorio.
Objetivos:

El objetivo de la respiración diafragmática es emplear el diafragma en la respiración y fortalecerlo.
 El objetivo de la respiración con los labios fruncidos es adiestrar los músculos espiratorios para prolongar la espiración y aumentar la
presión en las vías respiratorias durante la misma.
Material y Equipo:

Estetoscopio.

Almohada.

Compresa.

Riñón.
Técnica:

Valora las condiciones físicas del niño en relación con su capacidad para participar en los ejercicios respiratorios.

Coloca en posición Fowler o en la postura que le permita realizar sus ejercicios.

Programa los ejercicios más frecuentes pero en periodos breves, en el caso de que el niño se encuentre debilitado.

De acuerdo a la edad, selecciona la técnica (popote, globos, etc.).

Verifica que se realice en forma adecuada el ciclo respiratorio (inspiración expiración).

Deja al derechohabiente o usuario en posición cómoda y de descanso.

Pide al niño que espire con los labios fruncidos al mismo tiempo que se contraen los músculos abdominales.

Presiona firmemente el abdomen hacia adentro y hacia arriba al espirar.
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 Repite durante 1 minuto y descansa 2 minutos, aplica varias veces al día hasta por 5 minutos (antes de los alimentos y a la hora de
acostarse).
Medidas de Control y Seguridad:
 Los neonatos o lactantes no deben ponerse en posición Trendelemburg, porque se incrementa la presión de la circulación sanguínea de
la cabeza, no tienen regulación autónoma de la circulación sanguínea de la cabeza.

La posición usada, la frecuencia y duración del tratamiento deben individualizarse.

El procedimiento debe hacerse sobre la caja torácica y debe resultar indoloro.

Deberá realizar el procedimiento antes de proporcionar los alimentos al niño.

No permita que los ejercicios se realicen en periodos prolongados, ya que esto puede aumentar el gasto respiratorio y la fatiga.
4.12 Instalación de Venoclisis.
Concepto:
Es la introducción de un catéter en una vena periférica para la infusión de líquidos al torrente sanguíneo.
Objetivos:

Administrar sustancias líquidas directamente en el torrente sanguíneo.

Restablecer y conservar el equilibrio hidroelectrolítico.

Administrar hemoderivados con objetivo terapéutico.
Principio:
El torrente circulatorio es un buen vehículo para el transporte de soluciones y/o medicamentos.
Material y Equipo:

Charola de mayo.

Torundas con alcohol.

Gasas.

Equipo de infusión intravenoso (microgotero y macrogotero).

Solución indicada por el médico.

Avión férula.

Tela adhesiva o microporo.

Porta suero o tripié.

Bolsa de desecho.

Catéter endovenoso (punzocat o jelco).

Ligadura.

Tijeras.

Membrete.
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
Sábana.

Solución benjuí.
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Técnica:

Identifica al derechohabiente o usuario y explica el procedimiento de acuerdo a la edad del derechohabiente o usuario.

Se lava las manos.

Prepara el equipo, corta las telas adhesivas en número y tamaño adecuado a la edad del niño.

Prepara la solución indicada y purga el equipo.

Retira la ropa de la extremidad donde se instalará la venoclisis.

Selecciona el sitio ya que esto aumenta la probabilidad de éxito de la punción y la preservación satisfactoria de la vena.

Inmoviliza al niño, si es necesario lo sujeta en forma de momia con una sábana, dejando libre la extremidad elegida.

Sostiene con firmeza la extremidad.

Busca la vena aplicando un torniquete por arriba del sitio a puncionar.

Realiza la antisepsia del sitio elegido.
 Introduce el catéter con el bisel hacia arriba con movimientos firmes, precisos y gentiles, con la presión necesaria para atravesar la
piel.

Al quedar colocado el catéter, el retorno sanguíneo nos indica que está permeable.

Retira el torniquete y aguja.

Conecta la solución al catéter venoso instalado y verifica su permeabilidad.

Fija el catéter con tela adhesiva y coloca férula si es necesario.

Membreta con fecha y hora de instalación.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario.

Regula el goteo.

Realiza anotaciones correspondientes en la hoja de registros clínicos.

Da cuidados posteriores al equipo.
Medidas de Control y Seguridad:

El equipo que se utilice durante el procedimiento debe estar estéril.

Verifica que la solución que se ministre al derechohabiente o usuario sea la indicada por el médico.

Verifica que el equipo de infusión no contenga burbujas de aire, antes de administrar la solución al derechohabiente o usuario.

Valora signos de infiltración.

Cambia de sitio la venoclisis en caso de flebitis y notifica al comité de infecciones intrahospitalarias.

Evita que el tubo y el catéter se doblen o se tapen.
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
Valora que la sujeción no impida la circulación.

No provoque el retorno venoso como prueba de permeabilidad, ya que esta maniobra favorece la auto contaminación.

Cambia el equipo de infusión cada 72 hrs. o antes en caso de sospecha de contaminación.

La asepsia es indispensable para prevenir infecciones.

El equipo de infusión debe de ser rotulado con la fecha, hora y nombre de la persona que lo instala.
 Evita que el equipo de infusión se llene de residuos hemáticos, ya que al desprenderse entra un émbolo al torrente sanguíneo pudiendo
ocasionar complicaciones en el derechohabiente o usuario.

La administración de múltiples medicamentos por infusión intravenosa se hará exclusivamente a través de llaves de tres vías.
4.13 Curación de Catéter.
Concepto:
Son los cuidados que se realizan en el sitio de la piel donde se ha insertado un catéter intravascular, para eliminar y prevenir las posibles
infecciones que pueden presentarse.
Objetivo:
Evitar el desarrollo y proliferación de microorganismos patógenos capaces de provocar infecciones.
Principios:

La humedad facilita la proliferación de bacterias.

La antisepsia es el uso de un germicida en piel o tejidos vivos con el propósito de inhibir o destruir microorganismos.
Material y Equipo:

Equipo de curación.

Aplicadores estériles.

Gasas chicas o medianas estériles.

Jabón.

Isodine.

Alcohol al 70%

Cubrebocas.

Guantes estériles.

Tijeras estériles.

Tela adhesiva microporo o parche transparente.

Agua estéril o solución fisiológica.

Tintura de benjuí.

Bolsa de desecho.
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49
Técnica:

Se lava las manos.

Prepara el material y el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Prepara físicamente al derechohabiente o usuario y le explica de acuerdo a su edad, el procedimiento.

Coloca el cubrebocas, cubriendo nariz y boca.

Retira la curación anterior.

Se lava nuevamente las manos.
 Observa algún cambio importante en la periferia de la punción como: coloración, aspecto de la piel, evidencia de sangrado o datos de
infección (secreción purulenta).

Abre el equipo de curación.

Se calza un guante en la mano diestra y con la otra se auxilia para tocar los objetos no estériles.

Humedece el aplicador con alcohol y realiza en 1 tiempo la asepsia del área.

Humedece el aplicador con isodine y realiza la asepsia del punto de inserción a la periferia en forma circular en tres tiempos.

Deja que el isodine actúe un minuto, y limpia el exceso de isodine con agua estéril y mantiene seco el sitio de la punción.

Aplica benjuí en la periferia del catéter.
 Coloca una gasa pequeña por debajo del sitio de inserción del catéter y otra por encima del sito de inserción, siguiendo el trayecto del
catéter.
 Coloca el parche adhesivo con la fecha de instalación del catéter y largo del mismo, así como la fecha de curación y nombre de quien
realizó la curación.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario.

Retira el equipo.
Medidas de Control y Seguridad:

Prepara el parche adhesivo antes del inicio de la curación.

El cambio de las soluciones antisépticas deberá ser cada 24 hrs.

Deberán esterilizarse cada 24 hrs. los frascos de las soluciones antisépticas antes de ponerles la solución.

Las curaciones deberán realizar cada 72 hrs. o cuando el parche adhesivo o el apósito se encuentre mojado o despegado.
 Los catéteres venosos centrales deberán ser rotulados con fecha, hora y nombre del médico y enfermera responsables de su instalación
y de la curación o antisepsia del sitio de inserción del catéter.
4.14 Nutrición Parenteral Total (NPT) (Hiperalimentación).
Concepto:
Es un procedimiento que consiste en ministrar a través de un catéter central todos los nutrientes en cantidades adecuadas para cubrir los
requerimientos diarios del derechohabiente o usuario para el funcionamiento metabólico normal.
Objetivos:
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 Proporcionar los nutrimentos necesarios que no pueden ser sintetizados por el organismo y que es indispensable cubrir para formar o
restablecer la masa corporal.
 Satisfacer los requerimientos nutricionales del derechohabiente o usuario las 24 horas del día, a través de un catéter central con la
mayor seguridad.

Mantener el tracto digestivo en reposo.
Principios:
 Todas las células del organismo necesitan una cantidad suficiente de nutrientes esenciales para desarrollar su función y conservar la
homeostasis.

La falta de nutrimento en la alimentación origina enfermedades y muerte.
 Los requerimientos de ciertos nutrientes pueden aumentar durante algunos procesos de enfermedad, cuando hay tensión emocional
necesidad o de una remodelación tisular extensa, por lo que es necesario suministrar por vía parenteral agua, aminoácidos, lípidos,
glucosa, electrolitos, minerales y vitaminas.
Material y Equipo:

Campana de flujo laminar.

Carro transporte con:

Soluciones antisépticas (isodine).

Compresas y gasas estériles.

Guantes y bata estériles.

Gorro y cubrebocas.

Budinera o riñón.

Bolsa para N.P.T. y/o equipo de volumen medido.

Jeringas desechables de 20, 5 y 3 ml.

Agujas hipodérmicas desechables.

Equipo de transferencia.

Tela adhesiva.

Soluciones parenterales.

Aminoácidos esenciales cristalinos.

Solución glucosada al 50 y 10 %.

Lípidos.

Solución fisiológica al 0.9%.

Agua inyectable.

Electrolitos: kcl, gluconato de calcio, sulfato de magnesio.

Concentrado de sodio, oligoelementos.
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

Multivitaminas.

Heparina.

Albúmina humana.
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Prescripción médica.
Técnica:
Preparación de la NPT:

Integra el equipo en el carro de transporte y lo lleva al área de aseo y preparación.

Limpia la superficie de la campana a excepción de la rejilla, con el lienzo húmedo en solución desinfectante.

Encienda la campana de flujo laminar 15 minutos antes de iniciar la preparación de las soluciones.

Procede al aseo de los frascos de nutrientes, soluciones parenterales y fármacos.

Coloca los materiales dentro de la campana de flujo laminar en el orden de utilización.

Efectúa el lavado quirúrgico de manos previa colocación de cubrebocas y gorro.

Se seca las manos con campo estéril, se coloca la bata y calza los guantes dentro de la campana.

Procede a hacer la mezcla de nutrimentos como se indica en la prescripción médica.

Conecta el metriset al frasco de NPT ya preparada y sella con gasa estéril y tela adhesiva la unión de ambos.
 Adhiere la etiqueta al frasco, anotando los componentes y total de la mezcla, la fecha, la hora de preparación, el periodo de
ministración, nombre de quién los prepara, así como el nombre del derechohabiente o usuario y número de cama.

Coloca la alimentación en una compresa estéril con el membreta de identificación.

Traslada los frascos al refrigerador y los mantiene a una temperatura de 4º a 10º C.

Recoge el equipo y proporciona los cuidados posteriores a su uso apaga la campana de flujo laminar.
Instalación o Recambio de NPT:

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Explica al enfermo, si su edad es suficiente par comprender, o a sus padres el procedimiento a realizar.

Se lava las manos, previa colocación de gorro y cubrebocas.

Cuelga el frasco de NPT y purga el aire del equipo sin contaminar el extremo distal.

Retira la fijación del catéter.

Coloca los guantes para realizar el cambio.

Realiza antisepsia del sitio de punción, del catéter y llave de tres vías.

Cubre el sitio de punción con gasa estéril y 2.5 centímetros de la periferia del catéter con microporo o parche transparente.

Verifica que no haya fuga.

Cubre la unión del catéter, llave de tres vías y equipo de nutrición parenteral, con gasa seca estéril.
52
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
Rotula con fecha y nombre de quién realizó la nutrición parenteral.

Regula el goteo de infusión de la nutrición parenteral.

Realiza las anotaciones correspondientes en la hoja de registro clínico.

Proporciona cuidados posteriores al equipo.
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Medidas de Control y Seguridad:

No introduzca un catéter en un sitio con la piel dañada, ni intente reinstalarlo en la misma vena de donde se haya salido.
 Observe la velocidad de goteo de cada 30 minutos a una hora, no intente recuperar el tiempo perdido pasando a mayor solución en
menor tiempo.

La suspensión repentina de la venoclisis podría causar hipoglucemia, por lo que se debe suspender gradualmente.

Observe siempre las reglas de asepsia y antisepsia durante el procedimiento.

No olvide sujetar al derechohabiente o usuario durante la instalación del catéter.

Nunca utilice catéter de silastic ni use fosfatos.

Observa el sitio de penetración del tubo para descubrir signos de infección.

Vigila el estado del derechohabiente o usuario con frecuencia.
 Vigila los niveles sanguíneos de glucosa y acetona cada 8 horas, usando tiras reactivas mediante estudio de laboratorio y en caso de
estar alterados comunica de inmediato al médico.

Absténgase de tomar muestras, ministrar sangre, plasma y medicamentos por el catéter por donde se está ministrando la N.P.T.

Envíe las muestras de sangre al laboratorio para conocer los niveles de potasio y sodio 2 veces a la semana.

Evite efectuar demasiadas pruebas de laboratorio sin justificación clínica.
 Observe si hay en el niño acceso de llanto vigoroso, puesto que esto modifica la presión venosa y altera la velocidad de la venoclisis
(bomba de infusión), en caso necesario avisa al médico.

Procure movilizar al niño lo menos posible.
4.15 Administración de Medicamentos.
Conceptos:

Procedimiento que consiste en administrar de una manera racional o segura fármacos al derechohabiente o usuario pediátrico.
 Es el médico quien indica la vía por la cual debe ser administrado un fármaco, sin embargo es importante que la enfermera conozca
bien las diferentes vías por las cuales pueden ser ministrados, en caso que la vía prescrita presente problemas y necesite adaptaciones.
 La vía de elección depende de varios factores, entre ellos están: el efecto que se busca, la velocidad de absorción que se desea, la
naturaleza del fármaco y la condición o estado del derechohabiente o usuario.
 Ministración oral: Fármacos en estado líquido o sólido que se administran por la boca a lactantes o niños. En caso de que no exista
presentación en suspensión, se triturarán las tabletas o comprimidos y se hará la dilución correspondiente.
 Ministración tópica: Fármacos en estado líquido (loción, linimentos), semisólidos (pomada, crema) o sólido (trocisco, supositorios),
para que se absorban a través de la piel o mucosa.

Ministración por inhalación: Fármacos en estado de vapor o gaseosos, para que se absorban por vía respiratoria.
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
Ministración parenteral: Fármacos en solución suspensión por inyección.

Intradérmica: inyección justo por debajo de la superficie de la piel.

Subcutánea: inyección en el tejido conectivo laxo bajo la piel cuando no es posible por vía bucal o cuando se desea un efecto más
lento que la vía intramuscular. Sitios frecuentes: región superior del brazo y muslo.
 Intramuscular: inyección en el tejido muscular cuando se desea una absorción más rápida de la que es posible por la inyección
subcutánea, o cuando el fármaco es irritante para el tejido cutáneo o nocivo para la vena, los sitios más frecuentes son la región ventral del
glúteo, músculo vasto extenso, región dorsal del glúteo y deltoides.

Intravenosa: ministración de fármacos al torrente sanguíneo canalizando una vena.
Objetivo:
Lograr la máxima eficacia y seguridad al administrar pequeñas dosis.
Principio:
Los fármacos no crean funciones nuevas, sólo las modifican.
Material y Equipo:
 De acuerdo a la vía de ministración: tarjeta de medicamentos que contiene nombre del niño, número de cama, dosis, vía de
ministración, hora y fecha (regla de oro o 5 correctas).

Charola con lo necesario de acuerdo a la vía de ministración (cuchara, vaso, mortero, gotero, jeringa, aguja).

Torundera.

Bolsa de desecho.

Gasas.

En caso de que el medicamento sea por vía intravenosa, se diluirá y se ministrará a través del equipo de venoclisis.
Técnica:

Se lava las manos antes del procedimiento.

Revisa cuidadosamente el medicamento prescrito antes de prepararlo (fecha de caducidad).

Verifica que sea el medicamento indicado en la tarjeta y la dosis exacta para reducir la posibilidad de errores en la ministración.
 Al preparar un medicamento ingerible es más exacta su dosificación al hacerlo con una jeringa, verificando el cálculo de la dosis o
con un gotero si puede asegurarse la dosis exacta.

Los medicamentos parenterales después de calcularse la dosis, se toma la cantidad indicada con la jeringa apropiada (1, 3, 5, 10 cm).
 Para la ministración de medicamentos intramusculares identifica la zona para la aplicación, la longitud de la aguja debe ser suficiente
al introducir el medicamento en la profundidad del tejido muscular.

En el lactante, sujeta la masa muscular del muslo a la mesa con firmeza y la fija con una mano mientras inyecta el medicamento con
la otra.

Sujeta al niño, limitando el movimiento para evitar que se desplace o contamine la aguja.

En el niño mayor restrinja la posición superior del tronco con el codo y antebrazo, mientras la mano sostiene el muslo use la otra
mano para inyectar el medicamento; si lo necesita solicite ayuda para inmovilizar al niño.
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 Anota todos los medicamentos que reciba el derechohabiente o usuario en los registros clínicos de enfermería: medicamento, fecha
hora y dosis.
 Anota toda reacción al medicamento, todo problema en relación con la ministración del fármaco y todas las dosis omitidas y el
motivo.
Medidas de Control y Seguridad:

Utiliza siempre los 5 correctos:
1. Derechohabiente o Usuario correcto.
2. Dosis correcta.
3. Vía correcta.
4. Hora correcta.
5. Medicamento correcto.

Conocer los medicamentos y sus efectos.

Conocer la nomenclatura y los símbolos más comunes.
 Después de la ministración de cualquier fármaco observar las reacciones del niño, si se obtienen los resultados deseados, sucesos
imprevistos, efectos secundarios y reacciones nocivas.

Si el niño vomita, observa el vómito para detectar la presencia del medicamento.
 Observa la piel del niño que recibe inyecciones repetidas, para descubrir signos de trastornos o inflamación a nivel tisular, anime al
niño a mover la extremidad y observa el grado de movilidad y malestar en la relación con el movimiento.

Conserva el fármaco en refrigeración si lo requiere.

Mantener protegido al medicamento de la luz si lo requiere.

Vigila al derechohabiente o usuario estrechamente si presenta signos de anafilaxia.

Realiza conversiones cuando así se requiere.

No diluir dos o más medicamentos en la misma jeringa.
 Recuerda que la función renal inicia hasta el mes de vida. El 30% de los prematuros con bajo peso no absorben adecuadamente el
sodio.
 Recuerda que el agua inyectable es una solución que posee osmolaridad por lo tanto no puede ser ministrada por vía IV ya que causa
hemólisis y posible reacción mortal.

Recuerde que los amiglucocidos son tóxicos, dañan el riñón y el oído, deben ministrarse lentamente y diluidos.

Diluir todo el medicamento que va a ser ministrado, de lo contrario causará flebitis química o daño vascular.

Ministrar los medicamentos en el tiempo indicado, ya que algunos liberan histamina durante el paso al torrente circulatorio.

Nunca ministrar dopamina por la vía en donde de administre bicarbonato.

A causa de la reducida masa corporal del neonato y lactante no suelen aplicarse inyecciones mayores de 1 ml.
 Cuando se utiliza la vía intramuscular, los medicamentos para ministración IV a menudo se dan como dosis de carga en la parte alta
de la tubería del equipo, asegurándose que estos medicamentos sean compatibles con la solución IV que también actúa para diluir el
medicamento.
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
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Si considera que la aguja se contaminó sustitúyala por otra.
 No ministre medicamentos que han cambiado de color, consistencia y olor, como tampoco de medicamentos de un frasco no rotulado
o aquel cuya etiqueta no es legible.

Tener cuidado de mezclar fármacos de medicamentos que cambien de color o se precipiten al mezclarlos.

Pasar las aminas y todo medicamento que se aforé por una vena de amplio calibre.
 Para casi todos los fármacos hay límite promedio de rectificación, la razón más obvia para ajustar la dosis en el derechohabiente o
usuario pediátrico es el tamaño, casi todas las dosis de medicamentos para esta población se administran en mcg/kg. peso o incluso para
algunos medicamentos se requiere calcular en metros cuadrados de superficie corporal.
4.16 Métodos de Sujeción.
Concepto:

Es la técnica que se utiliza para la limitación de los movimientos corporales del niño.

Existen las siguientes modalidades:

Sujetador de extremidades.

Inmovilización tipo momia (sábana clínica).

Chaleco.

Sujetador de muñeca y tobillos.
Objetivo:
Facilitar el examen físico, la ejecución del procedimiento específico y evita accidentes.
Principio:
Conservar la seguridad del niño facilita los procesos diagnósticos, así como el tratamiento prescrito en forma ininterrumpida.
Material y Equipo:

Chaleco.

Sujetadores.

Tela adhesiva.

Sábana clínica.

Gasas y apósitos.

Compresas o pañal.

Venda de gasa.
Técnica:
Sujetador de extremidades:

Coloca el miembro a sujetar sobre el sujetador.

Intercala las lengüetas sobre el miembro al nivel de la articulación.
56

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Sujeta las cintas laterales sobre la cuna asegurándose que no se zafen.
Inmovilización Tipo Momia (utilizado en lavado gástrico, examen de los ojos y de la garganta):

Coloca las sábanas bien extendidas sobre el colchón.

Coloca al niño de espalda sobre la sábana que debe quedar un poco más alta que los hombros.

Coloca un brazo del niño a su costado en posición anatómica.

Dobla la sábana sobre el cuerpo y deja el brazo envuelto, pasa la punta por debajo.

Coloca el otro brazo en posición anatómica y hace lo mismo que el brazo anterior.

Separa las esquinas del extremo inferior de la sábana para darle anchura y dobla hacia los hombros.
Sujetador con Chaleco:

Coloca el chaleco sujetador al derechohabiente o usuario.

Ata las cintas a la parte posterior.
 Amarra las cintas laterales al tambor de la cuna en la parte correspondiente comprobando que el derechohabiente o usuario quede
libre para efectuar movimientos moderados.
Sujetador de Muñeca y Tobillos:
Coloca el pañal o la gasa sobre la muñeca o tobillo del niño y asegura firme, pero no tan apretado para que no perjudique la circulación;
dobla el punto que queda sobre sí mismo hacia atrás, estirándolo sobre la mano del niño. El extremo largo del pañal o gasa y lo fija al
armazón de la cama.
Medias de Control y Seguridad:

Vigila constantemente el sitio de fijación para evitar cambios en la coloración y temperatura de la extremidad.

Inmoviliza al derechohabiente o usuario en caso necesario.

Conserva la alineación del cuerpo.
4.17 Instalación de Sonda Nasogástrica u Orogástrica.
Concepto:
Son las maniobras que se realizan para la instalación de una sonda a través de nariz o boca con fines diagnósticos o terapéuticos.
Objetivos:

Realizar un vaciamiento de contenido gástrico para la descompresión del tracto digestivo.
 Proporcionar alimentos y medicamentos cuando el derechohabiente o usuario tiene afecciones neurológicas que te impiden succionar
y deglutir.
Material y Equipo:

Sonda Levin del calibre indicado.

Lubricante hidrosoluble.

Gasas estériles.
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
Tela adhesiva o microporo.

Vaso con solución estéril.

Bolsa recolectora.

Guantes.
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Técnica:

Verifica la prescripción médica.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Orienta al derechohabiente o usuario de acuerdo a su edad y al familiar en su caso, la razón del procedimiento.

Se lava las manos.

Instala al derechohabiente o usuario en posición fowler o lo sujeta si es necesario.

Abre el equipo.

Se calza los guantes.

Mide la sonda de la punta de la nariz al lóbulo de la oreja y de éste al apéndice xifoide.

Lubrica la punta de la sonda para facilitar su paso por la nariz.

Humedece la sonda con solución estéril e hidrosoluble cuando la cavidad bucal del niño este muy reseca.

Verifica el estado del derechohabiente o usuario, si presenta sofocación, tos o cianosis extrae la sonda.

Reinstala después de estabilizar el estado del derechohabiente o usuario.

Fija la sonda, la deja cerrada o a derivación, dependiendo la indicación del médico.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario.

Retira el equipo.

Realiza las anotaciones correspondientes en la Hoja de Enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:
 La lubricación facilita la inserción de la sonda al reducir la fricción y aminora el traumatismo de las delicadas mucosas del tubo
gastrointestinal.

La hiperpnea, tos y cianosis, indican que la sonda se ha introducido en el aparato respiratorio.
4.18 Instalación de Sonda Foley.
Concepto:
Es la inserción de una sonda al área vesical mediante técnica estéril para obtener un drenaje urinario.
Objetivos:

Vaciar vejiga.

Obtener orina para análisis.
58
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
Medir diuresis.

Realizar procedimientos con fines de diagnóstico para detectar problemas urinarios.
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Material y Equipo:
 Sonda Foley de diferentes calibres de acuerdo con la edad del niño y en el caso de recién nacidos, se sustituye por la sonda de
alimentación.

Bolsa recolectora de orina.

Jalea lubricante.

Jabón líquido y solución fisiológica.

Gasas estériles.

Jeringas de 5 y 10 ml.

2 pares de guantes estériles.

Cubrebocas.

Equipo estéril de cateterismo vesical (riñón, pinza kelly, vaso de cristal o metálico y campo hendido).

Parches de fijación.
Técnica:

Traslada el material y el equipo al área del derechohabiente o usuario.

Explica al derechohabiente o usuario el procedimiento de acuerdo a su edad.

Coloca al derechohabiente o usuario en posición decúbito dorsal y en el caso de ser mujer en posición ginecológica.

Acomoda el material y el equipo, de tal forma que sea accesible para el desarrollo del procedimiento.

Se lava las manos con agua y jabón.

Se calza los guantes.

Realiza el aseo de los genitales externos dejándolos perfectamente limpios y secos.

Desecha los guantes de aseo y se calza unos nuevos.

Delimita el área de genitales con campo hendido, dejándolos libres.

Toma la sonda Foley con la mano derecha y lubrica la punta y primera parte de la misma.
 En el niño, con la mano izquierda, desliza el prepucio hacia abajo y suavemente introduce la sonda hasta que salga la orina; en la
mujer separa gentilmente los labios vaginales mayores y menores, encontrando el meato urinario.

Introduce un poco más la sonda para permitir que el globo se infle dentro de la vejiga.

Infla el globo con la cantidad adecuada de agua estéril y jala suavemente la sonda hasta que el globo se localice sobre el trígono.

Fija la sonda sobre el muslo del derechohabiente o usuario cuando sea niña y en niño fija dirigiendo el pene hacia el área púbica.

Conecta la sonda al circuito cerrado de orina.

Anota fecha y hora de instalación así como el número del calibre en la fijación de la sonda.
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
Retira el equipo y realiza los cuidados posteriores a su uso.

Realiza las anotaciones correspondientes en la hoja de registros clínicos de enfermería.
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Medidas de Control y Seguridad:

Pruebe el globo antes de introducir la sonda.

Si hay dificultad o imposibilidad de pasar la sonda, no insistir y comunicarlo al médico.

Evite el reflujo urinario no colocando la bolsa de drenaje por arriba del nivel de la vejiga.

Vacíe la bolsa de drenaje por lo menos cada 8 hrs.

Si la sonda queda a permanencia, se realizará el cambio de sonda cada 15 días ó 4 semanas y de acuerdo a indicación médica.

Proteja la piel del derechohabiente o usuario aplicando benjuí en el sitio de fijación.

Informa al médico de inmediato si existen anomalías en las características de la orina.

Respetar siempre la individualidad del derechohabiente o usuario aunque sea pediátrico.
4.19 Alimentación Forzada.
Concepto:
Son las maniobras que se realizan para que el organismo reciba los nutrientes necesarios a través de una sonda que pasa por las fosas
nasales o boca, hacia el estómago o yeyuno.
Objetivo:
Proporcionar los nutrientes necesarios para el niño cuyas condiciones físicas y biológicas impidan la succión y/o deglución de los
alimentos.
Principio:
La nutrición adecuada del niño es fundamental para la función celular.
Material y Equipo:

Sonda seleccionada de acuerdo con el tamaño del niño y la consistencia de la comida.

Fórmula.

Lubricantes hidrosolubles.

Tela adhesiva o microporo.

Guantes.

Equipo de alimentación (riñón y jeringa de 10 ó 20 ml.)

Solución estéril.
Técnica:

Verifica la prescripción médica.

Mide el perímetro abdominal.
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
Se lava las manos.

Prepara el equipo y lo lleva a la unidad del derechohabiente o usuario.

Explica al derechohabiente o usuario el procedimiento de acuerdo a su edad.

Abre el equipo de alimentación.

Coloca al niño en decúbito, con la cabeza hacia atrás (posición de olfateo) y si es necesario, lo sujeta.

Se lava las manos nuevamente.

Mide la sonda de la punta de la nariz al lóbulo de la oreja y de éste al apéndice xifoides.

Lubrica la punta de la sonda para facilitar su paso por la nariz o boca.

Cuando se introduce por la boca, la dirige a la pared posterior de la faringe.

Cuando se utiliza la nariz, deslice la sonda por la base de las fosas nasales y dirige hacia el occipucio.

Une el pivote de la jeringa a la sonda y verifica su colocación aspirando contenido gástrico.

Una vez verificada su colocación fija la sonda con tela adhesiva.
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 Vierte la fórmula en el cuerpo de la jeringa sostenida a 15 cm. por arriba del nivel del plano corporal del niño y fluye lentamente hacia
el estómago por gravedad.
 Termina de poner la formula e introduce una pequeña cantidad de agua estéril (suficiente para cubrir el trayecto de la sonda) para
lavar la sonda.

Retira la sonda con movimientos rápidos, previamente cerrada y en caso de que ya no sea necesaria.

Ocluye la sonda y retira el equipo en caso de que la sonda se deje a permanencia.

Coloca al niño sobre el costado derecho después de la alimentación.

Realiza las anotaciones correspondientes en la hoja de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:
 La lubricación facilita la inserción de la sonda al reducir la fricción y aminora el traumatismo de las delicadas mucosas del tubo
gastrointestinal.

La hiperpnea, tos y cianosis indican que las sondas se han introducido en el aparato respiratorio.

Mida el residuo gástrico antes de pasar la nueva alimentación, de tal manera que permite evaluar la capacidad de digestión del niño.
4.20 Alimentación por Gastroclisis.
Concepto:
En un procedimiento en el cual se instala una sonda, a través de las fosas nasales o boca, hacia el estómago y yeyuno.
Objetivo:
Administrar líquidos y nutrientes a derechohabiente o usuarios con trastornos o lesiones en el aparato digestivo.
Principio:
La deficiencia proteica y calórica produce pérdida de peso, debilidad, fatiga retardo en el crecimiento, disminución de la resistencia a las
infecciones y defectos en la cicatrización.
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Material y Equipo:

Sonda para alimentación de 5 a 8 french para recién nacidos y lactantes de 19 a 14 french para niños de mayor edad.

Frasco o bolsa para gastroclisis.

Macrogotero.

Equipo de alimentación, fórmula o dieta licuada.

Lubricantes hidrosolubles.

Cinta adhesiva tipo microporo.

Guantes estériles o desechables.
Técnica:

Verifica la prescripción médica.

Mide el perímetro abdominal.

Se lava las manos.

Prepara el equipo y lo lleva a la unidad del derechohabiente o usuario.

Explica al derechohabiente o usuario de acuerdo a la edad, la razón del procedimiento.

Coloca al derechohabiente o usuario en posición semifowler, sujetándolo si es necesario.

Se lava nuevamente las manos.

Abre el equipo estéril.

Se calza los guantes estériles.
 Mide la sonda de la punta de la nariz al lóbulo de la oreja y de ésta al apéndice xifoides (estómago) y hacia la cicatriz umbilical
(yeyuno).
 Lubrica la punta de la sonda para facilitar su paso por la nariz, cuando se introduce por vía bucal no es necesaria la lubricación; se
humedece la punta de la sonda con solución estéril e hidrosoluble cuando la cavidad bucal del niño esté muy seca.
 Introduce la sonda en el esófago del derechohabiente o usuario. Una vez que se ha logrado, avanza a medida que el derechohabiente o
usuario deglute usando un suave movimiento giratorio para facilita su inserción.
 Verifica el estado del derechohabiente o usuario. Si el niño se sofoca o sufre tos, y/o cianosis, extrae la sonda y la reinserta, después
de que el derechohabiente o usuario se estabilice.

Verifica la colocación de la sonda, la aspiración de líquido gástrico indica que la sonda se encuentra en la cavidad gástrica.

Inmoviliza los brazos del derechohabiente o usuario en caso de estar inquieto y fija la sonda en su sitio, con cinta adhesiva.
 Une el pivote de la jeringa a la sonda, verifica su colocación aspirando contenido gástrico, tapa la sonda para conserva el líquido en su
sitio hasta que inicie la alimentación.
 Coloca la bolsa o frasco con la alimentación en un gancho porta suero, purgando el equipo para extraer el aire, conecta el extremo
libre de la sonda y regula el goteo conforme a la prescripción médica.

Verifica periódicamente las condiciones del derechohabiente o usuario la permeabilidad de la sonda y la frecuencia del goteo.
62
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
Termina de pasar el alimento e introduce una pequeña cantidad de agua estéril (suficiente para cubrir el trayecto de la sonda).

Retira la sonda con movimiento rápido, pinza previamente y la dobla sobre sí misma, en caso de que ya no sea necesaria.

Ocluye la sonda, retira el equipo de alimentación en caso de que la sonda se deje a permanencia.

Coloca al derechohabiente o usuario sobre el costado derecho, después de la alimentación.

Realiza las anotaciones correspondientes en la Hoja de Enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

La lubricación facilita la inserción de la sonda al reducir la fricción y aminora el traumatismo de las mucosas del tubo gastrointestinal.

La tos y cianosis indican que la sonda se ha introducido en el aparato respiratorio.

Mide el residuo gástrico antes de pasar la nueva alimentación que permite evaluar la capacidad de digestión del niño.
 En caso del recién nacido, si el residuo equivale al 10% o menos de la cantidad indicada, requerirlo al estómago y restarlo de la
cantidad total de la fórmula.

Administrar la fórmula a la temperatura ambiente.

Para evitar la extracción accidental de la sonda debe estar fija gentilmente.
 Notifica al médico si la solución que se aspira es fórmula de la alimentación anterior. Esto indica que se le está administrando al niño
una cantidad mayor de la que requiere o que el niño no puede digerir la formula.

Durante o después de la alimentación, observa si el niño tiene regurgitación o vómito y avisa al médico.

El flujo del alimento debe ser lento para no causar vómito o distensión abdominal.
4.21 Enema Evacuante.
Concepto:
Es la introducción de una solución por el recto al colon descendente con el propósito de drenar la materia fecal.
Objetivos:

Limpiar y extraer sólidos y gases acumulados en la región intestinal descendente estimulando el peristaltismo.

Preparación para la realización de estudios de diagnóstico e intervenciones quirúrgica del trayecto intestinal.
Principio:
Las soluciones emolientes reblandecen la materia fecal estimulando el peristaltismo intestinal.
Material y Equipo:

Irrigador.

Pinza kelly.

Sonda lactante 12 a 14 french, preescolar 14 a 26 french, escolar 16 a 18 french.

Lubricantes hidrosolubles o vaselina.

Guantes.

Solución para el enema.
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
Pañal en caso de lactantes.

Tripié.

Comodo y papel higiénico.
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63
Nota: si se cuenta con bolsa para enema evacuante, dé un uso correcto de la misma.
Técnica:

Prepara el equipo para el procedimiento.

Explica y orienta la razón del procedimiento a los padres y al derechohabiente o usuario, según su edad y nivel de comprensión.

Prepara la ropa de cama y coloca el pañal al niño lactante.

Coloca al derechohabiente o usuario en posición de Sims y descubre la región glútea.

Coloca la bolsa en el tripié.

Se calza los guantes.

Lubrica los primeros 5 ó 7.5 cm. de la sonda.

Purga la sonda antes de insertar en el recto, permitiendo que la solución corra hasta la punta de la sonda rectal.
 Introduce la sonda rectal lentamente a una profundidad de 7 a 7.5 cm. según el tamaño del niño y le indica que respire por la boca
durante la inserción.

Gire el tubo rectal con suavidad durante la inserción.
 Eleva el recipiente del enema a una altura suficiente para iniciar el flujo de la solución; en el lactante 7.5 cm. por arriba del nivel
corporal y en niños de mayor edad a una altura de 30 cm. tener cuidado de no elevar la solución a más de 45 cm.

Pinza el tubo después de que toda la solución esté en el colon.
 Verifica la retención del enema durante 5 a 10 minutos, a los niños de corta edad ayudarlos, sosteniendo juntos, con las manos, los
glúteos del niño durante un breve lapso.

Coloca al derechohabiente o usuario sobre el cómodo para la expulsión del enema, si su estado lo permite.

Deja limpio al niño y en posición cómoda para descansar.

Retira el equipo y le da el cuidado posterior.

Efectúa las anotaciones correspondientes en la Hoja de Enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Se lava las manos antes y después de realizar el procedimiento.

No trate de forzar la inserción de la sonda ya que puede provocar lesiones.

Utilice preferentemente equipo desechable y adecuado a la edad del derechohabiente o usuario.

Revisa el recipiente del enema, para confirmar su fluidez dentro del recto.

Comunica al médico si después de una hora el enema no tiene egreso.

Vigila la presencia de la distensión abdominal durante y después del procedimiento.
64

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Revise que la cantidad administrada al derechohabiente o usuario sea la prescrita por el médico.
4.22 Obtención de Muestras de Orina y Materia Fecal.
Concepto:
Es la recolección de una parte o del total de orina y materia fecal, para enviarlas a laboratorio para su análisis con fines de diagnóstico y
tratamiento.
Objetivo:
Obtener una muestra biológica de manera adecuada como auxiliar diagnóstico en un proceso patológico.
Principio:
El análisis de las muestras de orina y de materia fecal contribuye a establecer el diagnóstico y el tratamiento especifico de las
enfermedades.
Equipo y Material:

Mesa Pasteur.

Cómodo y orinal.

Bolsa recolectora de orina (recién nacidos, lactantes, preescolares).
Para Muestras de Materia Fecal:

Recipiente para muestra de materia fecal.

Abatelenguas.

Pañales para bebé.

Cómodo y papel sanitario para niños de mayor edad.

Solicitud de laboratorio.
Para Urocultivo:

Equipo de cateterismo vesical.

Agua estéril.

Jabón líquido.

Guantes estériles (2 pares).
Técnica:

Coloca al niño en decúbito dorsal con los miembros pélvicos flexionados y separados, si es necesario realiza la sujeción.

Descubre la región genito-urinaria y efectúa el aseo de la misma.

Aplica tintura de benjuí en la piel circundante y espera que se evapore.

Coloca la bolsa colectora con su correcta instalación.

Vigila al lactante frecuentemente hasta obtener la muestra.
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
Retira la bolsa y tramita su entrega al laboratorio.

Para toma de urocultivo lleva a cabo la técnica de cateterismo vesical.

Realiza las anotaciones de las características de la muestra en la Hoja de Notas de Enfermería.
65
Medidas de Control y Seguridad:

Se lava las manos antes y después de efectuar el procedimiento.

Evita contaminar el equipo y la muestra.

Evita errores en el manejo, rotulando correctamente las muestras con el nombre, número de cama y número de expediente.

Notifica al médico la presencia de alteraciones en la muestra o lesiones en la piel.

Desarrolla el procedimiento gentilmente, especialmente al despegar la bolsa.
4.23 Aplicación de Calor como Agente Terapéutico.
Concepto:
Es el método mediante el cual el cuerpo humano transmite una temperatura más elevada a otro cuerpo que la que posee, ya sea por
contacto o por radiación.
Objetivos:

Aumentar el flujo sanguíneo.

Aliviar el dolor.

Relajar tejidos musculares (se alivia espasmo y fatiga).
Principios:

La temperatura de la superficie del cuerpo varía con los cambios del ambiente.
 La temperatura interna o central, se conserva dentro de un margen muy estrecho que normalmente no varía más de un grado en un
individuo.

El calor dilata los cuerpos.

La aplicación prolongada de calor destruye los tejidos.

El calor se pierde del cuerpo por los fenómenos de radiación, conducción, convección y evaporación.
Material y Equipo:

Compresas caliente.

Bolsa con agua caliente.

Lámpara de chicote.
Técnica:

Mida la temperatura corporal.

Utiliza el método idóneo para proporcionar calor.

Si se instalan bolsas con agua caliente, cambie el agua cuantas veces sea necesario.
66
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Medidas de Control y Seguridad:

Tomar la temperatura del niño cada hora.

Observar con frecuencia la coloración de la zona.

Evitar quemar al niño.

En caso de utilizar lámpara, colocar este aproximadamente a 50 centímetros de distancia.

Durante el procedimiento mantenga sujetado al derechohabiente o usuario si es necesario.
4.24 Aplicación de Frío como Agente Terapéutico.
Concepto:
La aplicación del frío es una técnica que se utiliza como medida terapéutica en algunos padecimientos actuando como antipirético,
analgésico y antiinflamatorio, así como para inducir la vasoconstricción.
Objetivos:

Disminuir la temperatura corporal a niveles normales.

Controlar hemorragias por medio de la vasoconstricción.

Disminuir edema.
Principio:
El frío prolongado disminuye la actividad celular y al descender la temperatura corporal puede producir la muerte.
Material y Equipo:

Tarja, tina o baño con regadera.

Compresas.

Agua templada.
Técnica:
Aplicación de frío seco:

Descubra al derechohabiente o usuario al medio ambiente, evitando corrientes de aire.

Aplicación de frío húmedo.

Aplicar compresas húmedo-frías.

Cambiar la compresa o bolsa de agua fría de 10 a 15 minutos cada una.

Baño terapéutico con agua tibia o templada.
Medidas de Control y Seguridad.

Verificar si el niño presenta trastornos de la circulación.

Medir temperatura cada 15 minutos durante el procedimiento.

Humedecer las compresas cuantas veces sea necesario.
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
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67
No deje al niño solo durante el procedimiento.
4.25 Colaboración en la Intubación Endotraqueal.
Concepto:
Es un conjunto de maniobras que se realizan por medio de un equipo multidisciplinario (médico – enfermera), para introducir un tubo
directamente en la tráquea que permita mantener una vía aérea permeable.
Objetivos:
 Proteger la tráquea y los pulmones de la aspiración de contenido gástrico, saliva, sangre o líquido procedente de las vías aéreas
superiores.

Mejorar los aspectos fisiológicos de la respiración, oxigenación y ventilación.

Proporcionar una vía aérea para la ventilación mecánica.

Permitir el acceso directo a los pulmones para la aspiración y extracción de las secreciones.
 Permitir la administración tráqueal de medicamentos, de utilidad en urgencias debido a su rápida absorción a través del árbol
bronquial.
Principio:
El organismo requiere de concentraciones adecuadas de oxígeno (80 al 100%) para mantener sus funciones.
Material y Equipo:

Tubos endotraqueales (existen de 1 a 5 mm sin globo y de 6 a 9 mm con globo).

Mango de laringoscopio.

Hojas de laringoscopio (existen curvas de 1 a 4 y rectas de No. 1 al 4).

Estilete para introducir los tubos endotraqueales.

Jeringa en caso de que el tubo endotráqueal tenga globo.

Lubricante o gel.

Mascarilla del tamaño adecuado.

Medicamentos para conseguir la relajación.

Cinta adhesiva para fijar el tubo.

Estetoscopio.

Bolsa de insuflación con reservorio conectado al oxígeno.

Gasas.

Guantes.

Cubrebocas.

Lentes de protección o goggles.

Equipo de aspiración funcional.
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
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Aparato de monitoreo no invasivo (capnógrafo, oxímetro de pulso, etc.).
Técnica:

Valora la función respiratoria del niño para detectar cuando es necesaria la intubación endotráqueal.

Tiene todo el equipo necesario y funcional en la cabecera del derechohabiente o usuario.

Instala una vía de acceso intravenosa, si no se ha hecho todavía.

Se asegura que estén en su lugar e instalados al niño los monitores no invasivos.

Revisa el laringoscopio y las hojas para asegurar que las pilas y la fuente de luz funcionen bien.

Proporciona guantes, cubrebocas y lentes al médico, para iniciar el procedimiento.

Coloca al niño en una superficie plana y en una posición apropiada:
 Posición de olfateo. Coloca al derechohabiente o usuario con la cabeza descansando y una toalla doblada por debajo de los
hombros.

Si existe posibilidad de lesión de la columna cervical, coloca al niño en alineación neutra manteniendo la inmovilización manual.
 Revisa la cavidad bucal o nasal en busca de cuerpos extraños (objetos, saliva o secreciones), evitando la aspiración de éstos al realizar
el procedimiento.
 Se preoxigena al derechohabiente o usuario con oxígeno al 100% a través de una mascarilla con bolsa y válvula durante 2 a 5
minutos.
 Mantiene abierta la boca del derechohabiente o usuario e inclina la cabeza hacia atrás, para permitir una vía aérea recta para la
observación.

Prepara la cánula endotráqueal.

Tiene varias cánulas de distintos calibres para que el médico escoja la más adecuada al niño.

Revisa la permeabilidad del manguito y el balón de la cánula endotráqueal.

Inserta un estilete maleable dentro de la cánula endotráqueal, asegurándose que no se extienda más allá del extremo distal del tubo.

Administra la medicación de sedación, si el médico la solicita.

Aplica lubricante a la sonda endotráqueal antes de proporcionársela al médico.

Deja que el médico introduzca la hoja de laringoscopio al derechohabiente o usuario observando cualquier complicación.

El médico levanta suavemente el mango de laringoscopio dejando ver las cuerdas bucales.

Proporciona la sonda de aspiración en el momento en que el médico lo solicite.

El médico introduce la cánula endotráqueal por el orificio de las cuerdas vocales, aproximadamente 1.5 cm. dentro.
 Verifica la correcta instalación dando insuflaciones rápidas con la bolsa de reanimación y auscultando con el estetoscopio ambos
lados laterales de los pulmones y el estómago.

Fija la cánula endotráqueal al niño para evitar su extubación.

Conecta la boquilla de la cánula endotráqueal a un aparato de ventilación mecánica, bajo la vigilancia del médico.

Solicita control radiológico, para verificar la localización de la cánula endotráqueal.
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
Deja cómodo al niño.

Retira el equipo utilizado, proporcionándole el cuidado y la limpieza correcta.
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Medidas de Control y Seguridad.

Lavarse cuidadosamente las manos antes y después de la inserción, aspiración o cuidado de la cánula endotráqueal.

La intubación y aspiración de secreciones deben hacerse bajo condiciones estériles.

Verificar si la cánula se encuentra en el sitio correcto por medio de la auscultación del tórax.

Observar las posibles complicaciones de la colocación de la cánula endotraqueal.

Observar la cantidad, consistencia y color de las secreciones aspiradas de las vías respiratorias del derechohabiente o usuario.

Realizar las anotaciones pertinentes en la hoja de registros clínicos de enfermería.

Verificar la permeabilidad de la cánula endotráqueal.

Realizar limpieza de la cánula endotráqueal cuando el derechohabiente o usuario lo amerite.
4.26 Traslado Hospitalario del Derechohabiente o Usuario en Estado Crítico.
Concepto:
Son las maniobras que se realizan para desplazar al derechohabiente o usuario pediátrico en estado crítico, de una unidad a otra.
Objetivo:
Trasladar al derechohabiente o usuario en estado crítico, en forma segura y eficaz.
Principios:

El traslado realizado después de la estabilización del niño, evita el riesgo de complicaciones.

La hipotermia deprime todos los procesos metabólicos.
 El deterioro de la función pulmonar puede dar como resultado un aporte insuficiente de oxígeno y una eliminación inadecuada de
bióxido de carbono.

La falta de oxígeno en los tejidos produce un aumento del flujo sanguíneo.
Material y Equipo:

Incubadora de traslado.

Carro camilla con barandales.

Respirador mecánico.

Bolsa de ventilación de presión positiva.

Bombas de infusión y porta sueros.

Equipo de reanimación.

Soluciones parenterales.

Estetoscopio, termómetro y tela adhesiva.
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
Equipo de aspiración.

Succionador portátil.

Glucómetro.
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Técnica:

Revisa la indicación médica.

Se comunica con la unidad receptora, confirmando la disponibilidad de la cama y funcionalidad del equipo.

Verifica que el equipo de transporte esté disponible y en óptimas condiciones.

Confirma que el familiar fue informado.

Valora las condiciones del derechohabiente o usuario mediante la toma de signos vitales.

Mantiene una temperatura adecuada en el derechohabiente o usuario.

Toma glicemia periférica.

Verifica la permeabilidad de vías aéreas.
 Asegura que los accesos vasculares estén permeables y regula el goteo de la infusión de los medicamentos que no deben
interrumpirse.

Integra el expediente clínico completo.

Coloca al derechohabiente o usuario en el medio de transporte a utilizar.

Coloca el oxígeno suplementario.

Inmoviliza tanto al niño como al equipo médico.

Traslada al niño al sitio destinado, vigilando cualquier signo de alarma.

Instala al niño en su unidad, verificando la permeabilidad de los drenes y el funcionamiento del equipo electromédico.

Entrega al derechohabiente o usuario a la enfermera responsable de la unidad.

Realiza las anotaciones de enfermería correspondiente.
Medidas de Control y Seguridad:

Asegure la visibilidad mínima por los lados de la incubadora.

Revise que el equipo y material a utilizar esté en óptimas condiciones.

Salvaguardar siempre al niño.

Evite cambios bruscos de temperatura.

La enfermera que inicia el traslado debe ser la misma que lo termine.
4.27 Reanimación Cardio-Cerebro-Pulmonar (RCCP):
Concepto:
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 Es una serie de maniobras y procedimientos de urgencia que se realizan cuando se presenta el cese súbito de la función cardiaca y
respiratoria, resultado final del deterioro progresivo cardio pulmonar, acompañado de hipoxia y acidosis de la célula miocárdica, que
produce la disfunción eléctrica y mecánica que culmina con asistolia o actividad ventricular ineficaz.
 La RCCP es la aplicación de técnicas especiales y equipo médico específico para restablecer y mantener la ventilación y perfusión
efectivas, dirigidas a preservar el flujo coronario y cerebral.
Objetivos:

Preservar, durante el paro cardiorespiratorio, la integridad de los órganos vitales.
 Restablecer la actividad mecánica efectiva del corazón, evitar la anoxia, prevenir el desarrollo de otro evento letal y conservar la
función cerebral sin secuelas neurológicas.
Principios:
 Al revertir el paro cardiopulmonar, tienden a normalizarse la concentración de oxígeno en la sangre, la disminución de bióxido de
carbono y cesa la producción de energía a través del metabolismo anaerobio (la cual provoca lactato), tendiendo a la normalidad del Ph de
la sangre y tejidos.

La clasificación del apoyo durante el paro cardiorespiratorio es como sigue:
 Apoyo vital básico. Es el conjunto de maniobras aplicadas en una forma sistematizada con un paro respiratorio, cardíaco o
cardiorespiratorio, para proveer oxígeno al cerebro, corazón y otros órganos vitales, hasta que el tratamiento médico pueda iniciar.
 Apoyo vital avanzado. Son las medidas terapéuticas más específicas y definitivas, que se proporcionan dentro de una unidad
hospitalaria, así como el tratamiento de las complicaciones y estabilización general del derechohabiente o usuario el apoyo vital
avanzado incluye el conocimiento y destrezas necesarias que permitan ofrecer tratamiento temprano, óptimo en el paro
cardiopulmonar, comprendiendo lo siguiente:

Conocimiento del ABC de la reanimación.

Uso del equipo y técnicas especiales, para establecer y mantener una ventilación y circulación adecuadas.

Reconocimiento y tratamiento de arritmias.

Destrezas para establecer y mantener una vía venosa.

Tratamiento urgente del derechohabiente o usuario en paro cardíaco o respiratorio.
Material y Equipo:

Para la reanimación del lactante menor y mayor, preescolar, escolar, etc., se requiere del equipo completo del carro rojo.

Mango de laringoscopio con pilas.

8 hojas de laringoscopio curvas y rectas no. 0,1,2,3.

Bolsa de reanimación pediátrica.

Mascarillas pediátricas.

Sondas rush pediátricas.

Cánulas de guedel pediátricas (diferentes números).

1 tabla de soporte para RCP.

Adaptadores para aspirador.

Sondas Levin de diferentes tamaños.
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
Jeringas de 1, 3, 5, 10, y 20 cc.

Tela adhesiva.

Electrocardiógrafo.

Desfibrilador con paletas pediátricas, conectado.

Pasta electro conductora.

Tanque de oxígeno con manómetro.

Equipos para infusión (venopack y metriset).

Llaves de tres vías.

Punzocath de diferentes calibres.

1 Equipo de venodisección.

Guantes estériles.

Cubrebocas.

Gasas estériles.

Hojas de bisturí.

Agujas hipodérmicas.

Isodine espuma.

Medicamentos.

Adrenalina 5 ampolletas.

Atropina 5 ampolletas.

Bicarbonato de sodio 3 ampolletas.

Gluconato de calcio 3 ampolletas.

Lidocaína 1 frasco.

Glucosa al 50 %, 1 frasco.

Dopamina 3 ampolletas.

Dobutamina 2 frascos.

Norepinefrina 5 ampolletas.

Dioxina 5 ampolletas.

Naloxona 2 ampolletas.

Hidrocortisona 2 frascos.

Metilprednisolona 1 frasco.
28 de Agosto de 2015
28 de Agosto de 2015

Albúmina 1 frasco.

Haemaccel 1 frasco.
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73
Soluciones:

2 Soluciones salinas al 0.9%.

2 Soluciones de glucosa al 5 %.

2 Soluciones de Hartman.
Técnica:
La aplicación de la técnica de RCCP se divide en:

RCCP básico:
 Vía aérea. Establece una vía aérea permeable mediante la maniobra de inclinar la cabeza del derechohabiente o usuario elevar su
mentón y traccionar la mandíbula (esta actividad es de elección cuando hay sospecha de lesión cervical). Este paso incluye la
exploración de la cavidad oral para aspirar secreciones o cuerpo extraño.
 Inicio de ventilación. Con bolsa de reanimación y reservorio de oxígeno para proporcionar ventilación con presión positiva
(cubriendo nariz y boca del derechohabiente o usuario).

Circulación. Consiste en compresión torácica externa.

Instalación de accesos venosos.
 En el lactante, el sitio de compresión es 1 dedo por debajo de la línea intermamaria, deprimir 1.5 a 2.5 cm. con dos o tres dedos, a
una frecuencia de 120 latidos por min.
 En el escolar el área de compresión es en el tercio medio de inferior del esternón, con el talón de la mano, deprimir de 2.5 a 3.8
cm. con frecuencia de 100 latidos por min.
 En el adolescente el sitio de compresión es dos dedos arriba de la punta del esternón, deprimir de 4 a 5 cm. con frecuencia de 80 a
100 latidos por min. a una relación de compresión de 5:1, iniciar 20 ciclos de 5 compresiones y 1 ventilación evaluar la respuesta.

RCCP Avanzado:
 Vía aérea. Permeabiliza la vía aérea siempre es la principal prioridad. La colocación de una cánula endotráqueal se evalúa de
acuerdo al esfuerzo respiratorio del derechohabiente o usuario.

Ventilación y oxigenación. Proporciona ventilación al derechohabiente o usuario mediante la técnica de bolsa-válvula-mascarilla.
 La bolsa de reanimación siempre debe contar con reservorio y flujo de oxígeno a 10 o 15 l/min. para poder ofrecer una
concentración de oxígeno de 90 a 100%. Manteniendo un sello entre la mascarilla y cara. La mascarilla debe cubrir del puente nasal al
borde del mentón.
 Cuando se ha ventilado por 2 minutos con bolsa-válvula-mascarilla se coloca una sonda nasogástrica para remover el aire del
estómago, al ventilar se deja un tiempo adecuado para la inspiración y oxigenación (1 a 1.5 segundos), con una presión suficiente para
elevar el tórax. Evalúa la expansión torácica y ausculta los ruidos respiratorios.

La intubación endotráqueal es la mejor manera de tratar la vía respiratoria en el derechohabiente o usuario con RCCP.
 Circulación. Las compresiones torácicas facilitan la circulación por compresión directa al corazón; así mismo, los cambios de la
presión intratorácica generados por las compresiones, producen un flujo sanguíneo del corazón a la circulación sistémica.
 En todos los derechohabientes o usuarios se debe mantener el mismo tiempo de compresión y de relajación, y los dedos o la mano
no deben retirarse del tórax durante la relajación en las fases de compresiones torácicas.
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
Coordina las compresiones y la ventilación en una relación de 5:1.

Establece un acceso vascular periférico, intravenoso, central o intraóseo.
28 de Agosto de 2015
 Líquidos. Debe aplicarse de acuerdo al estado hemodinámico del derechohabiente o usuario. Ministra solución cristaloide
isotónica o coloide al derechohabiente o usuario en estado de choque.

Medicamentos. Deben administrarse de acuerdo a las necesidades del derechohabiente o usuario bajo indicación médica.
 Desfibrilación y cardioversión. La desfibrilación es la despolarización asincrónica del miocardio. Está indicada en la TVSP y en
la FV la dosis inicial es de 2j/kg (máximo 200j), si no tiene éxito, entonces se aplica una dosis subsecuente de 4j/kg (máximo 360j) y
se repite el intento de desfibrilación hasta en dos ocasiones.
 La cardioversión es la conversión eléctrica sincronizada de un disturbio del ritmo, utilizando dosis bajas de energía. ésta indicada
en la taquicardia supraventricular inestable. La dosis inicial es de 0.5 a 1j/kg con un máximo de 10 j.

Última Evaluación:
 Corrobora en el electrocardiograma, una vez que haya ritmo cardíaco, el tipo de ritmo que tiene el derechohabiente o usuario,
verifica el estado hemodinámico y trata arritmias si se presentan.
 Inicia apoyo con aminas externas como es la dopamina y/o dobutamina, cuando el derechohabiente o usuario continúa con
hipotensión a pesar de mejorar la precarga.

Evalúa siempre toda maniobra terapéutica.
Medidas de Control Seguridad:

Coloca al derechohabiente o usuario en posición decúbito dorsal, ya que esta posición mejora la circulación.
 En el lactante o niño pequeño, la hiperextensión del cuello puede producir colapso traqueal, por lo que esta maniobra se debe realizar
con mucho cuidado.

Evitar que la lengua del niño obstaculice las vías respiratorias, al tomarla con una gasa.

La cianosis en los labios indica que el consumo de oxígeno es insuficiente.

Recordar que la capacidad pulmonar de niño o lactante, es más pequeña que la del adulto a la hora de suministrar el oxígeno.
 La cánula de Guedel se empleará para evitar que la lengua del niño se resbale hacia la garganta y para proporcionar una vía libre para
el aire que es forzado hacia los pulmones.
4.28 Cuidado del Derechohabiente o Usuario con Traqueostomía.
Concepto:
Son los procedimientos que se efectúan para mantener permeable de secreciones la cánula de traqueotomía, facilitando la ventilación del
derechohabiente o usuario.
Objetivo:
Facilitar la respiración, manteniendo el libre flujo de aire del niño con el medio ambiente y evitar infecciones agregadas.
Principio:
El tracto respiratorio libre de secreciones favorece una buena ventilación y el intercambio gaseoso del derechohabiente o usuario.
Equipo y Material:

Aparato de succión o red central.
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
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75
Charola con:

Frascos estériles con solución fisiológica.

Sondas del número adecuado para aspiración.

Cánula, endocánula y mandril estériles del número de la que tenga instalada el derechohabiente o usuario.

Paquete de gasa estéril.

Recipiente con agua bicarbonatada.

Guantes estériles.

Cinta de algodón.

Lápiz y papel.

Bolsa para desechos.

Jeringa hipodérmica de 5cc.
Técnica:

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Se lava las manos antes y después del procedimiento y cuantas veces sea necesario.

Explica la razón del procedimiento al niño, y en caso necesario, le proporciona lápiz y papel para comunicarse.

Coloca al niño en posición de Fowler o semifowler, cuando no existe contraindicación médica.

Descubre la región retirando la gasa sucia.

Conecta la sonda al tubo en “y” y conecta el aspirador para probar su funcionamiento.

Se calza los guantes estériles.

Introduce la sonda en el frasco de solución para lubricarla.
 Obtura la sonda, la introduce suavemente dentro de la cánula interna y después en las vías respiratorias, a una profundidad
aproximada de 25 a 30 cm.
 Aspira las secreciones haciendo movimientos giratorios con la sonda, durante un intervalo de 10 a 15 segundos, para aspirar bronquio
derecho o izquierdo.

Aspira pequeñas cantidades de solución fisiológica para limpiar la sonda, cerciorándose que está permeable.

Hace que el niño rote la cabeza del lado contrario.

Deja un periodo de 2 a 3 minutos entre una aspiración y otra, cuando el estado del derechohabiente o usuario lo permite.

Irriga la endocánula con la jeringa hipodérmica, si las secreciones son muy espesas y aspira suavemente.

Repite la maniobra anterior cuantas veces sea necesario.

Hiperoxigena al niño en caso necesario.

Aspira pequeñas cantidades de solución para permeabilizar la sonda.
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
Cambia la endocánula por razón necesaria.

Coloca nuevas gasas secas alrededor del orificio y verifica la fijación de la cánula.

Observa las reacciones del derechohabiente o usuario.

Deja cómodo y tranquilo al niño.

Efectúa las anotaciones en los registros de enfermería.

Retira el equipo sucio y le proporciona los cuidados posteriores a su uso.
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Medidas de Control y Seguridad:

Vigilar constantemente al derechohabiente o usuario.

Efectuar las aspiraciones según la indicación médica o con la frecuencia necesaria.

Tener suficiente dotación de sondas estériles para uso inmediato.

Notificar al médico las características de las secreciones.

Efectuar el cambio de la endocánula cada vez que sea necesario, sustituyéndola por otra estéril.

Cambiar las cintas de fijación cuando su estado lo amerite.

Reconocer las partes de la cánula antes de efectuar el procedimiento.

La cánula externa la moviliza únicamente el médico.

Si el derechohabiente o usuario tiene prescrito el suministro de oxígeno, el catéter se coloca directamente a la traqueotomía.

Detectar datos de hipoxia.

Cambiar por turno el equipo de aspiración.
4.29 Colaboración en la Punción Lumbar.
Concepto:
Es un procedimiento de punción raquídea para obtener líquido céfalo raquídeo y examinarlo.
Objetivo:
Elaborar diagnósticos.
Material y Equipo:

Equipo de punción.

Guantes, cubrebocas y gorros.

Isodine.

Gasas y tela adhesiva.

Tubos de ensaye estériles.

Agujas hipodérmicas.

Membretes para los tubos.
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Técnica:

Se lava las manos.
 Prepara físicamente al niño colocándolo en decúbito lateral con la cabeza y los miembros inferiores flexionados, sin obstruir las vías
aéreas.

Colabora con el médico en la realización del procedimiento.

Realiza presión y cubre el sitio de la punción, cuando termina el procedimiento.

Deja cómodo y limpio al derechohabiente o usuario.

Realiza las anotaciones pertinentes en la Hoja de Enfermería.

Membreta los tubos y los envía al laboratorio.
Medidas de Control y Seguridad:

Realizar el control y registro de los signos vitales.

Vigile los signos neurológicos.

Vigile la presencia de sangrado.
4.30 Atención del Niño Quemado.
Concepto:
Son las medidas aplicadas al derechohabiente o usuario pediátrico que ha sufrido lesión de la piel, mucosas y órganos, producidos por el
calor directo, sustancias químicas, líquidos en ebullición, electricidad o dermoabrasión.
Los principales agentes de quemaduras son:

Quemaduras por escaldadura.

Quemaduras por fuego directo: inhalación de monóxidos de carbono, lesión de vía aérea.

Quemadura eléctrica.

Quemadura química.
Objetivos:

Evitar choque hipovolémico.

Facilitar la cicatrización o regeneración de los tejidos lesionados por quemaduras.
Principio:
La piel es una barrera natural para evitar procesos infecciosos y la pérdida excesiva de líquidos.
Material y Equipo:

Uniforme quirúrgico (pantalón, filipina o chemise, gorro, cubrebocas y botas).

Equipo de venoclisis.

Apósitos y ungüento antimicrobianos.
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
Guantes estériles.

Isodine.

Jabón quirúrgico.

Solución estéril.

Equipo de curación.

Gorro y cubrebocas.
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Técnica:

Se lava las manos antes y después de atender a cualquier derechohabiente o usuario con quemaduras.

Valora el ABC de la reanimación:

Establece una vía aérea.

Inicia la ventilación.

Instala catéter venoso.

Monitoriza signos vitales.

Toma presión venosa central.

Se calza guantes estériles.

Identifica el tipo de quemaduras:
 Cuando es ocasionada por substancias químicas, la acción prioritaria es la limpieza cuidadosa de las regiones quemadas, para
reducir el tiempo de exposición a la sustancia que provocó la quemadura.
 Cuando es ocasionada por electricidad, monitorear durante las primeras 48 hrs. al derechohabiente o usuario e identificar los
puntos de entrada y salida de la corriente eléctrica.
 Cuando la quemadura es térmica, se debe de atender inmediatamente para evitar el choque y desequilibrio electrolítico
irreversible.

Premedica al derechohabiente o usuario de acuerdo a indicación médica.

Limpia y retira el material extraño que existe en la herida, frotando la zona con agua y jabón quirúrgico.

Enjuaga la herida con agua aplica crema antiséptica y la cubre con un apósito estéril.

Toma, por indicación médica, muestras de sangre para la determinación de gases.

Asegura la permeabilidad de la vía intravenosa, ministrando lo líquidos prescritos por el médico.

Usa técnicas estériles en el cambio de apósitos, para disminuir la probabilidad de que se presente infección agregada.

Ministra toxina antitetánica o refuerzos de DPT como medida preventiva y por prescripción médica.
 Proporciona al derechohabiente o usuario quemado, la nutrición prescrita por el médico por la vía que sea más factible, si puede
comer ofrézcale raciones pequeñas a intervalos frecuentes.

Mide el volumen de la orina cada hora, así como su densidad y ph cada ocho horas dependiendo de las condiciones del niño.

Pesa diariamente al menor.
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 Evita contracturas al derechohabiente o usuario, mediante el alineamiento fisiológico de su cuerpo y la colocación de entablillados
adecuados.

Ayuda al derechohabiente o usuario para que realice los ejercicios prescritos por el médico, durante la fase de cicatrización.
Medidas de Control y Seguridad:

Valorar el estado neurológico del derechohabiente o usuario.
 Vigilar en el derechohabiente o usuario ventilación adecuada, signos de dificultad respiratoria, disnea, aleteo nasal, tiros intercostales
o ruidos respiratorios disminuidos; si se encuentra alguno de estos signos, avise de inmediato al médico.
 Vigilar el equilibrio hidroelectrolítico adecuado del derechohabiente o usuario observando las reacciones sensoriales del niño, signos
vitales y la turgencia de la piel.

Valorar la herida y en caso de encontrar eritema y secreción purulenta en los bordes, comunicarlo al médico.
 En caso de injerto, observar los avances en la cicatrización, el estado de los sitios donadores y la movilidad de las extremidades
próximas a estos sitios.

Realizar diariamente, estricto control de líquidos.
 Muchos derechohabientes o usuarios que tienen lesiones por inhalación, no muestran signos ni síntomas en un primer momento, un
edema significativo de la vía aérea superior puede no manifestarse durante varias horas después de la lesión. El derechohabiente o usuario
puede mostrar pocos síntomas precoces de un compromiso progresivo de la vía aérea, por lo que se debe preparar para una intubación
endotráqueal profiláctica en cualquier derechohabiente o usuario que muestra una mecánica respiratoria cuestionable.

Las quemaduras circulares en el tórax pueden comprometer la expansión del mismo a causa de la formación de escaras.
 La oximetría del pulso evalúa la saturación de la hemoglobina, no diferencía entre la hemoglobina saturada con monóxido de carbono
y la hemoglobina saturada con oxígeno. Una lectura alta de saturación de oxígeno puede no indicar una oxigenación adecuada.
 La fórmula de Parkland es una guía para la reanimación con líquidos. La reposición de líquidos debe ser suficiente para mantener una
diuresis de 50 ml/hora en adultos, 1 ml/kg/hora en niños que pesan menos de 30 kg, y 0,5 ml/kg/hora hasta la adolescencia.
 Como resultado de los efectos implosivos y explosivos del rayo, la víctima puede ser lanzada lejos y por tanto, se han de sospechar
lesiones traumáticas cerradas potencialmente mortales.
 Debe realizarse reanimación activa en los derechohabiente o usuarios que están en paro cardiorespiratorio causado por lesiones
eléctricas o por rayos.

Las lesiones pueden ser inocuas porque es difícil de evaluar el daño.
 La extensión de la lesión tisular puede ser engañosa. Puede producirse necrosis extensa, pérdida de líquidos y toxicidad sistemática
durante las primeras 24 ó 36 horas que sigue a la lesión.

Las quemaduras de manos, ojos, cara, periné o articulación, requieren de tratamiento especial, disponible en un centro para quemados.
4.31 Cuidados al Niño con Aparato de Yeso.
Concepto:
 Es una técnica para la fijación o inmovilización de una articulación o segmento del cuerpo mediante la aplicación de un aparato de
yeso tipo sulfato calcio o yeso convencional.

El tipo de inmovilización se elige de acuerdo a la patología que presente el niño se describirán brevemente algunas de ellas:
 Contusión. Es una lesión de los tejidos blandos producida por una fuerza (golpe, patada o caída), que puede provocar equimosis o
hematoma por la rotura de varios vasos pequeños.
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 Tratamiento. Consiste en elevar la zona afectada y aplicar frío en forma húmeda o seca durante las primeras 8 ó 10 horas. Se
aplica un vendaje elástico de la región afectada.
 Esquince. Es una lesión de los ligamentos que rodean una articulación por un tirón o desplazamiento momentáneo de la
articulación. Puede haber rotura de vasos sanguíneos y edema por el volumen acumulado de sangre en los tejidos.

Tratamiento. Se aplican compresas frías, descanso y apoyo con una férula temporal o vendaje elástico compresivo.
 Luxación. Es un trastorno en que las caras articulares de los huesos que forman la articulación, dejan de estar en contacto
anatómico. Pueden ser congénitas, espontáneas o traumáticas.

Tratamiento. Consiste en la reducción de la luxación e inmovilización de la zona con férulas o vendajes por 4 semanas.

Fractura. Es la pérdida de continuidad de un hueso. Se pueden clasificar en:

Incompletas. Cuando sucede sólo una línea o fisura en el hueso, o completas cuando el hueso se rompe en todo su espesor.
 Simples o cerradas. Cuando la superficie fracturada no está en contacto con el aire y la piel está cerrada o intacta; y expuestas
o abiertas cuando existe una herida por donde las bacterias y el aire pueden entrar.

Los diferentes tipos de aparatos de yeso son:

Férulas.

Bota corta (de la rodilla hacia el pie).

Bota larga (del tercio superior de muslo hacia el pie).

Pelvi-podálico (de la pelvis al pie).
 Callot, que puede ser medio, tres cuartos y completo, este último comprende del abdomen hacia los pies, uniendo ambos
miembros con un travesaño.

Minerva, que tiene dos variables, de las axilas a maxilar y del tórax a la cabeza, dejando descubierta la cara.
Objetivo:
Inmovilizar alguna parte del cuerpo en el tratamiento de algunos tipos de fracturas, luxaciones, trastornos articulares y deformaciones
esqueléticas.
Principio:
La inmovilización de un segmento afectado permite la alineación y consolidación.
Material y Equipo:

Cuchillos.

Cizalla para hueso.

Sierra Stryker.

Vendas de yeso de diferentes medidas.

Lebrillo.

Guantes.

Vaselina.

Guata.
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
Venda elástica.

Recipiente con agua tibia.
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Técnica:

Prepara el equipo y lo lleva a la unidad del derechohabiente o usuario.
 Desviste cuidadosamente al niño durante la admisión, eliminando primero la ropa de la extremidad no afectada y posteriormente la
afectada, procurando no mover esta última.

Verifica en las órdenes médicas, si hay que administrar algún medicamento para el dolor antes que el médico aplique el yeso.

Explica al niño la maniobra de aplicación del yeso antes de iniciar el procedimiento.

Asiste al médico durante el procedimiento de la aplicación del yeso.

Ayuda al médico que va aplicar el yeso a sostener la extremidad en la alineación deseada.
 Observa las áreas de presión, cuando el derechohabiente o usuario tiene el aparato de yeso, verifica el estado de la piel de los pies, su
color, la actividad sensorial y temperatura, así como cualquier otra manifestación de molestia e informa al médico inmediatamente de
cualquier cambio.
 Verifica cada hora durante las primeras 24 horas, los dedos de la extremidad enyesada para descubrir signos tempranos de trastornos
circulatorios por mala colocación del yeso y en caso de existir, avisa de inmediato al médico.

Señala con una flecha, el sitio en donde existe filtración de sangre a través del yeso, con objeto de evaluar escapes futuros.

Verifica en el yeso alguna zona con temperatura más alta de lo normal, que pueda indicar la existencia de alguna infección.

Revisa el enyesado cada cuatro horas durante las primeras 24 horas o con más frecuencia, según indicaciones médicas.
 Facilita el retorno venoso de la extremidad enyesada colocándola a una altura superior que el resto del cuerpo, una vez que el yeso
está seco.

Coloca material protector impermeable sobre el yeso de lactantes y niños que no tengan control de esfínteres.

Cambia la posición del enfermo con frecuencia, para evitar la formación de zonas de presión sobre prominencias óseas.

Vigila la protección de la piel e higiene del derechohabiente o usuario.

Proporciona terapia ocupacional.

Inmoviliza al lactante o niño de corta edad al quitar el yeso, sosteniendo la extremidad afectada sobre almohadas después de quitarlo.

Lava cuidadosamente con agua y jabón esta zona, quitando con cuidado los exudados y secreciones existentes.
Medidas de Control y Seguridad:

Lávese las manos, antes y después de atender al derechohabiente o usuario enyesado.

Revise que no existan áreas dentro del enyesado con excoriaciones o material extraño.

En caso de herida o incisión bajo el enyesado, cubra con apósitos usando una técnica estéril antes de aplicar el yeso.

No use talco o aceites para la piel debajo del yeso.

Elimine los restos y fragmentos de yeso y proporcione masaje a la piel.

Protege el enyesado de orina y heces fecales.
82

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No aplique cobertores sobre la extremidad inmovilizada hasta que seque el yeso.
 Observe al derechohabiente o usuario para descubrir signos y síntomas de zona de presión y trastornos de la piel; el dolor es el
indicador principal así como los cambios de temperatura en el mismo yeso.

Vigile la aparición de olor fétido debajo del yeso que puede indicar la presencia de una infección.
 Avise al médico cuando exista mala circulación o excoriación de la piel, así como cualquier otra manifestación de molestia e informe
al médico inmediatamente de cualquier cambio.

Evite que el yeso se deforme, esto favorece la formación de úlcera por presión.

Prevenga la presión sobre nervios y las zonas debajo del yeso.
 Oriente a la familia respecto a los cuidados del derechohabiente o usuario con férula o enyesado, mientras se encuentra en el hospital
y cuando sea dado de alta.
4.32 Colocación de Vendajes.
Concepto:
Es la técnica por medio de la cual se cubre una parte del cuerpo con una venda con fines terapéuticos y preventivos.
Objetivo:
Limitar los movimientos de las extremidades o articulaciones dañadas, para corregir deformidades, disminuir edema o inflamación e
inmovilizar extremidades o articulaciones.
Principio:
Un vendaje aplicado en forma firme, evita que la extremidad se mueva cuando el derechohabiente o usuario cambie de posición.
Material y Equipo:

Vendas de diversos tamaños.

Tela adhesiva.

Guata.
Técnica:

Se coloca frente al derechohabiente o usuario a quien se le aplicará el vendaje.

Cubre con apósito o guata los pliegues naturales del cuerpo.

Aplica el vendaje sosteniendo el rollo de venda con la mano derecha y el extremo con que lo inicia, con la mano izquierda.

Aplica el vendaje de la parte distal a la proximal, y de izquierda a derecha.
Medidas de Control y Seguridad:

Las medidas de antisepsia deben tenerse en cuenta en la aplicación de todo vendaje.

Coloque en posición adecuada la región o miembro que se va a vendar.

Procure que la zona que se va a vendar esté en completa relajación muscular.

Observe que la región por vendar se encuentre limpia y seca.
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
El vendaje no debe quedar flojo ni apretado, sino con la tensión adecuada.

Use vendas de tamaño adecuado a la región por vendar.

Evite vueltas innecesarias.
83
4.33 Vigilancia del Estado Neuro Vascular Distal.
Concepto:
Son las acciones que se realizan para vigilar el funcionamiento neurovascular del derechohabiente o usuario que ha sido sometido a
tratamiento ortopédico.
Objetivo:
Prevenir las lesiones neurovasculares y la consecuente pérdida de la funcionalidad parcial o total de la extremidad afectada.
Material y Equipo:

Reloj con segundero.

Abatelenguas.

Hisopo.
Técnica:

Aprecia el color de la punta digital y lecho ungueal, debiendo presentarse coloración rosada.

Presiona con el dedo índice y pulgar la punta del dedo y uña para causar vaciamiento. Esto presenta coloración blanca.

Suelta la presión y observa la velocidad del retorno de color rosado, lo cual debe ser inmediato y no mayor de dos segundos.

Solicita al derechohabiente o usuario que movilice sus dedos. En lactantes, movilícelos lentamente observando si hay dolor o flacidez.

Realiza las anotaciones de enfermería correspondientes.
Medidas de Control y Seguridad:

Conserve la alineación anatómica de la extremidad afectada.

Movilice al niño suavemente pero con firmeza.

Informe oportunamente al observar datos de alarma como:
 Compromiso vascular, cuando se presentan ausencia o retardo en el llenado capilar, cianosis o coloración violácea en dedos y
lecho ungueal.

Compromiso neurológico, cuando se detecta sensación de hormigueo, calambres o piquetes en la zona afectada.
4.34 Egreso del Derechohabiente o Usuario.
Concepto:
Son las acciones que se realizan para dar de alta, formalmente al derechohabiente o usuario de la unidad hospitalaria.
Objetivos:

Reintegrar al niño a su medio familiar, satisfecho por la atención médica y la orientación otorgadas tanto a él como a sus familiares.

Informar a los familiares sobre los trámites administrativos a realizar para el egreso del derechohabiente o usuario.
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Principio:
El trato amable, cortés y humano al derechohabiente o usuario ratifica el prestigio y la confianza de la familia y la comunidad en la
institución.
Técnica:

Inicia los trámites del egreso cuando el médico tratante lo notifique al servicio de enfermería y firma las formas correspondientes.

Orienta al derechohabiente o usuario y a su familiar sobre los trámites administrativos a realizar para el egreso.

Orienta al derechohabiente o usuario y a su familiar sobre los cuidados específicos que debe continuar en su domicilio.
 Traslada al derechohabiente o usuario, si está incapacitado para hacerlo, llevándolo en camilla o silla de ruedas y en brazos si es
lactante.

Anota el egreso en la Hoja de Censo Diario y en la Libreta de Ingresos y Egresos.
 En caso de fuga, notifica de inmediato a las autoridades responsables del servicio; realiza las anotaciones de enfermería sobre las
condiciones del estado de salud del derechohabiente o usuario, así como la fecha y hora de la fuga.

Entrega al derechohabiente o usuario y el expediente clínico simultáneamente a su egreso en el área correspondiente (Admisión).
Medidas de Control y Seguridad:

Clasificación de los egresos:

Mejoría.

Curación.

Voluntaria.

Incurabilidad.

Traslado.

Defunción.

Fuga.

Verificar la identidad de la persona a la que se entrega al niño y recaba la firma de recibido.

Verificar que se entreguen todas las pertenencias del derechohabiente o usuario.
4.35 Atención de Enfermería al Derechohabiente o Usuario en Estado Terminal.
Concepto:
Son los cuidados que se proporcionan al niño que presenta una decadencia progresiva de las funciones vitales y que le conducirán a la
muerte relativamente en breve tiempo.
Objetivo:
Mejorar el bienestar del derechohabiente o usuario y la familia, hasta que llegue la muerte.
Principio:
La muerte es una ruptura total de la propia existencia.
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Equipo y Material:
Según los procedimientos indicados por el médico y la evaluación que realiza el personal de enfermería.
Técnica:

Valora el dolor, pidiéndole al derechohabiente o usuario que lo describa detalladamente, usando las siguientes preguntas:

¿Cómo es el dolor?

¿Dónde se localiza?

¿Qué lo desencadena?

¿Qué lo empeora?

¿Le duele siempre?, si no es así ¿cuánto tiempo le dura? ¿Hay algo que lo alivie? Si es así ¿qué lo alivia?

¿En qué medida el dolor limita sus actividades, su sueño o apetito?

¿Obtiene alivio de su medicación para el dolor?
 ¿Cómo contempla el dolor? (Algunos derechohabiente o usuarios lo ven como una desafortunada circunstancia, mientras para
otros es un recordatorio constante de su enfermedad e incluso un castigo).


¿Se despierta por la noche o por la mañana con dolor?
Busca, mientras habla con el derechohabiente o usuario, indicios físicos y emocionales como:
 Cambios en la expresión facial, postura o estado de ánimo. No olvide que cada derechohabiente o usuario afronta el dolor de
distinta forma.

Averigüe como afronta el dolor el niño.

Recurre a la distracción o a la medicación.

Proporciona el medicamento que está indicado.

Pregunta sobre el tipo y la dosis de medicación que recibe y si es eficaz.

Está la familia preocupada por la dosificación.

Valora cómo es que la enfermedad afecta el estado nutricional del niño, realizando estas preguntas:

¿Puede seguir comiendo sus alimentos favoritos?, sí no es así averigüe ¿por qué?

¿Tiene la boca seca o presenta dificultad para deglutir?

¿Tiene poco apetito?

¿Siente náuseas?

Trabaja conjuntamente con los familiares, para desarrollar y llevar a la práctica un plan nutricional adecuado.

Solicita a la nutrióloga una dieta nutritiva. Es importante que el niño disfrute con la comida y se beneficie a largo plazo de una dieta.

Valora la posibilidad de dieta a complacencia.
 Valora si existe la falta de sueño que puede ser la causa de la pérdida de apetito, ansiedad, confusión y náuseas y otros síntomas
físicos que tienen a perpetuar el insomnio.
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
Minimiza las interrupciones del sueño programando, los cuidados de enfermería y respeta los hábitos del enfermo.

Asegura la prioridad del sueño del niño, a menos que el tratamiento del dolor obligue a que se le despierte.
 Intenta crear las condiciones de sueño que son idóneas para el niño. Pregúntele por sus rituales a la hora de acostarse, como pueden
ser leer o practicar actividades espirituales.

Sugiere al niño que escuche música instrumental o de relajación para favorecer la somnolencia.
 Insiste al niño que realice una actividad tranquila, si es que se despierta en la madrugada, hasta que se canse; en vez de permanecer
acostado y despierto, preocupándose en su incapacidad para dormir.
 Fomenta el desarrollo del hábito de la siesta durante el día como alternativa al insomnio cuando del niño no puede dormir en las
noches, con la finalidad de que obtenga el descanso adecuado.

Evalúa los hábitos de eliminación del derechohabiente o usuario.

Verifica si realiza evacuaciones intestinales regulares o está estreñido con frecuencia.

Valora si lleva sondas internas o externas, si se le han practicado estomas y evalúa el manejo de estos dispositivos.

Refuerza cualquier educación sanitaria impartida al derechohabiente o usuario y su familia.

Permanece alerta a posibles signos de solución de continuidad de la piel, por ejemplo escaras.

Valora la reducción de la movilidad y los procesos sistémicos.

Educa a la familia sobre cómo cambiar de posición al niño, ayudarle a deambular, curar sus heridas y úlceras abiertas, cuando las hay.

Enseña al familiar que el contacto es una maravillosa forma no verbal de confortar al niño y de hacerle saber que está con él.

Muestra una actitud de tranquilidad, confianza, optimismo y discreción.

Comprende el proceso de duelo del niño y del familiar.

Mantiene una comunicación abierta y sincera.

Proporciona apoyo emocional.

Permite que el niño y su familia expresen libremente sus sentimientos.

Tranquiliza a la familia, en el sentido de que las reacciones de duelo son normales.

Acepta las distintas respuestas individuales al duelo, así como las diferencias en la duración del mismo.

Refuerza la independencia de los miembros de la familia, después:

Anima a los supervivientes a establecer nuevas relaciones.

Reconoce los procesos del duelo y notifica al equipo interdisciplinario.

Reconoce que es un catalizador y compañero del médico y la familia.
Medidas de Control y Seguridad:

Lavarse las manos.

Evitar accidentes al niño.

Evitar ruidos innecesarios.
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
Evitar manifestaciones de incomprensión al derechohabiente o usuario o familiar.

Evitar comentarios acerca del estado del niño.

Recuerde que la depresión, las enfermedades y el tratamiento pueden influir negativamente en la nutrición.
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 Después de la muerte del derechohabiente o usuario no se sorprenda si nota que necesita cierto apoyo emocional, ya que los cuidados
son física y emocionalmente agotadores.
5. ANEXOS
5.1 Glosario de Términos.
Absorción: Propiedad de los tejidos orgánicos por lo que sustancias exteriores penetran en ellos, experimentado unas y otras,
modificaciones más o menos esenciales.
Edema: Inflamación de una parte del cuerpo causada por la retención de líquidos en esa región.
Tráquea: Tráquea, es aquella zona de las vías respiratorias situada entre la laringe por arriba y los bronquios por abajo.
Oxígeno: Es el elemento químico más común que existe en el aire atmosférico en forma libre, a una proporción del 21%.
Transporte: Es el desplazamiento del enfermo desde el centro emisor al receptor.
Hipoxemia: Disminución de la concentración de oxígeno en la sangre.
Aminas: Medicamentos con efectos inotrópicos que ayudan a mejorar la perfusión cardiaca y renal. Según la dosis es el efecto que se
obtiene.
EKG: Electrocardiograma.
FV: Fibrilación ventricular.
PCR: Parada cardiorrespiratoria.
RPC: Reanimación cardio cerebro pulmonar.
TV: Taquicardia ventricular.
TVSP: Taquicardia ventricular sin pulso.
6. BIBLIOGRAFÍA
 Añorve-López R.
Procedimientos Básicos de Enfermería.
4a. edición. México: Editorial Prado, 2006.
 Kidd P, Sturt P.
Manual de Urgencias en Enfermería.
2a. edición. Barcelona: Editorial Harcourt Océano, 2000.
 Nordmark MT, Rohweder AW.
Bases Científicas de la Enfermería.
2a. edición. México: Editorial Manual Moderno, 2001.
 Proehl, JA.
Procedimientos en Enfermería de Urgencias.
3a. edición. España: Editorial Elseiver España, 2005.
 Rosales-Barrera F, Reyes-Gómez E.
Fundamentos de Enfermería.
3a. edición. México: Editorial Manual Moderno, 2005.
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TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente aviso por el cual se dan a conocer las Técnicas de Enfermería en Pediatría.
SEGUNDO Las Técnicas de Enfermería en Pediatría entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
México, Distrito Federal, a 13 de agosto de 2015.
(Firma)
__________________________________________
DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA
SECRETARIO DE SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, Secretario de Salud, con fundamento en el artículo 29 fracción XIX, 16 fracción IV de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 24 fracción XX de la Ley de Salud del Distrito Federal, 11 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 26 fracciones V y VIII y 67 fracciones VI, XIV y XXI del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal emito el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS TÉCNICAS DE ENFERMERÍA EN EL SERVICIO DE
URGENCIAS
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN
2. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN
3. OBJETIVO DEL DOCUMENTO
4. TÉCNICAS DE ENFERMERÍA
4.1 Toma de Signos Vitales.
4.2 Aspiración de Secreciones.
4.3 Lavado Gástrico.
4.4 Cateterismo Vesical.
4.5 Enema Evacuante.
4.6 Oxigenoterapia
4.7 Curaciones.
4.8 Administración de Medicamentos.
4.9 Asistencia al Derechohabiente o Usuario con Paro Cardio Respiratorio.
4.10 Asistencia en la Cardioversión.
4.11 Asistencia en la Desfibrilación.
4.12 Colocación de Catéter Venoso Central por Venodisección.
4.13 Cateterismo Venoso Periférico por Punción.
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4.14 Cateterismo Venoso Central por Punción.
4.15 Presión Venosa Central (P.V.C.).
4.16 Toracocentesis.
4.17 Drenaje Torácico (Pleurotomía).
4.18 Colaboración en la Instalación de Diálisis Peritoneal.
4.19 Control de Líquidos.
4.20 Mecánica Corporal.
4.21 Higiene del Derechohabiente o Usuario.
5. ANEXO
5.1 Glosario de Términos.
6. BIBLIOGRAFÍA
1. INTRODUCCIÓN
El servicio de urgencias de cualquier hospital es el área en donde se proporciona la atención médica a los derechohabientes o usuarios, en
forma inmediata y mediata, eficaz y humanística, que acuden con un problema de salud que pone en peligro la vida; razón por la cual, el
personal destinado a esas áreas deberá estar altamente capacitado.
Este documento es una guía útil para la enfermera que de una u otro forma, desarrolla actividades en el servicio de urgencias, ya que en
un gran número de ocasiones, la oportunidad en la aplicación de determinada técnica al derechohabiente o usuario, influirá en el pronto
restablecimiento de la salud perdida.
En este documento se describen en forma sencilla, las principales técnicas que se efectúan ante un caso grave que ingrese o se encuentre
en los servicios de urgencias de los hospitales de la Secretaría de Salud. Consta de los siguientes capítulos: introducción, marco jurídico
de actuación, objetivo, técnicas, anexos y bibliografía.
El presente documento se elabora con fundamento en las atribuciones de la Dirección General de Planeación y Coordinación Sectorial
establecidas en el artículo 67 Fracciones VI y XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito y en las funciones de
la Dirección de Coordinación y Desarrollo Sectorial descritas en el Manual Administrativo de la Secretaría de Salud.
2. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN
CONSTITUCIÓN
 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05 de febrero de 1917,
última reforma 10 de julio de 2015.
ESTATUTO
 Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de julio de 1994, última reforma 27 de
junio de 2014.
LEYES
 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de
1982, última reforma 24 de diciembre de 2013.

Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 07 de febrero de 1984, última reforma 04 de junio de 2015.
 Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre
de 1998, última reforma 29 de enero de 2015.
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 Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las Personas Residentes en el Distrito
Federal que Carecen de Seguridad Social Laboral, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de mayo de 2006.
 Ley de Salud del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de septiembre de 2009, última reforma 23
de marzo de 2015.
REGLAMENTOS
 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 14 de mayo de 1986, última reforma 24 de marzo de 2014.
 Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de
diciembre de 2000, última reforma 19 de noviembre de 2014.
 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
05 de abril de 2004, última reforma 17 de diciembre de 2014.
 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las Personas
Residentes en el Distrito Federal que Carecen de Seguridad Social Laboral, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 04 de
diciembre de 2006.

Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 07 de julio de 2011.
DOCUMENTOS NORMATIVO-ADMINISTRATIVOS
 Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002. Protección Ambiental - Salud Ambiental - Residuos Peligrosos
Biológico - Infecciosos - Clasificación y Especificaciones de Manejo, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero de
2003.
 Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005. Para la Vigilancia Epidemiológica, Prevención y Control de las Infecciones
Nosocomiales, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de noviembre de 2009.
 Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA3-2012. Para la Atención Integral a Personas con Discapacidad, Publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 2012.
 Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012. Del Expediente Clínico, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de
octubre de 2012.
 NORMA Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012 Para la Disposición de Sangre Humana y sus Componentes con Fines
Terapéuticos, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de Octubre de 2012.
 Norma Oficial Mexicana NOM-027-SSA3-2013. Regulación de los Servicios de Salud que Establece los Criterios de Funcionamiento
y Atención en los Servicios de Urgencias de los Establecimientos para la Atención Médica, Publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 04 de septiembre de 2013.
3. OBJETIVO DEL DOCUMENTO
Unificar los criterios y mejorar la calidad de las técnicas más frecuentes utilizadas por el personal de enfermería en los servicios de
urgencias de los hospitales de la Secretaría de Salud del Distrito Federal.
4. TÉCNICAS DE ENFERMERÍA
4.1 Toma de Signos Vitales.
Concepto:
Son las acciones que realiza el personal de enfermería para medir funciones vitales, que muestran el estado fisiológico del organismo.
Los signos vitales se reconocen como expresiones de vida que se presentan en procesos constantes del individuo y son: temperatura,
pulso, respiración, tensión arterial y frecuencia cardíaca.
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EDAD
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TEMPERATURA
Grado
de
calor
mantenido en el cuerpo
por equilibrio entre
termogénesis
y
la
termólisis.
RESPIRACIÓN
Proceso mediante el
cual se capta y se
elimina CO2 en el
ambiente que rodea a
la célula viva.
Antes de nacer:
Similar a la materna.
Irregular.
PULSO
Expansión rítmica de
una arteria producida
por el aumento de
sangre impulsada en
cada contracción del
ventrículo izquierdo.
140-160/min.
Recién nacidos:
Primer año:
Segundo año:
36.6°C – 37.8°C.
36.6 °C – 37.8 °C.
36.6 °C – 37.8 °C.
30 – 40/min.
26 – 30/min.
25/min.
130-140/min.
120-130/min.
100-120/min.
Tercer año:
4 a 8 años:
8 a 15 años:
36.6 °C – 37.8 °C.
36.5 °C – 37 °C.
36.5 °C – 37 °C.
25/min.
20 – 25min.
18 – 20/min.
90-100/min.
86-90/min.
80-86/min.
Edad adulta:
Vejez:
36.5 °C.
36 °C.
16 – 20/min.
14 – 16/min.
72-80/min.
60-70/min.
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TENSIÓN ARTERIAL
Fuerza que ejerce la sangre contra las
paredes arteriales, a medida que pasa por
ellas.
40-60 mm Hg en los espacios intervellosos
centrales.
70/50.
90/50.
De 2 a 10 años. Sistólica: Número de años
x 2 + 80.
Diastólica: Mitad de lo calculado en la
sistólica + 10.
De 10 a 14 años: Sistólica: Número de
años + 100.
Diastólica: Mitad de lo calculado en la
sistólica + 10.
120/80.
Por arriba de 120/60.
Objetivo:
Identificar las características y variaciones de temperatura, pulso, respiración, tensión arterial y frecuencia cardíaca para valorar las
condiciones del individuo y coadyuvar en el diagnóstico y pronóstico del derechohabiente o usuario.
Principios:
 La eliminación de calor en forma diaria, se lleva a cabo en 68% por radiación, convección y conducción; 26% por evaporación de
agua, por piel y pulmones; 19% por calentamiento del aire inspirado; 3.2% por eliminación de CO 2 a través de pulmones y 0.9% por orina
y heces.
 Son variaciones patológicas, las hipertérmicas, cuyo ascenso es por arriba de 37.5 °C o hipotérmicas cuyo descenso es por debajo de
35°C.
 Los tipos de respiración según el sitio donde se localizan estos movimientos son: en el varón: costal inferior o torácico abdominal; en
la mujer: costal superior o torácico; en el niño: abdominal.
 Los factores que influyen en la frecuencia y carácter de la respiración son: edad, sexo, digestión, emociones, trabajo, descanso,
enfermedades, medicamentos, calor, fiebre, frío, dolor, hemorragia, choque, etc.

La fuerza y la frecuencia del latido cardíaco está determinada por la presencia de iones de calcio, sodio y potasio en la sangre.
 Los factores que influyen en el pulso son: edad, sexo, ejercicio, alimentación, postura, aspectos emocionales, cambios de temperatura
corporal, tensión arterial y algunos padecimientos.

La presión sanguínea es afectada por emociones, ejercicio, dolor y posición.
Material y Equipo:

Mesa Pasteur o charola.

Termómetros, bucal y rectal.

Reloj con segundero.

Esfignomanómetro con brazalete para derechohabiente o usuarios adultos y pediátricos.
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
Estetoscopio biauricular con aditamento pediátrico.

Riñón o recipiente.

Recipiente con torundas de algodón.

Cuadros de papel.

Lubricante.

Pañal y sábana clínica.

Hoja de registros.

Pluma.

Cepillo y jabón.

Soluciones antisépticas en casos específicos.
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Técnica:
Medición de Temperatura Oral:

Toma el termómetro de la solución antiséptica y limpia con torunda mojada en agua.

Ratifica que la columna de mercurio se encuentre por debajo de 35°C.
 Coloca el termómetro en la región sublingual, descansándolo sobre la comisura labial e indica al derechohabiente o usuario que
mantenga los labios cerrados.

Retira el termómetro después de tres minutos, lo limpia con torunda seca, hace la lectura y la registra.

Realiza el lavado del termómetro al chorro del agua al finalizar el procedimiento, simultáneamente al lavado de manos.

Cambia la solución antiséptica de los termómetros en cada turno.
Temperatura Axilar o Inguinal:

Toma el termómetro de la solución antiséptica y lo limpia con torunda mojada en agua.

Ratifica que la columna de mercurio se encuentre por debajo de 35°C.

Seca la región axilar o inguinal con una torunda seca antes de colocar el termómetro.

Coloca el termómetro en la región elegida.
 Solicita al derechohabiente o usuario que lo sujete, en caso necesario sostiene el brazo o pierna durante cinco minutos, verificando
que la cubeta de mercurio esté en contacto con la piel.

Retira el termómetro después de cinco minutos y lo limpia con torunda seca.

Hace la lectura y la registra.

Realiza el lavado del termómetro al chorro del agua al finalizar el procedimiento, simultáneamente al lavado de manos.

Cambia la solución antiséptica de los termómetros en cada turno.
Temperatura Rectal:

Toma el termómetro de la solución antiséptica y lo limpia con torunda mojada en agua.
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
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Ratifica que la columna de mercurio se encuentre por debajo de 35°C.
 Coloca al derechohabiente o usuario en posición de Sims, y si es lactante, en decúbito dorsal, tomar los tobillos y flexiona las piernas
hacia el abdomen.

Prepara el termómetro en un cuadro de papel con lubricante y lo coloca en la mesa, charola o buró.

Asea la región perianal si es necesario.
 Introduce el termómetro en el recto a una profundidad de dos centímetros aproximadamente; sostiene el termómetro durante tres
minutos.

Retira el termómetro, lo limpia con la parte externa del cuadro de papel, hace la lectura y la registra.

Realiza el lavado del termómetro al chorro del agua al finalizar el procedimiento, simultáneamente al lavado de manos.

Cambia la solución antiséptica de los termómetros en cada turno.
Medición de la Frecuencia del Pulso:

Elige el sitio para la medición del pulso (arterias radial, temporal, facial, carótida, humeral, femoral o pedia).

Coloca la punta de los dedos índices, medio y anular sobre la arteria.

Presiona sólo lo necesario para percibir la fuerza, el ritmo y el número de pulsaciones; contándolas durante un minuto.
Número de Latidos que se Consideran Normales.
En recién nacidos:
130 a 140 +/- 20 por minuto.
Lactantes:
110 a 130 +/- 20 por minuto.
Niños:
85 a 110 +/- 20 por minuto.
Adultos:
85 a 110 +/- 20 por minuto.
Medición de la Frecuencia de la Respiración:

Toma la muñeca del derechohabiente o usuario como si se estuviera midiendo el pulso y la coloca sobre la cara anterior del tórax.
 Cuenta durante un minuto la frecuencia de la respiración y observa la amplitud y el ritmo de la misma, así como la coloración del
derechohabiente o usuario.

Observa en lactantes los movimientos del abdomen y hace las mismas observaciones.

Registra el resultado en la hoja de enfermería.
Medición de la Presión Arterial:

Coloca al derechohabiente o usuario sentado o acostado y descubre su brazo y antebrazo.

Coloca el brazal a dos o cuatro centímetros del codo sin apretar.

Localiza el pulso braquial con los dedos índice y medio.
 Coloca la cápsula del estetoscopio sobre la arteria braquial, evitando que toque el brazal y colocar los auriculares en el lugar
correspondiente.

Cierra la válvula de la pera e insufla el brazal hasta que la columna de mercurio marca 200 mm. de mercurio.

Deja salir el aire lentamente, aflojando el tornillo de la pera insufladora.
94

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Escucha el primer ruido que corresponde a la presión sistólica, lee la cifra y considera como presión máxima.
 Continúa disminuyendo la presión del brazal hasta que deja de escuchar el latido del pulso, lee la cifra y la registra como presión
diastólica o mínima.

Quita el estetoscopio y desinfla totalmente el brazal, lo retira del derechohabiente o usuario y lo guarda en su estuche.

Realiza las anotaciones correspondientes en la hoja de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Apoyar el brazo del derechohabiente o usuario en un plano resistente.

Verificar que la columna de mercurio quede a la altura del brazo y éste a nivel del corazón.
Medición de la Frecuencia Cardíaca:

Descubre la región torácica y coloca la cápsula del estetoscopio en el área precordial del derechohabiente o usuario.

Cuenta durante un minuto los latidos cardíacos, escucha las características y las registra.
Medidas de Control y Seguridad:

Verificar que el equipo esté completo y en buenas condiciones de exactitud y uso.

Trasladar el equipo a la unidad del derechohabiente o usuario.

Lavarse las manos cuantas veces sea necesario.

Comunicar al derechohabiente o usuario las maniobras que se van a efectuar.

Colocar al derechohabiente o usuario en la posición requerida, según el procedimiento.

Hacer la medición con la frecuencia que requiera el estado del derechohabiente o usuario o la indicación médica.

Medir los signos vitales cuando el derechohabiente o usuario esté en reposo, excepto en indicación médica precisa.
 Elegir el procedimiento y equipo indicados según edad, estado de conciencia, padecimiento y condiciones generales del
derechohabiente o usuario.

Verificar los datos cuando exista duda sobre la medición.
 Avisar a la responsable del servicio y al médico, en caso de existir alguna alteración en las cifras y características de los signos
vitales.

Registrar la hora y fecha de la medición y las características de los signos vitales en la hoja de registros clínicos de enfermería.

Proporcionar comodidad al derechohabiente o usuario al terminar el procedimiento.

Conservar el equipo en óptimas condiciones de uso.

Dar al equipo los cuidados necesarios al terminar cada procedimiento.
T
P
R
TA
Mn
Mx
F.C
Abreviaturas
Temperatura (O: oral; A: axilar; R: rectal).
Pulso.
Respiración.
Tensión Arterial.
Mínima.
Máxima.
Frecuencia Cardíaca.
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4.2 Aspiración de Secreciones.
Concepto:
Son las maniobras que se realizan para extraer las secreciones del árbol traqueo-bronquial y que el derechohabiente o usuario, por su
estado patológico, no puede expectorar.
Objetivo:
Mantener libre de secreciones las vías aéreas para favorecer el proceso de la ventilación pulmonar.
Principio:
El oxígeno es indispensable para la vida, por lo que el derechohabiente o usuario debe respirar sin ninguna dificultad.
Material y Equipo:

Aspirador empotrado o portátil (con tubos y conectores).

Equipo de Aspiración Estéril (riñón, vaso y gasas).

Sondas de aspiración de acuerdo a la edad (adulto 10, 12, 14, niños 8 y 10).

Frascos con agua bidestilada.

Guantes estériles.

Cubrebocas.
Técnica:

Lava las manos antes y después del procedimiento o cuantas veces sea necesario.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.
 Explicar brevemente al derechohabiente o usuario la razón del procedimiento y en qué consiste. En caso de que el derechohabiente o
usuario se encuentre traqueostomizado, se le proporciona papel y lápiz por si desea comunicarse.

Coloca el cubrebocas.

Coloca al derechohabiente o usuario en posición de Fowler o en decúbito dorsal según el caso.

Abre el equipo y anexa las sondas, gasas y vierte en el recipiente la solución o agua inyectable según sea el caso.

Abre la succión y se calza los guantes.

Toma la sonda y conecta un extremo al tubo de aspiración.

Ventila al derechohabiente o usuario con oxígeno al 100%.

Inicia la aspiración retirando la sonda con movimientos rotatorios.
 Aspira pequeñas cantidades de solución para limpiar el interior de la sonda y con una gasa limpia el exterior cuantas veces sea
necesario.

Repite el procedimiento en caso de persistir las secreciones.
En Caso de Tener Traqueotomía:

Retira y lava la endocánula con jabón y agua.
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 Pasa gasa o hisopo humedecido, por la luz de la endocánula para el aseo correspondiente y la instala en la cánula del derechohabiente
o usuario.

Cubre con gasa húmeda el orificio de entrada de la cánula instalada en el derechohabiente o usuario.

Efectúa limpieza y curación de la herida, en caso de ser necesario.
 Observa las secreciones del derechohabiente o usuario en caso de requerir oxigenación y alterna las fases de aspiración con las de
oxigenación.
 Asiste al derechohabiente o usuario con insuficiencia respiratoria y avisa al médico si ésta se acentúa; informa si hay presencia de
signos, síntomas y características correspondientes.

Da comodidad y confianza al derechohabiente o usuario.

Efectúa los registros correspondientes.

Proporciona, una vez terminado el procedimiento, los cuidados necesarios al equipo para mantenerlo en buenas condiciones.
En Caso de Tener Cánula Endotraqueal:

Ventila al derechohabiente o usuario con oxígeno al 100 %.
 Desconecta el ventilador e introduce la sonda sin aspirar, obturando su luz mediante un doblez, para evitar el vacío al efectuar la
introducción.

Inicia la aspiración retirando la sonda con movimientos rotatorios.

Reconecta el ventilador al conector de la cánula del derechohabiente o usuario y lo ventila.
 Aspira pequeñas cantidades de solución para limpiar el interior de la sonda y con una gasa limpia el exterior cuantas veces sea
necesario.

Repite el procedimiento en caso de persistir las secreciones.

Realiza lavado bronquial en caso de que sea necesario, humidifica las secreciones.

Carga una jeringa de 10 cc. con agua inyectable.

Desconecta el ventilador e instila de 2 a 3 cc. de agua inyectable.
 Para lavar y aspirar el bronquio izquierdo, gira la cabeza del derechohabiente o usuario al lado derecho, se instilan de 2 a 3 cc. de agua
inyectable y se ventila al usuario, desconecta el ventilador introduciendo la sonda obturada y la saca con movimientos circulares,
nuevamente ventila al derechohabiente o usuario, limpia la sonda y enjuaga con agua inyectable.
 Para lavar y aspirar el bronquio derecho, se gira la cabeza del derechohabiente o usuario al lado izquierdo y se procede a realizar el
lavado bronquial como se describió en el paso anterior.

Alterna la aspiración con la ventilación a intervalos breves.

Repite el procedimiento a partir de la instilación hasta la aspiración, las veces que sea necesario.

Retira el equipo y da los cuidados posteriores a su uso.

Realiza las anotaciones pertinentes en la hoja de registros clínicos de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Evitar que el frasco colector de secreciones rebase el nivel que propiciará el reflujo de su contenido al derechohabiente o usuario.
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
Cambiar las cintas de sujeción cuando sea necesario.

Utiliza sondas diferentes para aspirar la cánula y la boca.

Ajustar perfectamente todas las conexiones y tapones del equipo para evitar fugas.

Identificar perfectamente las partes de la cánula antes y después del procedimiento.
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 Orientar al derechohabiente o usuario en el manejo de la cánula completa y aspiración de secreciones, en caso de egresar sin
decanular.

Recabar del derechohabiente o usuario que sale del hospital con cánula, la firma del vale correspondiente.

Inactive los fluidos del derechohabiente o usuario para el manejo correcto de fluidos.
4.3 Lavado Gástrico:
Concepto:
Son las maniobras que se realizan para introducir una sonda por boca o nariz hasta el esófago o estómago y en su caso, evacuar el
contenido gástrico.
Objetivos:

Lograr la hemostasia de venas sangrantes en el esófago o la parte superior del estómago.
 Mantener la cavidad gastrointestinal libre de gases o secreciones con fines de estudio, tratamiento o para que no alteren el
funcionamiento general de ésta.
Principios:

La compresión de vasos sangrantes produce hemostasia.

La disminución o ausencia de peristaltismo ocasiona formación de gases o secreciones.

La mucosa gástrica es sensible a la presencia de irritantes y a la absorción de tóxicos.
Material y Equipo:

Mesa Pasteur.

Charola con:
 Sondas de Sengestaken-Blakemore, de Levine, de Miller-Abbott, de Fouché y de Nélaton (pediatría), de diversas medidas de
acuerdo a la prescripción médica.

Lubricante hidrosoluble.

Jeringa asepto.

Jeringa de 50 ml. con pivote metálico.

Riñón.

Toalla.

Guantes estériles.

Tela adhesiva y gasas.

Casco, careta de seda gruesa y pesas.
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
Recipiente con solución fisiológica o agua helada.

Conectores de plástico.

Aparato evacuador eléctrico.

Soluciones medicamentosas indicadas por el médico.
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Técnica:

Verifica el funcionamiento del aparato de succión.

Integra el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario, o al sitio donde se va a realizar el procedimiento.

Se lava las manos antes y después de realizar el procedimiento y cada vez que sea necesario.

Orienta al derechohabiente o usuario acerca del procedimiento que se va a realizar.

Sujeta al derechohabiente o usuario, lo coloca en posición de Fowler y le cubre el pecho con la toalla.

Abre los materiales estériles y pone lubricante en una gasa.

Proporciona los guantes al médico, si éste va a efectuar el procedimiento.

Asiste al derechohabiente o usuario y al médico durante el procedimiento.

Insufla los globos de las sondas en caso necesario y de acuerdo con la prescripción médica.

Instala el casco o la careta al derechohabiente o usuario en caso de contar con ellos.

Participa con el médico en la fijación del extremo libre de la sonda, marcando el nivel de introducción.

Realiza lavado gástrico con solución salina o agua helada para extraer los restos de sangre y ministra los medicamentos indicados.

Se calza los guantes si va a instalar la sonda.
 Toma la sonda de acuerdo con la indicación médica, la enrolla sobre la mano, mide la porción que se va a introducir de la base de la
nariz al lóbulo de la oreja y la marca.

Lubrica e introduce la sonda de acuerdo con las indicaciones médicas, por boca o nariz, con movimientos delicados.
 Indica al derechohabiente o usuario que degluta saliva y le proporciona pequeños sorbos de agua para ir pasando la sonda, si su estado
de conciencia lo permite.

Verifica que esté en la cavidad gástrica aspirando el contenido al llegar a la marca establecida.

Fija la sonda en la base de la nariz con cinta adhesiva para evitar que se mueva y la asegura a la cama con el alfiler, en caso necesario.
 Efectúa la conexión entre la sonda y el aparato de succión si éste ha sido indicado; enciende y gradúa su intensidad verificando la
succión y anota en él la fecha y hora de iniciación, en caso necesario.

Alterna introducción y drenaje de agua o solución cuantas veces sea necesario, al tratarse de lavado gástrico.

Controla las cantidades ingeridas y excretadas; observa sus características y realiza las anotaciones en los registros de enfermería.

Pinza la sonda antes de retirarla y hace esto último en un sólo movimiento para evitar náuseas o vómito.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario.

Proporciona los cuidados finales al equipo.
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
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Anota las observaciones pertinentes en los registros de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Antes de introducir la sonda, probar los globos distendiéndolos con aire.
 Evitar la extracción excesiva para prevenir la asfixia al ascender los globos esofágico y gástrico, y evitar comprimir la parte superior
de las vías respiratorias.

Registrar la fecha y hora de colocación de la sonda, controlando el tiempo de insuflación de los globos para evitar necrosis y úlceras.

Verificar periódicamente que la sonda no se mueva de la marca señalada o se obstruya en su trayecto.

Efectuar lavados periódicos y movilización de la sonda de acuerdo con la prescripción y bajo vigilancia médica.

Extremar los cuidados en la aspiración de secreciones en derechohabiente o usuarios con sonda de Sengestaken-Blakemore.

Asear frecuentemente la cavidad bucal con agua bicarbonatada.

Vigilar el estado de alerta y sujetar al derechohabiente o usuario en caso necesario.
 Ministrar aceite mineral 30 minutos antes de retirar la sonda por indicación médica y verificar que los globos estén totalmente
desinflados antes de retirarla.
4.4 Cateterismo Vesical.
Concepto:
Es la inserción de un catéter o sonda estéril a través del meato urinario hasta la vejiga.
Objetivos:

Favorecer el vaciado vesical fisiológico.

Determinar la cantidad de orina retenida (control de líquidos) o para recoger orina estéril para análisis.

Colocar una sonda vesical permanente o de retención, en especial después de una intervención genitourinaria.

Vaciar la vejiga en casos de retención urinaria o antes de una intervención quirúrgica.

Drenar la orina permanentemente para evitar distensión abdominal y valorar el funcionamiento renal.

Obtener una muestra estéril de orina para estudios de laboratorio.

Cateterizar la vejiga antes de la atención de parto u operación del perineo.
Principios:

El recién nacido debe empezar a orinar dentro de las 24 a 36 horas después del nacimiento.

El frío puede propiciar espasmo del esfínter uretral y producir dolor al paso de la sonda.
 La orina producida en las nefronas pasa por los túbulos colectores hasta los cálices y de ahí se vacía en las pelvicillas renales. De la
pelvicilla renal la orina pasa por los uréteres a la vejiga, tanto por la acción de la gravedad como por la acción peristáltica del músculo liso
de la pared uretral.
 La orina recién expulsada es de color amarillo pálido o ligeramente ámbar y clara sin sedimento. La orina concentrada es oscura y
maloliente.

Los cambios de los elementos de la orina son indicadores de trastornos de la salud.
100

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La retención de la producción urinaria produce desde alteraciones mecánicas hasta intoxicaciones graves en el organismo.
 Con los líquidos se excretan también productos azoados como la urea y la creatinina que de no ser eliminados al exterior, causarían
serias alteraciones en diferentes órganos de la economía, como la neumonía urémica que se produce cuando las cifras de urea en el
torrente sanguíneo rebasan las cifras normales de este producto.
 La extracción brusca de un volumen mayor de 1,500 ml de orina predispone a traumatismo de la vejiga y puede causar
complicaciones como choque y escalofríos.

El frío y el temor del derechohabiente o usuario puede propiciar espasmo del esfínter uretral y producir dolor al paso de la sonda.
Material y Equipo:

Equipo para instalación de catéter urinario o equipo de aseo.

Sonda estéril.

Lubricante.

Solución antiséptica, como jabón líquido germicida.

Agua inyectable tibia.

Torundas estériles.

Gasas.

Bolsas colectoras estériles o frascos para recolectar muestra en caso de urocultivo.

Lámpara de chicote.

2 pares de guantes.

Microporo en caso de quedar a permanencia.

Tintura de Bejuí.

Tiras reactivas para glucosurias.

Cubrebocas.

Bolsa para drenaje urinario (sistema cerrado).

Sábana clínica.

Jeringa 10 ml.

Cómodo.
Técnica:

Lava las manos, prepara el material y equipo.

Lleva el equipo a la unidad del derechohabiente o usuario.

Coloca la lámpara de chicote en el extremo de la cuna en caso de que la iluminación sea insuficiente.

Coloca al derechohabiente o usuario en decúbito dorsal o posición supina.

Retira la envoltura del material estéril y lo coloca en un área cercana, aplica jabón antiséptico en hisopos y jalea lubricante en gasas.
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
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101
Se calza guantes estériles.
 Realiza aseo de genitales externos con los hisopos humedecidos en el jabón germicida, usando un hisopo para cada frote. El frote
deberá hacerse de arriba hacia abajo, para prevenir que los microorganismos del baño asciendan por el meato urinario.

Desecha los guantes y se calza otros estériles.

Lubrica la punta del catéter estéril.
 En derechohabientes o usuarias, se procede a instalar la sonda, separando con una mano ligeramente hacia arriba los labios menores
para localizar el meato.

Toma el catéter y lo introduce, sin cerrar los labios menores, hasta que empiece a fluir orina.
 En derechohabientes o usuarios masculinos, con una mano protegida con gasa, toma el pene y lo coloca en posición recta, retrae el
prepucio y localiza la uretra e introduce el catéter, aplicando una presión suave y continua, hasta que empiece a fluir orina.

Recibe la orina en un recipiente recolector o en el frasco estéril.
 Fija la sonda con microporo, en caso de que el catéter requiera mantenerse permanentemente, coloca membrete con los siguientes
datos: fecha, hora y nombre de la enfermera que instaló el catéter.

Conecta el extremo libre del catéter a la bolsa colectora o sistema de drenaje urinario.

Retira el material y equipo, proporcionándole los cuidados posteriores a su uso.

Realiza las anotaciones correspondientes en la hoja de registros clínicos de enfermería y en la hoja de control de líquidos.
Irrigación Vesical:

Abre los materiales estériles con técnica aséptica, cargando la jeringa con la solución o el medicamento indicado.

Pinza la sonda vesical y la desconecta del tubo de derivación.

Toma la jeringa, ajusta el pivote a la sonda evitando contaminarla e inyecta lentamente la solución o medicamento a la vejiga.

Cumple con el tiempo de retención de la solución o sustancia medicamentosa de acuerdo con la indicación médica.

Repite la maniobra anterior cuantas veces sea necesario, de acuerdo con la indicación médica.

Deja salir el líquido de la vejiga, alternando con la introducción del mismo cuantas veces sea necesario.

Realiza el control de la entrega y salida de líquido de la vejiga al terminar la irrigación.
Medidas de Control y Seguridad:

Lavarse las manos antes y después de manipular la sonda o la bolsa de drenaje.

Se utilizará técnica estéril y circuito cerrado en la instalación de catéter urinario.

Puede determinarse la diuresis horaria con la colocación de un dispositivo para medir pequeñas cantidades de orina.

La bolsa debe vaciarse como mínimo cada 8 horas.

En caso de que se observe sedimento en la bolsa o en el tubo de drenaje, debe avisarse al médico de inmediato.

Vigilar constantemente y mantener el circuito de drenaje cerrado.

Se tomará urocultivo al instalar el catéter y cada cuatro días posterior a la instalación del catéter.
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 Antes de realizar el cateterismo, estimular la micción voluntaria vertiendo agua tibia sobre la vulva para relajar el esfínter uretral, abra
la llave de agua o dé masaje suave en la pared abdominal.

Antes de practicar el cateterismo debe hacerse aseo de genitales al derechohabiente o usuario.

Evite torsión o doblez en el tubo de drenaje o la sonda.

Siempre mantenga la bolsa colectora a un nivel inferior que la vejiga, para facilitar el flujo por gravedad y evitar el reflujo urinario.
 Observe la zona del meato para descubrir inflamación o acumulación de secreciones, éstas aumentan el riesgo de infección de las vías
urinarias.
 Debido a la relación que guarda la uretra con la vagina y el recto, es necesario que el aseo vulvar se haga en cada turno para evitar
infecciones ascendentes de las vías urinarias.
 Proteger al derechohabiente o usuario de infecciones mediante el manejo aséptico de todos los materiales que se usen en cada una de
las maniobras que se realicen.

Verificar la integridad del globo de seguridad antes de introducir la sonda y de su vaciamiento al retirarla.

Evitar desconectar la sonda del tubo de derivación cuando no esté debidamente justificado.

Evitar introducir aire a la vejiga o mayor cantidad de solución de la prescrita.

Observar minuciosamente las características de la orina y los líquidos de retorno.
 En el caso del derechohabiente o usuario varón, la sonda se fija hacia el abdomen ya que de esta forma se elimina la presión e
irritación en el ángulo formado por la parte inferior del pene y el escroto, en las derechohabientes o usuarias, se fijará en la parte interna
del muslo.

Mantenga el catéter limpio y libre de obstrucción.

Evite manipulación innecesaria del derechohabiente o usuario.
4.5 Enema Evacuante.
Concepto:
 Es la introducción de una solución al recto o porción inferior del colon a través de una sonda o cánula, para drenarla por medios
naturales o artificiales.

El enema de retención es en donde la persona retiene la solución durante un tiempo determinado, para lograr la terapéutica deseada.
 El enema de no retención se aplica para eliminar la materia fecal del recto y colon en la constipación e impacto fecal o para limpiar el
colon en caso de estudios radiológicos de esa porción del intestino u otro lugar cercano.
Objetivos:

Reblandecer y extraer la materia fecal.

Aliviar la congestión intestinal y estimular el peristaltismo en el intestino.

Ministrar medicamentos.
Principios:
 Las soluciones emolientes o jabonosas reblandecen las materias fecales y estimulan el peristaltismo intestinal, por irritación química
de la mucosa.
 En el colon se efectúan la última etapa de transformación del residuo de la digestión, por lo que algunos medicamentos pueden
introducirse en él para tratamiento.
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
La fuerza de gravedad permite el paso del líquido al intestino.

La acción química y física de la solución depende del tiempo en que se retiene ésta.
103
 El recto varía en longitud según la edad del niño; la longitud aproximada en el lactante es de entre 2.5 a 3.8 cm.; en el lactante mayor
es de 5 cm.; en el preescolar es de 7.5 cm. En tanto que en el escolar de 10 cm.
Material y Equipo:

Recipiente con capacidad de acuerdo con la edad del derechohabiente o usuario y la cantidad de solución indicada.

Tubos de conexión del recipiente y pinza de obturación.

Equipo desechable de enema.

Sondas de Nélaton del número indicado (adulto de 18 a 30 Fr; en niños de 12 a 18 Fr).

Soluciones y sustancias medicamentosas indicadas, a una temperatura de 37 a 37.8°C.

Lubricante hidrosoluble.

Guantes, riñón, gasas y tela adhesiva.

Papel Sanitario.

Cómodo con cubierta.

Tripié o ganchos portasueros.

Termómetro de baño.
Técnica:

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Lava las manos antes, después del procedimiento y cuantas veces sea necesario.

Explica al derechohabiente o usuario y al familiar, el propósito del enema y le informa que le puede causar molestias.

Verifica la temperatura de la solución con el termómetro de baño.
 Coloca al derechohabiente o usuario en posición de Sims, preferentemente al lado derecho en la orilla de la cama y descubre
solamente la región glútea.

Instala el recipiente en el tripié o gancho portasueros, a una altura de 50 cm. aproximadamente y obturando el tubo conector.
 Adapta el tubo conector con la sonda o cánula, lo purga, lubrica la sonda o cánula en los últimos 5 a 7.5 cm. aproximadamente del
tubo rectal.
 Se calza los guantes, separa los glúteos para visualizar el orificio anal e introduce la sonda suavemente, de 5 a 20 centímetros, de
acuerdo con la talla, edad del derechohabiente o usuario y propósito del enema.

Desobtura el tubo y permite que la solución pase lentamente, sin molestar al derechohabiente o usuario.

Cierra el tubo conector, retira la sonda y permite que evacúe el derechohabiente o usuario si lo solicita.

Quita con una gasa las secreciones o excedentes del lubricante de la punta de la sonda o cánula y la coloca en el riñón.

Proporciona al derechohabiente o usuario, papel sanitario para la limpieza del recto o asistirlo si es necesario.
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
Repite las maniobras si es necesario para continuar pasando las soluciones o sustancias de acuerdo con la indicación médica.

Deja limpio y cómodo al derechohabiente o usuario.

Efectúa las anotaciones correspondientes en los registros de enfermería.

Retira el equipo y proporciona los cuidados posteriores a su uso.
Medidas de Control y Seguridad:

Revisar la permeabilidad de la sonda.

Está contraindicado la administración de enema en caso de apendicitis.

Use sondas de calibre adecuado a la edad del derechohabiente o usuario.

Use guantes.

Introducir suavemente la sonda sin forzar, para reducir al mínimo los espasmos de la pared intestinal.

Suspender el procedimiento en caso de dolor, distensión abdominal y avisar de inmediato al médico.

Evitar la entrada de aire al recto, pinzando oportunamente el tubo.

Vigilar que la temperatura de la solución sea la indicada.

Respetar y cuidar la individualidad del derechohabiente o usuario.
4.6 Oxígenoterapia.
Concepto:
Es el suministro de oxígeno dosificado a una velocidad de flujo predeterminada, que debe regirse por el estudio de la gasometría arterial,
para asegurar el funcionamiento del corazón, el cerebro y todas las células del organismo.
Objetivo:
Oxigenar en forma adecuada la sangre arterial del niño y garantizar la eliminación del bióxido de carbono.
Principios:
 El oxígeno es un componente del aire que respiramos, pero cuando se administra de forma artificial, debe ser manipulado como un
fármaco y por lo tanto, capaz de producir daños si su uso no es correcto.

El oxígeno es indispensable para la vida, por lo que el derechohabiente o usuario debe respirar libremente.

Todas las células del organismo requieren de la administración continúa y suficiente de oxígeno.
Material y Equipo:

Fuente de oxígeno con regulador (medidor de flujo).

Tubos para oxígeno.

Catéter nasal.

Campana cefálica.

Gel hidrosoluble.
Técnica:
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Oxígeno en Incubadora.

Se lava las manos.

Conserva despejadas las vías respiratorias aspirándolas si es necesario.

Asegura una fuente de humectación colocando agua destilada en el depósito del humidificador (borboteador).

Conecta el humidificador al flujómetro (medidor de flujo).

Conecta el tubo del oxígeno al humidificador e introduce el otro extremo a la incubadora, a través de los orificios destinados para ello.

Verifica que la manguera no se obstruya o se doble.

Regula el flujo de oxígeno indicado en litros.

Observa la reacción del niño al oxígeno.

Realice las anotaciones pertinentes en la hoja de registros clínicos de enfermería.
Oxígeno por catéter nasal.

Lava las manos.

Verifica la permeabilidad de las vías aéreas.

Verifica la humectación del oxígeno.

Aplica un poco de gel hidrosoluble en las puntas del catéter para facilitar la introducción en narinas.

Introduce las puntas, hasta la retrofaringe.

Fija el catéter con microporo o transporo.

Conecta el catéter nasal a la manguera de oxígeno y regula el flujo según lo indicado en litros.

Asea diariamente narinas, lubrica y cambia el catéter.

Verifica la presencia de lesión en la mucosa nasal y de ser el caso informa al médico.

Realiza las anotaciones pertinentes en la hoja de registros clínicos de enfermería.
Oxígeno en campana cefálica (cámara transparente de plástico duro).

Lava las manos.

Verifica la permeabilidad de las vías aéreas.

Verifica la humectación y/o calentamiento del oxígeno.

Coloca la campana cefálica al derechohabiente o usuario, eligiendo el tamaño adecuado para que el neonato se sienta cómodo.

Introduce la manguera de oxígeno a la campana cefálica por los orificios destinados para ello.

Regula el flujo de oxígeno según lo indicado.
 Retira lo menos posible la campana cefálica al derechohabiente o usuario, para no disminuir bruscamente la concentración de
oxígeno.

Realiza las anotaciones pertinentes en la hoja de registros clínicos de enfermería.
106
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Medidas de Control y Seguridad:

El oxígeno debe humidificarse para prevenir la resequedad del tracto respiratorio.

Para prevenir fibroplasia retrolenticular no aplique oxígeno directamente a los ojos.

Evite cambios bruscos en la concentración de oxígeno.

Evite manipular llamas o chispas eléctricas en el área en que se utiliza el oxígeno.
4.7 Curaciones.
Concepto:
Son las maniobras asépticas efectuadas en una lesión para realizar lavado mecánico y aplicar sustancias medicamentosas o antisépticas.
Objetivos:

Evitar infecciones y favorecer la cicatrización.

Favorecer los mecanismos de cicatrización o curación.

Eliminar los productos de desechos del proceso supurativo y microorganismos.

Lograr el bienestar del derechohabiente o usuario.
Principios:

Las heridas o lesiones tratadas de manera aséptica cicatrizan con menor reacción tisular.

Las secreciones orgánicas favorecen el desarrollo de microorganismos.

La gravedad de la infección en las heridas depende de la resistencia del organismo.

La inflamación es la reacción de defensa del organismo a la acción del agente infeccioso.
Material y Equipo:
 Equipo de curación estéril con el número de instrumental necesario de acuerdo con la magnitud y complejidad de la curación (pinzas
de forcipresión, tijera para puntos, tijera de Mayo recta o curva, pinza de disección fina).

Solución antiséptica.

Jabón líquido quirúrgico.

Agua estéril, solución de irrigación o fisiológica.

Batas estériles (opcionales).

Pinzas de traslado.

Guantes.

Gasas.

Apósitos.

Abatelenguas

Cubreboca y gorro.
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
Vendas (elásticas, gasa Retelast, Tensoplast).

Tela adhesiva o microporo.

Sustancias o emolientes indicados.

Acetona o benjuí.

Cubeta cubierta con bolsa roja para depositar los desechos de la curación.
107
Técnica:

Lavarse las manos antes y después del procedimiento, y cuantas veces sea necesario.

Integra el equipo y lo traslada al sitio en donde se va a efectuar la curación.

Explica al derechohabiente o usuario la razón del procedimiento y lo prepara físicamente.

Descubre solamente la región de la curación.

Retira el apósito con movimientos suaves y lo deposita en la cubeta o bolsa para desechos.

Se coloca el cubrebocas y se calza los guantes o asiste al médico durante el procedimiento.
 Abre asépticamente el equipo de curación, proporciona material estéril, soluciones y medicamentos en la cantidad necesaria,
considerando la magnitud y características de la herida.

Coloca sobre la herida la compresa hendida, de modo que el orificio de la compresa deje al descubierto la herida.
 Limpia la herida con una gasa impregnada de solución antiséptica del centro a la periferia hasta retirar completamente las secreciones.
Cambia la gasa cuantas veces sea necesario y la deposita en la cubeta para desechos.

Retira el exceso de antiséptico con solución fisiológica o agua estéril.
 Seca la herida usando otra pinza y gasa, aplica medicamento si está indicado, cubre la herida con apósito y retira la compresa hendida,
finalmente fije el apósito.

Deja al derechohabiente o usuario cómodo y le da las indicaciones pertinentes.

Retira el equipo y otorga los cuidados posteriores a su uso.

Registra el cumplimiento de la indicación, su observación y hallazgos, en los registros clínicos de enfermería.

Envía en su caso, las muestras al laboratorio, debidamente identificadas y con la documentación correspondiente.
Medidas de Control y Seguridad

Observar estrictamente durante el procedimiento, los principios de asepsia y antisepsia.

Proteger y respetar la individualidad del derechohabiente o usuario.
 Notificar al Comité de Infecciones la presencia de signos de inoculación (exudado, dolor, abscesos o dehiscencia) de acuerdo con las
normas.

Aplicar los principios básicos de asepsia cuando la enfermera realice este procedimiento.
 Iniciar la curación de la herida, del centro a la periferia, de lo “más limpio a lo más sucio”, después de tocar la periferia de la herida
no volver a hacerlo.

Al hacer la curación evite nuevos traumatismos (sangrado en la herida).
108
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
Utilice un equipo por cada curación.

Todo el equipo para realizar la curación debe estar estéril.
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4.8 Administración de medicamentos.
Conceptos:
 Es el procedimiento mediante el cual se introducen un fármaco al organismo, por diferentes vías, con fines terapéuticos y
profilácticos.
 Consiste en administrar de una manera racional y segura, fármacos al derechohabiente o usuario. Es el médico quien indica la vía por
la cual debe ser administrado un fármaco, sin embargo, es importante que la enfermera conozca bien las diferentes vías por las cuales
pueden ser administrados para el caso que la vía prescrita presente problemas o necesite adaptaciones.
 Medicamento o Fármaco: Es aquella sustancia útil en el diagnóstico, prevención y tratamiento de entidades patológicas varias. Son
numerosos los fármacos que se utilizan actualmente en la terapéutica humana; son de origen vegetal, otros de origen animal o de origen
mineral, siendo la mayoría artificial.
 Vías de Administración de Medicamentos: La vía de elección depende de varios factores, entre ellos están el efecto que se busca, la
velocidad de absorción que se desea, la naturaleza del fármaco y la condición o estado del derechohabiente o usuario.
 Administración Oral: Fármacos en estado líquido o sólido que se administran por la boca a lactantes o niños (en caso de que no
exista presentación en suspensión, se triturarán las tabletas o comprimidos y se hará la dilución correspondiente).
 Administración Tópica: La administración de fármacos en estado líquido (loción, linimentos, etc.), semisólidos (pomada, crema) o
sólido (trocisco, supositorios), para que se absorban a través de la piel o mucosa.
 Administración por Inhalación: Administración de fármacos en estado de vapor o gaseosos, para que se absorban por vía
respiratoria.

Administración Parenteral: Administración de fármacos en solución por inyección, la cual se clasifica en:

Intradérmica: Justo por debajo de la superficie de la piel.
 Subcutánea: El tejido conectivo laxo bajo la piel cuando no es posible por vía bucal o cuando se desea un efecto más lento que la
vía intramuscular. Son sitios frecuentes la región superior del brazo y muslo.
 Intramuscular: Inyección en el tejido muscular cuando se desea una absorción más rápida de la que es posible por la inyección
subcutánea o cuando el fármaco es irritante para el tejido cutáneo o nocivo para la vena. Los sitios más frecuentes son la región
ventral del glúteo, músculo vasto extenso, región dorsal del glúteo (en los niños mayores de edad), y muslo deltoides. No se aplican
inyecciones de este tipo en los glúteos, a menos que el niño tenga más de 1 año de edad.

Intravenosa: Ministración de fármacos al torrente sanguíneo canalizando una vena.
Objetivo:
Provocar reacciones terapéuticas específicas en el organismo y coadyuvar en el tratamiento del derechohabiente o usuario, al
proporcionarle los medicamentos con oportunidad y eficiencia.
Principios:

Los medicamentos son la base de uno de los métodos que contribuyen al tratamiento de las enfermedades.

Cada medicamento tiene una acción terapéutica específica.
Material y Equipo:

Carro de medicamentos.
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
Recipiente con tapa.

Recipiente para material sucio.

Vasos para medicamentos.

Mortero.

Gotero.

Jeringas y agujas estériles.

Tela adhesiva.

Sierras.

Torundas alcoholadas.

Gasas.

Toallas.
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Administración por vía subcutánea.
Técnica:

Efectúa las medidas generales de control y seguridad conducentes.

Elige y descubre la región a puncionar.

Efectúa la asepsia de la región.

Fija la piel del derechohabiente o usuario con los dedos índice y pulgar.

Introduce la aguja con el bisel hacia arriba, formando entre la piel y la jeringa un ángulo aproximado de 15 grados.

Aspira con la jeringa para verificar que no haya sangre e inyecta el medicamento.
 Retira la aguja y coloca una torunda alcoholada en el sitio de la punción: cara externa del brazo, cara anterior del muslo, cara posterior
del tórax y abdomen.

Efectúa la asepsia de la región.

Fija la piel del derechohabiente o usuario con los dedos índice y pulgar.

Introduce la aguja con el bisel hacia arriba, formando entre la piel y la jeringa, un ángulo aproximado de 15 grados.

Aspira con la jeringa para verificar que no haya sangre e inyecta el medicamento.

Retira la aguja y coloca una torunda alcoholada en el sitio de la punción.
Medidas Específicas de Control y Seguridad:

En presencia de sangre desviar la aguja hacia otro sitio.

No puncionar en zonas irritadas e infectadas.

En casos repetitivos se aconseja rotar el sitio de aplicación.
Administración por vía intramuscular.
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Técnica:

Realiza las medidas generales requeridas para control y seguridad.
 Coloca al derechohabiente o usuario en la posición adecuada; selecciona y descubre la región: cuadrante superexterno del glúteo, cara
anterior del muslo o región deltoidea.

Efectúa la asepsia de la región seleccionada.

Fija la zona con los dedos pulgar e índice.

Introduce la aguja en un solo movimiento, en un ángulo aproximado de 90° en relación con el plano de la piel.

Aspira con la jeringa; en presencia de sangre, desviando la aguja a otro sitio.

Retira la aguja sin dejar de fijar la piel y coloca la torunda alcoholada en el sitio de la punción haciendo una ligera presión.

Arregla al enfermo y observa su reacción.
Medidas Específicas de Control y Seguridad:

Evitar la punción de vasos sanguíneos.
Administración por vía intravenosa.
Técnica:

Efectúa las medidas generales de control y seguridad correspondientes.

Coloca al derechohabiente o usuario sentado o acostado.

Selecciona la vena para punción:

En el Brazo: Venas cefálica o basílica.

En la Mano: Venas superficiales del dorso y cara lateral.

En el pie: Vena pedia.

En el Cuello: Vena yugular.

Asea la región con torundas con antiséptico.

Apoya sobre un plano resistente.
 Coloca la ligadura (si es necesario), aproximadamente a diez centímetros por arriba del punto de punción de la vena elegida o en su
caso, hacer presión.

Efectúa la asepsia de la región.

Purga el aire de la jeringa e introduce la aguja con el bisel hacia arriba.

Verifica que se haya puncionado la vena y que la aguja permanezca dentro de ella, aspirando un poco, después soltar la ligadura.

Introduce lentamente la solución efectuando aspiraciones periódicas para mayor seguridad.
 Retira la aguja, coloca una torunda alcoholada en el sitio de la punción, presiona, desvía y solicita al derechohabiente o usuario que
sostenga la torunda, si está en condiciones de hacerlo.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario y observa su reacción.
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Medidas Específicas de Control y Seguridad:

Cerciorarse de que la aguja está en buen estado.

Evitar el maltrato y desgarramiento de los tejidos en las punciones.

Avisar al jefe inmediato o al médico en caso de dificultad para efectuar el procedimiento.

Suspender la aplicación si hay infiltraciones.

No introducir aire al torrente circulatorio.
Administración por Venoclisis.
Técnica:

Aplica las medidas generales, así como las de control y seguridad conducentes.

Prepara con técnica aséptica la solución con los fármacos prescritos.

Instala la llave reguladora.

Adhiere la etiqueta membretada al frasco y la tira de horario, en caso de ser necesario.

Prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Cuelga el frasco en el portasueros.
 Sigue el procedimiento de cateterización venosa por punción, para el caso de que el derechohabiente o usuario no tenga una vena
permeable.
 Conecta el equipo de Venoclisis de la solución con el medicamento, en el catéter del derechohabiente o usuario. Si cuenta con llave de
tres vías, quita el tapón y conecta, en caso contrario conecta en “Y” con una aguja, en el sitio diseñado para este fin.

Gradúa el goteo a la velocidad programada y facilita comodidad al derechohabiente o usuario.

Vigila periódicamente la permeabilidad y el paso de la solución, manteniendo el programa de administración.

Revisa la indicación médica al terminar de pasar la solución y efectúa lo conducente.
Medidas Específicas de Control y Seguridad:

Evitar la salida de sangre obturando el extremo distal del catéter o tubo del equipo de Venoclisis.

Avisar al jefe inmediato o al médico, en caso de dificultad durante cualquier etapa del procedimiento.

Evitar que el tubo se doble o que la aguja o el catéter se tapen y que la fijación haga mayor presión de la necesaria.

Verificar que la Venoclisis no permanezca en el mismo sitio de punción cuando se presente alguna reacción local.

Cambiar de sitio la Venoclisis en caso de flebitis y notificar el Comité de Infecciones Nosocomiales.

Calcular el número de gotas que pasará por minuto:

Consultar la etiqueta del equipo que se va a emplear, para verificar el número de gotas que da por mililitro.

Multiplicar el total de solución por el número de gotas por mililitro (ejemplo: 500 ml. X 15 gotas = 7 500 gotas).
 Multiplicar las horas en que debe pasar la solución por los 60 minutos que tiene la hora (ejemplo: 6 horas X 60 minutos = 360
minutos).
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 Dividir el número de gotas entre el número de minutos para obtener el número de gotas por minuto (ejemplo: 7 500 gotas entre
360 minutos = 21 gotas por minuto.
Administración por vía oftálmica
Técnica:

Lleva a cabo las medidas generales necesarias para control y seguridad.
 Coloca al derechohabiente o usuario sentado o acostado con la cabeza hacia atrás y se le indica que mantenga la vista hacia arriba si
su edad y su estado general lo permiten; en caso contrario, se inmoviliza.

Identifica el ojo afectado y lo limpia con una gasa estéril, del ángulo interno al externo.

Destapa el medicamento prescrito.

Separa y sostiene los párpados y aplica la cantidad de gotas indicadas, dirigiendo la punta del gotero hacia el ángulo interno inferior.

Retira el excedente del medicamento o de lágrima, con una gasa desde el conducto lacrimal hacia el ángulo externo; desechándola.

Indica al derechohabiente o usuario que cierre el ojo con suavidad; en caso de indicación médica, cubrir el ojo.
Medidas Específicas de Control y Seguridad:

Evitar que el medicamento sea absorbido por el conducto lacrimal.

Cerciorarse de que el ojo al que va aplicarse el medicamento sea el indicado.

Evitar que el derechohabiente o usuario con dilatación pupilar camine solo.

Evitar estímulos bruscos de movimiento o ruido al derechohabiente o usuario con ojos vendados.

Evitar que el gotero tenga contacto con el ojo.
Administración por vía ótica
Técnica:

Efectúa las medidas generales de control y seguridad correspondientes.

Coloca el oído que se va a tratar hacia arriba.
 Tira hacia arriba y hacia atrás el pabellón auricular con la mano y aplica la solución, procurando que resbale sobre la pared del
conducto auditivo externo.
 Indica al derechohabiente o usuario que permanezca en esa posición durante tres minutos, si la edad y las condiciones generales lo
permiten; en caso contrario, inmoviliza la cabeza por el tiempo enunciado.

Limpia con una gasa el excedente del medicamento.
Medidas Específicas de Control y Seguridad:

Evitar que el gotero tenga contacto con la piel.

Evitar que la gota caiga directamente sobre el tímpano.

Identificar la presencia del vértigo al levantarse el derechohabiente o usuario, y en su caso auxiliarlo.

Colocar en baño María el medicamento cuando se prescriba tibio.
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 Las vías de administración de medicamentos que más se utilizan son la vía oral, la parenteral que incluye a la intravenosa,
intramuscular y subcutáneas.

La vía rectal, sublingual, inhalatoria, intratecal y dérmica, se emplean sólo en casos particulares.
Administración por vía oral.
Técnica:
 Semisienta al derechohabiente o usuario. Si es paciente pediátrico, con una mano sostiene la cabeza y con la otra coloca el borde del
vaso sobre la lengua.
 Fuerza la deglución del medicamento en pequeños tragos y se cerciora que lo haya ingerido en su totalidad o repone la cantidad
perdida.

Retira el vaso y quita de la boca el residuo del medicamento.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario en posición de Fowler.

Retira el equipo y da los cuidados posteriores a su uso.
Medidas Específicas de Control y Seguridad:

Verificar la integridad del vaso.

Evitar la dilución de jarabes y no dar agua al derechohabiente o usuario inmediatamente después de la toma.

En caso de inconsciencia, triturar y homogeneizar el medicamento.
Medidas de Control y Seguridad:
 Es indispensable que la enfermera tenga conocimiento claro y preciso de las técnicas de administración y los mecanismos de acción
farmacológica y terapéutica; así como los efectos colaterales de cada uno de los medicamentos.

Disponer de buena iluminación al preparar los medicamentos.

Evitar preparar medicamentos cuyo envase carezca de etiqueta o tenga duda al leerla, o si se ha vencido la fecha de caducidad.

Extraer los medicamentos sólidos con un abatelenguas o depositarlo directamente en el vaso.

Agitar el envase antes de servir el medicamento, cuando el soluto se separa del solvente (suspensiones).
 Los preparados medicamentosos líquidos como jarabes, elíxires, soluciones o suspensiones, no se devuelven al frasco después de
haberlos extraído.

Tapar los frascos inmediatamente después de extraer el medicamento y colocarlo en el sitio establecido.

Al preparar dos o más medicamentos líquidos para un mismo derechohabiente o usuario, éstos deben servirse en vaso separado.
 La enfermera que prepara un medicamento debe ministrarlo personal e inmediatamente después de prepararlo para evitar
equivocaciones.

Identificar al derechohabiente o usuario llamándolo por su nombre, antes de darle el medicamento.

Permanecer en la cabecera del derechohabiente o usuario hasta que haya tomado la medicación.

Evitar ministrar medicamentos por vía oral a derechohabientes o usuarios que no estén en condiciones de deglutir o en ayuno.

Registrar el medicamento lo más pronto posible, después de haberlo ministrado.

Evitar registrar medicamentos que usted no haya preparado.
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 Cuando el derechohabiente o usuario es alérgico a un medicamento, colocar una tarjeta en su cama con el nombre del medicamento al
que es alérgico.
 Si se comete un error al ministrar el medicamento, debe avisarse de inmediato al médico para que se tomen las medidas necesarias
que protejan la salud del derechohabiente o usuario.

Aplicar medidas de asepsia en todos los casos, respetar la individualidad del derechohabiente o usuario.

En los envases de plástico observar filtraciones, y en los de vidrio, roturas o trizaduras.
 Observar cambios de color en los medicamentos, precipitación o partículas extrañas antes y después de la dilución y durante la
ministración.

Verificar vencimiento o caducidad.

Si es la primera vez que va usar un medicamento o solución, lea las instrucciones que acompañan la misma.

Tenga a la vista la indicación médica para evitar errores que puedan ser fatales.

Conservar medicamentos en su envoltura original.

No use medicamentos o soluciones que le ocasionen alguna duda u observe anomalías de color, consistencia o estén turbias.

Leer detenidamente y con toda atención, las indicaciones médicas y llevar a cabo la regla de oro y la regla de los diez correctos.
 Reglas de oro: Leer tres veces la etiqueta del frasco (cuando se toma el frasco del anaquel, inmediatamente antes de verter el
medicamento y al devolver el frasco a su lugar).

Regla de los diez correctos:

Administrar fármaco correcto.

Administrar el fármaco al derechohabiente o usuario correcto.

Administrar la dosis correcta.

Administrar el fármaco por la vía correcta.

Administrar el fármaco a la hora correcta.

Educar al derechohabiente o usuario sobre el fármaco que se va administrar.

Obtener una historia farmacológica del derechohabiente o usuario.

Averiguar si el derechohabiente o usuario tiene alguna alergia medicamentosa.

Estar consciente de posibles interacciones farmacológicas o de fármaco-alimento.

Anotar cada medicamento que se administre.

Verificar que diluciones o fracciones sean correctas.

Administrar medicamentos por estricta indicación médica.

Preparar solamente los medicamentos que se van a administrar en el horario correspondiente.

Evitar las interrupciones durante la preparación de los medicamentos.

No preparar medicamentos de apariencia dudosa.
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
Trasladar el equipo a la unidad del derechohabiente o usuario.

Verificar invariablemente la identificación antes de administrar el medicamento.

Atender al derechohabiente o usuario, en caso de cualquier reacción posterior a la administración de los medicamentos.

Homogeneizar la mezcla del medicamento cuando así lo requiera.
 Registrar la administración del medicamento inmediatamente después de efectuada y en caso de reacciones indeseables, notificar de
inmediato al médico.

Consultar indicaciones médicas y en caso de duda consultar al médico.

Al terminar de administrar los medicamentos dar cuidados de limpieza al equipo.

La dosificación de medicamentos es función del personal médico.
Horario guía:
ORDEN MÉDICA
c/24 h.
c/12 h. o dos veces al día.
c/8 h.
c/6 h.
c/4 h.
c/3 h.
c/ 2 h.
c/h.
c/alimentos.
HORA DE ADMINISTRACIÓN
12 h.
6 h. 18 h.
6 h. 14 h. 22 h.
6 h. 12 h. 18 h. 24 h.
6 h. 10 h. 14 h. 18 h. 22 h. 2 h.
6 h. 9 h. 12 h. 15 h. 18 h. 21 h. 24 h. 3 h.
6 h. 8 h. 10 h. 12 h. 14 h. 16 h. 18 h. 20 h.
6 h. 7 h. 8 h. 9 h. 10 h. 11 h. 12 h. 13 h . etc.
9 h. 14 h. 19 h.
ABREVIATURAS
Ambos Ojos
Ampolleta
Caja
Capa entérica
Cápsulas
Comprimidos
Cucharada
Elixir
Emulsión
Extracto
Extracto fluido
Frasco
Gramo
Gota
Hora
Intramuscular
Intravenosa
Jarabe
Kilogramo
Líquido
Litro
Máximo
AO
Amp.
cja.
c.e.
Caps.
comps.
Cuch.
elix.
Emul.
ext.
ext.fl.
fco.
g.
gta.
h.
i.m.
i.v.
jbe.
Kg.
Liq.
l.
mx.
Miliequivalente
Miligramo
Mililitro
Mínimo
Minuto
Ojo izquierdo
Ojo derecho
Onza
Pastilla
Píldora
Por razón necesaria
Solución
Subcutáneo
Supositorio
Suspensión
Tintura
Transfusión
Ungüento
Venoclisis
Vía oral
En caso de urgencia
m.Eq.
mg
ml.
mn.
min.
OI
OD
Oz.
past.
pil.
p.r.n.
sol.
subcut.
sup.
susp.
tint.
transf.
ung.
v.c.
v.o.
s.o.s.
4.9 Asistencia al Derechohabiente o Usuario con Paro Cardio Respiratorio.
Concepto:
Es el conjunto de acciones que se realizan a un derechohabiente o usuario con ausencia clínica de la función cardíaca, lo que produce
fallas de los aparatos circulatorio y respiratorio.
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Objetivos:

Establecer de inmediato una respiración y circulación eficaces en el derechohabiente o usuario con paro respiratorio y/o cardíaco.

Evitar daños irreversibles en el organismo causados por anoxia.

Corregir las alteraciones metabólicas producidas por el paro.
Material y Equipo:
Carro de paro (rojo) con:

Ambú.

Mascarillas para oxígeno.

Sondas orotraqueales de diferentes calibres.

Laringoscopio con hojas de diferentes tamaños (con batería y foco).

Equipo de aspiración estéril.

Sondas Nelatón de diferentes calibres (para aspiración).

Tabla de paro.

Desfibrilador con monitor y electrodos.

Guía semifexible para sondas endotraqueales.

Jeringas y agujas desechables de diferentes calibres.

Equipos para Venoclisis.
Medicamentos:

Bicarbonato de Sodio.

Adrenalina.

Isoproterenol.

Dextrosa al 50%.

Cloruro de calcio al 10%.

Xilocaína simple al 1% y 2%.

Atropina.

Hidrocortizona.

Digoxina.

Gluconato de Calcio.

Dopamina.

Dobutamina.
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
Soluciones: Salina al 0.9%, Hartman, Haemacel, Glucosada, mixta, etc.

Aspirador empotrado.

Fuente de oxígeno empotrado.

Ventilador.
Técnica:

Comprueba el estado clínico del derechohabiente o usuario.

Solicita ayuda.

Establece una clave para identificar el paro cardio respiratorio.

Permanece permanentemente con el derechohabiente o usuario.

Pide que acerquen el carro de paro a la unidad del derechohabiente o usuario.

Coloca la tabla de paro al derechohabiente o usuario, por abajo del tronco superior.
Si el Derechohabiente o Usuario No está Intubado:

Permeabiliza la vía aérea.

Retira objetos extraños de la boca.

Aspira secreciones.

Abre la vía aérea flexionando la cabeza hacia atrás para hiperextender el cuello.
Si no se Restablece la Respiración Espontánea:

Oxigene al derechohabiente o usuario.

Conecta el ambú a la fuente de oxígeno.

Abre la llave de paso de la fuente de oxígeno.

Aplica la mascarilla a la cara del derechohabiente o usuario, abarcando la boca y la nariz, procurando evitar fugas.

Conecta el ambú a la mascarilla.

Ventila con el ambú, observando los movimientos torácicos del derechohabiente o usuario.

Asiste al médico para la intubación endotraqueal.
Si el Derechohabiente o Usuario está Intubado:

Oxigene al derechohabiente o usuario.

Con el ambú, conectándolo a la fuente de oxígeno.

Con un ventilador.
Si el derechohabiente o usuario no está monitorizado:

Palpa el pulso carotídeo.

Si está presente, continúa con la ventilación a una frecuencia de 12 respiraciones por minuto.
117
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
Si está ausente, inicia masaje cardíaco externo.

Coloca los electrodos para monitorizar el electrocardiograma del derechohabiente o usuario.

Observa el trazo del electrocardiograma en el monitor.

Si se aprecia taquicardia ventricular sin pulso o fibrilación ventricular, debe aplicársele desfibrilación de inmediato.
 Si se aprecia taquiarritmias ventriculares y/o supraventriculares con compromiso hemodinámico, se debe cardiovertir al
derechohabiente o usuario en forma sincronizada.
 Si se aprecia bradicardia sinusal, bloqueo AV completo o de segundo grado se requiere apoyar al derechohabiente o usuario con
fuente de marcapaso externo.
Medidas de Control y Seguridad:

Mantenga siempre bien equipado el carro de paro.
 Efectúe un registro preciso del tiempo de reanimación y terminación del procedimiento, así como de fármacos y técnicas utilizadas y
el resultado de la reanimación.

Al terminar el procedimiento equipe nuevamente el carro de paro y déjelo listo para su uso.

Mantenga o establezca, una vía venosa permeable para ministrar medicamentos y soluciones requeridas.
4.10 Asistencia en la Cardioversión.
Concepto:
Convertir las taquiarritmias ventriculares y/o supraventriculares de los derechohabientes o usuarios con compromiso hemodinámico, a
ritmo sinusal.
Objetivos:

Establecer de inmediato una respiración y circulación eficaces, en el derechohabiente o usuario con paro respiratorio o cardíaco.

Evitar daños irreversibles en el organismo causados por anoxia.
Material y Equipo:

Carro de paro (rojo) equipado (ver técnica 3.9).

Desfibrilador con monitor y electrodos.

Aspirador empotrado.

Fuente de oxígeno empotrado.

Ventilador.
Técnica:

Comprueba el estado clínico del derechohabiente o usuario.

Coloca al derechohabiente o usuario en posición supina.

Registra un ECG de 12 derivaciones, para documentar la arritmia.

Retira las dentaduras postizas o prótesis dentales.
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
Conecta al derechohabiente o usuario, los electrodos del monitor del desfibrilador.

Enciende el monitor del desfibrilador para observar el trazo del ECG.

Realiza las anotaciones correspondientes en la hoja de enfermería.
119
4.11 Asistencia en la Desfibrilación.
Concepto:
Es un procedimiento de urgencias en el cual se administra una corriente eléctrica no sincronizada al miocardio, para finalizar o revertir
una fibrilación ventricular.
Objetivo:
Detener inmediatamente la fibrilación ventricular para favorecer el establecimiento del ritmo contráctil normal del corazón.
Material y Equipo:

Desfibrilador.

Extensión trifásica.

Crema conductora.

Monitor o electrocardiógrafo.

Carro de paro equipado.
Técnica:
 Comprueba el estado clínico del derechohabiente o usuario, observa en el monitor y valora si presenta fibrilación ventricular o
taquicardia ventricular sin pulso.

Avisa al médico y al resto del personal para que apoyen las maniobras.

Coloca al derechohabiente o usuario en posición supina.
 Conecta al derechohabiente o usuario, los electrodos del monitor del desfibrilador y enciende el monitor para observar el trazo del
ECG, m sólo para el caso de que el derechohabiente o usuario no esté monitorizado.

Aplica pasta conductora a la superficie metálica de las paletas del desfibrilador.

Selecciona el voltaje para la desfibrilación indicado por el médico, girando la perilla selectora.

Presiona el botón de carga (CHARGE).
 El médico coloca las paletas firmemente contra el tórax del derechohabiente o usuario; una paleta en el 2° espacio intercostal a la
derecha del esternón, y la otra paleta en el 5° espacio intercostal en la línea media clavicular a la izquierda del esternón.
 El médico indica que todos se alejen de la cama del derechohabiente o usuario y oprime el botón de descarga de las dos paletas
simultáneamente, hasta que la corriente eléctrica sea descargada.
 El médico verifica el ritmo del ECG en el monitor para comprobar el ritmo postdesfibrilación y determina si es necesaria otra
descarga, repitiendo los dos últimos pasos.

Imprime otro trazo del ECG para documentar el ritmo postdesfibrilación.

Apaga el aparato (desfibrilador).

Quita los electrodos del derechohabiente o usuario.
120
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
Limpia la piel del derechohabiente o usuario y el equipo.

El médico etiqueta la tira del ECG con los datos del derechohabiente o usuario.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario y lo mantiene en observación continua.

Realiza las anotaciones correspondientes en la hoja registros clínicos de enfermería.
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Medidas de Control y Seguridad:

Mantenga las manos secas, el tórax inclinado y discretamente separado de la cama del derechohabiente o usuario.

Asegúrese que la parte superior del cuerpo no toque los electrodos sin aislante.

Verificar la ausencia de pulso antes de aplicar una descarga y la presencia de pulso después de la misma.
 No permitir que el gel haga un puente conductor entre las paletas, para ello es necesario limpiar el gel remanente antes de la siguiente
aplicación de las paletas.

Anotar el número de veces que se llevó a cabo la desfibrilación y el voltaje.
4.12 Colocación de Catéter Venoso Central por Venodisección.
Concepto:
Es la introducción de un catéter al sistema venoso central a través de la vena yugular interna o externa, o subclavia, mediante una incisión
en la piel.
Objetivos:

Obtener acceso urgente a la circulación venosa central.

Vigilar la presión venosa central.

Administrar nutrición parenteral a concentraciones elevadas y medicamentos por periodos prolongados.

Transfundir hemoderivados o grandes volúmenes de líquidos.
Principios:

Los líquidos corren en sentido a la gravedad.
 La solución se coloca a un nivel aproximado de 50 a 60 cm. por encima de la altura de la vena, altura en la que por gravedad, el
líquido tiene suficiente fuerza para vencer la presión venosa y penetre en la vena, debido a que la presión venosa es mayor que la presión
atmosférica.
 Los catéteres venosos centrales se utilizan de manera rutinaria en la terapia intensiva neonatal, para monitorizar al derechohabiente o
usuario.
Material y Equipo:

Equipo de venodisección.

Guantes estériles.

Silastic No. 155, 175 – 205.

Catéter umbilical 3.5 y 5.

Hojas de bisturí.
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
Seda atraumática 2-0 y 3-0.

Solución antiséptica.

Equipo para volumen medido o equipo para Venoclisis (microgotero).

Solución anestésica, xilocaína simple 1%.

Gasas estériles.

Tela adhesiva.

Lámpara de chicote.

Gorros y cubrebocas.

Tripié o gancho para soluciones.

Membretes para soluciones.

Jeringas de 1, 3 y 10 cm.

Agujas hipodérmicas de diferentes calibres.
121
Técnica:

Lava las manos, prepara el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Prepara físicamente al derechohabiente o usuario y descubre el área elegida.

Proporcione el material y equipo necesario.

Colabora con el médico durante el procedimiento.

Conecta el equipo de Venoclisis y regula el goteo, al terminar el procedimiento.

Cubre el área de incisión con gasa estéril y fije adecuadamente.

Deja cómodo y limpio al derechohabiente o usuario.

Realiza las anotaciones pertinentes, coloca membrete a la solución.

Retira el equipo y proporciona los cuidados posteriores necesarios.
Medidas de Control y Seguridad:
 Coloque el membrete con: nombre del médico que realizó la venodisección, fecha, hora, calibre y medida externa del catéter, en lugar
visible.

Verifique que el trayecto del equipo de infusión esté libre de aire, para evitar embolismo aéreo al derechohabiente o usuario.

Evite la manipulación excesiva del catéter.

Vigile la permeabilidad continua del catéter.
4.13 Cateterismo Venoso Periférico por Punción.
Concepto:
122
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 Es la instauración de una vía de acceso al sistema venoso mediante la colocación de un catéter de diversos tipos, calibre y longitud,
cuya elección depende de la finalidad de su uso y las características del derechohabiente o usuario.

Se diferencian distintos tipos de cateterismo venoso en función de las venas en que se inserte y aloje el catéter.
 El cateterismo venoso periférico: puede practicarse en diversas venas periféricas, aunque generalmente se efectúa en un vaso del
miembro superior (venas basílica o cefálica). Este tipo de cateterismo se emplea fundamentalmente para la infusión venosa de corta
duración como la administración de medicamentos, sueros o transfusiones.
Objetivo:
 Disponer de una vía venosa en el derechohabiente o usuario para la ministración de líquidos, electrolitos, medicamentos, sangre o
componentes sanguíneos.

Mantener el equilibrio hidroelectrolítico en el organismo.

Lograr un efecto rápido del medicamento.
Principios:

Los líquidos corren en sentido a la gravedad.
 La solución se coloca a un nivel aproximado de 50 a 60 cm, por encima de a la altura de la vena, altura en la que por gravedad, el
líquido tenga suficiente fuerza para vencer la presión venosa y penetre en la vena, debido a que la presión venosa es mayor que la presión
atmosférica.
Material y Equipo:

Equipo de curación.

Gasas estériles.

Guantes estériles.

Gorros, cubrebocas.

Ligadura para torniquete.

Torundas.

Antiséptico.

Catéter venoso corto.

Equipo de venoclisis.

Solución parenteral.

Tela adhesiva, apósito transparente o microporo.

Tripié.

Férula.
Técnica:

Lava las manos y prepara la solución con técnica estéril.
 Explica al derechohabiente o usuario, la técnica, la necesidad y conveniencia de aplicarla, advirtiéndole también las molestias que
podría notar y solicítele su colaboración.
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 Respeta la técnica aséptica durante la colocación del catéter, extremando las precauciones en la inserción de catéteres que alcancen las
cavidades cardíacas.

Elige el sitio para la punción, aplicando un torniquete si es necesario.

Selecciona el catéter periférico.

Limpia el sitio elegido con un antiséptico.

Punciona la piel con la aguja en un ángulo de 45°, el bisel debe estar hacia arriba y a un lado de la vena.

Reduce el ángulo de la aguja e inserta a 0.5 cm de la vena y observe el flujo sanguíneo retrogrado.

Afloja el torniquete y retira del catéter la aguja, al fluir sangre dentro del tubo.

Adapta el equipo de Venoclisis previamente conectado, al recipiente de la solución por ministrar, previamente purgado.
 Inicia el flujo del líquido intravenoso abriendo la llave de control de modo que fluya gota a gota la solución y observa signos de
extravasación o de edema local.

Coloca la guarda de la aguja con seguridad sobre la aguja.

Aplica benjuí en el sitio de inserción del catéter y fija con tela adhesiva, microporo o con apósito transparente.

Coloca un membrete con la fecha, hora, número de catéter y nombre de la persona que instaló el catéter.

Ajusta la frecuencia del goteo de la solución IV.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario.

Etiqueta la solución IV.

Deposita los desechos en los recipientes adecuados.

Realiza las anotaciones correspondientes en la hoja de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Cámbiese el sistema de perfusión o equipo de Venoclisis, de 24 a 48 horas.

Vigile la zona de inserción del catéter en busca de signos de complicaciones tales como flebitis o infiltración.

Si se advierten tumefacción, hipersensibilidad, calor o enrojecimiento en el trayecto de la vena, notifíquese de inmediato.

Ante la presencia de infección o flebitis, retirar el catéter y tomar una muestra para efectuar un cultivo.

Vigilar la frecuencia del paso correcto de la solución.

Evitar las burbujas de aire en el interior del sistema de perfusión, ya que pueden producir embolia gaseosa.

Propiciar dilatación vascular si es necesario, utilizando calor en la superficie de la piel en donde se va a puncionar.

Verificar que haya una adecuada iluminación.

Evite hacer presión intradigital y aplicar directamente la tela adhesiva a la piel del neonato.

Vigile la circulación distal y la permeabilidad de la vena.

Diluya los medicamentos en forma correcta para evitar quemaduras.
4.14 Cateterismo Venoso Central por Punción.
124
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Conceptos:
 Es la introducción de un catéter hasta que el extremo distal se aloje en una vena de gran calibre (cava superior o de gran calibre) o
bien, en la aurícula derecha del corazón.
 El cateterismo central periférico se efectúa a través de venas basílicas o cefálica, usando un catéter largo (percutáneo) que puede
introducirse hasta la aurícula derecha.
 El cateterismo central directo se practica a través de las venas yugular interna, subclavia o femoral. Este tipo de procedimiento se
utiliza para la infusión intravenosa prolongada, medición de presión intracardíaca o venosa central, obtención de muestras de sangre, la
práctica de exploraciones radiológicas o la administración de soluciones hipertónicas.
Objetivo:
Medir la presión intracardíaca o presión venosa central, obtener muestras de sangre, apoyar la práctica de exploraciones radiológicas,
administrar soluciones hipertónicas o realizar una infusión intravenosa prolongada.
Principios:

Los líquidos corren en sentido a la gravedad.
 La solución se coloca a un nivel aproximado de 50 a 60 cm, por encima de la altura de la vena, altura en la que por gravedad, el
líquido tenga suficiente fuerza para vencer la presión venosa y penetre en la vena, debido a que la presión venosa es mayor que la presión
atmosférica.
Material y Equipo:

Equipo de curación.

Gasas estériles.

Guantes estériles.

Campo hendido estéril.

Bata estéril.

Gorros y cubrebocas.

Ligadura para torniquete.

Antiséptico.

Catéter venoso largo.

Equipo de Venoclisis.

Solución parenteral.

Seda atraumática 0 ó 00.

Tela adhesiva, apósito transparente o microporo.
Técnica:

Ensambla el recipiente de solución IV al equipo de Venoclisis, con manómetro y llave de tres vías.

Purga el aire del equipo de Venoclisis con la misma solución IV.

Informa al derechohabiente o usuario el procedimiento que va a realizar.
28 de Agosto de 2015

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125
Coloca al derechohabiente o usuario en posición adecuada al sitio elegido para la inserción del catéter.
 Para instalación en subclavia o yugular: coloca al derechohabiente o usuario en posición de Trendelemburg (15°), acomoda un rollo
de tela bajo su hombro, si lo desea el médico, gira su cabeza hacia el lado opuesto al de la inserción.
 Para la instalación antecubital: coloca al derechohabiente o usuario en posición supina, estirando su brazo hasta formar un ángulo
recto con el cuerpo.

Para instalación femoral: colocar al derechohabiente o usuario en posición supina.

Se coloca gorro y cubrebocas.

Viste bata y calza guantes estériles al profesional que vaya a realizar el procedimiento.

Proporciona gasas y antiséptico para realizar la antisepsia del sitio a puncionar.

Aplica un torniquete para el caso de que se vaya a utilizar una vena antecubital.

Proporciona dos campos sencillos o un campo hendido estériles, para delimitar el sitio a puncionar.

Asiste al derechohabiente o usuario para que permanezca inmóvil durante la inserción de la aguja.

Limpia el sitio elegido con un antiséptico.

Punciona la piel con la aguja en un ángulo de 45°, el bisel debe estar hacia arriba y a un lado de la vena.

Reduce el ángulo de la aguja, inserta 0.5 cm en la vena y observa el flujo sanguíneo retrogrado.

Libera el torniquete, en caso de haberlo instalado.
 Estabiliza la aguja sosteniendo su parte central y posterior; introduce el catéter aplicando presión o empujando a la base del catéter en
la funda plástica.

Introduce la parte posterior de la aguja en el extremo distal del catéter.
 Aplica presión suave sobre el sitio de punción con una mano, usa la mano contraria para extraer la aguja de la vena hasta que se vean
3 ó 4 cm. del catéter.

Quita la funda del catéter, sosteniendo la parte posterior del catéter firmemente.

Retira la cámara de flujo y el estilete.

Conecta el equipo de Venoclisis previamente purgado.

Inicia el flujo del líquido IV.

Coloca la guarda de la aguja con seguridad sobre la aguja.

Proporciona la seda para la fijación del catéter, a la piel del derechohabiente o usuario.

Aplica antiséptico en el sitio de la inserción del catéter y fija con microporo o un apósito transparente.

Ajusta el goteo de la solución IV y mide la presión venosa central (PVC).

Observa si existe alguna dificultad para la medición de la PVC.

Coloca un membrete con la fecha, hora, número y medida externa del catéter y nombre de la persona que lo instaló.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario y prepárelo para una placa de rayos X, para control radiográfico del catéter.
126
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
Etiquete la solución IV.

Deposita los desechos en los recipientes adecuados.

Realiza las anotaciones pertinentes en la hoja de registros clínicos de enfermería.
28 de Agosto de 2015
Medidas de Control y Seguridad:

Cámbiese el sistema de perfusión o equipo de Venoclisis, de 24 a 48 horas.

Vigile la zona de inserción del catéter en busca de signos de complicaciones tales como flebitis o infiltración.

Si se advierten tumefacción, hipersensibilidad, calor o enrojecimiento en el trayecto de la vena, notifíquese de inmediato.

Ante la presencia de infección o flebitis, retirar el catéter y tomar una muestra para efectuar un cultivo.

Vigilar la frecuencia del paso correcto de la solución.

Evitar las burbujas de aire en el interior del sistema de perfusión, ya que pueden producir embolia gaseosa.

Propiciar dilatación vascular si es necesario, utilizando calor en la superficie de la piel en donde se va a puncionar.

Verificar que haya una adecuada iluminación.

Evite hacer presión intradigital y aplicar directamente la tela adhesiva a la piel del neonato.

Vigile la circulación distal y la permeabilidad de la vena.

Diluya los medicamentos en forma correcta para evitar quemaduras.
4.15 Presión Venosa Central (P V C).
Concepto:
Es la medición de presión que indica la capacidad del hemicorazón derecho, para aceptar y expulsar la sangre del retorno, que se
encuentra en la aurícula derecha y en la vena cava. La presión venosa central (P V C) es la resultante de un conjunto de variantes que
determinan:

Volumen sanguíneo intravascular.

Tono venoso.

Distensibilidad del ventrículo derecho.

Presión intratorácica.

Retorno venoso.
Objetivos:
 Conocer la relación entre el tono vascular, el volumen sanguíneo y la eficiencia del bombeo del corazón, así como detectar
tempranamente la insuficiencia cardíaca antes de que se presente cardiomegalia, edema o congestión pulmonar.

Contar con un parámetro guía en la administración de líquidos.

Tener información sobre el estado de volemia del derechohabiente o usuario.
Principios:

En el niño con corazón normal resultan adecuadas las presiones de llenado de la mitad derecha del corazón.
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127
 Los líquidos se introducen tomando en consideración la reacción de la presión arterial a la carga volumétrica, y no por las presiones
que se miden en forma inicial.
Material y Equipo:

Equipo de presión venosa con escala numérica.

Frasco de solución salina de 250 ml.

Tela adhesiva.

Tripié portasueros.

Hojas de registro.
Técnica:

Se lava las manos.

Prepara el equipo.

Traslada el equipo a la unidad del derechohabiente o usuario.

Coloca al derechohabiente o usuario en posición supina.

Arma y cuelga el equipo de infusión al tripié portasuero y purga el sistema de infusión.

Conecta el sistema al catéter central asegurándose de su permeabilidad.

Determina el nivel cero en la línea media axilar, en el cuarto espacio intercostal del derechohabiente o usuario.

Llena el sistema manómetro, catéter con solución salina hasta la marca de 19 a 30 cm.
 Gira la llave de 3 vías estableciendo el flujo de líquido de la columna de agua hacia el derechohabiente o usuario, para la
determinación de la presión venosa central, observando durante la caída libre de la columna, oscilaciones con cada latido cardíaco y
fluctuaciones de aproximadamente 1 cm de agua con cada respiración.

Toma la medida de PVC cuando la columna de líquido deje de descender y se encuentre oscilando.

Restablece la permeabilidad del catéter, regulando el flujo de las soluciones indicadas al término de la lectura.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario.

Valora el estado físico del derechohabiente o usuario con frecuencia.

Realiza las anotaciones pertinentes en la hoja de registros clínicos de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:
 La presión venosa central en el recién nacido pretérmino, puede oscilar normalmente entre 5 y 10 cm. de agua y en el de término entre
8 y 10 cm.
 La PVC puede ser registrada continuamente o en forma intermitente, la evolución de diversos valores es más importante que la
medición única.
 Si el derechohabiente o usuario se encuentra con ventilación mecánica intermitente, la cifra de la presión venosa se elevará, por lo que
de ser posible, se deberá desconectar al derechohabiente o usuario del ventilador temporalmente.
 Si el catéter se encuentra en el hígado o abdomen, la cifra de la presión venosa central será alta, pero no reflejará la condición
hemodinámica del derechohabiente o usuario.
128
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
Observe al derechohabiente o usuario en busca de complicaciones.

Confirme la posición del catéter por radiografía de tórax con equipo portátil.

Enjuague el catéter para evitar obstrucción por coágulos de sangre.

Evite burbujas de aire en todo el sistema de medición de P V C.
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4.16 Toracocentesis.
Concepto:
Es la aspiración de líquido o aire del espacio pleural y puede ser un procedimiento diagnóstico o terapéutico.
Objetivos:

Extraer líquido y aire de la cavidad pleural con objetivos diagnósticos o terapéuticos.

Facilitar la expansión pulmonar.

Obtener líquido pleural por aspiración, para diagnóstico.

Tomar biopsias pleurales.

Instilar medicamentos en el espacio pleural.
Principios:
 Los pulmones están contenidos en un espacio pleural, espacio potencial entre la pleura visceral que cubre a cada pulmón y la pleura
parietal, que está adosada a la cavidad torácica. En este espacio una pequeña cantidad de líquido pleural actúa como lubricante para
disminuir la fricción de las hojas pleurales cuando éstas se deslizan entre sí.
 Los pulmones contienen una gran cantidad de tejido elástico, que de manera natural, tiende a retraerse produciendo presiones
negativas.
 El tórax es considerado como un mecanismo de fuelle cuyas dos funciones principales son: protección del corazón y de los grandes
vasos, y la creación de un sistema de vacío para la expansión de los pulmones, acción que requiere de una superficie pleural intacta.
 La diferencia de presión entre la atmósfera y el alvéolo es originada por el trabajo activo que se lleva a cabo al respirar. En la
inspiración el tejido pulmonar elástico se distiende y la presión negativa es de –5 mm Hg. o más. Durante la espiración el tejido pulmonar
se retrae o vuelve a su tamaño normal cuya presión es de 2 mm Hg.

La introducción de presión positiva (atmosférica) a la cavidad pleural producirá el colapso repentino del pulmón.
Material y Equipo:

Equipo de curación.

Antiséptico (yodopovidona).

Aguja “en mariposa” de calibre 23 y ¾ de pulgada.

Aguja No. 22 y 26 (7.5 cm de largo).

Aguja para biopsia.

Llave de tres vías.

Jeringa de 5 y 20 ml.

Anestésico local (lidocaína al 1%).
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
Bata estéril.

Guantes estériles.

Gasas.

Tres tubos de muestras estériles.
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Técnicas:

Ausculta el tórax para determinar los ruidos respiratorios y frecuencia cardíaca.

Valora los signos vitales previos al procedimiento y regístrelos.

Se recomienda tener disponible la más reciente radiografía del tórax.

Prepara el equipo y lo lleva a la unidad del derechohabiente o usuario.

Se lava las manos.

Abre el equipo de curación y dota lo necesario para el procedimiento.

Ayuda al vestido quirúrgico del médico, ya que el procedimiento debe realizarse con técnica estéril.
 Coloca al derechohabiente o usuario en posición supina con elevación del lado afectado, por encima del nivel de la sábana de la
incubadora o cuna, sujetándolo si es necesario.
 Une la aguja en mariposa y su tubo a la jeringa y la llave. La llave permite aspirar aire libre al interior de la jeringa y vaciarla en tanto
conserva un sistema cerrado.
 Identifica el sitio de la punción, identifica y evita el tejido mamario. Utiliza el segundo o el tercer espacio intercostales en la línea
media clavicular.

Prepara la piel con el antiséptico.
 Punciona la piel con un ángulo de 45°, sobre la tercera o cuarta costilla y avanza la aguja con un ángulo de 90°, en tanto que el
asistente efectúa aspiración suave. La “angulación” sobre la costilla evita el daño de los vasos intercostales que están en la cara inferior de
cada costilla.
 Estabiliza la aguja y continúa la aspiración lenta cuando se extrae aire libre o líquido, hasta que se han completado los preparativos
para introducir la sonda de tórax.
 Haga presión sobre el sitio de la punción y fije un apósito estéril pequeño, una vez que haya extraído la aguja, con el fin de disminuir
al máximo las posibles fugas a través del mismo.

Rotula y envía al laboratorio las muestras, en el caso de que se hayan obtenido durante el procedimiento.
 Monitoriza las constante vitales cada 15 minutos durante 1 hora; cada 30 minutos cada 2 horas y después cada hora hasta que el
derechohabiente o usuario esté estable.
 Vigila la presencia de signos y síntomas de complicaciones como neumotórax, hemotórax, edema pulmonar, hipoxia, dificultad
respiratoria y los más tardíos de infección. Los síntomas pueden incluir mareo, aumento de la frecuencia respiratoria, tos incontrolable,
disnea, esputo espumoso teñido de sangre, taquicardia.

Continúa valorando: aparición de dolor, enrojecimiento o drenaje por el lugar de la punción.

Determina y anota la cantidad total de líquido extraído, apreciando su color y características.

Retira el equipo y proporciona los cuidados posteriores a su uso.
130

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28 de Agosto de 2015
Realiza las anotaciones correspondientes en la hoja de registros clínicos de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Solicite placa radiográfica de control después de la Toracocentesis.

Trate el dolor según indicación médica y valore la eficacia de las medidas de alivio del dolor.

Cambie los apósitos según necesidades.
4.17 Drenaje Torácico (Pleurotomía):
Concepto:
Es la colocación de un tubo o sonda en la cavidad pleural, unido a un sistema de drenaje hermético o de aspiración, para extraer líquidos o
grandes volúmenes de aire.
Objetivo:
 Drenar cualquier tipo de colección líquida o gaseosa, que pueda existir en la cavidad pleural permitiendo la reexpansión completa del
pulmón afectado y restablecer la presión intrapleural negativa.

Impedir la entrada de aire (presión atmosférica) a la cavidad pleural en derechohabientes o usuarios sometidos a cirugía de tórax.
Principios:
 Los pulmones están contenidos en un espacio pleural, espacio potencial entre la pleura visceral que cubre a cada pulmón y la pleura
parietal, que está adosada a la cavidad torácica. En este espacio una pequeña cantidad de líquido pleural actúa como lubricante para
disminuir la fricción de las hojas pleurales cuando éstas se deslizan entre sí.
 Los pulmones contienen una gran cantidad de tejido elástico, que de manera natural, tiende a retraerse produciendo presiones
negativas.
 El tórax es considerado como un mecanismo de fuelle, cuyas dos funciones principales son: protección del corazón y de los grandes
vasos, y la creación de un sistema de vacío para la expansión de los pulmones, acción que requiere de una superficie pleural intacta.
 La diferencia de presión entre la atmósfera y el alvéolo es originada por el trabajo activo que se lleva a cabo al respirar. En la
inspiración el tejido pulmonar elástico se distiende y la presión negativa es de –5 mm Hg. o más. Durante la espiración el tejido pulmonar
se retrae o vuelve a su tamaño normal cuya presión es de 2 mm Hg.

La introducción de presión positiva (atmosférica) a la cavidad pleural producirá el colapso repentino del pulmón.

No existen diferencias de presión entre el medio ambiente y los pulmones durante la fase respiratoria de reposo.
Material y Equipo:

Equipo de pleurotomía.

Guantes.

Antiséptico (yodopovidona).

Gasas.

Apósitos.

Anestésico local (Xilocaína al 1%).

Agujas de diferentes calibres.

Jeringas de 1, 5 10 ml.
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
Hoja de bisturí.

Tubo o sondas pleural 12 a 18 Fr.

Seda núm. 2/0 y 3/0.

Sistema de drenaje hermético (Pleur-Evac).

Tubo tigón de 1.80 m.

Tela adhesiva.

Conector en Y.

Agua estéril.

Fuente de oxígeno.

Fuente de succión.

Gorro y cubrebocas.
131
Técnica:

Prepara el equipo y lo lleva a la unidad del derechohabiente o usuario.

Se lava las manos.

Abre y ensambla el sistema de drenaje y llena el depósito de agua de 5 a 10 ml. La preparación se realizará con técnica estéril.

Conecta la manguera correspondiente a la succión y se cerciora de que quede bien sellada.

Tiene disponible la manguera del sistema de drenaje pleural que se conecta a la sonda del derechohabiente o usuario en forma estéril.

Monitoriza las constantes vitales antes de iniciar el procedimiento.

Abre el equipo de pleurotomía y proporciona el material antes mencionado, para procedimiento con técnica estéril.
 Coloca al derechohabiente o usuario en posición dorsal y con el brazo en abducción del lado afectado en un ángulo de 90°, la palma
de la mano apoyada en la nuca, sujetándolo firmemente.

Utiliza por lo general el 4° espacio intercostal con la línea medio axilar en el tórax como punto para la inserción.
 El médico realiza la asepsia, la cubre con campos estériles y la infiltra con una solución de anestésico local; realiza la incisión con un
bisturí a lo largo de la costilla; inserta una pinza curva dentro de la incisión, formando un pequeño túnel separando las ramas de la pinza;
cierra la pinza y después la inserta en el interior de la cavidad torácica perforando los músculos intercostales y la pleura parietal; abre y
cierra de nuevo la pinza para agrandar el orificio de la punción; en este punto, el médico retira la pinza e inserta un dedo enguantado en el
espacio pleural para asegurar el paso franco del tubo de tórax que inserta el orificio con una pinza curva de Rochester y sutura.

Coloca un apósito pequeño y oclusivo sobre el sitio de incisión y lo fija con tela adhesiva.
 Conecta el tubo de tórax a los tubos de la cámara de recogida, después de la inserción. Conecta los tubos de control de aspiración a la
fuente de aspiración previo al retiro de la pinza.
 Verifica la adecuada colocación y conexión al tubo del sistema de drenaje, una vez instalada la sonda, envuelve las conexiones de los
tubos con tela adhesiva para asegurar que sus cierres son herméticos.

Envuelve el tubo sobrante del sistema de drenaje y lo coloca y fija a la incubadora.
132
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 Monitoriza las constantes vitales una vez terminado el procedimiento y vigila al derechohabiente o usuario, evaluando la presencia de
palidez, cianosis y disnea.

Retira el equipo y proporciona los cuidados posteriores a su uso.

Realiza las anotaciones pertinentes en la hoja de registros clínicos de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Valore los signos vitales del derechohabiente o usuario, el color de la piel y los ruidos respiratorios.
 Revise la sangre o líquido en la cámara de recogida, marque el nivel de drenaje cada hora sobre el sistema de drenaje. Notifique al
médico si es superior a 100 ml.
 Observe la fluctuación del nivel de líquido en la cámara de sello de agua. El nivel del líquido se eleva cuando el derechohabiente o
usuario inspira y desciende cuando el derechohabiente o usuario espira. Si el derechohabiente o usuario está conectado a un respirador,
sucede lo opuesto. El nivel de líquido desciende con la inspiración, porque la presión intrapleural se hace más positiva y se eleva con la
espiración. La fluctuación indica la permeabilidad del sistema, en tanto que la falta de fluctuación puede indicar la obstrucción o un
acodamiento de los tubos.
 Si observa pequeños coágulos de sangre o de tejido que obstruyan los tubos, exprima el tubo oprimiendo con suavidad una pequeña
parte entre los dedos.
 No cierre con pinzas el tubo. La pinza puede producir una acumulación de aire en el espacio pleural que conduce a un neumotórax a
tensión.
 Si el derechohabiente o usuario se va a trasladar o si no está usando la aspiración, deje abierto el conector del tubo de aspiración al
aire, no lo pince.

Si el tubo se sale por accidente, cubra el lugar con un vendaje y fíjelo con tela adhesiva e informe de inmediato al médico.

Verifique que la fuente de succión se encuentre abierta y funcionando.

Sujete la manguera a la sábana con una pinza para asegurar la posición correcta.

No eleve el sistema de drenaje por arriba del nivel del tórax del derechohabiente o usuario.

Tenga disponible una pinza en caso de que haya fallas en el sistema de drenaje.
 Monitorice la frecuencia respiratoria y observe datos de deterioro respiratorio (cianosis, taquipnea, polipnea, asimetría de la caja
torácica).

Reporte datos de infección como fiebre.

Reporte líquido drenado por turno, así como las características del mismo.
4.18 Colaboración en la Instalación de Diálisis Peritoneal.
Concepto:
Procedimiento terapéutico que se realiza mediante la colocación de un catéter especial en la cavidad peritoneal, para eliminar substancias
tóxicas y líquidos del organismo, mediante el proceso de osmosis, difusión y transporte activo, efectuados en la membrana peritoneal.
Objetivo:
Eliminar toxina retenidas en la sangre, corregir el desequilibrio electrolítico y eliminar exceso de líquido corporal.
Principios:

El volumen de líquido de diálisis instilado en el abdomen influye en el aclaramiento de la urea de 26 ml/minuto.
28 de Agosto de 2015
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 El líquido de la diálisis debe introducirse a temperatura corporal para que no sea molesto, produzca vasodilatación y proporcione un
mayor transporte de solutos al peritoneo.

Las distintas concentraciones de glucosa de los líquidos de diálisis, proporcionan diferentes velocidades de eliminación de líquido.
Material y Equipo:

Equipo de Venodisección.

Catéter de diálisis peritoneal – Pediátrico.

Seda 3 – 0.

Hoja de Bisturí No. 11.

Gasas.

Xilocaína al 1 %.

Heparina.

Jeringa de insulina y de varios tamaños.

Solución para diálisis peritoneal al 1.5% y 4.25%.

Guantes estériles.

Sistema cerrado en “Y” para diálisis.

Mesa Pasteur.

Gorro y cubrebocas.

Solución antiséptica.

Campos estériles.

Llave de tres vías.

Báscula.

Lebrillo.

Tripié.
Técnica:

Se lava las manos.

Pesa al derechohabiente o usuario y mide el perímetro abdominal y lo registra.

Tibia la solución dializante en baño María 36° C - 36.5° C.

Agrega los medicamentos necesarios según órdenes médicas.

Vacía la cavidad gástrica.

Instala sonda vesical.

Toma y registra los signos vitales del derechohabiente o usuario.
134
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
Coloca al derechohabiente o usuario en posición de decúbito dorsal y descubre la región abdominal.

Ayuda al médico en el vestido quirúrgico.

Proporciona el material y equipo necesario para la colocación del catéter.

Asiste al médico durante el procedimiento.
28 de Agosto de 2015
 La duración de los recambios será de 30 minutos aproximadamente. Inicia cambios de solución dializante y los primeros dos o tres
son de entrada por salida.
 Cuantifica el líquido extraído al término del drenaje de cada uno de los baños y anota en la hoja de control de diálisis, el balance
parcial y el total acumulado.

Continúa con las irrigaciones hasta que se termina el tratamiento, según indicaciones médicas y lleva el registro correspondiente.
Medidas de Control y Seguridad:
 La concentración de glucosa se elegirá dependiendo del balance de la diálisis, del control de líquidos y del estado hídrico del
derechohabiente o usuario, bajo supervisión médica.

Los primeros recambios son hemáticos, los baños serán de entrada por salida, hasta que el líquido drenado se aclare.

El procedimiento deberá realizarse aplicando las reglas de asepsia y antisepsia estrictamente.

El tiempo de entrada de la solución dializante deberá ser menor o igual a 10 minutos.

El tiempo de salida de 15 a 20 minutos.

Efectúe estricto control de líquidos y del balance de la diálisis para evitar deshidratación o sobre hidratación.

Reporte cualquier dato de infección peritoneal como líquido turbio, hemático, ceroso, presencia de fibrina, dolor abdominal o fiebre.

Vigile extravasación de líquidos dializantes.

En caso de extracción accidental del catéter, cubra inmediatamente la región con gasa y notifique al médico.

Registrar peso corporal y perímetro abdominal antes de la instalación de la diálisis.
 Antes de realizar el siguiente recambio, compruebe que el líquido drenado de cavidad peritoneal sea igual o exceda la cantidad
administrada previamente.
 Vigilar la presencia de disritmias, taquicardia e insuficiencia respiratoria durante el tiempo de infusión o permanencia del líquido
dializante, dentro de la cavidad peritoneal.

Registra volúmenes urinarios en la hoja de diálisis peritoneal.

Coloca apósito en la incisión de instalación de catéter con las siguientes características: anatómico, funcional, segura y estética.
4.19 Control de Líquidos.
Concepto:
Es el procedimiento por medio del cual se cuantifican los ingresos y egresos de líquidos en un derechohabiente o usuario, en forma parcial
y total.
Objetivos:
 Contar con un registro de control de ingresos y egresos de líquidos de un derechohabiente o usuario, para obtener el balance
hidroelectrolítico y facilitar la información para continuar o cambiar el tratamiento establecido.
28 de Agosto de 2015
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
Determinar si la ingesta de líquidos es proporcional a la eliminación.

Detectar tempranamente cualquier alteración hidroelectrolítica.

Valorar el estado hemodinámico del derechohabiente o usuario.
135
Principios:
 El porcentaje de líquidos que existe en el espacio intravascular, intersticial e intracelular, debe ser constante para mantener la
homeostasis.

Las pérdidas insensibles modifican el cociente de la ingesta y la eliminación.

La sed es el deseo consciente de agua y el mecanismo regulador principal del ingreso de líquidos al organismo.

El centro de la sed, se encuentra localizado en el hipotálamo y se estimula directamente por el estado de deshidratación.
 El organismo pierde agua por los pulmones (respiración), la piel (transpiración), los riñones (orina) y el conducto gastrointestinal
(heces).

El ingreso inadecuado de líquidos, puede ser la causa de la presencia de náusea y vómito.
Material y Equipo:

Letrero de “Control de Líquidos”.

Hoja de control de líquidos y registros clínicos de enfermería.

Báscula.

Bolsa colectora de orina o equipo de drenaje.

Jeringa desechable.

Probeta.

Riñón.

Sonda desechable.

Ropa de cuna.

Ropa de incubadora.

Ropa para el derechohabiente o usuario.
Técnica:

Lleva el equipo a la unidad del derechohabiente o usuario.

Coloca el letrero de “Control de Líquidos” en la cabecera de la incubadora o cuna.
 Es importante avisar a los familiares y personal, que se lleva registro meticuloso de ingresos y egresos de líquidos, lo que se facilita al
usar biberones o vasos graduados, para medir los líquidos en forma exacta.
 Anota el nombre completo del derechohabiente o usuario, registra el número del expediente, número de cama, sexo, edad y fecha
correspondiente, en la hoja de control de líquidos.

Anota la hora de inicio del control de líquidos.

Registra el peso inicial del derechohabiente o usuario y lo anota en la hoja de registros clínicos y de control de líquidos.
136
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
Pesa la ropa que se utilizará con el niño en la incubadora o cuna y anota el peso en un lugar visible.

Registra, siguiendo el horario, la ingesta y excreta de líquidos.
28 de Agosto de 2015
VÍAS DE INGRESO
Vía Oral.
Parenteral.
Aparato Respiratorio.
Aparato Circulatorio.
Aparato Digestivo.
Aparato Urinario.
Piel.
Ingesta, Alimentos.
Soluciones, Medicamentos, Sangre Humana o sus Componentes.
VÍAS DE EGRESO
Respiración.
Hemorragias.
Heces, Saliva y Vómito.
Orina.
Diaforesis, Sondas y Fístulas.
 Anota los líquidos orales administrados, especificando si es té, solución glucosada o fórmula y las cantidades que egresan por las
sondas gástricas o transpílorica.

Anota los ingresos parenterales e indica el inicio y terminación de las soluciones.
 Cuantifica la orina como egresos de líquidos, colocando una bolsa colectora con una sonda de polietileno adaptada por la que se
extraerá la orina utilizando una jeringa.

Mide en una probeta la orina.

Pesa el pañal cuando el niño evacúe y resta la diferencia entre el peso de pañal limpio y sucio.

Coloca el riñón para recibir contenido en caso de vómito y procede a pesarlo. Se debe hacer hincapié en las características del vómito.

Anota la cantidad de líquidos extraídos por succión gástrica, sonda pleural, ileostomía, colostomía, etc.
 Pesa nuevamente al derechohabiente o usuario para calcular las pérdidas insensibles y cerrar el balance de hídrico. Utiliza alguna de
éstas fórmulas para hacer este cálculo:

Normotermia = 0.5 ml / Kg / h, durante esta temperatura.

Otra fórmula es: PI = (peso inicial + ingesta) – (peso final + excretas).

Realiza el balance total siguiendo los pasos que se indican a continuación:

Sumar datos de cada columna en forma vertical.

Sumar horizontalmente los que correspondan a ingresos.

Sumar horizontalmente los que correspondan a egresos.

Realizar la diferencia entre ingresos y egresos totales.

Si los ingresos son superiores a los egresos, el balance es positivo (+).

Si los egresos son superiores a los ingresos, el balance es negativo (-).

Si las cifras de egresos e ingresos son iguales, el balance es neutro.

Avisar al médico inmediatamente cuando el balance hídrico sea negativo o positivo.

Realice las anotaciones pertinentes en la hoja de registros clínicos de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:
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
Anote el nombre completo de la enfermera que registra los datos en los turnos respectivamente.

Utilice recipientes graduados o báscula.

La enfermera del tercer turno realizará el balance total.

Haga anotaciones verídicas.
137
 Lleve un control de líquidos cuando el derechohabiente o usuario presente: problema renal o cardíaco agudos, cuadro enteral activo,
con alimentación parenteral, derechohabiente o usuarios en estado crítico o en periodo postoperatorio inmediato.
4.20 Mecánica Corporal.
Concepto:
Es el uso coordinado de las diferentes partes del cuerpo para producir movimientos y mantener en equilibrio la relación de las fuerzas
interiores y exteriores.
Objetivos:

Evitar deformaciones del sistema músculo esquelético.

Lograr que se mantenga un gasto mínimo de energía, utilizando las palancas corporales y los ejes de apoyo.

Aplicar correctamente los principios de la mecánica corporal.

Mantener una posición correcta del cuerpo humano para equilibrar los diferentes segmentos corporales.
Principios:

Los músculos tienden a funcionar mejor en grupos que individualmente.

Los músculos pequeños se fatigan más rápidamente que los grandes.

El movimiento activo produce contracción de músculos.

Los músculos se encuentran siempre en ligera contracción por lo que se considera que tienen tono muscular.
 Empujar o deslizar un objeto requiere menos esfuerzo que levantarlo, ya que levantarlo implica un movimiento contrario a la
gravedad.

Algunos dispositivos reducen el trabajo requerido en el movimiento.

Servirse del peso propio para contrarrestar el del derechohabiente o usuario, requiere menos energía en el movimiento.
Técnica:

Aplica la mecánica corporal en la movilización del derechohabiente o usuario.
Cómo Ayudar al Derechohabiente o Usuario a Levantar la Cadera.
Se pone de cara al lado de la cama, frente a la cadera del derechohabiente o usuario, adopta una postura firme, con las rodillas dobladas
para que sus brazos queden a la altura de la cama, coloca una mano debajo de la región sacra del derechohabiente o usuario y el codo
firmemente apoyado en la cama.
Levanta al derechohabiente o usuario de cadera, se agacha doblando las rodillas, al tiempo que su brazo actúa como palanca para ayudar a
sostener la cadera del derechohabiente o usuario, en este movimiento la cadera de la enfermera baja verticalmente.
Cómo Ayudar a Colocar al Derechohabiente o Usuario en Decúbito Lateral.
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Desplaza el peso desde su pierna delantera hacia la pierna posterior, durante este movimiento la cadera de la enfermera desciende.
Coloca los codos sobre el colchón al borde de la cama para hacer palanca y de esta manera sostiene al derechohabiente o usuario.
Cómo Ayudar al Derechohabiente o Usuario a Sentarse al Borde de la Cama.
Coloca al derechohabiente o usuario de costado en el borde de la cama, levanta la cabecera, sostiene sus hombros con un brazo al tiempo
que con el otro lo ayuda a extender la parte inferior de sus piernas al borde de la cama.
Coloca la enfermera un pie mirando hacia el centro de la cama y el otro con la punta hacia la piesera, para adoptar una postura firme.
Cómo Ayudar a Sentarse al Derechohabiente o Usuario en su Cama.
Se colocará de pie junto a la cama en forma semilateral y de cara al derechohabiente o usuario, pasa su brazo proximal por debajo del
hombro distal del derechohabiente o usuario con el objeto de ayudarlo a incorporarse y con el otro brazo lo dirige para apoyarse en él para
mantener el equilibrio.
Apoya la enfermera el codo en la cama, toma por detrás y por encima del codo, el brazo del derechohabiente o usuario y éste sujeta el
brazo de ella por encima, de la misma forma.
Cómo Ayudar a Deslizarse al Derechohabiente o Usuario Hacia la Parte Superior de la Cama.
Solicita la ayuda de otra persona, cruzar los brazos del derechohabiente o usuario sobre su abdomen, la enfermera deberá colocar los
antebrazos y manos con las palmas hacia arriba, bajo la parte superior de su tronco distribuyéndolas de la siguiente manera: una mano
debajo del hombro, otra a nivel del codo, la persona que auxilia colocará una mano a la altura del glúteo y otra a nivel del trocánter
mayor.
Acerca al derechohabiente o usuario hacia las personas que lo movilizan para evitar la extensión de los brazos, actúan en forma
simultánea, mantienen un pie atrás para cargar sobre éste el peso y evitar la rotación del tronco para proteger la columna vertebral.
Cómo Ayudar a Deslizarse al Derechohabiente o Usuario Hacia la Parte Superior de la Cama.
Coloca la cama en posición horizontal para evitar actuar en contra de la gravedad. Si el derechohabiente o usuario esta en posibilidad de
ayudar para su movilización, se le pide que colabore deteniéndose de la cabecera, flexionando las rodillas, en tanto la enfermera coloca
una mano a nivel del tronco y la otra bajo las rodillas.
Mantiene un pie detrás del otro para contar con un adecuado punto de apoyo en un movimiento sincronizado y lleva al derechohabiente o
usuario hacia la parte superior de la cama.
Medidas de Control y Seguridad:
 Cuando levante a un derechohabiente o usuario, asegúrese de que éste sepa cómo planea hacerlo y hacia dónde va a movilizarlo, con
la finalidad de obtener colaboración del mismo.

Calcule el peso que va a levantar, no se atreva a levantarlo si tiene alguna duda de su habilidad para hacerlo.

Mantenga los pies planos, separados de 30 a 40 cm para tener una buena base y equilibrio.

No se eleve con la punta de los pies, acérquese al objeto que trata de alcanzar para sostenerlo de cerca.
 Agáchese como si fuera a sentarse, mantenga la espalda recta, lo suficiente para que los brazos puedan levantar el objeto
verticalmente, así todo su cuerpo estará en buena posición para levantarlo.

Para levantar alguna carga respire profundo, retenga el aire, estire las piernas, tire de los brazos, eleve la espalda a posición vertical.

Al levantar objetos pesados auxíliese de otra persona, realice los movimientos en forma lenta y coordinada.

Mantenga los objetos pesados pegados al cuerpo, para ayudar a distribuir la carga en el cuerpo y no solo en la columna vertebral.

Al voltear nunca gire sobre sus pies, cambie de posición y evitará torceduras y otras complicaciones.
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 Al transportar un objeto pesado y no contar con otra persona que le auxilie, es más recomendable arrastrar o empujar el objeto
manteniendo la columna en forma vertical y haciendo el esfuerzo con ambos brazos, ampliando la base de los pies de 30 a 40 cm.
4.21 Higiene del Derechohabiente o Usuario.
Concepto:
Son las maniobras de aseo que le realiza la enfermera al derechohabiente o usuario, en todo el cuerpo o por regiones y pueden ser
cualquiera de las siguientes:

Baño de regadera.

Baño de esponja.

Baño de regadera modificado (artesa).

Aseos parciales.

Lavado de manos:

Aseo bucal.

Aseo nasal.

Aseo ótico.

Aseo vulvar.

Pediluvios.

Aseo matinal.

Aseo Vespertino.
Objetivos:

Eliminar malos olores.

Estimular la circulación sanguínea.

Evitar la formación de úlceras por decúbito.

Proporcionar confort y bienestar.

Eliminar microorganismos.

Fomentar hábitos higiénicos.
Principios:
 La piel y las mucosas limpias e íntegras, constituyen la primera línea de defensa contra agentes nocivos y contribuyen a conservarlas
sanas.

La fricción favorece la vasodilatación periférica.

La acción química del jabón elimina la grasa.

El agua templada favorece la relajación muscular produciendo efecto sedante al derechohabiente o usuario.
Material y Equipo:
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
Carro con ropa limpia (de cama y para derechohabiente o usuarios, hombres, mujeres y menores según el caso).

Toallas.

Lavamanos.

Jarras para agua caliente y fría.

Cubeta.

Hule clínico o cojín de Kelly.

Esponja, toalla fricción o estropajo.

Jabón y jabonera.

Tijeras, alicates o cortauñas.

Peine o cepillo para cabello, rastrillo, pasta dentífrica, cepillo de dientes y lubricantes.

Riñón, tánico y cómodo.

Pinza forcipresión.

Recipiente con solución jabonosa y antiséptica.

Polvos neutralizantes de malos olores (talco, bicarbonato de sodio, sulfato de zinc u otros).

Gasas, apósito, torundas, hisopos, abatelenguas, de acuerdo con el procedimiento.

Guantes, cubreboca, gorro y bata, en casos específicos.

Toallas de papel.

Equipo especial según las indicaciones del derechohabiente o usuario y las órdenes médicas.
Baño de Regadera
Técnica:

Revisa que exista tapete antiderrapante.

Coloca una silla dentro del baño, si el estado del derechohabiente o usuario lo requiere.

Verifica que haya agua fría y caliente en la instalación.

Lleva al derechohabiente o usuario con sus artículos personales, al área de regadera.

Regula la temperatura del agua.

Ayuda al derechohabiente o usuario a retirar su ropa.

Instala al derechohabiente o usuario para que se bañe o bañarlo.
 Verifica o ayuda al derechohabiente o usuario a vestirse y completar las medidas higiénicas (peinado, corte de uñas, aseo de
cavidades, desodorización y lubricación de la piel) una vez terminado el baño.

Acompaña al derechohabiente o usuario a la cama y lo instala cómodamente.
Baño de Esponja.
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Técnica:

Cuida la privacidad del derechohabiente o usuario y le ofrece cómodo y orinal.
 Afloja y retira colcha y cobertor, los dobla y coloca en el respaldo de la cama y deja la sábana superior cubriendo al derechohabiente
o usuario.

Retira la ropa del derechohabiente o usuario (pijama o camisón) y los coloca en el depósito de ropa sucia.

Mezcla agua fría y caliente en el lavamanos a la temperatura deseada o requerida por el derechohabiente o usuario.
 Coloca una toalla sobre el pecho del derechohabiente o usuario en sentido transversal y por abajo de la barba, cubriendo el cojín con
los extremos de la misma.
 Utiliza una toalla para fricción, toma la mitad de ésta en la mano derecha, cubriendo los dedos excepto el pulgar, dobla la parte
sobrante sobre la palma de la mano deteniéndola con el dedo pulgar; la parte que cuelga hacia abajo se dobla también sobre la palma de la
mano formando un guantelete con la toalla, lo cual puede sustituirse por esponja o estropajo y se impregna de jabón evitando el
escurrimiento.

Lava, enjuaga y seca la cara, orejas y cuello con la toalla para fricción, haciendo movimientos suaves y rotatorios.
 Acomoda al enfermo diagonalmente con la cabeza hacia abajo sobre el borde superior proximal de la cama e introduce la almohada
debajo de los hombros del derechohabiente o usuario, cuando se vaya a lavar el cabello.
 Coloca el cojín de Kelly sobre el espacio superior de la cama que está libre y la parte inferior y la introduce en la cubeta que está
abajo de la cabecera de la cama. Para el caso de que no haya cojín de Kelly se puede improvisar con hule clínico.

Tapona los oídos con una torunda de algodón y vierte agua con el riñón sobre la cabeza, humedeciendo el cabello.

Enjabona y fricciona con las yemas de los dedos y enjuaga haciendo esta maniobra cuantas veces sea necesario.
 Retira las torundas de los oídos, eleva la cabeza del derechohabiente o usuario, envuelve con la toalla la cabeza del derechohabiente o
usuario, deja caer el cojín de Kelly o el hule en la cubeta.

Recorre la almohada hasta que la cabeza descanse en ella.
 Desliza la toalla y la coloca debajo del brazo e inicia el lavado por la mano, continuar con el antebrazo hacia arriba hasta hombro y
axila, enjuaga y seca, haciendo lo mismo con el otro brazo.
 Resbala la sábana hasta el pubis, colocando encima la toalla, lava, enjuaga y seca tórax y abdomen, teniendo especial cuidado con los
pliegues y el ombligo.

Lubrica y desodoriza la región aseada.
 Gira al derechohabiente o usuario en decúbito lateral, coloca la toalla a lo largo de la espalda sobre la cama, lava, enjuaga y seca la
nuca, la espalda y los glúteos sin tocar los genitales.

Coloca camisón o saco de pijama limpio y deja al derechohabiente o usuario en decúbito dorsal.
 Instala toalla debajo de la pierna flexionando ésta; lava, enjuaga, seca, lubrica y desodoriza la extremidad iniciando en el pie para
terminar en la ingle. Hace lo mismo con la otra extremidad pélvica y en caso necesario hacer el corte de uñas.
 Proporciona al derechohabiente o usuario si el estado del mismo lo permite, el material necesario para el lavado de genitales, en caso
contrario, lo hará la enfermera siguiendo la técnica correspondiente.

Lava las manos al derechohabiente o usuario, si éste realizó la maniobra señalada en el inciso anterior.

Termina de vestir al derechohabiente o usuario y arregla la cama de acuerdo con el procedimiento de cama ocupada.

Ayuda al derechohabiente o usuario en el arreglo del cabello y afeitado de la cara si lo requiere.
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
Procura bienestar y confort al derechohabiente o usuario.

Medidas específicas de control y seguridad

Cambiar el agua cuantas veces sea necesario.
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Baño de Regadera Modificado (Artesa).
Técnica:

Traslada al derechohabiente o usuario envuelto en sábana limpia, llevando consigo sus artículos personales.
 Coloca al derechohabiente o usuario sobre el colchón de la artesa y procede al aseo de las cavidades con torundas e hisopos húmedos
y secos en forma alterna, hasta dejar éstas limpias (ojos, oídos y narinas).
 Asea la cara con movimientos suaves en forma de 8, acerca al derechohabiente o usuario al borde de la artesa, apoya la cabeza en el
antebrazo y con la mano izquierda, procede a lavar y secar el cabello.
 Retira la ropa del derechohabiente o usuario y lo coloca al centro de la artesa utilizando la sábana clínica como protector
antiderrapante.
 Enjabona, enjuaga y seca el cuerpo del derechohabiente o usuario de cuello a pies, teniendo cuidado con la limpieza de los pliegues
naturales.

Lubrica, desodoriza, viste, peina y realiza corte de uñas si es necesario.

Regresa al derechohabiente o usuario a su cama, proporcionándole bienestar y comodidad.
Lavado de manos.
Técnica:

Extiende la toalla sobre la cama y un lado del derechohabiente o usuario, coloca sobre ella lavamanos, la jabonera y el jabón.

Moviliza al derechohabiente o usuario a decúbito lateral y arremanga el camisón.

Introduce las manos del derechohabiente o usuario, las jabona, lava y enjuaga.

Retira el lavamanos, la jabonera, el jabón y con toalla seca las manos.

Acomoda al derechohabiente o usuario en la posición libremente escogida.
Aseo bucal.
Técnica:

Coloca al derechohabiente o usuario en posición de Fowler o semi-Fowler cuando esté consciente.

Instala la toalla debajo de la barba y sobre los hombros del derechohabiente o usuario.
 Proporciona el cepillo con crema dentífrica y un vaso con agua, acerca el riñón o recipiente a la barba y en caso necesario, enseña al
derechohabiente o usuario a efectuar el cepillado.

Ofrece agua tantas veces como sea necesario.

Indica que se seque los labios o lo asiste.
 Cuando el derechohabiente o usuario use prótesis, recibir ésta en una toalla desechable, la cepilla en agua corriente y la devuelve al
enfermo para su instalación.
Medidas específicas de control y seguridad:
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
Evitar golpear la prótesis al lavarla.

Revisar las condiciones de las encías antes de instalar la prótesis.

Orientar al derechohabiente o usuario en el control de su prótesis durante su estancia hospitalaria.
143
 En derechohabientes o usuarios inconscientes o lactantes, coloca en una pinza, una gasa humedecida con agua bicarbonatada o
antiséptica.
 Frota la cavidad bucal y la dentadura usando abatelenguas para controlar la lengua y facilitar su limpieza. Repetir la operación cuantas
veces sea necesario.

Utilizar aspirador si el caso lo requiere.
Aseo Nasal.
Técnica:
 Introduce en la narina hisopos húmedos y efectúa movimientos rotatorios cuantas veces sea necesario hasta lograr el aseo de la
misma, procurando no apoyarse en los cornetes para evitar el sangrado.

Instala solución salina hasta modificar la consistencia de las secreciones endurecidas y, si se hace necesario, las aspira.
Aseo Ótico.
Técnica:

Introduce hisopos húmedos tibios al oído externo, con movimientos gentiles y rotatorios, hasta eliminar la secreción existente.

Asea el pabellón auricular con torundas húmedas y tibias.
 En caso de tapón ceruminoso, y si no hay contraindicación médica, lo reblandece instalando gotas de agua oxigenada o glicerina a
temperatura corporal.
Aseo Vulvar.
Técnica:

Cuida la privacía de la derechohabiente o usuaria.

Protege el cómodo, se lo coloca a la derechohabiente o usuaria y le solicita que se flexione y separe las piernas.

Descubre únicamente la región que se va a asear.

Envuelve en la pinza una gasa y la coloca al borde superior de los labios mayores.

Vierte el jabón a temperatura corporal sobre el pubis amortiguando la caída con la gasa.
 Enjabona la región, deslizando la pinza de arriba hacia abajo sin llegar al recto, hasta el último movimiento, desechando la gasa tantas
veces como sea necesario.
 Aplica agua a temperatura corporal para retirar el jabón, procurando que éste escurra en el cómodo, con movimientos semejantes a los
anteriores.

Seca la región con gasa, si es necesario, colocar un apósito o toalla sanitaria, retira el cómodo y arregla la ropa.
Medidas específicas de control y seguridad:

Entibiar el jabón y el agua a temperatura corporal.
144
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
Evitar mojar la ropa de cama.

Usar material estéril por indicación médica.

Notificar la presencia de secreciones anormales o reacciones dermatológicas.
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Pediluvios.
Técnica:

Usa lavamanos o cubeta de acuerdo con las condiciones y edad del derechohabiente o usuario.

Efectúa los siguientes pasos cuando lo requieran los derechohabientes o usuarios en reposo absoluto.
 Afloja las ropas de cama a nivel de los pies, las dobla en acordeón sobre sí mismas y las lleva hacia arriba hasta las rodillas, dejando
los pies descubiertos.
 Levanta las extremidades inferiores del derechohabiente o usuario y las coloca sobre la cama, a nivel de éstas deja un hule protector
con toalla, jabón, toalla para fricción y esponja o estropajo.

Mezcla el agua en el lavamanos a temperatura indicada.
 Introduce los pies del derechohabiente o usuario en el agua y los lava las veces que sea necesario, siguiendo la dirección del tercio
inferior de la pierna a los dedos.

Enjuaga y seca los pies, dejando éstos envueltos en la toalla hasta que se retire el lavamanos, la jabonera, la esponja y el hule.

Limpia y corta las uñas si es necesario.

Lubrica y desodoriza dando masaje y siguiendo el sentido de la circulación.

Extiende y arregla las ropas de cama de acuerdo con los procedimientos establecidos.

Proporciona comodidad al derechohabiente o usuario.
 Cuando este procedimiento se realiza en derechohabientes o usuarios ambulatorios, es conveniente llevarlos al baño, sentarlo y
utilizar una cubeta para efectuar el procedimiento.
Aseo Matinal.
Conceptos:

Es la limpieza de la cara, boca, manos y arreglo del cabello del derechohabiente o usuario y sirve para:

Preparar al derechohabiente o usuario para el desayuno y la visita médica.

Fomentar hábitos higiénicos en el derechohabiente o usuario.

Proponer bienestar físico.

Técnica:

Coloca al derechohabiente o usuario en posición de Fowler, si no hay contraindicación médica.

Lava las manos y la boca del derechohabiente o usuario de acuerdo con los procedimientos establecidos.

Asea la cara con un paño húmedo y caliente, siguiendo el orden de ojos, frente, mejillas, barba y nariz.

Asiste al derechohabiente o usuario en el arreglo del cabello.
Aseo Vespertino.
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Concepto:
 Son las maniobras que se efectúan para preparar al derechohabiente o usuario para el descanso y sueño, ayudando para contribuir a
disminuir la tensión muscular y nerviosa, bajo el principio de que la profundidad del sueño está en relación con la relajación muscular.
Técnica:

Ofrece al derechohabiente o usuario el cómodo u orinal.

Asea genitales externos.

Retira el cómodo y se lava las manos.

Lava las manos y los dientes del derechohabiente o usuario, de acuerdo con los procedimientos establecidos.

Proporciona masaje a la espalda del derechohabiente o usuario.

Estira las ropas de cama y retira toda causa que pueda ocasionar irritación de la piel.

Favorece la ventilación, controla la iluminación y evita ruidos.
Medidas de Seguridad y Control:

Integrar el equipo de acuerdo con el procedimiento y trasladarlo al sitio donde éste se efectúe.

Explicar al derechohabiente o usuario el procedimiento y el propósito de éste.

Verificar que no existan contraindicaciones médicas.

Evitar corrientes de aire y enfriamientos.

Verificar la temperatura del agua durante todo el procedimiento.

Respetar la individualidad del derechohabiente o usuario.

Mantener vigilancia continua cuando el derechohabiente o usuario o familiar realicen el procedimiento.

Eliminar el uso de sustancias que irriten las mucosas.

Evitar mediante la previsión, traumatismos, lesiones y exposiciones prolongadas a los medios físicos.

Observar y registrar la existencia de infecciones, lesiones y notificarlo al médico.

Verificar el comportamiento diario de la higiene del derechohabiente o usuario.

Colocar los desechos durante el procedimiento en las bolsas correspondientes.

Retirar el equipo y darle el cuidado necesario.

Hacer las anotaciones correspondientes en las hojas de registro clínicos de enfermería al término del procedimiento.
5. ANEXOS
5.1 Glosario de Términos.
Abrasión:
Absceso:
Absorbente:
Exulceración superficial de la piel o mucosa producida por medios mecánicos, acción de raspar.
Acumulación de pus en una cavidad formada por la desintegración de los tejidos. Recibe distintos
nombres según su localización y según su naturaleza.
Que tiene la propiedad de absorber. Dícese de algunos medicamentos o sustancias que absorben
secreciones o líquido orgánico.
146
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Absorción:
Abulia:
Acción de enfermería:
Adicción:
Adiposo:
Admisión:
Aerobio:
Aerosol:
Aglutinación:
Agudo:
Aislamiento:
Aislar:
Alérgeno:
Alergia:
Anafilaxis:
Analgésico:
Anestésico:
Anorexia:
Anoxemia:
Ansiedad:
Antibiótico:
Anticuerpo:
Antígeno:
Antiséptico:
Asfixia:
Atelectasia:
Auscultación:
Broncoespasmo:
Cánula:
Crioprecipitado:
Concentrado de
eritrocitos:
Componentes de
Sangre:
Concentrado de
Plaquetas:
Derrame Pleural:
Diálisis:
Excreción:
Extravasación:
Exudado:
Farmacología:
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Es el paso de eritrocitos cuando se mezclan tipos sanguíneos incompatibles.
Pérdida o disminución de la voluntad o falta de energía para hacer algo.
Son los métodos prácticos o administrativos que la enfermera realiza para ayudar al derechohabiente o
usuario a satisfacer sus necesidades y resolver sus diagnósticos de enfermería.
Inclinación morbosa al uso de bebidas alcohólicas, drogas o narcóticos.
De naturaleza grasa.
Procedimiento administrativo que se sigue cuando una persona enferma ingresa al hospital. La admisión
comprende desde el momento en que se aprueba la hospitalización del derechohabiente o usuario hasta
que está instalado en su cama.
Bacteria o microorganismo que vive y se desarrolla en presencia de oxígeno libre.
Solución de un medicamento que puede pulverizarse para la terapia inhalatoria.
Adherencia de eritrocitos cuando se mezclan tipos sanguíneos incompatibles.
Que tiene curso corto y relativamente grave. Sutil, penetrante.
Separación de un derechohabiente o usuario con respecto a su ambiente circundante inmediato y de toda
otra persona, para prevenir la diseminación de su enfermedad.
Separar a una persona de la vista de otras. Por diferentes mecanismos como cortinas, biombos u otros.
Cualquier sustancia capaz de producir una reacción alérgica.
Estado de susceptibilidad especial de un individuo para una sustancia que es inocua en iguales
cantidades y condiciones, para la mayoría de los individuos.
Estado de hipersensibilidad o de reacción exagerada a la nueva introducción de un medicamento o
sustancia extraña, que al ser ministrada por primera vez provocó reacción escasa o nula.
Medicamento o sustancia que alivia el dolor.
Medicamento que produce insensibilidad al dolor.
Pérdida del apetito.
Disminución del oxígeno en la sangre.
Respuesta emocional a peligro de origen desconocido.
Sustancia antimicrobiana que tiene la propiedad de destruir la vida microbiana.
Proteínas que se producen en el organismo como reacción a la invasión por un elemento extraño,
conocido como antígeno y que reacciona específicamente con este.
Sustancia extraña en el organismo que estimula la producción de anticuerpos.
Agente químico que inhibe el desarrollo de los microorganismos capaces de atacar al organismo.
Disminución de la cantidad de oxígeno y aumento de la cantidad de dióxido de carbono por obstrucción
de la respiración.
Colapso del tejido pulmonar que da como resultado una reducción de la cantidad de aire disponible.
Procedimiento para escuchar los sonidos que se producen en alguna de las cavidades del cuerpo.
Contracción anómala del músculo liso de los bronquios que produce un estrechamiento agudo con
obstrucción de las vías respiratorias.
Tubo que se inserta para eliminar las secreciones del cuerpo.
Fracción proteica del plasma fresco congelado que precipita al descongelarse en condiciones
controladas.
Fracción que contiene principalmente glóbulos rojos como resultante de la remoción casi completa del
plasma, de la sangre recolectada.
Fracciones separadas de una unidad de sangre.
Trombocitos recolectadas por aféresis o preparados por fraccionamiento de unidades de sangre fresca.
Acumulo anormal del líquido en los espacios intersticiales y aéreos de los pulmones que se caracteriza
por fiebre, dolor torácico, disnea y tos no productiva, el líquido es un exudado de las superficies
pleurales inflamadas.
Proceso de separación de sustancias coloides y cristalinas en solución aprovechando la diferencia en su
tasa de difusión a través de una membrana semipermeable.
Proceso de eliminación de sustancias de órganos y tejidos corporales como parte de una actividad
metabólica natural.
Paso o escape hacia los tejidos de un líquido generalmente sangre, suero o linfa.
Líquido u otras sustancias que se han eliminado lentamente de las células a los vasos sanguíneos a través
de pequeños poros o roturas en las membranas celulares.
Ciencia que trata sobre los fármacos.
28 de Agosto de 2015
Factor Rh:
Filtro Miliforme:
Fístula:
Flebitis:
Hemoglobina:
Hemólisis:
Hipertónico:
Hipersensibilidad :
Hiperbilirrubinemia:
Hipoxia:
Ictericia:
Infección:
Inmunología:
Intubación:
Kernicterus:
Manómetro:
Nebulización:
Neonatal:
Neumotórax:
Nutrición Parenteral
Total:
Palmopercusión:
Paracentesis Torácica:
Parenteral:
Plasma:
Plasma fresco:
Plasma fresco
congelado:
Presión positiva:
Presión Venosa Central:
Preventivo:
Salino:
Sangre Fresca:
Sangre Total:
Saturación de Oxígeno:
Sonda:
Supraciliar:
Rash:
Trans:
Trombocitopenia:
Viscosidad:
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147
Es una sustancia proteica llamada antígeno y localizada en la superficie de los glóbulos rojos, las
personas que poseen este factor se denominan Rh positivos (D) y las que no lo tienen son Rh negativos
(d). El tipo sanguíneo es hereditario.
Filtro intercalado en el tubo venoso para extraer todas las partículas o microorganismos de la mezcla
compleja de la solución de hiperalimentación.
Comunicación anormal entre un órgano interno y la superficie corporal o entre dos órganos internos.
Es la inflamación de las paredes venosas; casi siempre se añade a las lesiones flogísticas de las paredes
venosas, la formación de coágulos sanguíneos en el interior de la vena inflamada.
Principal componente eritrocito que contiene hierro.
Destrucción de los eritrocitos.
Que tiene una presión osmótica mayor que la de la solución con la cual se compara.
Es la exaltación patológica de la sensibilidad en sus diversas formas.
Exceso de bilirrubina en sangre.
Grado variable de falta de oxígeno.
Enfermedad producida por el paso de los pigmentos biliares a la sangre, que causa coloración
amarillenta de la piel, ojos, mucosas y líquidos del organismo.
Invasión del organismo por microorganismos patógenos que se reproducen y multiplican.
Es el estudio de todos aquellos fenómenos biológicos mediante los cuales se provoca y se manifiesta el
estado de inmunidad.
Inserción de un tubo en cualquier órgano hueco con objetivos terapéuticos o diagnósticos.
Estado del recién nacido en el cual existe daño cerebral relacionado a concentraciones elevadas de
bilirrubina en sangre.
Instrumento para medir la presión de los gases y vapores.
Producción de un rocío fino a partir de una solución.
Referente al recién nacido.
Aire colectado en la cavidad pleural.
Es una mezcla hipertónica con vitaminas, agua, electrólitos, una fuente de nitrógeno y minerales.
Técnica de percusión del cuerpo del enfermo mediante rápida serie de golpes que se realizan con las
palmas de la mano ahuecadas para estimular la circulación y refrescar la piel.
Aspiración de líquido o de aire de la cavidad pleural.
Vía diferente al tubo digestivo, Intravenosa.
Parte líquida que se encuentra en la sangre.
El que se encuentra en el lapso de las primeras seis horas después de la recolección.
El que se congela en el lapso de las primeras seis horas después de la recolección y así se conserva.
Presión mayor que la atmosférica.
Dispositivo utilizado para evaluar la función del ventrículo derecho, la presión del llenado de la aurícula
derecha y la capacidad de los vasos sanguíneos.
Que tiende a retrasar, detener o interrumpir el curso de una enfermedad o a reducir su incidencia.
Que tiene sal.
Tejido hemático no fraccionado de menos de seis horas después de su recolección.
Tejido hemático no fraccionado de más de seis horas después de su recolección.
Es la cantidad de oxígeno transportado por la hemoglobina.
Delgado tubo de goma que se introduce al interior de un espacio para tratamiento o diagnóstico.
Posición superior por encima o sobre, perteneciente a la pestaña.
Son las erupciones cutáneas precoces y de brevísima duración.
Prefijo que significa a través de.
Escaso número de trombocitos.
Frotamiento interno de los fluidos.
6. BIBLIOGRAFÍA
 Veliz-Pintos R.
Terapia Intensiva.
1a. edición. México: Editorial McGraw-Hill Interamericana, 2005.
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3a. edición. México: McGraw-Hill Interamericana, 2000.
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Enfermería Pediátrica.
1a. edición. México: Editorial Manual Moderno, 2013.
 Dugas BW, Luna-Gámez R, Mata-Haya L, Saura-Portillo E, Orizaga-Sampiero, J.
Tratado de Enfermería Práctica.
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Manual de Enfermería Médico-Quirúrgica. Intervenciones enfermeras y tratamientos interdisciplinarios.
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Cuidados Intensivos de Enfermería.
3a. edición. Barcelona: Editorial Océano, 2002.
 Navarro-Beltrán IE.
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Diccionario de Medicina Océano Mosby.
4a. edición. Barcelona: Grupo Editorial Océano, 2005.
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Neonatología: Manejo Básico, Procedimientos, Problemas en la Guardia, Enfermedades y Fármacos.
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Guía de Antimicrobianos, Antivirales, Antiparasitarios, Antimicóticos e Inmunomoduladores
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Manual Harriet Lane de Pediatría.
19a. edición. España: Editorial Elsevier Mosby, 2013.
 Hospital Infantil de México “Dr. Federico Gómez”.
Urgencias en Pediatría.
6a. edición. México: Editorial McGraw-Hill, 2011.
 Kidd PS, Sturt P.
Urgencias en Enfermería.
2a. edición. Barcelona: Editorial Harcourt/Océano, 2002.
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 Tierney LM, Saint S, Whooley MA.
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Editorial Manual Moderno.
4a. edición. México: Editorial McGraw-Hill, 2011.
 Ball JW, Bindler RC.
Enfermería Pediátrica. Asistencia Infantil.
4a. edición. Madrid: Pearson, 2010.
 Nascimento-Tamez R, Pantoja-Silva MJ.
Enfermería en la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatal.
Asistencia del Recién Nacido de Alto Riesgo.
3a. edición. Buenos Aires: Editorial Médica Panamericana, 2008.
 Nordmark MT, Rohweder AW.
Bases Científicas de la Enfermería, México
2a. edición. México: Editorial Manual Moderno, 2001.
 Organización Panamericana de la Salud
Manual de Organización y Procedimientos Hospitalarios.
1a. edición. Sao Paulo: Editorial OPS/OMS, 1990.
 Rogers M, Helfaer M.
Cuidados Intensivos en Pediatría.
3a. edición. México: Editorial McGraw-Hill, 2000.
 Rosales-Barrera S, Reyes-Gómez E.
Fundamentos de Enfermería.
2a. edición. México: Editorial El Manual Moderno, 2004.
 González-Sevilla E, Carrero-Caballero MC.
Interconsulta de enfermería en infectología.
1a. edición. Barcelona: Editorial Ars Médica, 2006.
 Tucker S, Canobbio M, Paquette E, Wells M.
Normas de Cuidados de Pacientes.
6a. edición. España: Editorial Harcort Océano, 2002.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente aviso por el cual se dan a conocer las Técnicas de Enfermería en el Servicio de Urgencias.
SEGUNDO. Las Técnicas de Enfermería en el Servicio de Urgencias entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal.
México, Distrito Federal, a 13 de agosto de 2015.
(Firma)
__________________________________________
DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA
SECRETARIO DE SALUD
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SECRETARÍA DE SALUD
DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, Secretario de Salud, con fundamento en el artículo 29 fracción XIX, 16 fracción IV de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 24 fracción XX de la Ley de Salud del Distrito Federal, 11 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 26 fracciones V y VIII y 67 fracciones VI, XIV y XXI del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal emito el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS TÉCNICAS DE ENFERMERÍA EN EL SERVICIO DE
TERAPIA INTENSIVA
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN
2. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN
3. OBJETIVO DEL DOCUMENTO
4. TÉCNICAS DE ENFERMERÍA
4.1 Monitorización del Electrocardiograma (12 derivaciones).
4.2 Registro del Electrocardiograma (12 derivaciones).
4.3 Asistencia a Derechohabiente o Usuarios con paro Cardiorespiratorio.
4.4 Asistencia en la Cardioversión.
4.5 Asistencia en la Desfibrilación.
4.6 Cateterización Venosa por Punción.
4.7 Instalación de Catéter Venoso Central por Punción.
4.8 Medición de la Presión Venosa Central (PVC).
4.9 Asistencia en Cateterización Arterial.
4.10 Asistencia en Toracocentesis (Cuidados al sello de agua).
4.11 Asistencia en Diálisis Peritoneal.
4.12 Control de Líquidos y Electrolitos.
4.13 Alimentación Parenteral.
4.14 Ventilación Mecánica.
4.15 Fisioterapia Pulmonar.
4.16 Nebulizaciones.
4.17 Oxigenoterapia.
4.18 Aspiración de Secreciones.
4.19 Aislamiento.
4.20 Manejo de la cama Clinitrón.
4.21 Mecánica Corporal.
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5. ANEXOS
5.1 Material y equipo que se requiere en la Unidad de Terapia Intensiva.
6. BIBLIOGRAFÍA
1. INTRODUCCIÓN
Actualmente se están realizando cambios estructurales en los hospitales de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, para dar
cumplimiento a las políticas de proporcionar una atención a la salud de alta calidad, oportuna y humanista; así como la optimización de
recursos humanos, materiales y tecnológicos.
Siendo la Unidad de Terapia Intensiva el servicio que proporciona atención médica y de enfermería especializada, a los derechohabientes
o usuarios en estado crítico pero con posibilidades de sobrevivencia, se percibió la necesidad de elaborar el presente documento, el cual
contiene: concepto, objetivos, material y equipo que se requiere, medidas generales, los pasos a seguir y recomendaciones así como un
glosario de términos. Consta de los siguientes capítulos: introducción, marco jurídico de actuación, objetivo, técnicas, anexos y
bibliografía.
El propósito de este documento es orientar al personal de enfermería que desarrolla sus actividades en el Servicio de Terapia Intensiva, al
de enfermería de nuevo ingreso y al que cambie de turno o de servicio, siendo paralelamente un instrumento en el que se apoye la
supervisión.
Su elaboración se fundamenta en las atribuciones de la Dirección General de Planeación y Coordinación Sectorial establecidas en el
artículo 67 Fracciones VI y XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito y en las funciones de la Dirección de
Coordinación y Desarrollo Sectorial descritas en el Manual Administrativo de la Secretaría de Salud.
2. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN
CONSTITUCIÓN
 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05 de febrero de 1917,
última reforma 10 de julio de 2015.
ESTATUTO
 Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de julio de 1994, última reforma 27 de
junio de 2014.
LEYES
 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de
1982, última reforma 24 de diciembre de 2013.

Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 07 de febrero de 1984, última reforma 04 de Junio de 2015.
 Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre
de 1998, última reforma 29 de enero de 2015.
 Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las Personas Residentes en el Distrito
Federal que Carecen de Seguridad Social Laboral, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de mayo de 2006.
 Ley de Salud del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de septiembre de 2009, última reforma 23
de marzo de 2015.
REGLAMENTOS
 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 14 de mayo de 1986, última reforma 24 de marzo de 2014.
 Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de
diciembre de 2000, última reforma 19 de noviembre de 2014.
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 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
05 de abril de 2004, última reforma 17 de diciembre de 2014.
 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las Personas
Residentes en el Distrito Federal que Carecen de Seguridad Social Laboral, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 04 de
diciembre de 2006.

Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 07 de julio de 2011.
DOCUMENTOS NORMATIVO-ADMINISTRATIVOS
• Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002. Protección Ambiental - Salud Ambiental - Residuos Peligrosos
Biológico - Infecciosos - Clasificación y Especificaciones de Manejo, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero de
2003.
• Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005. Para la Vigilancia Epidemiológica, Prevención y Control de las Infecciones
Nosocomiales, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de noviembre de 2009.
• Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012. Del Expediente Clínico, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de
octubre de 2012.
3. OBJETIVO DEL DOCUMENTO
Contar con un documento que sirva de guía y de consulta, para el desarrollo adecuado de las técnicas de enfermería más frecuentemente
utilizadas en el Servicio de Terapia Intensiva garantizando una atención de enfermería de alta calidad a la población que así lo requiera.
4. TÉCNICAS DE ENFERMERÍA
4.1 Monitorización de Electrocardiograma (12 Derivaciones).
Concepto:
Es la representación gráfica de la actividad eléctrica generada por el corazón y captada por electrodos dispuestos de manera específica en
el derechohabiente o usuario con la finalidad de determinar el estado real de la actividad cardíaca.
Objetivos:

Obtener datos respecto a la actividad eléctrica del corazón del derechohabiente o usuario.

Obtener un cuadro continuo de la actividad eléctrica cardiaca del derechohabiente o usuario.

Registrar la actividad eléctrica con fines diagnósticos o de documentación.

Anticipar en la identificación de diferentes arritmias.

Valorar la efectividad del tratamiento farmacológico así como las posibles complicaciones.
Principios:

La integridad de la piel se debe mantener para contar con un ECG claro.

Un patrón libre de distorsión proporciona una imagen confiable para tomar decisiones clínicas.

Un patrón claro permite evaluar el ECG del Derechohabiente o usuario para llevar a cabo un tratamiento rápido.

La limpieza de la superficie cutánea favorece la transmisión adecuada de los impulsos eléctricos.
Material y Equipo:

Monitor (fijo o portátil).
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
Cable para el Derechohabiente o usuario.

Electrodos.

Discos Adhesivos.

Torundas Alcoholadas.

Benjuí.

Gasas.
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Técnica:

Prepare el equipo (prender el equipo conectando al monitor y los cables que serán colocados en el derechohabiente o usuario).

Llévelo a la unidad del derechohabiente o usuario (equipo portátil).

Prepare física y psicológicamente al derechohabiente o usuario, esto último si su estado se lo permite.

Realice tricotomía de tórax en un área de 10 cm. de diámetro en el sitio donde serán colocados los electrodos.

Limpie la piel para eliminar grasa y restos tisulares con una torunda alcoholada, seque con una gasa.

Aplique benjuí para proteger la piel.

Aplique la pasta conductora y distribúyala uniformemente con el disco.
 Coloque el electrodo de R.L. (Right Leg = pierna derecha) en la parte anterolateral y superior del hemitórax derecho (este electrodo
no registra potenciales eléctricos, sólo actúa como tierra para evitar interferencias).

Coloque el electrodo R.A. (Right Arm = brazo derecho) entre el 4° y 5° espacio intercostal derecho, por debajo de la tetilla).
 Coloque el electrodo L.A. (Left Arm = brazo izquierdo) sobre la cara anterior del hemitórax izquierdo, a nivel de la línea media
clavicular, entre el 2° espacio intercostal.
 Conecte la parte distal de los electrodos al cable del derechohabiente o usuario, sin torsión, ni estiramiento, insertando cada cabo de
electrodo en el orificio respectivo del cable del derechohabiente o usuario guiándose por los colores.

Conecte el otro extremo del cable del derechohabiente o usuario al monitor y asegure un buen contacto.

Ajuste los componentes del monitor: alarmas, sensibilidad, frecuencia, etc.

Fije los límites de alarma de acuerdo a la frecuencia de los latidos del corazón del derechohabiente o usuario.
Medidas de Control y Seguridad:

Mantenga funcionando las alarmas todo el tiempo que esté monitorizado el derechohabiente o usuario.

Verificar que el trazo eléctrico no presente distorsiones para poder interpretarlo sobre la base de una información confiable.
 Evaluar diariamente la integridad de la piel y cambiar los electrodos ya que se pueden formar burbujas de aire en la gel, lo cual puede
disminuir la conducción.

Aplicar correctamente los principios de seguridad eléctrica.

Al activarse las alarmas, busque la causa para maniobrar en el sistema dañado.

Verifique la correcta posición de los electrodos, para evitar interferencia o datos falsos.

Asegúrese que el cable del aparato esté conectado, para evitar una falsa alarma de paro cardíaco.
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
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Solicite mantenimiento periódico de los monitores por el personal especializado.
4.2 Registro del Electrocardiograma (12 derivaciones).
Concepto:
Son las maniobras que se realizan para registrar en papel específico, la actividad eléctrica del corazón a través de doce derivaciones.
Objetivos:
 Obtener información, en papel específico, del funcionamiento eléctrico y mecánico del corazón desde diferentes perspectivas. (12
derivaciones).

Registrar la actividad eléctrica con fines diagnósticos y de documentación.

Diagnosticar un infarto agudo al miocardio.

Diferenciar e identificar arritmias.
Principios:
 La correcta colocación de los cables y derivaciones torácicas permitirá obtener un trazo preciso y confiable del corazón desde una
posición de los planos vertical y frontal.

La limpieza de la superficie cutánea favorece la transmisión y registro adecuado de la actividad eléctrica y mecánica del corazón.

Un patrón libre de distorsiones proporciona un trazo confiable para tomar decisiones clínicas.
Material y Equipo:

Electrocardiógrafo.

Cable del equipo para conectar al derechohabiente o usuario.

Discos Adhesivos o brazalete y perillas (chupones).

Torundas Alcoholadas.

Benjuí.

Gasas.

Documentación para registros.
Técnica:

Prepare psicológicamente al derechohabiente o usuario.

Retire objetos metálicos del derechohabiente o usuario (reloj, anillo, etc.), para evitar interferencia en el trazo electrocardiográfico.

Conecte el aparato (electrocardiógrafo).

Descubra el torso y las piernas del derechohabiente o usuario.

Observe que haya relajamiento muscular, evitando que se mueva.
 Coloque los electrodos con pasta conductora en la parte interna de las piernas y brazos cuidando que los brazaletes no queden
apretados. La colocación de los electrodos se realiza de la siguiente manera:

RA: Brazo derecho.
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
LA: Brazo izquierdo.

RL: Pierna derecha.

LL: Pierna izquierda.

C: Precordiales. (coloque las perillas como a continuación se indica:

VI, 4° Espacio intercostal, en el borde derecho del esternón.

V2, 4° Espacio intercostal, en el borde izquierdo del esternón.

V3, Punto medio entre V-2 y V-4.

V4, 5° Espacio intercostal izquierdo, a la altura de la línea media clavicular. (por debajo de la tetilla).

V5, 5° Espacio intercostal izquierdo a la altura de la línea axilar anterior.

V6, 5° Espacio intercostal izquierdo línea axilar media.

Estandarice el trazo del electrocardiógrafo a un centímetro.

Fije la aguja para que no se maltrate.
155
 Proceda a tomar el trazo electrocardiográfico D1-D2-D3-AVR-AVL-AVF-V1-V2-V3-V4-V5-V6- y un D2 largo. Tome V7-V8 y V9
cuando el médico lo solicite, (en infartos extensos) o en su caso un electrocardiograma en círculo, o de ser necesario las derivaciones
abdominales (MEDRANO).
 Calibre el electrocardiógrafo, al comenzar y antes de iniciar las precordiales, verifique que el trazo no lleve interferencias y tómelo en
línea horizontal al centro del papel, para facilitar su interpretación.

Al terminar retire todos los electrodos y guárdelos en su lugar, perfectamente limpios.

Retire el equipo de la unidad del derechohabiente o usuario y déjelo cómodo.

Rotule el electrocardiograma anotando: nombre, edad, sexo, cédula, fecha, hora en que fue tomado y entréguelo al médico.
Medidas de Control y Seguridad:
 Verificar que el derechohabiente o usuario no toque las barras de la cama o el estribo ya que el contacto con las mismas pueden
incrementar la posibilidad de distorsión del trazo.

Asegurar correctamente los electrodos de los miembros para evitar que las influencias externas afecten el trazo del ECG.

Verifique que funcione el electrocardiógrafo y que tenga suficiente papel para la toma del ECG.

Asegúrese que el trazo esté sin picos ni oscilaciones, claro y nítido.

Observe que su estandarización sea exacta para que la interpretación sea correcta.

Use la tierra cuando el derechohabiente o usuario se encuentre conectado a otros aparatos o exista interferencia.

Anote la actividad en la hoja de enfermería.
Nota: Existen diferentes tipos de Electrocardiógrafos por lo que deberán ajustar las normas de manejo y seguridad de acuerdo a las
indicaciones y especificaciones técnicas del fabricante.
4.3 Asistencia a Derechohabiente o Usuarios con Paro Cardiorespiratorio.
Concepto:
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Es el conjunto de acciones que se le realizan a un derechohabiente o usuario con contracción ventricular ausente o inadecuada la cual
origina de manera inmediata una insuficiencia circulatoria sistémica generando la interrupción brusca de la ventilación y circulación
espontánea.
Objetivos:
 Establecer de inmediato una vía área permeable, respiración y circulación eficaces en el derechohabiente o usuario con paro
respiratorio y/o cardíaco.

Evitar daños irreversibles en el organismo, por anoxia.

Corregir las alteraciones metabólicas producidas por el paro.

Impedir que se produzcan lesiones orgánicas irreversibles en los derechohabientes o usuarios.
Material y Equipo:
Carro de Paro con:

Dispositivo de bolsa, válvula y mascarilla (Ambú).

Sondas Endotraqueales de diferentes calibres con conectores.

Laringoscopio con hojas de diferentes tamaños (con batería y foco funcionando).

Equipo de aspiración, fuente de succión y fuente de oxígeno.

Sonda Nelatón de diferentes calibres (para aspiración).

Tabla de paro.

Desfibrador con monitor y electrodos.

Guía semiflexible para sondas endotraqueales.

Equipo para venoclisis.
Fármacos de Urgencia:

Bicarbonato de Sodio.

Adrenalina.

Isoproterenol.

Dextrosa al 50%.

Cloruro de Calcio 10%.

Xilocaina simple al 1% y 2%.

Atropina.

Hdrocortizona.

Digoxina.

Gluconato de Calcio.

Dopamina.
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
Dobutamina.

Soluciones: Salinas al 0.9%, Hartman, Haemacel, Glucosada, mixta, etc.
Técnica:

Verifique que el derechohabiente o usuario realmente se encuentre en paro cardíaco y/o cardiorespiratorio.

Solicite ayuda (establezca una clave para identificar el Paro) e inicie la reanimación con dos insuflaciones.

No deje al derechohabiente o usuario solo.

Pida que acerquen el carro de paro a la Unidad del derechohabiente o usuario.

Coloque la tabla de paro por abajo del tronco superior del derechohabiente o usuario.
Si el Derechohabiente o Usuario No está Intubado:

Permeabilice la vía aérea.

Retire objetos extraños de la boca.

Aspire secreciones.

Abra la vía aérea (flexionando la cabeza hacia atrás para Hiperextender el cuello).

Intubar lo más rápido posible.
Si no se Restablece la Respiración Espontánea:

Oxigene al derechohabiente o usuario.

Conecte al ambú a la fuente de oxígeno.

Abra la llave de paso de la fuente de oxígeno.

Aplique la mascarilla a la cara del derechohabiente o usuario abarcando la boca y la nariz (evite fugas).

Conecte el ambú a la mascarilla.

Ventile con el ambú a la mascarilla.

Ventile con el ambú (observe los movimientos torácicos del derechohabiente o usuario).

Asista al médico para la intubación endotraqueal.
Si el Derechohabiente o Usuario está Intubado:

Oxigene al derechohabiente o usuario.

Con el ambú (conectado a la fuente de oxígeno).

Con un ventilador.
Si el Derechohabiente o Usuario No Está Monitorizado:

Palpar el pulso carotideo.

Si está presente, continúe con la ventilación a una frecuencia de 12 respiraciones por minuto.
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
Si está ausente inicie compresión cardiaca manual externa.

Colocar los electrodos para monitorizar el electrocardiograma del derechohabiente o usuario.

Observar el trazo del electrocardiograma en el monitor.

Si se aprecia taquicardia ventricular sin pulso o fibrilación ventricular debe de aplicarse desfibrilación de inmediato.
 Si se aprecia taquiarritmias ventriculares y/o supraventriculares con compromiso hemodinámico se debe cardiovertir al
derechohabiente o usuario en forma sincronizada.
 Si se aprecia bradicardia sinusal, bloqueo AV completo o de segundo grado se requiere apoyar al derechohabiente o usuario con
fuente de marcapaso externo.
Medidas de Control y Seguridad:

Mantenga siempre bien equipado el carro de paro.
 Efectúe un registro preciso del tiempo de reanimación y terminación del procedimiento, así como de fármacos y técnicas utilizadas y
el resultado de la reanimación.

Al terminar el procedimiento equipe nuevamente el carro de paro y déjelo listo para su uso.

Mantenga (o establezca) una vía venosa permeable para ministrar medicamentos y soluciones requeridas.
NOTA: Es importante ajustarse a las disposiciones del fabricante del desfibrilador.
4.4 Asistencia en la Cardioversión.
Concepto:
Convertir las taquiarritmias ventriculares y/o supraventriculares, de los derechohabiente o usuarios con compromiso Hemodinámico, a
ritmo sinusal.
Objetivos:

Establecer de inmediato una respiración y circulación eficaces al derechohabiente o usuario con paro respiratorio y/o cardiaco.

Evitar daños irreversibles en el organismo, por anoxia.

Revertir las taquiarritmias que amenazan el estado hemodinámico.

Evitar el desarrollo de fibrilación ventricular en presencia ventricular inestable con pulsos.
Principios:

Las taquiarritmias suelen preceder a la fibrilación ventricular y precipitan el deterioro de la estabilidad hemodinámica.
 La correcta colocación de las paletas permitirá que la descarga eléctrica sea eficaz y mejorar la conducción eléctrica a través del tejido
subcutáneo.
 La correcta distribución del gel conductor sobre las paletas del desfibrilador minimizará las quemaduras producidas por la corriente
eléctrica.
Material y Equipo:

Carro de paro (rojo) equipado (ver el procedimiento de Reanimación Cardio pulmonar).

Desfibrilador con monitor y electrodos.

Aspirador empotrado.
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
Fuente de oxígeno empotrado.

Ventilador
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Técnica:

Compruebe el estado clínico del derechohabiente o usuario.

Antes de iniciar la cardioversión, se debe secar al usuario, ya que el agua o los líquidos son conductores de electricidad.

Coloque al derechohabiente o usuario en posición supina.

Registre un ECG de 12 derivaciones (para documentar la arritmia).

Retire las dentaduras postizas o prótesis dentales.

Conecte al derechohabiente o usuario los electrodos.

Encienda el monitor del desfibrador para observar el trazo del ECG.

El médico selecciona una derivación del ECG con una onda R alta y una onda T pequeña o en dirección opuestas a la onda R.

Encienda el sincronizador (pulse el botón SYNC).

Aplique pasta conductora a la superficie metálica de las paletas del desfibrilador.

Seleccione el voltaje para la cardioversión, (indicado por el médico) girando la perilla selectora.

Presione el botón de carga (CHARGE).
 El médico coloca las paletas firmemente contra el tórax del derechohabiente o usuario (Una paleta en el 2° espacio intercostal a la
derecha del esternón, y la otra paleta en el 5° espacio intercostal en la línea media clavicular a la izquierda del esternón).
 El médico indica que todos se alejen de la cama del derechohabiente o usuario y oprime el botón de descarga de las dos paletas
simultáneamente, hasta que la corriente eléctrica sea descargada.
 El médico verifica el ritmo del ECG en el monitor para comprobar el ritmo postcardioversión y determina si es necesario otra
descarga (repetir el paso anterior).

Imprime otro trazo del ECG para documentar el ritmo postcardioversión.

Apaga el aparato (desfibrilador).

Quita los electrodos del derechohabiente o usuario.

Limpia la piel del derechohabiente o usuario y el equipo.

El médico etiqueta la tira del ECG con los datos del derechohabiente o usuario.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario y observarlo frecuentemente.

Realiza las anotaciones correspondientes en la hoja de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Mantener la integridad de la piel.
 Explicar el procedimiento al derechohabiente o usuario ya que minimiza la ansiedad y favorece la cooperación del derechohabiente o
usuario.
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 Retirar todos los objetos metálicos alrededor del derechohabiente o usuario ya que son excelentes conductores de la corriente eléctrica
y podrían producir quemaduras.
 Desconectar la fuente de oxígeno durante la cardioversión ya que disminuye el riesgo de combustión en presencia de la corriente
eléctrica.
 Antes de la cardioversión decir “Fuera de Peligro” y comprobar visualmente que todo el personal presente está fuera de contacto con
el derechohabiente o usuario, la cama y el equipo.
 Limpiar el desfibrilador y retirar el gel de las paletas ya que la acumulación del gel conductivo en las paletas del desfibrilador impide
el contacto con la superficie y aumenta la resistencia transtorácica.
NOTA: se deberá ajustar a las especificaciones del fabricante del equipo.
4.5 Asistencia en la Desfibrilación.
Concepto:
Son las acciones que se realizan para revertir la fibrilación ventricular y facilitar el establecimiento de un ritmo cardíaco efectivo.
Objetivo:
Detener inmediatamente la fibrilación ventricular para favorecer el establecimiento del ritmo contráctil normal del corazón.
Material y Equipo:

Desfibrilador.

Extensión trifásica.

Crema conductora.

Monitor o electrocardiógrafo.

Carro de paro equipado.
Técnica:
 Compruebe el estado clínico del derechohabiente o usuario (observe el monitor y valore si presenta fibrilación ventricular o
taquicardia ventricular sin pulso).

Avise al médico y al resto del personal para que apoyen las maniobras.

Coloque al derechohabiente o usuario en posición supina.
 Conecte al derechohabiente o usuario los electrodos del monitor del desfibrilador y encienda el monitor del desfibrilador para
observar el trazo del ECG (sólo si el derechohabiente o usuario no está monitorizado).

Aplique pasta conductora a la superficie metálica de las paletas del desfibrilador.

Seleccione el voltaje para la desfibrilación (indicado por el médico), girando la perilla selectora.

Presione el botón de carga (CHARGE).
 El médico coloca las paletas firmemente contra el tórax del derechohabiente o usuario (una paleta en el 2° espacio intercostal a la
derecha del esternón, y la otra paleta en el 5° espacio intercostal en la línea media clavicular a la izquierda del esternón).
 El médico indica que todos se alejen de la cama del derechohabiente o usuario y oprime el botón de descarga de las dos paletas
simultáneamente, hasta que la corriente eléctrica sea descargada.
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161
 El médico verifica el ritmo del ECG en el monitor para comprobar el ritmo postdesfibrilación y determina si es necesaria otra
descarga (repetir el paso anterior).

Imprime otro trazo del ECG para documentar el ritmo postdesfibrilación.

Apaga el aparato (desfibrilador).

Quita los electrodos del derechohabiente o usuario.

Limpia la piel del derechohabiente o usuario y el equipo.

El médico etiqueta la tira del ECG con los datos del derechohabiente o usuario.

Deja cómodo al derechohabiente o usuario y lo mantiene en observación continua.

Realiza las anotaciones correspondientes en la hoja de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Mantenga las manos secas, el tórax inclinado y discretamente separado de la cama del derechohabiente o usuario.

Asegúrese que la parte superior del cuerpo no toque los electrodos sin aislante.
4.6 Cateterización Venosa por Punción.
Concepto:
Es la instalación de un catéter corto o largo en una vena periférica para contar con un acceso venoso para la ministración de líquidos,
electrolitos, medicamentos, sangre y/o componentes sanguíneos.
Objetivo:
Disponer de una vía venosa en el derechohabiente o usuario para la ministración de líquidos, electrolitos, medicamentos, sangre y/o
componentes sanguíneos.
Material y Equipo:

Equipo de Curación.

Gasas estériles.

Guantes estériles.

Gorros, cubrebocas.

Ligadura.

Antiséptico.

Catéter venoso corto o largo.

Equipo de venoclisis.

Solución parenteral.

Tela adhesiva, tegaderm, op-site, steri-drape o microporo.
Técnica:

Elegir el sitio para la punción (aplicando un torniquete si es necesario).
162
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
Seleccione el catéter (punzocath, angiocath, intracath, etc.).

Limpie el sitio elegido con un antiséptico.

Puncione la piel con la aguja en un ángulo de 45°, el bisel debe estar hacia arriba y a un lado de la vena.

Reduzca el ángulo de la aguja e inserte 0.5 cm en la vena y observe el flujo sanguíneo retrogrado.

Libere el torniquete (si instaló uno).
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Si el Catéter que está Utilizando está sobre la Aguja:

Estabilice la aguja sosteniéndola con una mano e introduzca el catéter con la otra mano.

Retire la aguja.

Conecte el equipo de venoclisis (previamente purgado y conectado al recipiente de la solución por ministrar).

Inicie el flujo del líquido IV y valore para observar signos de extravasación o de edema local.
Si el Catéter que está Utilizando pasa a Través de la Aguja:
 Estabilice la aguja sosteniendo la parte central y posterior de la aguja; introduzca el catéter aplicando presión (empujando) a la base
del catéter en la funda plástica.

Introduzca la parte posterior de la aguja en el extremo distal del catéter.
 Aplique presión suave sobre el sitio de punción con una mano, use la mano contraria para extraer la aguja de la vena hasta que se vean
3 ó 4 cm. del catéter.

Quite la funda del catéter, sosteniendo la parte posterior del catéter firmemente.

Retire la cámara de flujo y el estilete.

Conecte el equipo de venoclisis previamente purgado.

Inicie el flujo del líquido IV.

Coloque la guarda de la aguja con seguridad sobre la aguja.

Aplique isodine al sitio de inserción del catéter y fije con Steri-drape, Op-site o micropore.

Ajuste el goteo de la solución IV.

Deje cómodo al derechohabiente o usuario.

Etiquete la solución IV.

Deposite los desechos en los recipientes adecuados.

Realice las anotaciones correspondientes en la hoja de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Se hace necesario utilizar llave de tres vías.

Al realizar el lavado, no se debe dejar sangre en el dispositivo por riesgos de contaminación.

Es recomendable cambiar el equipo de P.V.C. cada 72 horas.
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
El lavado y sello de heparina, debe llenar la luz del catéter.

No se deberá dejar residuos de sangre en el tapón o el catéter por el riesgo de obstrucción, contaminación e infección.

Nunca deberá forzar un catéter obstruido.

Deberá cerciorarse que no esté cerrada la pinza deslizable y/o que el catéter no esté doblado, angulado o fracturado.

No deberá utilizar guía metálica para desplazar el trombo o para permeabilizar el lumen del catéter.

Se deberán utilizar jeringas de 10cc. para evitar una presión negativa excesiva.

Se deberá indicar al derechohabiente o usuario la forma de movilizarse para evitar que se le arranque el catéter.

Vigilar de manera frecuente, la zona de punción en busca de flebitis o infiltración.
163
4.7 Instalación de Catéter Venoso Central por Punción.
Concepto:
Son las acciones que se realizan para la instalación de un catéter a través de una vena periférica hasta llegar a la vena cava inferior o
superior o aurícula derecha.
Objetivo:
Contar con un acceso al sistema venoso central por vía periférica para medición de la Presión Venosa Central, ministración de
medicamentos y soluciones al sistema venoso central.
Material y Equipo:

Equipo de Curación.

Gasas estériles.

Guantes estériles.

Campo hendido estéril.

Bata estéril.

Gorros, cubrebocas.

Ligadura.

Antiséptico.

Catéter venoso largo.

Equipo de venoclisis.

Solución parenteral.

Seda atraumática 0 ó 00.

Tela adhesiva, tegaderm, op-site, steri-drape o microporo.
Técnica:

Ensamble el recipiente de solución IV al equipo de venoclisis con manómetro y llave de tres vías.

Purgue de aire el equipo de venoclisis con la misma solución IV.
164
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
Informe al derechohabiente o usuario el procedimiento que va a realizar.

Coloque al derechohabiente o usuario en posición adecuada al sitio elegido para la inserción del catéter.
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 Para subclavia y yugular: posición de Trendelemburg (15°), colocando un rollo de tela bajo el hombro del derechohabiente o usuario
(si lo desea el médico), gire la cabeza del derechohabiente o usuario hacia el lado opuesto al de la inserción.

Para instalación antecubital: posición supina, brazo estirado hasta formar un ángulo recto con el cuerpo.

Para instalación femoral: derechohabiente o usuario en posición supina.

Colocarse gorro y cubrebocas.

Vestirse bata y calzarse guantes estériles (quien vaya a realizar el procedimiento).

Proporcionar gasas e isodine (u otro antiséptico) para realizar la antisepsia del sitio a puncionar.

Aplicar un torniquete (si se va a utilizar una vena antecubital).

Proporcionar dos campos sencillos (o un campo hendido) estériles (para delimitar el sitio a puncionar).

Asiste al derechohabiente o usuario para que permanezca inmóvil durante la inserción de la aguja.

Limpie el sitio elegido con un antiséptico.

Puncione la piel con la aguja en un ángulo de 45°, el bisel debe estar hacia arriba y a un lado de la vena.

Reduzca el ángulo de la aguja e inserte 0.5 cm en la vena y observe el flujo sanguíneo retrogrado.

Libere el torniquete (si instaló uno).
 Estabilice la aguja sosteniendo la parte central y posterior de la aguja; introduzca el catéter aplicando presión (empujando) a la base
del catéter en la funda plástica.

Introduzca la parte posterior de la aguja en el extremo distal del catéter.
 Aplique presión suave sobre el sitio de punción con una mano, use la mano contraria para extraer la aguja de la vena hasta que se vean
3 ó 4 cm. del catéter.

Quite la funda del catéter, sosteniendo la parte posterior del catéter firmemente.

Retire la cámara de flujo y el estilete.

Conecte el equipo de venoclisis previamente purgado.

Inicie el flujo del líquido IV.

Coloque la guarda de la aguja con seguridad sobre la aguja.

Proporcione la seda para la fijación del catéter a la piel del derechohabiente o usuario.

Aplique isodine al sitio de inserción del catéter y fije con Steri-drape, Op-site o micropore.

Ajuste el goteo de la solución IV y mida la presión venosa central (PVC).

Observe si existe alguna dificultad para la medición de la PVC.

Deje cómodo al derechohabiente o usuario y prepárelo para una placa de rayos X (para control radiográfico del catéter).

Etiquete la solución IV.
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
Deposite los desechos en los recipientes adecuados.

Realice las anotaciones correspondientes en la hoja de enfermería.
165
Medidas de Control y Seguridad:
 Todo procedimiento invasivo con el derechohabiente o usuario en estado crítico, se requiere el uso de gorro, cubrebocas bata
desechable y goggles.

En el manejo de fluidos y secreciones, se deberá utilizar guantes, goggles y bata desechable.

Antes y después de realizar cualquier procedimiento con el derechohabiente o usuario, se deberá realizar lavado de manos.
4.8 Medición de la Presión Venosa Central (P.V.C.).
Concepto:
Son las maniobras que realiza la enfermera para medir la presión en la vena cava o en la aurícula derecha, mediante un catéter introducido
en la corriente sanguínea.
Objetivo:
Conocer con exactitud los cambios reales del volumen circulante, para coadyuvar el tratamiento del derechohabiente o usuario en estado
crítico, conservando el equilibrio hídrico y de electrolitos.
Material y Equipo:

Equipo desechable para medir la PVC con una escala de centímetros de agua que se une a un equipo de venoclisis.

Un tripié.

Gasas y apósito estériles.
Técnica:

Preparar el equipo.

Preparar psicológicamente al derechohabiente o usuario.

Fije el equipo de medición al tripié, sujetando firmemente la llave del equipo a nivel cero de la escala de medición.
 Utilice la regla a nivel para determinar el punto feblostático del derechohabiente o usuario a punto cero que se localiza a nivel de la
aurícula y a ese nivel fije la llave del equipo en el tripié y el cero de la escala de medición.

Fije al tripié la columna de plástico que contiene la esfera móvil.

Coloque en forma horizontal la llave de tres vías, para permitir el paso de la solución al derechohabiente o usuario.
 Coloque la llave en dirección a la columna de agua, para que permita el paso de la solución e impulse la esfera hacia arriba, lo que
permite que la columna de agua ascienda paralelamente a la escala de medición. La llave dirigida hacia el derechohabiente o usuario
permite que descienda la columna de agua al parejo con la esfera móvil, que al compararla, con la escala de medición una vez que ha
dejado de descender, nos dará el parámetro buscado.
 Coloque la llave en posición horizontal para permitir el paso de la solución al derechohabiente o usuario y mantener la permeabilidad
de la vía venosa.
Medidas de control y Seguridad:

No permita el paso de aire al equipo.
166
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
Haga la medición del parámetro con el derechohabiente o usuario en decúbito dorsal.

Verifique la funcionalidad del sistema, observando que el agua de la columna oscile.
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 Si el líquido no desciende, o lo hace en forma lenta o intermitente, posiblemente exista un coágulo en el catéter que obstruya en forma
parcial o completa el flujo del líquido.
 Si se altera la posición del derechohabiente o usuario o la del equipo se producirán variaciones de más de 2 a 3 cm. de agua por lo que
la medición resultará inexacta.
4.9 Asistencia en Cateterización Arterial.
Concepto:
Son las acciones de enfermería que se realizan para la instalación de un catéter en una arteria periférica (Radial, Humeral o arteria dorsal
del pie), y de esta manera monitorizar la presión arterial invasiva obteniendo lecturas directas de la presión arterial, para análisis de
laboratorio e instruir el tratamiento médico adecuado.
Objetivo:
Contar con un acceso arterial para monitorizar la presión arterial invasiva del derechohabiente o usuario, que nos sirva a demás para
tomar muestras sanguíneas arteriales continuas para valorar los gases en la sangre.
Material y Equipo:

Carro de paro con todos sus aditamentos, mango de laringoscopio con sus respectivas hojas y bolsa reservorio (ambú) por cubículo.

Catéter corto (punzocath, intracath, etc).

Llave de tres vías.

Extensión para línea arterial.

Equipo transductor (domo, transductor, cable y monitor).

Antiséptico.

Heparina (1000 U.I: por ml).

Gorro, cubrebocas.

Equipo venoset.

Tela adhesiva, microporo, op-site, stéri-drape.

Solución salina al 0.9% (250 ml).
Técnica:
 Prepara el material y equipo (prepara el transductor con el domo y la extensión conectada a la solución salina al 0.9% adicionada con
1000 U.I. de heparina).

Le explica al derechohabiente o usuario la necesidad del procedimiento (si está consciente).

Antes de realizar la punción, se debe realizar la prueba de Alliss.

El médico selecciona el sitio para la punción (se debe usar la arterial radial como primera elección).

Prepara al derechohabiente o usuario con la muñeca sobre una almohadilla en dorsiflexión.
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 Se hepariniza una jeringa con una aguja, se adapta el catéter tipo punzocath y purga la jeringa y el catéter dejando suficiente heparina
para llenar el espacio muerto.

El médico palpa la arteria y prepara el sitio seleccionado para la punción limpiando con un antiséptico.

Anestesia la región con xilocaína al 1% (opcional).
 El médico realiza la punción (estabiliza la arteria entre los dedos de la mano y punciona la piel con la aguja heparinizada en un ángulo
de 45 a 60°. Observa la jeringa para detectar el flujo arterial).

Extrae de 3 a 5 ml de sangre para muestra.

Introduce el catéter y retira la aguja.

Conecta el catéter con una llave de tres vías y una extensión al domo transductor para monitorizar la presión arterial.
 Limpia la piel circundante de sangre y antiséptico residuales. Verifica que todas las conexiones son herméticas y fija el catéter a la
piel del derechohabiente o usuario.
 Observa las ondas de la presión arterial en el monitor y calibra (si es necesario) el transductor. Lava el catéter con la solución
heparinizada cuando sea necesario.

Deje cómodo al derechohabiente o usuario.

Etiquete la solución heparinizada.

Deposite los desechos en los recipientes adecuados.

Realice las anotaciones correspondientes en la hoja de enfermería.
4.10 Asistencia en Toracocentesis (Cuidados al Sello de Agua).
Concepto:
Son las acciones que realiza la enfermera para colaborar con el médico en la instalación de un sistema que permita la salida de líquido o
aire de la cavidad pleural lesionada, al exterior sin permitir la entrada de aire atmosférico a la misma cavidad pleural.
Objetivo:
Facilitar la correcta instalación del equipo necesario, para extraer de manera adecuada el líquido y aire de la cavidad pleural lesionada y
conservar la presión negativa que se requiere en esa zona.
Material y Equipo:

Carro de curación.

Equipo de pleurotomía.

Sondas de Silástic (ó Nélaton) número 28 ó 30.

Jeringas hipodérmicas de 5 y 10 cc.

Cubrebocas y gorro.

Hoja de bisturí.

Seda de uno a dos ceros.

Pleurovack.

Conector de plástico transparente.
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
Bata, campos y guantes estériles.

Solución Fisiológica.

Toma de aire empotrada.
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Técnica:

Integre el equipo y llévelo a la unidad del derechohabiente o usuario.

Prepare psicológicamente al derechohabiente o usuario.

Descubra la región torácica y coloque al derechohabiente o usuario en posición de Fowler.

Colabore con el médico durante el procedimiento de instalación.

Al finalizar la instalación, conecte el tubo colector a la sonda pleural, sellando con tela adhesiva la unión.

Mida la cantidad de secreción drenada y reporte características.

Coloque el equipo de drenaje por debajo del tórax del derechohabiente o usuario para evitar el reflujo.

Refuerce todas las conexiones para que no haya fugas.

Verifique permeabilidad de los tubos cada hora, “ordeñándolos” en caso que se formen coágulos o fragmentos que obstruyan la luz.
 Coloque pinzas en la sonda, cerca de la pared torácica del derechohabiente o usuario, en caso de que se vaya a desconectar el equipo
de drenaje, para evitar neumotórax.

Marque en la columna de drenaje el nivel del líquido drenado.

Coloque al derechohabiente o usuario sobre su lado no afectado durante una hora para que selle el sitio de punción.

Anote en forma veraz y precisa la cantidad de líquido drenado por turno y marque con tela adhesiva el pleurovack.
Medidas de Control y Seguridad:

No mantenga las sondas pinzadas por mucho tiempo.
 Al pinzar las sondas o realizar algún procedimiento, observe si aparecen síntomas o signos como: aleteo nasal, disenea, diaforesis,
desvanecimiento, vértigo, presión torácica, tos intolerable, pulso rápido, si así sucede avise al médico inmediatamente.
4.11 Asistencia en Diálisis Peritoneal.
Concepto:
Son las acciones que realiza la enfermera, durante la dialización de un derechohabiente o usuario.
Objetivo:
Participar de manera eficiente en la instalación de catéter para diálisis y en el cambio de bolsa de la solución dializante.
Material y Equipo:

Catéter para diálisis peritoneal.

Anestesia local (Xilocaína).

Jeringas hipodérmicas de 5 y 10 cc.
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
Agujas hipodérmicas.

Soluciones antisépticas.

Suturas de seda de 00 y 000.

Equipo para cirugía menor.

Gasa y guantes estériles.

Cubrebocas y gorro.

Bata y campos estériles.

Equipo de diálisis.

Soluciones para diálisis peritoneal (tibias).

Baño María

Tela adhesiva.

Pinzas.
Técnica:
Para la instalación del catéter:

Lávese las manos.

Prepare el equipo y trasládelo a la unidad del derechohabiente o usuario.

Prepare psicológicamente al derechohabiente o usuario.

Realice asepsia de la piel y tricotomía de región abdominal.

Colabore con el médico en la instalación del catéter.

Prepare soluciones y manténgalas listas a la temperatura corporal.

Anote hora en que inicia la entrada y salida del líquido.

Fije y cubra el catéter.

Retire el equipo y dele los cuidados posteriores.

Realice las anotaciones correspondientes en la hoja de enfermería.
Para el Cambio de Bolsa de Solución Dializante:

Prepare el equipo y material y llévelo a la unidad del derechohabiente o usuario.

Prepare la solución a 37° C. de temperatura.

Colóquese cubrebocas, gorro, bata y guantes.

Coloque la solución para diálisis sobre campos estériles.

Aplique los medicamentos indicados por el médico.

Coloque tela adhesiva posterior a la aplicación de medicamentos en el sitio de punción.
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
Una vez drenada la bolsa del derechohabiente o usuario, cierre las pinzas y proceda a efectuar el cambio de bolsa.

Mida el líquido drenado.
Medidas de Control y Seguridad:

Pese al derechohabiente o usuario antes y después de la diálisis.

Controle signos vitales antes, durante y después de la diálisis.

Controle en forma estricta los ingresos y egresos de líquidos.

Vigile datos de insuficiencia respiratoria y de sangrado, ya sea interno o externo.

Evite la contaminación en el cambio de bolsa o al efectuar la curación del catéter peritoneal.
4.12 Control de Líquidos y Electrolitos.
Concepto:
Es el procedimiento por medio del cual se lleva un registro de los líquidos ingresados y egresados en un derechohabiente o usuario, por
hora, por turno y por cada 24 horas.
Objetivo:
Determinar los egresos e ingresos de líquidos y electrolitos para valorar la necesidad de aumento o restricción de líquidos y electrolitos y
corregir el balance hidroelectrolítico del derechohabiente o usuario.
Material y Equipo:

Probeta o vaso graduado.

Hoja de control de líquidos.

Bolsa colectora de orina.

Tarjeta de aviso (control de líquidos).

Báscula de precisión.
Técnica:

Informar al derechohabiente o usuario acerca de la naturaleza y necesidad del procedimiento, si su estado de conciencia lo permite.

Pesar al derechohabiente o usuario en cada turno.

Cuantificar los ingresos por vía oral, gastroclisis y/o vía parenteral.

Cuantificar los egresos por: Diuresis, Evacuación, Vómito, Succión, Drenaje y Pérdidas insensibles (fiebre, respiración).

Registrar la información necesaria en el formato específico (hoja de control de líquidos).

Efectuar el balance parcial por turno y el balance total cada 24 horas ejecutando las operaciones aritméticas correspondientes.

Informar al médico en turno y realizar las anotaciones que considere necesarias en la hoja de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:
 En caso de tratarse de un derechohabiente o usuario pediátrico, se pesarán los pañales y sábanas del derechohabiente o usuario para
proceder a efectuar el balance.
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 En caso de derechohabiente o usuarios con fiebre, la temperatura corporal que se eleve un grado más arriba de la cifra normal (36.5°),
se considerará una pérdida de 150 ml. por cada 24 horas que el derechohabiente o usuario conserve la hipertermia.
 En caso de derechohabiente o usuarios en los cuales se observe un aumento de la frecuencia respiratoria, por arriba de la cifra base o
normal de 20 respiraciones por minuto, se considerará una pérdida de 100 ml. en 24 horas; por cada 5 respiraciones más por minuto que
se realicen.

Verificar la exactitud de los elementos de medición y manejarlos con cuidado.

En caso de duda repetir las mediciones u observaciones.

Dejar el equipo limpio y en orden en su lugar.

Colocar la tarjeta de aviso de control de líquidos en lugar visible e informar a la enfermera que recibe el turno.
4.13 Alimentación Parenteral.
Concepto:
Es una serie de actividades que realiza la enfermera para suministrar nutrimentos al derechohabiente o usuario por vía intravenosa,
cuando no conviene o no es posible cubrir estas necesidades a través de las vías digestivas normales.
Objetivo:
Suministrar la mezcla correspondiente de sustancias nutritivas para prevenir o corregir la desnutrición a derechohabiente o usuarios con
patologías que dificultan o supriman los procesos normales de digestión, absorción o asimilación.
Material y Equipo:

Campana de flujo laminar.

Carro de curación.

Soluciones antisépticas.

Guantes, compresas y gasas estériles.

Gasas Alcoholadas.

Tela adhesiva.

Cepillo de fibra de nylon.

Aminoácidos esenciales al 8.5% 500ml.

Dextrosa al 50%.

Equipo de transferencia.

Bolsas o frascos vacíos estériles.

Grapas o pinzas para sellar bolsas.

Jeringas de 20 ml.

Jeringas de insulina.

Agujas hipodérmicas estériles de diferentes calibres.

Tapas guardapolvo estériles.
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Fármacos:

Fosfato de potasio.

Acetato de potasio.

Cloruro de potasio.

Cloruro de sodio.

Sulfato de magnesio.

Gluconato de calcio.

Multivitaminas endovenosas.

Insulina.

Heparina.

Albúmina.

Soluciones: glucosada al 5% y mixta.

Etiquetas adheribles.

Recipientes con soluciones antisépticas para asepsia de ampolletas.
Técnica:

Integre el equipo en el carro de curación y llévelo al área de preparación.

Limpie las superficies de la campana con un lienzo humedecido en solución antiséptica (a excepción de la rejilla).

Ponga a funcionar la campana de flujo laminar 15 minutos antes de iniciar la preparación de la solución.

Proceda al aseo de los frascos de nutrientes, solución parenterales y antisépticos, fármacos, pinzas y grapas selladoras y recipientes.

Coloque los materiales dentro de la campana en el orden de utilización.

Colóquese el cubrebocas y gorro.

Efectúe el lavado quirúrgico de manos.

Póngase la bata y cálcese los guantes.

Prepare la mezcla antisépticamente de la siguiente manera:
 Retire el cierre exterior y el disco metálico de los frascos de aminoácidos, y limpie los tapones de hule con gasa alcoholada y otro
antiséptico.

Agregue a los aminoácidos, el gluconato de calcio y el sulfato de magnesio.

Destape los frascos de glucosa y efectúe su asepsia, agregue el fosfato de potasio con otra jeringa, sin perder el vacío del frasco.
 Abra el equipo de transfer, cerrando la pinza de control del flujo e inserte el perforador a través del círculo mayor del tapón de
hule de los aminoácidos.

Inserte la aguja del equipo en el frasco de glucosa a través de la marca triangular del tapón de hule.
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 Coloque la tapa guardapolvo y adhiera la etiqueta al frasco anotando los componentes de la mezcla, fecha y hora de preparación,
periodo de ministración, nombre del preparador y datos del derechohabiente o usuario a quien se va aplicar.
 Apague la campana y traslade los frascos con la mezcla al refrigerador, a una temperatura de 4 a 10° C dejando los frascos que se van
a instalar enseguida, en el carro de curación.

Coloque en el carro de curación el equipo necesario para la instalación de la alimentación parenteral.
 Instale la mezcla al derechohabiente o usuario con un equipo venoset universal perfectamente purgado (previa instalación del catéter
hecha por el médico).
 Verifique constantemente el goteo continuo a la velocidad indicada teniendo cuidado que no se sedimente la mezcla ni se termine
totalmente la solución (el remanente deberá llegar a la mitad del cuentagotas).

Tome los signos vitales, peso corporal y control estricto de líquidos diariamente, así como la aplicación de reactivos.
 Realice anotaciones en los registros de enfermería de las acciones realizadas al derechohabiente o usuario y la respuesta al
tratamiento.

Cambie frascos de alimentación cuando se requiera.

Saque el frasco con mezcla del refrigerador una hora antes de utilizarlo.

Lávese las manos.

Homogeneice la mezcla.

Cierre la pinza de control de flujo y quite el frasco vacío.
 Inserte el equipo de venoclisis (que deberá contener solución hasta la mitad de la cuenta gotas) al frasco lleno a través del círculo
mayor del tapón de hule.

Cuelgue el frasco y abra el control de flujo, regulando el goteo de acuerdo con la prescripción médica.
 Efectúe curación de sitio de inserción del catéter con extremas medidas de asepsia y seguridad, utilizando los antimicrobianos que se
indiquen.
Medidas de Control y Seguridad:

Prepare las soluciones en un área exclusiva, evitando el tránsito y las corrientes de aire.
 Observe si se presentan reacciones locales en la inserción del catéter: alteraciones generales, enrojecimiento, edema, secreción, fiebre,
hipoglicemia, cetonuria, glucosuria, cambios en el estado del alerta, síntomas de desequilibrio hidroelectrolítico, etc.

Compruebe periódicamente la fijación y permeabilidad del catéter, así como alteraciones generales.

Corrobore el contenido del frasco de aminoácidos, ya que algunas presentaciones contienen adición importante de electrolitos.

Realice control bacteriológico periódico para corroborar la efectividad de los filtros y perifiltros de la campana.

Cuando utilice bolsa para viaflex, emplee la pinza selladora y las grapas para cerrar la bolsa por donde pasaron los electrolitos.

Cuando prepare la mezcla, siga el orden enunciado para evitar precipitaciones.

Revise con claridad la mezcla antes de administrarla.
 Cuando el catéter se obstruya o se acode, evite introducir soluciones de manera forzada para prevenir embolias iatrogénicas. Cuando
destape el catéter, aspire solamente con jeringa.

Proteja totalmente el apósito de inserción del catéter con tela adhesiva o cinta micropore.
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 Evite la utilización de esta vía para otros procedimientos como medición de presión venosa central o ministración de otras soluciones
y medicamentos.

Al retirar el catéter, corte la punta y envíelo al laboratorio para cultivo.
 Utilice exclusivamente el catéter asignado para la alimentación parenteral. No utilice este catéter para otras soluciones o para
extracción de muestras de laboratorio.
NOTA: Al preparar las mezclas en la Campana de Flujo Laminar, deberá observarse las normas de seguridad propuestas por el fabricante.
4.14 Ventilación Mecánica.
Concepto:
Es un método de substitución parcial o total de la función pulmonar a una presión y un flujo determinado a las vías inferiores del aparato
respiratorio de un derechohabiente o usuario, por medio de un aparato electrónico.
Objetivo:
Suministrar oxígeno a un derechohabiente o usuario a una presión, volumen y/o tiempo, así como a un flujo y una sensibilidad
determinada para mantener una adecuada ventilación pulmonar.
Material y Equipo:

Respirador Bennett MA-1. ó ventilador Mark 7, ó ventilador Mark 8.

Agua destilada.

Toma de aire.

Toma de Oxígeno.
Técnica:
Ventilación con Respirador Bennett MA-1:
 Es un aparato regulado por volumen, el cambio de inspiración a espiración se produce dentro de un límite de tiempo a una presión
determinada después de haber insuflado el volumen de inspiración programado. Con el Bennett MA-1, es posible una respiración asistida
con presión positiva. (IPPB).
 Elija el volumen de aire corriente en el panel de control, al margen (al elegir el volumen, el potenciómetro dará una señal eléctrica,
entre 0 y 2.20 ml).

El volumen de espiración es indicado por el espirómetro, que sirve al mismo tiempo de monitor de volumen.

Regule la presión inspiratoria máxima.
 Regule la frecuencia respiratoria por minuto en el panel frontal con el control de frecuencia (la duración de la espiración la determina
la frecuencia y el tiempo de inspiración [que es variable]. Si la inspiración dura más de la mitad del ciclo de respiración, actúa la alarma
de la frecuencia).

Gradúe, sin escalamiento la concentración de oxígeno del 21 al 100%.
 Fije la temperatura, por debajo de 37° C. en el termostato regulable que hay en el humidificador y contrólela con el termómetro que se
fija lo más cerca posible del derechohabiente o usuario.
 Verifique que funcione el humidificador en cascada que está junto a la cabeza de la válvula y el nebulizador para el suministro de
medicamentos.

Instale válvulas suplementarias para presión final positiva y presión negativa (cuando sea necesario).
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 Si están indicados los suspiros instale un segundo sistema de graduación del volumen y control de presión. Este sistema es
independiente del sistema normal del volumen y presión y hace posible de 4 a 15 suspiros por hora en una secuencia de 1-3 suspiros
seguidos.
 Vigile las alarmas. Si el volumen respiratorio pre-elegido. disminuye en 20 segundos, se dispara la alarma acústica; así se señalan
también las obstrucciones de las vías respiratorias, desconexiones de los tubos y fallas del respirador.

Verifique la presión respiratoria a través del aparato de control indicador.

Observe las otras lámparas de control que indican los suspiros y controlan el trabajo exacto de la instalación para la mezcla de gases.
 Verifique que los filtros estén vigentes para la protección primaria del derechohabiente o usuario durante la respiración asistida, ya
que todo el gas respiratorio pasa por estos filtros bactericidas. La duración de estos filtros está fijada en un mínimo de 5000 horas de uso.
Todo el sistema de tubos del derechohabiente o usuario se puede meter en el autoclave de 120° c. o esterilizar en soluciones.
Ventilación con Mark 7:

Prepare el aparato y aditamentos (conexiones, nebulizador, adaptadores, mascarillas o boquillas).

Conecte a una fuente de aire u oxígeno de alta presión, gradúe a 50 libras por pulgada cuadrada ó 3.5 kg.

Llene el humidificador con agua destilada, ya sea 500 ml, o el pequeño con capacidad de 50 ml.
 Fije la presión en 15 cm. de agua (palanca que se encuentra por el lado del compartimiento de presión) el ajuste se realiza de acuerdo
a las necesidades del derechohabiente o usuario y la lectura es el área verde del manómetro.
 Fije la sensibilidad del derechohabiente o usuario para que inicie el ciclo respiratorio realizando un esfuerzo inspiratorio de 1 cm. de
agua, esto se consigue moviendo la palanca que se encuentra por el lado del compartimiento del aire ambiental.

Verifique que el aparato esté bien calibrado.
 Realice la lectura de presión en el área color rosa del manómetro; éste tiene límites de 0 a 40 cm. de agua (mientras menor sea la
graduación, el aparato será más sensible, es decir, el esfuerzo para realizar el ciclo será mínimo).
 Jale el control de mezcla de aire y coloque el seguro. En esta posición la concentración de gases será de 40 a 80% de oxígeno y de 20
a 60% de aire; cuando el aparato haya sido conectado a una fuente de oxígeno y se oprime este botón, el gas que se administra es oxígeno
al 100% pero si la fuente a la que está conectado el aparato es de aire, el gas suministrado al derechohabiente o usuario será 21% de
oxígeno.
 Ajuste la velocidad del flujo inspiratorio. Los límites están graduados del 0 al 40, los números más bajos, indican velocidad de flujo
menor, por lo que la inspiración dura más tiempo, los números mayores indican que la velocidad de flujo es mayor, por lo que la
inspiración se acorta en tiempo, se recomienda iniciar la ventilación en el número 15 y hacer los ajustes necesarios.
 Encienda el control automático para apnea o tiempo espiratorio en caso de ausencia de automatismo respiratorio. Seleccione el
número igual al de la presión y posteriormente haga los ajustes necesarios para mantener la frecuencia respiratoria cerca de las cifras
normales. A medida que gira el control en sentido contrario a las manecillas del reloj, la frecuencia es más corta, alcanzando hasta 100
respiraciones por minuto. El control abierto proporciona ventilación controlada y cerrado proporciona ventilación espontanea.

Esterilice y desinfecte el ventilador después de usarlo.

Lave la cubierta con algún germicida, limpie con trapo húmedo y esterilícelo con gas etileno, aéreelo.
 Desensamble completamente el circuito, lave todas las partes con solución detergente, enjuague enérgicamente. Esterilice con gas o
soluciones antisépticas.
Ventilación con Mark 8:
 Es un ventilador de presión que señala la presión de trabajo que se aplicará al derechohabiente o usuario y puede ajustar presiones de
7 a 40 cm. de agua.
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 Ajuste el control de dilución “Air Mix”, este da 100% de oxígeno dentro y fuera de 60%. El seguro intermedio impide que se mueva
el control de posición de dilución.
 Regule el control de tiempo espiratorio “Expiratory time for Apea”. Este control automatiza el equipo cuando el derechohabiente o
usuario entra en paro respiratorio y controla la frecuencia de trabajo.
 Ajuste el control de sensibilidad “Inspiratory Sens Report” (Sensibiliza el equipo con respecto al derechohabiente o usuario y cuando
éste presenta inspiraciones leves, el ventilador lo asistirá en los ciclos respiratorios).
 Seleccione el control de tiempo inspiratorio o flujo “Inspiratory time Flowrate” que gira en sentido contrario a las manecillas del reloj
para acelerar el flujo en tal forma que alargue el tiempo inspiratorio o lo acelere.
 Regule la presión negativa “Negative Pressure Generator” la presión negativa debe coincidir con el control de sensibilidad dando la
presión deseada en la franja rosa del manómetro.
 Verifique el buen funcionamiento de la válvula de exhalación “Exhalación Valve” que sirve para retener el bióxido de carbono, el
nebulizador debe usarse con agua destilada con circuito "J".
N0TA: Se deberá de observar las indicaciones del fabricante así como las recomendaciones y parámetros manejados por el médico
tratante.
4.15 Fisioterapia Pulmonar.
Concepto:
Son las técnicas y procedimientos que se realizan para favorecer la higiene y ventilación pulmonar.
Objetivo:
Mantener libre de secreciones las vías aéreas para favorecer el adecuado aporte de volumen de gas al organismo.
Material y Equipo:

Ambú.

Ventilador mecánico.

Sondas para aspiración.

Toma de oxígeno.

Percutor mecánico.
Técnica:
Hiperpresión o Suspiros:
 Es el volumen corriente mayor (2 ó 3 veces), aplicado a las vías respiratorias esporádicamente. Puede aplicarse utilizando el ambú o
prefijarse en el ventilador mecánico.
 El objetivo es mejorar la ventilación la mayor parte de las zonas pulmonares. Esta terapia está indicada en derechohabiente o usuarios
con ventilación mecánica para mantener una capacidad pulmonar adecuada, tomando en cuenta que, en estos derechohabientes o usuarios
los pulmones son sometidos a presiones o tracciones constantes.
Tos:
 Es una irritación de las fibras sensitivas del aparato respiratorio. Durante la tos la inspiración forzada, origina un flujo aéreo mayor de
10 litros por minuto. La tos forzada desplaza las secreciones de las vías aéreas hasta la 6a. y 7a. generación de ramificaciones bronquiales.

Pida al derechohabiente o usuario que realice una inspiración profunda mantenida, seguida de una espiración forzada.
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 Realice vibraciones y percusiones para que se presente la tos y pida al derechohabiente o usuario que inspire y espire profundamente
por tres veces.

Pida al derechohabiente o usuario que tosa voluntariamente.

Repita la secuencia tres veces.
Aspiración:
 Es un sistema que produce una presión negativa que al aplicarse a un líquido o partículas semisólidas, vence la resistencia de su
adherencia y las hace avanzar a través de un tubo. La inspiración de secreciones constituye uno de los problemas de mayor importancia
dentro de la terapia respiratoria.

Prepare el catéter, que deberá ser de un material no rígido con extremo distal blando o romo.
 Conectar el catéter al conector de aspiración, ocluya la sonda al introducirla para que no se adhiera a las paredes de la cánula y al
tejido de las paredes bronquiales.

Aspire cuando empiece a retirarla, nunca mientras la introduce ya que puede extraer aire pulmonar.

Cuide de no hacer aspiración prolongada ya que puede causar broncoespasmos o hipoxia (no prolongar más de 15 segundos).
 Antes de la aspiración y durante ella, en pequeños intervalos, ventile al derechohabiente o usuario utilizando ambú conectado a
barboteador a 15 lts. por minuto o ventilador con oxígeno al 100%.
Ejercicios Respiratorios:
Los ejercicios respiratorios se realizan tanto con el drenaje postural, como con las percusiones. Son muy útiles como coadyuvantes físicos
de la rehabilitación de la musculatura toráxica y en el tratamiento de las enfermedades respiratorias. Los objetivos de los ejercicios
respiratorios son: incrementar la mecánica ventilatoria el oxígeno y el anhídrido carbónico; reducir el costo energético de la respiración;
eliminar las secreciones bronquiales; disminuir el dolor; movilizar la pared torácica; expulsar los líquidos y el aire del espacio pleural.
Drenaje Postural:

Es un medio físico, que permite eliminar el exceso de secreciones de las vías respiratorias.

Coloque al derechohabiente o usuario con la zona afectada más elevada que el resto del cuerpo.
 En derechohabiente o usuarios con neumopatías crónicas, se produce gran cantidad de secreciones, por lo que se debe colocar al
derechohabiente o usuario en posición para drenaje postural varias veces al día.
 Las posiciones se deben realizar con frecuencia para derechohabiente o usuarios sometidos a ventilación asistida o controlada, o
posterior a intervención quirúrgica.
Vibraciones:
 Coloque una de las dos manos sobre el área afectada, o bien una mano a cada lado de la parrilla costal del derechohabiente o usuario,
evitando las áreas abdominales y renales.
 En el momento de la espiración, realice movimientos vibratorios suaves que se transmitan a la pared torácica del derechohabiente o
usuario.
 Emplee únicamente los músculos del hombro y no los de los brazos y manos para evitar daños sobre las costillas y órganos internos
del derechohabiente o usuario.
 Después de 3 ó 4 vibraciones, indique al derechohabiente o usuario que tosa empleando los músculos abdominales para incrementar la
eficacia de la tos.
Percusiones:
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 Esta técnica se práctica con la mano ahuecada, de manera que siga el contorno del tórax, para expulsar el aire que queda atrapado en
la cavidad torácica produciendo un sonido hueco característico. Está contraindicada en derechohabiente o usuarios que padezcan
hemorragia o dolor severo.
 El palmoteo es un método similar, pero con la mano extendida. Si la finalidad es obtener un efecto de percusión vibración con mayor
fuerza, se empleará el puño con la mano cerrada. Existen percutores mecánicos que poseen controles de la intensidad y frecuencia de la
percusión.

Pida al derechohabiente o usuario que respire suave y profundamente, utilizando el diafragma.

Coloque al derechohabiente o usuario en posición de drenaje postural.

Practique percusión durante dos minutos.

Aplique vibraciones.

Pida al derechohabiente o usuario que tosa.

Deje descansar al derechohabiente o usuario durante uno o dos minutos, y repita la técnica.
Medidas de Control y Seguridad:
 Para trazar el plan de fisioterapia pulmonar tome en cuenta la cantidad y viscosidad de las secreciones, el nivel de actividad del
derechohabiente o usuario y el proceso de la enfermedad.

Cada derechohabiente o usuario requiere un plan terapéutico especial, de acuerdo con sus necesidades específicas.
4.16 Nebulizaciones.
Concepto:
Es un método por medio del cual se producen partículas de determinado material suspendida en el aire, para administrar al
derechohabiente o usuario una atmósfera de gases saturados con vapor de agua, a la temperatura corporal.
Objetivo:
Favorecer la expulsión de las secreciones bronquiales a través de la humidificación del árbol tráqueo-bronquial.
Material y Equipo:

Nebulizador.

Sistema térmico.

Tubos corrugados.

Mascarillas.

Agua estéril.

Soluciones.

Medicamentos.
Tipos de Nebulizadores:

Jet-(puritan). Dan nebulizaciones de 10 a 30 micras de diámetro, no alcanza las vías aéreas pequeñas (zonas de conducción).
 Cascada - humidificador-(Bennett). Dan buena humidificación a temperatura corporal, sus partículas de mediano y pequeño tamaño
de 1 a 10 micras alcanzan los alvéolos.
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 Ultrasónico (Debilbiss). Las nebulizaciones son más densas, produciendo partículas de 0.2 a 10 micras de diámetro, por lo cual
alcanza las vías aéreas pequeñas y los alvéolos.
Técnica:

Prepare el humidificador, llene el frasco con agua estéril, ensamble el nebulizador y regulador de oxígeno al frasco.

Coloque el tubo corrugado al frasco y a la mascarilla.

Oriente al derechohabiente o usuario acerca del procedimiento y prepárelo físicamente.

Conecte el humidificador a la toma de oxígeno y regule su flujo.

Verifique que salga oxígeno a través del tubo.

Coloque la mascarilla al derechohabiente o usuario.

Deje al derechohabiente o usuario cómodo.
Nebulizador Ultrasónico:

Prepare nebulizador con agua bidestilada y agua corriente en los depósitos correspondiente.

Agregue medicamentos (si están indicados) en el depósito de agua destilada.

Verifique el ajuste de cada uno de las partes y tubos corrugados.

Revise que funcione correctamente.

Traslade el nebulizador a la unidad del derechohabiente o usuario.
 Informe al derechohabiente o usuario el procedimiento que se le va a realizar y en qué consiste, si su estado de salud y edad lo
permiten.

Conecte el aparato y coloque la manguera próxima a 15 cm. de distancia de la boca y nariz del derechohabiente o usuario.

Vigile al derechohabiente o usuario durante la nebulización que será de 10 a 15 minutos.

Retire el aparato de la unidad del derechohabiente o usuario y proporciónele los cuidados posteriores a su uso.
Medidas de Control y Seguridad:

Vigile que la cámara nebulizadora no se quede sin agua o esté sobrecargada ni que el aparato se sobrecaliente.

Verifique que el agua no pase al tubo.

Asegúrese, durante el llenado de agua, que no sobrepase los límites del cuello del frasco.

No use solución salina; diluya con agua bidestilada al 50%.

Coloque en solución de Alkacide las piezas cada 24 horas, después enjuague con agua estéril.

Esterilice cada 48 horas los nebulizadores.

Vigile que los tubos no se obstruyan con agua.
4.17 Oxigenoterapia.
Concepto:
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Es el conjunto de medios que se utilizan para suministrar oxígeno suplementario al organismo y mantener la concentración normal de este
elemento en la sangre.
Objetivo:
Mejorar problemas de hipoxia moderada mediante métodos simples de administración de oxígeno.
Material y Equipo:

Toma de oxígeno con manómetro y fluómetro.

Recipiente humidificador de burbuja (borboteador).

Regulador.

Agua bidestilada.

Conos, catéter binasal, sonda para oxígeno, mascarilla o campana cefálica.

Tubo para conexión.

Tarjeta de medicamentos.
Técnica:

Verificar la funcionalidad del equipo que se va a utilizar.

Integrar el equipo y trasladarlo a la unidad del derechohabiente o usuario.

Explicar al derechohabiente o usuario la razón del procedimiento.

Verter agua en el borboteador hasta la mitad de éste.
 Conectar el tubo de extensión al borboteador y el otro extremo al medio que se va a utilizar para la administración del oxígeno al
derechohabiente o usuario

Abrir el flujo del oxígeno hasta obtener el número de litros para la FiO2 indicados por el médico.

Comprobar la permeabilidad y presión del oxígeno en la mejilla de la enfermera.

Instalar y fijar el medio utilizado para la administración de oxígeno al derechohabiente o usuario.

Observar la reacción del derechohabiente o usuario durante los primeros minutos y después periódicamente.

Dejar al enfermo cómodo en posición de Fowler y con el timbre accesible.

Hacer las anotaciones correspondientes en los registros de enfermería.

Retirar la mascarilla periódicamente, lavar la cara y proteger la piel.

Dar al equipo los cuidados posteriores a su uso.
Medidas de Control y Seguridad:

No fumar en el área donde se maneje el oxígeno.

Cumplir con las reglas de asepsia y antisepsia en la ministración de oxígeno.

Evitar que el oxígeno pase sin humidificar y que éste llegue a los ojos del derechohabiente o usuario.

Verificar que las concentraciones de oxígeno sean las indicadas por el médico.
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
Solicitar el cambio de tanque con oportunidad cuando se realiza en lugares donde no se cuenta con toma empotrada.

Evitar el uso de grasas y aceites.

Mantener las vías respiratorias superiores permeables.
181
4.18 Aspiración de Secreciones.
Concepto:
Son las maniobras que se realizan para extraer las secreciones del árbol traqueo-bronquial y que el derechohabiente o usuario por su
estado patológico no puede expectorar.
Objetivo:
Mantener libre de secreciones las vías aéreas para favorecer el proceso de la ventilación pulmonar.
Material y Equipo:

Aspirador empotrado o portátil (con tubos y conectores).

Equipo de Aspiración Estéril (riñón, vaso y gasas).

Sondas de aspiración (o nelatón), de acuerdo a la edad (adulto 10, 12, 14, niños 8 y 10).

Frascos con agua bidestilada.

Guantes estériles.

Cubrebocas.
Técnica:

Lavarse las manos antes y después del procedimiento y/o cuantas veces sea necesario.

Preparar el equipo y trasladarlo a la unidad del derechohabiente o usuario.
 Explicar brevemente al derechohabiente o usuario la razón del procedimiento y en qué consiste. (En caso de que el derechohabiente o
usuario se encuentre traqueostomizado, proporcionarle papel y lápiz por si desea comunicarse).

Colocarse el cubre-boca.

Colocar al derechohabiente o usuario en posición de Fowler, o en decúbito dorsal según el caso.

Abrir el equipo y anexar las sondas, gasas y verter en el recipiente la solución (agua inyectable) necesaria.

Abrir la succión y colocarse los guantes.

Tomar la sonda y conectar un extremo al tubo de aspiración.

Ventilar al derechohabiente o usuario con oxígeno al 100%.
 Desconectar el ventilador e introducir la sonda sin aspirar (obturando su luz, mediante un doblez de la misma para evitar el vacío al
efectuar la introducción).

Iniciar la aspiración retirando la sonda con movimientos rotatorios.

Reconectar el ventilador al derechohabiente o usuario y ventilar al derechohabiente o usuario.
182
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 Aspirar pequeñas cantidades de solución para limpiar el interior de la sonda y con una gasa limpiar el exterior cuantas veces sea
necesario.

Repetir el procedimiento en caso de persistir las secreciones.

Realizar lavado bronquial en caso de que sea necesario humidificar las secreciones.

Cargar una jeringa hipodérmica de 10 cc con agua inyectable.

Se desconecta el ventilador y se instilan de 2 a 3 cc de agua inyectable.

Se reconecta el ventilador y se ventila al derechohabiente o usuario.

Repetir el procedimiento.
 Para lavar y aspirar el bronquio izquierdo se gira la cabeza del derechohabiente o usuario al lado derecho, se instilan de 2 a 3 cc de
agua inyectable y se ventila al usuario, desconectar el ventilador, introduciendo la sonda obturada y sacarla con movimientos circulares,
nuevamente ventilar al derechohabiente o usuario, se limpia la sonda y se enjuaga con agua inyectable.
 Para lavar y aspirar el bronquio derecho se gira la cabeza del derechohabiente o usuario al lado izquierdo y se procede el lavado
bronquial (descrito antes).

Alternar la aspiración con la ventilación a intervalos breves, si el derechohabiente o usuario tiene instalado respirador.
En Caso de Tener Traqueostomía:

Retirar y lavar la endocánula con jabón y agua.
 Pasar gasa o aplicador humedecido, por la luz de la endocánula para el aseo correspondiente e instalarla en la cánula del
derechohabiente o usuario.

Cubrir con gasa húmeda el orificio de entrada de la cánula instalada en el derechohabiente o usuario.

En caso necesario, efectuar limpieza y curación de la herida.
 Observar las secreciones del derechohabiente o usuario en caso de requerir oxigenación y alternar las fases de aspiración con las de
oxigenación.
 Asistir al derechohabiente o usuario con insuficiencia respiratoria y avisar al médico si ésta se acentúa; informar la signología y
características correspondientes.

Dar comodidad y confianza al derechohabiente o usuario.

Efectuar los registros correspondientes.

Una vez terminado el procedimiento proporcionar los cuidados necesarios al equipo para mantenerlo en buenas condiciones.
Medidas de Control y Seguridad:

Evitar que el frasco colector de secreciones rebase el nivel que propiciará el reflujo de su contenido al derechohabiente o usuario.

Cambiar las cintas de sujeción cuando sea necesario.

Utilice sondas diferentes para aspirar la cánula y la boca.

Ajustar perfectamente todas las conexiones y tapones del equipo para evitar fugas.

Identificar perfectamente las partes de la cánula antes y después del procedimiento.
 Orientar al derechohabiente o usuario en el manejo de la cánula completa y aspiración de secreciones, en caso de egresar sin
decanular.
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
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Recabar del derechohabiente o usuario que sale del hospital con cánula, la firma del vale correspondiente.
4.19 Aislamiento.
Concepto:
Son las medidas que se realizan para separar a un enfermo del resto de los derechohabientes o usuarios durante el período en que puede
transmitir un padecimiento infecto-contagioso.
Objetivo:
Evitar la transmisión directa e indirecta de la enfermedad, a los demás derechohabiente o usuarios del hospital.
Material y Equipo:

Cuarto aislado.

Equipo individual de termometría.

Cómodo, orinal y riñón exclusivo para el derechohabiente o usuario.

Equipo para baño.

Artículos personales del derechohabiente o usuario.

Tripié.

Bata.

Lebrillo con solución germicida.

Toallas de papel.

Material desechable (jeringas, agujas, cubrebocas, gorro, guantes, gasas, etc.).

Letrero de aislamiento.

Tánico con bolsa desechable.

Bote para basura.
Técnica:

Prepare el equipo y material que se va a utilizar durante el turno y llévelo a la unidad del derechohabiente o usuario.

Oriente al derechohabiente o usuario acerca del procedimiento, sobre todo el por qué del uso de la bata, guantes y cubrebocas.

Lávese las manos.

Tome la bata por el cuello dirija las mangas hacia arriba, deslizando los brazos dentro y arregle los puños con los antebrazos.
 Anude las cintas del cuello, tome los bordes posteriores, cruzándolos y sosténgalos con una mano, con la otra tome el extremo del
cinturón y llévelo a los bordes unidos, tome el otro extremo y anúdelo.

Efectúe las actividades programadas.
 Lleve el instrumental y el equipo utilizado en la realización de los procedimientos y colóquelos en el lebrillo con solución germicida
aproximadamente 30 minutos.

Para retirarse la bata desanude las cintas de la cintura, átelas al frente haciendo un moño sencillo.
184

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Lávese las manos y desate las cintas del cuello.
 Introduzca cuatro dedos de la mano derecha por la cara interna del puño de la manga izquierda, jale hacia adelante hasta la mitad,
protegiendo la mano izquierda; deslice el puño de la mano derecha, saque las manos y sostenga la bata por el cuello.
 Un hombro con hombro por la parte interna y colóquela en el gancho o tripié, observando que el moño esté hacia el derechohabiente o
usuario.

Lávese las manos.
Medidas de Control y Seguridad:

La bata debe cubrir totalmente el uniforme.

Deposite la ropa sucia en bolsa de plástico, séllela y rotule “Contaminado”.

Coloque el letrero de “Aislamiento” de acuerdo al tipo que se trate y en un lugar visible.

Introduzca al cuarto sólo los artículos mínimos necesarios.
 No regrese objetos o material, que haya estado en el cubículo de aislamiento, a las áreas del servicio, hasta no haber hecho la
desinfección del mismo.

Cambie la bata cada turno o cada vez que se contamine.
4.20 Manejo de la Cama Clinitrón.
Concepto:
Son las maniobras que la enfermera realiza en el derechohabiente o usuario que ocupa una cama eléctrica con propiedades físicas
particulares, que permite que ciertos polvos bajo el efecto de una débil corriente de aire ascendente pasen del estado sólido al líquido.
Objetivo:
Evitar las infecciones cruzadas en derechohabiente o usuarios con quemaduras, disminuyendo el dolor y las complicaciones para que la
evolución sea satisfactoria acortando así la estancia hospitalaria.
Material y Equipo:

Cama clinitrón.

Aditamentos de la cama.

Sábana estéril.

Sábana de fieltro.

Equipo de termometría.
Técnica:

Revise los aditamentos de la cama.

Verifique que funcionen correctamente: fluidificación, temperatura, sábana, filtro.

Coloque una sábana estéril de algodón encima de la sábana de fieltro.

Prepare carro de termometría y trasládelo a la unidad del derechohabiente o usuario.

Revise que el nivel de las microesferas sea de 2.5/3 del borde superior de la cama (marca roja).
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
Verifique la limpieza del filtro de aire y de agua.

Cerciórese que la temperatura del clinitrón esté a 33 grados.

Coloque una sábana de algodón estéril sobre la sábana fieltro.

Asegúrese de que la sábana fieltro no esté presa de las microesferas, y que repose libremente en la superficie de éstas.

Detenga con el pedal la fluidificación del clinitrón antes de instalar al derechohabiente o usuario.

Retire con un paño húmedo las esferas que se encuentran sobre la sábana fieltro o en el suelo.

Instale al derechohabiente o usuario y dele cuidados de enfermería de acuerdo al caso:
185
Intubación:
Coloque al enfermo una almohada bajo los hombros, hundiendo la cabeza del mismo en las esferas fluidificables y pare inmediatamente
la turbina para mantener la posición deseada.
Traqueostomía:
Coloque al derechohabiente o usuario en la posición requerida y retire la toma de alimentación eléctrica con el fin de evitar el arranque
intempestivo de la turbina.
Masaje Cardiaco:
Retire las conexiones eléctricas para obtener un molde perfecto y duro alrededor del cuerpo y llevar a cabo el masaje cardíaco.
Para Radiografía:

Prepare y coloque una sábana en rectángulo de tamaño ligeramente superior a la placa porta película.
 Movilice al derechohabiente o usuario, tirado de la sábana de protección, coloque la placa, deje que el derechohabiente o usuario pase
lentamente a decúbito dorsal.
Para Colocar y Retirar el Cómodo:

Voltee al derechohabiente o usuario hacia el lado opuesto, auxiliándose de la sábana de algodón.

Coloque el cómodo hundiéndolo en las microesferas.

Coloque al derechohabiente o usuario en decúbito, sobre el cómodo.

Si el derechohabiente o usuario puede sentarse, coloque una almohada o una cabecera para mantenerlo en posición cómoda.

Retírelo sosteniéndolo con una mano y con la otra voltee al derechohabiente o usuario hacia el lado opuesto.

Detenga la turbina en el interruptor de pie.

Retire el cómodo y asee al derechohabiente o usuario.

Ajuste la temperatura a través del selector rotativo, en forma gradual.

Si va a usar arcos o cercos metálicos, cúbralos con una sábana de algodón estéril.

Controle el pedal de mano de la turbina con una presión leve.

Para sacar al derechohabiente o usuario de una clinitrón:
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 Eleve la pelvis del derechohabiente o usuario antes de parar la fluidificación, manténgalo en esta posición arqueada hasta que la capa
de microesferas haya solidificado.
 Verifique que se ha formado un montículo de microesferas bajo la cadera, lo que le proporcionará un apoyo para incorporarlo y
sacarlo del aparato.
Medidas de Control y Seguridad:

Antes de maniobrar una clinitrón, quítese el reloj, tijeras, horquillas o pinzas de sus bolsillos.

No coloque al derechohabiente o usuario en una clinitrón fría o que esté en fluidificación.

Si la sábana de fieltro está sucia o rota, no la use.

No coloque al derechohabiente o usuario directamente sobre la sábana de fieltro.
 Deje la clinitrón en fluidificación siempre, salvo durante los tratamientos y traslados de enfermos, no debe pararse por períodos
largos.

Cambie la sábana fieltro entre uno y otro derechohabiente o usuario.

No utilice la cama clinitrón en enfermos cuyo peso exceda de 113 kg. y/o que sobrepasen 2.15 m. de estatura.

No permita que sustancias como furacín, vaselina o cantidades excesivas de líquidos penetren en las microesferas.

Evite que la orina y material fecal penetren en la clinitrón.

Procure no dañar la sábana fieltro.

En los derechohabientes o usuarios que sea posible, se instalará sonda vesical permanente.

Cuide que ni el trocanter, ni el hombro se encuentren demasiado hundido.

Evite el decúbito ventral, puede causar desorientación al derechohabiente o usuario.

Apague con el pedal la unidad antes de colocar o sacar a un derechohabiente o usuario.
 La sábana de fieltro debe ser cambiada cada semana, y las microesferas, tamizadas al mismo tiempo, la sábana se lavará a mano con
jabón neutro y será planchada por los dos lados con plancha tibia. No debe mandarse a la lavandería.
 Verifique que la sábana de fieltro no tenga perforaciones, colocándola contra la luz; en caso de existir perforaciones, repárela con la
cinta especial para eso.

Mantenga todo tipo de objetos puntiagudos lejos del fieltro.

No desconecte el suministro de agua de la clinitrón.

Mantenga la sábana de fieltro y la del hospital flojas y de manera que no presenten dobleces.
 Cuando este manipulando al derechohabiente o usuario y el sistema se encuentra prendido, es recomendable retirar relojes y/o
aparatos electrónicos personales.
4.21 Mecánica Corporal.
Concepto:
Es el uso coordinado de las diferentes partes del cuerpo para producir movimientos y mantener en equilibrio las relaciones de las fuerzas
interiores y exteriores de quien realiza la fuerza.
Objetivos:
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
Evitar deformaciones del sistema musculoesquelético.

Lograr que se mantenga un gasto mínimo de energía, utilizando las palancas corporales y los ejes de apoyo.

Aplicar correctamente los principios de la mecánica corporal.

Mantener una posición correcta del cuerpo humano para equilibrar los diferentes segmentos corporales.
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Técnica:

Los músculos tienden a funcionar mejor en grupos que individualmente.

Los músculos grandes se fatigan menos rápidamente que los pequeños.

El movimiento activo produce contracción de músculos.

Los músculos se encuentran siempre en ligera contracción (tienen tono muscular).
 Empujar o deslizar un objeto requiere menos esfuerzo que levantarlo, ya que levantarlo implica un movimiento contrario a la
gravedad.

Algunos dispositivos reducen el trabajo requerido en el movimiento.

Servirse del peso propio para contrarrestar el peso del derechohabiente o usuario, requiere menos energía en el movimiento.
Medidas de Control y Seguridad:
 Cuando levante a un derechohabiente o usuario, asegúrese de que éste sepa como planea hacerlo, y hacia donde lo va a movilizar, con
la finalidad de obtener colaboración del mismo.

Calcule el peso que va a levantar, no se atreva a levantarlo si tiene alguna duda de su habilidad para hacerlo.

Mantenga los pies planos, separados de 30 a 40 cm. para tener una buena base y equilibrio.

No se eleve con la punta de los pies, acérquese al objeto que trata de alcanzar para sostenerlo de cerca.
 Agáchese como si fuera a sentarse, mantenga la espalda recta, lo suficiente para que los brazos puedan levantar el objeto
verticalmente, así todo su cuerpo estará en buena posición para levantarlo.

Para levantar carga respire profundo, retenga el aire, estire las piernas, tire de los brazos, eleve la espalda a posición vertical.

Al levantar objetos pesados auxíliese de otra persona, realice los movimientos en forma lenta y coordinada.

Mantenga los objetos pesados al cuerpo, para ayudar a distribuir la carga en el cuerpo y no solo en la columna vertebral.

Al voltear nunca gire sobre sus pies, cambie de posición y evitará torceduras y otras complicaciones.
 Al transportar un objeto pesado y no contar con otra persona que le auxilie, es más recomendable arrastrar o empujar el objeto
manteniendo la columna en forma vertical y haciendo el esfuerzo con ambos brazos, ampliando la base de los pies de 30 a 40 cm.
Aplicación de la Mecánica Corporal en la Movilización del Derechohabiente o Usuario.
Cómo Ayudar al Derechohabiente o Usuario a Levantar la Cadera.
La enfermera se pone de cara al lado de la cama, frente a la cadera del derechohabiente o usuario, adopta una postura firme, con las
rodillas dobladas para que sus brazos queden a la altura de la cama, coloca una mano debajo de la región sacra del derechohabiente o
usuario, con el codo firmemente apoyado en la cama.
Al levantar al derechohabiente o usuario de la cadera, la enfermera se agacha doblando las rodillas, al tiempo que su brazo actúa como
palanca para ayudar a sostener la cadera del derechohabiente o usuario, en este movimiento la cadera de la enfermera baja verticalmente.
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Cómo Ayudar a Colocar al Derechohabiente o usuario en Decúbito Lateral.
La enfermera desplaza el peso desde su pierna delantera hacia la pierna posterior, durante este movimiento la cadera de la enfermera
desciende. Colocar los codos sobre el colchón al borde de la cama para hacer palanca y de ésta manera sostener al derechohabiente o
usuario.
Cómo Ayudar al Derechohabiente o Usuario a Sentarse al Borde de la Cama.
Colocar al derechohabiente o usuario de costado en el borde de la cama, levantando la cabecera, sostener los hombros del
derechohabiente o usuario con un brazo al tiempo que con el otro ayuda al derechohabiente o usuario a extender la parte inferior de las
piernas al borde de la cama.
La enfermera debe colocar un pie mirando hacia el centro de la cama y el otro con la punta hacia la piesera, de esta forma adoptará una
postura firme.
Cómo Ayudar a Sentarse al Derechohabiente o usuario en su Cama.
La enfermera se colocará de pie junto a la cama en forma semilateral y de cara al derechohabiente o usuario, pasará su brazo proximal por
debajo del hombro distal del derechohabiente o usuario con el objeto de ayudarlo a incorporarse y con el otro brazo podrá dirigirlo a
apoyarse en él para mantener el equilibrio.
Con el codo apoyado en la cama, la enfermera toma por detrás (y por encima del codo) el brazo del derechohabiente o usuario y esté
sujeta el brazo de ella por encima en la misma forma.
Cómo Ayudar a Deslizarse al Derechohabiente o Usuario Hacia la Parte Superior de la Cama.
Solicitar la ayuda de otra persona, cruzar los brazos del derechohabiente o usuario sobre su abdomen, la enfermera deberá colocar los
antebrazos y manos con las palmas hacia arriba, bajo la parte superior del tronco del derechohabiente o usuario, distribuyéndolas de la
siguiente manera: una mano debajo del hombro, otra a nivel del codo, la persona que auxilia colocará una mano a la altura del glúteo del
derechohabiente o usuario y otra a nivel del trocánter mayor.
Acercar al derechohabiente o usuario hacia las personas que lo movilizan para evitar la extensión de los brazos, actuar en forma
simultánea, mantener un pie atrás para cargar sobre éste el peso y evitar la rotación del tronco para proteger la columna vertebral.
Colocar la cama en posición horizontal para evitar actuar en contra de la gravedad. Si el derechohabiente o usuario esta en posibilidad de
ayudar para su movilización, se le pedirá que colabore deteniéndose de la cabecera, flexionando las rodillas, la enfermera colocará una
mano a nivel del tronco y otra mano bajo las rodillas. Mantener un pie detrás del otro para contar con un adecuado punto de apoyo en un
movimiento sincronizado, llevar al derechohabiente o usuario hacia la parte superior de la cama.
5. ANEXOS
5.1 Material y Equipo que se Requiere en la Unidad de Terapia Intensiva.
Basado en las características que presentan los derechohabientes o usuarios de estos servicios, se ha determinado el equipo e instalaciones
que la unidad de éstos requieren, siendo los que a continuación se enlistan:

Cama clínica (que facilite diferentes posiciones).

Monitor por unidad del derechohabiente o usuario (mínimo).

Toma de aire empotrado (para aspiración).

Toma de oxígeno empotrado.

Mesa Pasteur.

Equipo de Termometría.

Baumanómetro empotrado.

Tripiés Gleirols (portasueros).
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
Probeta para medir uresis.

Buró para derechohabiente o usuario.

Lavabo.

Mesa Pocute.

Banco de altura.

Banco giratorio.

Tabla fibracel.

Riñón.

Bote de Basura.

Monitores centrales.

Control de enfermería.

Ventiladores (de volumen y presión).

Nebulizadores.

Electrocardiógrafos.

Bombas de infusión.

Baumanómetro.

Estuche de diagnóstico.

Estetoscopio.

Martillo de reflejos.

Aspiradores portátiles.

Aparato de succión.

Baño María (aparato que se utiliza para calentar soluciones para diálisis peritoneal o gastroclisis.
Carro de Curación:

Matraces con soluciones antisépticas.

Torundas.

Budineras.

Botes de Duayan.

Lebrillo.

Cubetas.

Tijeras.
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
Cubetas, lebrillos, riñones estériles.

Equipo de venodisección.

Equipo de subclavia.

Equipo de aspiración.

Equipo de tricotomía.

Equipo de lavado gástrico.

Equipo de curación.

Equipo de anestesia raquídea.

Equipo de punción abdominal.

Equipo de punción pleural (pleurotomía).

Carro de paro con todos sus aditamentos, mango de laringoscopio con sus respectivas hojas, bolsa reservorio (Ambú) por cubículo.

Desfibrilador.

Gavetas para diversos usos.

Ropa blanca.

Ropa azul.

Material estéril.

Material de consumo.

Soluciones parenterales.

Jeringa Asepto.

Jeringas de 50 cc., 20 cc., 10cc. y 5 cc.

Gradillas para muestras de laboratorio en tubos.

Área para el servicio de inhaloterapia.

Báscula.

Apósitos.

Vendas elásticas.

Vendas de gasa.

Vendas de yeso.

Sondas (Foley, Nélaton, Levín, etc.).

Cystaplo.

Catéter central (largos y cortos).
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
Venopak.

Tela adhesiva – Micropore.

Steri drape.

Llaves de tres vías.

Punzocat.

Abatelenguas.

Isopos.

Suturas.

Hojas de bisturí.

Gorros.

Cubrebocas.

Guantes (quirúrgicos y desechables).

Bolsas para alimentación.

Torundas.

Equipo de PVC.

Cánula endotraqueales.

Catetér para diálisis peritoneal.

Metrizet.

Microgoteros.

Refigerador.

Tarja para material limpio.

Tarja para material sucio.

Silla de ruedas.

Camillas.

Tripiés.

Tánicos.

Cómodos.

Orinales.

Probetas de diferentes medidas.

Carro super.
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
Cama clinitrón.

Domos.

Transductores.

Catéter Swan Ganz.

Catéter para línea arterial.

Marca pasos.

Catéter para Marcapasos.
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6. BIBLIOGRAFÍA
 Secretaría de Salud.
Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de las Infecciones Relacionadas a Líneas Vasculares.
Guía de Práctica Clínica.
México: Secretaría de Salud, 2012.
 Brenner P, Bugedo G, Calleja D, Del Valle G, Fica A, Gómez ME, Jofré L, Sutil L.
Prevención de infecciones asociadas a catéteres vasculares centrales.
Rev Chil Infect 2003; 20 (1): 51-59.
 Carrero-Caballero MC (coord.).
Actualización Enfermera en Accesos Vasculares y Terapia Intravenosa.
1a. edición. Madrid: Ediciones DAE (Grupo Paradigma), 2008.
 Manual de Enfermería.
1a. edición. España: Editorial Océano, 2012.
 Lee-Terry C, Weaver A,
Enfermería de cuidados intensivos.
1a. edición. México: Editorial Manual Moderno, 2012.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente aviso por el cual se dan a conocer las Técnicas de Enfermería en el Servicio de Terapia Intensiva.
SEGUNDO Las Técnicas de Enfermería en el Servicio de Terapia Intensiva entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, Distrito Federal, a 13 de agosto de 2015.
(Firma)
__________________________________________
DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA
SECRETARIO DE SALUD
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SECRETARÍA DE SALUD
DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, Secretario de Salud, con fundamento en el artículo 29 fracción XIX, 16 fracción IV de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 24 fracción XX de la Ley de Salud del Distrito Federal, 11 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 26 fracciones V y VIII y 67 fracciones VI, XIV y XXI del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal emito el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS TÉCNICAS DE ENFERMERÍA EN LA UNIDAD DE
QUEMADOS PEDIÁTRICOS Y ADULTOS
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN
2. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN
3. OBJETIVO DEL DOCUMENTO
4. TÉCNICAS DE ENFERMERÍA
4.1 Atención Inicial del Derechohabiente o Usuario Quemado en el Servicio de Urgencias.
4.2 Atención Inicial del Derechohabiente o Usuario en la Unidad de Quemados.
4.3 Atención del Derechohabiente o Usuario en el Área de Terapia Intensiva de la Unidad de Quemados.
4.4 Instalación de una Vía Venosa.
4.5 Curación de Quemaduras en el Derechohabiente o Usuario Adulto.
4.6 Balneoterapia al Derechohabiente o Usuario Quemado Pediátrico o Adulto en Tina de Desbridación.
4.7 Intervención de Enfermería al Derechohabiente o Usuario Postoperado de Toma y Aplicación de Injertos.
4.8 Control de líquidos y Electrolitos.
4.9 Alimentación Enteral.
4.10 Alimentación Parenteral.
4.11 Preparación de la Alimentación Parenteral.
5. ANEXOS
5.1 Conceptos Generales.
5.2 Medidas Generales de Control y Seguridad al Egreso del Derechohabiente o Usuario.
5.3 Severidad de las Quemaduras Según American Burn Association (ABA).
5.4 Tabla Para el Cálculo de Superficie Corporal Quemada.
5.5 Esquema de Lund Browder.
5.6 Cálculo Aproximado de Pérdida de líquidos Corporales en Pediatría.
5.7 Cálculo Aproximado de Pérdida de líquidos Corporales en Adultos.
5.8 Esquemas más Utilizados para la Reposición de Líquidos en el Derechohabiente o Usuario Quemado Pediátrico.
5.9 Esquemas más Utilizados para la Reposición de Líquidos en el Derechohabiente o Usuario Quemado Adulto.
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5.10 Regla de los 9 en el Derechohabiente o Usuario Adulto.
5.11 Traumas Concurrentes.
5.12 Tipos de Injertos.
5 13 Apósitos Sintéticos y Biológicos.
5.14 Sistema VAC (Presión Negativa).
5.15 Desbridación por Hidrobisturí.
5.16 Glosario de Términos.
6. BIBLIOGRAFÍA
1. INTRODUCCIÓN
En el Distrito Federal, dadas las características sociales que enfrentamos en la actualidad, han aumentado los traumatismos ambientales,
los accidentes en el hogar se multiplican ocasionando una gran demanda en las salas de urgencia en los hospitales de la Ciudad de
México. La falta de prevención, cuidado y atención de los niños en el hogar y la falta de protección de los adultos en el desempeño de su
trabajo, los expone a sufrir accidentes y dentro de éstos los accidentes que ocasionan quemaduras se convierten en urgencias que de no
ser atendidas oportuna y adecuadamente, pueden ocasionar lesiones relativamente leves o incapacidades físicas extraordinariamente
graves, así como también lesiones importantes y complejas en el área emocional y afectiva.
Dentro de la red hospitalaria de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, existen unidades médicas especializadas para la
atención del derechohabiente o usuario quemado, que se encuentran establecidas en e l Hospital Pediátrico Tacubaya, Hospital
Pediátrico Xochimilco, y e n e l Hospital General “ D r . Rubén Leñero” los cuales son centros de concentración a donde se canaliza
todo derechohabiente o usuario quemado que acude a las salas de urgencia de los hospitales de la Institución.
En apoyo a estas unidades, el personal de enfermería experto en la atención del derechohabiente o usuario quemado ha elaborado el
presente documento para que el personal de la Unidad de Quemados cuente con una herramienta de trabajo que guíe sus actividades,
asimismo para que el personal directivo lo conozca, lo difunda y supervise su aplicación.
Este documento se compone de 6 capítulos; la introducción, el ma r co ju rídi co de ac tu a ción, el objetivo, las técnicas de
enfermería más comunes que se desarrollan en la unidad, los anexos, el glosario de términos y la bibliografía.
Finalmente es conveniente mencionar que este documento es perfectible y se requiere de constantes revisiones y actualizaciones, para
mantener su vigencia, como documento técnico normativo.
El presente documento se elabora con fundamento en las atribuciones de la Dirección General de Planeación y Coordinación Sectorial
establecidas en el artículo 67 Fracciones VI y XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito y en las funciones de
la Dirección de Coordinación y Desarrollo Sectorial descritas en el Manual Administrativo de la Secretaría de Salud.
2. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN
CONSTITUCIÓN
 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05 de febrero de 1917,
última reforma 10 de julio de 2015.
ESTATUTO
 Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de julio de 1994, última reforma 27 de
junio de 2014.
LEYES
 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de
1982, última reforma 24 de diciembre de 2013.

Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 07 de febrero de 1984, última reforma 04 de junio de 2015.
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 Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre
de 1998, última reforma 29 de enero de 2015.
 Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las Personas Residentes en el Distrito
Federal que Carecen de Seguridad Social Laboral, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de mayo de 2006.
 Ley de Salud del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de septiembre de 2009, última reforma 23
de marzo de 2015.
REGLAMENTOS
 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 14 de mayo de 1986, última reforma 24 de marzo de 2014.
 Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de
diciembre de 2000, última reforma 19 de noviembre de 2014.
 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
05 de abril de 2004, última reforma 17 de diciembre de 2014.
 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las Personas
Residentes en el Distrito Federal que Carecen de Seguridad Social Laboral, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 04 de
diciembre de 2006.

Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 07 de julio de 2011.
DOCUMENTOS NORMATIVO-ADMINISTRATIVOS
 Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002. Protección Ambiental - Salud Ambiental - Residuos Peligrosos
Biológico - Infecciosos - Clasificación y Especificaciones de Manejo, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero de
2003.
 Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005. Para la Vigilancia Epidemiológica, Prevención y Control de las Infecciones
Nosocomiales, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de noviembre de 2009.
 Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012. Del Expediente Clínico, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de
octubre de 2012.
 Norma Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012. Para la Disposición de Sangre Humana y sus Componentes con Fines Terapéuticos,
Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de octubre de 2012.
 Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2012. Que Establece las Características Mínimas de Infraestructura y Equipamiento de
Hospitales y Consultorios de Atención Médica Especializada, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 08 de enero de 2013.
 Norma Oficial Mexicana NOM-027-SSA3-2013. Regulación de los Servicios de Salud que Establece los Criterios de Funcionamiento
y Atención en los Servicios de Urgencias de los Establecimientos para la Atención Médica, Publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 04 de septiembre de 2013.
3. OBJETIVO DEL DOCUMENTO
Proporcionar al personal de enfermería adscrito a la Unidad de Quemados y a los Servicios de Urgencias un instrumento técnico
normativo que establezca los lineamientos generales para la atención del derechohabiente o usuario quemado, en las unidades
hospitalarias de la Secretaría de Salud.
4. TÉCNICAS DE ENFERMERÍA
4.1 Atención Inicial del Derechohabiente o Usuario Quemado en el Servicio de Urgencias.
Concepto:
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Son las intervenciones específicas y especializadas que proporciona el personal de Enfermería al derechohabiente o usuario que acaba de
sufrir una lesión térmica y que ingresa al Servicio de Urgencias.
Objetivo:
Mantener al derechohabiente o usuario con sus funciones vitales y hemodinámicas dentro de parámetros estables.
Principio:
El otorgar una atención oportuna y especializada por el personal de enfermería al derechohabiente o usuario quemado, disminuye
complicaciones irreversibles, así como las tasas de morbilidad y mortalidad.
Material y Equipo:

Uniforme desechable.

Guantes estériles.

Cubrebocas.

Termómetro.

Reloj.

Baumanómetro.

Estetoscopio.

Soluciones parenterales, coloides y cristaloides.

Equipo para venoclisis (catéteres, silástic en diferentes calibres).

Torundas.

Punzocat calibres 14 y 16 (pediátrico 20,22 y 24).

Gasas estériles.

Apósitos circulares y cuadrados estériles.

Soluciones antisépticas (Isodine y Jabón quirúrgico).

Catéter de oxígeno.

Jeringas de 20,10 y 5 cm.

Agujas.

Tela adhesiva.

Sonda Foley No.8, 10, 12, 14,16. y 18.

Sonda Levín No. 8,10, 12, 14,16.

Equipo de venodisección.

Equipo de curación.

Monitor con oxímetro de pulso.

Bomba de infusión.
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
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197
Carro de reanimación.
Medicamentos:

Crema Silvadene (sulfadiazina de plata micronizada).

Crema de Furacín (nitrofurazona).

Ungüento de Ulcoderma (colagenaza y cloranfenicol).

Ámpulas de Nalbufina, Midazolam, Ketamina, Tramadol, Fentanylo.

Apósitos biológicos y sintéticos.
Técnica:

Recibe al derechohabiente o usuario que es traído de emergencia por haber sufrido una lesión térmica.
 En caso de tratarse de un derechohabiente o usuario grave o inconsciente, se le informa inmediatamente al médico de su llegada para
la valoración, en tanto, se le proporcionan las maniobras de Soporte Vital necesarias para mantener una ventilación adecuada y el
funcionamiento cardíaco sin compromiso.

Lavarse las manos y/o aplicarse gel antibacterial.

Colocarse bata, cubrebocas y guantes estériles.
 Recibe al derechohabiente o usuario y revisar la documentación de la atención prehospitalaria que se le otorgó y actuar en
consecuencia, siguiendo lo indicado en el protocolo de atención interna del servicio, en tanto se realiza la valoración médica.
 Retira todo objeto externo del derechohabiente o usuario (broches, medallas, anillos, maquillaje, esmalte de uñas, etc.), así como
prótesis dentales o lentes de contacto y los entrega al familiar o acompañante o, en su caso, a Trabajo Social.
 Retira las ropas al derechohabiente o usuario, en el caso que éstas estén adheridas a la piel, recortarlas y exponerlo (si las condiciones
lo permiten) a un baño o regadera con agua tibia y cubrirlo con sábanas limpias.

Instala al derechohabiente o usuario con ayuda del camillero en la cama del servicio y dejarlo cómodo o en posición semifowler.
 Instala una vía venosa periférica para administración de soluciones (en caso de que no se haya realizado durante la atención
prehospitalaria).

Realiza la evaluación inicial primaria y secundaria de acuerdo a los protocolos de atención ATLS y A.B.L.S.
Evaluación Primaria:
 Verifica vía aérea permeable, verifica si tiene quemaduras en vías áreas con los signos STON (Vibrisas quemadas, esputo carbonáceo
y estridor laríngeo y/o cuerpo extraño).

Verifica Ventilación Adecuada (observar datos de dificultad respiratoria).
 Circulación (verifica si se instaló un acceso venoso en la atención prehospitalaria, verifica los pulsos periféricos, la frecuencia
cardiaca, y en su caso, coloca cables de ECG y/o instala o mantiene acceso venoso).

Evalúa estado Neurológico (verificar escala de Coma Glasgow y respuesta pupilar).

Exposición (retira ropa o vendas).
 Evalúa Fluidoterapia a través de los signos vitales (monitoriza al derechohabiente o usuario T/A, F.C. F.R, P.V.C, Temperatura y
diuresis horaria).

Localiza las áreas quemadas.
198
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
Observa aspectos físicos.

Valora la severidad de las quemaduras.

Valora respuesta al dolor.
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Evaluación Secundaria:

Solicita exámenes de laboratorio, según protocolo establecido en el área.

Atiende las heridas.

Documenta las características del evento.

Solicita en el caso, apoyo psicológico o espiritual.
 Una vez realizada la valoración médica, verifica en el expediente clínico los datos del derechohabiente o usuario e indicaciones
médicas.

Coloca monitores de registro y control de constantes vitales.

Elabora y coloca pulsera de identificación con datos del derechohabiente o usuario.

Avisa a medicina preventiva para profilaxis antitetánica. Paciente pediátrico verificar cartilla de vacunación.

Verifica indicaciones médicas y ministrar fármacos indicados y en su caso, sedoanalgesia y oxigenoterapia.

Prepara al derechohabiente o usuario para el baño y curación.

Realiza tricotomía al derechohabiente o usuario:
 Adulto. Quemaduras en áreas especiales como: cara, manos, pies, y genitales (cuero cabelludo explicando al derechohabiente o
usuario y familiar la importancia de la tricotomía).
 Pediátrico. Solicita autorización del padre, madre o tutor, antes de realizar la técnica (sólo en quemaduras moderadas, graves y
cuero cabelludo).
 Realiza curación y aplicación tópica del antibiótico y/o apósito sintético (ver capítulos de baño y curación) y continuar la
ministración de oxigeno hasta la recuperación de la pseudoanalgesia.

Protege la individualidad del derechohabiente o usuario en todo momento.
 Anota las acciones realizadas y observaciones, así como la aplicación de medicamentos y la evolución de la quemadura en la hoja
de registros clínicos de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Lavarse las manos antes y después de realizar los procedimientos y cuantas veces sea necesario.
 En todo derechohabiente o usuario que presente quemaduras en cara y cuello, o con sospecha de lesiones por inhalación, está
indicada la intubación endotraqueal.

Verifica que las instalaciones, aparatos y equipos de urgencias se encuentren en óptimas condiciones.
 Observa permanentemente las constantes vitales y los signos de alarma en el derechohabiente o usuario, manteniendo informado al
médico.
 Efectúa las anotaciones correspondientes de todo evento presentado en el derechohabiente o usuario, en los registros clínicos de
enfermería.
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
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199
Lleva un estricto control y registro de los medicamentos y soluciones administradas, de acuerdo a los esquemas indicados.
4.2. Atención Inicial del Derechohabiente o Usuario Quemado en la Unidad de Quemados.
Concepto:
Es la atención médica y tratamiento que se otorga a todo derechohabiente o usuario con quemaduras moderadas y gran quemado,
que requiere de vigilancia y tratamiento hospitalario especializado.
Objetivo:
Proporcionar oportuna y eficazmente los cuidados necesarios al paciente gran quemado, para mantenerlo en las mejores condiciones para
recibir su tratamiento y hasta que es dado de alta del servicio.
Principio:
Brindar atención especializada, garantiza el tratamiento adecuado disminuyendo complicaciones de funcionalidad y estética.
Material y Equipo:

Baumanómetro.

Estetoscopio.

Termómetros.

Ropa limpia.

Hojas de registros clínicos.

Torundas.

Equipos para venoclisis.

Punzocat calibres 14,16, 18, 19,20, 22 y 24.

Jeringas de 20, 10, 5, 3 cm.

Bulto de ropa de quemados (Bata, Campos chicos y grandes).

Gasas estériles.

Apósitos circulares, cuadrados estériles y/o sintéticos.

Soluciones antisépticas (Jabón quirúrgico).

Catéter de oxígeno.

Tela adhesiva.

Vendas elásticas de 5, 10, 15 30 cm.

Guantes estériles.

Cubrebocas.

Bata estéril.

Equipo de curaciones.
Medicamentos:
200
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
Cremas: Sulfadiazina de Plata y Nitrafurazona (Furacín).

Ungüentos: Ulcoderma.

Gel: KitosCell.

Analgésicos y Sedantes.
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Técnica:

Tiene la unidad preparada para recibir al derechohabiente o usuario y verifica el funcionamiento de tomas de oxígeno y aire.
 Recibe al derechohabiente o usuario previamente identificado con brazalete, expediente clínico completo incluyendo Certificado de
Lesiones, lo traslada y acomoda en la cama designada con la ayuda del camillero.

Se ingresa y se instala dentro del servicio, se le proporciona bata así como orientación de las normas del área.

Verifica acceso venoso permeable y circuito cerrado en óptimas condiciones.

Coloca mascarilla de oxígeno (según protocolo de atención interna del servicio).

Revisa y continúa con las indicaciones médicas prescritas.

Avisa al médico jefe del servicio del ingreso y condiciones del derechohabiente o usuario.

Asiste y coadyuva con el médico en la evaluación del derechohabiente o usuario.

Verifica y aplica las indicaciones médicas.

Protege la individualidad del derechohabiente o usuario y lo deja cómodo.
 Realiza las anotaciones correspondientes en las hojas de registro de enfermería, elabora su diagnóstico y plan de tratamiento del
derechohabiente o usuario.
Medidas de Control y Seguridad:

Lava sus manos cuantas veces sea necesario y utiliza sanitizante en gel o liquido.

Observa constantemente los signos y condiciones del derechohabiente o usuario, manteniendo informado al médico.

Mantiene siempre las medidas asépticas para evitar infecciones al derechohabiente o usuario.

Registra siempre todo procedimiento realizado al derechohabiente o usuario, en la hoja de enfermería.

Verifica que los aparatos y equipos de emergencia se encuentren en óptimas condiciones de funcionamiento.
4.3. Atención del Derechohabiente o Usuario Quemado en la Sala de Terapia Intensiva de la Unidad de Quemados.
Concepto:
Son las intervenciones especializadas y específicas que realiza el personal de enfermería al derechohabiente o usuario que ha sufrido una
lesión térmica gran quemado. Estas intervenciones están basadas en mantenerlos con monitoreo invasivo y no invasivo, ventilación
mecánica y manejo hemodinámica estricto, mediante un equipo especializado.
Objetivo:
Contribuir con el equipo de salud en la recuperación del estado de gravedad del derechohabiente o usuario “gran quemado” o complicado,
a través de la atención oportuna, eficaz y permanente del personal de enfermería.
Principio:
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
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Brindar una atención especializada de enfermería al derechohabiente o usuario “gran quemado”, disminuye complicaciones irreversibles
como choque hipovolémico, choque séptico o compromiso ventilatorio.
Material y Equipo:

Carro de reanimación completo.

Uniforme desechable.

Guantes estériles.

Cubrebocas.

Termómetro.

Reloj.

Baumanómetro.

Estetoscopio.

Soluciones parenterales, coloides y cristaloides.

Torundas.

Punzocat calibres 18, 19, 20, 22 y 24.

Gasas estériles.

Apósitos circulares y cuadrados estériles.

Soluciones antisépticas (Isodine y/o Jabón quirúrgico).

Catéter de oxígeno y/o mascarilla.

Jeringas de 20,10 y 5 cm.

Agujas.

Tela adhesiva.

Sonda Foley No. 8, 10, 12, 14,16 (Silástic en diferentes calibres).

Sonda Levín No. 8, 10, 12, 14,16.

Equipo de venodisección.

Equipo de curación.

Monitor con oxímetro.

Bombas de infusión.

Ventiladores (volumétricos, presión y no invasivo).
Medicamentos:

Crema Silvadene (sulfadiazina de plata micronizada).

Crema de Furacín (nitrofurazona).
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
Ungüento de Ulcoderma (colagenasa y cloranfenicol).

Ámpulas de Nalbufina, ámpulas de Midazolam, ámpula de Ketamina.
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Técnica:

Tiene la unidad preparada para recibir al derechohabiente o usuario y verificar el funcionamiento de tomas de oxígeno y aire.
 Recibe al derechohabiente o usuario previamente identificado con brazalete, expediente clínico completo incluyendo y Certificado de
Lesiones.
 Traslada al derechohabiente o usuario a la cama designada y lo acomoda en la misma con la ayuda del camillero, proporcionándole
bata y ayudándolo a su instalación dentro del servicio.
 Verifica en el expediente clínico condiciones del derechohabiente o usuario y en su caso aplica las medidas de ingreso, según
protocolo interno del servicio.

Coloca monitores de registros de constantes vitales y mascarilla de oxígeno.

Verifica acceso venoso permeable, circuito cerrado y presión venosa central (si es el caso) en óptimas condiciones de funcionamiento.

Lleva un estricto control de ingresos y egresos de líquidos.

Toma muestras de sangre, orina u otros elementos según protocolo interno del servicio.

Avisa al médico jefe del servicio del ingreso y condiciones del derechohabiente o usuario.

Asiste y coadyuva con el médico en la evaluación del derechohabiente o usuario.

Verifica y aplica las indicaciones médicas.

Protege la individualidad del derechohabiente o usuario y lo deja cómodo.
 Realiza las anotaciones correspondientes en las hojas de registro de enfermería, elabora su diagnóstico y plan de tratamiento para el
derechohabiente o usuario.
Medidas de Control y Seguridad:

Lava sus manos cuantas veces sea necesario y utiliza sanitizante en gel o liquido.
 Vigila permanentemente las constantes vitales y los signos de alarma en el derechohabiente o usuario, manteniendo informado al
médico.

Mantiene siempre las medidas asépticas para evitar infecciones al derechohabiente o usuario.

Registra siempre todo procedimiento realizado al derechohabiente o usuario, en la hoja de enfermería.
 Verifica, antes del ingreso del derechohabiente o usuario, que los monitores y equipos de la unidad se encuentren en óptimas
condiciones de funcionamiento.
4.4. Instalación de una Vía Venosa.
Instalación de Catéter Venoso Braquial Técnica realizada por el personal de enfermería.
Concepto:
Es la instalación de un catéter largo en una vena, para mantener una vía de acceso directo al organismo para la administración de
sustancias o medicamentos, con fines terapéuticos.
Objetivo:
28 de Agosto de 2015
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203
Contar con una vía directa al torrente circulatorio del derechohabiente o usuario, que permita la ministración oportuna de líquidos y
sustancias necesarias para restablecer la salud del organismo, y/o mantener al mismo en condiciones fisiológicas estables.
Principio:
El torrente circulatorio constituye el mejor vehículo para el transporte de soluciones y medicamentos al organismo.
Material y Equipo:

Carro de curación.

Equipo de curación.

Solución prescrita.

Catéter central largo.

Jeringas hipodérmicas de 10 y 15 ml, así como de insulina.

Sutura seda 00.

Porta agujas.

Tijeras, o en su defecto hoja de bisturí estériles.

Campos estériles.

Bata estéril.

Guantes estériles.

Material de curación (gasas, solución antiséptica, apósito oclusivo).

Cubre bocas.

Anestésico local lidocaína al 2%.

Solución IV.

Un equipo de venoset.

Llave de tres vías.

Tripié.

Tijeras.

Ligadura.

Cubeta cubierta con bolsa roja de plástico para depositar RPBI.

Cubeta cubierta con bolsa negra de plástico para depositar desechos de curación.
Solución Indicada y Membretada con los Siguientes Datos:

Nombre del derechohabiente o usuario.

Número de cama.

Lapso de perfusión.
204
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
Fecha.

Hora de inicio de la perfusión.

Hora programada de terminación de la perfusión.

Número de gotas por minuto.

Cantidad de mililitros por hora.

Tipo de solución administrada y nombre de los medicamentos agregados y dosis.

Nombre de la enfermera que prepara y aplica la solución.
28 de Agosto de 2015
Técnica:

Traslada el equipo y materiales a la unidad del derechohabiente o usuario.

Identifica al derechohabiente o usuario.

Explica el procedimiento al derechohabiente o usuario (si esto es posible).

Responde a sus preguntas.

Trata de disminuir su ansiedad.

Informa al derechohabiente o usuario que podrá moverse cómodamente después de la venopunción.

Coloca al derechohabiente o usuario en una posición cómoda (Decúbito dorsal combinada con Fowler baja).

Selecciona la vena y valora si es necesario rasurar el sitio donde se va a realizar la venopunción (en tal caso se procede).

Aplica el torniquete de 5 a 7.5 cm. por arriba del sitio de punción.

Pide al derechohabiente o usuario que abra y cierre el puño rápidamente varias veces.
 Aplica compresas calientes o calor seco durante 10 a 15 minutos, si los pasos anteriores no exponen adecuadamente a la vena,
retirando antes el torniquete.

Utiliza el manguito del esfigmomanómetro con presión de 30-40 mmHg, para dilatar la vena, de ser necesario.
 Realiza la asepsia en el área de la punción con una torunda con solución antiséptica (jabón quirúrgico o isodine solución) con
movimientos circulares de dentro hacia fuera y dejar secar.

Se calza los guantes.
 Utiliza anestésico local si así está indicado, se asegura de que no existan antecedentes de alergia a la lidocaína, administrar 0.1 a 0.5
ml de lidocaína s/epinefrina con la técnica de administración subcutánea.

Inmoviliza la vena cuando ésta ya esté dilatada, sujetándola con el dedo pulgar e índice y traccionando la piel hacia abajo.
 Toma la aguja del catéter, con el bisel hacia arriba, dirigirla e introducirla debajo de la piel en un ángulo de 15 a 20º, hasta alcanzar la
vena.

Toma e introduce lenta y cuidadosamente el catéter adyacente a la vena.

Verifica que el catéter se encuentre en la vena.

Para el abordaje en una bifurcación: Inserta el catéter 1 cm. por debajo de la bifurcación.
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
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205
Coloca apósito transparente sobre la inserción del catéter para fijarlo, dejando la zona de inserción visible.
 Coloca la etiqueta de venopunción que debe contener fecha y hora del procedimiento, calibre del catéter, observaciones y nombre de
la enfermera que realizó el procedimiento.
 Calcula la velocidad del flujo: El flujo del goteo varía de acuerdo al equipo que se esté utilizando, éste nos indicará el factor de goteo
3:20 gts/ml, el factor de goteo 4:15 gts/ml y el factor de goteo 1:60 gts/ml.
Retiro del Catéter:
Las indicaciones para retiro del catéter pueden ser: por finalizar el tratamiento del derechohabiente o usuario o por complicaciones.
Material y Equipo:

Equipo para retiro de puntos.

Gasas, guantes y apósito transparente.

Solución antiséptica.

Cubrebocas y bolsa para desechos.

Equipo para toma de cultivo (enviar a cultivo punta del catéter).
Técnica:

Lava sus manos antes de realizar la técnica.

Integra el equipo y lo traslada a la unidad del derechohabiente o usuario.

Informa al derechohabiente o usuario el procedimiento que se va a realizar.
 Coloca al derechohabiente o usuario en posición decúbito dorsal, sin almohada y volteando la cabeza al lado contrario de la ubicación
del catéter.


Se coloca el cubrebocas y se dispone del equipo, respetando las normas de asepsia.
Retira cuidadosamente el apósito.
 Se coloca el guante en la mano dominante e inicie la asepsia, comenzando en el sitio de inserción del catéter con movimientos en
círculo del centro a la periferia y deje secar el antiséptico.
 Repite la operación, cambia la gasa, la impregna de solución antiséptica y limpia el catéter hasta la conexión con el equipo de
infusión.

Realiza el corte de los puntos de sutura, con cuidado de no cortar el catéter.
 Pide al derechohabiente o usuario que gire la cabeza hacia el lado contrario en donde se realizó la intervención, y se extrae el catéter
por completo.

Presiona en el sitio de inserción durante cinco minutos aproximadamente.

Corta un tramo de la punta del catéter (3 cm. aproximadamente), lo coloca en el tubo para cultivo y enviarlo al laboratorio.
 Cubre el sitio de inserción con un apósito transparente (si continua sangrando el sitio de inserción colocar gasa con apósito
transparente).
Medidas de Control y Seguridad:

Lava sus manos antes y después de realizar el procedimiento y cuantas veces sea necesario.
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
Observa estrictamente durante el procedimiento, los principios básicos de asepsia y antisepsia.

Verifica en el expediente clínico, el nombre, número de cama del derechohabiente o usuario y solución a administrar.
 Revisa y cumple cuidadosamente las indicaciones médicas, así mismo, antes de retirar la vía de administración, verifica que no haya
indicación de administrar otras soluciones.

No aplica medicamentos de apariencia dudosa.

En caso de dificultad para efectuar la técnica, avisar al médico.

En presencia de infiltración, suspender inmediatamente la aplicación.
 Observa permanentemente al derechohabiente o usuario, y comunica inmediatamente al médico del mismo, ante la presencia de
cualquier signo o síntoma de alarma que presente el derechohabiente o usuario.

Realiza cuidadosamente cada técnica, evitando lesionar o lastimar al derechohabiente o usuario.
 Notifica de inmediato al médico ante la presencia de cualquier efecto adverso que presente el derechohabiente o usuario por la
aplicación de la solución o de cualquier medicamento.

Lleva a cabo un perfecto control de los medicamentos y cantidades de soluciones parenterales administradas.

Evita palabras que lo pongan más angustiado como “aguja” en lugar de un tubo plástico.
4.5 Curación de Quemaduras en el Derechohabiente o Usuario Adulto.
Concepto:
Son las maniobras asépticas que realiza el personal de enfermería, para favorecer el proceso normal de cicatrización de un tejido que ha
sufrido una lesión térmica, a través de la limpieza y el cuidado para evitar la proliferación bacteriana.
Objetivo:
Favorecer el proceso normal de cicatrización de un tejido que ha sufrido una lesión térmica y evitar las infecciones en el mismo.
Principios:
El lavado mecánico con agua y jabón, elimina los microorganismos que provocan infecciones en los tejidos.
Material y Equipo:

Carro de curación.

Riñón o palangana estéril, pinza (para colocar el antiséptico y solución para irrigación).

Guantes desechables y estériles.

Apósitos de gasa (cuadrados o circulares).

Solución antiséptica.

Solución estéril para irrigación.

Cubrebocas, pinza Nelly.

Bolsa para residuos biológicos (NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002).

Apósitos biológicos o sintéticos.

Cinta adhesiva.
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
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Vedas elásticas de diferente medidas.
Material para Tratamiento Específico:

Drenaje en caso de amputación y medicamentos locales especiales, hisopos.

Tubos para muestra de cultivos (si existe sospecha de infección).
Técnica:

Verifica la orden escrita en el expediente clínico e identifica al derechohabiente o usuario.

Explica al derechohabiente o usuario el procedimiento que se le va a practicar.

Asegura la privacidad del derechohabiente o usuario (corre las cortinas o cierra la puerta del cuarto).

Coloca al derechohabiente o usuario en una posición cómoda, en la cual quede expuesta el área quemada.
 Protege la ropa de cama, coloca pañal desechable adulto limpio sobre la superficie de la cama a nivel donde se va a efectuar la
curación.
 Coloca la bolsa para desechos en forma accesible (a cierta distancia del campo estéril, de manera que no dificulte el desarrollo de la
técnica).
 Realiza el lavado de manos en forma exhaustiva, emplea un antiséptico de amplio espectro antimicrobiano que asegure la
desinfección, con acción rápida y prolongada.

Se coloca el cubrebocas.
 Calcula el material y lo selecciona (tipo, cantidad y medida de los apósitos). Asimismo, cortar las tiras de cinta adhesiva que se va a
requerir (curación realizada por una persona).

Coloca los campos estériles, dispone del equipo y material estéril que se va a utilizar en la curación.

Se coloca los guantes desechables (estériles o no) para el retiro de vendas y apósitos.

Humedece los apósitos con agua estéril para facilitar su desprendimiento (traccionando con suavidad).
 Retira los apósitos de la herida con cuidado de no desconectar el drenaje, y depositarlos en la bolsa para desecho (de acuerdo a la
NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002).

Examina la quemadura, el color, consistencia, presencia de secreciones y características de las mismas, cantidad, olor, etc.

Se quita los guantes y desecharlos (de acuerdo a la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002).

Se coloca los guantes estériles (con la técnica aséptica) para tomar la muestra para cultivo.
 Toma con un hisopo estéril biopunch la muestra para cultivo de la secreción de la quemadura, y la coloca en el tubo que contiene el
medio de cultivo.
 Efectúa la curación de la quemadura, iniciando la asepsia empleando jabón quirúrgico y con la pinza Kelly retira el tejido necrótico
y/o fibrina.
 Limpia la quemadura a lo largo (de lo distal a lo proximal y de lo limpio a lo sucio), con movimientos circulares, utilizando una gasa
humedecida con jabón quirúrgico.
 Repite esta misma operación empleando otra gasa nueva humedecida con solución antiséptica (si la herida aún muestra datos de no
estar totalmente limpia, repetir la operación).
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 Enjuaga la quemadura con solución estéril para irrigación utilizando el mismo método para la limpieza de una herida y secar con
gasas quirúrgicas.

Cuando la quemadura es profunda se utilizan: Apósitos impregnados con sulfadiazina de plata.

Cubre perfectamente la quemadura con apósitos de gasa y vendas.

Retira los guantes de sus manos y los desecha (de acuerdo a la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002).

Coloca la cinta adhesiva para asegurar la fijación del vendaje.

Deja seco y cómodo al derechohabiente o usuario.

Retira el equipo y material y le da los cuidados posteriores.

Anota las actividades realizadas y la respuesta del derechohabiente o usuario. en las hojas correspondientes de enfermería.
Medidas de Control y Seguridad:

Lava sus manos antes y después de realizar el procedimiento y cuantas veces sea necesario.

Observa estrictamente durante el procedimiento, los principios básicos de asepsia y antisepsia.

Verifica en el expediente clínico, el nombre, número de cama del derechohabiente o usuario y la indicación de la técnica.

Revisa y cumple cuidadosamente las indicaciones médicas.
 Observa permanentemente al derechohabiente o usuario, y comunica inmediatamente al médico del mismo, ante la presencia de
cualquier signo o síntoma de alarma que presente el derechohabiente o usuario.

Realiza cuidadosamente cada técnica, evitando lesionar o lastimar al derechohabiente o usuario.
 Utiliza técnica estéril (la muestra debe tomarse antes de humedecer los apósitos y antes de lavar la herida) para la toma de cultivo de
la herida.

No frotar hacia atrás y hacia adelante o de manera transversal.
4.6 Balneoterapia al Derechohabiente o Usuario Quemado Pediátrico o Adulto en Tina de Desbridación.
Concepto:
Son las maniobras asépticas que realiza el personal de enfermería, coordinadamente con el médico, para favorecer el proceso normal de
cicatrización de un tejido que ha sufrido una lesión térmica, a través de la desbridación del tejido muerto y la limpieza del cuerpo para
evitar la proliferación bacteriana.
Objetivo:
Favorecer el proceso normal de cicatrización de un tejido que ha sufrido una lesión térmica y evitar infecciones en el mismo.
Principios:

Las quemaduras tratadas de manera aséptica, cicatrizan más rápidamente y con menor reacción tisular.

El lavado mecánico con agua y jabón, elimina los microorganismos que provocan infecciones en los tejidos.
Material y Equipo:

Regadera, tina de baño (Hidromasaje o remolino).

Equipo de curación estéril con el número de instrumentos necesarios, con relación al tamaño y complejidad de la quemadura.
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

Bata y guantes estériles.

Cubrebocas y gorro.

Solución germicida (yodopovidona). Jabón líquido quirúrgico.

Apósitos cuadrados o circulares.

Vendas.

Hoja de bisturí No. 11 o 15.

Tijeras.

Toallas limpias y/o sábanas limpias.

Cubeta cubierta con bolsa roja de plástico para depositar RPBI.

Cubeta cubierta con bolsa negra de plástico para depositar desechos de la curación.
209
Técnica:

Verifica indicación de la realización de la técnica en el expediente clínico, nombre y número de cama del Derechohabiente o usuario.

Prepara el equipo y material y trasladarlo al lugar donde se va a realizar el baño.

Explica al derechohabiente o usuario el motivo de efectuar el procedimiento y tranquilizarlo.

Ministra oxigeno.

Administra analgesia y/o sedación, según indicación médica.
 Ministra sedoanalgesia, cuando ésta va a ser vía intramuscular (se mezcla midazolam y ketamina en una sola inyección se ministran
antes de que pase el derechohabiente usuario al área de balneoterapia y la nalbúfina se ministra subcutánea 15 minutos antes del baño).
Cuando la sedoanalgesia es vía intravenosa, todos los medicamentos se ministran por separado y diluidos hasta que el paciente se
encuentre en el área de balneoterapia.

Traslada al derechohabiente o usuario al cuarto de balneoterapia, con la ayuda del camillero.

Preparar el espacio y la tina que se va a utilizar, verificando la temperatura del agua debiendo estar entre 20 y 25 °C.

Se coloca, gorro, cubreboca, la bata y guantes estériles.

Ofrece al médico bata y guantes estériles.

Retira la ropa, cortar el vendaje y los apósitos que cubren las lesiones del derechohabiente o usuario.

Pasa e ingresa al derechohabiente o usuario en la tina.

Asiste al médico durante el procedimiento y le proporciona el material que solicite.
 Espera unos segundos a que se desprendan los apósitos adheridos al derechohabiente o usuario, y/o en su caso desprenderlos con
sumo cuidado.
 Toma unas gasas con las pinzas del quipo y realiza un suave y rápido pero eficaz, lavado mecánico e ir desprendiendo el tejido
necrótico (en caso necesario, ayudarse con las pinzas de Kelly y/o hoja de bisturí e ir desprendiendo las escaras).

Enjuaga perfectamente todo el cuerpo, procurando que no queden restos de jabón o zonas con material purulento.
 Retira al derechohabiente o usuario de la tina y seca perfectamente con gasas estériles en las zonas lesionadas y con las sábanas
previstas el resto del cuerpo.
210
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
Coloca en su caso, los apósitos previamente preparados con silvadene o furacín y fijarlos.

Traslada con mucho cuidado e instalar cómodamente al derechohabiente o usuario en su unidad.

Retira el instrumental y el equipo, dándole los cuidados posteriores a su uso.

Realiza las anotaciones correspondientes en los registros de enfermería.
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Medidas de Control y Seguridad:

Lava sus manos antes, después de realizar el procedimiento y cuantas veces sea necesario.

Observa estrictamente durante el procedimiento, los principios básicos de asepsia y antisepsia.
 Procura (en lo posible) que este procedimiento no tarde más de 15 minutos realizando el lavado de todo el cuerpo, con énfasis en las
zonas infectadas.

Si se produce sangrado al momento de retirar las escaras, ejercer presión en el sitio sangrante y suspender el desbridamiento.

Toma la temperatura al derechohabiente o usuario antes y después del baño por el riesgo de presentar hipotermia.

Verifica la esterilidad del equipo de curación, antes de iniciar la misma.

Evita exponer al derechohabiente o usuario a enfriamientos.
 Comprueba que la temperatura del agua, se encuentre a la temperatura indicada, antes de ingresar al derechohabiente o usuario a la
tina de baño.
4.7 Intervención de Enfermería al Derechohabiente o Usuario Postoperado de Toma y Aplicación de Injertos.
Concepto:
Son las maniobras asépticas que realiza el personal de enfermería al derechohabiente o usuario que ha sido sometido a una intervención
quirúrgica para toma y aplicación de injerto.
Objetivo:
Proporcionar los cuidados postoperatorios específicos de enfermería, como apoyo para la adecuada recuperación del derechohabiente o
usuario y lograr el éxito de la cirugía.
Principios:
La adecuada intervención del personal de enfermería, en el derechohabiente o usuario que ha sido sometido a una intervención quirúrgica,
logra el éxito de la cirugía.
Material y Equipo:

Bulto de pinzas Róchester.

Bulto de pinzas Allis.

Lebrillos.

Gasas.

Apósitos cuadrados o de rollo.

Vendas elásticas de diferentes medidas.

Cubre bocas y gorro, bata y guantes estériles.
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
Solución germicida (yodopovidona). Jabón líquido quirúrgico.

Tela adhesiva.

Organdí y/o apósitos sintéticos.

Adrenalina.

Monitor para la toma de Signos Vitales (termómetro, estetoscopio, baumanómetro y reloj con segundero).
211
Técnica:
 Tiene la unidad preparada para recibir al derechohabiente o usuario y verifica el funcionamiento de tomas de oxígeno, aire y
monitores.

Recibe al derechohabiente o usuario con el expediente clínico correspondiente y lo instala en la cama asignada.

Valora el estado de conciencia y función respiratoria.

Proporciona posición adecuada, según tipo de intervención.

Toma los signos vitales de inmediato y/o según indicación médica.

Revisa en el expediente clínico indicaciones médicas y proceder según las mismas.

Se calza los guantes estériles, retira vendaje y apósitos para observar la evolución y características del injerto.
 Cuando se descubra el injerto de 3 a 5 días posteriores a su aplicación, si se observa seromas se drenarán puncionando con aguja de
insulina, y secando con gasa seca y estéril, aplicando antisépticos en spray (ryfocina , accua-septic).

En la zonas donadoras se aplica antisépticos en spray (ryfocina, accua-septic) o apósitos biosintéticos.

Notifica al médico del servicio ante cualquier eventualidad o reacción adversa que presente el derechohabiente o usuario.
 Anota en la hoja de registros clínicos de enfermería la evolución y respuesta del derechohabiente o usuario al procedimiento, así como
el registro de los parámetros de seguimiento según las indicaciones médicas.
Medidas de Control y Seguridad:

Lava sus manos antes y después de realizar el procedimiento y cuantas veces sea necesario.

Observa estrictamente durante el procedimiento, los principios básicos de asepsia y antisepsia.

Revisa y cumple cuidadosamente las indicaciones médicas.
 Observa permanentemente al derechohabiente o usuario, y comunica inmediatamente al médico del mismo, ante la presencia de
cualquier signo o síntoma de alarma que presente el derechohabiente o usuario, como hemorragia, mal olor, cambios de coloración, etc.

No ejercer presión sobre la zona injertada.

Mantiene al derechohabiente o usuario con los vendajes siempre secos y limpios.

No descubrir la zona injertada hasta indicación médica.

No realizar ejercicios de rehabilitación hasta indicación médica.

Evita los traumatismos para la adecuada recuperación del transplante.

Mantiene la alineación correcta del derechohabiente o usuario y procura que el mismo, se mueva sólo lo indispensable.
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
Mantiene elevadas las extremidades superiores e inferiores sobre almohadillas, si así está indicado.

Observa y verifica frecuentemente la permeabilidad de los tubos de los sistemas de administración de soluciones.
 Mantiene al derechohabiente o usuario en reposo por lo menos 7 a 10 días posteriores a la intervención quirúrgica, para prevenir
complicaciones y favorecer la recuperación.
 Informa y orienta al derechohabiente y/o familiares sobre las medidas posteriores en el hogar, con énfasis en la inmovilidad que debe
observar y los cuidados en la zona donadora y receptora.
4.8 Control de Líquidos y Electrolitos.
Concepto:
Son las actividades que realiza el personal de enfermería para el cuidado y control de los líquidos que se administran al derechohabiente o
usuario y el egreso de los mismos, así como el registro por turno y por cada 24 horas.
Objetivo:
Determinar los ingresos y egresos de líquidos y electrolitos, para valorar la necesidad de aumento o restricción de éstos y actuar en
consecuencia, para lograr el equilibrio hidroelectrolítico en el derechohabiente o usuario.
Principios:
El equilibrio hidroelectrolítico es fundamental para restablecer la salud del derechohabiente o usuario, evitar graves complicaciones y
permitir el correcto funcionamiento del organismo.
Material y Equipo:

Probeta o vaso graduado.

Bolsa colectora de orina.

Báscula de pie con estadímetro.

Cubrebocas.

Hoja de control de líquidos.

Tarjeta de aviso de control de líquidos.
Técnica:

Lava sus manos antes y después de realizar el procedimiento, o cuantas veces sea necesario.
 Explica al derechohabiente o usuario en qué consiste el procedimiento y solicitar su participación, según la edad del mismo, si su
estado de conciencia lo permite.

Pesa al derechohabiente o usuario.
 Cuantifica los ingresos que ha recibido el derechohabiente o usuario por vía oral, gastroclisis y vía parenteral y registrarlos en la hoja
de control de líquidos.

Cuantifica los egresos por:

Diuresis.

Evacuación.

Vómito.
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
Succión.

Drenajes.

Pérdidas insensibles (fiebre, respiración).

Registra la información en la hoja de control de líquidos.

Realiza el balance parcial por turno y en el caso, el balance total de las 24 horas de los ingresos y egresos.

Realiza las anotaciones correspondientes en las hojas de control de líquidos de enfermería e informar al médico en turno.

Verifica la permeabilidad de los tubos de administración y drenaje cada hora.
213
 Coloca la tarjeta de aviso de control de líquidos en un lugar visible (al frente del expediente clínico) e informar a la enfermera que
recibe el turno.
Medidas de Control y Seguridad:

Verifica la exactitud de los elementos de medición y manejarlos con cuidado.

En caso de duda, repetir las mediciones u observaciones.

En caso de tratarse de derechohabiente o usuario pediátrico, se pesarán los pañales y las sábanas para efectuar el balance.
 En caso de tratarse de derechohabiente o usuario con fiebre, la temperatura corporal que se eleve un grado por arriba de 36.5 grados
centígrados, se considera una pérdida de 150 ml. por cada 24 horas que el derechohabiente o usuario conserve la hipertermia.
 En caso de tratarse de derechohabiente o usuario que presente un aumento en la frecuencia respiratoria, por arriba de la cifra normal
de 20 respiraciones por minuto, se considerará una pérdida de 100 ml. en 24 horas, por cada 5 respiraciones de más que presente.

Deja el equipo limpio y en orden en su lugar.
4.9 Alimentación Enteral.
Concepto:
Es la técnica que desarrolla el personal de enfermería para la ministración de alimentos al derechohabiente o usuario, a través de una
sonda nasoyeyunal o gástrica, cuando éste no puede alimentarse por la vía oral.
Objetivo:
Satisfacer los requerimientos nutricionales del derechohabiente o usuario, a través de una sonda insertada en alguno de los tramos del tubo
gastrointestinal, cuando no es posible la alimentación por vía oral, teniendo como condición indispensable que el intestino conserve
parcial o totalmente su capacidad funcional de absorción.
Principio:
La ministración de alimentos a través de la vía enteral, cuando no es posible la alimentación por vía oral, evita el desequilibrio nutricional
del derechohabiente o usuario y disminuye el riesgo de translocación bacteriana.
Material y Equipo:

Sonda nasoenteral.

Bomba para infusión (opcional).

Equipo para nutrición enteral (si se utiliza bomba de infusión).

Botella con el contenido de la fórmula nutricional (si se utiliza bomba de infusión).
214
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
Bolsa para alimentación.

Fórmula alimenticia dieta completa (dieta polimérica) si está indicada.

Jeringa de 20 ó 30 ml.

Jeringa de 10 ml.

Agua purificada.

Estetoscopio.
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Técnica:
A Través de Sonda Nasogástrica:

Lava sus las manos antes y después de realizar el procedimiento, o cuantas veces sea necesario.
 Revisa en el expediente clínico, la indicación médica de la técnica y verifica nombre y número de cama del derechohabiente o
usuario.

Prepara el equipo, material y tipo de fórmula que se debe administrar y trasladarlos al lugar del derechohabiente o usuario.

Si el paciente no tiene instalada la sonda para la ministración de alimentos, realizar el procedimiento de instalación.
 Revisa las condiciones de la fórmula nutricional, así como la caducidad, y verifica que esté a temperatura ambiente, además de no
tener más de 24 horas de haberse preparado.
 Explica al derechohabiente o usuario en qué consiste el procedimiento y solicita su participación, según la edad del mismo, si su
estado de conciencia lo permite.
 Reacomoda al derechohabiente o usuario, colocándolo en posición Fowler, elevando la cabecera de la cama de 30 a 45º (con esta
posición se previene la posibilidad de broncoaspiración).
 Verifica que la sonda esté correctamente colocada, tomando una jeringa estéril extraer el émbolo de 5 a 10 ml. y la conecta al
dispositivo de entrada de la sonda e inyectar el aire. Se realiza la auscultación del estómago con el estetoscopio en el que un sonido de
gorgorismo intenso ayudará a confirmar la presencia de la sonda en el estómago o extrayendo una pequeña cantidad de contenido
gástrico.
 Toma una jeringa estéril, conectarla al dispositivo de entrada de la sonda y aspira suavemente el contenido gástrico; con el propósito
de verificar la cantidad de alimentación residual. Si se extrae una cantidad mayor de 50 ml de fórmula (en paciente adulto) se retrasará el
horario de la administración y más de 100 ml se suspenderá la toma (esta determinación se llevará a efecto de acuerdo a la prescripción o
criterio médico).

Regresa el contenido residual al estómago, para evitar la pérdida de electrólitos y HCL y desconecta la jeringa.

Pinza la sonda para evitar la entrada de aire.

Toma con otra jeringa estéril, de 30 a 50 ml. de la fórmula alimenticia prescrita e insertarla en la entrada de la sonda alimenticia.
 Despinza la sonda para alimentación y dejar que fluya lentamente la fórmula nutricional. Subir o bajar el nivel o altura de la jeringa,
para regular el paso de la fórmula alimenticia, hasta terminar la fórmula prescrita.
Administración con Bolsa:
 Coloca la fórmula alimenticia en la bolsa para su administración e instalarla en el soporte tripié (porta sueros) a una altura de 30 cm.
sobre el punto de inserción de la sonda.

Purga el aire contenido en el sistema de la bolsa para alimentación, dejando pasar el alimento hasta extinguir por completo el aire.
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 Conecta el tubo de la bolsa (extremo de salida) al dispositivo terminal de la sonda para alimentación, la cual permanece pinzada (para
evitar la entrada de aire y provocar distensión abdominal).

Despinza la sonda para alimentación y deja que fluya lentamente la fórmula alimenticia.

Regula la velocidad de la infusión prescrita y verifica que se mantenga la velocidad de la infusión según la prescripción.
 Agita la bolsa con el contenido de la fórmula alimenticia para favorecer que la mezcla permanezca con la misma consistencia,
evitando la concentración de la misma, y con ello el taponamiento de la sonda y dejar pasar así hasta terminar la fórmula prescrita.
Administración de la Fórmula a Través de Equipo con Cámara de Goteo.

Destapa el frasco conteniendo la fórmula nutricional e insertar la bayoneta del Equipo al frasco.

Coloca el frasco en el soporte tripié (porta sueros) a una altura de 30 cm. sobre el punto de inserción de la sonda.

Purga el aire contenido en el sistema del equipo dejando pasar la fórmula nutricional hasta extinguir por completo el aire.
 Conecta el extremo de salida del equipo al dispositivo terminal de la sonda para alimentación, la cual permanece pinzada (para evitar
la entrada de aire y provocar distensión abdominal).

Despinza la sonda para alimentación y dejar que fluya a la velocidad programada.
 Antes de que termine el flujo de la nutrición, será necesario pinzar nuevamente la sonda (de no hacerlo así permitiría la entrada de
aire, provocando distensión abdominal).

Despinza la sonda e introducir de 5 a 10 ml de agua purificada para limpiarla y evitar que pueda taparse.
 Pinza nuevamente la sonda y desconecta el sistema de bolsa o del equipo para infusión con cámara de goteo, bloquea la entrada de la
sonda y la cubre, para evitar que gotee o se contamine.
 Sujeta la sonda a la bata del derechohabiente o usuario, para evitar el riesgo de que se salga de su sitio, además de que se ahorran
molestias a nivel de las fosas nasales por movimientos bruscos.
 Coloca al derechohabiente o usuario en posición Fowler por espacio de 30 minutos como mínimo, con lo cual se facilita la digestión y
se evita una posible broncoaspiración.
 Vigila signos habituales que indiquen la presencia de complicaciones como hiperglucemia, diarrea, distensión abdominal, fecalomas y
broncoaspiración.

Lava el equipo y lo envía para su desinfección y esterilización a la C.E.Y.E.

Desecha los residuos de acuerdo a lo establecido en la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002.
 Registra en el expediente clínico: el procedimiento realizado, cantidad de fórmula nutricional administrada, frecuencia y ritmo de
administración. En el caso, describir las complicaciones e incidencias en la administración y especialmente la tolerancia del paciente a la
fórmula nutricional.
Medidas de Control y Seguridad:
 Verificar siempre que la dieta licuada se encuentre tibia antes de administrarla, ya que la introducción de líquidos fríos puede producir
dolor y espasmos abdominales y los líquidos calientes, pueden producir quemaduras en la mucosa gástrica.

Evitar la introducción rápida de la dieta, ya que puede producir náusea, vómito, distensión abdominal, dolor e incluso diarrea.
 En caso de detectar una obstrucción o de observar la presencia de náusea, vómito, distensión abdominal y/o dolor, suspender la
administración e informar inmediatamente al médico.
 Observar y verificar frecuentemente la permeabilidad de los sistemas de administración y reportar inmediatamente al médico o al Jefe
inmediato sobre cualquier eventualidad que presente el derechohabiente o usuario.
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4.10 Alimentación Parenteral.
Concepto:
Son las actividades que realiza la enfermera para suministrar nutrimentos al derechohabiente o usuario por vía intravenosa, cuando
no conviene o no es posible, cubrir estas necesidades a través de las vías digestivas normales.
Objetivo:
Suministrar la mezcla correspondiente de sustancias nutritivas para prevenir o corregir el balance nutricional al derechohabiente o
usuario con patologías que dificulten o supriman los procesos normales de digestión, absorción o asimilación.
Principio:
La ministración de nutrientes por vía venosa, permite cubrir las necesidades nutricionales del organismo, cuando las condiciones del
derechohabiente o usuario no permiten la alimentación por vía oral.
Material y Equipo:

Solución para nutrición parenteral (total o parcial).

Equipo de administración I.V.

Bomba de infusión.

Filtro I.V. de (1.2 mm para NPT con emulsiones de lípidos, filtro de 0.22 mm para NPT sin emulsión de lípidos).

Campos estériles.

Guantes.

Gasas estériles.

Solución antiséptica.

Etiqueta para solución.

Bata, gorro y cubreboca.
Técnica:
 Revisa en el expediente clínico, la indicación médica de la técnica y verificar nombre y número de cama del derechohabiente o
usuario.

Prepara el equipo, material y tipo de fórmula que se debe administrar y trasladarlos al lugar del derechohabiente o usuario.

Si el paciente no tiene instalada la una vía venosa, realizar el procedimiento de instalación.
 Revisa las condiciones de la fórmula nutricional, como la caducidad, y detecta que esté a temperatura ambiente, además de no tener
más de 24 horas de preparación.
 Explica al derechohabiente o usuario en qué consiste el procedimiento y solicitar su participación, según la edad del mismo, si su
estado de conciencia lo permite.

Verifica el correcto funcionamiento de la vía venosa.

Lava sus manos.

Limpia la tapa de la solución parenteral con solución antiséptica.
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 Conecta asépticamente a la bolsa de Nutrición Parenteral el equipo de administración de venoclisis, agrega el filtro adecuado al
equipo de venoclisis, y colocar éste en la bomba de infusión.

Programa la bomba de infusión según prescripción.
 Rotula la solución con el nombre del paciente, servicio o área de hospitalización, número de cama, hora de inicio y término de la
solución, flujo de goteo por minuto, nombre de la enfermera (o) que instala la Nutrición Parenteral.
 En caso de no contar con bomba de infusión, se tendrá que controlar el flujo de goteo cada 30 minutos. Se debe evitar al máximo un
goteo irregular.

Se coloca los guantes estériles.

Limpia la conexión del adaptador del catéter y el tapón del equipo de administración I.V. con solución antiséptica.

Retira el tapón del equipo de venoclisis e insertar en el catéter.

Cubre la conexión catéter-equipo de venoclisis con gasas estériles.

Abre la abrazadera del catéter.
 Inicia lentamente la infusión de la Nutrición Parenteral y verificar que el derechohabiente o usuario tolere bien durante el primer día,
teniendo en cuenta que la solución contiene dextrosa hipertónica. En ocasiones la velocidad de infusión puede variar en las primeras horas
(una velocidad lenta de administración, permite que las células del páncreas se adapten incrementando la producción de insulina).
 Rotula la solución con el nombre del paciente, servicio o área de hospitalización, número de cama, hora de inicio y término de la
solución, flujo de goteo por minuto, nombre de la enfermera (o) que instala la Nutrición Parenteral.
 Observa permanentemente el funcionamiento de la bomba de infusión, o en su caso el goteo programado, hasta el término de la
fórmula.

Observa permanentemente la presencia de signos que indiquen complicaciones.

Cierra la llave de paso del equipo, al término del paso de la fórmula.

Desconecta equipo, al término del paso de la fórmula.

Lava el equipo y lo envía para su desinfección y esterilización a la C.E.Y.E.

Desecha los residuos de acuerdo a lo establecido en la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002.
 Registra en el expediente clínico el procedimiento realizado, cantidad de fórmula nutricional administrada, frecuencia y ritmo de
administración. Posibles complicaciones e incidencias en la administración, si se presentaron y especialmente la tolerancia del paciente a
la fórmula nutricional.
Medidas de Control y Seguridad:

Lavarse las manos antes de realizar la técnica y cuantas veces sea necesario.

Asegurarse antes de administrar la solución de verificar los siguientes requisitos:

Identificación correcta, nombre del paciente y número de cama.
 En la solución que el contenido de los elementos del frasco, concuerden con los especificados en la etiqueta, y éstos con los
prescritos en la orden del médico.

Rectifica que la solución se encuentre a temperatura ambiente.

Observa que la solución no contenga partículas, nubosidades y que el frasco (o bolsa) esté íntegro.
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 Observa y verifica frecuentemente la permeabilidad de sistemas de administración y reportar inmediatamente al médico o al Jefe
inmediato sobre cualquier eventualidad que presente el derechohabiente o usuario.
 No mezclar por la misma vía que se administra la Nutrición Parenteral con otro líquido o medicamento, ya que pueden precipitarse.
Además causar problemas de incompatibilidad y contaminación.

Cambia el equipo de infusión de la Nutrición Parenteral y filtro cada 24 horas.
4.11 Preparación de la Alimentación Parenteral.
Concepto:
Son las actividades que realiza la enfermera para la correcta preparación de los nutrimentos que son administrados al
derechohabiente o usuario por vía intravenosa, cuando no conviene o no es posible, cubrir estas necesidades a través de las vías
digestivas normales.
Objetivo:
Realizar una adecuada, precisa y segura preparación de las fórmulas nutricionales de administración parenteral para los derechohabientes
o usuarios, a fin de cubrir sus necesidades nutricionales, para el adecuado restablecimiento de su salud.
Principio:
Una precisa y segura preparación de las fórmulas nutricionales parenterales, favorece la recuperación de los derechohabientes o usuarios
hospitalizados.
Material y Equipo:

Campana de flujo laminar.

Carro de curación.

Soluciones antisépticas.

Soluciones desinfectantes (Alkazime, Alkacide).

Gorro y cubreboca.

Bata, guantes, compresas y gasa estériles.

Torundas alcoholadas.

Tela adhesiva.

Cepillo de fibra de nylon.

Aminoácidos esenciales al 8.5% de 500 ml.

Dextrosa al 50%.

Equipo de transferencia.

Bolsas EVA pediátrica o bolsa tres en uno para adulto.

Jeringas hipodérmicas desechables de diferentes calibres.

Agujas hipodérmicas estériles de diferentes calibres.

Tapas guarda polvo estériles.
Fármacos:
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
Aminoácidos esenciales al 8.5% de 500 ml. (c/s electrolitos o de cadena ramificada).

Dextrosa al 50%.

Solución glucosada al 10%.

Soluciones lipídicas.

Fosfato de potasio.

Cloruro de potasio.

Cloruro de sodio.

Sulfato de magnesio.

Gluconato de calcio.

Acido ascórbico.

Oligoelementos.

Multivitaminas endovenosas.

Insulina.

Heparina.

Albúmina.

Etiquetas adheribles.

Recipientes con soluciones antisépticas para asepsia de ampolletas.
219
Técnica:
 Integra el material, equipo y soluciones necesarias para la preparación de los nutrimentos, en el carro de curación y lo lleva al área de
preparación.

Limpia las superficies de la campana con un lienzo humedecido en solución antiséptica, a excepción de la rejilla.

Pone a funcionar la campana de flujo laminar durante 20 minutos antes de iniciar la preparación de los nutrimentos.

Procede al aseo de los frascos de nutrientes, solución parenterales y antisépticos, fármacos y recipiente.

Coloca los materiales dentro de la campana de flujo laminar, en el orden de utilización.

Se coloca el cubreboca y gorro.

Verifica en el expediente clínico, los componentes y cantidades de los nutrimentos.

Efectúa el lavado quirúrgico de manos.

Coloca en el carro de curaciones el equipo necesario para la instalación de la alimentación parenteral.

Toma la Bolsa EVA correspondiente e ir introduciendo cada uno de los componentes de la fórmula en las cantidades prescritas.

Sella la Bolsa EVA correspondiente y le coloca la etiqueta con la identificación correspondiente:

Nombre y número de cama del derechohabiente o usuario.
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
Contenido y cantidades de cada uno de los componentes de la fórmula.

Fecha y hora de preparación de la fórmula.

Nombre completo de la enfermera que preparó la fórmula.
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 Coloca la Bolsa EVA en el carro de curaciones y transportarla al lugar del derechohabiente o usuario donde se aplicará, o en su caso
al refrigerador.

Retira el equipo y material utilizado y darle los cuidados posteriores.

Registra en las hojas correspondientes de enfermería el procedimiento realizado, con el nombre y firma de quien lo realizó.
Medidas de Control y Seguridad:

Lava sus manos antes de realizar la técnica y cuantas veces sea necesario.

Se coloca preferentemente en la línea proximal (color blanco).

Se asegura, antes de preparar la fórmula de verificar los siguientes requisitos:

Identificación correcta, nombre del paciente y número de cama.
 Se asegura, que el contenido de los elementos de la fórmula, concuerden con los especificados en la etiqueta y éstos con los
prescritos en la orden del médico.

Observa que la solución no contenga partículas, nubosidades y que la bolsa EVA esté íntegra.
 Rotula la bolsa EVA, con el nombre del paciente, servicio o área de hospitalización, número de cama, hora de inicio y término
preparación de la fórmula, nombre de la enfermera (o) que la preparó.
 No mezcla en la bolsa EVA otro líquido o medicamento no prescrito, ya que puede precipitarse además puede causar problemas de
incompatibilidad y/o contaminación.

Realiza periódicamente control bacteriológico para corroborar la efectividad de los filtros y perifiltros de la campana.
 Cuando utilice bolsa para viaflex, emplee la pinza selladora y las grapas para cerrar la bolsa por donde pasaron los
electrolitos.
5. ANEXOS
5.1 Conceptos Generales.
Las quemaduras son lesiones térmicas de diferente magnitud causadas por agentes físicos, químicos, biológicos o mecánicos
que producen daños en la piel y los tejidos adyacentes, cuando estos son expuestos a temperaturas de 44° C o más, ocasionando
limitaciones físicas de manera temporal o definitiva.
Para su estudio y tratamiento, las quemaduras se clasifican, de acuerdo a la profundidad de las estructuras lesionadas en:
•
Quemaduras de primer grado.
•
Quemaduras de segundo grado.
•
Quemaduras de tercer grado.
Las de primer grado, interesan la capa córnea de la piel, sin alterar el estrato de Malpighi y se manifiestan por: rubor, calor, dolor y
discreto edema.
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Las de segundo grado se subdividen en superficiales y profundas. Las primeras afectan las capas superficiales de la dermis y el
epitelio, lesionando parcialmente los anexos de la piel, se caracterizan por un marcado dolor, rubor y calor; además de la aparición
de vesículas y flictenas. Cuando este tipo quemaduras son profundas, afectan la estructura total de la dermis provocando un intenso
dolor y puede o no, acompañarse de vesículas y flictenas.
Las de tercer grado se caracterizan por la destrucción de la piel, el tejido graso y los tejidos más profundos, además de las
terminaciones nerviosas pudiendo llegar hasta el hueso. Son lesiones carbonizadas y pálidas, en las que no hay dolor.
En función de la extensión y profundidad, las quemaduras se clasifican en:
•
Menores.
•
Moderadas.
•
Graves.
Las quemaduras menores son generalmente de primer grado o de segundo grado, pero con menos de un 10% de extensión sobre la
superficie corporal. Las quemaduras moderadas comprenden a las de segundo grado pero que no rebasan un 20% de la superficie
corporal o las de tercer grado pero sin rebasar un 10% de la superficie corporal total. En tanto las graves comprenden a las
quemaduras de segundo y tercer grado con más de un 20% o más de un 10% de superficie corporal quemada respectivamente, además
de considerar aquellas quemaduras complicadas con lesiones del tracto respiratorio o con daño importante a otros órganos o tejidos.
Las quemaduras pueden dar lugar a lesiones relativamente triviales o bien a procesos extraordinariamente complejos e
incapacitantes. Por lo que es muy importante desarrollar una cuidadosa y delicada valoración en cuanto a la profundidad y extensión
de la lesión, el lugar, el tiempo de exposición, la fuente exacta del calor y la edad del derechohabiente o usuario para decidir:

Su tratamiento inmediato en el Servicio de Urgencias.

Su tratamiento ambulatorio en el Servicio de Consulta Externa.

Su internamiento en la Unidad de Cuidados Intensivos.

Su hospitalización directa en la Unidad de Quemados.
Tal decisión tiene el propósito de reintegrar al derechohabiente o usuario lo más pronto posible, a un ambiente familiar, productivo y
social, en las mejores condiciones emocionales, estéticas y funcionales.
5.2 Medidas Generales de Control y Seguridad al Egreso del Derechohabiente o Usuario.
Alta por Mejoría:

Verifica en la hoja de indicaciones médicas del expediente clínico, el alta del Derechohabiente o usuario.
 Inicia gestión de trámites administrativos para el egreso del derechohabiente o usuario e integrar el expediente clínico, conforme al
orden establecido.

Elabora el Plan de Alta, del derechohabiente o usuario.
 Explica al familiar a cargo, orientando la dieta, cuidados en las heridas cruentas, área de toma de injerto, con aplicación de injertos
biológicos sintéticos, cicatriz hipertrófica o queloide y áreas epitelizadas.
 Instruye al derechohabiente o usuario y/o familiares sobre la administración de los medicamentos prescritos por el médico: horarios
más convenientes, medidas para evitar irritación gástrica, interacción con otros medicamentos o alimentos, etc.
 Proporciona la educación sanitaria sobre: Curaciones, higiene, dieta prescrita, actividad y reposo, según las necesidades clínicas del
derechohabiente o usuario.

Orienta al derechohabiente o usuario y a los familiares sobre el seguimiento de su tratamiento en la consulta externa.

Entrega al derechohabiente o usuario y/o familiar, copia del resumen clínico y receta médica.

Anota el alta del derechohabiente o usuario en la libreta de ingreso y egreso hospitalario, así como en la hoja de registros estadísticos.
222

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Entrega al derechohabiente o usuario junto con el expediente clínico al Servicio de Admisión y Archivo Clínico.
Alta Voluntaria:
 Es el procedimiento por medio del cual el familiar del derechohabiente o usuario, él mismo, su tutor o representante jurídico, solicita
su egreso del hospital, asumiendo las consecuencias que dicho acto pudiera originar.

Verifica en la hoja de indicaciones médicas del expediente clínico, el alta voluntaria del derechohabiente o usuario.
 Integra el expediente clínico, conforme al orden establecido por la Institución, confirmando la existencia de la hoja de notificación de
Alta Voluntaria firmada por el derechohabiente o usuario y/o familiar.
 Anota el alta voluntaria del derechohabiente o usuario en la libreta de ingreso y egreso hospitalario, así como en la hoja de registros
estadísticos.

Entrega al derechohabiente o usuario junto con el expediente clínico al Servicio de Admisión y Archivo Clínico.
Egreso por Defunción:

Proporciona los cuidados post-mortem, (amortajar) al cadáver.
 Elabora los membretes de identificación personal del cadáver, incluyendo No. de expediente, servicio y hora del fallecimiento, y
colocarlos en el pecho del cadáver y en la sábana con la que se envuelve.

Recaba la firma del médico en el formato de aviso de defunción, en el original y cuatro copias.

La elaboración del certificado de defunción es responsabilidad absoluta del médico.

Entrega las pertenencias del cadáver al familiar.
 Informa y entrega las copias de los formatos de aviso de defunción a: Trabajo Social, Admisión y Supervisión de enfermería,
integrando el original al expediente clínico.

Integra el expediente clínico, conforme al orden establecido por la Institución.

Acompaña al camillero en el traslado del cadáver al Servicio de Patología y recabar firma de recibido.
Egreso por Fuga:
 Verifica inmediatamente la desaparición del derechohabiente o usuario, dentro de la unidad hospitalaria al notar la ausencia del
mismo.

Notifica de inmediato a Autoridades y responsables del servicio, sobre la desaparición del derechohabiente o usuario.

Anota en las hojas de enfermería la fecha y hora de desaparición del derechohabiente o usuario y las condiciones del estado de salud.

Integra el expediente clínico, conforme al orden establecido por la Institución y entregarlo al Servicio de Trabajo Social.
5.3 Severidad de las Quemaduras Según American Burn Association (ABA).
QUEMADURA MENOR
15% de SCQ o menos de 1° o 2° grado en adultos.
10% de SCQ o menos de 1° o 2° grado en niños.
2% SCQ o menos de 3° grado en niños o adultos (que no afecten ojos, orejas, cara o genitales).
Tratamiento.- Ambulatorio, en niños o ancianos es posible hospitalización para observación por 48 horas.
QUEMADURA MODERADA:
15-25% de SCQ de 2° grado en adultos.
10-20% de SCQ de 2° grado en niños.
2-10% de SCQ de 3° grado en niños o adultos (que no afecten ojos, orejas, cara o genitales).
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223
Tratamiento.- Admitir a un hospital general. Puede necesitar centro especializado.
QUEMADURA MAYOR
> 25% de SCQ de 2° grado en adulto.
> 20% de SCQ de 2° grado en niños.
> 10% de SCQ de 3° grado en niños o adultos.
Todas las quemaduras que involucran ojos, oídos, orejas, cara, mano, pies, periné y genitales.
Todas la lesiones inhalatorias con o sin quemaduras.
Quemaduras eléctricas.
Quemaduras y trauma concurrente.
Quemaduras en pacientes de alto riesgo; diabetes, embarazo, EPOC, cáncer, etc.
Pacientes psiquiátricos.
Tratamiento.- Ingresar a un Centro Especializado de quemaduras.
5.4 Tabla para el Cálculo de Superficie Corporal Quemada.
Tabla Estándar para el Cálculo del Porcentaje de la Superficie Corporal Quemada.
ÁREA
Cabeza y Cuello.
Brazo Derecho.
Brazo Izquierdo.
Pierna Derecha.
Pierna Izquierda.
Tronco.
Frente.
Espalda.
Periné.
Total
PORCENTAJE
Niños
15
10
10
15
15
0
20
20
0
100
Lactantes
20
10
10
10
10
0
20
20
0
100
Adultos
9
9
9
18
18
1
18
18
1
100
5.5 Esquema de Lund Browder.
Para Calcular la Extensión de Porcentaje de Quemadura.
Áreas del Cuerpo
Cabeza.
Cuello.
Anterior de Tórax.
Cara Posterior de Tórax.
Nalga Derecha.
Nalga Izquierda.
Genitales.
Brazo Derecho.
Brazo Izquierdo.
Antebrazo Derecho.
Antebrazo Izquierdo.
Mano Derecha.
Mano Izquierda.
Muslo Derecho.
Muslo Izquierdo.
Pierna Derecha.
Pierna Izquierda.
Pie Derecha.
Pie Izquierdo.
1 Año
19
2
13
13
2.5
2.5
1
4
4
3
3
2.5
2.5
5.5
5.5
5
5
3.5
3.5
1-4 Años
17
2
13
13
2.5
2.5
1
4
4
3
3
2.5
2.5
6.5
6.5
5
5
3.5
3.5
Grupo de Edad
5-9 Años
13
2
13
13
2.5
2.5
1
4
4
3
3
2.5
2.5
8.5
8.5
5
5
3.5
3.5
10-15 Años
10
2
13
13
2.5
2.5
1
4
4
3
3
2.5
2.5
8.5
8.5
7
7
3.5
3.5
Adulto
7
2
13
13
2.5
2.5
1
4
4
3
3
2.5
2.5
9.5
9.5
7
7
3.5
3.5
224
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5.6 Cálculo Aproximado de Pérdida de Líquidos Corporales en Pediatría.
Pérdida de Líquidos por Quemadura:

Durante las primeras 24 horas 3 ml. / Kg. /% de superficie corporal quemada.

De 24 a 48 horas 2 ml. / Kg./% de superficie corporal quemada.

De 3 a 7 días 1 ml. / kg./ % de superficie corporal quemada.

De 7 a 14 día .5ml. / kg./ % de superficie corporal quemada.
Pérdida de Líquidos por Heces:

En menores de 10 kg. de .5 a 1 ml. / kg. / hora.

En mayores de 10 kg. de 10 a 14 ml / m de superficie corporal / hora.

Pérdida de líquidos por orina.

En menores de 10 kg. de 1 a 3 ml. / kg. / hora.

En mayores de 10 kg. de 20 a 80 ml. / m de superficie corporal / hora.
2
2
Pérdidas Insensibles:

Cálculo aproximado de pérdidas insensibles en 24 hrs. en ayuno = 600 ml.

Cálculo aproximado de pérdidas insensibles en 24 hrs. comiendo = 400 ml.
El Gasto Calórico Varía Según:
 La edad, el peso, la superficie corporal, la actividad y el crecimiento. En el prematuro y en el recién nacido de término, durante el
periodo neonatal inmediato, los requerimientos calóricos oscilan entre 32 y 50 calorías por kilogramo de peso por día, y de líquidos,
oscilan entre 55 y 85 ml. por kilogramo de peso por día.
 El agua de oxidación procede del metabolismo de los alimentos, habiéndose determinado que cada gramo de hidrato de carbono
produce 55 ml. de agua; de las proteínas 41 ml. y de grasa 1 ml. por cada gramo metabolizado. En total se considera que
corresponde a 100 ml. de agua por metro cuadrado de superficie corporal por día.
Esquema de Valoración de Extensión de la Quemadura en el Derechohabiente o Usuario Pediátrico.
5.7 Cálculo Aproximado de Pérdida de Líquidos Corporales en Adulto.
Pérdida de Líquidos por Quemadura:
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
Parkland Baxter 4 mlX SCT X Kg, en las primeras 24 hrs. Glucosa al 5% 2 ml X Kg.

Plasma .3 a .5 X Kg. segundas 24 hrs., tercer día se agrega cloruro de potasio.

Durante las primeras 24 horas 4 ml. / Kg. /% SCTQ Ringer Lactato (Hartman).

De 24 a 48 horas 2 ml./Kg./% SC T Q Glucosaza a l 5 % .3 a .5 de Plasma.

De 3er día Aplicar KCL.
225
Pérdida de Líquidos por Orina:

Con quemaduras por fuego directo es de 100 ml. / hora en la fase aguda 24 - 48 hrs.

Con quemaduras por corriente eléctrica de 200 ml. / hora en la fase aguda 24 – 48 hrs.
Pérdidas Insensibles:
•
El gasto calórico varía según: la edad, el peso, la superficie corporal,
• El agua de oxidación procede del metabolismo de los alimentos, habiéndose determinado que cada gramo de hidrato de carbono
produce 55 ml. de agua; de las proteínas 41 ml. y de grasa 1 ml. por cada gramo metabolizado. En total se considera que
corresponde a 100 ml. de agua por metro cuadrado de superficie corporal por día.
5.8 Esquemas más Utilizados para la Reposición de Líquidos en el Derechohabiente o Usuario Quemado Pediátrico.
Esquema de Galveston:

Es el esquema más comúnmente utilizado en el derechohabiente o usuario pediátrico con las siguientes indicaciones:

2
Solución de Hartmann 5.000 ml. / m de superficie corporal quemada +.

2
2.000 ml. de solución glucosada al 5%, por m de superficie corporal total.

Se administrará la mitad del total de las soluciones, en las primeras 8 horas.

La otra mitad de administra en las siguientes 16 horas.
Esquema de Parkland o Baxter Modificado:

El cual tiene las siguientes indicaciones:
 En derechohabientes o usuarios de menos de 10 kg. de peso se utiliza solución de Hartmann 3 ml./ kg. de peso, por
porcentaje de área quemada + solución glucosada al 5%, 100 ml /kg. de peso.
 En derechohabientes o usuarios de 11 a 20 kg. de peso se utiliza solución de Hartmann 3ml./ kg. de peso, por porcentaje de
área quemada + solución glucosada al 5%, 50 ml. / kg. de peso.
 En derechohabientes o usuarios de más de 21 kg. de peso se utiliza solución de Hartmann 4ml. / kg. de peso, por porcentaje de
área quemada.

Segundas 24 hrs. solución glucosada al 5%, 10 ml. / kg. de peso.
 Del total de las soluciones calculadas, se administrarán: la mitad en las primeras 8 horas y la segunda parte en las siguientes 16
horas.
5.9 Esquemas más Utilizados para la Reposición de Líquidos en el Derechohabiente o Usuario Quemado Adulto.
Evans:
226

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Salina Normal 1.0 mls/kg./%SCQ más 1.0 ml. de coloide.
Parkland:

Lactato de Ringer 4 mls/kg /% SCQ. 50% de los requerimientos en las primeras 8 horas, 50% en 16 hrs.
Brooke Lactato de Ringer:

1.5 mls/Kg./% SCQ más 0.5 mls de coloide.
Brooke Modificado:

Lactato de Ringer 2mls/Kg. /%SCQ las primeras 24 hrs.
Hipertónica (Monafo):

250 mEq/ litro de sodio, mantener 30 mls de uresis / hora.

El Cálculo de líquidos para el derechohabiente o usuario adulto es por profundidad y por extensión.
5.10 Regla de los 9 en el Derechohabiente o Usuario Adulto.
5.11 Traumas Concurrentes.
Síndromes Compartimentales:
•
La presión de los tejidos o de los compartimentos incrementa al punto de comprometer la perfusión orgánica.
•
Los síndromes compartiméntales causan aumentan la morbilidad y mortalidad en la UCI.
Existen Cuatro Síndromes Compartimentales:

Herniación cerebral.

Síndrome compartimental toráxico.

Síndrome compartimental abdominal.

Síndrome compartimental en extremidad.
28 de Agosto de 2015
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227
Herniación Cerebral:
Definición:
Es la elevación del volumen intracraneal debido a hemorragia, edema, tumor, u otras lesiones que ocupen espacio.
Las Lesiones que Ocupan Espacio:

Incrementan la presión intracraneal.

Disminuyen la perfusión cerebral.

Pueden conducir a herniación uncal y muerte cerebral.
Respuesta Motora
Respuesta Verbal
6. Obedece Órdenes.
5. Conversación Orientada.
Respuesta Ocular
5. Localiza el Dolor.
4. Retirada.
4. Conversación Desorientada.
4. Espontánea.
3. Flexión Anormal.
3. Palabras Inapropiadas.
3. A la Orden.
2. Extensión Anormal.
2. Sonidos Incomprensibles.
2. Al Dolor.
1. Nula.
1. Nula.
1. Nula.
Síndrome Compatimental Toráxico-Abdominal.
Definición:
Es una elevación de la presión intratorácica-abdominal, con compromiso del flujo sanguíneo y que condiciona daño tisular.
Colapso Cardiopulmonar Agudo Debido a:

Disminución de la distensibilidad de la pared torácica.

Quemaduras de 3er grado profundas.

Edema o hemorragia de la pared torácica.

Ocupación del espacio intratoráxico por lesiones.

Neumotórax a tensión.

Hemotórax a tensión.
Síndrome Compartimental Extremidades:
Definición:
Es una elevación de la presión intersticial, por arriba de la presión de perfusión capilar dentro de un compartimento osteofacial cerrado,
con compromiso del flujo sanguíneo en músculo y nervio, lo que condiciona daño tisular.
Manejo de la Lesión Inhalatoria en Pacientes Quemados:
 La injuria que resulta en relación a accidente por fuego puede ser causada por lesión térmica (vía aérea superior) como por irritación
química por humo. El daño producido se divide con fines prácticos en tres zonas anatómicas:

Lesión de vía aérea superior: causado básicamente por calor.

Lesión vía aérea inferior: causado por inhalación del humo formado por sustancias químicas con combustión incompleta.
228
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
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Intoxicación por monóxido de Carbono.
5.12 Tipos de Injertos.
Injertos Permanentes:
Autoinjertos:

Son tejidos obtenidos de áreas no lesionadas del cuerpo del propio derechohabiente o usuario.
Isoinjertos:
 Son tejidos histocompatibles obtenidos de Individuos Genéticamente idénticos; es decir el gemelo Idéntico del derechohabiente o
usuario.
Piel Cultivada:

Obtenida a través del cultivo de células epiteliales del mismo derechohabiente o usuario.
Injertos Temporales:
Aloinjertos y Homoinjertos:

Tejidos obtenidos genéticamente, distintos de la misma especie; muertos o vivos que no padezcan enfermedades.
Xenoinjertos o Heteroinjertos:

Tejidos obtenidos de Miembros de otra especie, por ejemplo: piel de cerdo.
Injertos Compuestos Cultivados:
Piel Artificial Celular Autóloga y Alogénica:
 Se trata de una piel completa que se crea a partir de fibroblastos y queratinocitos procedentes de una biopsia de tejido del propio
paciente, utilizando diferentes tipos de soporte (fibrina, plasma y otros geles), se cultivan los fibroblastos, sembrando los queratinocitos
sobre estos cultivos.
Son sin duda, estos injertos compuestos cultivados, los que más expectativas están creando actualmente, siendo su ventaja fundamental, el
ser el único sustituto que ofrece los dos componentes de la piel de forma definitiva.
Sus inconvenientes radican en su escasa resistencia a las infecciones, sus “exigencias” en lo que al lecho receptor se refiere (al igual que
los cultivos de queratinocitos) son: el requerir una superficie cruenta limpia, sin contaminación.
5.13 Apósitos Sintéticos y Biológicos.
Sintéticos:
La cobertura sintética es la medida terapéutica como alternativa para el derechohabiente o usuario quemado con la finalidad de
acelerar la reepitelización, cubrir, proteger y disminuir las infecciones para lograr el cierre de la herida. Una vez limpia y tras
obtener un lecho viable, se procede a colocar un sustituto de piel, para ello, disponemos de diferentes métodos que pueden ofrecer
una cobertura, como son los biosintéticos como:
Apósitos Biológicos:
La cobertura sintética es la medida terapéutica como medida alternativa para el derechohabiente o usuario quemado con la finalidad
de acelerar la reepitelización, cubrir, proteger, d isminuir las infecciones a s í c o m o a b a t i r e l d o l o r , para lograr el cierre de la
herida. Una vez limpia y tras obtener un lecho viable, se procede a colocar un sustituto de piel, para ello, disponemos de diferentes
métodos que pueden ofrecer una cobertura, como son los biosintéticos:
Oasis (Aloinjerto Biológico Sintético de Intestino de Cerdo):
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
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229
Es una matriz extracelular, de origen natural, que contiene una estructura tridimensional importante para la remodelación del tejido.
 Se obtiene de la submucosa del intestino delgado del cerdo (contiene colágeno tipo I, II, III y IV y factores de crecimiento). Está
compuesto primordialmente de proteínas, secundariamente de carbohidratos y lípidos.
 Se le indicará al derechohabiente o usuario desde su ingreso, sus indicaciones son: heridas de espesor parcial y total, qu emaduras de
2 grado y zonas donadoras.
Acticoat (Plata Nanocristalina):
 Es un apósito de barrera antimicrobiana consiste en 5 capas, dos capas absorbentes interiores de rayón/poliéster a ambos lados de las
cuales se sitúan 3 mallas de polietileno de poca adherencia recubiertas de plata nanocristalina.
 Es un apósito absorbente que ayuda a mantener un ambiente húmedo sobre la herida. La plata nanocristalino ofrece una barrera
protectora antimicrobiana eficaz para evitar infecciones.
 Las indicaciones del apósito es en heridas de espesor total y parcial, quemaduras de 2° grado, injertos áreas donadoras y en heridas
infectadas.
Aquacel Ag (plata Iónica):

Es un apósito con mecanismo de acción de la tecnología Hidrofibra con barrera antimicrobiana.

Tiene 100% de fibras naturales de carboximetilcelulosa que absorben el fluido y aseguran el exudado y las bacterias en el apósito.

Controla el exudado manteniendo el fluido de la herida lejos de los bordes, previniendo maceración de la piel perilesional.

Las indicaciones del apósito, es en heridas de espesor total o parcial de quemaduras de 2° grado.
Epifast (Aloinjerto Epidermis Humana Cultivada en Vitro 7.00 X 8.00 cm):
Aloinjerto de epidermis cultivada in Vitro congelado, está compuesta en 3 o 4 capas de queratinocitos humanos cultivados bajo estricto
control de calidad en ambiente estéril, se almacena en un congelador convencional hasta 30 días para su uso. Su caducidad es de un año a
-70° C. Su transportación debe ser en bolsas de plástico conteniendo hielo seco.
Sus indicaciones son quemaduras de 2° grado superficial y profundo y áreas donadoras, injertos mallados.
Integra (Implante de Regeneración de Piel 20X 25cm):
Membrana dérmica de dos capas utilizada como matriz para la regeneración dérmica.
Jelonet (Gasa Parafinada de Trama Abierta y Entrelazada):

Apósito de gasa parafinada no adherente para uso en conjunto con cualquier medicamento tópico.

Esta indicado en quemaduras de 1er grado y 2do grado superficial y en sitios donadores y receptores de injerto.
ACCUA ASEPTIC (Solución Antiséptica):
Accua Aséptic actúa como antiséptico de amplio espectro contra Bacterias, (tanto Gram+, como Gram-, así como contra bacterias
aerobias o anaerobias), actúa también contra Virus y Hongos esporulados, con alta probabilidad de No producir resistencias por dichos
microorganismos, debido a que tiene un triple mecanismo de acción:
Actúa por reacciones de Tiolación, inhibiendo el metabolismo microbiano al unirse a enzimas dependientes de iones sulfihidrilos. Inhibe
la acción de 11 enzimas microbianas.
Kitos Cell:

Actúa y estimula en los fibroblastos la producción de Metaloproteasas de Matriz (MMP´s).

Como elastina, gelatinazas y colagenasa que actúan en la fase de remodelación de la cicatriz disminuyendo el excesivo tejido fibroso.
230

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Mediante biomodulación de la cicatriz, evitando y deteniendo la formación de fibrosis excesiva anormal.
Indicaciones:

Formación de cicatrices o lesiones fibróticas.

Exagerada producción de moléculas bioquímicas (colágena, fibronectina, material amiloide, sacaroide, etc).

Formación de autacoides que causan toxicidad adicional y muerte celular.
Objetivos:
•
Acelerar la reepitelización de la quemadura.
•
Proteger el área de granulación de factores que contribuyan a la colonización del área quemada.
•
Disminuir la proliferación de fibrina, así como reducir la cantidad de exudado.
5.14 Sistema VAC (Presión Negativa).
Es un sistema controlado por presión negativa subatmosférica a una herida usando una bomba eléctrica, para suministrar presión
intermitente o continua, a una esponja reticulada y porosa, sellada con un apósito semioclusivo, cuyo objetivo es contener la presión
subatmosférica en el sitio de la herida, dando como resultado dejar limpio el lecho vascular y preparar para la Toma y Aplicación de
Injerto o cerrar con puntos de contención según sea su caso.
Mecanismo de Acción:

Remover fluidos y materiales infecciosos.

Ayudar a aproximar bordes de la herida.

Promover la perfusión de la herida.
Indicaciones:

Heridas crónicas y agudas.

Heridas traumáticas.

Dehiscencia de heridas.

Ulceras por Presión.

Colgajo e injertos.

Quemaduras de espesor parcial y por corriente eléctrica.
Presentaciones:
Apósito Granufoam para Terapia V.A.C. Chico:
 Esponja de poliuretano grado médico negro, hidrofóbico. Contiene 1 esponja de 10 cm. x 7.5 cm. x 3.2 cm., 1 conector TRAC y película
adhesiva.
Apósito Granufoam para Terapia V.A.C. Mediano:
 Esponja de poliuretano grado médico negro, hidrofóbico. Contiene 1 esponja de 18 cm. x 12.5 cm. x 3.2 cm., 1 conector TRAC y película
adhesiva.
Apósito Granufoam para Terapia V.A.C. Grande:
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231
 Esponja de poliuretano grado médico negro, hidrofóbico. Contiene 1 esponja de 25.6 cm. x 15 cm. x 3.2 cm., 1 conector TRAC y película
adhesiva.
Apósito Granufoam para Terapia V.A.C. Extragrande:
 Esponja de poliuretano grado médico negro hidrofóbico. Contiene 1 esponja de 60 cm. x 30 cm. x 1.6 cm., 1 conector TRAC y película
adhesiva.
Apósito Granufoam para Terapia V.A.C. Abdominal:
 Esponja de poliuretano grado médico negro, hidrofóbico. Contiene 2 esponjas precortadas, 1 esponja encapsulada en lámina antiadherente,
1 conector TRAC y película adhesiva.
Canister para Terapia V.A.C. 300 Ml:

Recolector de fluidos para Unidad de terapia V.A.C. Freedom.
Canister para Terapia V.A.C. 500 Ml:

Recolector de fluidos para Unidad de terapia V.A.C. ATS.
Canister para Terapia V.A.C. 1000 Ml:

Recolector de fluidos para Unidad de Terapia V.A.C. ATS.

Tubo de Succión T.R.A.C. Para Terapia V.A.C.

Tubo de Instilación T.R.A.C. para Terapia V.A.C. Instill.

Conector en “Y” para Tubo T.R.A.C. para Terapia V.A.C.

Máquina para Presión Negativa.
5.15 Desbridación por Hidrobisturí.
Es un Sistema de Hidrodisección VERSAJET™ está indicado para cortar, extirpar y eliminar tejido de heridas, y para resecar y eliminar
materiales en diversos procedimientos quirúrgicos como el desbridamiento de heridas.
Advertencias:

Este dispositivo debe usarse con particular cuidado en pacientes con hemofilia.

A este dispositivo sólo debe conectarse equipo aprobado VERSAJET™.
 El uso de los ajustes más altos en la consola del dispositivo causará una eliminación más agresiva del tejido. Úselo con precaución
cerca de tejidos sensibles, como los haces neurovasculares.

Este dispositivo puede cortar tejido blando.
Precauciones:

Use los ajustes más bajos en la consola del dispositivo para heridas profundas donde la visualización es difícil.
 No permita que la bolsa de solución salina se vacíe porque esto podría permitir la entrada de aire en el tubo de suministro. La
presencia de aire en el tubo de suministro hará que la eficiencia del dispositivo disminuya temporalmente y habrá que volver a cargar el
sistema.

Pueden ser necesarios procedimientos posteriores de desbridamiento.

Use solamente solución salina estéril con este dispositivo.
232
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 Examine todos los componentes antes de usarlo. Si cree que un componente está defectuoso, dañado o sospechoso, NO USE EL
DISPOSITIVO.

Cada pieza de mano desechable debe usarse UNA SOLA VEZ. No la vuelva a esterilizar. Deséchela después de usarla.

No conecte el tubo de evacuación de desechos, ni ningún recipiente conectado a él, a la fuente de aspiración.
5.16 GLOSARIO DE TÉRMINOS
Álcali:
Asepsia:
Asepsia Médica:
Aséptica:
Comprimido:
Concomitante:
Creatinina:
Cruento:
Cutánea:
Dermis:
Desbridar:
Detrito o Destritus:
Edema:
Epidermis:
Eritema:
Escaldar:
Exudado:
Fascia:
Flictena:
Glicemia:
Granulación de
Tejido :
Hematuria:
Hidroterapia:
Hipermetabolismo:
Hipertónica:
Hística (Co):
Homeostasis:
Injerto:
Injerto de Piel:
Inotrópico:
Intersticial:
Maceración:
Metabolismo:
Narcótico:
Oliguria:
Osmolaridad:
Oxidación:
Sustancia de propiedades análogas a la de sosa, la potasa o el amoniaco.
Libre de gérmenes.
Eliminación o destrucción de los gérmenes patógenos.
Que participa de las condiciones de la asepsia.
Presión que se ejerce sobre un órgano, tejido o zona corporal.
Que se produce al mismo tiempo.
Sustancia nitrogenada, producto del metabolismo muscular, eliminado a través del riñón por filtración
a nivel de los glomérulos.
Área de una herida no epitelizada.
Relativo a la piel.
Capa inferior o más gruesa de la piel.
Desbride; retirar d e l á r e a t e j i d o c o n f i b r i n a o necrosado y los detritos celulares de una
herida o de una quemadura.
Residuo de la desagregación de un cuerpo. Sinónimo de desperdicio.
Salida del líquido i n travascular al intracelular.
Piel.
Enrojecimiento congestivo de la piel que desaparece con la presión.
Sumergir o limpiar en agua hirviendo.
Líquido, células u otras sustancias que se han eliminado lentamente de las células o los vasos
sanguíneos a través de pequeños poros o roturas en las membranas celulares.
Tejido conjuntivo fibroso que puede estar separado de otras estructuras; específicamente organizadas
como los tendones, aponeurosis y ligamentos.
Despegamiento de la epidermis que forma una vesícula o ampolla que se llena de serosidad. Ampolla
que se forma después de una quemadura.
Cantidad de glucosa en la sangre.
Proyecciones blandas, rosadas y carnosas que se forman durante el proceso de la cicatrización en las
heridas que no curan por primera intensión, se constituyen por numerosos capilares rodeadas por
colágeno fibroso.
Emisión de sangre en la orina.
Tratamiento de las enfermedades por medio del agua.
Aumento del de procesos químicos que tiene lugar en los órganos vivos.
Solución que presenta una concentración de soluto mayor a otra y por tanto ejerce mayor presión
osmótica.
Perteneciente a los tejidos orgánicos.
Es el equilibrio constante de un estado ideal del organismo. Cuando se rompe este equilibrio se
presenta la enfermedad.
Tejido u órgano que se toma de un lugar o una persona y se inserta en otra localización o persona con
la finalidad de reparar una lesión o estructura y puede ser temporal o permanente.
Porción de piel que se implanta para recubrir zonas de pérdida cutánea causada por: quemaduras,
lesiones o extirpación quirúrgica de tejidos enfermos.
Que actúa a nivel de músculo cardiaco produciendo contractilidad.
Relativo o perteneciente al espacio entre los tejidos, por ejemplo el líquido intersticial.
Operación consistente en dejar remojar cuerpos en un líquido, Para sacar los productos solubles que
contienen.
Conjunto de transformaciones químicas que se efectúan constantemente, en las células del organismo
vivo.
Relativo a una sustancia que produce inestabilidad o estupor.
Disminución en la cantidad de orina.
Presión osmótica de una solución expresada en osmoles o miliosmoles por kilo de solución.
Formación de óxido, oxidado.
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Patógeno:
Plasmática:
Profiláctico:
Sedativo:
Terapéutica:
Tisular:
Tisular, respuesta
Tópico:
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Que provoca una enfermedad. El poder patógeno de un microorganismo o de un parásito, es su
capacidad para provocar una enfermedad.
Célula linfoide o linfocitoide que se localiza en la médula ósea o tejido conjuntivo y aparece a veces
en la sangre periférica.
Que previene una enfermedad o extensión de la enfermedad.
Aquello que tiene la virtud de calmar el dolor o mitigar la excitación nerviosa.
Parte de la Medicina que estudia el tratamiento de las enfermedades.
Determinación de tipo. Serie de pruebas encaminadas a conocer la compatibilidad de tejido de un
donante, con los del receptor, antes de realizar un transplante.
Se realiza identificando y comparando una amplia serie de antígenos leucocitarios humanos (HLA) en
las células del organismo.
Cualquier reacción o respuesta de un tejido vivo, frente a una enfermedad, toxina u otro estímulo
externo. Algunos tipos de respuesta tisular son: la respuesta inmunitaria, la inflamación y la necrosis.
Relativo o perteneciente a un medicamento o tratamiento de aplicación local.
6.- BIBLIOGRAFÍA
 Carrillo-Esper R, González-Chávez A, Conde-Mercado JM.
Cuidados Intensivos en el Paciente Quemado.
1a. edición. México: Editorial Prado, 2001.
 Wilson D, Hockenberry MJ.
Manual de Enfermería Pediátrica de Wong.
7a. edición. México: Editorial McGraw-Hill Interamericana, 2009.
 Smeltzer SC, Bare BG.
Enfermería Medicoquirúrgica de Brunner y Suddarth.
10a. edición. México: Editorial Mc. Graw Hill Interamericana, 2005.
 Gispert C.
Diccionario de Medicina Océano Mosby.
4a. edición. Barcelona: Grupo Editorial Océano, 2005.
 Urden LD, Lough ME, Stacy KM.
Cuidados Intensivos En Enfermería.
España: Editorial Harcourt Brace, 2003.
 American College of Surgeons
Advanced Trauma Life Support for Doctors ATLS.
8a. edition. USA: American College of Surgeons, 2008.
 International Society For Burn Injuries (ISBI).
Sitio web: http://www.worldburn.org/
 American Burn Association (ABA).
Sito web: http://www.ameriburn.org/
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente aviso por el cual se dan a conocer las Técnicas de Enfermería en la Unidad de Quemados Pediátricos
y Adultos.
SEGUNDO. Las Técnicas de Enfermería en la Unidad de Quemados Pediátricos y Adultos entrarán en vigor al día siguiente de su
publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, Distrito Federal, a 13 de agosto de 2015.
(Firma)
__________________________________________
DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA
SECRETARIO DE SALUD
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SECRETARÍA DE SALUD
DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, Secretario de Salud, con fundamento en el artículo 29 fracción XIX, 16 fracción IV de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 24 fracción XX de la Ley de Salud del Distrito Federal, 11 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 26 fracciones V y VIII y 67 fracciones VI, XIV y XXI del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal emito el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN DE LA CLÍNICA
INTEGRAL DE OBESIDAD EN UNIDAD HOSPITALARIA
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN
2. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN
3. OBJETIVO DEL DOCUMENTO
4. ORGANIGRAMA
5. DESCRIPCIÓN DE ÁREAS
5.1. Clínica Integral de Obesidad.
5.1.1. Área de Enfermería.
5.1.2. Área de Consulta Externa.
5.1.3. Área Hospitalización.
5.1.4 Área de Cirugía.
6. DESCRIPCIÓN DE PUESTOS
6.1. Responsable de la Clínica Integral de Obesidad.
6.1.1 Responsable del Área de Enfermería.
6.1.1.1 Enfermera en Consulta Externa.
6.1.1.2 Enfermera en Hospitalización.
6.1.1.3 Enfermera en Quirófano.
6.2. Responsable del Servicio de Consulta Externa.
6.2.1 Médico Internista.
6.2.2 Médico Cirujano.
6.2.3 Psicólogo.
6.2.4 Nutriólogo.
6.2.5 Fisioterapista.
6.3 Responsable del Área de Hospitalización.
6.4 Responsable del Área de Cirugía.
6.4.1. Médico Cirujano.
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6.4.2 Médico Endoscopista.
6.4.3 Médico Anestesiólogo.
1. INTRODUCCIÓN
La Secretaría de Salud del Distrito Federal, preocupada por los problemas de salud de los habitantes de la Ciudad de México y
especialmente de los más desprotegidos, se ha visto en la necesidad de diseñar estrategias para la prevención y resolución de la obesidad,
un problema de Salud Pública que está presentando altos índices de morbilidad y mortalidad, en la población mexicana y especialmente
en los habitantes de la Ciudad de México.
En este sentido y en apego a las políticas del Gobierno del Distrito Federal, se ha elaborado e implementado un programa para la atención
médico-quirúrgica de los casos de obesidad mórbida, a través del diseño y puesta en marcha de la Clínica Integral de Obesidad,
especializada en el manejo de la obesidad y el sobrepeso.
De esta forma, a través del presente documento normativo denominado Lineamientos de Organización presentamos el esquema
estructural y organizacional de la Clínica Integral de Obesidad en Unidad Hospitalaria, que permita su correcto funcionamiento,
estableciendo las responsabilidades y los tramos de control del personal que la integra y apoya la operación de sus diversos servicios y
áreas. Este documento está dirigido al personal adscrito a dicha Clínica.
Los Lineamientos se integran por los siguientes capítulos: Introducción, Marco jurídico de actuación, Objetivo, Organigrama,
Descripción de áreas y la Descripción de puestos.
Es necesario anotar que este documento debe ser adoptado por el personal de la Clínica Integral de Obesidad para su adecuada
observancia, además, se le deben realizar revisiones y actualizaciones periódicas que permitan mantenerlo vigente en su carácter
normativo y de consulta.
El presente documento se elabora con fundamento en las atribuciones de la Dirección General de Planeación y Coordinación Sectorial
establecidas en el artículo 67 Fracciones VI y XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y en las
funciones de la Dirección de Coordinación y Desarrollo Sectorial descritas en el Manual Administrativo de la Secretaría de Salud.
2. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN
CONSTITUCIÓN
 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05 de febrero de 1917,
última reforma 10 de julio de 2015.
ESTATUTO
 Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de julio de 1994, última reforma 27 de
junio de 2014.
LEYES
 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de
1982, última reforma 24 de diciembre de 2013.

Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 07 de febrero de 1984, última reforma 04 de junio de 2015.
 Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre
de 1998, última reforma 29 de enero de 2015.
 Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las Personas Residentes en el Distrito
Federal que Carecen de Seguridad Social Laboral, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de mayo de 2006.
 Ley para Prevenir y Atender la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 23 de octubre de 2008, última reforma 08 de octubre de 2014.
 Ley de Salud del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de septiembre de 2009, última reforma 23
de marzo de 2015.
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REGLAMENTOS
 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 14 de mayo de 1986, última reforma 24 de marzo de 2014.
 Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de
diciembre de 2000, última reforma 19 de noviembre de 2014.
 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
05 de abril de 2004, última reforma 17 de diciembre de 2014.
 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las Personas
Residentes en el Distrito Federal que Carecen de Seguridad Social Laboral, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 04 de
diciembre de 2006.

Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 07 de julio de 2011.
DOCUMENTOS NORMATIVO-ADMINISTRATIVOS
• Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002. Protección Ambiental - Salud Ambiental - Residuos Peligrosos
Biológico - Infecciosos - Clasificación y Especificaciones de Manejo, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero de
2003.
• Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2010. Para el Tratamiento Integral del Sobrepeso la Obesidad, Publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 04 de agosto de 2010.
• Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA3-2010. Que Establece los Requisitos Mínimos de Infraestructura y Equipamiento de
Establecimientos para la Atención Médica de Pacientes Ambulatorios, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto de
2010.
• Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA3-2011. Para la Práctica de la Anestesiología, Publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 23 de marzo de 2012.
• Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012. Del Expediente Clínico, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de
octubre de 2012.
3. OBJETIVO DEL DOCUMENTO
Disponer de un instrumento normativo-administrativo que defina y establezca la organización operativa y funcional, así como los tramos
de control y responsabilidades, que permitan al personal de la Clínica Integral de Obesidad en Unidad Hospitalaria, el correcto desempeño
de sus funciones, con el fin de mejorar o resolver el problema de obesidad y/o las comorbilidades asociadas a la misma y así lograr la
plena satisfacción del derechohabiente o usuario.
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4. ORGANIGRAMA
5. DESCRIPCIÓN DE ÁREAS
5.1 Clínica Integral de Obesidad.
Objetivo:
Dirigir, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la prestación de servicios especializados de atención médica para el
tratamiento de la obesidad mórbida y el control de peso, proporcionando atención médico-quirúrgica, psicológica nutricional y de
rehabilitación con la calidad requerida por la población demandante.
Funciones:
 Supervisar que se otorgue la atención médica especializada a los derechohabientes o usuarios que acuden directamente a la Clínica
Integral de Obesidad, y a los que son referidos de las Unidades Médicas de la propia Institución o de otras instituciones del Sector Salud,
para recibir su tratamiento.
 Vigilar que se cumplan las normas y procedimientos establecidos por la Institución, a fin de proporcionar un servicio adecuado a los
usuarios.
 Establecer mecanismos de evaluación de los procedimientos que se otorgan en la Clínica Integral de Obesidad, con la finalidad de
garantizar una atención médica eficiente y de calidad.

Dirigir, coordinar y controlar los recursos humanos de la Clínica Integral de Obesidad.
 Supervisar que la Clínica Integral de Obesidad, cuente con los insumos (medicamentos, instrumental y material de curación)
necesarios para su adecuado funcionamiento.
 Coordinar y supervisar las tareas de administración de los recursos e insumos necesarios para la adecuada operación de la Clínica
Integral de Obesidad.
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 Establecer los mecanismos de coordinación con el personal médico y paramédico del Servicio de Consulta Externa, Hospitalización,
Quirófano y Enfermería de la Clínica Integral de Obesidad, a fin de ordenar y sistematizar los procedimientos quirúrgicos.
 Establecer los mecanismos de coordinación con el personal de la Clínica Integral de Obesidad, a fin de orientarles en el desarrollo de
las actividades, así como en el registro y entrega de la información estadística generada en sus servicios.
 Elaborar el Informe Estadístico Mensual de la Clínica Integral de Obesidad y entregarlo en el período señalado a la Subdirección
Médica.
 Realizar evaluaciones periódicas del desempeño integral de la Clínica Integral de Obesidad, de su personal y de los resultados
obtenidos.

Difundir y promover los servicios que otorga la Clínica Integral de Obesidad en Unidad Hospitalaria.

Supervisar el buen estado de las áreas físicas, instalaciones y equipo médico utilizado en la atención del derechohabiente o usuario.
 Supervisar que se realice el mantenimiento preventivo y correctivo del área física, instalaciones eléctricas, hidráulicas y sanitarias, así
como del equipo de la Clínica Integral de Obesidad.
 Fomentar la enseñanza e investigación de la obesidad, a fin de obtener resultados aplicables a la población para la prevención de la
enfermedad.
 Establecer relaciones de coordinación con las áreas de medicina preventiva del hospital y/o de otras instituciones del sector salud
relacionadas con la obesidad, para difundir los conocimientos sobre el tema y/o comorbilidades asociadas, a fin de elaborar estrategias de
prevención de la enfermedad.
5.1.1 Área de Enfermería.
Objetivo:
Proporcionar apoyo técnico especializado en la aplicación de métodos y técnicas específicas de enfermería, en el proceso de atención
médica con calidad y calidez a los derechohabientes o usuarios de la Clínica Integral de Obesidad, a fin de conservar y restablecer su
salud.
Funciones:
 Conocer y aplicar la normatividad vigente, relativa a la participación del personal de enfermería en la prestación de servicios de
atención médica a la población, en la Clínica Integral de Obesidad.
 Participar en la planeación, programación y ejecución de las actividades de enfermería en los servicios de la Clínica Integral de
Obesidad.
 Establecer la coordinación de las acciones del personal de enfermería con el resto de las áreas de la Clínica Integral de Obesidad, en
beneficio de la prestación del servicio.
 Asesorar al personal responsable de las áreas en la aplicación de las normas oficiales y administrativas específicas para la atención de
los derechohabientes o usuarios de la Clínica Integral de Obesidad.
 Supervisar continuamente la correcta aplicación de la normatividad existente para el personal de enfermería de las diferentes áreas de
atención al público de la Clínica Integral de Obesidad, realizando la detección y corrección oportuna y adecuada a las desviaciones y/o
fallas detectadas, señalando tiempos y responsables.

Participar en la elaboración de los manuales técnico-normativos para la adecuada atención de los derechohabientes o usuarios.
 Distribuir adecuadamente al personal de enfermería en los servicios de acuerdo a los recursos humanos disponibles, a las demandas y
a las necesidades de cada área de la Clínica Integral de Obesidad.
 Apoyar al personal médico en la práctica de procedimientos específicos y rutinarios realizados a los derechohabientes o usuarios en
los servicios de la Clínica Integral de Obesidad.
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 Verificar la oportuna suficiencia de la dotación y uso del instrumental, equipo médico, medicamentos, productos biológicos y material
de curación necesarios para la atención de los derechohabientes o usuarios.

Promover la capacitación y la actualización continua del personal de enfermería tanto intra como extra institucionalmente.
 Evaluar periódicamente el proceso de atención a los derechohabientes o usuarios que realiza el personal de enfermería en las distintas
áreas de la Clínica Integral de Obesidad, a efecto de obtener información para la adecuada toma de decisiones.

Elaborar adecuada y oportunamente los informes técnicos que soliciten las autoridades de la unidad médica.
5.1.2 Área de Consulta Externa.
Objetivo:
Otorgar consulta médica especializada de calidad, observando las normas y procedimientos establecidos por la Clínica Integral de
Obesidad, para la selección de derechohabientes o usuarios candidatos a los procedimientos de cirugía bariátrica a fin de restablecer y
mantener la salud de la población derechohabiente o usuaria demandante.
Funciones:
 Establecer el diagnóstico y tipo de atención especializada que requieren los derechohabientes o usuarios y en caso dado, efectuar su
canalización oportuna a los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento, observando las normas y procedimientos establecidos por la
institución.
 Establecer los mecanismos de coordinación necesarios y oportunos, con las otras áreas de la Clínica Integral de Obesidad y de la
Institución para la oportuna y eficaz atención del derechohabiente o usuario.
 Asesorar al titular de la Clínica Integral de Obesidad acerca del equipo e instrumental necesario para la correcta prestación de la
consulta especializada, para efectos de presupuestación y adquisición.
 Participar en la capacitación y enseñanza teórico-práctica del personal médico y paramédico que desarrolla sus funciones en la Clínica
Integral de Obesidad, a fin de mejorar la calidad de la atención médica que se demanda.
 Desarrollar los procedimientos de interrogatorio y exploración física correctos, para fortalecer la atención médica de especialidad que
se otorga en la consulta externa.
 Vigilar que se apliquen las normas y procedimientos establecidos por la Institución, a fin de que el Área de Consulta Externa
proporcione una adecuada atención a los derechohabientes o usuarios, verificando que los tiempos de estancia en el servicio se limiten a
lo necesario.
 Establecer los mecanismos de supervisión y evaluación de la atención médica que se proporciona en la Consulta Externa, con el fin de
mantener un buen nivel de aceptabilidad en la Clínica Integral de Obesidad.

Informar adecuada y periódicamente respecto del avance de su programa de actividades.

Participar, autorizar y controlar la elaboración de los protocolos de atención médica en el Servicio de Consulta Externa.
5.1.3 Área de Hospitalización.
Objetivo:
Proporcionar la atención médica hospitalaria especializada, eficiente y efectiva, a los derechohabientes o usuarios internados en la Clínica
Integral de Obesidad, a través de la interacción de las diferentes disciplinas médicas y el apoyo de los servicios intermedios, con el
propósito de mantener su salud y/o prevenir riesgos y daños.
Funciones:
 Proporcionar atención médica hospitalaria de calidad a todo derechohabiente o usuario referido de la consulta externa o del Área de
Cirugía de la Clínica Integral de Obesidad, estableciendo la óptima coordinación entre los diferentes servicios para que la atención se
proporcione de manera integral a fin de mantener y/o restablecer la salud de los usuarios.
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 Establecer la adecuada programación de los internamientos provenientes del Área de Consulta Externa y del Área de Cirugía de la
Clínica Integral de Obesidad.

Otorgar prioridad en todo momento a los internamientos de casos que por su gravedad ameriten prontitud del servicio.
 Revisar que todo derechohabiente o usuario al momento de internarse, cuente con su expediente clínico completo y bien requisitado,
de acuerdo a la normatividad establecida al respecto.
 Propiciar la enseñanza de pregrado y posgrado de los becarios a través del seguimiento de los programas de estudio, su control y
evaluación.
 Fomentar la educación continua y la actualización del personal profesional del área, a través de la programación de sesiones
académicas y de cursos de actualización.
 Propiciar el desarrollo de proyectos de investigación por los médicos, respecto a los problemas de salud más frecuentes de la clínica,
como un medio para generar nuevos conocimientos aplicables a la atención médica de su especialidad.
 Diseñar, proponer y dirigir proyectos de investigación, que permitan la adopción de técnicas y procedimientos de mayor calidad y de
menor costo para la atención del enfermo.
 Supervisar y evaluar periódicamente el funcionamiento del Área de Hospitalización, así como de las áreas físicas, mobiliario, equipo
médico, instrumental médico e insumos que se utilizan en la atención del derechohabiente o usuario, brindando la asesoría necesaria y
reportando los resultados según el caso a los diferentes niveles de la unidad hospitalaria.

Verificar que se cuente con el equipo médico, instrumental médico e insumos, necesarios para el adecuado funcionamiento del área.
 Supervisar que se realice el mantenimiento preventivo a las áreas físicas y al equipo e instrumental médico, así como el correctivo,
para cuyo caso habrá que elaborar el reporte correspondiente.
 Elaborar los reportes de información estadística y especiales de los programas y actividades realizadas en el área de hospitalización y
enviarlos al área correspondiente en los tiempos establecidos y cuando le sean requeridos.
5.1.4 Área de Cirugía.
Objetivo:
Proporcionar los servicios de atención médico-quirúrgica especializada y de endoscopía, a los derechohabientes o usuarios con obesidad
mórbida y/o con obesidad y comorbilidades asociadas que pongan en riesgo la vida, a fin de lograr la restauración de su salud y/o la
resolución o mejoría de las comorbilidades asociadas, para su posterior reincorporación a la vida laboral, social y productiva del país.
Funciones:
 Programar y coordinar las actividades quirúrgicas y de endoscopía de la Clínica Integral de Obesidad, para mantener en buen nivel de
rendimiento de los quirófanos existentes en la Clínica.
 Otorgar prioridad a las cirugías de los derechohabientes o usuarios graves, o que requieran un procedimiento quirúrgico o de
endoscopia de urgencia, proporcionando el quirófano y el apoyo logístico necesarios las 24 horas del día.
 Colaborar en la elaboración del Anteproyecto del Programa-Presupuesto y elaborar el Programa Anual de Actividades de acuerdo a
los recursos disponibles.

Participar en la elaboración de las normas y procedimientos generales de la Clínica Integral de Obesidad y verificar su cumplimiento.

Verificar que las cirugías programadas se lleven a cabo a la hora establecida y de manera adecuada, eliminando riesgos innecesarios.
 Verificar que se disponga de los recursos materiales, equipo e instrumental médico, así como de insumos necesarios, para
proporcionar atención quirúrgica de calidad.
 Atender adecuada y oportunamente a los derechohabientes o usuarios hospitalizados, estableciendo un plan de tratamiento acorde a
cada uno de ellos, vigilando su cumplimiento por el personal médico y paramédico responsable.
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 Observar que todo derechohabiente o usuario, tenga integrado en el expediente clínico, la valoración preoperatoria cardiológica y de
anestesia, antes de ingresar al quirófano.
 Observar que no se pase al quirófano a ningún derechohabiente o usuario que no tenga los estudios de laboratorio completos, salvo en
aquellos casos que la urgencia no lo permita.
 Verificar que los sucesos acaecidos durante el acto quirúrgico, sean descritos en los formatos establecidos e integrados al expediente
clínico.

Fomentar el desarrollo de investigaciones por el personal bajo su responsabilidad.
 Diseñar, proponer y dirigir proyectos de investigación, que permitan la adopción de técnicas y procedimientos de mayor calidad y de
menor costo para la atención del enfermo.

Impartir y coordinar la enseñanza teórico-práctica del personal becario asignado a esta Área.

Supervisar continuamente al personal del Área, brindando el apoyo y la asesoría que se requiera.
 Informar a las autoridades de la Clínica Integral de Obesidad del avance de los programas del Área y de los problemas detectados en
la atención de los derechohabientes o usuarios, proponiendo las alternativas para su solución.
 Elaborar los reportes de información estadística de los programas y actividades realizadas en el área de hospitalización y enviarlos al
área correspondiente en los tiempos establecidos y cuando le sean requeridos.
6. DESCRIPCIÓN DE PUESTOS
6.1 Identificación.
Puesto:

Responsable de la Clínica Integral de Obesidad.
Área:

Clínica Integral de Obesidad.
Descripción Genérica:
Coordinar, controlar y evaluar las acciones a desarrollar para cumplir con las metas y objetivos establecidos para la Clínica Integral de
Obesidad, así como prestar atención médica y quirúrgica eficaz y eficiente a los derechohabientes y usuarios de los servicios médicos del
Gobierno del Distrito Federal.
Descripción de Actividades:
 Elaborar el diagnóstico situacional del área de influencia, para la planeación, organización y elaboración del programa de trabajo de la
Clínica Integral de Obesidad.
 Conocer e interpretar las políticas, normas y reglamentos generales de la Secretaría de Salud en materia de prevención y tratamiento
de la obesidad, haciendo la difusión adecuada al personal de la unidad.
 Formular los objetivos y propósitos de la Clínica Integral de Obesidad, con base en las políticas y lineamientos institucionales,
transmitiéndolos a todo el personal para la mejor comprensión de sus funciones y responsabilidades dentro de la misma.

Establecer la programación de actividades a corto, mediano y largo plazo de la Clínica Integral de Obesidad.
 Planear la elaboración y/o adecuación de los procedimientos técnico–administrativos para la sistematización y ordenamiento de las
actividades de la Clínica Integral de Obesidad.

Difundir entre el personal los valores, la misión y la visión de la Clínica Integral de Obesidad.
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 Elaborar en forma coordinada con el personal de la Clínica y Dirección del hospital el Programa Anual de Actividades a desarrollar
de la Clínica Integral de Obesidad.

Vigilar el cumplimiento del Programa Anual de Actividades a su cargo de acuerdo a las metas establecidas.
 Informar periódicamente al Subdirector Médico de las actividades que se desarrollan de la Clínica Integral de Obesidad, y de las
desviaciones encontradas para el cumplimiento de los programas, proponiendo alternativas de solución.
 Supervisar el trabajo desarrollado por el personal a su cargo.
 Diseñar, elaborar y desarrollar protocolos de investigación científica sobre obesidad, conjuntamente con el personal a su cargo, para
marcar pautas de tratamiento, control y prevención de la enfermedad.

Promover el mejoramiento técnico y la capacitación del personal de la Clínica Integral de Obesidad.

Celebrar reuniones periódicas con el personal a su cargo, a fin de definir la adecuada atención de los casos que así lo ameriten.

Sensibilizar al personal a su cargo para que se otorgue un trato digno a los derechohabientes o usuarios.
Autoridad:

Reporta a: El Subdirector Médico del Hospital.
Supervisa a:

Responsable del Área de Consulta Externa de la Clínica Integral de Obesidad.

Responsable del Área de Hospitalización de la Clínica Integral de Obesidad.

Responsable del Área de Enfermería de la Clínica Integral de Obesidad.

Responsable del Área de Cirugía.
Sustitución por Ausencia:

Sustituye a: Ninguno.
Es Sustituido por:

Responsable del Servicio de Consulta Externa, según el asunto que se trate.

Responsable del Área de Hospitalización, según el asunto que se trate.

Responsable del Área de Cirugía, según el asunto que se trate.
Relaciones de Coordinación.
Internas:

Titulares de otras áreas y servicios médicos de la unidad hospitalaria.
Externas:

Titulares Médicos de otras Instituciones del Sector Salud relacionadas con la especialidad.

Autoridades de supervisión del Nivel Central.
6.1.1 Identificación.
Puesto:
28 de Agosto de 2015

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
243
Responsable del Área de Enfermería.
Área:

Clínica Integral de Obesidad.
Descripción Genérica:
Programar, organizar y controlar las actividades que realiza el personal de enfermería en las diversas áreas de la Clínica Integral de
Obesidad.
Descripción de Actividades:
 Supervisar la aplicación de los lineamientos de carácter normativo, necesarios para el adecuado funcionamiento del Área de
Enfermería en la Clínica Integral de Obesidad.

Elaborar el Programa Anual de Actividades del Área de Enfermería, coordinadamente con el personal a su cargo.

Verificar la adecuada dotación de suministros y equipo, para la adecuada prestación del Área de Enfermería.

Coordinar la integración y distribución del personal de enfermería en las diferentes áreas de la Clínica Integral de Obesidad.
 Apoyar al personal médico en la práctica de procedimientos específicos a los derechohabientes o usuarios en la Clínica Integral de
Obesidad.
 Participar en las evaluaciones periódicas de las actividades y procesos de atención de enfermería, recabando la información necesaria
para la racional toma de decisiones.
 Supervisar y evaluar las acciones de enfermería que se desarrollen en las áreas de Consulta Externa, Hospitalización y Cirugía,
comunicando al Responsable de la Clínica Integral de Obesidad de los resultados, conclusiones y recomendaciones de estas actividades.
 Informar adecuada y oportunamente el desarrollo y cumplimiento de las actividades de enfermería realizadas en la Clínica Integral de
Obesidad.
Autoridad:

Reporta a: Responsable de la Clínica Integral de Obesidad.

Jefa de Enfermeras del Hospital.
Supervisa a:

Las enfermeras asignadas a las áreas de Consulta Externa, Hospitalización y Quirófano.
Sustitución por Ausencia:

Sustituye a: Otra enfermera del Servicio de Consulta Externa, Hospitalización y Cirugía.

Es sustituida por: Otra enfermera del Servicio de Consulta Externa, Hospitalización o Cirugía, de acuerdo al asunto que se trate.
Relaciones de Coordinación.
Internas:
 Con los Responsables de los servicios de Consulta Externa, Hospitalización y Cirugía y otro personal paramédico de la Clínica
Integral de Obesidad.
Externas:

Con el personal de las áreas de supervisión y control del Nivel Central.
244

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
Con el personal de áreas afines de otras instituciones.
6.1.1.1 Identificación.
Puesto:

Enfermera en Consulta Externa.
Área:

Consulta Externa.
Descripción Genérica:
Desarrollar actividades de atención de enfermería en el Área de Consulta Externa de la Clínica Integral de Obesidad, y otorgar el apoyo
necesario a las actividades que desarrolla el personal médico, en beneficio de una atención integral, eficiente y efectiva a la población
derechohabiente o usuaria.
Descripción de Actividades:
 Otorgar la atención adecuada con servicios de enfermería a los derechohabientes o usuarios en el Servicio de Consulta Externa,
detectando oportunamente fallas y desviaciones y efectuando las correcciones necesarias.
 Cumplir con las políticas, normas, reglamentos y manuales de procedimientos y de técnicas que emita el Nivel Central con relación a
las actividades de Consulta Externa.
 Apoyar al personal médico en la práctica de procedimientos específicos a los derechohabientes o usuarios en el Área de Consulta
Externa de la Clínica Integral de Obesidad.
 Realizar las anotaciones pertinentes en las hojas de enfermería correspondientes, de acuerdo a las acciones realizadas a los
derechohabientes o usuarios.
 Colaborar con el Responsable del Área de Enfermería en la elaboración de los programas anuales de trabajo de la Clínica Integral de
Obesidad.

Participar en la requisición de los suministros y equipo para el adecuado funcionamiento del Servicio de Consulta Externa.

Verificar la adecuada dotación de suministros y equipo al Servicio de Consulta Externa, para la adecuada prestación del servicio.
 Cooperar en la buena administración del personal de enfermería, atendiendo la distribución más adecuada de acuerdo a las prioridades
y cargas de trabajo que considere el titular del área.
 Colaborar con la conservación y el mantenimiento del edificio, mobiliario e instalaciones, detectando fallas a este respecto y
comunicándolas a las autoridades correspondientes para su corrección inmediata.
 Participar en la realización de las evaluaciones periódicas de las actividades que se desarrollan en el Servicio de Consulta Externa, a
efecto de obtener información para una toma de decisiones adecuada, por las autoridades de la Clínica Integral de Obesidad.
 Informar adecuada y oportunamente el desarrollo y cumplimiento de las actividades realizadas en el Área de Consulta Externa de la
Clínica Integral de Obesidad.
Autoridad:

Reporta a: Responsable del Área de Enfermería.

Supervisa a: Nadie.
Sustitución por Ausencia:

Sustituye a: Responsable del Área de Enfermería, de acuerdo al asunto que se trate.
28 de Agosto de 2015

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
245
Otra enfermera del Servicio de Consulta Externa.
Es sustituida por:

Otra enfermera del Servicio de Consulta Externa.
Relaciones de Coordinación.
Internas:

Con el personal médico, de enfermería y paramédico de la Clínica Integral de Obesidad.
Externas:

Con el personal de las áreas de supervisión y control del Nivel Central.

Con el personal de áreas afines de otras instituciones.
6.1.1.2 Identificación.
Puesto:

Enfermera en Hospitalización.
Área:

Hospitalización.
Descripción Genérica:
Desarrollar actividades de atención de enfermería en el Área de Hospitalización de la Clínica Integral de Obesidad, y otorgar el apoyo
necesario a las actividades que desarrolla el personal médico, en beneficio de una atención integral, eficiente y efectiva que permita la
recuperación satisfactoria del derechohabiente o usuario.
Descripción de Actividades:
 Otorgar la atención adecuada con servicios de enfermería a los derechohabientes o usuarios en el Área de Hospitalización, detectando
oportunamente fallas y desviaciones y efectuando las correcciones necesarias.
 Cumplir con las políticas, normas, reglamentos y manuales de procedimientos y de técnicas que emita el Nivel Central con relación a
las actividades de Hospitalización.
 Apoyar al personal médico en la práctica de procedimientos específicos a los derechohabientes o usuarios en el área de
Hospitalización de la Clínica Integral de Obesidad.
 Proporcionar una adecuada y oportuna administración de medicamentos y soluciones a los derechohabientes o usuarios
hospitalizados, así como los procedimientos técnicos rutinarios de acuerdo a las indicaciones médicas.
 Realizar las anotaciones pertinentes en las hojas de enfermería correspondientes, de acuerdo a las acciones realizadas a los
derechohabientes o usuarios.
 Colaborar con el Responsable del Área de Enfermería en la elaboración de los programas anuales de trabajo de la Clínica Integral de
Obesidad.

Participar en la requisición de los suministros y equipo para el adecuado funcionamiento del Área de Hospitalización.

Verificar la adecuada dotación de suministros y equipo al área de Hospitalización, para la adecuada prestación del servicio.
 Cooperar en la buena administración del personal de enfermería, atendiendo la distribución más adecuada de acuerdo a las prioridades
y cargas de trabajo que considere el titular del área.
246
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
 Colaborar con la buena conservación y el mantenimiento del edificio, mobiliario e instalaciones, detectando fallas a este respecto y
comunicándolas a las autoridades correspondientes para su corrección inmediata.
 Participar en la realización de las evaluaciones periódicas de las actividades que se desarrollan en el área de Hospitalización, a efecto
de obtener información para una toma de decisiones adecuada, por las autoridades de la Clínica Integral de Obesidad.
 Informar adecuada y oportunamente el desarrollo y cumplimiento de las actividades realizas en el Área de Hospitalización de la
Clínica Integral de Obesidad.
Autoridad:

Reporta a: Responsable del Área de Enfermería.

Supervisa a: Nadie.
Sustitución por Ausencia:

Sustituye a: Responsable del Área de Enfermería, de acuerdo al asunto que se trate.

Otra enfermera del Área de Hospitalización.
Es Sustituida por:

Otra enfermera del Área de Hospitalización.
Relaciones de Coordinación.
Internas:

Con el personal médico, de enfermería y paramédico de la Clínica Integral de Obesidad.
Externas:

Con el personal de las áreas de supervisión y control del Nivel Central.

Con el personal de áreas afines de otras instituciones.
6.1.1.3 Identificación.
Puesto:

Enfermera en Quirófano.
Área:

Cirugía.
Descripción Genérica:
Desarrollar eficientemente las actividades de atención de enfermería en el Quirófano de la Clínica Integral de Obesidad, y otorgar el
apoyo necesario a las actividades que desarrolla el personal médico, en beneficio de una atención integral, eficiente y efectiva a la
población derechohabiente o usuaria, a fin de restablecer la salud y limitar el daño en la población intervenida en el servicio.
Descripción de Actividades:
 Otorgar la atención adecuada con servicios de enfermería a los derechohabientes o usuarios en el Quirófano de la Clínica Integral de
Obesidad, detectando oportunamente fallas y desviaciones y efectuando las correcciones necesarias.
 Cumplir con las políticas, normas, reglamentos y manuales de procedimientos y de técnicas que emita el Nivel Central con relación a
las actividades de Cirugía.
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
247
 Apoyar al equipo médico en los procedimientos quirúrgicos específicos y de endoscopía que se realicen a los derechohabientes o
usuarios en el Quirófano de la Clínica Integral de Obesidad.

Verificar los procedimientos y trámites administrativos necesarios para el ingreso de los derechohabientes o usuarios al Quirófano.

Observar que se cumpla la normatividad de asepsia y antisepsia en las actividades que se realizan dentro del Quirófano.
 Realizar las anotaciones pertinentes en las hojas de enfermería correspondientes, de acuerdo a las acciones realizadas a los
derechohabientes o usuarios.
 Colaborar con el Responsable del Área de Enfermería en la elaboración de los programas anuales de trabajo de la Clínica Integral de
Obesidad.

Participar en la planeación y programación de las intervenciones quirúrgicas del área.

Participar en la requisición de los suministros y equipo para el adecuado funcionamiento del Área de Cirugía.

Verificar con oportunidad la suficiencia de instrumental, equipo médico, suturas y material necesario para las cirugías.
 Cooperar en la buena administración del personal de enfermería, atendiendo la distribución más adecuada de acuerdo a las prioridades
y cargas de trabajo que considere el titular del área.
 Colaborar con la buena conservación y el mantenimiento del edificio, mobiliario e instalaciones, detectando fallas a este respecto y
comunicándolas a las autoridades correspondientes para su corrección inmediata.
 Participar en la realización de las evaluaciones periódicas de las actividades que se desarrollan en el Área de Cirugía, a efecto de
obtener información para una toma de decisiones adecuada, por las autoridades de la Clínica Integral de Obesidad.
 Informar adecuada y oportunamente el desarrollo y cumplimiento de las actividades realizadas en el Área de Cirugía de la Clínica
Integral de Obesidad.

Elaborar adecuada y oportunamente los informes técnicos que soliciten las autoridades de la unidad hospitalaria.
Autoridad:

Reporta a: Responsable del Área de Enfermería.

Supervisa a: Nadie.
Sustitución por Ausencia:

Sustituye a: Responsable del Área de Enfermería, de acuerdo al asunto que se trate.

Otra enfermera Quirúrgica.
Es sustituida por:

Otra enfermera Quirúrgica.
Relaciones de Coordinación.
Internas:

Con el personal médico, de enfermería y paramédico de la Clínica Integral de Obesidad.
Externas:

Con el personal de las áreas de supervisión y control del Nivel Central.

Con el personal de áreas afines de otras instituciones.
248
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
6.2 Identificación.
Puesto:

Responsable del Servicio de Consulta Externa.
Área:

Clínica Integral de Obesidad.
Descripción Genérica:
Organizar, controlar y evaluar para que la atención médica especializada, psicológica, nutricional y de rehabilitación en la Consulta
Externa de la Clínica Integral de Obesidad, sea proporcionada oportunamente y con la calidad requerida por los derechohabientes o
usuarios.
Descripción de Actividades:
 Participar con el Responsable de la Clínica Integral de Obesidad, en la elaboración del Programa Anual de Actividades de la Consulta
Externa.
 Informar con la periodicidad que le sea requerida, el desarrollo de las actividades que se realicen en la Consulta Externa de la Clínica
Integral de Obesidad.
 Organizar el desarrollo de las actividades de la Consulta Externa, disminuyendo los tiempos de espera y procurando una atención ágil
y oportuna a los derechohabientes o usuarios.

Supervisar el desarrollo de las actividades de la Consulta Externa y corregir oportunamente las desviaciones encontradas.

Evaluar las actividades de la Consulta de Externa para una correcta toma de decisiones.

Diseñar, en conjunto con todo el personal especializado de la Consulta de Externa, programas de prevención de la obesidad.

Promover y participar en la capacitación continua y actualización periódica del personal dependiente de la Consulta de Externa.

Promover y participar en el desarrollo de las actividades docentes que se desarrollen en la Clínica Integral de Obesidad.
Autoridad:

Reporta a: Responsable de la Clínica Integral de Obesidad.

Supervisa a: El personal médico, de enfermería y paramédico del Área de Consulta Externa.
Sustitución por Ausencia:

Sustituye a: Responsable de la Clínica Integral de Obesidad, en los asuntos relacionados con el área de su competencia.

Es sustituido por: Médico especialista que corresponda, según el asunto de que se trate.
Relaciones de Coordinación.
Internas:

Responsable de la Clínica Integral de Obesidad.

Con todo el personal médico, de enfermería y paramédico de la Clínica Integral de Obesidad.
Externas:

Con el personal de las áreas de supervisión y control del Nivel Central.
28 de Agosto de 2015

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
249
Con el personal de áreas afines de otras instituciones.
6.2.1 Identificación.
Puesto:

Médico Internista.
Área:

Consulta Externa.
Descripción Genérica:
Proporcionar atención médica especializada, oportuna, eficaz y de alta calidad a la población que acude a la Clínica Integral de Obesidad
para su atención.
Descripción de Actividades:

Recibir al derechohabiente o usuario, elaborar la historia clínica y establecer el diagnóstico médico.
 Solicitar los exámenes de laboratorio y gabinete que considere necesarios para la adecuada atención médica del derechohabiente o
usuario.

Elaborar el diagnóstico integral, el plan terapéutico, pronóstico y establecer la meta del control de peso del derechohabiente o usuario.
 Trabajar coordinadamente con el personal de nutriología de la Clínica Integral de Obesidad, a fin de lograr la meta de peso establecida
para cada derechohabiente o usuario.
 Entregar los informes al responsable del área, respecto de las actividades realizadas y la problemática encontrada para la consecución
de las metas.

Participar en pláticas, reuniones y eventos de carácter técnico, programadas por el titular del área.
 Realizar en caso de que el derechohabiente o usuario lo requiera, la referencia a otro servicio o especialidad de la propia Institución o
instituciones del sector salud, para continuar su tratamiento.

Elaborar programas de actividades preventivas necesarias para ayudar durante el tratamiento de los derechohabientes o usuarios.
 Proporcionar a los derechohabientes o usuarios y sus familiares, la orientación detallada que se requiera para facilitar el cumplimiento
de las indicaciones terapéuticas (físicas, dietéticas, ocupacionales, familiares y recreativas).

Realizar el llenado de los formatos del Sistema de Información de la Atención Médica.
Autoridad:

Reporta a: El Responsable del Servicio de Consulta Externa.

Supervisa a: Ninguno.
Sustituciones por Ausencia:
 Sustituye a: El Responsable del Servicio de Consulta Externa, en los asuntos de su competencia y a otro médico de la misma
especialidad.

Es sustituido por: Otro médico de la misma especialidad.
Relaciones de Coordinación.
Internas:
250

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
Todo el personal médico, paramédico y de enfermería de la Clínica Integral de Obesidad.
Externas:

Personal de las diferentes áreas de supervisión y control del Nivel Central.

Con el personal de la misma especialidad de otras instituciones.
6.2.2 Identificación.
Puesto:

Médico Cirujano.
Área:

Consulta Externa.
Descripción Genérica:
Proporcionar consulta médica especializada, oportuna y de alta calidad, seleccionando a los derechohabientes o usuarios que cumplan con
los criterios de selección interna para la resolución o control de su problema de obesidad o de las comorbilidades asociadas a la obesidad,
a través cirugía bariátrica o de cirugía plástica relacionada con obesidad.
Descripción de Actividades:
 Recibir al derechohabiente o usuario, elaborar la historia clínica, establecer el diagnóstico médico de obesidad mórbida o de obesidad
con comorbilidades asociadas.
 Seleccionar a los derechohabientes o usuarios que cumplan con los siguientes criterios de selección, para ser sometidos a cirugía
bariátrica:

Derechohabientes o usuarios con al menos 1 año de tratamiento convencional previo, sin éxito.

Edad igual o mayor a los 18 años.

Derechohabientes o usuarios que no presenten contraindicaciones clínicas o psicológicas para este tipo de cirugía (previa
evaluación por los médicos especialistas).

Presentar un adecuado estado físico para ser sometido a una intervención quirúrgica.

Presentar un Índice de Masa Corporal igual o superior a 40 Kg/m2, o igual o superior a 35 Kg/m2, con la presencia de
comorbilidades asociadas.

Estar emocional y psicológicamente apto para la adopción de un nuevo estilo de vida.

No tener dependencia a drogas o al alcohol.
 Solicitar los exámenes de laboratorio y gabinete que considere necesarios para la adecuada atención médico-quirúrgica del
derechohabiente o usuario.

Elaborar el diagnóstico integral, el plan terapéutico, pronóstico y establecer la meta del control de peso del derechohabiente o usuario.
 Trabajar coordinadamente con el personal de psicología del área, a fin de apoyar al derechohabiente o usuario y a sus familiares, antes
y después de la cirugía bariátrica.
 Trabajar coordinadamente con el personal de nutriología de la Clínica Integral de Obesidad, a fin de lograr la meta de peso establecida
para cada derechohabiente o usuario.
 Entregar los informes al responsable del área, respecto de las actividades realizadas y la problemática encontrada para la consecución
de las metas.
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
251
 Participar en pláticas, reuniones y eventos de carácter científico, programadas por el titular del área, así como participar en los
protocolos de investigación que se desarrollen en la Clínica Integral de Obesidad.
 Realizar, en caso de que el derechohabiente o usuario lo requiera, la referencia a otro servicio o especialidad de la propia Institución o
instituciones del sector salud, para continuar su tratamiento.

Diseñar y elaborar programas de actividades necesarias para ayudar durante el tratamiento de los derechohabientes o usuarios.
 Proporcionar a los derechohabientes o usuarios y sus familiares, la orientación detallada que se requiera para facilitar el cumplimiento
de las indicaciones terapéuticas (físicas, dietéticas, ocupacionales, familiares y recreativas).

Realizar el llenado de los formatos del Sistema de Información de la Atención Médica.
Autoridad:

Reporta a: El Responsable del Servicio de Consulta Externa.

Supervisa a: Ninguno.
Sustituciones por Ausencia:
 Sustituye a: El Responsable del Servicio de Consulta Externa, en los asuntos de su competencia y a otro médico de la misma
especialidad.

Es sustituido por: Otro médico de la misma especialidad.
Relaciones de Coordinación:
Internas:

Todo el personal médico, paramédico y de enfermería de la Clínica Integral de Obesidad.
Externas:

Personal de las diferentes áreas de supervisión y control del Nivel Central.

Con el personal de la misma especialidad de otras instituciones.
6.2.3. Identificación.
Puesto:

Psicólogo.
Área:

Consulta Externa.
Descripción Genérica:
Organizar y ejecutar los procedimientos necesarios para otorgar atención psicológica adecuada a la población demandante de los servicios
de la Clínica Integral de Obesidad.
Descripción de Actividades:
 Realizar el estudio de la patología mental, psicológica y adaptativa que presenta la población que acude a la Clínica Integral de
Obesidad para su atención.

Aplicar Test clínicos a los derechohabientes o usuarios atendidos en la Clínica Integral de Obesidad.
252
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015

Detectar los síntomas compatibles con cuadros psicopatológicos como la ansiedad, la depresión, trastornos de alimentación.

Detectar los cuadros de deterioro mental presentes en el derechohabiente o usuario.
 Aplicar las medidas terapéuticas como psicoterapias individuales y grupales, terapias corporales y psicomotrices, terapias familiares y
actividades socio terapéuticas.

Participar activamente con comentarios, en las reuniones multidisciplinarias que se lleven a cabo en la Clínica Integral de Obesidad.

Llenar el formato Informe Diario de Actividades de la Consulta Externa Psicológica.
Autoridad:

Reporta a: El Responsable del Servicio de Consulta Externa.

Supervisa a: Ninguno.
Sustituciones por Ausencia:

Sustituye a: El Responsable del Servicio de Consulta Externa, en los asuntos de su competencia.

Otro psicólogo.

Es sustituido por: Otro psicólogo.
Relaciones de Coordinación.
Internas:

Todo el personal médico, paramédico y de enfermería de la Clínica Integral de Obesidad.
Externas:

Personal de las diferentes áreas de supervisión y control del Nivel Central.

Con el personal de la misma especialidad de otras instituciones.
6.2.4 Identificación.
Puesto:

Nutriólogo.
Área:

Consulta Externa.
Descripción Genérica:
Organizar y ejecutar los procedimientos necesarios para la adecuada nutrición del derechohabiente o usuario que acude a la Clínica
Integral de Obesidad, con base en las necesidades terapéuticas particulares pre o postoperatorios, a fin de lograr las metas de control de
peso establecidas por el personal médico.
Descripción de Actividades:
 Coadyuvar con el personal médico, para lograr la meta de control de peso de cada derechohabiente o usuario que acude a la Clínica
Integral de Obesidad, para su atención.
 Verificar en el expediente clínico del derechohabiente o usuario el diagnóstico establecido, las indicaciones médicas y la dieta
prescrita.
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

Establecer el diagnóstico nutricional y elaborar el plan nutricional.

Establecer metas para el control del peso establecido para el derechohabiente o usuario y dar seguimiento.
253
 Entregar los informes al responsable del área, respecto de las actividades realizadas y la problemática encontrada para la consecución
de las metas.

Participar en pláticas, reuniones y eventos de carácter técnico, programadas por el titular del área.
 Proporcionar a los derechohabientes o usuarios y sus familiares, la orientación nutricional adecuada que se requiera para lograr las
metas terapéuticas establecidas. (físicas, dietéticas, ocupacionales y recreativas).

Realizar el llenado de los formatos del Sistema de Información de la Atención Médica.
Autoridad:

Reporta a: El Responsable del Área de Consulta Externa.

Supervisa a: Ninguno.
Sustituciones por Ausencia:

Sustituye a: El Responsable del Servicio de Consulta Externa, en los asuntos de su competencia y a otro nutriólogo.

Es sustituido por: Otro nutriólogo.
Relaciones de Coordinación.
Internas:

Todo el personal médico, paramédico y de enfermería de la Clínica Integral de Obesidad.
Externas:

Personal de las diferentes áreas de supervisión y control del Nivel Central.

Con el personal de la misma especialidad de otras instituciones.
6.2.5 Identificación.
Puesto:

Fisioterapista.
Área:

Consulta Externa.
Descripción Genérica:
Realizar los procedimientos de fisioterapia de rehabilitación necesarios para reincorporar a la actividad, laboral, social y productiva al
derechohabiente o usuario que va a ser o ha sido sometido a un procedimiento de cirugía bariátrica y/o cirugía plástica relacionada con la
obesidad.
Descripción de Actividades:
 Organizar y programar la atención de rehabilitación de los derechohabientes o usuarios que van a ser o han sido sometidos a un
procedimiento de cirugía bariátrica y que requieren de fisioterapia de rehabilitación, para su recuperación total.
 Realizar el diagnóstico de rehabilitación del derechohabiente o usuario que va a ser o ha sido sometido a un procedimiento de cirugía
bariátrica y que requiere de un proceso de preparación o de rehabilitación física, para reincorporarse a la actividad, laboral y social.
254
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
 Informar al Responsable del Área de Cirugía, cuando el derechohabiente o usuario requiera de un procedimiento fisioterapéutico a
realizarse en el quirófano de la Clínica Integral de Obesidad, para la programación oportuna y contar con el material y el equipo necesario
para el evento.
 Colaborar con todo el equipo de profesionales de la Clínica Integral de Obesidad para lograr la plena satisfacción del derechohabiente
o usuario.
 Entregar los informes al responsable del área, respecto de las actividades realizadas y la problemática encontrada para la consecución
de las metas.

Participar en pláticas, reuniones y eventos de carácter técnico, programadas por el titular del área.
 Participar en pláticas, reuniones y eventos de carácter científico, programadas por el titular del área, así como participar en los
protocolos de investigación que se desarrollen en la Clínica Integral de Obesidad.

Llenar el formato Informe Diario de Actividades realizadas de la Consulta Externa.
Autoridad:

Reporta a: El Responsable del Área de Consulta Externa.

Supervisa a: Ninguno.
Sustituciones por Ausencia:

Sustituye a: El Responsable del Servicio de Consulta Externa, en los asuntos de su competencia.

Otro Fisioterapista.

Es sustituido por: Otro Fisioterapista.
Relaciones de Coordinación.
Internas:

Todo el personal médico, paramédico y de enfermería de la Clínica Integral de Obesidad.
Externas:

Personal de las diferentes áreas de supervisión y control del Nivel Central.

Con el personal de la misma especialidad de otras instituciones.
6.3 Identificación.
Puesto:

Responsable del Área de Hospitalización.
Área:

Clínica Integral de Obesidad.
Descripción Genérica:
Coordinar, ejecutar y controlar las actividades y acciones en materia de atención médica hospitalaria que se proporcionan en la Clínica
Integral de Obesidad, en beneficio de la población usuaria.
Descripción de Actividades:
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
255
 Analizar el diagnóstico situacional del área de responsabilidad junto con el responsable de la Clínica Integral de Obesidad y de las
otras áreas de la misma, para establecer prioridades y necesidades de atención médica, de acuerdo a la infraestructura con que se cuenta.

Establecer la programación de las actividades a desarrollar por el personal del servicio.
 Llevar una adecuada y precisa coordinación con los responsables de los servicios de Consulta Externa y Cirugía, para que se otorgue
la atención médica hospitalaria de manera continua, con prontitud, eficacia, eficiencia y calidad.

Precisar las estrategias básicas de trabajo aplicables al área.

Analizar, adecuar y difundir los documentos normativos emitidos por el nivel central y por la propia Clínica Integral de Obesidad.
 Efectuar reuniones con el personal médico y paramédico del servicio, para analizar el contenido y operatividad de los manuales que se
entreguen.
 Efectuar evaluaciones periódicas con los responsables de los servicios de Consulta Externa y Cirugía, para detectar, analizar y
encontrar las alternativas de solución más viables a la problemática que surja en las áreas para el desarrollo de las actividades.
 Evaluar periódicamente el estado físico de la infraestructura, mobiliario y equipo médico, solicitando oportunamente a las áreas
correspondientes, las acciones de mantenimiento necesarias.
 Supervisar que se anoten todos los procedimientos médicos realizados a los derechohabientes o usuarios, en los formatos respectivos
y que estos se integren en el expediente clínico.
Autoridad:

Reporta a: El Responsable de la Clínica Integral de Obesidad.

Supervisa a: Personal médico del área que se encuentra bajo su mando.
Sustitución por Ausencia:

Sustituye a: El Responsable de la Clínica Integral de Obesidad, en los asuntos relacionados con el área de su competencia.

Es sustituido por: El Responsable de la Clínica Integral de Obesidad, en los asuntos relacionados con el área de su competencia.
Relaciones de Coordinación.
Internas:

Todo el personal médico, paramédico y de enfermería de la Clínica Integral de Obesidad.
Externas:

Personal de las diferentes áreas de supervisión y control del Nivel Central.

Con el personal de la misma especialidad de otras instituciones.
6.4. Identificación.
Puesto:

Responsable del Área de Cirugía.
Área:

Clínica Integral de Obesidad.
Descripción Genérica:
256
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
Organizar, programar, controlar y evaluar la prestación de los servicios de atención médico-quirúrgica y de endoscopía a los
derechohabientes o usuarios de la Clínica Integral de Obesidad que acuden para el control y/o solución de su problema de salud.
Descripción de Actividades:
 Elaborar el Programa Anual de Actividades del servicio, tomando en consideración los recursos disponibles y la capacidad
tecnológica instalada.
 Supervisar la correcta aplicación de las normas y procedimientos médico-quirúrgicos del Área de Cirugía, observar y atender las
sugerencias necesarias para el mejor funcionamiento de la misma.
 Asegurar que el área quirúrgica cuente con la dotación de medicamentos y ropa necesaria para cubrir la demanda las 24 hrs. del día,
los 365 días del año.

Participar con los Médicos Cirujanos y/o Endoscopistas en la definición de los procedimientos quirúrgicos o de endoscopía a realizar.
 Realizar las supervisiones periódicas al personal bajo su cargo, para asegurar que se brinde una atención oportuna y eficaz a los
derechohabientes o usuarios hospitalizados que requieren de cirugía bariátrica o de endoscopía, verificando la correcta ejecución de los
procedimientos que se realicen.
 Revisar periódicamente los expedientes de los derechohabientes o usuarios intervenidos quirúrgicamente, para evaluar y verificar que
los procedimientos terapéuticos realizados, estén siendo registrados adecuadamente en el expediente clínico.
 Establecer la programación de sesiones clínicas de los casos patológicos más relevantes, que permitan mantener actualizado al
personal del servicio en los conocimientos de su ámbito de competencia, presidiendo las sesiones.
 Vigilar que existan los recursos humanos, materiales y equipo necesario para llevar a cabo las intervenciones quirúrgicas o de
endoscopia programadas a tiempo, y gestionar la dotación periódica y oportuna de los insumos requeridos.
 Supervisar la calidad de la atención médico-quirúrgica y de endoscopia, y fomentar el trato humano a derechohabientes o usuarios y
familiares.

Llevar control bacteriológico periódico del área quirúrgica.
 Participar en la elaboración de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo, instrumental e instalaciones del
área quirúrgica.

Promover la capacitación y actualización del personal médico especializado.
 Supervisar el registro de las intervenciones que se realicen en el servicio, en los formatos específicos e informar con oportunidad los
resultados estadísticos.

Evaluar los resultados de las intervenciones quirúrgicas.
Autoridad:

Reporta a: El Responsable de la Clínica Integral de Obesidad.

Supervisa a: Personal Médico Cirujano y Endoscopista del área que se encuentra bajo su mando.
Sustitución por Ausencia:

Sustituye a: El Responsable de la Clínica Integral de Obesidad, en los asuntos relacionados con el área de su competencia.

Es sustituido por: El Responsable de la Clínica Integral de Obesidad, en los asuntos relacionados con el área de su competencia.
Relaciones de Coordinación.
Internas:

Todo el personal médico, paramédico y de enfermería de la Clínica Integral de Obesidad.
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
257
Externas:

Personal de las diferentes áreas de supervisión y control del Nivel Central.

Con el personal de la misma especialidad de otras instituciones.
6.4.1 Identificación.
Puesto:

Médico Cirujano.
Área:

Cirugía.
Descripción Genérica:
Realizar los procedimientos de cirugía bariátrica y/o de cirugía plástica relacionada con la obesidad, programados y de urgencia en
colaboración con los demás especialistas que conforman el equipo quirúrgico de la Clínica Integral de Obesidad.
Descripción de Actividades:
 Entregar oportunamente la programación de las cirugías de su especialidad al Responsable del Área de Cirugía de la Clínica Integral
de Obesidad.

Verificar con anticipación y confirmar la programación autorizada de las intervenciones quirúrgicas a realizar.
 Anotar en la solicitud de operación, si se requiere instrumental especial, servicio de radiología, fotografía, estudio histopatológico
transoperatorio o lo que sea necesario.
 Entregar al Responsable del Área de Cirugía de la Clínica Integral de Obesidad junto con la solicitud de operación, la solicitud de
prueba pretransfucional debidamente requisitada.

Observar que se hayan cumplido los requisitos que debe satisfacer el derechohabiente o usuario a su ingreso al quirófano.

Efectuar las cirugías programadas y de urgencia que le correspondan en su horario de labores.
 Permanecer en la sala de operaciones todo el tiempo que dure la intervención quirúrgica. En caso de accidente o de muerte no
abandonará la sala, hasta que hayan terminado los trámites o procedimientos conducentes.
 Anotar en el expediente clínico lo que se refiere a la descripción de la operación e indicaciones post- operatorias, en la hoja de
evolución del derechohabiente o usuario.

Valorar al enfermo en el post-operatorio inmediato, antes de que se abandone la sala de recuperación.
 Proporcionar cortésmente al familiar al término de la cirugía, la información del estado de salud del derechohabiente o usuario con
ética y profesionalismo.

Proporcionar la consulta de revisión post-operatoria a sus derechohabientes o usuarios.
 Participar en pláticas, reuniones y eventos de carácter científico, programadas por el titular del área, así como participar en los
protocolos de investigación que se desarrollen en la Clínica Integral de Obesidad.
Autoridad:

Reporta a: Responsable del Área de Cirugía.

Supervisa a: Ninguno.
258
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
Sustituciones por Ausencia:

Sustituye a: El Responsable del Área de Cirugía en los asuntos relacionados con su ámbito de competencia.

Es sustituido por: Otro Médico Cirujano o por el Responsable del Área de Cirugía.
Relaciones de Coordinación.
Internas:

Responsable del Área de Cirugía.

Demás médicos cirujanos de la Clínica Integral de Obesidad.

Médico Anestesiólogo y demás miembros del equipo quirúrgico.
Externas:

Médicos cirujanos de las otras unidades médicas de la Institución.

Diferentes autoridades de supervisión del Nivel Central.
6.4.2 Identificación.
Puesto:

Médico Endoscopista.
Área:

Cirugía.
Descripción Genérica:
Realizar los procedimientos de endoscopia relacionados con la obesidad, o cirugía bariátrica programados y de urgencia en colaboración
con los demás especialistas que conforman el equipo quirúrgico de la Clínica Integral de Obesidad.
Descripción de Actividades:

Entregar oportunamente la programación de las endoscopias al Responsable del Área de Cirugía de la Clínica Integral de Obesidad.

Verificar con anticipación y confirmar la programación autorizada de las intervenciones quirúrgicas a realizar.
 Anotar en la solicitud de endoscopia, si se requiere instrumental especial, servicio de radiología, fotografía, estudio histopatológico
transoperatorio o lo que sea necesario.
 Entregar al Responsable del Área de Cirugía de la Clínica Integral de Obesidad junto con la solicitud de operación, la solicitud de
prueba pretransfucional debidamente requisitada.

Observar que se hayan cumplido los requisitos que debe satisfacer el derechohabiente o usuario a su ingreso al quirófano.

Efectuar las endoscopias programadas y de urgencia que le correspondan en su horario de labores.
 Permanecer en la sala de operaciones todo el tiempo que dure la intervención endoscópica o quirúrgica. En caso de accidente o de
muerte no abandonará la sala, hasta que hayan terminado los trámites o procedimientos conducentes.
 Anotar en el expediente clínico lo que se refiere a la descripción de la endoscopia e indicaciones post-endoscopias, en la hoja de
evolución del derechohabiente o usuario.

Valorar al derechohabiente o usuario en el post-procedimiento endoscópico inmediato, antes de que abandone la sala de recuperación.
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
259
 Proporcionar cortésmente al familiar al término de la intervención, la información del estado de salud del derechohabiente o usuario
con ética y profesionalismo.

Proporcionar la consulta de revisión post-endoscopia a sus derechohabientes o usuarios.
 Participar en pláticas, reuniones y eventos de carácter científico, programadas por el titular del área, así como participar en los
protocolos de investigación que se desarrollen en la Clínica Integral de Obesidad.
Autoridad:

Reporta a: Responsable del Área de Cirugía.

Supervisa a: Ninguno.
Sustituciones por Ausencia:

Sustituye a: El Responsable del Área de Cirugía en los asuntos relacionados con su ámbito de competencia.

Es sustituido por: Otro Médico Cirujano Endoscopista o el Responsable del Área de Cirugía.
Relaciones de Coordinación.
Internas:

Responsable del Área de Cirugía.

Demás médicos cirujanos de la Clínica Integral de Obesidad.

Médico Anestesiólogo y demás miembros del equipo quirúrgico.
Externas:

Médicos cirujanos especialistas de las otras unidades médicas de la Institución.

Diferentes autoridades de supervisión del Nivel Central.
6.4.3 Identificación.
Puesto:

Médico Anestesiólogo.
Área:

Cirugía.
Descripción Genérica:
Colaborar coordinadamente con el equipo de cirugía del área, en las intervenciones quirúrgicas, procurando el evento anestésico de cada
uno de los derechohabientes o usuarios que son sometidos a una intervención quirúrgica para el control y/o solución de su problema de
salud en la Clínica Integral de Obesidad.
Descripción de Actividades:

Verificar con anticipación la programación autorizada de las intervenciones quirúrgicas a realizar.
 Observar que en la sala quirúrgica se disponga de los recursos materiales, equipo e instrumental médico y de los medicamentos
necesarios, para proporcionar el evento anestésico en cada uno de los derechohabientes o usuarios.
 Verificar la funcionalidad del equipo, material e instrumental necesarios para el adecuado funcionamiento del servicio y en el caso de
deficiencia reportarlo inmediatamente al titular de hospitalización.
260

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
Otorgar al derechohabiente o usuario un trato respetuoso y digno de acuerdo a la ética médica.
 Realizar la valoración pre anestésica de cada uno de los derechohabientes o usuarios, anotándola en los formatos de Notas Médicas
(ECNM-4) y Registro de Anestesia y Recuperación (ECIQ-13-1) en original y copia, integrando originales al expediente clínico y copias
al expediente del servicio.

Verificar en el expediente clínico de cada uno de los derechohabientes o usuarios:

Que cuente con los estudios de laboratorio preoperatorios completos, salvo en aquellos casos que la urgencia no lo permita.
 Que todo derechohabiente o usuario mayor de 40 tenga su valoración preoperatoria cardiológica integrada al expediente clínico
antes de ingresarlo.
 Establece el plan anestésico con base en las condiciones de salud del derechohabiente o usuario, e informa al mismo o, en su caso, al
representante legal o familiar el plan anestésico propuesto y los riesgos inherentes al procedimiento, obteniendo la carta de
consentimiento informado, debidamente autorizada, para la realización del procedimiento anestésico.
 El médico anestesiólogo responsable de efectuar el procedimiento, deberá registrar completamente el proceso en el formato “Registro
de Anestesia y Recuperación (ECIQ-13-1), así como elaborar nota de evolución trans-anestésica con base en los lineamientos establecidos
en la NOM-006-SSA3-2011, para la Práctica en Anestesiología.
 El médico anestesiólogo deberá ministrar personalmente la anestesia y permanecer en la sala quirúrgica durante todo el
procedimiento.
 En caso de relevo, el médico anestesiólogo deberá entregar al derechohabiente o usuario con el expediente clínico correspondiente,
donde se anoten detalladamente sus condiciones clínicas del mismo.
 El médico anestesiólogo conjuntamente con el cirujano determinarán, con base en el estado físico y condiciones del derechohabiente
o usuario, el ingreso de éste a la Sala de Recuperación con el propósito de que recupere íntegramente el estado de conciencia y las
funciones vitales.
 En los casos en que no se le puede ministrar la anestesia al derechohabiente o usuario por sus condiciones de salud, el médico
anestesiólogo deberá comunicarlo al cirujano, explicando el motivo y registrarlo en el formato de “Notas Médicas” (ECNM-4) para su
atención por el médico tratante y reprogramación de la intervención.
 El médico anestesiólogo deberá evaluar durante el periodo post-anestésico al derechohabiente o usuario, hasta su alta y, en su caso,
proporcionar el tratamiento necesario para su estabilidad hemodinámica.
 El médico anestesiólogo deberá elaborar la nota de alta del derechohabiente o usuario y registrarla en el formato “Registro de
Anestesia y Recuperación” (ECIQ-13-1).
 Participar en pláticas, reuniones y eventos de carácter científico, programadas por el titular del área, así como participar en los
protocolos de investigación que se desarrollen en la Clínica Integral de Obesidad.
Autoridad:

Reporta a: Responsable del Área de Cirugía.

Supervisa a: Ninguno.
Sustituciones por Ausencia:

Sustituye a: El Responsable del Área de Cirugía en los asuntos relacionados con su ámbito de competencia.

Es sustituido por: Otro médico anestesiólogo.
Relaciones de Coordinación.
Internas:
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

Responsable del Área de Cirugía.

Demás médicos cirujanos.

Médicos anestesiólogos y demás miembros del equipo quirúrgico.
261
Externas:

Médicos anestesiólogos de las otras unidades médicas de la Institución.

Diferentes autoridades de supervisión del Nivel Central.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Organización de la Clínica Integral de Obesidad en
Unidad Hospitalaria, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO. Los Lineamientos de Organización de la Clínica Integral de Obesidad en Unidad Hospitalaria entrarán en vigor al día
siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, Distrito Federal, a 13 de agosto de 2015.
(Firma)
__________________________________________
DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA
SECRETARIO DE SALUD
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
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SECRETARÍA DE FINANZAS
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS TASAS DE RECARGOS VIGENTES DURANTE EL
MES DE SEPTIEMBRE DE 2015.
MTRO. EMILIO BARRIGA DELGADO, Tesorero del Distrito Federal, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
3° de la Ley de Ingresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015 y con fundamento en los artículos 6°, 7°, fracción
III, 39, 42, 45 y 49 del Código Fiscal del Distrito Federal y 35, fracción XXIX y 72, fracción VIII del Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal, me permito dar a conocer las tasas de recargos que estarán vigentes
durante el mes de septiembre de 2015:
I. Tasa del 0.79% mensual aplicable a los créditos fiscales, ya sea diferido o en parcialidades, y
II. Tasa del 1.03% mensual aplicable en los casos de mora.
México, D.F., a 14 de agosto 2015
EL TESORERO DEL DISTRITO FEDERAL
(Firma)
MTRO. EMILIO BARRIGA DELGADO
28 de Agosto de 2015
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263
DELEGACIÓN COYOACÁN
C. SALVADOR FRAUSTO NAVARRO, JEFE DELEGACIONAL DEL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN
COYOACÁN, con fundamento en los artículos 87, 104, 105, 112, segundo párrafo, 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 1°, 2°, 3°, fracción III, 10 fracción XV, 11 párrafo Décimo Quinto, 37, 38 y 39 fracciones XLIII, XLV y LVI de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 102 y 103 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal, de la Ley de Planeación del Desarrollo Social del Distrito Federal y 122 fracción V, 122 Bis fracción XV inciso E), 128
fracción VIII; del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; tengo a bien expedir la siguiente:
NOTA ACLARATORIA A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACCION INSTITUCIONAL DE ENTREGA
DE TABLETS A ESTUDIANTES DE 18 AÑOS EN ADELANTE QUE ESTEN CURSANDO LA EDUCACION
MEDIA Y SUPERIOR, EN ESCUELAS OFICIALES “COYOACAN TECNOLOGICO” NÚMERO 52 DE FECHA
18 DE MARZO DEL 2015.
CONSIDERANDO
Que conforme a los artículos 1 y 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, éste órgano político
administrativo se encuentra obligado a promover, proteger y garantizar el derecho a la educación de los habitantes de la
Delegación Coyoacán;
Que la plena efectividad de los derechos humanos, entre ellos el derecho a la educación, sólo podrá ser posible en la medida que
existan los instrumentos, mecanismos de coordinación con otras instituciones públicas, así como la infraestructura y recursos
materiales necesarios que permitan el efectivo acceso a una educación de calidad;
Que las acciones institucionales y programas para hacer efectivos los derechos humanos reconocidos, deben atender a la realidad
que viven diariamente los habitantes de nuestra ciudad y en el caso concreto, los habitantes de la Delegación Coyoacán;
Que derivado de la implementación de la presente acción institucional, se pudieron obtener datos importantes que influyen
directamente en los objetivos y alcances de la misma, por lo que ante dicha circunstancia, siguiendo los principios de eficiencia y
eficacia que rigen la actuación de la administración pública del Distrito Federal, resulta necesario hacer las adecuaciones
necesarias a través de la siguiente:
NOTA ACLARATORIA A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACCION INSTITUCIONAL DE ENTREGA DE
TABLETS A ESTUDIANTES DE 18 AÑOS EN ADELANTE QUE ESTEN CURSANDO LA EDUCACION MEDIA Y
SUPERIOR, EN ESCUELAS OFICIALES “COYOACAN TECNOLOGICO” NÚMERO 52 DE FECHA 18 DE MARZO
DEL 2015.
Página 7, Párrafo 3;
DICE:
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACCION INSTITUCIONAL DE
ENTREGA DE TABLETS A ESTUDIANTES DE 18 AÑOS EN ADELANTE QUE ESTEN CURSANDO LA
EDUCACION MEDIA Y SUPERIOR, EN ESCUELAS OFICIALES, EJERCICIO FISCAL 2015 “COYOACAN
TECNOLOGICO”
DEBE DECIR:
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACCION INSTITUCIONAL DE
ENTREGA DE TABLETS A JOVENES ESTUDIANTES QUE HABITAN EN LA DLEGACION COYOACAN QUE
ESTEN INSCRITOS EN ESCUELAS DE EDUCACION MEDIA O SUPERIOR, EJERCICIO FISCAL 2015
“COYOACAN TECNOLOGICO”.
Pagina 8, Punto E.- Requisitos de Acceso;
DICE:
Requisitos:
1. Residir en alguna Unidad Territorial de la Delegación Coyoacán.
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
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2. Que los estudiantes se encuentren realizando sus estudios de educación media y educación superior en escuelas oficiales
3. Que el solicitante haya nacido entre los años 1989 a 1997.
El solicitante deberá presentar los siguientes documentos en original y copia para su debido cotejo e integración del expediente
respectivo:
e de domicilio reciente del año 2015, (original para cotejo y copia para expediente), pudiendoser es te boleta del
agua, recibo telefónico, boleta predial, contrato de arrendamiento vigente del año en cursoo constancia de residencia expedida por
la Dirección General Jurídica y de Gobierno en Coyoacán. Lo anteriorsiempre y cuando la identificación oficial no acredite que el
solicitante vive en Coyoacán.
a
y la educación superior.
DEBE DECIR:
Requisitos:
1. Residir en alguna Unidad Territorial de la Delegación Coyoacán.
2. Que los estudiantes, se encuentren realizando sus estudios de educación media o educación superior en escuelas ubicadas en el
Distrito Federal.
3. Que el(la) solicitante, haya nacido entre los años 1989 a 1997. El(la) solicitante que no se encuentre en dicho rango de edad,
podrá acceder a la presente acción institucional siempre y cuando, acredite estar cursando sus estudios de educación media o
educación superior y no tenga más de 28 años de edad, aclarando que para efectos del cumplimiento de las presentes reglas, los
estudiantes que estén cursando dichos niveles de estudio y que sean menores de edad, bastará con que presenten la credencial
oficial vigente con fotografía expedida a su favor por la escuela y en caso de no contar con esta, la credencial de alguno de sus
padres o su tutor.
El solicitante deberá presentar los siguientes documentos en original y copia para su debido cotejo e integración del expediente
respectivo:
el
agua, recibo telefónico, boleta predial, contrato de arrendamiento vigente del año en curso o constancia de residencia expedida por
la Dirección General Jurídica y de Gobierno en Coyoacán. Lo anterior siempre y cuando la identificación oficial no acredite que el
solicitante vive en Coyoacán.

Comprobante escolar, el cual podrá ser: Tira de materias, constancia de estudios o la credencial expedida por la institución
educativa en la que este cursando la educación media o la educación superior.

TRANSITORIOS
Primero.- Publíquese la presente Nota Aclaratoriaen la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Segundo.-La presente Nota Aclaratoria surtirá sus efectos al día hábil siguiente de su publicación
México, D. F., a 13 de Agosto de 2015.
(Firma)
SALVADOR FRAUSTO NAVARRO
JEFE DELEGACIONAL DEL ORGANO POLITICO ADMINISTRATIVO EN COYOACAN
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265
DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS
MTRO. FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Jefe Delegacional en La Magdalena Contreras, de conformidad con lo establecido en
los artículos 87 tercer párrafo, 104 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; los artículos 7, 10 fracción XVI, 37 y 39
fracciones VIII, XLV, LIV y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; los Artículos 6 y 7 de la Ley
de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; los artículos 120, 121, 122 último párrafo y 123 fracción I del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; los numerales 6, 7, 8 y 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos
Personales en el Distrito Federal, así como también en el siguiente:
CONSIDERANDO
1.- Que la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal es el ordenamiento legal que tiene por objeto establecer los
principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan la protección y tratamiento de los datos personales en posesión de los
Entes Públicos.
2.- Que la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establece en su artículo 7, fracción I, que la integración,
tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y la creación, modificación o supresión de los
sistemas de datos personales deberá publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
3.- Que de conformidad con lo señalado en el artículo 41 fracción IV y último párrafo de la Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, constituyen infracciones el incumplimiento a las disposiciones contenidas en la misma, que serán sancionadas en
términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, siendo independientes de las de orden civil o penal que
procedan, así como los procedimientos para el resarcimiento del daño ocasionado por el Ente Público.
4.- Que el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establece que corresponde a cada Ente Público
determinar, a través de su titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos
personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.
5.- Que el artículo 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y numerales 6, 8 y 10 de los Lineamientos para
la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establece como obligación para todos los entes públicos que la creación,
modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente y
publicarse quince días hábiles previos a la creación o modificación del sistema correspondiente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
en el que se indiquen las modificaciones producidas que se refieran a cualquiera de las fracciones del numeral 7 de los Lineamientos para
la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
6.- Que los Sistemas de Datos Personales que se modificas mediante los presentes acuerdos fueron inscrito en el Registro Electrónico de
Sistemas de Datos Personales (RESDP), administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal, en cumplimiento al artículo Transitorio Tercero de los Lineamientos para la Protección de Datos
Personales en el Distrito Federal con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 emitido por el Instituto de Acceso a la Información Pública
y Protección de Datos Personales del Distrito Federal y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos
mil diez.
Aviso por el cual se dan a conocer diversos Acuerdos de Modificación de Sistemas de Datos Personales a cargo de la
Delegación La Magdalena Contreras.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “APOYO DE SERVICIO FUNERARIO
BÁSICO” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales,“APOYO DE SERVICIO FUNERARIO
BÁSICO”, se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “APOYO DE SERVICIO FUNERARIO BÁSICO”.
II.- Finalidad usos previstos.
Se crean expedientes con la finalidad de llevar una estadística de las personas que tienen la necesidad de utilizar este sistema, busca servir
de apoyo a la población en general, especialmente a los grupos sociales que se encuentran en desventaja, en momentos difíciles tanto
266
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
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económicos como emocionales, se pretende que al momento del fallecimiento de un integrante de la familia, se busquen y posibiliten las
alternativas para evitar la inestabilidad económica, emocional y familiar, con este tipo de apoyo se busca ayudar a las personas en este
tipo de desafortunados eventos.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo de la Delegación la Magdalena Contreras.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos. Población en general
(dentro o fuera de la delegación).
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Petición de manera personal, población en general (dentro o fuera de la delegación)
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono.
Datos electrónicos: Correo electrónico.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
Para la sustanciación del recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el probable
incumplimiento a la ley de protección de
datos personales del Distrito Federal.
Contraloría General del Distrito Federal.
Órganos Jurisdiccionales locales y
federales.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley
de la Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la
Ley de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales.
Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración
Pública del D.F. Art. 34 fracción II, III;
Reglamento Interior de la Administración
Pública del D.F. Art. 28 fracción II, III,
IV.
Artículos 3, 14, 15, 75, 121, 143, 144, 147,
149 Ley de Amparo, reglamentaria de los
artículos 103 y 107 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos;
artículos
783 y 784 de la Ley Federal del Trabajo;
artículo191 fracción XIX de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la
Federación; artículos 2 y 180 del Código
Federal de Procedimientos Penales;
artículo 323 del Código Civil del Distrito
Federal; artículos 96, 109, 278, 288, 326,
327, 331 y 334 del Código de
Procedimientos Civiles para el Distrito
Federal; Artículos 3, 9 bis, 180 y 296 bis
del Código de Procedimientos Penales
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
267
para el Distrito Federal; artículos 35 bis y
55 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal y
demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Dirección General de Colonias y Tenencia de la Tierra.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Dirección General de Colonias y Tenencia de la Tierra.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena
Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco 9, planta baja, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C. P.
10580, correo: [email protected]
VIII.- Nivel de seguridad:Básico.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “AYUDA INVERNAL POR BAJAS
TEMPERATURAS” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “AYUDA INVERNAL POR BAJAS
TEMPERATURAS” se modifica conforme a lo siguiente:
I.-Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “APOYO INVERNAL Y SEGURIDAD ALIMENTARIA”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Se crean expedientes que permiten conocer la cantidad de beneficiarios que se encuentran inscritos en este sistema, ya que se busca
implementar mejores servicios de prevención de enfermedades vinculadas a las bajas temperaturas, debido a que las características
geográficas de la demarcación acentúan el descenso térmico en las zonas de mayor altitud, y se apoya a las personas que más lo necesitan
en el tema de Seguridad Alimentaria.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligados a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de Obtención: Personal, acude el interesado a las oficinas de la Delegación La Magdalena Contreras en la Coordinación de
Justicia Social, para requerir el apoyo y manifestar la situación de carencia, donde se le hará llenar un formato.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono particular, Teléfono celular, Clave Única de Registro de Población (CURP), Fecha de
nacimiento, Lugar de nacimiento, Edad, Firma, Género.
Datos académicos: Trayectoria educativa.
Datos laborales: Ocupación.
Datos especialmente protegidos (sensibles): Origen étnico y racial.
VI.- Cesión de datos.
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Destinatarios.
Finalidad genérica.
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
28 de Agosto de 2015
Fundamento legal.
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
Artículo 34 fracciones II y III; Reglamento Interior
de la Administración Pública del D.F. Artículos28
fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. Artículos278, 288
y326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX; Ley Federal
del Trabajo Artículos783 y 784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Coordinador de Justicia Social.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales:Jefatura de Unidad Departamental de Programas Sociales.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras. C.P. 10580,
correo: [email protected]
VIII.- Nivel de seguridad: Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES “AYUDAS A PERSONAS CON
DISCAPACIDAD” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO.- En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Nombre del Sistema, Finalidad, Unidad Administrativa Responsable, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de
Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad, asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de
los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica, Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de
Datos Personales, “AYUDAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD”, se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “APOYO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Crear expedientes los cuales permitirán que la institución conozca el número real de los beneficiarios del sistema y desarrollar una
política integral que nos permita apoyar a las personas en estado de vulnerabilidad en sus capacidades, físicas o mentales, lograr la
igualdad de las personas, acabando con la desigualdad y exclusión social en la cual se encuentran las personas con discapacidad, una parte
importante es la elaboración de expedientes que se realizan conforme las personas con discapacidad se presentan a pedir el apoyo.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
269
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Manual Administrativo de la Delegación La Magdalena Contreras.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa “Ayudas a Personas con Discapacidad”.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de Obtención: Las personas con alguna discapacidad que habitan en la Delegación La Magdalena Contreras y que
ingresen su petición a las oficinas de la Coordinación de Justicia Social y deben llenar un formato que es obligatorio para poder solicitar
el apoyo.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Clave Única de Registro de Población (CURP), Edad, Género, Firma, Lugar de nacimiento, Fecha de
nacimiento, Domicilio, Teléfono particular, Teléfono celular.
Datos académicos: Trayectoria educativa.
Datos laborales: Ocupación.
Datos especialmente protegidos (Sensibles): Origen étnico o racial.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
Artículo 34 fracciones II y III; Reglamento Interior
de la Administración Pública del D.F. Artículos28
fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. Artículos278, 288
y326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX; Ley Federal
del Trabajo Artículos783 y 784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Coordinación de Justicia Social.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales:Jefatura de Unidad Departamental de programas Sociales.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento:Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
correo: [email protected].
VIII.- Nivel de seguridad:Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “CENTRO DE DESARROLLO
INFANTIL CENDI CASA POPULAR” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “CENTRO DE DESARROLLO
INFANTILCENDI CASA POPULAR” se modifica conforme a lo siguiente:
I.-Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Se crean expedientes de Datos personales con la finalidad de tener una estadística real de todos los niños y las niñas que acuden a los
centros de desarrollo infantil, así como llevar un registro de las mamas que tienen la necesidad de utilizar este sistema se busca la
tranquilidad familiar, el apoyo a las familias en vulnerabilidad.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Ley de los Derechos de las niñas y los niños en el Distrito Federal.
Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Manual Administrativo de la Delegación La Magdalena Contreras.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlas.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Personal, acude el interesado al Centro de Desarrollo Infantil más cercano a su domicilio dentro de la
Delegación La Magdalena Contreras, debe cumplir con los requisitos y llenar un formato de inscripción, para ser valorado y
posteriormente aceptado.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono particular, Teléfono celular, Fecha de nacimiento, Lugar de nacimiento, Edad,
Firma, Género, Estado civil.
Datos laborales: Ocupación.
Datos biométricos: Talla, Peso, Grupo sanguíneo.
Datos sobre la salud: Referencias o descripción de la sintomatología, Detección de enfermedades, Antecedentes hereditarios y familiares,
Antecedentes patológicos, Discapacidades, Estado físico omental de la persona, Uso de aparatos oftalmológicos, Ortopédicos, Auditivos,
Prótesis, Vacunas, Estado cardiovascular, Estado respiratorio, Estado digestivo, Estado músculo esquelético, Resultados de la biometría
hemática completa.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
Artículo 34 fracciones II y III; Reglamento Interior
de la Administración Pública del D.F. Artículos28
fracción II, III, IV.
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Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
271
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. Artículos278, 288
y326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX; Ley Federal
del Trabajo Artículos783 y 784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Subdirector de Servicios Educativos y Sociales.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Jefatura de Unidad Departamental de Atención a la Infancia.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación Magdalena
Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
correo: [email protected].
VIII.- Nivel de seguridad: Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA
PÚBLICA” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA
PÚBLICA” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA (SISCOVIP)”.
II.-Finalidad y usos previstos.
Se crean expedientes al llevar un registro de las personas que realizan sus actividades comerciales en la vía pública dentro de la
demarcación de La Magdalena Contreras, el cual tiene como objetivo verificar que la información que proporcionaron al momento de
incorporarse al Sistema del Programa de Reordenamiento del Comercio en la Vía Pública, sea verídica, logrando que el registro este
actualizado y sea confiable.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Código Fiscal Vigente para el Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Personal, el interesado acude a las oficinas de la Delegación La Magdalena Contreras en la Unidad
Departamental de Vía Pública, a través de un formato se inicia el trámite correspondiente.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Edad, Fecha de Nacimiento, Lugar de Nacimiento, Nacionalidad, Clave Única de Registro de
Población (CURP), Teléfono Particular, Firma, Fotografía, Género, Clave de elector.
Datos biométricos: Huella Dactilar.
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VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Contaduría Mayor de Hacienda de la
Asamblea Legislativa del Distrito
Federal.
En ejercicio de sus funciones de
Fiscalización.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
Para la sustanciación de recurso de revisión
y revocación, denuncias y el procedimiento
para determinar el probable
incumplimiento a la Ley de Protección de
Datos Personales del Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la
Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Arts. 2,3,6 y 8 de la Ley Orgánica de la
Contaduría Mayor de Hacienda de la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal, Artículos 76
al 92.
Ley Orgánica de la Administración
Pública del D.F., Artículo 34 fracciones II
y III; Reglamento Interior de la
Administración Pública del D.F.,
Artículo28 fracciones II, III, IV.
Código Civil del D.F., Artículos 323;
Código de Procedimientos Civiles del
D.F., Artículos 278, 288, 326; Ley
Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Art. 191 fracción XIX; Ley
Federal del Trabajo Artículos 783 y 784 y
demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Dirección General Jurídica y de Gobierno.
Cargo del responsable del Sistema de Datos Personales: Director de Gobierno.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena
Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580, D.F.,
correo: [email protected]
VIII.- Nivel de seguridad: Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “SISTEMA DE CONTROL DE
PANTEONES” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “SISTEMA DE CONTROL DE
PANTEONES” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “SISTEMA DE CONTROL DE PANTEONES”.
II.- Finalidad o uso previsto.
La finalidad es contar con un registro preciso y controlado de la disponibilidad y ocupación de lugares en los movimientos en las fosas de
los 5 Cementerios Delegacionales, de los datos de los propietarios de los Derechos del lugar, los finados inhumados, de las exhumaciones
realizadas y el destinos de los restos, cremaciones, traslados de los cuerpos, perpetuidades, vencimientos y refrendos. Se conserva la
historia, de los movimientos realizados los panteones, los cuales pueden ser consultados en todo momento.
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273
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento de cementerios del Distrito Federal.
Aviso por lo cual se da a conocer las claves, conceptos, unidades de medida y cuotas que deberán aplicarse por concepto de
Aprovechamiento y Productos en los Centros Generadores de la Delegación La Magdalena Contreras, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal, número 1613 de fecha 28 de mayo de 2013.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suminístralos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de Obtención: Personal, el interesado debe acudir a las oficinas de la Delegación La Magdalena Contreras, donde deberá
llenar un formato con la finalidad de iniciar su trámite en el área correspondiente.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono particular, Clave Única de Registro de Población (CURP), Edad, Género, Clave de
elector, Firma, Fotografía.
Datos biométricos: Huella dactilar.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
Arts.2, 3, 6 y 8 de la Ley Orgánica de la Contaduría
Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
Artículo 34 fracciones II y III; Reglamento Interior
de la Administración Pública del D.F. Artículos28
fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. Artículos278, 288
y326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX; Ley Federal
del Trabajo Artículos783 y 784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección General de Jurídica y Gobierno.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Director de Gobierno.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras. C.P. 10580,
correo: [email protected]
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
VIII.- Nivel de seguridad:Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “PROGRAMA ESTRATEGIA DE
ATENCIÓN A LAS FAMILIAS QUE HABITAN EN RIESGO” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Nombre, Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de
Seguridad, asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura
Básica, Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “PROGRAMA ESTRATEGIA
DE ATENCIÓN A LAS FAMILIAS QUE HABITAN EN RIESGO” se modifica conforme a lo siguiente:
I.-Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “PROGRAMA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN A LAS FAMILIAS QUE HABITAN EN ZONAS DE ALTO
RIESGO”.
II.-Finalidad y usos previstos.
Contar con un registro preciso y controlado de las zonas de alto riesgo y las personas que habitan en estas zonas, con el propósito de
conocer y poder gestionar la reubicación de las personas que tengan la necesidad de hacerlo, o que requieran de obras de mitigación, a fin
de salvaguardar la vida de sus integrantes, ofreciendo la solución habitacional que asegure su patrimonio.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo de la Delegación la Magdalena Contreras.
Ley de vivienda.
Ley Nacional de Desarrollo 2013-2018.
Ley general de asentamientos humanos.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Personal, el interesado acude a la Subdirección del Centro de Servicio y Atención Ciudadana Delegacional
donde ingresa su solicitud de trámite y sus documentos, los cuales una vez revisados son remitidos a la Dirección General de Colonias y
Tenencia de la Tierra donde se le da el seguimiento correspondiente.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono Particular.
Datos electrónicos: Correo electrónico.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la
Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la
Ley de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México.
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
Para la sustanciación del Recurso de
Revisión.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
275
Ley de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal Artículos 76
al 92.
Ley Orgánica de la Administración
Pública del D.F. Artículo 34 fracciones II
y III; Reglamento Interior de la
Administración Pública del D.F. Artículo
28 fracciones II, III y IV.
Código Civil del D.F. Artículo323;
Código de Procedimientos Civiles del
D.F. Artículos. 278, 288, 326; Ley
Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo 191 fracción XIX;
Ley Federal del Trabajo Artículos 783 y
784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Dirección General de Colonias y Tenencia de la Tierra.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director General de Colonias y Tenencia de la Tierra.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena
Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, planta baja, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C. P.
10580, D.F., correo: [email protected]
VIII.- Nivel de seguridad: Básico.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “FERIAS, EXPOSICIONES Y
CONGRESOS VINCULADOS A LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES, COMERCIALES Y
ECONÓMICAS” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “FERIAS, EXPOSICIONES Y
CONGRESOS VINCULADOS A LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES, COMERCIALES Y
ECONÓMICAS” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “FERIAS, EXPOSICIONES Y CONGRESOS VINCULADOS A LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES
INDUSTRIALES, COMERCIALES Y ECONÓMICAS”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Con el propósito de apoyar a los emprendedores,se integran expedientes los cuales nos permiten llevar un control de las micro y
pequeñas empresas de la demarcación, se ofrece la capacitación necesaria para el desarrollo de los procesos productivos y servicios que
necesiten, al promover y coordinar programas de promoción del comercio, ya sea en la realización de ferias, congresos, o exposiciones,
locales o no, al poder exponer sus productos y servicios, del productor al consumidor, dándoles un plus en el valor y calidad, se apoya a
los futuros empresarios.
III.- Normatividad Aplicable.
Ley de Fomento para el Desarrollo Económico del Distrito Federal.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
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28 de Agosto de 2015
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo de la Delegación La Magdalena Contreras.
IV.-Origen de Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Personal, el interesado acude a las oficinas de la Delegación La Magdalena Contreras en la unidad
departamental de micro y pequeña empresa, en la que se realiza un registro en formato para participar dichas actividades.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Firma, Teléfono Particular, Fotografía, Clave Única de Registro de Población (CURP), Edad,
Género, Clave de Elector.
Datos Biométricos: Huella dactilar.
Datos patrimoniales: Bienes inmuebles.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito
Federal.
Para la sustanciación del recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Órganos de control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales.
Para la sustanciación de los procesos
Jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la
Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de
la Ley de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal, Ley de
Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Distrito
Federal Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración
Pública del D.F. Arts. 34 fracciones II y
III; Reglamento Interior de la
Administración Pública del D.F. Art.
28 fracciones II, III y IV.
Código Civil del D.F. Artículo 323;
Código de Procedimientos Civiles del
D.F. Arts. 278, 288, 326; Ley Orgánica
del Poder Judicial de la Federación,
Art. 191 fracción XIX; Ley del Federal
del Trabajo art. 783 y 784 y demás
aplicables.
VII.-Unidad Administrativa y Responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección General de Desarrollo Sustentable.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director General de Desarrollo Sustentable.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena
Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P.10580, Correo:
[email protected]
VIII.- Nivel de seguridad: Alto.
28 de Agosto de 2015
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277
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “INFORME DE LAS ACTIVIDADES
VINCULADAS A LA PROMOCIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Nombre, Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de
Seguridad, asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura
Básica, Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “INFORME DE LAS
ACTIVIDADES VINCULADAS A LA PROMOCIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL” se modifica conforme a lo siguiente:
I.-Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “ACTIVIDADES VINCULADAS A LA PROMOCIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL Y APOYO ECONÓMICO
PARA FOMENTAR LA MÚSICA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Se conforman expedientes de todos los usuarios contrerenses que realizan estas actividades, en el cual se busca apoyar y promover a la
cultura en todos sus aspectos ya sea en arte, música, etc.porque estamos conscientes que esta área a sido poco favorecida y es una forma
de enriquecer, promover los valores y la participación en los proyectos de expresión cultural y talentos artísticos, aumentando y
mejorando las aptitudes de los beneficiarios, promoviendo en toda la población en general el uso de estos programas.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Manual Administrativo de la Delegación La Magdalena Contreras
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Aviso por el que se dan a conocer las reglas de operación del programa de Desarrollo Social “Apoyo Económico para Fomento a la
Música Orquesta Sinfónica Juvenil”, a cargo de la Coordinación de Cultura, patrimonio e impulso a la juventud.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligados a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Personas que acuden a la Casa de Bellas Artes en la Delegación La Magdalena Contreras, a tomar alguno de
los talleres que se imparten, así como aquellos jóvenes de entre 14 a 29 años que deseen formar parte de la Orquesta Sinfónica Juvenil, se
debe llenar un formato para inscribirse y poder ingresar a las instalaciones para formar parte de los talleres culturales y/o a la orquesta
juvenil de la misma.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Fotografía, Firma, Clave Única de Registro de Población (CURP), Teléfono particular,
Teléfono celular, Fecha de nacimiento, Edad, Género, Clave de Elector, Lugar de nacimiento, nacionalidad, Fecha de nacimiento,
Nacionalidad,
Datos biométricos: Huella dactilar, Talla, Peso.
Datos sobre la salud: Estado cardiovascular, Estado respiratorio, Detección de enfermedades, Incapacidades médicas.
Datos afectivos y/o familiares: Nombre de familiares, Parentesco.
Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial.
Datos laborales: Ocupación.
VI.- Cesión de datos.
278
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Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
28 de Agosto de 2015
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
Artículo 34 fracciones II y III; Reglamento Interior
de la Administración Pública del D.F. Artículos28
fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. Artículos278, 288
y326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX; Ley
Federal del Trabajo Artículos783 y 784 y demás
aplicables.
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Coordinador de Cultura, Patrimonio e Impulso a la Juventud.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Coordinador de Cultura, Patrimonio e Impulso a la Juventud.
Unidad Administrativa ante la cual se presentaran solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
correo: [email protected].
VIII.- Nivel de seguridad:Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “MANIFESTACIONES Y LICENCIAS
DE CONSTRUCCIÓN” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “MANIFESTACIONES Y
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “MANIFESTACIONES Y LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Integrar expedientes de los registros de manifestación de construcción tipo a, b y c, así como de los trámites para la expedición de
licencias de construcción especial, visto bueno de seguridad y ocupación; y revisar que los interesados cumplen con los requisitos y
documentos necesarios para poder iniciar su trámite.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
28 de Agosto de 2015
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279
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Lineamientos para la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Código Fiscal vigente para el Distrito Federal.
Reglamento de Construcciones del Distrito Federal.
IV.- Origen de los Datos:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlas
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de Obtención: El usuario acude a la Ventanilla Única Delegacional donde ingresa su solicitud de trámite y sus
documentos, los cuales una vez revisados son remitidos a la Subdirección de Licencias y Alineamientos.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio Particular, Clave Única del Registro de Población (CURP), Fotografía, Teléfono Particular,
Firma, Edad, Género, Clave de Elector.
Datos biométricos: Huella Dactilar.
Datos Patrimoniales: Bienes Inmuebles.
VI.- Cesión de Datos.
Destinatarios
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la
Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la
Ley de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
Para la sustanciación del recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el probable
incumplimiento a la Ley de Protección de
Datos Personales del Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Finalidad genérica
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Secretaría de Finanzas.
Para la consulta y verificación de pagos
correspondientes a los trámites.
Instituto Mexicano del Seguro Social.
Secretaría de Desarrollo Urbano y
Vivienda.
Para el seguimiento y consulta de procesos
judiciales respecto a las construcciones de
la demarcación.
Para consulta de información respecto a los
trámites de construcción a realizarse en la
demarcación.
Ley de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal Artículos 76
al 92.
Ley Orgánica de la Administración
Pública del D.F. Arts. 34 fracción II, III;
Reglamento Interior de la Administración
Pública del D.F. Art. 28 fracción II, III,
IV.
Código Civil del D.F. Artículo323;
Código de Procedimientos Civiles del
D.F. Artículo278, 288, 326; Ley Orgánica
del Poder Judicial de la Federación Art.
191 fracción XIX; Ley Federal del
Trabajo Art. 783 y 784 y demás
aplicables.
Código Fiscal del Distrito Federal Art.
195.
Código Fiscal de la Federación Art. 42-A,
y Ley del Seguro Social Art. 251 fracción
XX.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal Art. 7 fracción VI y Reglamento
de la Ley de Desarrollo Urbano Art. 129.
280
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección General Obras y Desarrollo Urbano.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Director General Obras y Desarrollo Urbano.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
correo: [email protected].
VIII.- Nivel de seguridad:Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “NUTRICIÓN INFANTIL” DE LA
MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Nombre del Sistema, Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos,
Nivel de Seguridad, asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención,
Estructura Básica, Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “NUTRICIÓN
INFANTIL” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “PROGRAMA DE NUTRICIÓN Y SALUD VISUAL”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Elaborar expedientes de los beneficiarios que integran este sistema, lograr que la población en estado de vulnerabilidad, que se encuentran
en una situación económica desfavorable, tenga la posibilidad de obtener apoyos alimentarios y servicios de salud visual, esto es con la
finalidad de satisfacer sus necesidades dietéticas y visuales, combatir los padecimientos crónico-degenerativos, algunos de los cuales se
acentúan en las personas por su falta de alimentos, la finalidad es luchar contra el hambre y la falta de visión, logrando erradicarla por
completo, ya que es el derecho a la salud es universal.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Lineamientos para la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social.
Reglamento de Desarrollo Social.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado, o tutor.
Procedimiento de Obtención: A través de la Subdirección de Servicios Médicos, se registraran a todas las personas que estén interesadas
en este programa, y que cumplan con todos los requisitos que sean necesario para poder formar parte de este sistema, esto será en apego a
presupuesto designado.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio Particular, Clave Única del Registro de Población (CURP), Firma, Edad, Lugar de nacimiento,
Fecha de nacimiento, Teléfono particular, Teléfono celular, Género.
Datos académicos: Trayectoria educativa.
Datos laborales: Ocupación.
Datos especialmente protegidos (sensibles): Origen étnico o racial
Datos sobre la salud: Examen oftalmológico completo.
VI.- Cesión de Datos.
28 de Agosto de 2015
Destinatarios
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
En ejercicio de sus funciones de
México.
fiscalización.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
Para la sustanciación del recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el probable
incumplimiento a la Ley de Protección de
Datos Personales del Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
281
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la
Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de
la Ley de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal Artículos 76
al 92.
Ley Orgánica de la Administración
Pública del D.F. Arts. 34 fracción II, III;
Reglamento Interior de la Administración
Pública del D.F. Art. 28 fracción II, III,
IV.
Código Civil del D.F. Artículo323;
Código de Procedimientos Civiles del
D.F. Artículo278, 288, 326; Ley Orgánica
del Poder Judicial de la Federación Art.
191 fracción XIX; Ley Federal del
Trabajo Art. 783 y 784 y demás
aplicables.
VII.- Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Subdirección de Servicios Médicos.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Subdirectora de Servicios Médicos.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
correo: [email protected].
VIII.- Nivel de seguridad:Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “PROGRAMA AL ADULTO MAYOR”
DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Nombre, Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de
Seguridad, asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura
Básica, Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “PROGRAMA AL ADULTO
MAYOR” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “APOYO PARA ADULTOS MAYORES”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Se crean expedientes de todas las personas que forman parte de este beneficio, las personas que no tienen una seguridad económica al
llegar a una edad avanzada donde son considerados adultos mayores, tiene la posibilidad de acercarse a solicitar el apoyo al adulto
mayor, el cual consta de una ayuda económica que ayuda a solventar sus gastos promoviendo y conservando su salud y bienestar. Se
elaboran expedientes de la población contrerense que se acerca a solicitar el apoyo para Adulto Mayor, con la intención de apoyar la
economía de este sector de la población.
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III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa "Adulto Mayor".
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligados a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de Obtención: Personal, acude el interesado a las oficinas de la Delegación La Magdalena Contreras en la Unidad
Departamental de Atención al Adulto Mayor y Personas con Discapacidad en el cual debe llenar un formato con el que se inicia el
trámite.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono particular, Teléfono celular, Clave Única de Registro de Población (CURP), Fecha de
nacimiento, Lugar de nacimiento, Edad, Firma, Género.
Datos académicos: Trayectoria educativa.
Datos especialmente protegidos: origen étnico o racial.
Datos laborales: Ocupación.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
Artículo 34 fracciones II y III; Reglamento Interior
de la Administración Pública del D.F. Artículos28
fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. Artículos278, 288
y326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX; Ley Federal
del Trabajo Artículos783 y 784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Coordinación de Seguridad Social
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Coordinador de Justicia Social.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras. C.P. 10580,
correo: [email protected]
28 de Agosto de 2015
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283
VIII.- Nivel de seguridad:Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “PROGRAMA DE AYUDA A LA
VIVIENDA EN MAL ESTADO” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “PROGRAMA DE AYUDA A LA
VIVIENDA EN MAL ESTADO” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “PROGRAMA DE AYUDA A LA VIVIENDA EN MAL ESTADO”.
II.-Finalidad y usos previstos.
Con el objeto deintegrar un expediente de todas las personas que solicitan este sistema el cual sirve para mejorar la forma de vida de las
familias que habitan en estado de vulnerabilidad económica, con viviendas precarias, se crea este sistema que busca proteger y financiar a
las viviendas, que tiene problemas de habitabilidad y de estabilidad estructural, mediante la inscripción a este programa el cual tiene como
finalidad apoyara a las personas para el mejoramiento de sus hogares, se integranexpedientes, para registrar a las personas que requieran
el apoyo y proporcionárselos.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo de la Delegación La Magdalena Contreras.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Personal, el interesado acude a la Subdirección del Centro de Servicio y Atención Ciudadana Delegacional
donde ingresa su solicitud de trámite y sus documentos, los cuales una vez revisados son remitidos a la Dirección General de Colonias y
Tenencia de la Tierra donde se le da el seguimiento correspondiente.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono Particular.
Datos electrónicos: Correo electrónico.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Comisión de Derechos Humanos del
Finalidad genérica
En la investigación de presuntas
Distrito Federal.
violaciones a Derechos Humanos.
Fundamento Legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de
la Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la
Ley de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
Para la sustanciación del Recurso de
Revisión.
Ley de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal Artículos 76
al 92.
284
Órganos de Control Interno.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
28 de Agosto de 2015
Ley Orgánica de la Administración
Pública del D.F. Artículo 34 fracciones II
y III; Reglamento Interior de la
Administración Pública del D.F.,
Artículo28 fracción II, III y IV.
Código Civil del D.F., Artículo 323;
Código de Procedimientos Civiles del
D.F., Art. 278, 288, 326; Ley Orgánica
del Poder Judicial de la Federación, Art.
191 fracción XIX; Ley Federal del
Trabajo Artículos 783 y 784 y demás
aplicables.
VII.-Unidad Administrativa y responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección General de Colonias y Tenencia de la Tierra.
Cargo del responsable del Sistema de Datos Personales: Director General de Colonias y Tenencia de la Tierra.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena
Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco 9, planta baja, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P.
10580, D.F., correo: [email protected].
VIII.- Nivel de seguridad: Básico.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN
DE TENENCIA DE LA TIERRA” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Nombre, Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de
Seguridad, asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura
Básica, Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “PROGRAMA DE
REGULARIZACIÓN DE TENENCIA DE LA TIERRA” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA”.
II.-Finalidad y usos previstos.
Lograr terminar con la incertidumbre legal que puede causar a la población en general la tenencia de la tierra en la cual está habitando,
esto es con la finalidad de apoyar a las personas que no cuentan con un título de propiedad que pueda legitimar sus derechos en dicha
propiedad, se integran expedientes, se registra y gestiona la regularización de la tenencia de la tierra de las personas que lo soliciten.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal y Manual Administrativo de la Delegación La Magdalena
Contreras.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos. Toda persona propietaria
de un terreno dentro de la demarcación, interesada en regularizar la procesión de dicho predio.
Procedencia: Propio interesado.
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
285
Procedimiento de obtención: Personal, toda persona propietaria de un terreno dentro de la demarcación, interesada en regularizar la
procesión de su predio acude a la Subdirección del Centro de Servicio y Atención Ciudadana Delegacional donde ingresa su solicitud de
trámite y sus documentos, los cuales una vez revisados son remitidos a la Dirección General de Colonias y Tenencia de la Tierra donde se
le da el seguimiento correspondiente.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono Particular.
Datos electrónicos: Correo electrónico.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la
Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la
Ley de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Finalidad genérica
Para la sustanciación del Recurso de
Revisión.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Ley de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal, Artículos 76
al 92.
Ley Orgánica de la Administración
Pública del D.F., Artículo 34 fracciones II
y III; Reglamento Interior de la
Administración Pública del D.F. Art. 28
fracciones II, III, IV.
Código Civil del D.F. Artículo323;
Código de Procedimientos Civiles del
D.F. Artículos 278, 288, 326; Ley
Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Art. 191 fracción XIX; Ley
Federal del Trabajo Art. 783 y
784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa y responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección General de Colonias y Tenencia de la Tierra.
Cargo del responsable del Sistema de Datos Personales: Director General de Colonias y Tenencia de la Tierra.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena
Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, planta baja, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P.
10580, D.F., correo: [email protected]
VIII.- Nivel de seguridad: Básico.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE
MICROEMPRESAS” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE
MICROEMPRESAS” se modifica conforme a lo siguiente:
286
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS”.
II.- Finalidad y usos previstos.
La integración de expedientes con la finalidad de llevar un control de las personas que son beneficiadas con este sistema, el cual impulsa
programas destinados a las personas físicas con actividad empresarial, en la demarcación, apoyando a las personas en la comercialización
y distribución de sus productos y servicios, facilitándoles las estrategias de organización y mercadotecnia necesarias para poder crecer
como microempresa.
III.- Normatividad Aplicable.
Ley de Fomento para el Desarrollo Económico del Distrito Federal.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Lineamientos para la Ley de Protección de Datos Personales.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo de la Delegación la Magdalena Contreras.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos: Toda persona que desee
elevar y mejorar proyectos de inversión que contribuyan a la sustentabilidad y desarrollo individual y/o grupal.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Personal, toda persona que desee elevar y mejorar proyectos de inversión que contribuyan a la
sustentabilidad y desarrollo individual y/o grupal, acude a las oficinas de la Delegación La Magdalena Contreras en la Unidad
Departamental de Inversión Empresarial y Fomento Cooperativo en la que se realiza un registro en formato para participar en dichas
actividades.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio,Fotografía, Firma, Teléfono Particular, Clave Única de Registro de Población (CURP), Edad,
Género, Clave de Elector
Datos biométricos: Huellasdactilares
Datos Patrimoniales: Bienes inmuebles.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la
Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la
Ley de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
Para la sustanciación de recurso de revisión
y revocación, denuncias y el procedimiento
para determinar el probable
incumplimiento a la Ley de Protección de
Datos Personales del Distrito Federal.
Órganos de Control.
Finalidad genérica
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Ley de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración
Pública del D.F. Artículo 34 fracciones II
y III; Reglamento Interior de la
Administración Pública del D.F.
Artículos28 fracción II, III, IV.
28 de Agosto de 2015
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
287
Código Civil del D.F. Artículo323;
Código de Procedimientos Civiles del
D.F. Artículos278, 288 y326; Ley
Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX;
Ley Federal del Trabajo Artículos783 y
784 y demás aplicables.
VII.-Unidad administrativa y responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección General de Desarrollo Sustentable.
Cargo del responsable del Sistema de Datos Personales: Director General de Desarrollo Sustentable.
Unidad administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación la Magdalena
Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580, D.F.,
correo: [email protected]
VIII.- Nivel de seguridad:Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “SOLICITANTES DE SERVICIO DE
SALUD” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “SOLICITANTES DE SERVICIO DE
SALUD” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “SOLICITANTES DEL SERVICIO DE SALUD”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Se crean expedientes de las personas que utilizan este sistema con la finalidad de tener un control en las necesidades médicas de la
población, a la cual se le brindaatención médica, se crea este sistema que busca apoyar a las familias en situación de vulnerabilidad
proporcionando atención médica a bajo costo, coadyuvando al mejoramiento del bienestar social y cultural, se integran expedientes de las
personas que acuden a solicitar este servicio, con la finalidad de conocer los motivos por los cuales acude a solicitar este servicio.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Personal, acude el interesado al Consultorio dentro de la Delegación La Magdalena Contreras, donde se le
atiende o canaliza según sea el caso.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Edad, Firma, Género, Características faciales, Estado civil.
Datos biométricos: Talla, Peso.
Datos sobre la salud: Detección de enfermedades, Antecedentes hereditarios y familiares, Antecedentes patológicos, Discapacidades,
Estado físico omental de la persona, Referencias o descripción de sintomatologías, Uso de aparatos oftalmológicos, Ortopédicos,
Auditivos, Prótesis, Vacunas, Estado cardiovascular, Estado respiratorio, Estado digestivo, Estado músculo esquelético.
Datos Laborales: Ocupación.
288
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
Artículo 34 fracciones II y III; Reglamento Interior
de la Administración Pública del D.F. Artículos28
fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. Artículos278, 288
y326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX; Ley Federal
del Trabajo Artículos783 y 784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección General de Desarrollo Social.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Subdirección de Servicios Médicos.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
correo: [email protected]
VIII.- Nivel de seguridad:Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “SOLICITANTES DEL CENTRO DE
SERVICIO Y ATENCIÓN CIUDADANA” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “SOLICITANTES DEL CENTRO DE
SERVICIO Y ATENCIÓN CIUDADANA” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistemas de Datos Personales.
Denominado: “SOLICITANTES DEL CENTRO DE SERVICIO Y ATENCIÓN CIUDADANA”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Atender cualquier tipo de queja o sugerenciapresentada por cualquier persona que lo requiera, registrarla formando expedientes y turnarla
a las áreas operativas competentes para conocer de dicha solicitud y atenderla eficazmente, a la solicitud se le asigna un número de folio
para que se dé seguimiento en las áreas a la que fue turnada dicha solicitud.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
289
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Acuerdo de Creación de los Centros de Servicios y Atención Ciudadana, Manual de Trámites y Servicios del Distrito Federal.
Manual Específico de Operación de los Centros de Servicios y Atención Ciudadana.
Acuerdo por el que se establecen las Atribuciones de los Centros de Servicios y Atención Ciudadana.
Manual Administrativo de la Delegación La Magdalena Contreras.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Personas interesadas.
Procedimiento de obtención: Personal, el interesado debe acudir a las oficinas de la Delegación La Magdalena Contreras, en la
Subdirección del Centro de Servicio y Atención ciudadana, donde se recaban sus datos, para iniciar el trámite y/o servicio con el área
correspondiente.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Género, Teléfono Particular.
VI.- Cesión de datos.
Destinatario
Finalidad genérica
Fundamento legal
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal. Para la
investigación de quejas y denuncias
por presuntas violaciones a los
derechos humanos.
Para la investigación de quejas y
denuncias por presuntas violaciones a
los derechos humanos.
Artículos 3, 17 fracciones ll y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
y demás aplicables. 10 de diciembre de 2013, Gaceta
Oficial del Distrito Federal 9.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Órganos Jurisdiccionales locales y
federales.
Para la sustanciación de los procesos
Jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Artículos 32, 71 fracción II, 80 fracciones II y V, 89
y 91 de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Distrito Federal; Artículos
38, 39, 40 y 42 de la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal y demás
aplicables.
Artículos 34 y 74 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal y demás
aplicables.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Código Civil del Distrito Federal art. 323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F., art. 278, 288, 326;
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación,
art. 191 fracción XIX; Ley Federal del Trabajo, art.
783 y 784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa y responsable del Sistema de Datos Personales:
Subdirección del Centro de Servicios y Atención Ciudadana.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector del Centro de Servicios y Atención Ciudadana.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena
Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Calle Río Blanco No. 9, Esquina José Moreno Salido, Colonia Barranca Seca, C.P. 10580; correo
electrónico: [email protected]
290
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
VIII.- Nivel de seguridad: Básico.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “CONSULTAS MEDICO
VETERINARIAS Y ESTERILIZACIONES” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO.- En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Unidad Administrativa Responsable, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen
de los Datos, Nivel de Seguridad, asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento
de Obtención, Estructura Básica, Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales,
“CONSULTAS MEDICO VETERINARIAS Y ESTERILIZACIONES”, se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “CONSULTAS MEDICO VETERINARIAS Y ESTERILIZACIONES”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Se integran expedientes para llevar un control de las consultas que se realizan, con la finalidad de apoyar a los habitantes de la
demarcación al atender a sus mascotas, en caso de que lo requieran, logrando erradicar entre otras cosas la sobrepoblación de perros y
gatos en la delegación, tratando de concientizar a la población referente a este tema, se registran en expedientes a los usuarios de este tipo
de programas ya sea para consultas a muy bajos precios o para la aplicación de medicina preventiva veterinaria gratuita y
esterilizaciones, esto es con la finalidad de contribuir con la protección y el bienestar animal.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Manual Administrativo de la Delegación La Magdalena Contreras.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal numerales.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de Obtención: Personal, el interesado acude a las oficinas de la Delegación La Magdalena Contreras en la Unidad
Departamental de Protección Animal a través de un formato con el que se da el servicio correspondiente.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Fecha de nacimiento, Teléfono celular, Firma, Teléfono particular, Edad, Fotografía, Género.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Artículos 76 al 92.
28 de Agosto de 2015
Órganos de Control Interno.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
291
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
Artículo 34 fracciones II y III; Reglamento Interior
de la Administración Pública del D.F. Artículos28
fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. Artículos278, 288
y326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX; Ley Federal
del Trabajo Artículos783 y 784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirectora de Servicios Médicos.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Jefatura Departamental de protección animal.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
correo: [email protected].
VIII.- Nivel de seguridad:Básico.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “PADRÓN DE LOCATARIOS DE
MERCADOS PÚBLICOS” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “PADRÓN DE LOCATARIOS DE
MERCADOS PÚBLICOS” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado:“PADRÓN DE LOCATARIOS DE MERCADOS PÚBLICOS”.
II.-Finalidad y usos previstos.
Registrar, identificar y contar con un padrón de locatarios de los 5 mercados públicos delegacionales, que realizan su actividad comercial
en el interior de los mismos, el uso de los datos personales que se recaban, es exclusivamente para el refrendo de cédula de
empadronamiento, traspaso, cesión de derechos, cambios de giros, remodelaciones de locales, autorización por 90 días para que una
persona distinta del empadronado pueda ejercer el comercio y demás acciones relacionadas con la operación de los mercados públicos.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Lineamientos para la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal.
Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Código Fiscal Vigente para el Distrito Federal.
Reglamento de Mercados Vigente para el Distrito Federal.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Se recibe la solicitud para el registro de los diferentes tipos de tramites: Autorización de cambio de giro de
local en mercado público, autorización para el traspaso de derechos de cedula de empadronamiento del local en mercado público,
292
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
autorización hasta por 90 días para que una persona distinta al empadronado pueda ejercer el comercio en puestos permanentes o
temporales en mercados públicos, por cuenta del empadronado; cambio del nombre del titular de la cedula de empadronamiento de
locales en mercados públicos por fallecimiento, cedula de empadronamiento para ejercer actividades comerciales en mercados públicos,
refrendo de empadronamiento para ejercer actividades comerciales en mercados públicos, en los formatos correspondientes.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio Particular, Fotografía, Firma, Clave Única de Registro de Población (CURP), Edad, Género,
Clave de Elector, Fecha de nacimiento, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Teléfono Particular, Firma, Nacionalidad, Lugar de
nacimiento.
Datos biométricos: Huella Dactilar.
Datos Patrimoniales: Bienes inmuebles
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Finalidad genérica
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Secretaría de Desarrollo Económico.
Con la Finalidad de que la Secretaría
realice las supervisiones, observaciones y
sugerencias que permitan mejorar las
condiciones y funcionamiento de los
mercados públicos, así como velar por el
cumplimiento de la normatividad aplicable
en la materia.
Contaduría Mayor de Hacienda de la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
En ejercicio de sus funciones de
Fiscalización.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la
Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Código Civil del D.F. Artículo 323;
Código de Procedimientos Civiles del
D.F. Artículos 278, 288, 326; Ley
Orgánica del Poder Judicial de la
Federación, Artículo 191 fracción XIX;
Ley del Federal del Trabajo, Artículos
783 y 784 y demás aplicables.
Punto Quinto del Acuerdo por el que se
establecen los Lineamientos para la
Operación y funcionamiento de los
Mercados Públicos del Distrito Federal.
Arts. 2, 3,6 y 8 de la Ley Orgánica de la
Contaduría Mayor de Hacienda de la
Asamblea Legislativa del Distrito
Federal.
VII.-Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Dirección General Jurídica y de Gobierno.
Cargo del responsable del Sistema de Datos Personales: Director de Gobierno.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena
Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580, D.F.,
correo: [email protected]
VIII.- Nivel de seguridad: Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “ELABORACIÓN DE CERTIFICADOS
DE RESIDENCIA” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “ELABORACIÓN DE
CERTIFICADOS DE RESIDENCIA” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “ELABORACIÓN DE CERTIFICADOS DE RESIDENCIA”.
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II.-Finalidad y usos previstos.
Formar un expediente que nos permita tener un control actualizado de las personas que solicitan este trámite, el cual permite que los
habitantes de la demarcación puedan acreditar que residen en un lugar determinado dentro del perímetro delegacional, verificar la
documentación proporcionada por el solicitante y registrarla para la expedición de documentos oficiales con motivo de la acreditación
del domicilio, el cual les permite realizar trámites ante diversas instancias que lo pudieran requerir.
III.- Normatividad Aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Código Fiscal vigente para el Distrito Federal.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de Obtención: Personal, el interesado acude a la Ventanilla Única Delegacional donde ingresa su solicitud de trámite y sus
documentos, los cuales una vez revisados son remitidos a la Unidad Departamental de Servicios al Público a través de un formato, con lo
que inicia el trámite correspondiente.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Fotografía, Firma, Clave Única de Registro de Población (CURP), Edad, Género, Clave de
elector, Teléfono Particular.
Datos biométricos: Huella Dactilar.
Datos patrimoniales: Bienes inmuebles
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
Para la sustanciación de recurso de revisión
y revocación, denuncias y el procedimiento
para determinar el probable
incumplimiento a la Ley de Protección de
Datos Personales del Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Contaduría Mayor de Hacienda, de la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
En ejercicio de sus funciones de
Fiscalización.
Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la
Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal Artículos 76
al 92.
Ley Orgánica de la Administración
Pública del D.F. Artículos 34 fracción II,
III; Reglamento Interior de la
Administración Pública del D.F.
Artículo28 fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. Art. 323; Código
de Procedimientos Civiles del D. F. Art.
278, 288, 326; Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación, Artículo 191
fracción XIX; Ley Federal del Trabajo
Artículos 783 y 784 y demás aplicables.
Arts. 2, 3,6 y 8 de la Ley Orgánica de la
Contaduría Mayor de Hacienda de la
Asamblea Legislativa del Distrito
Federal.
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VII.-Unidad Administrativa y Responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección General Jurídica y de Gobierno.
Cargo del responsable del Sistema de Datos Personales: Director de Gobierno.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento:
Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580, D.F.,
correo: [email protected]
VIII.- Nivel de seguridad: Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “PROGRAMAS INTERNOS DE
PROTECCIÓN CIVIL” DE LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO: En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los
numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se procede a la modificación de los
apartados: Finalidad, Normatividad Aplicable, Responsable del Sistema de Datos Personales, Origen de los Datos, Nivel de Seguridad,
asimismo se adiciona información en la Normatividad Aplicable, Origen de los Datos, Procedimiento de Obtención, Estructura Básica,
Modo de Tratamiento, Cesión de Datos y Nivel de Seguridad del Sistema de Datos Personales, “PROGRAMAS INTERNOS DE
PROTECCIÓN CIVIL” se modifica conforme a lo siguiente:
I.- Identificación del Sistema de Datos Personales.
Denominado: “PROGRAMAS INTERNOS DE PROTECCIÓN CIVIL”.
II.- Finalidad y usos previstos.
Se crean expedientes con la finalidad de obtener una estadística de las personas que utilizan este sistema, se trata de hacer un diseño de las
medidas preventivas y de respuesta ante escenarios de emergencia, que permitan garantizar la continuidad de las funciones sustantivas de
la población en general, salvaguardando la integridad física de las personas y proteger los bienes propiedad de los mimos. Ya que el área
de protección civil es la máxima autoridad al momento de presentarse alguna emergencia, es de vital importancia identificar al
representante legal para realizar la revisión, evaluación necesaria para emitir una resolución del problema.
III.- Normatividad Aplicable.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito.
Ley del Sistema de Protección Civil para el Distrito Federal.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Términos de Referencia para la Elaboración de Programas Internos de Protección Civil.
Manual Administrativo de la delegación La Magdalena Contreras.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
IV.- Origen de los Datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Interesado y/o Representante Legal.
Procedimiento de obtención: Personal, acude a la Ventanilla Única Delegacional donde ingresa su solicitud de trámite y sus documentos,
los cuales una vez revisados son remitidos a la Unidad Departamental de Capacitación y Prevención en Protección Civil.
V.- Estructura básica del sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono Particular, Clave Única de Registro de Población (CURP), Firma, Fotografía, Edad,
Género.
Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial.
Datos biométricos: Huella Dactilar.
Datos Patrimoniales: Bienes Inmuebles.
VI.- Cesión de Datos.
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Destinatarios
Finalidad genérica
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito
Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
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Fundamento legal
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la
Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Artículos 2, 3, 6 y 8 de la Ley
Orgánica de la Contaduría Mayor de
Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal, Ley de
Transparencia y Acceso a la
Información Pública Artículos 76 al
92.
Ley Orgánica de la Administración
Pública del D. F. Artículos 34
fracciones II y III; Reglamento Interior
de la Administración Pública del D.F.
Art. 28 fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. art. 323; Código
de Procedimientos Civiles del D.F. art.
278, 288, 326; Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación art. 191
fracción XIX; Ley del Federal del
Trabajo Artículos 783 y 784 y demás
aplicables.
VII.-Unidad Administrativa y responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección de Protección Civil.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director de Protección Civil.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena
Contreras.
Domicilio oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580, D.F.,
correo: [email protected]
VIII.- Nivel de seguridad:Alto.
TRANSITORIOS
PRIMERO.Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que notifique al Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito Federal sobre la publicación de los presentes acuerdos dentro de los diez días hábiles
siguientes a la publicación del mismo y al responsable del Sistema de Datos Personales para que realice las adecuaciones pertinentes en el
Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes a la publicación en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los presentes Acuerdos en cumplimiento a lo previsto en el artículo 7,
fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
TERCERO.Los presentes acuerdos entraran en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, Distrito Federal a 17 de agosto de 2015.
(Firma)
FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA
JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS.
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DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS
MTRO. FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Jefe Delegacional en La Magdalena Contreras, con fundamento en los artículos 6;
122, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 87 tercer párrafo, 104 y 117 del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal; los artículos 7, 10 fracción X, 37 y 39 de Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6
y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; numerales 6 y 8 del Capítulo I del Título Segundo de los
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y atendiendo a los principios de seguridad, licitud, calidad,
confidencialidad, consentimiento, temporalidad y certeza de los datos personales en poder de la Delegación La Magdalena Contreras, y
CONSIDERANDO
1.- Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y el numeral 6 de
los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, corresponde determinar al titular del ente público, o en su
caso, al órgano competente la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, en el ámbito de competencia.
2.- Que de conformidad con el artículo 7, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se establece que
la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos, y su creación, modificación o
supresión de los sistemas de datos personales, deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
3.- Que de manera adicional, el numeral 6 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establece
como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá
efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, en su caso, por el órgano competente, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
4.- Que los sistemas de datos personales que se suprimen mediante los presentes Acuerdos fueron inscritos en el Registro Electrónico de
Sistemas de Datos Personales, administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del
Distrito Federal, en cumplimiento al artículo Transitorio Tercero de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el
Distrito Federal con relación al Acuerdo 0182/SO/10-03/2010 emitido por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Distrito Federal y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez.
5.- Que de conformidad con el numeral 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, mediante el
cual se determina que en el caso de que el titular del ente público o el responsable del sistema de datos personales decrete la supresión de
un sistema de datos personales mediante la publicación del acuerdo respectivo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la supresión
deberá ser notificada al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, dentro de los
diez días hábiles siguientes, a efecto de que se proceda a la cancelación de inscripción en el registro correspondiente, por lo que se emite
el siguiente:
Aviso por el cual se dan a conocer diversos Acuerdos de Supresión de Sistemas de Datos Personales a cargo de la
Delegación La Magdalena Contreras.
ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIME EL SIGUIENTE SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LA DELEGACIÓN LA
MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO.- Se suprime el siguiente Sistema de Datos Personales.
“SISTEMA DE CONTROL DE LA JUNTA DE RECLUTAMIENTO N° 22”.
Dicho Sistema de Datos Personales está bajo la responsabilidad de la Dirección General de Jurídica y Gobierno de la Delegación La
Magdalena Contreras, lo anterior, en virtud de que dicho sistema ha dejado de ser necesario para el desarrollo de las actividades derivadas
de las atribuciones que tiene conferidas a esta demarcación y ha cumplido con la finalidad para la que fue creado; de acuerdo a las
siguientes consideraciones:
El Registro de Datos Personales del Sistema, “SISTEMA DE CONTROL DE LA JUNTA DE RECLUTAMIENTO N° 22”, el cual
está a cargo de la Dirección General de Jurídica y Gobierno, es materia del presente Acuerdo de supresión, toda vez que no se lleva a cabo
recolección de datos personales; ya que se ha dejado de ejercer la atribución y finalidad para la que fue creado. La información que se
contiene en dicho sistema será destruida conforme a lo previsto en la normatividadarchivística que regula al ente público; ya que entre
otras razones, la información contenida ha cumplido el principio de temporalidad contemplado en el artículo 5 de la Ley de Protección de
Datos Personales para el Distrito Federal.
Por lo antes expuesto, con fundamento en los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
numerales 7 y 9 del Capítulo I del Título Segundo de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal;
artículos 33 y 34 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, se hace del conocimiento público el procedimiento de baja documental que
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se ha iniciado ante el Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de este Órgano Político Administrativo en La
Magdalena Contreras para que los datos personales contenidos en los archivos de estos sistemas sean destruidos de conformidad con lo
establecido por la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Asimismo cabe destacar que, en caso de que durante la valoración documental se determine transferir los documentos que contengan
datos personales al archivo histórico, se realizará mediante previo procedimiento de disociación.
ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIME EL SIGUIENTE SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LA DELEGACIÓN LA
MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO.-Se suprime el siguiente Sistema de Datos Personales.
“ASESORÍA JURÍDICA”.
Dicho Sistema de Datos Personales está bajo la responsabilidad de la Dirección General Jurídica y Gobierno de la Delegación La
Magdalena Contreras, lo anterior, en virtud de que dicho sistema ha dejado de ser necesario para el desarrollo de las actividades derivadas
de las atribuciones que tiene conferidas a esta demarcación y ha cumplido con la finalidad para la que fue creado; de acuerdo a las
siguientes consideraciones:
El Registro de Datos Personales de “ASESORÍA JURÍDICA”, está bajo la responsabilidad de la Dirección General de Jurídica y
Gobierno, este sistema ha dejado de ser necesario para el desarrollo de las actividades derivadas de las atribuciones que tiene conferidas a
esta demarcación y ha cumplido con la finalidad para la que fue creado, la asesoría jurídica gratuita en materia civil, penal, administrativa
y del trabajo, en beneficio de los habitantes de esta demarcación territorial, así como a cualquier ciudadano o persona que la haya
requerido, se realiza de manera verbal con los ciudadanos interesados en la orientación jurídica, solo se limitan a plantear su problema
legal, sin que se les requiera el proporcionar datos de identificación alguno, registrándose solo de manera numérica para efectos
estadísticos, razón por la cual no se recaban datos personales de los asistentes, siendo así procedente el suprimir el registro de Asesoría
Jurídica Gratuita.
Por lo antes expuesto, con fundamento en los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
numerales 7 y 9 del Capítulo I del Título Segundo de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal;
artículos 33 y 34 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, se hace del conocimiento público el procedimiento de baja documental que
se ha iniciado ante el Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de este Órgano Político Administrativo en La
Magdalena Contreras para que los datos personales contenidos en los archivos de estos sistemas sean destruidos de conformidad con lo
establecido por la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Asimismo cabe destacar que, en caso de que durante la valoración documental se determine transferir los documentos que contengan
datos personales al archivo histórico, se realizará mediante previo procedimiento de disociación.
ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIME EL SIGUIENTE SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LA DELEGACIÓN LA
MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO.-Se suprime el siguiente Sistema de Datos Personales.
“SISTEMA DE FILIACIÓN”.
Dicho Sistema de Datos Personales está bajo la responsabilidad de la Dirección General de Administración de la Delegación La
Magdalena Contreras, lo anterior, en virtud de que dicho sistema ha dejado de ser necesario para el desarrollo de las actividades derivadas
de las atribuciones que tiene conferidas a esta demarcación y ha cumplido con la finalidad para la que fue creado; de acuerdo a las
siguientes consideraciones:
El Registro de Datos Personales del Sistema, “SISTEMA DE FILIACIÓN”, está a cargo de la Dirección General de Administración, es
materia del presente Acuerdo de supresión, toda vez que no se lleva a cabo la obtención de datos personales; ya que se ha dejado de
ejercer la atribución y finalidad para la que fue creado. La información que se contiene en dicho sistema será destruida conforme a lo
previsto en la normatividad archivística que regula al ente público; ya que entre otras razones, la información contenida ha cumplido el
principio de temporalidad contemplado en el artículo 5 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Por lo antes expuesto, con fundamento en los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
numerales 7 y 9 del Capítulo I del Título Segundo de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal;
artículos 33 y 34 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, se hace del conocimiento público el procedimiento de baja documental que
se ha iniciado ante el Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de este Órgano Político Administrativo en La
Magdalena Contreras para que los datos personales contenidos en los archivos de estos sistemas sean destruidos de conformidad con lo
establecido por la Ley de Archivos del Distrito Federal.
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Asimismo cabe destacar que, en caso de que durante la valoración documental se determine transferir los documentos que contengan
datos personales al archivo histórico, se realizará mediante previo procedimiento de disociación.
ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIME EL SIGUIENTE SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LA DELEGACIÓN LA
MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO.-Se suprime el siguiente Sistema de Datos Personales.
“META 4”.
Dicho Sistema de Datos Personales está bajo la responsabilidad de la Dirección General de Administración de la Delegación La
Magdalena Contreras, lo anterior, en virtud de que dicho sistema ha dejado de ser necesario para el desarrollo de las actividades derivadas
de las atribuciones que tiene conferidas a esta demarcación y ha cumplido con la finalidad para la que fue creado; de acuerdo a las
siguientes consideraciones:
El Registro de Datos Personales del Sistema, “META 4”, está a cargo de la Dirección General de Administración, es materia del presente
Acuerdo de supresión, toda vez que no se lleva a cabo recolección de datos personales; ya que se ha dejado de ejercer la atribución y
finalidad para la que fue creado. La información que se contiene en dicho sistema será destruida conforme a lo previsto en la
normatividad archivística que regula al ente público; ya que entre otras razones, la información contenida ha cumplido el principio de
temporalidad contemplado en el artículo 5 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Por lo antes expuesto, con fundamento en los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
numerales 7 y 9 del Capítulo I del Título Segundo de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal;
artículos 33 y 34 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, se hace del conocimiento público el procedimiento de baja documental que
se ha iniciado ante el Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de este Órgano Político Administrativo en La
Magdalena Contreras para que los datos personales contenidos en los archivos de estos sistemas sean destruidos de conformidad con lo
establecido por la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Asimismo cabe destacar que, en caso de que durante la valoración documental se determine transferir los documentos que contengan
datos personales al archivo histórico, se realizará mediante previo procedimiento de disociación.
ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIME EL SIGUIENTE SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LA DELEGACIÓN LA
MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO.-Se suprime el siguiente Sistema de Datos Personales.
“PADRÓN DE GIROS MERCANTILES DELEGACIONAL, PADRÓN DEL SISTEMA SIAPEM (SEDECO) Y RELACIÓN
DEL PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE VISITAS DE VERIFICACIÓN”.
Dicho Sistema de Datos Personales están bajo la responsabilidad de la Dirección General de Jurídica y Gobierno de la Delegación La
Magdalena Contreras, lo anterior, en virtud de que dicho sistema ha dejado de ser necesario para el desarrollo de las actividades derivadas
de las atribuciones que tiene conferidas a esta demarcación y ha cumplido con la finalidad para la que fue creado; de acuerdo a las
siguientes consideraciones:
El Registro de Datos Personales del Sistema,“PADRÓN DE GIROS MERCANTILES DELEGACIONAL, PADRÓN DEL
SISTEMA SIAPEM (SEDECO) Y RELACIÓN DEL PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE VISITAS DE
VERIFICACIÓN”, el cual está a cargo de la Dirección de Jurídica y de Gobierno, es materia del presente Acuerdo de supresión, toda
vez que no se lleva a cabo recolección de datos personales; ya que se ha dejado de ejercer la atribución y finalidad para la que fue creado.
La información que se contiene en dicho sistema será destruida conforme a lo previsto en la normatividad archivística que regula al ente
público; ya que entre otras razones, la información contenida ha cumplido el principio de temporalidad contemplado en el artículo 5 de la
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Por lo antes expuesto, con fundamento en los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
numerales 7 y 9 del Capítulo I del Título Segundo de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal;
artículos 33 y 34 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, se hace del conocimiento público el procedimiento de baja documental que
se ha iniciado ante el Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de este Órgano Político Administrativo en La
Magdalena Contreras para que los datos personales contenidos en los archivos de estos sistemas sean destruidos de conformidad con lo
establecido por la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Asimismo cabe destacar que, en caso de que durante la valoración documental se determine transferir los documentos que contengan
datos personales al archivo histórico, se realizará mediante previo procedimiento de disociación.
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ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIMEN LOS SIGUIENTES SISTEMAS DE DATOS PERSONALES DE LA DELEGACIÓN
LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO.-Se suprimen los siguientes Sistemas de Datos Personales.
“PROVEEDORES PERSONAS FÍSICAS” Y “SOLICITANTES DE INTEGRANTES DE LOS COMITÉS VECINALES”.
Dichos Sistemas de Datos Personales están bajo la responsabilidad de la Dirección General de Administración de la Delegación La
Magdalena Contreras, lo anterior, en virtud de que dichos sistemas han dejado de ser necesarios para el desarrollo de las actividades
derivadas de las atribuciones que tiene conferidas a esta demarcación y han cumplido con la finalidad para la que fueron creados; de
acuerdo a las siguientes consideraciones:
1) Por lo que corresponde al Registro de Datos Personales del Sistema, “PROVEEDORES PERSONAS FÍSICAS”, el cual está a cargo
de la Dirección General de Administración, es materia del presente Acuerdo de supresión, toda vez que no se lleva a cabo recolección de
datos personales; ya que esta información es pública y se encuentra en la página de transparencia de la delegación La Magdalena
Contreras en el articulo XIV fracción XXII, y puede ser consultada por la población en general es por esta razón que ha dejado de ejercer
la atribución y finalidad para la que fue creado. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por
cualquier motivo, se les entregue o permita usar recursos públicos, ya que la información es publica deja de ser necesario que exista este
sistema, así que es procedente suprimir el registro de Proveedores de Personas Físicas.
2) Por lo que corresponde al Registro de Datos Personales del Sistema, “SOLICITANTES DE INTEGRANTES DE LOS COMITÉS
VECINALES”, la cual está a cargo de la Dirección General de Participación Ciudadana, es materia del presente Acuerdo de supresión,
toda vez que no se lleva a cabo recolección de datos personales; ya que se ha dejado de ejercer la atribución y finalidad para la que fue
creado. La información que se contiene en dicho sistema será destruida conforme a lo previsto en la normatividad archivística que regula
al ente público; ya que entre otras razones, la información contenida ha cumplido el principio de temporalidad contemplado en el artículo
5 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Por lo antes expuesto, con fundamento en los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
numerales 7 y 9 del Capítulo I del Título Segundo de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal;
artículos 33 y 34 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, se hace del conocimiento público el procedimiento de baja documental que
se ha iniciado ante el Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de este Órgano Político Administrativo en La
Magdalena Contreras para que los datos personales contenidos en los archivos de estos sistemas sean destruidos de conformidad con lo
establecido por la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Asimismo cabe destacar que, en caso de que durante la valoración documental se determine transferir los documentos que contengan
datos personales al archivo histórico, se realizará mediante previo procedimiento de disociación.
ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIMEN LOS SIGUIENTES SISTEMAS DE DATOS PERSONALES DE LA DELEGACIÓN
LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO.-Se suprimen los siguientes Sistemas de Datos Personales.
“AYUDAS DE BECAS DEPORTIVAS” Y “APOYO A PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS”.
Dichos Sistemas de Datos Personales están bajo la responsabilidad de la Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación La
Magdalena Contreras, lo anterior, en virtud de que dichos sistemas han dejado de ser necesarios para el desarrollo de las actividades
derivadas de las atribuciones que tiene conferidas a esta demarcación y han cumplido con la finalidad para la que fueron creados; de
acuerdo a las siguientes consideraciones:
1) Por lo que corresponde al Registro de Datos Personales del Sistema, “AYUDAS DE BECAS DEPORTIVAS”, el cual está a cargo de
la Dirección General de Desarrollo Social, es materia del presente Acuerdo de supresión, toda vez que no se lleva a cabo recolección de
datos personales; ya que se ha dejado de ejercer la atribución y finalidad para la que fue creado. La información que se contiene en dicho
sistema será destruida conforme a lo previsto en la normatividad archivística que regula al ente público; ya que entre otras razones, la
información contenida ha cumplido el principio de temporalidad contemplado en el artículo 5 de la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal.
2) Por lo que corresponde al Registro de Datos Personales del Sistema, “APOYO A PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS”, el cual
está a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social, es materia del presente Acuerdo de supresión, toda vez que no se lleva a cabo
recolección de datos personales; ya que se ha dejado de ejercer la atribución y finalidad para la que fue creado. La información que se
contiene en dicho sistema será destruida conforme a lo previsto en la normatividad archivística que regula al ente público; ya que entre
otras razones, la información contenida ha cumplido el principio de temporalidad contemplado en el artículo 5 de la Ley de Protección de
Datos Personales para el Distrito Federal.
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Por lo antes expuesto, con fundamento en los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
numerales 7 y 9 del Capítulo I del Título Segundo de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal;
artículos 33 y 34 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, se hace del conocimiento público el procedimiento de baja documental que
se ha iniciado ante el Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de este Órgano Político Administrativo en La
Magdalena Contreras para que los datos personales contenidos en los archivos de estos sistemas sean destruidos de conformidad con lo
establecido por la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Asimismo cabe destacar que, en caso de que durante la valoración documental se determine transferir los documentos que contengan
datos personales al archivo histórico, se realizará mediante previo procedimiento de disociación.
ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIMEN LOS SIGUIENTES SISTEMAS DE DATOS PERSONALES DE LA DELEGACIÓN
LA MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO.-Se suprimen los siguientes Sistemas de Datos Personales.
“PROGRAMA DE APOYO A MADRES CON BEBÉS DE 0 A 12 MESES”, “DÍA DE REYES”, “DÍA DEL NIÑO”,
“ADMINISTRACIÓN DE ACTIVIDADES RECREATIVAS MODULO (CEDECUFYD)” Y “ADMINISTRACIÓN DE
CENTROS DEPORTIVOS”.
Dichos Sistemas de Datos Personales están bajo la responsabilidad de la Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación La
Magdalena Contreras, lo anterior, en virtud de que dichos sistemas han dejado de ser necesarios para el desarrollo de las actividades
derivadas de las atribuciones que tiene conferidas a esta demarcación y han cumplido con la finalidad para la que fueron creados; de
acuerdo a las siguientes consideraciones:
1) Referente al Registro de Datos Personales del Sistema, “PROGRAMA DE APOYO A MADRES CON BEBÉS DE 0 A 12
MESES”, el cual está a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social, será suprimido toda vez que ya no se lleva a cabo recolección
de datos personales; ya que se ha dejado de ejercer la atribución y finalidad para la que fue creado. La información que se contiene en
dicho sistema será destruida conforme a lo previsto en la normatividad archivística que regula al ente público; ya que entre otras razones,
la información contenida ha cumplido el principio de temporalidad contemplado en el artículo 5 de la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal.
2) Referente al Registro de Datos Personales del Sistema, “DÍA DE REYES”, el cual está a cargo de la Dirección General de Desarrollo
Social, este sistema ha dejado de ser necesario para el desarrollo de las actividades derivadas de las atribuciones que tiene conferidas a
esta demarcación territorial y han cumplido con la finalidad para la que fueron creados, los apoyos que se reparten a la población en
general el día de reyes se realiza de manera gratuita, el registro que se realiza es de manera numérica para efectos estadísticos, se les
asigna un numero a los vales que se entregan a la población en general, dicho vale se cambia por un juguete, por lo que no se requiere el
proporcionar ningún dato personal, siendo procedente el suprimir el registro de Día de Reyes.
3) Por lo que corresponde al Registro de Datos Personales del Sistema, “DÍA DEL NIÑO”, el cual está a cargo de la Dirección General
de Desarrollo Social, es materia del presente Acuerdo de supresión, toda vez que no se lleva a cabo recolección de datos personales, ya
que se ha dejado de ejerce la atribución y la finalidad para la que fue creado, el registro que se realiza es de manera numérica para efectos
estadísticos, los apoyos que se reparten a las personas en el día del niño son de forma gratuita, se les asigna un numero a los vales que se
entregan a la población en general, dicho vale se cambia por un juguete, ya no se requiere el proporcionar ningún dato por parte de la
población, siendo procedente el suprimir el registro de Día del Niño.
4) Por lo que corresponde al Registro de Datos Personales del Sistema, “ADMINISTRACIÓN DE ACTIVIDADES RECREATIVAS
MODULO (CEDECUFYD)”, el cual está a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social, es materia del presente Acuerdo de
supresión, ya que por su naturaleza y finalidad se fusiona con el Sistema de Datos Personales “Administración de Módulos y Módulos
Deportivos”, a fin de evitar duplicidad, los datos personales serán protegidos en dicho sistema.
5) Por lo que corresponde al Registro de Datos Personales del Sistema, “ADMINISTRACIÓN DE CENTROS DEPORTIVOS”, el
cual está a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social, es materia del presente Acuerdo de supresión, ya que por su naturaleza y
finalidad se fusiona con el Sistema de Datos Personales “Administración de Módulos y Módulos Deportivos”, a fin de evitar duplicidad,
los datos personales serán protegidos en dicho sistema.
Por lo antes expuesto, con fundamento en los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
numerales 7 y 9 del Capítulo I del Título Segundo de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal;
artículos 33 y 34 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, se hace del conocimiento público el procedimiento de baja documental que
se ha iniciado ante el Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de este Órgano Político Administrativo en La
Magdalena Contreras para que los datos personales contenidos en los archivos de estos sistemas sean destruidos de conformidad con lo
establecido por la Ley de Archivos del Distrito Federal.
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Asimismo cabe destacar que, en caso de que durante la valoración documental se determine transferir los documentos que contengan
datos personales al archivo histórico, se realizará mediante previo procedimiento de disociación.
ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIMEN LOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES DE LA DELEGACIÓN LA
MAGDALENA CONTRERAS.
PRIMERO.-Se suprimen los siguiente Sistemas de Datos Personales.
“SEGUIMIENTO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS VISITAS DE VERIFICACIÓN” Y “PADRÓN DE
ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES”.
Dichos Sistemas de Datos Personales están bajo la responsabilidad de la Dirección General de Jurídica y de Gobierno de la Delegación La
Magdalena Contreras, lo anterior, en virtud de que dichos sistemas han dejado de ser necesarios para el desarrollo de las actividades
derivadas de las atribuciones que tiene conferidas a esta demarcación y han cumplido con la finalidad para la que fueron creados; de
acuerdo a las siguientes consideraciones:
1) Por lo que corresponde al Registro de Datos Personales del Sistema, “SEGUIMIENTO DE PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO DE LAS VISITAS DE VERIFICACIÓN”, el cual está a cargo de la Dirección General de Jurídica y de
Gobierno, es materia del presente Acuerdo de supresión, toda vez que no se lleva a cabo recolección de datos personales; ya que se ha
dejado de ejercer la atribución y finalidad para la que fue creado. La información que se contiene en dicho sistema será destruida
conforme a lo previsto en la normatividad archivística que regula al ente público; ya que entre otras razones, la información contenida ha
cumplido el principio de temporalidad contemplado en el artículo 5 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
2) Por lo que corresponde al Registro de Datos Personales del Sistema, “PADRÓN DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES”, el
cual está a cargo de la Dirección General de Jurídica y Gobierno, es materia del presente acuerdo de supresión, toda vez que ya no se lleva
a cabo recolección de datos personales, puesto que el padrón de establecimiento mercantiles es información pública, la cual se encuentra
en la página de transparencia de la delegación La Magdalena Contreras en el artículo XIV fracción XVIII, y puede ser consultada por
cualquier persona, es por esta razón que ha dejado de ejercer la atribución y finalidad para la que fue creado. Respecto de las concesiones,
licencias, permisos y autorizaciones, se deberá publicar su objeto, el nombre o razón social del titular, vigencia, el tipo, así como si el
procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos, esta es la razón por la cual la información es
pública y no se necesita de un sistema de datos personales, y es procedente el suprimir el registro de padrón de establecimientos
mercantiles.
Por lo antes expuesto, con fundamento en los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
numerales 7 y 9 del Capítulo I del Título Segundo de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal;
artículos 33 y 34 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, se hace del conocimiento público el procedimiento de baja documental que
se ha iniciado ante el Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de este Órgano Político Administrativo en La
Magdalena Contreras para que los datos personales contenidos en los archivos de estos sistemas sean destruidos de conformidad con lo
establecido por la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Asimismo cabe destacar que, en caso de que durante la valoración documental se determine transferir los documentos que contengan
datos personales al archivo histórico, se realizará mediante previo procedimiento de disociación.
TRANSITORIOS
ÚNICO.-Los presentes Acuerdos surtirán efectos al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, Distrito Federal a 17 de agosto de 2015.
(Firma)
MTRO. FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA
JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS.
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DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS
MTRO. FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Jefe Delegacional en La Magdalena Contreras, de conformidad con lo establecido en
los artículos 87 tercer párrafo, 104 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; los artículos 7, 10 fracción XVI, 37 y 39
fracciones VIII, XLV, LIV y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; los Artículos 6 y 7 de la Ley
de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; los artículos 120, 121, 122 último párrafo y 123 fracción I del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; los numerales 6, 7, 8 y 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos
Personales en el Distrito Federal, así como también en el siguiente:
CONSIDERANDO
I.- Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal corresponde al
titular del ente público determinar la creación, modificación o supresión del sistema de datos personales en el ámbito de su competencia.
II.- Que de conformidad con el artículo 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se establece que
la integración, tratamiento y tutela de los Sistemas de Datos Personales está a cargo de los entes públicos y que la creación, modificación
o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta del Distrito Federal.
III.- Que de manera adicional el numeral 6 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establece
como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales solo podrá
efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
IV.- Que de conformidad con el numeral 9 de los lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, mediante el
cual se determina que en caso de que el titular del ente público o en su caso el responsable del sistema de datos personales determine la
supresión de un sistema de datos personales mediante la publicación del acuerdo respectivo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la
supresión deberá ser notificada al Instituto dentro de los diez días hábiles siguientes, a efecto de que se proceda a la cancelación de
inscripción en el registro correspondiente.
V.- Que el acuerdo para su creación y publicación se realiza para atender las observaciones derivadas de la evaluación Diagnóstico de la
Calidad de la Información inscrita en el Registro Electrónico de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito Federal y del Acuerdo 0825/SO/03-07/2013 por el cual el pleno del INFODF aprobó dicho
informe.
VI.- Que de manera adicional, los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal,
establecen como obligación para todos los entes públicos que la creación, modificación o supresión de Sistemas de Datos Personales sólo
podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el Titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, por lo que he tenido
a bien emitir el siguiente:
Aviso por el cual se dan a conocer diversos Acuerdos de Creación de Sistemas de Datos Personales a cargo de la
Delegación La Magdalena Contreras.
ACUERDO POR EL QUE SE CREAEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “ADMINISTRACIÓN DE MÓDULOS Y
MÓDULOS DEPORTIVOS”.
PRIMERO.-Que el Sistema de Datos Personales que se crea y publicamediante el presente acuerdo, será inscrito en el Registro
Electrónico del Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Distrito Federal, los cuales se identificarán de la siguiente manera: En cumplimiento al artículo Transitorio Tercero
de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 aprobado
por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal el diez de marzo
de dos mil diez y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez.
I.- Se crea el Sistema de Datos Personales.
Denominado: “ADMINISTRACIÓN DE MÓDULOS Y MÓDULOS DEPORTIVOS”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Integrar expedientes de los usuarios que habitan en la Delegación La Magdalena Contreras y que acuden a los centros deportivos a
realizar alguna actividad física, deportiva y/o recreativa con el objeto de formar una comunidad más sana, reflejando un mayor desarrollo
social y humano así como una integración comunitaria solidaria que estimule un mejoramiento de las condiciones de vida.
III.- Normatividad aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Ley de Educación Física y Deporte del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Manual Administrativo de la Delegación La Magdalena Contreras, en su parte de organización, conservando el número de registro ma02d10-1/10.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
IV.- Origen de los datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Personal, el interesado acude al Centro de Educación Física y Deporte más cercano distribuidos dentro de la
demarcación, en el cual llena un formato con el que se registra para hacer uso de las instalaciones.
V.- Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono particular, Teléfono celular, Clave Única de Registro de Población (CURP), Edad,
Firma, Fotografía, Género, Clave de Elector, Fecha de nacimiento, Lugar de nacimiento.
Datos biométricos: Talla, Peso, Grupo sanguíneo, Huella dactilar.
Datos sobre la salud de las personas: Detección de Enfermedades, Discapacidades, Incapacidades médicas, Diagnostico
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios.
Finalidad genérica.
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Fundamento legal.
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del
D.F. Artículo 34 fracciones II y III; Reglamento
Interior de la Administración Pública del D.F.
Artículos 28 fracciones II, III y IV.
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. Artículos278, 288
y326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX; Ley Federal
del Trabajo Artículos783 y 784 y demás aplicables.
VII.- Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Subdirector de Educación Física, Deporte y Apoyo Logístico.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Subdirector de Educación Física, Deporte y Apoyo Logístico.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
[email protected].
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VIII.- Nivel de seguridad: Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “ALARMAS VECINALES”.
PRIMERO.-Que el Sistema de Datos Personales que se crea y publica mediante el presente acuerdo, será inscrito en el Registro
Electrónico del Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Distrito Federal, los cuales se identificarán de la siguiente manera: En cumplimiento al artículo Transitorio Tercero
de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 aprobado
por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal el diez de marzo
de dos mil diez y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez.
I.- Se crea el Sistema de Datos Personales.
Denominado: “ALARMAS VECINALES”.
II.- Finalidad o uso previsto.
La finalidad es contar con un registro preciso de las personas que acudan a la delegación La Magdalena Contreras a solicitar la alarma
para sus hogar, este sistema tiene como objetivo proteger la integridad física de los contrerenses en el marco de respeto a las garantías
individuales, estas alarmas se instalan en las casas de los ciudadanos que las solicitaron, al llenar un formato que es obligatorio para la
obtención de esta, permite alarmar a las autoridades de algún robo o incidente, pero sin comprometer su integridad física o identidad
frente al criminal o los involucrados, es una forma de mantener segura a la comunidad en general.
III.- Normatividad aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Ley de Seguridad Pública.
Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
IV.-Origen de los datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligados a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Personal, todas aquellas personas que deseen obtener una alarma en su casa para seguridad, de éstas y de su
comunidad, acude a la Coordinación de Seguridad Pública, en donde tendrá que llenar el formato correspondiente, para registrarse al
programa y recibirá su alarma.
V.-Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono particular, Teléfono celular, Clave Única de Registro de Población (CURP), Clave
del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Firma.
Datos electrónicos: Correo electrónico.
Datos sobre la salud: Situación médica y Capacidades Diferentes.
VI.-Cesión de datos.
Destinatarios.
Finalidad genérica.
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Fundamento legal.
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Artículos 76 al 92.
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Órganos de Control Interno.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
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Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
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Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
Artículo 39 fracciones XIV y XVI; Reglamento
Interior de la Administración Pública del D.F.
Artículos 28 fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. Artículos278, 288
y326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX; Ley Federal
del Trabajo Artículos783 y 784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Coordinación de Seguridad Pública.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Coordinador de Seguridad Pública.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
[email protected].
VIII.- Nivel de seguridad: Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “APOYO PARA NIÑOS DE PRIMARIA,
SECUNDARIA Y JÓVENES”
PRIMERO.-Que el Sistema de Datos Personales que se crea y publica mediante el presente acuerdo, será inscrito en el Registro
Electrónico del Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Distrito Federal, los cuales se identificarán de la siguiente manera: En cumplimiento al artículo Transitorio Tercero
de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 aprobado
por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal el diez de marzo
de dos mil diez y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez.
I.- Se crea el Sistema de Datos Personales.
Denominado: “APOYO PARA NIÑOS DE PRIMARIA, SECUNDARIA Y JÓVENES”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Llevar un registro de todas y todos los beneficiarios de este programa, el cual es de transferencia monetaria, para los jóvenes que se
encuentran en situación de vulnerabilidad y niños de secundaria, para los niños de primaria el apoyo es económico y en especie, con este
apoyo se busca abatir el rezago estudiantil y la deserción escolar de niños y niñas que estudian en escuelas primarias y secundarias
públicas.
III.- Normatividad aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
IV.-Origen de los datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligados a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado y su tutor.
Procedimiento de obtención: Las personas interesadas deben habitar en la demarcación de La Magdalena Contreras, contar con todos los
requisitos que se necesitan para poder inscribirse a el programa, en caso de los niños de primaria y secundaria asistir a una escuela pública
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de la demarcación, y en caso de los jóvenes necesitar el apoyo y cumplir con todos los requisitos, en caso de ser menor de edad deberá
acudir su tutor, la Dirección General de Desarrollo Social a través de la Subdirección de Servicios Educativos y Sociales dará a conocer a
la población en general, los requisitos para poder acceder a este programa.
V.-Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Clave Única de Registro de Población (CURP), Edad, Género, Lugar y Fecha de Nacimiento,
Teléfono particular, Teléfono celular y Firma.
Datos académicos: Trayectoria educativa.
Datos laborales: Ocupación.
Datos especialmente protegidos: Origen étnico o racial.
VI.-Cesión de datos.
Destinatarios.
Finalidad genérica.
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Fundamento legal.
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
Artículo 39 fracciones XIV y XVI; Reglamento
Interior de la Administración Pública del D.F.
Artículos 28 fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. Artículos278, 288
y326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX; Ley Federal
del Trabajo Artículos783 y 784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Subdirección de Servicios educativos y Sociales.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Subdirección de Servicios educativos y Sociales.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
[email protected].
VIII.- Nivel de seguridad: Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “ATENCIÓN PRE-HOSPITALARIA”.
PRIMERO.-Que el Sistema de Datos Personales que se crea y publica mediante el presente acuerdo, será inscrito en el Registro
Electrónico del Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Distrito Federal, los cuales se identificarán de la siguiente manera: En cumplimiento al artículo Transitorio Tercero
de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 aprobado
por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal el diez de marzo
de dos mil diez y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez.
I.- Se crea el Sistema de Datos Personales.
Denominado: “ATENCIÓN PRE-HOSPITALARIA”.
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II.-Finalidad y usos previstos.
La finalidad es crear expedientes de datos personales de las personas a las cuales se les atiende para poder llevar una estadística de los
casos y las razones por las que se tiene la necesidad de usar esta atención que es para toda la comunidad que lo solicite, brindar apoyo a
las personas en caso de emergencia, para dar atención pre-hospitalaria hasta que él o los individuos afectados reciban atención en el nivel
asistencial apropiado, es parte fundamental de cualquier modelo de atención pre-hospitalaria.
III.-Normatividad aplicable.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley del Sistema de Protección Civil para el Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, Términos de Referencia para la Elaboración de Programas Internos de
Protección Civil.
Manual Administrativo de la Delegación La Magdalena Contreras.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
IV.-Origen de los datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligados a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado y/o Representante legal.
Procedimiento de obtención: Personas que necesiten el apoyo en caso de emergencia, para dar atención pre-hospitalaria y/o traslado a la
unidad médica más cercana, se realiza un levantamiento en el lugar de los hechos mediante un formato.
V.-Estructura básica del sistema de datos personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono Particular, Edad, Género.
Datos sobre la salud: Expediente clínico de cualquier atención médica, Referencias o descripción de sintomatología.
VI.-Cesión de datos.
Destinatarios.
Finalidad genérica.
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos jurisdiccionales locales y
federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Hospitales en general.
Cuando así sea requerido en la
formalidad de la integración de
expedientes.
Fundamento legal.
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales. Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
Artículo 34 fracción II, III; Reglamento Interior de la
Administración Pública del D.F. Art. 28 fracción II,
III, IV.
Código Civil del D.F. art. 323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. arts. 278, 288, 326;
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación art.
191 fracción XIX; Ley del Federal del Trabajo arts.
783 y 784 y demás aplicables.
Norma Oficial del Expediente Clínico, Ley General
de Salud, art. 77 bis, 77 bis 9, 77 bis 37, Norma
Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012.
Reglamento de la Ley General de Salud en materia
de Prestación de Servicios de Atención Medica art.
32, 134 y 248.
308
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
VII.-Unidad Administrativa y responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección de Protección Civil.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director de Protección Civil.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena
Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
[email protected].
VIII.-Nivel de Seguridad: Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “CONSTANCIA DE IDENTIDAD”.
PRIMERO.-Que el Sistema de Datos Personales que se crea y publicamediante el presente acuerdo, será inscrito en el Registro
Electrónico del Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Distrito Federal, los cuales se identificarán de la siguiente manera: En cumplimiento al artículo Transitorio Tercero
de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 aprobado
por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal el diez de marzo
de dos mil diez y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez.
I.- Se crea el Sistema de Datos Personales.
Denominado: “CONSTANCIA DE IDENTIDAD”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Cuando una persona no cuenta con una identificación oficial expedida por el gobierno, puede tramitar una constancia de identidad, que es
un documento que avala la situación en la que se encuentra una persona, y puedan utilizarla ante cualquier instancia oficial o privada.
III.- Normatividad aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
IV.-Origen de los datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligados a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado.
Procedimiento de obtención: Todas aquellas personas que no cuenten con una identificación oficial expedida por el gobierno y que
acudan a la Delegación La Magdalena Contreras a solicitar la Constancia de Identidad en el área de servicios al público de la Dirección
General de Jurídica y Gobierno, entregando los requisitos solicitados.
V.-Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono particular, Teléfono celular, Clave de elector, Clave Única de Registro de Población
(CURP), Fecha de nacimiento, Lugar de nacimiento, Nacionalidad, Edad, Firma, Fotografía, Género, Clave del Registro Federal de
Contribuyentes (RFC).
Datos biométricos: huellas dactilares.
VI.-Cesión de datos.
Destinatarios.
Finalidad genérica.
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Fundamento legal.
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
309
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
Artículo 39 fracciones XIV y XVI; Reglamento
Interior de la Administración Pública del D.F.
Artículos 28 fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. Artículos278, 288
y326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación Artículo191 fracción XIX; Ley Federal
del Trabajo Artículos783 y 784 y demás aplicables.
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección General de Jurídica y Gobierno.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Subdirección de Gestión de Gobierno.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
[email protected].
VIII.- Nivel de seguridad:Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “EXPEDIENTES LABORALES DE LOS
TRABAJADORES DE LA MAGDALENA CONTRERAS”.
PRIMERO.-Que el Sistema de Datos Personales que se crea y publicamediante el presente acuerdo, será inscrito en el Registro
Electrónico del Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Distrito Federal, los cuales se identificarán de la siguiente manera: En cumplimiento al artículo Transitorio Tercero
de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 aprobado
por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal el diez de marzo
de dos mil diez y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez.
I.- Se crea el Sistema de Datos Personales.
Denominado: “EXPEDIENTES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE LA MAGDALENA CONTRERAS”.
II.- Finalidad o uso previsto.
Registrar y resguardar en expedientes la información de los trabajadores del órgano Político Administrativo en la Magdalena Contreras
con la finalidad de llevar a cabo las acciones para la administración y desarrollo de los recursos humanos, en cumplimiento de la
normatividad en materia de administración de recursos.
III.- Normatividad aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Normatividad en materia de Administración de recursos para las delegaciones de la Administración pública del Distrito Federal.
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria “B” del artículo 123 Constitucional.
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Ley Federal del Trabajo.
Reglamento Interior de la Administración Pública.
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
IV.-Origen de los datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligados a suministrarlos.
Procedencia: Personal.
Procedimiento de obtención: El aspirante a ocupar un puesto dentro de la Delegación La Magdalena Contreras, ya sea personal de base,
personal contratado bajo el régimen de confianza, personal contratado bajo el régimen de honorarios asimilables a salarios y personal
contratado bajo el régimen de estabilidad laboral debe acudir al área de Recursos Humanos donde proporcionara la
documentaciónnecesaria para integrar su expediente.
V.-Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Edad, Domicilio, Teléfono, Lugar de nacimiento, Estado civil, Nacionalidad, Fecha de nacimiento,
Genero,Clave Única de Registro de Población (CURP), Clave del Registro Federal de Contribuyente (R.F.C),
Datos laborales: Referencias laborales, referencias personales, actividad del empleo, historial de empleos, capacitación, hoja de servicios,
incidencias, nombramientos, solicitud de empleo.
Datos académicos: Trayectoria educativa, título, cédula profesional,nombre de la escuela y/o facultad.
VI.-Cesión de datos.
Destinatarios.
Comisión de Derechos
Humanos del Distrito
Federal.
Finalidad genérica.
En la investigación de
presuntas violaciones a
Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la
Ciudad de México.
En ejercicio de sus funciones
de fiscalización.
Instituto de Acceso a la
Información Pública y
Protección de Datos
Personales del Distrito
Federal.
Para la sustanciación de
recurso de revisión y
revocación, denuncias y el
procedimiento para
determinar el probable
incumplimiento a la Ley de
Protección de Datos
Personales del Distrito
Federal.
Para la realización de
auditorías o desarrollo de
investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Órganos de Control Interno.
Fundamento legal.
Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y
demás aplicables; artículos 3,7, fracción II y 36.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de Fiscalización
Superior de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, Ley
de Transparencia y Acceso a la Información Pública Artículos 76 al
92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F. Artículo 39
fracciones XIV y XVI; Reglamento Interior de la Administración
Pública del D.F. Artículos 28 fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. Artículo323; Código de Procedimientos
Civiles del D.F. Artículos278, 288 y326; Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación Artículo191 fracción XIX; Ley Federal
del Trabajo Artículos783 y 784 y demás aplicables.
Ley de Amparo, Reglamentaria de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; Ley Federal del Trabajo; Ley Orgánica
del Poder Judicial de la Federación; Código Federal de
Procedimientos Penales; Código Civil del Distrito Federal; Código
de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Órganos Jurisdiccionales
Locales y Federales.
Para la sustanciación de los
procesos jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
Contraloría General del
Distrito Federal.
Para la sustanciación de los
procesos jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
Instituto de Seguridad y
Servicio Social de los
Trabajadores del Estado
(I.S.S.S.T.E).
Para la prestación de
seguridad social y servicios de
salud.
Ley del I.S.S.S.T.E.
Instituciones Financieras.
Prestación de servicios
bancarios, financieros y
múltiples.
Normatividad en materia de administración de recursos para los
Órganos Políticos Administrativos, Circular Uno Bis, numeral 1.8.9
(Publicado el 28 de mayo del 2014 y vigente a la fecha).
VII.-Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección General de Administración.
Cargo del Responsable de los Sistemas de Datos Personales: Director de Recursos Humanos y Financieros.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de los datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La
Magdalena Contreras.
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
311
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
[email protected].
VIII.- Nivel de seguridad: Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “PROGRAMAS ESPECIALES DE
PROTECCIÓN CIVIL”.
PRIMERO.-Que el Sistema de Datos Personales que se crea y publica mediante el presente acuerdo, será inscrito en el Registro
Electrónico del Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Distrito Federal, los cuales se identificarán de la siguiente manera: En cumplimiento al artículo Transitorio Tercero
de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 aprobado
por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal el diez de marzo
de dos mil diez y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez.
I.- Se crea el Sistema de Datos Personales.
Denominado: “PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL”.
II.- Finalidad y usos previstos.
Con la finalidad de crear expedientes de las zonas que se encuentran en estado de riesgo y poder evitar cualquier catástrofe en la
demarcación, se implementa este sistema, que instrumenta acciones de prevención y planeación, involucrando a la ciudadanía a fomentar
la cultura de protección civil y la autoprotección, cumpliendo con la normatividad en forma consciente y responsable, esto se hará con
ayuda de las autoridades competentes y de la ciudadanía en general, ante la presencia de fenómenos perturbadores de siniestros y
fenómenos naturales así como en los eventos masivos en la Delegación La Magdalena Contreras.
III.- Normatividad aplicable.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley del Sistema de Protección Civil para el Distrito Federal.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Términos de Referencia para la Elaboración de Programas Internos de Protección Civil.
Manual Administrativo 310-2/13.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito.
IV.- Origen de los datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Interesado y/o Representante Legal.
Procedimiento de Obtención: Personal, acude a la Ventanilla Única Delegacional donde ingresa su solicitud de trámite y sus documentos,
los cuales una vez revisados son remitidos a la Unidad Departamental de Capacitación y Prevención en Protección Civil.
V.- Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono Particular, Firma, Clave Única de Registro de Población (CURP), Clave de Elector,
Fotografía, Edad, Género.
Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial.
Datos biométricos: Huella dactilar.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios.
Finalidad genérica.
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a derechos humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
Fiscalización.
Fundamento legal.
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
312
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la ley de
protección de datos personales del
Distrito Federal.
Órganos de control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Órganos jurisdiccionales locales y
federales.
Para la sustanciación de los procesos
Jurisdiccionales tramitados ante ellos.
28 de Agosto de 2015
Ley de Protección de Datos Personales. Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F.
artículo 34 fracciones II y III; Reglamento Interior
de la Administración Pública del D.F. Art. 28
fracción II, III, IV.
Código Civil del D.F. art. 323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. arts. 278, 288, 326;
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación art.
191 fracción XIX; Ley Federal del Trabajo, arts. 783
y 784 y demás aplicables.
VII.- Unidad Administrativa y responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección de Protección Civil
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director de Protección Civil.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena
Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
[email protected].
VIII.-Nivel de seguridad: Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “SOLICITANTES DE AUTORIZACIÓN DE
JUEGOS PIROTÉCNICOS”.
PRIMERO.-Que el Sistema de Datos Personales que se crea y publica mediante el presente acuerdo, será inscrito en el Registro
Electrónico del Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Distrito Federal, los cuales se identificarán de la siguiente manera: En cumplimiento al artículo Transitorio Tercero
de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 aprobado
por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal el diez de marzo
de dos mil diez y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez.
I.- Se crea el Sistema de Datos Personales.
Denominado: “SOLICITANTES DE AUTORIZACIÓN DE JUEGOS PIROTÉCNICOS”
II.- Finalidad y usos previstos.
Con la finalidad de que los eventos públicos cuenten con la seguridad necesaria, se crea este sistema el cual tiene como objetivo realizar
una inspección previa del lugar donde se utilizarán los juegos pirotécnicos y verificar que cuenten con las condiciones óptimas de
seguridad para los asistentes, llevando un registro de los solicitantes, con el objeto de otorgar o negar la autorización de dichos eventos.
III.- Normatividad aplicable.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley del Sistema de Protección Civil para el Distrito Federal.
Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Ley del Sistema de Protección Civil.
Reglamento de la Ley de Protección Civil del Distrito Federal.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Manual Administrativo 310-2/13.
Ley de Transparencia y Acceso a La Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
313
IV.- Origen de los datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligados a suministrarlos.
Procedencia: Propio interesado y/o Representante legal.
Procedimiento de obtención: Personal, acude el interesado a la Ventanilla Única Delegacional donde ingresa su solicitud de trámite y sus
documentos, los cuales una vez revisados son remitidos a la Dirección de Protección Civil, donde se le da el seguimiento correspondiente.
V.- Estructura básica del sistema de datos personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono Particular, Fotografía, Firma, Clave Única de Registro (CURP), Edad, Clave de
Elector, Género.
Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial.
Datos biométricos: huellas dactilares.
VI.- Cesión de datos.
Destinatarios.
Finalidad genérica.
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
En la investigación de presuntas
violaciones a Derechos Humanos.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
En ejercicio de sus funciones de
Fiscalización.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
Para la sustanciación del recurso de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el probable
incumplimiento a la ley de protección de
datos personales del Distrito Federal.
Órganos de Control Interno.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Órganos Jurisdiccionales locales y
federales.
Para la sustanciación de los procesos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Fundamento legal.
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley
de la Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Arts. 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley
de Fiscalización Superior de la Ciudad de
México.
Ley de Protección de Datos Personales.
Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Artículos 76 al 92.
Ley Orgánica de la Administración
Pública del D.F. Art. 34 fracción II, III;
Reglamento Interior de la Administración
Pública del D.F. Art. 28 fracción II, III,
IV.
Código Civil del D.F. art. 323; Código de
Procedimientos Civiles del D. F. art. 278,
288, 326; Ley Orgánica del Poder Judicial
de la Federación art. 191 fracción XIX;
Ley del Federal del Trabajo art. 783 y 784
y demás aplicables.
VII.- Unidad Administrativa y responsable del Sistema de Datos Personales:
Dirección de Protección Civil.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director de Protección Civil.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación la Magdalena
Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
[email protected].
VIII.-Nivel de seguridad: Alto.
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES, “SOLICITANTES DE TRÁMITES ANTE LA
VENTANILLA ÚNICA DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS”.
PRIMERO.-Que el Sistema de Datos Personales que se crea y publica mediante el presente acuerdo, será inscrito en el Registro
Electrónico del Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Distrito Federal, los cuales se identificarán de la siguiente manera: En cumplimiento al artículo Transitorio Tercero
de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 aprobado
por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal el diez de marzo
de dos mil diez y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez.
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
I.- Se crea el Sistema de Datos Personales.
Denominado: “SOLICITANTES DE TRÁMITES ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA
CONTRERAS”.
II.-Finalidad y uso previsto.
Realizar el registro de los solicitantes de diversos trámites ante la Ventanilla Única Delegacional de La Magdalena Contreras y turnar a
las áreas operativas correspondientes para su atención, así como asignar un número de folio y dar seguimiento de dichos trámites con las
áreas competentes.
III.-Normatividad aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Acuerdo de Creación de los Centros de Servicios y Atención Ciudadana.
Manual de Trámites y Servicios del Distrito Federal.
Acuerdo por el que se establecen las Atribuciones de las Ventanillas Únicas Delegacionales.
IV.-Origen de los datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos.
Procedencia: Propio, interesado.
Procedimiento de obtención: Personal, el interesado debe acudir a las oficinas de la Delegación La Magdalena Contreras en la Ventanilla
Única Delegacional solicitando algún trámite y atención por parte de la administración delegacional, siempre y cuando el trámite que se
requiera sea dentro de la misma demarcación, donde se realiza un registro en libro de gobierno.
V.-Estructura básica del sistema de datos personales.
Datos identificativos: Nombre, Domicilio, Teléfono y Firma.
VI.-Cesión de datos.
Destinatario.
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad de México.
Órganos de Control Interno.
Finalidad genérica.
Para la investigación de quejas y
denuncias por presuntas
violaciones a los derechos
humanos.
Para la sustanciación de recurso de
revisión y revocación, denuncias y
el procedimiento para determinar
el probable incumplimiento a la
Ley de Protección de Datos
Personales del Distrito Federal.
En ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Fundamento legal.
Artículos 3, 17 fracciones II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal y demás aplicables. 10 de diciembre de
2013, Gaceta Oficial del Distrito Federal 9.
Artículos 32, 71 fracción II, 80 fracciones II y V,
89 y 91 de la Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública del Distrito Federal;
artículos 38, 39, 40 y 42 de la Ley de Protección
de Datos Personales para el Distrito Federal y
demás aplicables.
Artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
Ley Orgánica de la Administración Pública del
D.F. arts. 34 fracción II, III; Reglamento Interior
de la Administración
Pública del D.F. Artículo 28 fracción II, III, IV.
Órganos Jurisdiccionales locales y
federales.
Para la sustanciación de los
procesos Jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
Código Civil del D. F. art. 323; Código de
Procedimientos Civiles del D.F. art. 278, 288,
326; Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación art. 191 fracción XIX; Ley del
Federal del Trabajo art. 783, 784 y demás
aplicables.
28 de Agosto de 2015
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315
VII.-Unidad Administrativa y responsable del Sistema de Datos Personales:
Coordinación de Ventanilla Única Delegacional.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador de Ventanilla Única Delegacional.
Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO) de datos personales así como la revocación del consentimiento: Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena
Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580,
[email protected].
VIII.-Nivel de seguridad: Básico.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que notifique al Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito Federal sobre la publicación de los presentes acuerdos dentro de los diez días hábiles
siguientes a la publicación del mismo y al responsable del Sistema de Datos Personales para que realice las adecuaciones pertinentes en el
Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes a la publicación en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los presentes Acuerdos en cumplimiento a lo previsto en el artículo 7,
fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
TERCERO. Los presentes acuerdos entraran en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, Distrito Federal a 17 de agosto de 2015.
(Firma)
FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA
JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS.
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COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL,
Perla Gómez Gallardo, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, con fundamento en los
artículos 6° fracción II, 16 párrafo segundo y 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
2, 6, 7, 17, 22 fracciones I, V y XVII y 51, de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y 1°, 5°
fracción I, 7°, 14, 15, 16, 17, 19, 20 fracción X, y demás relativos y aplicables de su Reglamento Interno; y en cumplimiento
a lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, y
numerales 1, 6, 7, 8 y 16 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
1. Que la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, es un Organismo Público Autónomo con personalidad
jurídica y patrimonios propios, en virtud de lo cual no recibe instrucciones o indicaciones de autoridad o servidor público
alguno en el desempeño de sus funciones, en el ejercicio de su autonomía y del presupuesto anual que se le asigne por ley,
cuyo objeto es la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, educación y difusión de los derechos humanos,
establecidos en el orden jurídico mexicano y en los instrumentos internacionales en la materia.
2. La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal a la fecha cuenta con once sistemas de datos personales, entre
los que se encuentran el: “Sistema Integral de Atención e Información de Usuarios y Usuarias de los Servicios del
Programa de Defensa de la CDHDF”; “Registro de suscriptoras y suscriptores para el intercambio de información y
articulación para actividades en materia de derechos humanos”; “Sistema de Declaraciones Patrimoniales de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal”; “Registro de las personas solicitantes y beneficiarias del
Programa de Apoyo a la Investigación en Derechos Humanos. Enseñanza e Investigación Aplicada” cuya última
modificación de todos ellos fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de marzo de 2014; “Sistema
Padrón de Proveedores y Procedimientos de Contratación de Bienes, Servicios y Obra Pública” última modificación
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 10 de julio de 2014; “Sistema de Suscriptores de la Revista
dfensor”; “Sistema de Integración de Información de Acciones Educativas y de Capacitación de la CDHDF”;
“Sistema de Administración de Información del Proyecto de Protección y Promoción de los Derechos Humanos de
las Personas Migrantes en Tránsito, Desde la Gestión Local y a Través de la Articulación de Organismos Públicos de
Derechos Humanos y Organizaciones de la Sociedad Civil”; “Sistema de Recursos Humanos de la Comisión de
Derechos Humanos del Distrito Federal” siendo la última modificación de éstos dos, publicada en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 5 de diciembre de 2014, y el “Sistema de Información de las Convocatorias del Servicio Profesional
en Derechos Humanos” cuya última modificación de este último fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
23 de diciembre de 2014.
3. La Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establece en su artículo 6, que corresponde a cada ente
público determinar, a través de su titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de
sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.
4. Con el objeto de contar con más y mejores herramientas para el debido cumplimiento del objeto legal de esta Comisión
así como para la mejor protección de los datos personales que la misma detenta, se considera indispensable impulsar
diversas estrategias para el fortalecimiento institucional por lo que resulta necesario modificar diez de los once sistemas de
datos personales del Ente Público, por lo que emito el:
ACUERDO/02/2015, DE LA PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL
DISTRITO FEDERAL, MEDIANTE EL QUE DETERMINA MODIFICAR DIEZ SISTEMAS DE
DATOS PERSONALES DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL.
PRIMERO.- Se modifica el sistema de datos personales preexistente, con número de folio dentro del Registro Electrónico
de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
3200006630419100512 denominado “Sistema Integral de Atención e Información de Usuarios y Usuarias de los
Servicios del Programa de Defensa de la CDHDF”, en lo referente a la fracción IV. Cesión de Datos sustituyendo la
Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal como destinatario y se agrega en su lugar a
la Auditoria Superior de la Ciudad de México, se cambian los artículos del Código de Procedimientos Penales para el
Distrito Federal referidos dentro del “Fundamento Legal” de los destinatarios denominados “Órganos Jurisdiccionales
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Federales y Locales”; y en la fracción VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública
ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así
como la revocación del consentimiento, se cambia la “Colonia Florida” por “Colonia Pueblo Axotla”; para quedar en los
términos siguientes:
IV. Cesión de Datos:
DESTINATARIO
Auditoria Superior de la Ciudad
de México
Órganos
Jurisdiccionales
Federales y Locales
FINALIDAD GENÉRICA DE
LA TRANSMISIÓN
Para el ejercicio de sus
funciones de fiscalización.
Para dar seguimiento a las
quejas por probables violaciones
a derechos humanos.
Para la sustanciación de los…
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 8 fracciones VIII y XIX, 9 y 14
fracciones VII y XX de la Ley de Fiscalización
Superior de la Ciudad de México y demás
aplicables.
Artículos…
…5, 22, 28, 29 y 33 del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito
Federal…
VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes
para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento…
…Colonia Pueblo Axotla,…
SEGUNDO.- Se modifica el sistema de datos personales preexistente, con número de folio dentro del Registro Electrónico
de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
3200002750350100510 denominado “Sistema de Recursos Humanos de la Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal”, en lo concerniente a la fracción IV. Cesión de Datos donde se sustituye a la Contaduría Mayor de
Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal como destinatario y se agrega en su lugar a la Auditoria Superior
de la Ciudad de México, se cambian los artículos del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal referidos
dentro del “Fundamento Legal” de los destinatarios denominados “Órganos Jurisdiccionales Federales y Locales”; así
mismo se modifica del Usuario denominado “Facturación Moderna S.A. de C.V.” la vigencia, y del Usuario denominado
“Metlife México S.A.” la finalidad permitida y la vigencia; en la fracción VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la
Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento, se cambia la “Colonia Florida” por “Colonia Pueblo
Axotla”; para quedar en los términos siguientes:
IV. Cesión de Datos:
DESTINATARIO
Auditoria Superior de la Ciudad
de México
FINALIDAD GENÉRICA DE
LA TRANSMISIÓN
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Órganos
Jurisdiccionales
Federales y Locales
Para la sustanciación de los…
USUARIO
Facturación Moderna S.A. de
C.V.
FINALIDAD PERMITIDA
Realizar el servicio de timbrado de
nómina facturación para pago a
proveedores para la Comisión de
Derechos Humanos del Distrito
Federal.
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 8 fracciones VIII y XIX, 9 y 14
fracciones VII y XX de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de
México y demás aplicables.
Artículos…
…5, 22, 28, 29 y 33 del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito
Federal…
ACTO JURÍDICO Y VIGENCIA
Contrato de Prestación de Servicio, Vigencia
Indeterminada*.
318
Metlife México S.A.
Metlife México S.A.
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Seguro
de
Gastos
Médicos
Mayores.
Seguro de Vida y del beneficio
adicional del seguro de separación
individualizada.
28 de Agosto de 2015
*De conformidad al tercer párrafo de la
Cláusula SEGUNDA, cabe destacar que la
cantidad máxima señalada no implica que el
contrato se mantenga vigente hasta la fecha
límite pactada, esto es que si la Comisión en
el desarrollo de sus funciones requiere de
manera constante los servicios de “el
prestador de servicios”, el presente
instrumento concluirá al momento de que el
número de servicios requeridos acumulen la
cantidad que como máximo ha quedado
plasmada en el presente instrumento.
Contrato de Prestación de Servicio, Vigencia
al 31 de diciembre de 2015.
Contrato de Prestación de Servicio, Vigencia
al 31 de diciembre de 2015.
VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes
para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento…
…Colonia Pueblo Axotla,…
TERCERO.- Se modifica el sistema de datos personales preexistente, con número de folio dentro del Registro Electrónico
de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
3200018571219111026 denominado “Sistema Padrón de Proveedores y Procedimientos de Contratación de Bienes,
Servicios y Obra Pública”, en lo referente fracción I inciso b) Normativa aplicable en lo concerniente al “Catálogo General
de Cargos y Puestos” sustituyendo la cédula del cargo de “Director(a) de Compras y Servicios Generales” por la del
“Director(a) de Recursos Materiales y Servicios Generales”; así como a la fracción IV. Cesión de Datos donde se sustituye a
la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal como destinatario y se agrega en su lugar
a la Auditoria Superior de la Ciudad de México; así mismo se modifica del Usuario denominado “Facturación Moderna
S.A. de C.V.” la vigencia; y en la fracción VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información
Pública ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición;
así como la revocación del consentimiento, se cambia la “Colonia Florida” por “Colonia Pueblo Axotla”; para quedar en los
términos siguientes:
I Identificación del sistema…
…b) Normativa Aplicable…
… Catálogo General de Cargos y Puestos: “Director(a) de Recursos Materiales y Servicios Generales”…
IV. Cesión de datos.
DESTINATARIO
Auditoria Superior de la Ciudad
de México
Órganos
Jurisdiccionales
Federales y Locales
FINALIDAD GENÉRICA DE
LA TRANSMISIÓN
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Para la sustanciación de los…
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 8 fracciones VIII y XIX, 9 y 14
fracciones VII y XX de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de
México y demás aplicables.
Artículos…
…5, 22, 28, 29 y 33 del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito
Federal…
28 de Agosto de 2015
USUARIO
Facturación Moderna S.A. de
C.V.
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
FINALIDAD PERMITIDA
Realizar el servicio de timbrado de
nómina facturación para pago a
proveedores para la Comisión de
Derechos Humanos del Distrito
Federal.
319
ACTO JURÍDICO Y VIGENCIA
Contrato de Prestación de Servicio, Vigencia
Indeterminada*.
*De conformidad al tercer párrafo de la
Cláusula SEGUNDA, cabe destacar que la
cantidad máxima señala no implica que el
contrato se mantenga vigente hasta la fecha
límite pactada, esto es que si la Comisión en
el desarrollo de sus funciones requiere de
manera constante los servicios de “el
prestador de servicios”, el presente
instrumento concluirá al momento de que el
número de servicios requeridos acumulen la
cantidad que como máximo ha quedado
plasmada en el presente instrumento.
VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes
para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento…
…Colonia Pueblo Axotla,…
CUARTO.- Se modifica el sistema de datos personales preexistente, con número de folio dentro del Registro Electrónico de
Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
3200002690353100510 denominado “Sistema de Información de las Convocatorias del Servicio Profesional en
Derechos Humanos”, en lo referente a la fracción IV. Cesión de Datos donde se sustituye a la Contaduría Mayor de
Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal como destinatario y se agrega en su lugar a la Auditoria Superior
de la Ciudad de México; se cambian los artículos del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal referidos
dentro del “Fundamento Legal” de los destinatarios denominados “Órganos Jurisdiccionales Federales y Locales”; y en la
fracción VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las
solicitudes para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del
consentimiento, se cambia la “Colonia Florida” por “Colonia Pueblo Axotla”; para quedar en los términos siguientes:
IV. Cesión de Datos:
DESTINATARIO
Auditoria Superior de la Ciudad
de México
Órganos
Jurisdiccionales
Federales y Locales
FINALIDAD GENÉRICA DE
LA TRANSMISIÓN
Para el ejercicio de sus funciones
de fiscalización.
Para la sustanciación de los…
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 8 fracciones VIII y XIX, 9 y 14
fracciones VII y XX de la Ley de Fiscalización
Superior de la Ciudad de México y demás
aplicables.
Artículos…
…5, 22, 28, 29 y 33 del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito
Federal…
VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes
para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento…
…Colonia Pueblo Axotla,…
QUINTO.- Se modifica el sistema de datos personales preexistente, con número de folio dentro del Registro Electrónico de
Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
3200002950417100510 denominado “Registro de suscriptoras y suscriptores para el intercambio de información y
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28 de Agosto de 2015
articulación para actividades en materia de derechos humanos”, en lo referente a la fracción III. Estructura básica del
sistema inciso a) descripción de los datos, a efecto de adicionar dentro de la categoría de datos identificativos género o sexo,
Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes; se agrega la categoría de datos laborales
incluyendo ocupación, rama de actividad económica; se agrega la categoría de datos académicos incluyendo trayectoria
educativa, calificaciones, títulos, cédula profesional, reconocimientos y demás análogos; en la fracción IV. Cesión de Datos
donde se sustituye a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal como destinatario y
se agrega en su lugar a la Auditoria Superior de la Ciudad de México, se cambian los artículos del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito Federal referidos dentro del “Fundamento Legal” de los destinatarios denominados
“Órganos Jurisdiccionales Federales y Locales”; en la fracción VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de
información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación
y oposición; así como la revocación del consentimiento, se cambia la “Colonia Florida” por “Colonia Pueblo Axotla”; y en
la fracción VII. Nivel de seguridad aplicable asignándole Nivel Medio; para quedar en los términos siguientes:
III. Estructura básica del sistema.
a)
Descripción de los datos:

Datos identificativos: …Género o sexo, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes.

Datos laborales: ocupación, rama de actividad económica.

Datos académicos: trayectoria educativa, calificaciones, títulos, cédula profesional, reconocimientos y demás
análogos...
Cesión de Datos:
DESTINATARIO
Auditoria Superior de la Ciudad
de México
Órganos
Jurisdiccionales
Federales y Locales
FINALIDAD GENÉRICA DE
LA TRANSMISIÓN
Para el ejercicio de sus funciones
de fiscalización.
Para la sustanciación de los…
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 8 fracciones VIII y XIX, 9 y 14
fracciones VII y XX de la Ley de Fiscalización
Superior de la Ciudad de México y demás
aplicables.
Artículos…
…5, 22, 28, 29 y 33 del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito
Federal…
VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes
para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento…
…Colonia Pueblo Axotla,…
VII. Nivel de seguridad aplicable. Nivel Medio.
SEXTO.-Se modifica el sistema de datos personales preexistente, con número de folio dentro del Registro Electrónico de
Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
3200002540397100507 denominado “Sistema de Suscriptores de la Revista dfensor”, en lo referente a la fracción I.
Identificación del sistema, inciso a) Denominación, inciso b) Normativa aplicable adicionando la Ley Federal del Derecho
de Autor, en lo concerniente al “Catálogo General de Cargos y Puestos” sustituyendo la cédula de “Subdirector(a) Editorial”
por la de “Director (a) Ejecutivo (a) del Centro de Investigación Aplicada en Derechos Humanos”, inciso c) Finalidad y uso
previsto; en lo referente a la fracción III. Estructura básica del sistema inciso a) descripción de los datos, a efecto de
adicionar dentro de la categoría de datos identificativos firma, nacionalidad, fotografía, edad, Clave Única de Registro de
Población, Credencial INE (anverso y reverso); se agrega la categoría de datos laborales incluyendo referencias laborales,
nombramiento; se agrega la categoría de datos académicos incluyendo trayectoria educativa, se agrega la categoría de datos
biométricos incluyendo huella digital; a la fracción IV. Cesión de Datos donde se sustituye a la Contaduría Mayor de
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Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal como destinatario y se agrega en su lugar a la Auditoria Superior
de la Ciudad de México, se cambian los artículos del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal referidos
dentro del “Fundamento Legal” de los destinatarios denominados “Órganos Jurisdiccionales Federales y Locales”, y se
integra como destinatario el Instituto Nacional del Derecho de Autor; se modifica la fracción V. Identificación de la unidad
administrativa a la que corresponde el sistema; así como del responsable; en la fracción VI. Domicilio oficial y dirección
electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento, se cambia la “Colonia Florida”
por “Colonia Pueblo Axotla”; y en la fracción VII. Nivel de seguridad aplicable asignándole Nivel Alto; para quedar en los
términos siguientes:
I. Identificación del sistema.
a)
Denominación: “Registro de suscriptores y participantes en publicaciones, actividades académicas, de
investigación y de difusión del Centro de Investigación Aplicada en Derechos Humanos.”
b)
Normativa aplicable: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley Federal del Derecho de
Autor,…
…Catálogo General de Cargos y Puestos: Director (a) Ejecutivo (a) del Centro de Investigación Aplicada en
Derechos Humanos…
c)
Finalidad y uso previsto: Contar con un registro de las personas que participan en publicaciones del Centro de
Investigación Aplicada en Derechos Humanos, en las diferentes actividades académicas, de investigación y de
difusión; así como de aquellas personas suscritas a las revistas periódicas de la CDHDF y de quienes reciben otras
publicaciones e invitaciones a eventos…
III. Estructura básica del sistema.
a)
Descripción de los datos:

Datos identificativos: …Firma, Nacionalidad, Fotografía, Edad, CURP, Credencial INE (anverso y reverso).

Datos académicos: Trayectoria educativa.

Datos laborales: Referencias laborales, Nombramiento.

Datos biométricos: Huella digital…
IV. Cesión de Datos:
DESTINATARIO
Auditoria Superior de la Ciudad
de México
FINALIDAD GENÉRICA DE
LA TRANSMISIÓN
Para el ejercicio de sus funciones
de fiscalización.
Órganos
Jurisdiccionales
Federales y Locales
Para la sustanciación de los…
Instituto Nacional del Derecho
de Autor (INDAUTOR)
Registro derechos patrimoniales,
obras y creaciones de la CDHDF.
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 8 fracciones VIII y XIX, 9 y 14
fracciones VII y XX de la Ley de Fiscalización
Superior de la Ciudad de México y demás
aplicables.
Artículos…
…5, 22, 28, 29, 33 del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito
Federal…
Artículos 4, apartado D, fracción III; 13,
fracción I; 24; 27; 30, párrafos primero y
tercero; 33 y 83 bis, segundo párrafo, 162, 163
fracción I, 164 fracción I y 170 de la Ley
Federal del Derecho de Autor y demás
aplicables.
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V. Identificación de la unidad administrativa a la que corresponde el sistema; así como del responsable.
a)
Unidad Administrativa: Centro de Investigación Aplicada en Derechos Humanos.
b)
Cargo del responsable: Director (a) Ejecutivo (a) del Centro de Investigación Aplicada en Derechos Humanos.
VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes
para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento…
…Colonia Pueblo Axotla,…
VII. Nivel de seguridad aplicable: Nivel Alto.
SEPTIMO.- Se modifica el sistema de datos personales preexistente, con número de folio dentro del Registro Electrónico
de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
3200015361017100528 denominado “Sistema de Declaraciones Patrimoniales de la Comisión de Derechos Humanos
del Distrito Federal”, en lo referente a la fracción IV. Cesión de Datos donde se sustituye a la Contaduría Mayor de
Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal como destinatario y se agrega en su lugar a la Auditoria Superior
de la Ciudad de México; se cambian los artículos del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal referidos
dentro del “Fundamento Legal” de los destinatarios denominados “Órganos Jurisdiccionales Federales y Locales”; y en la
fracción VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las
solicitudes para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del
consentimiento, se cambia la “Colonia Florida” por “Colonia Pueblo Axotla”; para quedar en los términos siguientes:
IV. Cesión de Datos:
DESTINATARIO
Auditoria Superior de la Ciudad
de México
Órganos
Jurisdiccionales
Federales y Locales
FINALIDAD GENÉRICA DE
LA TRANSMISIÓN
Para el ejercicio de sus funciones
de fiscalización.
Para la sustanciación de los…
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 8 fracciones VIII y XIX, 9 y 14
fracciones VII y XX de la Ley de Fiscalización
Superior de la Ciudad de México y demás
aplicables.
Artículos…
…5, 22, 28, 29 y 33 del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito
Federal…
VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes
para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento…
…Colonia Pueblo Axotla,…
OCTAVO.- Se modifica el sistema de datos personales cuyo acuerdo de creación fue publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 22 de abril de 2013, y nota aclaratoria publicada en dicha Gaceta el día 7 de mayo de 2013 , registrado
con número de folio dentro del Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la
Información Pública y Protección de Datos Personales 3200027951602130502 denominado “Sistema de Integración de
Información de Acciones Educativas y de Capacitación de la CDHDF”, en lo referente a la fracción IV. Cesión de Datos
donde se sustituye a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal como destinatario y
se agrega en su lugar a la Auditoria Superior de la Ciudad de México; se cambian los artículos del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito Federal referidos dentro del “Fundamento Legal” de los destinatarios denominados
“Órganos Jurisdiccionales Federales y Locales”; y en la fracción VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina
de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento, se cambia la “Colonia Florida” por “Colonia Pueblo
Axotla”; para quedar en los términos siguientes:
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
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IV. Cesión de Datos:
DESTINATARIO
Auditoria Superior de la Ciudad
de México
Órganos
Jurisdiccionales
Federales y Locales
FINALIDAD GENÉRICA DE
LA TRANSMISIÓN
Para el ejercicio de sus funciones
de fiscalización.
Para la sustanciación de los…
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 8 fracciones VIII y XIX, 9 y 14
fracciones VII y XX de la Ley de Fiscalización
Superior de la Ciudad de México y demás
aplicables.
Artículos…
…5, 22, 28, 29, 33 del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito
Federal…
VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes
para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento…
…Colonia Pueblo Axotla,…
NOVENO.- Se modifica el sistema de datos personales cuyo acuerdo de creación fue publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 22 de abril de 2013, registrado con número de folio dentro del Registro Electrónico de Sistemas de Datos
Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales 3200027971604130502
denominado “Registro de las personas solicitantes y beneficiarias del Programa de Apoyo a la Investigación en
Derechos Humanos. Enseñanza e Investigación Aplicada”, en lo referente a la fracción IV. Cesión de Datos donde se
sustituye a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal como destinatario y se agrega
en su lugar a la Auditoria Superior de la Ciudad de México; se cambian los artículos del Código de Procedimientos Penales
para el Distrito Federal referidos dentro del “Fundamento Legal” de los destinatarios denominados “Órganos
Jurisdiccionales Federales y Locales”; y en la fracción VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de
Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento, se cambia la “Colonia Florida” por “Colonia Pueblo
Axotla”; para quedar en los términos siguientes:
IV. Cesión de Datos:
DESTINATARIO
Auditoria Superior de la Ciudad
de México
Órganos
Jurisdiccionales
Federales y Locales
FINALIDAD GENÉRICA DE
LA TRANSMISIÓN
Para el ejercicio de sus funciones
de fiscalización.
Para la sustanciación de los…
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 8 fracciones VIII y XIX, 9 y 14
fracciones VII y XX de la Ley de Fiscalización
Superior de la Ciudad de México y demás
aplicables.
Artículos…
…5, 22, 28, 29, 33 del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito
Federal…
VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes
para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento…
…Colonia Pueblo Axotla,…
DÉCIMO.- Se modifica el sistema de datos personales cuyo acuerdo de creación fue publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 22 de abril de 2013, registrado con número de folio dentro del Registro Electrónico de Sistemas de Datos
Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales 3200028021607130503
denominado “Sistema de Administración de Información del Proyecto de Protección y Promoción de los Derechos
Humanos de las Personas Migrantes en Tránsito, Desde la Gestión Local y a Través de la Articulación de
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Organismos Públicos de Derechos Humanos y Organizaciones de la Sociedad Civil”, en lo referente a la fracción IV.
Cesión de Datos donde se sustituye a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
como destinatario y se agrega en su lugar a la Auditoria Superior de la Ciudad de México; se cambian los artículos del
Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal referidos dentro del “Fundamento Legal” de los destinatarios
denominados “Órganos Jurisdiccionales Federales y Locales”; y en la fracción VI. Domicilio oficial y dirección electrónica
de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento se cambia la “Colonia Florida” por
“Colonia Pueblo Axotla”; para quedar en los términos siguientes:
IV. Cesión de Datos:
DESTINATARIO
Auditoria Superior de la Ciudad
de México
Órganos
Jurisdiccionales
Federales y Locales
FINALIDAD GENÉRICA DE
LA TRANSMISIÓN
Para el ejercicio de sus funciones
de fiscalización.
Para la sustanciación de los…
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 8 fracciones VIII y XIX, 9 y 14
fracciones VII y XX de la Ley de Fiscalización
Superior de la Ciudad de México y demás
aplicables.
Artículos…
…5, 22, 28, 29 y 33 del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito
Federal…
VI. Domicilio oficial y dirección electrónica de la Oficina de Información Pública ante la cual se presentarán las solicitudes
para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; así como la revocación del consentimiento…
…Colonia Pueblo Axotla,…
DÉCIMO PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal, derogándose todas aquellas disposiciones que lo contravengan.
DÉCIMO SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección General de Administración para que realice las gestiones necesarias
para publicar el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en un plazo no mayor a diez días naturales
siguientes a la suscripción del mismo.
DÉCIMO TERCERO.- Se instruye al Enlace de esta Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal en Materia de
Protección de Datos Personales, ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, para que en un
plazo no mayor a diez días hábiles contados a partir de la publicación del presente acuerdo, en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, lo notifique a dicho Instituto de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del numeral 8 de los
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
DÉCIMO CUARTO.- Se instruye a las y los responsables de los sistema de datos personales, para que en un plazo no
mayor a diez días hábiles, contados a partir de la publicación del presente acuerdo, inscriban las modificaciones e
información respectiva en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales, del Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, de conformidad a lo dispuesto en el párrafo tercero del
numeral 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Ciudad de México, Distrito Federal a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil quince.
(Firma)
____________________________
Dra. Perla Gómez Gallardo.
Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
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COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL,
Perla Gómez Gallardo, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, con fundamento en los
artículos 6° fracción II, 16 párrafo segundo y 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
2, 6, 7, 17, 22 fracciones I, V y XVII y 51, de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y 1°, 5°
fracción I, 7°, 14, 15, 16, 17, 19, 20 fracción X, y demás relativos y aplicables de su Reglamento Interno; y en cumplimiento
a lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 6, 7 fracción III, y 19 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito
Federal, y numerales 1, 6, 7, 8 y 16 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
1. La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, es un Organismo Público Autónomo con personalidad jurídica y
patrimonios propios, en virtud de lo cual no recibe instrucciones o indicaciones de autoridad o servidor público alguno en el
desempeño de sus funciones, en el ejercicio de su autonomía y del presupuesto anual que se le asigne por ley, cuyo objeto es
la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, educación y difusión de los derechos humanos, establecidos en el
orden jurídico mexicano y en los instrumentos internacionales en la materia.
2. La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal a la fecha cuenta con once sistemas de datos personales, entre
los que se encuentra el “Directorio de Promotoras y Promotores Ciudadanos de Derechos Humanos”, cuya última
modificación fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 18 de marzo de 2014.
3. Actualmente la Dirección de Promoción Territorial para el Ejercicio de los Derechos Humanos, unidad administrativa
donde se encuentra adscrito el sistema de datos personales denominado “Directorio de Promotoras y Promotores
Ciudadanos de Derechos Humanos”, dejó de trabajar con grupos de promotoras y promotores ciudadanos en virtud de que
dichos grupos terminaron por conformar una asociación civil, siendo así su vínculo ya con otras áreas de las Comisión de
Derechos Humanos del Distrito Federal.
4. La Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establece en su artículo 6, que corresponde a cada ente
público determinar, a través de su titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de
sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.
5. El artículo 7, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establece que la integración,
tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos, y su creación, modificación o
supresión, deberá publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
6. El artículo 19 primer párrafo, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establece que los
sistemas de datos personales deberán ser suprimidos una vez que dejen de ser necesarios para los fines para los cuales
fueron recabados.
7. Adicionalmente, el numeral 6 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establece
como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales
sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
8. El numeral 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establece que en el caso
de que el titular del ente público o, en su caso, el responsable del sistema de datos personales determine la supresión de un
sistema de datos personales mediante la publicación del acuerdo respectivo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la
supresión deberá ser notificada al Instituto dentro de los diez días hábiles siguientes, a efecto de que se proceda a la
cancelación de inscripción en el registro correspondiente.
9. Con el objeto de contar con más y mejores herramientas para el debido cumplimiento del objeto legal de esta Comisión
de Derechos Humanos del Distrito Federal, así como para la mejor protección de los datos personales que la misma detenta,
se considera indispensable impulsar diversas estrategias para el fortalecimiento institucional, siendo necesario suprimir un
sistema de datos personales, por lo que emito el:
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ACUERDO/03/2015, DE LA PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE
DISTRITO FEDERAL POR EL QUE DETERMINA LA SUPRESIÓN DEL SISTEMA DE DATOS
PERSONALES “DIRECTORIO DE PROMOTORAS Y PROMOTORES CIUDADANOS DE
DERECHOS HUMANOS”
PRIMERO.- En cumplimiento al artículo 19 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se
determina la supresión del sistema de datos personales preexistente, con número de folio dentro del Registro Electrónico de
Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
3200007260420100512 denominado “Directorio de Promotoras y Promotores Ciudadanos de Derechos Humanos”;
toda vez que los grupos de promotoras y promotores con los cuales trabajó la Dirección de Promoción Territorial para el
Ejercicio de los Derechos Humanos, ya no existen, y dicha Dirección derivado de sus actuales actividades, no volverá a
contactar nuevamente a los integrantes de dichos grupos, finalidad bajo la cual resultaba necesario contar con el sistema de
datos personales.
SEGUNDO.- De conformidad al Principio de Temporalidad señalado en el artículo 5 de la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal y los artículos 32, 33 y 34 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, la destrucción de
los datos personales, así como de los registros donde se encuentren contenidos, se llevará a cabo conforme a lo establecido
en el Manual de Valoración Documental de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal para que, en su caso, se
conserven de manera permanente aquellos datos con valor histórico, estadístico o científico una vez que hayan sido
disociados.
TERCERO.- El presente acuerdo entrará en vigor 30 días hábiles posteriores a la fecha de su publicación en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal.
CUARTO.- Se instruye a la Dirección General de Administración para que realice las gestiones necesarias para publicar el
presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en un plazo no mayor a diez días naturales siguientes a la
suscripción del mismo.
QUINTO.- Se instruye al Enlace de esta Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal en Materia de Protección de
Datos Personales, ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito
Federal, para que en un plazo no mayor a diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente
acuerdo, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, lo notifique a dicho Instituto.
Ciudad de México, Distrito Federal a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil quince.
(Firma)
____________________________
Dra. Perla Gómez Gallardo
Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
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FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL
LUIS MENESES MURILLO, DIRECTOR GENERAL DEL FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL
DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los artículos 2°, 3° fracción IX, 6°, 43, 44, 47, 53, 54 fracción I, 61, 67, y 71
fracción IV, V y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Contrato del Fideicomiso No.
2152-6 de fecha 21 de junio de 2007, Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso de fecha 21 de diciembre del año
2007; Segundo Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 5 de noviembre de 2008; Tercer Convenio
Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 27 de octubre de 2010; Cuarto Convenio Modificatorio al Contrato
del Fideicomiso aprobado el 11 de julio de 2011; artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito
Federal, así como los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
CONSIDERANDO
1. Que conforme al artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde a cada ente
público determinar, a través de su titular o en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de
sistemas de datos personales conforme a su respectivo ámbito de competencia.
2. Que de conformidad con el artículo 7, fracción I de Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, y los
numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, se establece que la
creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
3. Que los sistemas de datos personales que se modifican mediante el presente acuerdo fueron inscritos en el Registro
Electrónico de Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito Federal en los términos siguientes: Sistema de Datos Personales de los Recursos
Humanos de Estructura del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal con folio 0305220031244111123
inscrito en el RESDP el veintitrés de noviembre de 2011 y el Sistema de Datos Personales de los Proveedores del
Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal con folio 0305220051244111123 inscrito en el RESDP el veintitrés
de noviembre de 2011. Los Sistemas de Datos Personales referidos fueron considerados preexistentes a la entrada en vigor
de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, por lo cual en atención al principio de no
retroactividad de las leyes establecido en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no fue
necesario publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal su Acuerdo de Creación.
4. Que por todo lo anterior, resulta necesaria la actualización del SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LOS
RECURSOS HUMANOS DE ESTRUCTURA DEL FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO
FEDERA y SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DEL FIDEICOMISO
EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL para cumplir cabalmente con lo que señala la Ley de
Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, por lo que tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LOS RECURSOS
HUMANOS DE ESTRUCTURA DEL FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO
FEDERAL Y SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LOS PROVEEDORES DEL FIDEICOMISO
EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL.
1. Se modifica el Sistema denominado SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LOS RECURSOS HUMANOS DE
ESTRUCTURA DEL FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL.
II. Normatividad aplicable, se adiciona la siguiente normativa:
- Lineamientos para el Programa de Estabilidad Laboral, mediante nombramiento por tiempo fijo y prestación de servicios u
obra determinados, numeral trigésimo primero.
2. Se modifica el Sistema denominado SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE PROVEEDORES DEL
FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL
DISTRITO FEDERAL.
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Se adiciona la siguiente normativa:
- Contrato de Fideicomiso 2152-6.
- Manual Administrativo del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente “Acuerdo de Modificación del Sistema de Datos Personales de los recursos humanos
de estructura del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal y del Sistema de Datos Personales de los
proveedores del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal”, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- Se instruye al Responsable del Sistema de Datos Personales para que en un plazo no mayor a diez días hábiles
a partir de la publicación, realice las modificaciones en el Registro de Electrónico de Sistema de Datos Personales.
TERCERO.- Se instruye al Enlace en Materia de Datos Personales del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito
Federal, a efecto de una vez publicado el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, lo notifique a la
Dirección de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del
Distrito Federal, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes a la publicación.
México, Distrito Federal a veinticuatro de agosto del año dos mil quince.
(Firma)
LUIS MENESES MURILLO
DIRECTOR GENERAL
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FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL
LUIS MENESES MURILLO, DIRECTOR GENERAL DEL FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL
DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los artículos 2°, 3° fracción IX, 6°, 43, 44, 47, 53, 54 fracción I, 61, 67, y 71
fracción IV, V y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Contrato del Fideicomiso No.
2152-6 de fecha 21 de junio de 2007, Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso de fecha 21 de diciembre del año
2007; Segundo Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 5 de noviembre de 2008; Tercer Convenio
Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 27 de octubre de 2010; Cuarto Convenio Modificatorio al Contrato
del Fideicomiso aprobado el 11 de julio de 2011; artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito
Federal, así como los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
CONSIDERANDO
1. Que conforme al artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde a cada ente
público determinar, a través de su titular o en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de
sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.
2. Que de conformidad con el artículo 7, fracción I de Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, y los
numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, se establece que la
creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
3. Que el sistema de datos personales que se modifica mediante el presente acuerdo fue inscrito en el Registro Electrónico
de Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Distrito Federal en los términos siguientes: Sistema de Datos Personales del Programa “Prepa Sí” con
folio 0305214231011100513 inscrito en el RESDP el trece de mayo de 2010. El Sistema de Datos Personales referido, fue
considerado preexistente a la entrada en vigor de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, por lo
cual en atención al principio de no retroactividad de las leyes establecido en el artículo 14 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, no fue necesario publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal su Acuerdo de Creación.
4. Que por todo lo anterior, resulta necesaria la actualización del SISTEMA DE DATOS PERSONALES DEL
PROGRAMA “PREPA SÍ”, para cumplir cabalmente con lo que señala la Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, por lo que tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL SISTEMADE DATOS PERSONALES DEL PROGRAMA
“PREPA SÍ
1. SISTEMA DE DATOS PERSONALES DEL PROGRAMA “PREPA SÍ” se modifica en los siguientes apartados:
I. Normatividad aplicable, se adiciona la siguiente normativa:
13. Manual Administrativo del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal.
III. Origen de los datos
Se adiciona el siguiente tipo de datos:
Categoría: Datos académicos
Tipo de dato: Calificaciones
Modo de tratamiento utilizado: Mixto
Dato de carácter: obligatorio.
V. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales
Unidad Administrativa Responsable: Coordinación Ejecutiva del PREBU
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador Ejecutivo del PREBU
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
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TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo de Modificación del Sistema de Datos Personales del Programa “Prepa Sí”,
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- Se instruye al Responsable del Sistema de Datos Personales para que en un plazo no mayor a diez días hábiles
a partir de la publicación, realice las modificaciones en el Registro de Electrónico de Sistema de Datos Personales.
TERCERO.- Se instruye al Enlace en Materia de Datos Personales del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito
Federal, a efecto de una vez publicado el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, lo notifique a la
Dirección de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del
Distrito Federal, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes a la publicación.
México, Distrito Federal a veinticuatro de agosto del año dos mil quince.
(Firma)
LUIS MENESES MURILLO
DIRECTOR GENERAL
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
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E D I C T O S
“Año de la Consolidación de la Justicia Oral”
EDICTO
NOTIFICACIÓN A: BINYAN, S.A. DE. C.V.
En los autos del toca numero 296/2011/32, deducido del juicio Ejecutivo Mercantil seguido por Factoring Anahuac, S.A.
de C.V., hoy su Cesionario Felipe Antonio Bujalil Spínola contra BINYAN, S.A. de C.V., la Segunda Sala Civil del
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ordenó notificar por edictos a la demandada BINYAN, S.A. DE C.V.,
haciéndole saber los puntos resolutivos de la Sentencia dictada por esta Alzada el nueve de julio de dos mil quince, que a la
letra dicen:”... Por lo expuesto y fundado, es de resolverse y se RESUELVE PRIMERO.- Se confirma la sentencia
definitiva recurrida de seis de febrero de dos mil quince en todas sus partes. SEGUNDO.- Se condena a las apelantes
terceristas al pago de costas por ambas instancias. TERCERO.- NOTÍFIQUESE PERSONALMENTE A BINYAN
S.A. DE C.V., los puntos resolutivos de esta sentencia, por medio de los edictos que se publicarán por tres veces
consecutivas en la Gaceta del Gobierno del Distrito Federal. CUARTO.- Notifíquese, y con testimonio de esta
resolución, devuélvanse los autos del principal y documentos originales, hágase del conocimiento del Juzgado de
Origen y en su oportunidad archívese el toca como asunto total y definitivamente concluido.”
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES CONSECUTIVAS, EN LA “GACETA DEL GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL”
MEXICO, D.F., A 04 DE AGOSTO DE 2015.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS
DE LA SEGUNDA SALA CIVIL DEL H.
TRIBUNALO SUPERIOR DE JUSTICIA DEL
DISTRITO FEDERAL.
(Firma)
LIC. NORMA PATRICIA LAGUNA MURILLO.
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
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“Año de la Consolidación de la Justicia Oral”
EDICTO
NOTIFICACIÓN A: BINYAN, S.A. DE. C.V.
En los autos del toca numero 296/2011/25, deducido del juicio Ejecutivo Mercantil seguido por Factoring Anahuac, S.A.
de C.V., hoy su Cesionario Felipe Antonio Bujalil Spínola contra BINYAN, S.A. de C.V., la Segunda Sala Civil del
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ordenó notificar por edictos a la demandada BINYAN, S.A. DE C.V.,
haciéndole saber los puntos resolutivos de la Sentencia dictada por esta Alzada el nueve de julio de dos mil quince, que a la
letra dicen:”... Por lo expuesto y fundado, es de resolverse y se RESUELVE PRIMERO.- Se confirma la sentencia
definitiva recurrida de trece de enero de dos mil quince en todas sus partes. SEGUNDO.- Se condena a las apelantes
terceristas al pago de costas por ambas instancias. TERCERO.- NOTÍFIQUESE PERSONALMENTE A BINYAN
S.A. DE C.V., los puntos resolutivos de esta sentencia, por medio de los edictos que se publicarán por tres veces
consecutivas en la Gaceta del Gobierno del Distrito Federal. CUARTO.- Notifíquese, y con testimonio de esta
resolución, devuélvanse los autos del principal y documentos originales, hágase del conocimiento del Juzgado de
Origen y en su oportunidad archívese el toca como asunto total y definitivamente concluido.”
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES CONSECUTIVAS, EN LA “GACETA DEL GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL”
MEXICO, D.F., A 04 DE AGOSTO DE 2015.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS
DE LA SEGUNDA SALA CIVIL DEL H.
TRIBUNALO SUPERIOR DE JUSTICIA DEL
DISTRITO FEDERAL.
(Firma)
LIC. NORMA PATRICIA LAGUNA MURILLO.
28 de Agosto de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
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“Año de la Consolidación de la Justicia Oral”
EDICTO
NOTIFICACIÓN A: BINYAN, S.A. DE. C.V.
En los autos del toca numero 296/2011/31, deducido del juicio Ejecutivo Mercantil seguido por Factoring Anahuac, S.A.
de C.V., hoy su Cesionario Felipe Antonio Bujalil Spínola contra BINYAN, S.A. de C.V., la Segunda Sala Civil del
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ordenó notificar por edictos a la demandada BINYAN, S.A. DE C.V.,
haciéndole saber los puntos resolutivos de la Sentencia dictada por esta Alzada el nueve de julio de dos mil quince, que a la
letra dicen:”... Por lo expuesto y fundado, es de resolverse y se RESUELVE PRIMERO.- Se confirma la sentencia
definitiva recurrida de seis de febrero de dos mil quince en todas sus partes. SEGUNDO.- Se condena a las apelantes
terceristas al pago de costas por ambas instancias. TERCERO.- NOTÍFIQUESE PERSONALMENTE A BINYAN
S.A. DE C.V., los puntos resolutivos de esta sentencia, por medio de los edictos que se publicarán por tres veces
consecutivas en la Gaceta del Gobierno del Distrito Federal. CUARTO.- Notifíquese, y con testimonio de esta
resolución, devuélvanse los autos del principal y documentos originales, hágase del conocimiento del Juzgado de
Origen y en su oportunidad archívese el toca como asunto total y definitivamente concluido.”
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES CONSECUTIVAS, EN LA “GACETA DEL GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL”
MEXICO, D.F., A 04 DE AGOSTO DE 2015.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS
DE LA SEGUNDA SALA CIVIL DEL H.
TRIBUNALO SUPERIOR DE JUSTICIA DEL
DISTRITO FEDERAL.
(Firma)
LIC. NORMA PATRICIA LAGUNA MURILLO.
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
28 de Agosto de 2015
“Año de la consolidación de la justicia Oral”
EDICTO
EN EL CUADERNO DE TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO PROMOVIDA POR MIGUEL ÁNGEL
AGUIÑAGA RIVERO RELATVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR FACTORING
ANAHUAC, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE HOY SU CESIONARIO FELIPE ANTONIO
BUJALIL SPINOLA EN CONTRA DE BINYAN SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
EXPEDIENTE NÚMERO A- 1416/96, LA C. JUEZ TRIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL, DRA. RAQUEL
MARGARITA GARCÍA INCLÁN, DICTÓ DOS AUTOS DE FECHA DIECIOCHO DE AGOSTO Y VEINTISEIS DE
MARZO AMBOS DEL AÑO DOS MIL QUINCE, EN EL CUAL ORDENA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO
POR EL ARTICULO 1070 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, EMPLAZAR POR EDICTOS AL DEMANDADO Y
EJECUTADO EN EL JUICIO PRINCIPAL BINYAN, S.A. DE C.V., PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE
TREINTA DÍAS, COMPAREZCA A ESTE JUZGADO A RECIBIR LAS COPIAS DE TRASLADO
CORREPONDIENTES, HECHO LO CUAL O TRANSCURRIDO DICHO TÉRMINO, SE LE OTORGA EL TÉRMINO
DE LEY DE TRES DÍAS, PARA QUE DE CONTESTACION A LA DEMANDA INSTAURADA EN SU CONTRA.
C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”
(Firma)
LIC. ARMANDO VÁZQUEZ NAVA
PARA SU PUBLICACIÓN EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, POR TRES VECES
CONSECUTIVAS.
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ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL
EN EL DISTRITO FEDERAL
EDICTO
PARA EMPLAZAR A:
Jorge Israel Santana Robles
Ante este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, se tramita el juicio ejecutivo mercantil,
radicado con el número de expediente 512/2014-lll, en el cual J. Jesús Figueroa Manzo, le demanda a Jorge Israel Santana
Robles y otra, las siguientes prestaciones:
“A” El pago de la cantidad de $1,115,000.00 (UN MILLÓN CIENTO QUINCE MIL PESOS MONEDA NACIONAL), por
concepto de la suerte principal. B. El pago de intereses ordinarios sobre saldos insolutos a razón del 8% (ocho por ciento de
intereses mensual) en los términos pactados en el título de crédito de fecha 14 de Octubre del año 2011. Desde que los
demandados incumplieron con el pago hasta el momento de la ejecución de la sentencia, intereses que se cuantificaran en la
vía incidental de ejecución de sentencia; C, El pago de intereses moratorios a razón del 8% mensual pactados en los tres
títulos de crédito base de la acción y en los términos del artículo 363 del Código de Comercio, y D. El pago de gastos y
costas genere el presente juicio”
Misma que fue admitida a trámite por auto de catorce de agosto de dos mil catorce, en el cual, entre otras cosas se acordó:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 104, fracción, 53, fracción l, de la Ley Orgánica del poder Judicial de la
federación, 1°, 5°, 17, 170 y 171 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; y 1391 a 1396 del Código de
Comercio, se admite la demanda planteada en la vía ejecutiva mercantil; en consecuencia y sirviendo este auto de
mandamiento en forma, requiérase a Jorge Israel Santana Robles y Roxana Robles García, para que en el acto de la
diligencia hagan pago al actor o a quien su derecho represente, de la cantidad de $1,115,000.00 (un millón ciento quince mil
pesos 00/100 moneda nacional), por concepto de suerte principal, más el pago de los accesorios legales; y no haciéndolo
embárguenseles bienes de su propiedad suficientes para garantizar el pago de las prestaciones reclamadas, los que se
pondrán en depósito de la persona que bajo su responsabilidad designe la parte actora.
Por Auto de treinta y uno de Julio de dos mil quince, a petición del actor y una vez que se agotaron los medios para la
localización de su domicilio, se ordenó emplazarlos en edictos, que se publicaran por tres veces consecutivas en el
periódico “El Universal” y la “Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal”, haciéndole saber al enjuiciado que
deberá presentarse ante este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, sito en el Edificio
Sede del Poder Judicial de la Federación en San Lázaro ubicado en Avenida Eduardo Molina número dos, esquina
Sidar y Rovirosa, colonia del Parque , Delegación Venustiano Carranza, código postal 15960, en esta ciudad de
México, Distrito Federal, dentro del término de treinta días , contados a partir de la última publicación de los edictos , para
que de contestación a la demanda instaurada en su contra; apercibido que de no hacerlo se seguirá el juicio en rebeldía y las
subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal, le surtirán por medio de lista que se fije en los estrados de este
órgano jurisdiccional, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1068, fracción III, 1069 y 1070 del Código de
Comercio, hasta en tanto señale domicilio para tales efectos.
Quedando la respectiva copia de traslado en la secretaria de este juzgado a inmediata disposición del demandado.
Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales a que haya lugar.
MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, TREINTA Y UNO DE JULIO DE DOS MIL QUINCE.
LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE
DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO
FEDERAL.
LIC. SARA CORTES MÉNDEZ
(Firma)
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"Año de la Consolidación de la Justicia Oral"
E D I C T O
NOTIFICACION A: BINYAN, S.A. DE C.V.
En los autos del toca numero 296/2011/24, deducido del juicio Ejecutivo Mercantil seguido por Factoring Anahuac, S.A.
de C.V., hoy su cesionario Felipe Antonio Bujalil Spinola contra Binyan, S.A. de C.V., la Segunda Sala Civil del
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ordenó notificar por edictos a la demandada BINYAN, S.A. DE C.V.,
haciéndole saber los puntos resolutivos de la Sentencia dictada por esta Alzada el nueve de julio de dos mil quince, que a la
letra dicen: "... Por lo expuesto y fundado, es de resolverse y se RESUELVE PRIMERO.- Se revoca la sentencia
definitiva recurrida de trece de enero de dos mil quince y se deja insubsistente su auto aclaratorio de veintidós del
mismo mes y año, debiendo quedar los puntos resolutivos del fallo definitivo, en los siguientes términos: "Primero.Es procedente la TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO en donde FELIPE GORDON BARABEJZYK y
VIOLETA LETTY HATTEM COHEN DE GORDON, acreditaron el dominio que tienen respecto del bien materia
del conflicto, y FELIPE ANTONIO BUJALIL SPINOLA no justificó su defensa, por su parte la demandada
BINYAN S.A. DE C.V., se condujo en rebeldía, en consecuencia. SEGUNDO.- Se ordena excluir del embargo
decretado en autos principales LA CASA HABITACIONAL NÚMERO 7 (siete). DEL CONDOMINIO UBICADO
EN AVENIDA PARQUE DE CÁDIZ, NUMERO 96 (noventa y seis), FRACCIONAMIENTO PARQUES DE LA
HERRADURA EN HUIXQUILUCAN, ESTADO DE MÉXICO, por tanto gírese atento oficio al Instituto de la
Fundación Registral del Estado de México para que realice la cancelación correspondiente. TERCERO.- Se
absuelve a la demandada moral de la prestación reclamada en el inciso "c" de su escrito inicial de tercería.
CUARTO.- Se condena en costas a las demandadas en la tercería (ejecutante y ejecutada), al actualizarse la fracción
III del artículo 1084 del Código de Comercio. QUINTO.- NOTIFÍQUESE..." SEGUNDO.- No se condena a las
apelantes terceristas al pago de costas por ambas instancias. TERCERO.- Notifíquese, y con testimonio de esta
resolución, devuélvanse los autos del principal y documentos originales, hágase del conocimiento del Juzgado de
origen y en su oportunidad archívese el toca como asunto total y definitivamente concluido. CUARTO.- Notifíquese
personalmente a BINYAN S.A. DE C.V., los puntos resolutivos de esta sentencia, por medio de edictos que se
publicarán por tres veces consecutivas en la Gaceta del Gobierno del Distrito Federal."
MEXICO D. F., A 04 DE AGOSTO DE 2015.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS
DE LA SEGUNDA SALA CIVIL DEL H.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL
DISTRITO FEDERAL.
(Firma)
LIC. NORMA PATRICIA LAGUNA MURILLO.
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AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y
Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al
público en general, los requisitos que habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
siendo los siguientes:.
1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el
caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de
las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,
estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30
horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo
suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.
2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como
publicaciones se requieran.
3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word
en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
Página tamaño carta;
Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;
Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;
No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;
Rotular el disco con el título del documento;
No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros
de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar;
X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y
XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación
Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta
responsabilidad de los solicitantes.
4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de
anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un
día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.
SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así
como al público en general, que a partir de la primera emisión que se efectué en el año 2015, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época
inserta en el Índice será la Décima Octava.
TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así
como al público en general, que la publicación de la Gaceta Oficial del Distrito Federal se realizará de lunes a viernes, en días hábiles,
pudiéndose habilitar, a juicio de esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se
requieran, así como emitir publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
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DIRECTORIO
Jefe de Gobierno del Distrito Federal
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ
INSERCIONES
Plana entera ...................................................................................... $ 1,702.00
Media plana............................................................................................ 915.50
Un cuarto de plana ................................................................................. 570.00
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
http://www.consejeria.df.gob.mx
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $73.00)