t,,a(S de P(*) Qá Municipalidad dePunta Hermosa ............. RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 100-2015-MDPH Punta Hermosa, 23 de Marzo de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO: El Expediente N° 6299-2014, el Informe N° 148-2015-MDPH-GDH, el Informe N° 0062015-MDPH/OAJ, el Informe N° 010-2015-MDPH/GDUCT/DC-OAAS, el Informe N° 00622015-MDPH/GDUCT-JDC, el Informe N° 15-2015-MDPH/OAJ y el Informe N° 033-2015MDPH-GDH. 111 ONSIDERANDO: ue, de conformidad al Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 30305, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es ratificado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante el Informe N° 006-2015-MDPH-OAJ de la Jefatura de Asesoría Juridica solicito al Departamento de Catastro que se le informe si la zona donde se encuentra ubicada la Asociación Pampa Pacta Santa Rosa Punta Hermosa se encuentra dentro de los alcances del artículo 13° del Título IV de la Ordenanza N° 1762 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el artículo 13° de la mencionada Ordenanza señala claramente que las organizaciones que se encuentren ubicadas en zonas legalmente prohibidas, no podrán inscribirse, salvo informe previo de la Oficina de Catastro o de quien determine el uso del espacio; Que, se entiende por zonas legalmente prohibidas todas aquellas que califiquen como áreas naturales protegidas, áreas consideradas como patrimonio cultural de la Nación y aquellas en que por Ley, se ha establecido la presunción de que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y se ha declarado imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal; \SQTA Folio Que, mediante Informe N° 010-2015-MDPH/GDUCT/DCOAAS del Técnico de Catastro señala que el terreno del sector de la Asociación de Agricultores Pampa Pacta Santa Rosa ubicado al este de la Panamericana Sur a la altura del km 45 distrito de Punta Hermosa, es de tipo eriazo, cuenta con un área de 810.56 Has. encerrado en un perímetro de 2820.11 ml constituido por grupos J, I, H, Ñ y por los Lotes 141 y 140; Que, asimismo se menciona en el informe antes mencionado que el Acuerdo de Concejo N° 017-211-MDPH de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa de fecha 28 de marzo de 2011, en su artículo 1° establece declarar zona de riesgo ecológico la zona este del distrito de Punta Hermosa partiendo de la Carretera Panamericana en la zona denominada "La Quebrada de Malanche- hasta el límite con el distrito de Huarochirí. Y, el Artículo 2° establece suspender toda actividad administrativa o constructiva en el área afectada, en consecuencia no se otorgaran certificados de posesión, habilitaciones urbanas, licencias de construcción ni ningún otro documento. Que, mediante el Informe N° 0062-2015-MDPH/GDUCT-JDC el Departamento de Catastro de fecha 21 de enero de 2015, indica que revisado el expediente en consulta se ha llegado a establecer que si se encuentra de los alcances del Artículo 13° del Título IV de la Ordenanza Calle Ellas Aguirre N°477 - Punta Hermosa - Central telefónica: 230 7696 - www.munipuntahermosa.gob.pe dy Municipalidad dePunta Hermosa RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 100-2015-MDPH Punta Hermosa, 23 de Marzo de 2015 á N° 1762-MML debido al Acuerdo de Concejo N° 017-2011-MDPH en relación a los Artículos 1 y 2; Que, mediante Informe N° 15-2015-MDPH/OAJ la Jefatura de Asesoría Juridica emite opinión que de acuerdo a los informes antes precitados la solicitud sobre Reconocimiento de la Junta Administrativa de la Asociación Pampa Pacta Rosa Punta Hermosa es No Procedente n virtud a lo dispuesto por el Artículo 13° de la Ordenanza 1762-MML y a los Artículos 1 y del Acuerdo de Concejo N° 017-2011-MDPH; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inc. 6 del Art. 20° de la Ley N° 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de Reconocimiento de la Junta Administrativa de la Asociación Pampa Pacta Santa Rosa Punta Hermosa en virtud a los dispuesto por el Artículo 13° de la Ordenanza 1762-MML y a los Artículos 1° y 2° del Acuerdo de Concejo N° 017-2011-MDPH. ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente resolución al señor Segundo Neptali Cruzado Chávez. ARTICULO TERCERO.- HACER de conocimiento la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano y demás ár as a• inistrativas, para el cumplimiento de la presente Resolución. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE 1Q) Y ICIP"1" 01' A HERMOSA *********** .-• jonz2ii ............ ... A. CarlSecretario General PLAS tu CARLOS GU f;Al CE PUNJA RMOSA Of DE Z OTERO Calle Ellas Aguirre N° 477 - Punta Hermosa - Central telefónica: 230 7696 - www.munipuntahermosa.gob.pe
© Copyright 2024