\SQTA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 100-2015

t,,a(S de P(*)
Qá
Municipalidad
dePunta Hermosa
.............
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 100-2015-MDPH
Punta Hermosa, 23 de Marzo de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA
VISTO:
El Expediente N° 6299-2014, el Informe N° 148-2015-MDPH-GDH, el Informe N° 0062015-MDPH/OAJ, el Informe N° 010-2015-MDPH/GDUCT/DC-OAAS, el Informe N° 00622015-MDPH/GDUCT-JDC, el Informe N° 15-2015-MDPH/OAJ y el Informe N° 033-2015MDPH-GDH.
111
ONSIDERANDO:
ue, de conformidad al Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificada por
la Ley N° 30305, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es ratificado por el Artículo II del
Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, mediante el Informe N° 006-2015-MDPH-OAJ de la Jefatura de Asesoría Juridica
solicito al Departamento de Catastro que se le informe si la zona donde se encuentra ubicada
la Asociación Pampa Pacta Santa Rosa Punta Hermosa se encuentra dentro de los alcances del
artículo 13° del Título IV de la Ordenanza N° 1762 de la Municipalidad Metropolitana de
Lima;
Que, el artículo 13° de la mencionada Ordenanza señala claramente que las organizaciones
que se encuentren ubicadas en zonas legalmente prohibidas, no podrán inscribirse, salvo
informe previo de la Oficina de Catastro o de quien determine el uso del espacio;
Que, se entiende por zonas legalmente prohibidas todas aquellas que califiquen como áreas
naturales protegidas, áreas consideradas como patrimonio cultural de la Nación y aquellas en
que por Ley, se ha establecido la presunción de que el Estado es poseedor de los inmuebles de
su propiedad y se ha declarado imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado
estatal;
\SQTA
Folio
Que, mediante Informe N° 010-2015-MDPH/GDUCT/DCOAAS del Técnico de Catastro
señala que el terreno del sector de la Asociación de Agricultores Pampa Pacta Santa Rosa
ubicado al este de la Panamericana Sur a la altura del km 45 distrito de Punta Hermosa, es de
tipo eriazo, cuenta con un área de 810.56 Has. encerrado en un perímetro de 2820.11 ml
constituido por grupos J, I, H, Ñ y por los Lotes 141 y 140;
Que, asimismo se menciona en el informe antes mencionado que el Acuerdo de Concejo N°
017-211-MDPH de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa de fecha 28 de marzo de
2011, en su artículo 1° establece declarar zona de riesgo ecológico la zona este del distrito de
Punta Hermosa partiendo de la Carretera Panamericana en la zona denominada "La Quebrada
de Malanche- hasta el límite con el distrito de Huarochirí. Y, el Artículo 2° establece
suspender toda actividad administrativa o constructiva en el área afectada, en consecuencia no
se otorgaran certificados de posesión, habilitaciones urbanas, licencias de construcción ni
ningún otro documento.
Que, mediante el Informe N° 0062-2015-MDPH/GDUCT-JDC el Departamento de Catastro
de fecha 21 de enero de 2015, indica que revisado el expediente en consulta se ha llegado a
establecer que si se encuentra de los alcances del Artículo 13° del Título IV de la Ordenanza
Calle Ellas Aguirre N°477 - Punta Hermosa - Central telefónica: 230 7696 - www.munipuntahermosa.gob.pe
dy
Municipalidad
dePunta Hermosa
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 100-2015-MDPH
Punta Hermosa, 23 de Marzo de 2015
á
N° 1762-MML debido al Acuerdo de Concejo N° 017-2011-MDPH en relación a los
Artículos 1 y 2;
Que, mediante Informe N° 15-2015-MDPH/OAJ la Jefatura de Asesoría Juridica emite
opinión que de acuerdo a los informes antes precitados la solicitud sobre Reconocimiento de
la Junta Administrativa de la Asociación Pampa Pacta Rosa Punta Hermosa es No Procedente
n virtud a lo dispuesto por el Artículo 13° de la Ordenanza 1762-MML y a los Artículos 1 y
del Acuerdo de Concejo N° 017-2011-MDPH;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inc. 6 del Art. 20° de la Ley
N° 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de
Reconocimiento de la Junta Administrativa de la Asociación Pampa Pacta Santa Rosa Punta
Hermosa en virtud a los dispuesto por el Artículo 13° de la Ordenanza 1762-MML y a los
Artículos 1° y 2° del Acuerdo de Concejo N° 017-2011-MDPH.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente resolución al señor Segundo Neptali
Cruzado Chávez.
ARTICULO TERCERO.- HACER de conocimiento la presente Resolución a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano y demás ár as a• inistrativas, para el
cumplimiento de la presente Resolución.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE
1Q) Y
ICIP"1"
01'
A HERMOSA
***********
.-• jonz2ii
............ ...
A. CarlSecretario General
PLAS
tu
CARLOS GU
f;Al CE PUNJA RMOSA
Of
DE
Z OTERO
Calle Ellas Aguirre N° 477 - Punta Hermosa - Central telefónica: 230 7696 - www.munipuntahermosa.gob.pe