4. Prevención de Delitos.

Definiciones
LAVADO DE ACTIVOS:
El lavado de activos (LA) busca ocultar o disimular el origen del dinero y/o
bienes obtenidos ilegalmente. Implica introducir en la economía activos de
procedencia ilícita, dándoles apariencia de legalidad al valerse de actividades
lícitas. Generalmente se identifica al narcotráfico como el principal delito base
del lavado de activos. No es el único: el LA también se puede originar en la
venta ilegal de armas, la trata de personas, la malversación de fondos públicos,
el uso malicioso de información privilegiada, el soborno, el terrorismo, entre otros
delitos. Todos ellos producen beneficios y ganancias mal habidas, que crean
incentivos para que se intente legitimarlas.
FINANCIAMIENTO DE TERRORISMO:
El financiamiento del terrorismo (FT) es cualquier forma de acción económica,
ayuda o mediación que proporcione apoyo financiero a las actividades o grupos
terroristas. Aunque el objetivo principal de los grupos terroristas no es financiero,
requieren fondos para llevar a cabo sus actividades, cuyo origen puede provenir
de fuentes legítimas, actividades delictivas, o ambas.
Este delito sanciona a aquellos que de cualquier forma soliciten, recauden o
provean fondos con la finalidad de cometer algunos de los delitos terroristas
establecidos en la ley.
COHECHO:
Se conoce también como Soborno o “Coima”, y consiste en ofrecer o consentir
en dar cualquier beneficio, económico o de otra naturaleza, a un funcionario
público, nacional o extranjero, para que éste haga o deje de hacer algo, dentro
del ámbito de su cargo, competencia y responsabilidades.
Visita nuestra intranet y nuestra página web www.clinicabiobio.cl para conocer
los detalles de nuestro Modelo de Prevención de Delitos Ley 20.393.
MESA CENTRAL
27 34 200
www.clinicabiobio.cl Avda. Alessandri 3515, Thno.
Modelo de Prevención de Delitos
Ley N°20.393
Modelo de Prevención de Delitos Ley N°20.393
El Modelo de Prevención de Delitos (MPD) implementado en Clínica Biobío
perteneciente a Empresas Banmédica, corresponde a la forma en que se ha
organizado el Grupo para prevenir que sus empresas, sean utilizadas para cometer los
delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y soborno a funcionarios
públicos, así como todos aquellos que dan origen o son hechos precedentes como
puede ser el narcotráfico, la trata de personas, el uso de información privilegiada,
entre otros. Asimismo, el MPD incluye las conductas que, si bien pudiesen no
constituir delito, son calificadas como éticamente intolerables por parte de Clínica
Biobío, tal y como ha sido establecido en el Código de Ética de Empresas Banmédica.
Considerando la relevancia que tiene para el cumplimiento de nuestro rol social, se
han incorporado al MPD las eventuales transgresiones a las leyes relacionadas con
protección de datos personales y derechos y deberes de los pacientes (Ley 19.628
y Ley 20.584, respectivamente).
El Modelo Preventivo permite proteger a toda la Clínica Biobío, a sus trabajadores
y a colaboradores en general, de las consecuencias negativas que acarrean las
prácticas de alguna de las conductas o delitos que comprende, afectando nuestra
imagen. Por lo anterior Clínica Biobío está firmemente comprometida en avanzar
por el camino de integrar el comportamiento ético a su diario quehacer, además
de mejorar el ambiente global en el que se desarrollan los negocios asumiendo la
responsabilidad social empresarial de ésta.
El Modelo, que es administrado por un Encargado de Prevención Corporativo, está
compuesto por los siguientes elementos:
1. Código de Ética.
2. Canal de Denuncias e Investigaciones.
3. La Matriz de Riesgos de Delitos.
4. Los Protocolos, Reglamentos, Reglas, Directrices, Política, Procedimientos y
Cláusulas contractuales, específicamente definidos para apoyar las iniciativas
implementadas para mitigar las vulnerabilidades identificadas en la Matriz de
Riesgos de Delitos.
5. Plan de Capacitación y Comunicación dirigido a todos los trabajadores y
colaboradores de Clínica Biobío y a la comunidad en general.
6. Plan de seguimiento y monitoreo.
Encargado de Prevención
El Encargado de Prevención de Delitos, en el ejercicio de sus funciones,
cuenta con plena y total autonomía respecto de la Administración
de Empresas Banmédica y Clínica Biobío, por lo que es, además,
el responsable de recibir y gestionar tanto las denuncias como
las investigaciones que surjan del funcionamiento del Modelo.
Su principal función es administrar el Modelo de Prevención de
Delitos, desarrollado e implementado por Empresas Banmédica
y Clínica Biobío, velando por su correcto funcionamiento y
operación.
Todas las dudas, inquietudes que usted pueda tener acerca del
funcionamiento del modelo y la participación o responsabilidad que le cabe a cada trabajador,
las puede dirigir directamente a la Srta. Carolina Celis F., Gerente Contralor y designada como
Encargada de Prevención, al correo electrónico [email protected] o al fono 02-23533300.
También puede resolver sus inquietudes con Lorena Contreras, Gerente de Administración y
Finanzas de Clínica Biobío, al correo electrónico [email protected] o al fono
2734375.
Canal de Denuncias:
El funcionamiento del Modelo Preventivo es responsabilidad de todos los
trabajadores y colaboradores de Clínica Biobío, por lo que se ha diseñado
un Canal de Denuncias cuyo objetivo es permitir que cada uno pueda
ejercer ese rol activo como un engranaje del sistema preventivo.
El Canal de Denuncia, permitirá a colaboradores, socios,
proveedores y clientes, mantener un contacto directo y seguro
con el Encargado de Prevención, teniendo la posibilidad de
realizar denuncias abiertas o confidenciales, facilitando con ello
la detección y la prevención de delitos y/o comportamientos
inapropiados.
A su vez, el denunciante tendrá la garantía de que sus comunicaciones
serán tratadas con el debido resguardo y confidencialidad que requiere todo
proceso investigativo.
Sus denuncias podrán ser enviadas alternativamente a [email protected];
[email protected] o por correo certificado dirigido al Encargado de Prevención a
Apoquindo 3600 piso 12, Las Condes.