Definiciones LAVADO DE ACTIVOS: El lavado de activos (LA) busca ocultar o disimular el origen del dinero y/o bienes obtenidos ilegalmente. Implica introducir en la economía activos de procedencia ilícita, dándoles apariencia de legalidad al valerse de actividades lícitas. Generalmente se identifica al narcotráfico como el principal delito base del lavado de activos. No es el único: el LA también se puede originar en la venta ilegal de armas, la trata de personas, la malversación de fondos públicos, el uso malicioso de información privilegiada, el soborno, el terrorismo, entre otros delitos. Todos ellos producen beneficios y ganancias mal habidas, que crean incentivos para que se intente legitimarlas. FINANCIAMIENTO DE TERRORISMO: El financiamiento del terrorismo (FT) es cualquier forma de acción económica, ayuda o mediación que proporcione apoyo financiero a las actividades o grupos terroristas. Aunque el objetivo principal de los grupos terroristas no es financiero, requieren fondos para llevar a cabo sus actividades, cuyo origen puede provenir de fuentes legítimas, actividades delictivas, o ambas. Este delito sanciona a aquellos que de cualquier forma soliciten, recauden o provean fondos con la finalidad de cometer algunos de los delitos terroristas establecidos en la ley. COHECHO: Se conoce también como Soborno o “Coima”, y consiste en ofrecer o consentir en dar cualquier beneficio, económico o de otra naturaleza, a un funcionario público, nacional o extranjero, para que éste haga o deje de hacer algo, dentro del ámbito de su cargo, competencia y responsabilidades. Visita nuestra intranet y nuestra página web www.clinicabiobio.cl para conocer los detalles de nuestro Modelo de Prevención de Delitos Ley 20.393. MESA CENTRAL 27 34 200 www.clinicabiobio.cl Avda. Alessandri 3515, Thno. Modelo de Prevención de Delitos Ley N°20.393 Modelo de Prevención de Delitos Ley N°20.393 El Modelo de Prevención de Delitos (MPD) implementado en Clínica Biobío perteneciente a Empresas Banmédica, corresponde a la forma en que se ha organizado el Grupo para prevenir que sus empresas, sean utilizadas para cometer los delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y soborno a funcionarios públicos, así como todos aquellos que dan origen o son hechos precedentes como puede ser el narcotráfico, la trata de personas, el uso de información privilegiada, entre otros. Asimismo, el MPD incluye las conductas que, si bien pudiesen no constituir delito, son calificadas como éticamente intolerables por parte de Clínica Biobío, tal y como ha sido establecido en el Código de Ética de Empresas Banmédica. Considerando la relevancia que tiene para el cumplimiento de nuestro rol social, se han incorporado al MPD las eventuales transgresiones a las leyes relacionadas con protección de datos personales y derechos y deberes de los pacientes (Ley 19.628 y Ley 20.584, respectivamente). El Modelo Preventivo permite proteger a toda la Clínica Biobío, a sus trabajadores y a colaboradores en general, de las consecuencias negativas que acarrean las prácticas de alguna de las conductas o delitos que comprende, afectando nuestra imagen. Por lo anterior Clínica Biobío está firmemente comprometida en avanzar por el camino de integrar el comportamiento ético a su diario quehacer, además de mejorar el ambiente global en el que se desarrollan los negocios asumiendo la responsabilidad social empresarial de ésta. El Modelo, que es administrado por un Encargado de Prevención Corporativo, está compuesto por los siguientes elementos: 1. Código de Ética. 2. Canal de Denuncias e Investigaciones. 3. La Matriz de Riesgos de Delitos. 4. Los Protocolos, Reglamentos, Reglas, Directrices, Política, Procedimientos y Cláusulas contractuales, específicamente definidos para apoyar las iniciativas implementadas para mitigar las vulnerabilidades identificadas en la Matriz de Riesgos de Delitos. 5. Plan de Capacitación y Comunicación dirigido a todos los trabajadores y colaboradores de Clínica Biobío y a la comunidad en general. 6. Plan de seguimiento y monitoreo. Encargado de Prevención El Encargado de Prevención de Delitos, en el ejercicio de sus funciones, cuenta con plena y total autonomía respecto de la Administración de Empresas Banmédica y Clínica Biobío, por lo que es, además, el responsable de recibir y gestionar tanto las denuncias como las investigaciones que surjan del funcionamiento del Modelo. Su principal función es administrar el Modelo de Prevención de Delitos, desarrollado e implementado por Empresas Banmédica y Clínica Biobío, velando por su correcto funcionamiento y operación. Todas las dudas, inquietudes que usted pueda tener acerca del funcionamiento del modelo y la participación o responsabilidad que le cabe a cada trabajador, las puede dirigir directamente a la Srta. Carolina Celis F., Gerente Contralor y designada como Encargada de Prevención, al correo electrónico [email protected] o al fono 02-23533300. También puede resolver sus inquietudes con Lorena Contreras, Gerente de Administración y Finanzas de Clínica Biobío, al correo electrónico [email protected] o al fono 2734375. Canal de Denuncias: El funcionamiento del Modelo Preventivo es responsabilidad de todos los trabajadores y colaboradores de Clínica Biobío, por lo que se ha diseñado un Canal de Denuncias cuyo objetivo es permitir que cada uno pueda ejercer ese rol activo como un engranaje del sistema preventivo. El Canal de Denuncia, permitirá a colaboradores, socios, proveedores y clientes, mantener un contacto directo y seguro con el Encargado de Prevención, teniendo la posibilidad de realizar denuncias abiertas o confidenciales, facilitando con ello la detección y la prevención de delitos y/o comportamientos inapropiados. A su vez, el denunciante tendrá la garantía de que sus comunicaciones serán tratadas con el debido resguardo y confidencialidad que requiere todo proceso investigativo. Sus denuncias podrán ser enviadas alternativamente a [email protected]; [email protected] o por correo certificado dirigido al Encargado de Prevención a Apoquindo 3600 piso 12, Las Condes.
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