La Plata, 18 de Febrero de 2015 Anexo al reglamento de Moto 3 y Moto 3 Pro • La categoría Moto 3 es de espíritu y carácter promocional. • Serán promovidos a la categoría Moto 3 Pro todos aquellos que la Comisión Directiva de la Federación Bonaerense de Motociclismo considere pertinente que deba hacerlo, teniendo en cuenta la habilidad de manejo del piloto y observando su desempeño en cuanto a los tiempos que realice por vuelta en la pista, con el objetivo de mantener el espíritu de la categoría Moto 3. • A todo aquel piloto que sea promovido de la categoría Moto 3 a Moto 3 Pro, le serán reconocidos el 40% de los puntos que haya obtenido en la categoría primera. • En el caso de que en la nueva categoría entre en el Play Off, se le reconocerá además una victoria de la etapa regular de la categoría anterior, si la tuviese. Cristóbal A. Mulet Presidente FEDERACIÓN BONAERENSE DE MOTOCICLISMO Miembro de la CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE MOTOCICLISMO DEPORTIVO (CAMOD) Afiliada a: CONFEDERACIÓN BONAERENSE DE DEPORTES TELEFAX: 0221-4418447 calle 43 Nº 639 La Plata E-mail: [email protected] http://www.febom.org
© Copyright 2024