APELACION A LA MEDIDA

APELACION A LA MEDIDA
DE BAJO RENDIMIENTO ESTUDANTIL
RR-B2009
¿Quien está inmerso en esta medida?:
Aquel estudiante que no aprobó un total de por lo menos dos (02) asignaturas
durante dos (02) períodos lectivos consecutivos. (B08, I09, A09).
¿Que condición debe cumplir el estudiante que solicite apelación?:
Debe estar inscrito en el período lectivo B09.
Procedimiento para realizar la apelación a la medida de bajo rendimiento
estudiantil.
1. Comprar en caja de la FACES (Edif. F Planta Baja) planilla de apelación
a la medida en el lapso establecido (del 26 de octubre 09 hasta el 06 de
noviembre 09).
2. Entregar en
ORE FACES,
planilla de apelación en los lapsos
establecidos (26 de octubre hasta el 06
de noviembre 2009)
debidamente llena y acompañada por carta explicativa dirigida al Decano
Presidente y demás miembros de la Comisión de Apelación a la medida de
bajo rendimiento estudiantil y comprobantes que justifiquen la carta. (Si
son constancias médicas deben estar avaladas por CAMIULA).
IMPORTANTE:
1. La Comisión con base en los argumentos y comprobantes entregados por
el estudiante, puede REVOCARLE o CONFIRMARLE la medida, de
acuerdo a la normativa establecida para tal fin.
2. En el caso de REVOCARLE la medida, el estudiante sigue cursando las
asignaturas inscritas en el período lectivo como estudiante regular.
3. En el caso de CONFIRMARLE la medida, al estudiante se le retiran las
asignaturas inscritas en el período lectivo (B09), y a este se le suspende
temporalmente su matricula por dos (2) periodos consecutivos (B09 y
A2010), en el caso de estar en RR por primera vez o cuatro (4) períodos
consecutivos (B09, A10, B10 Y A11) en el caso de ser reincidente en la
medida (incluido el período en el cual se solicitó la apelación).
4. El estudiante inmerso en RR debe reincorporarse al cumplir la sanción en
los lapsos establecidos para este proceso.
Ejemplo: Se le confirma la medida en el período B2009 (o no utiliza el mecanismo
de apelación) y se sanciona por dos (2) períodos (B2009 Y A2010); el estudiante
debe reincorporarse para el período B2010 (los lapsos de reincorporación para el
período B2010 se establecen a finales del período A2010).