Ingresos y distribución del Fondo Mexicano del Petróleo Fernando N. Ramones Fernández [email protected] 1. Introducción Hasta el mes de febrero de 2015, los ingresos petroleros han recaudado el 8.03 % del total de las transferencias ordinarias del Fondo Mexicano del Petróleo (FMP). Cuando, de acuerdo a la Ley de Ingresos de la Federación 2015, deberı́a estar acumulando al menos el 9.00 %, esta diferencia de 0.97 % se debe a que en el mes de febrero no se obtienen los ingresos esperados de 32,580 mdp, y se recauda solo 25,495.53 mdp.Transparencia Presupuestaria cuenta con un apartado de los ingresos petroleros del sector público y se muestra de manera detallada cómo se reparten estos ingresos hacia las transferencias ordinarias del Fondo Mexicano del Petróleo (FMP). Sin embargo, en el portal no se reportan directamente los recursos que se obtienen por derechos de las asignaciones. A través de las estadı́sticas y los informes del FMP, se pueden derivar los ingresos recaudados por parte de los derechos y la manera en la que los recursos fueron repartidos. El objetivo de este boletı́n es establecer una guı́a para entender la manera de leer las cifras que proporciona el FMP. Se ilustrará detalladamente el origen de los recursos que alimentan las trasferencias del Fondo, ası́ como, su distribución y finalmente una explicación de la relevancia de entender estos datos. Dicho ejercicio se llevará a cabo en base a los estados financieros del mes de enero y febrero de 2015 del FMP. 2. ¿Cómo se contabilizan los ingresos por parte de los asignatarios? Utilizando los Estados Financieros del FMP, los ingresos recibidos por derechos se encuentran reflejados en las tablas “Estado de Flujos de Efectivo del 1 al 31 de enero de 2015”[5] y “Estado de Flujos de Efectivo del 1 al 28 de febrero de 2015”[4]. Dentro de los Flujos de Efectivo, los ingresos petroleros son contabilizados como entrada de recursos y de forma contraria como salida de recursos. Más especı́ficamente: en la sección Actividades de operación, ésta se divide en dos: Aplicación de recursos y Origen de recursos. Empezando por Origen de recursos, en él se encuentra el rubro Pagos recibidos de los asignatarios. Estos pagos, de acuerdo a las Notas a los Estados Financieros se define como, la transferencia a cuenta de los pagos provisionales mensuales de los derechos por la utilidad compartida que los asignatarios deben efectuar de acuerdo a lo establecido en el artı́culo 7, Fracción I de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015[1](ver Cuadro 1). En enero se lograron recaudar los $ 34,323 millones de pesos (mdp) por concepto de pago provisional del derecho de utilidad compartida. Sin embargo, en el mes de febrero, con una recaudación de $4,167.12 mdp por concepto de derecho de extracción de hidrocarburos3 , $82.42 mdp del derecho de exploración de hidrocarburos4 y $21,246 mdp por pago provisional de derecho de utilidad compartida5 sólo se logró recaudar $25,495.53 mdp; por lo que no se logró el objetivo establecido para el mes de febrero de 32,580 mdp (ver Cuadro 1). 3. Dado que todavı́a no entra en funcionamiento ningún contrato para la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos, el FMP sólo recibe ingresos por parte de las asignaciones1 , dichos ingresos son conocidos como derechos2 . 1. Por asignaciones se refiere, a los activos integrales que se le otorgaron a PEMEX en la Ronda Cero. 2. Estos de definen en el Tı́tulo Tercero-“De los ingresos derivados de las asignaciones” de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos[2]. ¿Cómo se distribuyen los ingresos por parte de los asignatarios? En la sección de Aplicación de recursos, se encuentra el rubro Transferencias a la Tesorerı́a de la Federación. Dicho rubro, de acuerdo a las Notas a los 3. Ver artı́culo 44 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos [2]. 4. Ver artı́culo 45 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos[2]. 5. Ver artı́culo 39 y 42 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y el artı́culo 7, Fracción I de la Ley de Ingresos de la Federación 2015. 29 de abril de 2015 Ingresos y distribución del Fondo Mexicano del Petróleo 2 de 4 Cuadro 1: Pagos provisionales mensuales del derecho de utilidad compartida millones de pesos Mes Pago Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre 34,323 32,580 38,401 33,742 34,323 37,820 34,323 38,401 33,742 34,323 37,820 34,323 Nota(s): Elaborado por CIEP, con información del artı́culo 7, Fracción I de la Ley de Ingresos de la Federación 2015 Fuente(s): Ley de Ingresos de la Federación 2015 Estados Financieros, se refiere a las transferencias que Banco de México realizó conforme a las instrucciones del Comité Técnico del Fondo y al calendario de la Secretarı́a de Hacienda y Crédito Público6 . A continuación, en el Cuadro 2, se muestra cómo se han distribuido los recursos7 en el mes de enero y febrero. En la segunda y tercera columna, se puede observar que en enero se distribuyó los 34,323 mdp entre la mayorı́a de los componentes de las transferencias ordinarias del FMP, exceptuando el componente de la Auditorı́a Superior de la Federación. Mientras que en febrero sólo se repartieron los recursos al fondo de extracción de hidrocarburos, a los municipios colindantes con la frontera o litorales por los que se realice materialmente la salida del paı́s los hidrocarburos y al monto para cubrir el Presupuesto de Egresos de la Federación. 4. ¿Para qué nos sirve entender los flujos del FMP? Después de entender el origen y la distribución de los ingresos petroleros de acuerdo a los Estados Financieros del FMP, uno de los detalles que resalta en la distribución de las transferencias es la manera en que los recursos fueron repartidos en el mes de febrero. 6. El calendario de la SHCP está fundamentado en los artı́culos Décimo Quinto Transitorio, inciso b), del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Polı́tica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Energı́a”, y 16, fracción I, de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, ası́ como las cláusulas Sexta, fracción III, y Décima, fracción II, del Contrato Constitutivo del Fondo. 7. Es importante recordar que estos recursos representan las transferencias ordinarias del Fondo Mexicano del Petróleo. tw: @ciepmx Es decir, tomando en consideración el Tı́tulo V, Capı́tulo I - “De las transferencias ordinarias del Fondo Mexicano del Petróleo” de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria[3], estimaciones anteriormente realizadas8 y la distribución de los recursos expuestos en el Cuadro 2, se estima que algunos de los componentes de las transferencias ordinarias ya fueron alcanzados en su totalidad9 . Partiendo de esta premisa, es posible obtener los ingresos petroleros10 que se utilizan de manera exacta para las estimaciones de los componentes de las transferencias ordinarias del FMP. Tomando como referencia el cálculo del “Fondo de estabilización de los ingresos presupuestarios”11 (FEIP), la manera para obtener los ingresos petroleros es el siguiente: 1. Se define la fórmula para obtener el Fondo de estabilización de los ingresos presupuestarios: FEIP = (0.022) * (Ingresos Petroleros) 2. Dado a que se tiene la cantidad del FEIP (ver Cuadro 2), se despeja ingresos petroleros para obtener la siguiente fórmula: Ingresos petroleros = (16,634,184,600.00) / (0.022) 8. Consultar: CIEP. ¿Cómo se distribuyen los ingresos petroleros? URL: ciep.mx/QexdH. 9. Ya que los componentes de las transferencias ordinarias están determinadas por una fórmula de acuerdo a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. 10. Por ingresos petroleros se refiere a los definidos en el artı́culo 2 Fracción XXX bis de la Ley de Presupuesto de y Responsabilidad Hacendaria [3]. 11. Ver artı́culo 87, Fracción I de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Centro de Investigación Económica y Presupuestaria, A.C. fb: /ciepmx 29 de abril de 2015 Ingresos y distribución del Fondo Mexicano del Petróleo 3 de 4 Cuadro 2: Componentes de las transferencias ordinarias del Fondo Mexicano del Petróleo 2015 millones de pesos Cantidad estimada, según la LIF 2015 (1) Proporción de la cantidad acumulada sobre la cantidad esperada al final del 2015 ( %) Enero 2015 Febrero 2015 Acumulado enerofebrero 2015 Fondo de estabilización de los ingresos presupuestarios 16,634.18 0.00 16,634.18 16,634.18 100 Fondo de estabilización de los ingresos de las entidades federativas 4,839.04 0.00 4,839.04 4,839.04 100 293.99 316.49 610.48 6,578.06 9.28 Fondo sectorial CONACYT-Secretarı́a de Energı́a-Hidrocarburos 3,194.52 0.00 3,194.52 3,194.52 100 Fondo de investigación cientı́fica y desarrollo tecnológico del Instituto Mexicano del Petróleo 737.20 0.00 737.20 737.20 100 Fondo sectorial CONACYT-Secretarı́a de Energı́a-Sustentabilidad energética 982.93 0.00 982.93 982.93 100 Auditorı́a Superior de la Federación 0.00 0.00 0.00 40.83 0.00 Municipios colindantes con la frontera o litorales por los que se realice materialmente la salida del paı́s de los hidrocarburos 29.91 23.18 53.09 385.61 13.77 Para cubrir el Presupuesto de Egresos de la Federación (4.7 % del PIB) (2) 7,611.24 25,155.86 32,767.09 711,706.93 4.60 34,323.00 25,495.53 59,818.53 745,099.30 8.03 Concepto Fondo de extracción de hidrocarburos TOTAL Nota(s): Elaborado por CIEP, con información del Fondo Mexicano del Petróleo, del Tı́tulo V-Capı́tulo I de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la Ley de Ingresos de la Federación 2015. (1) Se utilizan las cifras aprobadas en la Ley de Ingresos de la Federación 2015;(2) El PIB utilizado es el establecido en los Criterios Generales de Polı́tica Económica 2015. Fuente(s): Fondo Mexicano del Petróleo; LIF 2015; LFPRH tw: @ciepmx Centro de Investigación Económica y Presupuestaria, A.C. fb: /ciepmx 29 de abril de 2015 Ingresos y distribución del Fondo Mexicano del Petróleo 3. De esta manera se obtiene una cantidad de 756,099.30 mdp, por concepto de ingresos petroleros. Ya obtenidos los ingresos petroleros se puede deducir que la recaudación esperada por concepto de ISR petrolero es de 11,000.00 mdp12 . Al saber la cantidad exacta de los ingresos petroleros el siguiente paso es relcular lo que se espera obtener de cada componente de las transferencias ordinarias para ası́ tener una referencia del faltante que existirá de no alcanzar lo estimado en la Ley de Ingresos de la Federación 2015. Dichos cálculos se presentan en la columna “Cantidad estimada, según la LIF 2015” en el Cuadro 2. En lo que va acumulado de enero a febrero de 2015 en ingresos petroleros, sólo se lleva recaudado el 8.03 % del total de las transferencias ordinarias del FMP, cuando deberı́a estar alrededor del % 9.00. Esta diferencia se debe a una falta de recaudación en el mes de febrero de $ 7,084.47 mdp. 5. Conclusiones Finalmente, de acuerdo al Cuadro 2, todavı́a falta recaudar 95.4 % para cubrir el monto del Presupuesto de Egresos de la Federación, 86.23 % para los municipios y litorales por los que se realiza materialmente la salida del paı́s de los hidrocarburos, 100 % para la Auditorı́a Superior de la Federación y 90.72 % para el Fondo de Extracción de Hidrocarburos. Esto ayuda a no perder de vista el flujo de recursos que llegue a tener los diferentes componentes, especialmente, el componente para cubrir el Presupuesto de Egresos de la Federación , ya que éste representa el 95.52 % del total de las transferencias ordinarias del FMP. Conocer cómo funciona el flujo de las transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo y su distribución, nos tw: @ciepmx 4 de 4 ayuda a tener un mapa mental de la recaudación que tiene el Gobierno dado a las estimaciones establecidas en la Ley de Ingresos de la Federación 2015 de los ingresos petroleros. Asimismo, el ejercicio realizado en este boletı́n nos proporciona una herramienta para ir midiendo la acumulación de los ingresos recibidos de los asignatarios, y los futuros ingresos de las contraprestaciones a favor del Estado que se reciban por medio de los contratos. Ya que las estimaciones del Cuadro 2 nos otorga un marco de referencia para ver qué tanto se va recaudando en lo que avanza el ejercicio fiscal de este año y ver si existe o no faltantes de acuerdo al Cuadro 1. 12. Recordando, de al pie de nota 6, ingresos petroleros es igual a las transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo más ISR petrolero [3]. Referencias [1] Diario Oficial de la Federación. Ley de ingresos de la federación para el ejercicio fiscal 2015. Accesado el dı́a 11 de diciembre de 2012. [2] Diario Oficial de la Federación. Ley de ingresos sobre hidrocarburos. Accesado el dı́a 26 de noviembre de 2012. [3] Diario Oficial de la Federación. Ley federal de presupuesto y responsabilidad hacendaria. Accesado el dı́a 26 de noviembre de 2012. [4] Fondo Mexicano del Petróleo. Estados finacieros al 28 de febrero de 2015. Consultado el dı́a 28 de abril de 2015. [5] Fondo Mexicano del Petróleo. Estados financieros al 31 de enero de 2015. Consultado el dı́a 28 de abril de 2015. Centro de Investigación Económica y Presupuestaria, A.C. fb: /ciepmx
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