ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2014-ALC-MDS-REGION-ICA Santiago, 04 de Setiembre del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE ICA. VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 046-2014-MDS-REGION ICA de fecha 03 de setiembre del 2014 CONSIDERACION: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 27680, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración. Que las Ordenanzas Municipales Provinciales y Distritales en la materia de su competencia son normas de carácter General de mayor Jerarquía en la estructura normativa Municipal conferidos en la Ley Orgánica de Municipalidades en el Artículo 40º de la Ley Nº 27972. Qué, son atribuciones del Concejo Municipal crear, Modificar, Suprimir, Exonerar de Contribuciones, tasas, Arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley, conferidos en el Inc. 9 del Artículo 9º, 35º y a las demás atribuciones que le corresponda de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. Qué estando al Visto: en Sesión Ordinaria de fecha 03 de setiembre del año en curso, el Informe Nº 0122014-JRC-MDS- de Registro Civil informo con respecto a la Celebración del 144º Aniversario de la Creación Política de nuestro Distrito y que el objetivo es de promover la Unión Familiar con el Matrimonio en esta ocasión promoviendo el Matrimonio Civil Comunitario (Masivo), dando conocimiento para la exoneración de los derechos de pagos por el concepto del Matrimonio Civil se llevara a cabo el día 25 de Octubre del 2014 dentro de la Programación de Celebración de esta Comunidad. ORDENANZA MUNICIPAL: REALIZARSE MATRIMONIO CIVIL MASIVO EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO EL DIA 25 DE OCTUBRE DE 2014 DENTRO DE LAS PROGRAMACIONES DE LA CELEBRACION DEL 144º CREACION POLITICA DEL DISTRITO DE SANTIAGO ICA ARTICULO PRIMERO.- REALIZAR: Matrimonio Civil (masivo) en la Municipalidad Distrital de Santiago Ica, el día 25 de octubre del 2014 encontrándose dentro de la programación de la celebración por el 144º Aniversario de Creación Política del Distrito de Santiago – Ica ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2014-ALC-MDS-REGION-ICA ARTICULO SEGUNDO.- EXONERAR; el derecho de pagos por concepto de tramite consistente en el pliego de Matrimonio Civil, certificación domiciliaria de ambos contrayentes, por el concepto de derecho matrimonial y la expedición de la partida de nacimiento siempre y cuando se encuentren inscrita ante esta Municipalidad. ARTICULO TERCERO.- SE REQUIERE; a los contrayentes los siguientes requisitos para el Matrimonio Masivo: 1).- Partida de nacimiento actualizada de los contrayentes (03) meses de antigüedad si son de localidad y 6 meses si son de provincias. 2).- Certificado Médico y Constancia y Consejería Preventiva VIH – SIDA (vigencia 30 días de acuerdo a Ley) 3).- Certificado domiciliario de los contrayentes. 4).- Certificado de Soltería de los contrayentes. 5).- Copia Legalizada de DNI de los contrayentes. 6).- Edicto Matrimonial. 7).- Dos (02) testigos y copia de sus DNI legalizado 8).- Un folder de manila 9).- Entre otros requisitos que exija el Registro Civil de la Municipalidad de ser divorciado o viudo de contrayentes. ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR; a la Secretaria General para su debida publicación de la presente Ordenanza Municipal ante los Medios de Comunicación de mayor circulación de la Localidad, asimismo al área de Relaciones Publicas para su debida difusión conforme a Ley. REGISTRE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
© Copyright 2024